universidad central del ecuador carrera de derecho · yo johana paulina chalÁn sÁnchez, en...
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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
Asentamientos irregulares de hecho y el derecho al hábitat y vivienda digna de los pobladores
de las Laderas de San Francisco Sector Calderón
Trabajo de Titulación modalidad Proyecto de Titulación previo a la obtención del
Título de Abogada de los Juzgados y Tribunales de la República
AUTORA: Chalán Sánchez Johana Paulina
TUTORA: MSc María del Carmen Ojeda de Laarco
Quito, 2018
ii
DERECHOS DE LA AUTORA
Yo JOHANA PAULINA CHALÁN SÁNCHEZ, en calidad de autora y titular de los derechos
morales y patrimoniales del trabajo de titulación: ASENTAMIENTOS IRREGULARES DE
HECHO Y EL DERECHO AL HÁBITAT Y VIVIENDA DIGNA DE LOS POBLADORES
DE LAS LADERAS DE SAN FRANCISCO SECTOR CALDERÓN, modalidad proyecto de
investigación, de conformidad con el Artículo 114 del CÓDIGO ORGÁNICO DE LA
ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS CREATIVIDAD E INNOVACIÓN,
concedo a favor de la Universidad Central del Ecuador, una licencia gratuita, intransferible y
no exclusiva para el uso no comercial de la obra, con fines estrictamente académicos Conservo
a mi favor todos los derechos de autor sobre la obra, establecidos en la norma citada.
Así mismo, autorizo a la Universidad Central del Ecuador para que realice la digitalización y
publicación de este trabajo de titulación en el repositorio virtual, de conformidad a lo dispuesto
en el Art. 144 de la Ley Orgánica de Educación Superior.
La autora declara que la obra de la presente autorización es original en su forma de expresión
y no infringe el derecho de autor de terceros, asumiendo la responsabilidad por cualquier
reclamación que pudiera presentarse por esta causa y liberando a la Universidad de toda
responsabilidad.
Firma: _____________________________
Johana Paulina Chalán Sánchez
CC.: 1721153425
Dirección electrónica: [email protected]
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APROBACIÓN DE LA TUTORA
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DEDICATORIA
A mis padres Ángel Rodrigo y Carmen Inés por ser el pilar fundamental en todo este
trayecto tanto personal como profesional y por haberme inculcado todos sus valores
que hoy en día han dado sus frutos.
Mis hermanos Anabell y Paúl, gracias por su apoyo incondicional y por estar en los
momentos más importantes de mi vida.
.
Johana Paulina Chalán S.
v
AGRADECIMIENTO
En primer lugar, a Dios quien fue mi guía en mis momentos difíciles, gracias a él hoy
cumplo una etapa en mi vida.
A mi familia por confiar y ser esa luz cuando el camino fue oscuro. Su apoyo se ve
reflejado hoy en día en este logro.
Un agradecimiento infinito a mi tutora Dra. Msc. María del Carmen Ojeda que sin
su ayuda y conocimientos no hubiese sido posible la realización de este proyecto.
A mis amigos, por siempre estar a mi lado.
Y a cada una de las personas que fueron parte de todo este proceso.
Johana Paulina Chalán S.
vi
ÍNDICE DE CONTENIDOS
DERECHOS DE LA AUTORA ................................................................................................ ii
APROBACIÓN DE LA TUTORA .......................................................................................... iii
DEDICATORIA ....................................................................................................................... iv
AGRADECIMIENTO ............................................................................................................... v
ÍNDICE DE CONTENIDOS .................................................................................................... vi
LISTA DE TABLAS ................................................................................................................ ix
LISTA DE GRÁFICOS ............................................................................................................. x
LISTA DE ANEXOS ................................................................................................................ xi
RESUMEN .............................................................................................................................. xii
ABSTRACT ........................................................................................................................... xiii
INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 1
CAPÍTULO I ............................................................................................................................ 4
EL PROBLEMA ...................................................................................................................... 4
1.1 Antecedentes ................................................................................................................ 4
1.2 Descripción del problema ............................................................................................ 7
1.3 Formulación del problema ........................................................................................... 9
1.4 Preguntas Directrices ................................................................................................... 9
1.5 Objetivos ...................................................................................................................... 9
1.5.1 General. ........................................................................................................................ 9
1.5.2 Objetivos específicos. ................................................................................................ 10
1.6 Justificación ............................................................................................................... 10
CAPÍTULO II ........................................................................................................................ 12
MARCO TEÓRICO .............................................................................................................. 12
2.1 Antecedentes de la investigación ............................................................................... 12
2.1.1 Revisión bibliográfica de estudios anteriores. ........................................................... 12
2.2 Marco teórico-doctrinario .......................................................................................... 14
TÍTULO I ............................................................................................................................... 16
2.2.1 Los asentamientos irregulares de hecho .................................................................... 16
2.2.1.1 Antecedentes de los asentamientos irregulares .......................................................... 16
2.2.1.2 Causas del aparecimiento de los asentamientos irregulares ...................................... 19
2.2.1.3 Dimensiones a partir del surgimiento de los asentamientos irregulares .................... 24
2.2.1.4 Particularidades de los asentamientos irregulares ..................................................... 24
vii
TÍTULO II .............................................................................................................................. 26
2.2.2 Derecho al hábitat y a la vivienda digna .................................................................... 26
2.2.2.1 El derecho al hábitat y su relación con la vivienda ................................................... 26
2.2.2.2 Derecho a la vivienda ................................................................................................ 28
2.2.2.3 Los desalojos ............................................................................................................. 29
2.3 Marco legal ................................................................................................................ 31
2.3.1 Constitución de la República del Ecuador. (2008) .................................................... 31
2.3.2 Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD. (2010) ...................................................................................................... 32
2.3.3 Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión de Suelo (2016) ............. 32
2.3.4 Código Civil Ecuatoriano (2005) ............................................................................... 33
2.3.5 Plan Nacional para el Buen Vivir 2017-2021 (2017) ................................................ 33
2.3.6 Decreto 622 (2015) .................................................................................................... 33
2.3.7 Ordenanza 0172 (2012) ............................................................................................. 33
2.4 Estado de la situación actual del problema ................................................................ 35
2.5 Idea a defender o pregunta de investigación .............................................................. 35
2.6 Conceptos básicos ...................................................................................................... 35
CAPÍTULO III ....................................................................................................................... 38
METODOLOGÍA .................................................................................................................. 38
3.1 Niveles de investigación ............................................................................................ 38
3.1.1 Exploratorio. .............................................................................................................. 38
3.1.2 Descriptivo. ................................................................................................................ 38
3.1.3 Explicativo. ................................................................................................................ 39
3.2 Métodos de la investigación ...................................................................................... 39
3.2.1 Inductivo - deductivo. ................................................................................................ 39
3.2.2 Exegético. .................................................................................................................. 39
3.3 Técnicas para recolectar la información de la investigación ..................................... 40
3.3.1 La Observación. ......................................................................................................... 40
3.3.2 Recopilación bibliográfica. ........................................................................................ 40
3.3.3 Encuesta. .................................................................................................................... 40
3.4 Validez y confiabilidad de los instrumentos .............................................................. 40
3.5 Las variables .............................................................................................................. 41
3.5.1 Variable independiente. ............................................................................................. 41
3.5.2 Variable dependiente. ................................................................................................ 41
viii
3.6 Operacionalización de variables ................................................................................ 41
3.7 Población o Universo ................................................................................................. 41
3.7.1 Cálculo de la muestra ................................................................................................. 42
CAPÍTULO IV ....................................................................................................................... 44
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS ................................................... 44
4.1 Tabulación de los resultados obtenidos, basados en el análisis de los procesos. ...... 44
4.2 Registro fotográfico de las actividades de campo ..................................................... 55
4.3 Conclusiones y recomendaciones .............................................................................. 59
4.3.1 Conclusiones .............................................................................................................. 59
4.3.2 Recomendaciones ...................................................................................................... 60
CAPÍTULO V......................................................................................................................... 61
PROPUESTA PARA SOLUCIONAR EL PROBLEMA ................................................... 61
5.1 Datos informativos ..................................................................................................... 61
5.1.1 Ubicación geográfica ................................................................................................. 61
5.2 Unidad objeto de muestra .......................................................................................... 62
5.2.1 Beneficiarios. ............................................................................................................. 62
5.3 Justificación ............................................................................................................... 62
5.4 Objetivos .................................................................................................................... 63
5.4.1 General. ...................................................................................................................... 63
5.4.2 Específicos. ................................................................................................................ 63
5.5 Descripción de la propuesta ....................................................................................... 63
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ..................................................................................... 71
ANEXOS ................................................................................................................................. 74
ix
LISTA DE TABLAS
Tabla 1 Operacionalización de las variables ............................................................................ 41
Tabla 2 Resumen de información levantada en el sector asentamiento humano Laderas
de San Francisco. ..................................................................................................................... 42
Tabla 3 Valores para el cálculo de la muestra ......................................................................... 42
Tabla 4 Equivalentes para asignar el valor de la confianza ..................................................... 42
Tabla 5 Conformación de área ecológica o de alto riesgo para la población del
asentamiento ............................................................................................................................ 44
Tabla 6 Víctima de deslizamiento ............................................................................................ 46
Tabla 7 Tipos de Amenazas que conllevan al Plan de Relocalización .................................... 47
Tabla 8 Dar información a funcionarios enviados por instituciones vinculadas con el
municipio ................................................................................................................................. 48
Tabla 9 Información relacionada con el Proceso de Relocalización para las Familias del
Sector ....................................................................................................................................... 49
Tabla 10 Asistencia a programas de fortalecimiento de grupo ................................................ 50
Tabla 11 Calificación a los funcionarios municipales ............................................................. 51
Tabla 12 Calificación al Comité Pro-mejoras .......................................................................... 52
Tabla 13 Calificación al Comité Pro-mejoras .......................................................................... 53
Tabla 14 Tiempo vivido en Laderas de San Francisco ............................................................ 54
x
LISTA DE GRÁFICOS
Gráfico 1. Conformación de área ecológica o de alto riesgo para la población del
asentamiento ............................................................................................................................ 44
Gráfico 2. Víctima de deslizamiento ....................................................................................... 46
Gráfico 3. Tipos de amenazas que conllevan al plan de relocalización ................................... 47
Gráfico 4. Dar información a funcionarios de instituciones vinculadas con el municipio ...... 48
Gráfico 5. Información relacionada con el Proceso de Relocalización para las Familias
del Sector ................................................................................................................................. 49
Gráfico 6. Asistencia a programas de fortalecimiento de grupo .............................................. 50
Gráfico 7. Calificación a los funcionarios municipales ........................................................... 51
Gráfico 8. Calificación al Comité Pro-mejoras ........................................................................ 52
Gráfico 9. Calificación al Comité Pro-mejoras ........................................................................ 53
Gráfico 10. Tiempo vivido en Laderas de San Francisco ........................................................ 54
Gráfico 11. Ingreso al asentamiento humano “Laderas de San Francisco ............................... 55
Gráfico 12. Ingreso al asentamiento humano “Laderas de San Francisco ............................... 55
Gráfico 13. Vías sin pavimentar y carentes de bordillos ......................................................... 56
Gráfico 14. Vista frontal predio ............................................................................................... 56
Gráfico 15. Recolección de la información ............................................................................. 57
Gráfico 16. Panorámica de un asentamiento subyacente al de las Laderas de San
Francisco. La Planada, en proceso de regularización .............................................................. 57
Gráfico 17. Uno de los recolectores de los desechos domiciliarios ......................................... 58
Gráfico 18. Vista panorámica del asentamiento Laderas de San Francisco ............................ 58
Gráfico 19. Ubicación Comité Promejoras, barrio Laderas de San Francisco ........................ 61
Gráfico 20. Ubicación geo referencial Asentamiento Humano Laderas de San Francisco ..... 62
xi
LISTA DE ANEXOS
Anexo A. La encuesta .............................................................................................................. 74
Anexo B. Oficio de solicitud de la información ...................................................................... 76
Anexo C. Oficio de solicitud de la información ...................................................................... 77
xii
TÍTULO: Asentamientos irregulares de hecho y el derecho al hábitat y vivienda digna de los
pobladores de las Laderas de San Francisco Sector Calderón.
Autora: Johana Paulina Chalán Sánchez
Tutora: Dra. María del Carmen Ojeda de Larco
RESUMEN
El asentamiento humano Laderas de San Francisco ubicado en la parroquia de Calderón, cantón
Quito, provincia de Pichincha, constituye uno de los predios al que todavía la municipalidad
no resuelve su situación legal respecto a la tenencia de tierra de sus habitantes. Desde el
comienzo del proceso de regularización a cargo de la Unidad de Suelo y Vivienda (USV), en
el año 2010, ya presentaba inconvenientes de organización, sociales, legales y técnicos. A pesar
de que la institución fue reemplazada por la Unidad Especial Regula Tu Barrio (EURTB), la
problemática continúa, sin que se puedan solucionar los problemas que enfrentan sus
habitantes. La población carece del adecuado suministro de servicios públicos, vías de acceso,
áreas verdes y seguridad jurídica. Por otra parte, el asentamiento se encuentra ubicado en una
zona no urbanizable por ser considerada de protección ecológica y de riesgo no mitigable,
motivo por el cual la autoridad competente ha decidido incluir a sus copropietarios dentro del
Plan de relocalización emergente de familias en alto riesgo. La Constitución de la República
del Ecuador y legislación secundaria prohíbe la construcción de vivienda en zonas de
protección ecológica y que presenten amenazas poniendo en peligro la vida de sus habitantes,
pero esto debe solucionarse, puesto que podrían estarse vulnerando los derechos a la vivienda
digna y al hábitat que de igual manera también son constitucionales e inclusive se encuentran
amparados por instrumentos internacionales, de los cuales El Ecuador hace parte.
PALABRAS CLAVE: ASENTAMIENTOS IRREGULARES DE HECHO/ DERECHO AL
HÁBITAT Y A LA VIVIENDA / LADERAS DE SAN FRANCISCO DE CALDERÓN /
AMENAZAS Y RIESGOS/ ORDENANZA MUNICIPAL DE REUBICACIÓN/
ORDENAMIENTO TERRITORIAL/ DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO/ USO
DEL SUELO/ UNIDAD ESPECIAL REGULA TU BARRIO/ LEGALIZACIÓN DE
TIERRAS,
xiii
TITLE: Irregular settlements in fact and the right to habitat and decent housing for the
residents of the San Francisco Hillsides Sector Calderón
Author: Johana Paulina Chalán Sánchez
Tutora: Dra.María del Carmen Ojeda de Larco
ABSTRACT
The Laderas de San Francisco human settlement located in the parish of Calderón, Quito
canton, province of Pichincha, is one of the properties to which the municipality still does not
resolve its legal situation regarding the land tenure of its inhabitants. Since the beginning of
the regularization process in charge of the Land and Housing Unit (USV), in 2010, it already
had organizational, social, legal and technical problems. Although the institution was replaced
by the Special Unit Regulates Your Neighborhood (EURTB), the problem continues, without
solving the problems faced by its inhabitants. The population lacks the adequate supply of
public services, access roads, green areas and legal security. On the other hand, the settlement
is located in a non-urbanizable area because it is considered an ecological protection and non-
mitigable risk, which is why the competent authority has decided to include its co-owners in
the Emerging Relocation Plan for families at high risk. . The Constitution of the Republic of
Ecuador and secondary legislation prohibit the construction of housing in areas of ecological
protection and that present threats endangering the lives of its inhabitants, but this must be
solved, since they could be violating the rights to decent housing and to the habitat that are
likewise constitutional and are even protected by international instruments, of which Ecuador
is a part.
KEYWORDS: IRREGULAR SETTLEMENTS OF FACT / RIGHT TO HABITAT AND TO
HOUSING / SAN FRANCISCO DE CALDERÓN HILLS / THREATS AND RISKS /
MUNICIPAL RELOCATION ORDINANCE.
1
INTRODUCCIÓN
El asentamiento humano “Laderas de San Francisco”, viene presentando conflictos
relacionados con el tema de invasiones, a partir del año 1994, motivo por el cual los moradores
han venido presentando denuncias, ante diferentes instancias, de manera constante y sin
resolución alguna. En el año 2006 el entonces Instituto Nacional de Desarrollo Agrario
(INDA), a través de la institución adjunta, la Dirección Distrital Central presentan un informe
de inspección, en el que detallan la existencia de viviendas y cultivos junto con la lista de 37
posesionarios.
De las personas referenciadas como posesionarios en el mencionado informe, todos disponían
de Promesas de Compraventa, letras de cambio y recibos por pagos realizados a favor de
cooperativas que al momento ya no existen. Pese a esto, muchísimos han sido los
inconvenientes de tipo legal, situación que ha impedido iniciar con el proceso de regularización
por parte de la Unidad Especial Regula Tu Barrio (UERTB).
Además de conflictos de tipo legal, se le adiciona lo manifestado en el informe la Dirección de
Estudios de Planificación, emitido en el año 2000 donde indican que el inmueble en conflicto
es considerado Área de Protección Ecológica, esto ocurre después de que el INDA hubiera
otorgado una escritura de adjudicación.
Lo cierto del caso, es que los informes técnicos emitidos por diversos funcionarios, tanto por
parte de la municipalidad como por instituciones del mismo Estado van y vienen, en los que
describen la situación del predio objeto de litigio, al igual que las denuncias, dado a su
fraccionamiento de tipo informal.
Para el año 2011, los informes técnicos continúan expresando la situación de riegos de las
viviendas asentadas en dicho sector, motivo por el cual pueden presentarse deslizamientos,
para lo cual es necesario precautelas los bienes y la vida de los moradores, siendo necesario
que se acojan al Plan de Relocalización Emergente de Familias en Alto Riesgo No Mitigable,
para que de esta manera precautelen su seguridad, esto en atención a la Resolución No. 0018
emitida el 05 de mayo del año 2010.
En vista de lo anterior, la Administración Zonal de Calderón en asocio con la Jefatura Zonal
2
de Seguridad ciudadana procedió con el inicio del plan, quien procedió con el levantamiento
de la información para dar inicio con el proceso de relocalización, emitiendo su informe
relacionado con el aspecto técnico y social del sector. Como resultado de las inspecciones
realizadas por parte del equipo multidisciplinario lograron el reconocimiento de campo e
identificaron las amenazas existentes en el sector correspondiente.
Dentro de los aspectos que sobresalieron en el informe se tiene que, el asentamiento humano
se encuentra ubicado sobre una pendiente empinada, en la cual han asentado las viviendas;
respecto al suelo; gran parte de él se encuentra conformado por taludes, como resultado de
deslizamientos producidos, esto pese a la baja presencia de precipitaciones fluviales, lo que
podría dar lugar a erosiones, que provocarían deslizamientos; cobertura vegetal, es escasa,
característica de clima seco, sin embargo existe la presencia de cabuyo, faique, tuna, mosquera,
pajilla, paja, eucalipto, entre otras.
Considerando la vegetación existente en el lugar, se deduce que el sector podría ser susceptible
a incendios forestales, produciendo mayor pérdida vegetal, con la consecuente erosión y la
presencia de pequeños deslizamientos.
Por otra parte, gran parte de las viviendas se encuentran ubicadas en pendientes mayores a 45°,
carecen de infraestructura adecuada, lo cual podría ocasionar la posibilidad de procesos
erosivos y a esto se le suma la extracción de material pétreo en puntos cercanos, creando
todavía mayor inestabilidad en las laderas de los alrededores
En lo que respecta al entorno social, los habitantes del sector disponen de escasos recursos
económicos, razón que les ha obligado a vivir hacia las periferias de la ciudad, que por lo
general ocupan terrenos no aptos para construir sus viviendas sin dirección técnica, utilizando
materiales mixtos o de mala calidad.
Las características enunciadas anteriormente, le convierte a la población en mayormente
vulnerable, ante posibles deslizamientos o diversas amenazas naturales, lo cual genera impacto
negativo en el sector y a todo esto se le suma la calidad de los servicios básicos, considerados
incompletos, no disponen de alcantarillado, las vías están en pésimas condiciones, sin bordillos;
el alumbrado público es escaso, la Unidad de la Policía Comunitaria más cercana no abastece
para proteger a este sector.
3
De lo que trata la presente investigación es indagar por qué no se ha podido concretar el Plan
de Relocalización, el cual se viene tramitando desde el año 2011 y hasta el momento no se lo
ha efectivizado, todos los informes técnicos han venido arrojando los mismos resultados de
riesgo, recomendando que la ejecución del Plan es inminente, puesto que en el año 2012 lo
asume la denominada Secretaría de Seguridad y Gobernabilidad, quien manifiesta que el riesgo
existe pero que no dispone de registro de eventos en el lugar, como: derrumbes, deslizamientos,
flujos de lodo, inundaciones y/o caída de bloques.
Esta Secretaría, de igual manera, propone la relocalización de todas las familias que habitan en
el lugar, por lo cual sugiere que se diseñe y ejecute un Plan de Reasentamiento que todavía no
se concreta.
Se observa que no ocurre nada al respecto, para el año 2014, nuevamente la Secretaría
Metropolitana de Gestión de Riesgos a través de la Dirección Metropolitana de Gestión de
Riesgos, emite su criterio técnico sobre las condiciones de riesgo del sector Laderas de San
Francisco, pero dicha institución decide no pronunciarse, mientras no se dé el levantamiento
de zonificación de Protección Ecológica, para lo cual intervienen otras instituciones, como son:
la Administración Zonal, la Unidad Regula Tu Barrio, la Secretaría de Ambiente y la Dirección
Metropolitana de Gestión de Riesgo.
Durante los últimos años poco o nada se ha venido avanzando, la situación del sector poco ha
mejorado y los posesionarios se encuentran a la espera de una propuesta viable para así llegar
a un acuerdo con las autoridades municipales correspondientes, pero al momento no se ha
concretado absolutamente nada al respecto.
Como resultado de la visita observacional de investigación, la situación del sector Laderas de
San Francisco no ha variado, continúa igual, alrededor de ocho (8) familias han decidido
acogerse al Plan Parcial de Reasentamiento propuesto por la municipalidad, las familias
restantes se niegan acogerse al mismo, manifiestan que el lugar propuesto no reúne las
expectativas y que no están dispuestos a irse del lugar.
4
CAPÍTULO I
EL PROBLEMA
Asentamientos irregulares de hecho y el derecho al hábitat y vivienda digna de los pobladores
de las Laderas de San Francisco Sector Calderón.
1.1 Antecedentes
Una de las principales causas de la informalidad de la vivienda en el DMQ radica en el
crecimiento demográfico, lo cual ha venido generando construcciones sin la debida aprobación
en diversos sectores. Otro de los motivos, es el relacionado con ausencia de un marco legal que
regule de manera efectiva la ocupación del suelo, ante la gran preocupación tanto del gobierno
central como del local es que durante el año 2010 se inicia con la implementación de los
procesos de regularización, aunque ya se habían dado algunos procesos a partir del año 2001.
De tal manera que a través de la resolución No 070 que normaba los procedimientos de
regularización de la ocupación informal del suelo, para aquel entonces el ente regulador era la
Unidad del Suelo y Vivienda (USV) que dependía de la Dirección Metropolitana de Territorio
y Vivienda, entidad que tenía registrados 480 barrios informales. Durante el año 2007, a través
de la Ordenanza Municipal 239 del DMQ se da inicio al Centro de Mediación y Negociación,
pero los resultados obtenidos no fueron los esperados, de cada cien casos solo se resolvían diez,
razón por la cual para el año 2010 el gobierno municipal decidió aislarla por completo.
Año 2008, la O. M. 255, establece los lineamientos inherentes al control territorial,
estableciendo: controles; inspecciones periódicas permanentes; supervisiones, verificaciones;
al mismo tiempo también determina sanciones por el uso ilegal del suelo; al mismo tiempo la
municipalidad logra que se sentencien algunos traficantes de tierra, siendo esto último
infructuoso, puesto que no se logró que cumplieran con lo ordenado, saliendo inocentes de las
acusaciones impuestas.
5
Por este mismo período, la promulgación de la Constitución de la Republica facultaba a los
gobiernos sectoriales para que ejerciera el control del uso del suelo, impidiera prácticas
especulativas, entre otras. A la par, en el año 2010 a más de la Constitución ya se contaba con
el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autonomía y Descentralización, COOTAD,
queriendo decir que los gobiernos municipales ya disponían de gran respaldo por parte del
Gobierno Central, entre ellas la administración del Registro de la Propiedad, funciones
señaladas en los artículos 84 y 142.
En el año 2010 y vinculada a la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación
y en atención a lo dispuesto en la Resolución 010, se crea la Unidad Especial Regula Tu Barrio
(UERB), disponiendo tres unidades en el DMQ en los sectores de Calderón, Quitumbe y la
Delicia. La mencionada resolución da por clausurada la Unidad de Suelo y Vivienda,
transfiriendo todos los casos.
Durante el mismo año, se crean ocho administraciones zonales, esto debido a la caótica
informalidad de vivienda, existía un gran déficit y los asentamientos irregulares aumentaban
en todos los sectores, lo cual ya no había forma de controlar fácilmente y es entonces cuando
se propone como solución a este problema la regularización, siendo el momento en que se
empieza a otorgar escrituras de manera individual, además la dotación de servicios básicos,
delimitación de áreas verdes, zonas comunales y equipamiento comunitario.
La idea que tuvo el gobierno al normar e institucionalizar la regulación de los asentamientos
fue la de legalizar las construcciones en el DMQ y a la vez reactivar la economía, lo cual podría
mejorar las condiciones de vida de la población involucrada en el proceso.
Durante la gestión de la Unidad del Suelo y Vivienda (USV), líderes y dirigentes barriales
registraron alrededor de cuatrocientos barrios en situación irregular, a la par la institución
levantó información al respecto, detectando, sobre todo, asentamientos en las zonas de
Calderón y Quitumbe.
Por aquel entonces, para que un barrio hiciera parte del proceso de regularización era necesario
que cumpliera con requisitos de carácter legal, técnico, social y organizativo, los cuales
básicamente consistían en: escritura a nombre de todos los copropietarios o integrantes,
personería jurídica inscrita y aprobada ante el Ministerio de Bienestar Social, listado de los
6
socios, certificación emitida por la Empresa Metropolitana de Alcantarillado y Agua Potable
(EMAAP), la Empresa Eléctrica de Quito (EEQ), informe de regulación y plano del barrio o
asentamiento.
Iniciando el proceso de regularización, la USV detecto diversas dificultades, motivo por el cual
decide categorizar los barrios en A (corto plazo); B (largo plazo), C (imposible legalizar por
encontrarse en zona de alto riesgo o afectación ecológica).
Jurídicamente, un asentamiento se considera regularizado en el momento que el Consejo
Metropolitano de Quito procede con la emisión de la ordenanza, en la que declara al barrio
como urbanización de interés social, en esta queda registrado los diversos compromisos
asumidos por los pobladores, en los que se refieren ejecución de obras y entrega de escrituras
a cada uno de los beneficiarios. Obviamente, que la municipalidad es quien controla y verifica
que todo lo estipulado se cumpla, caso contrario la ordenanza que dio paso a la legalización
podría cesarla o anularla.
Es importante mencionar que a partir de marzo del 2010 el ente encargado de regularizar la
ocupación del suelo es la Unidad Especial Regula Tu Barrio (UERTB), a través de esta se
canalizan y resuelven todos los pormenores de legalización de los asentamientos urbanos.
De igual manera se ha ido implementando el marco jurídico nacional para que las
municipalidades a través del COOTAD tengan mayor capacidad de acción y participación,
siendo necesario trasferir competencias de Ministerio de Inclusión Económica y Social,
conllevando a que la municipalidad adopte complemente el tema de control y sanción al
respecto, de tal manera que surgen nuevos programas de vivienda que permite solucionar el
problema de la población ubicada en zonas de alto riesgo. La meta por parte de la UERTB, al
iniciar su gestión, en el año 2010, era la de regularizar cien barrios por años, alcanzando durante
ese año ochenta y siete regularizaciones.
Ante dificultades que se venían presentando en algunos sectores del Distrito, se hizo necesario
que la UERTB decidiera adoptar nuevos criterios, a más de los descritos anteriormente,
relacionados con la situación legal, social y técnica del sector irregular, de igual manera su
consolidación y el tiempo de permanencia de sus habitantes no menor a cinco años, entonces
todo esto ya incidía en la calificación del asentamiento irregular y de hecho Laderas de San
7
Francisco dentro del proceso de regularización, no reuniendo las condiciones necesarias,
incumpliendo con más de dos de los parámetros establecidos, prevaleciendo la conflictividad
socio organizativa, aspectos legales y además técnicos, no pudiéndose sanear el de riesgo para
efectivizar su regularización, considerando eventos que allí se podrían presentar, como son:
derrumbes, deslizamientos, flujos de lodo, inundaciones y caída de bloques.
La condición de amenaza encontrada en el sector ha sido considerada por la Secretaria General
de Seguridad y Gobernabilidad como alta, refiriendo dos tipos de peligro: a) Natural, muy alta,
deslizamientos con probabilidad ocurrente y de intensidad alta; b) Antrópica, incendios
forestales de baja intensidad y probabilidad de ocurrencia.
1.2 Descripción del problema
El asentamiento humano y de hecho Laderas de San Francisco ubicado en la Parroquia de
Calderón del DMQ viene presentando impedimentos socio organizativos, legales y técnicos,
con particulares específicas dadas mucho antes de ubicarse la población en este lugar que se
describen a continuación.
Tomando en cuenta información extraída del informe, suministrado por la Unidad Especial
Regula Tu Barrio del DMQ, relacionado con la situación legal y social del Barrio Laderas de
San Francisco, ubicado en el sector de Calderón, se da a conocer diversos aspectos relacionados
con su regulación y tenencia de tierra de sus pobladores.
El proceso de regularización de este asentamiento se viene dando desde la gestión de la
cesación de la Unidad Suelo y Vivienda. El informe indica que dicho asentamiento se encuentra
ubicado en la parroquia de Calderón, carece de sistemas de riego, alcantarillado y agua potable,
los habitantes obtienen irregularmente tanto el agua como la energía eléctrica, la primera a
través de la instalación de una manguera provisional y la segunda la obtienen a partir del
tendido de alumbrado público, las condiciones de sus calles son deplorables haciendo difícil el
acceso al barrio durante temporadas de invierno, la mayor parte de las viviendas que allí se
encuentran han sido construidas informalmente, sobre suelo inestable, utilizando materiales
mixtos de mala calidad como paredes de bloque y techo de zinc, también se pueden observar
mediaguas en bloques y/o madera.
8
Las descargas de las aguas servidas las direccionan hacia pozos sépticos, incrementando la
inestabilidad de los taludes y de las viviendas. A lo expuesto anteriormente se le puede
adicionar la realización de actividades de producción antrópica como la agricultura,
provocando mayor susceptibilidad del suelo, convirtiéndole en erosivo, provocando posibles
movimientos en masa, pudiendo concluir en colapso de edificaciones e inclusive pérdida de
vidas humanas.
Uno de los mayores inconvenientes del asentamiento es el relacionado con la tenencia de la
tierra, es decir la venta informal. Por otra parte, en el Ministerio de Bienestar Social, a partir
del año 2000 se ha registrado asociaciones y comités pro-mejoras, inclusive en el hoy
denominado Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
Otra de las particularidades que caracteriza a este asentamiento, es la que tiene que ver con el
tema técnico, la zona en donde se encuentra ubicado es considerado como no urbanizable,
queriendo decir que con estos antecedentes no existe posibilidad alguna de regularización,
indicando que constituye un problema que actualmente continúa sin resolver; mientras tanto a
los habitantes que allí residen no se le está garantizando los derechos al hábitat y a la vivienda
digna consagrados en la Constitución de la República del Ecuador.
La situación de este asentamiento humano es altamente compleja, la institución municipal
rectora de regularización viene dialogando con los líderes comunitarios del lugar, pero no
logran concretar un acuerdo, se les ha planteado la posibilidad de reubicarlos en otra zona, pero
el área de terreno ofrecida es mucho menor a la que ellos al momento poseen. Entre tanto, los
pobladores de este asentamiento humano no disponen de seguridad jurídica con relación a la
tenencia de la tierra, pues la razón es obvia se encuentran ocupando terrenos ilegalmente,
motivo por el cual se debe continuar con el proceso de regularización en la Unidad Especial
Regula Tu Barrio, entidad adscrita a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda del DMQ,
Respecto a lo anterior, la municipalidad ha de tener en cuenta que, al incluir a este asentamiento
dentro del Programa de Relocalización de Familias Asentadas en Zonas de Alto Riesgo, el
lugar debe cumplir con características específicas para alcanzar una vivienda digna.
De acuerdo a los datos obtenidos por parte de la UERTB, en el asentamiento en estudio habitan
aproximadamente 69 familias, 188 habitantes, pero de acuerdo a diálogos sostenidos con uno
9
de los funcionarios de la entidad, menciona que últimamente no se ha actualizado dicha
información y que seguramente la población ha aumentado por la adhesión de nuevos
miembros a las familias, bien sea por nacimientos o por la acogida de otras personas,
especialmente familiares.
Su ingreso promedio se lo considera entre $300 a $600 mensuales. Dentro de la economía,
algunos lugareños tienen sembríos de maíz, frejol y camote, de igual manera se dedican a la
actividad pecuaria o crianza de animales para el consumo humano. Con relación a la educación,
el nivel es medio y su conformación étnica es mestiza.
1.3 Formulación del problema
¿De qué manera incide la falta de reubicación de los pobladores del asentamiento humano
Laderas de San Francisco, ubicado en la parroquia de Calderón del DMQ, en relación con la
vulneración de los derechos al hábitat y a la vivienda digna, consagrados en la Constitución de
la República del Ecuador?
1.4 Preguntas Directrices
a) ¿Para evitar la posible vulneración de los derechos de las personas que habitan en este
asentamiento, se podría plantear que el Consejo Metropolitano de Quito emita una
Ordenanza considerando la reubicación de sus copropietarios a un lugar libre de
amenazas de riesgo?
b) ¿De qué manera se puede garantizar los derechos al hábitat y a la vivienda digna a los
pobladores del asentamiento humano Laderas de San Francisco Sector Calderón?
c) ¿Cuáles son los tipos de amenazas o peligros a los que se encuentra expuesto el
asentamiento humano, referenciado en esta investigación?
d) ¿Cuál es la situación económica-social de la población que conforma este asentamiento
humano?
1.5 Objetivos
1.5.1 General.
Proponer como solución al problema planteado la creación de una Ordenanza Municipal con
el propósito de reubicar a las familias que se encuentran asentadas de manera irregular en el
10
sector Laderas de San Francisco, parroquia Calderón del DMQ, en territorio libre de amenazas
y en igual proporción de área a la ocupada actualmente.
1.5.2 Objetivos específicos.
a) Integrar en los planes urbanos de desarrollo a los habitantes del asentamiento Laderas
de San Francisco, sector Calderón, a fin de garantizar los derechos al hábitat y a la
vivienda digna.
b) Advertir de la posible vulneración de derechos garantizados en la constitución, en
relación con el hábitat y la vivienda digna, de los pobladores del asentamiento humano
e irregular en mención.
c) Identificar la condición socio económica de los pobladores del asentamiento irregular
y de hecho Laderas de San Francisco ubicado en el sector Bellavista, parroquia de
Calderón, cantón Quito, provincia de Pichincha.
1.6 Justificación
El tema propuesto por la investigadora del presente proyecto es de gran importancia por lo que
evidencia que a pesar de todos los esfuerzos por parte de la gobernabilidad nacional y local a
través de la implementación de normativas e institucional con relación a la regularización de
asentamientos humanos y de hecho, al momento todavía existe irregularidad en el uso del suelo,
así lo evidencia la situación actual del asentamiento denominado Laderas de San Francisco,
ubicado en la parroquia de Calderón en el DMQ
Uno de los mayores inconvenientes, por los cuales este asentamiento no ha podido beneficiarse
de los programas de regularización llevados a cabo por la municipalidad se debe a su ubicación
en una zona de alto riesgo, frente amenazas de deslizamiento e incendios forestales, razón por
la cual la población correría peligro, no solamente la estabilidad de las viviendas sino también
la vida misma.
En el momento de que se dé una solución al problema planteado, los primeros beneficiados
serían los habitantes y copropietarios registrados quienes podrían alcanzar el buen vivir y
disfrutar de los derechos como: vivir en un ambiente sano, poseer vivienda digna y adecuada
teniendo en cuenta las características establecidas por el Comité de Derechos Urbanos de
Naciones Unidas, como: seguridad de tenencia, disponibilidad de servicios básicos,
11
asequibilidad, habitabilidad, accesibilidad, ubicación y adecuación.
Respecto a la viabilidad de la investigación, es posible puesto que se dispone de información
necesaria de tipo doctrinario, legal y jurisprudencial, además del apoyo por parte de los
representantes de la comunidad barrial y de la UERTB, lo cual permitirá la sustentación del
problema planteado. En contexto, se propone como unidad de investigación al territorio
denominado “Laderas de San Francisco”, ubicado en la Parroquia San Juan de Calderón, sector
norte del DMQ, considerando como beneficiarios a los propietarios de estos predios, evitando
que sufran desmedros económicos inmobiliarios, a pesar del conflicto legal en que se
encuentran, es de conocimiento que se trata de personas con bajos recursos.
Esta investigación dará a conocer las diversas circunstancias que han conllevado a que muchas
personas decidan generar asentamientos humanos, por lo que se plantea el tratamiento de este
conflicto social, además puede servir como material de consulta para todos aquellos que se
cualquier momento se encuentren motivados en promover el orden urbano del DMQ. Debe
analizarse que en la medida de que los habitantes de estos asentamientos gocen de todos los
derechos se solventarán otros problemas de tipo relacionados, como: salud, educación, trabajo,
movilidad, ambiente sano, servicios básicos, entre otros.
Aquellos ciudadanos que carecen de patrimonio es considerado vulnerable ante los
concurrentes engaños por traficantes de tierra, que los tienen bien ubicados para hacerle ofertas
muy alentadoras, difíciles de rechazar, a cambio de obtener una vivienda, estos les induce a la
invasión, en el afán de obtener un lugar donde habitar con sus familias, pero sin ningún respaldo
legal, sin medir consecuencias, puesto que creen estar exentos de cumplir con la ley, aunque se
debe tener presente de que la Constitución contempla proveer a la población de vivienda digna
en razón del interés social.
12
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
2.1 Antecedentes de la investigación
2.1.1 Revisión bibliográfica de estudios anteriores.
Como sustento de respaldo a la presente propuesta se tendrán en cuenta algunos trabajos de
investigación, relacionados con el tema y encontrados en los repositorios digitales de diferentes
universidades nacionales e internacionales.
Juan Gabriel Cueva Cabrera (2017), egresado de la Universidad Central del Ecuador, en su
proyecto de grado “Los Derechos del Buen Vivir frente a los asentamientos ilegales en el sector
noroccidente de Quito sector Cochapamba año 2015 – 2016”, respecto a los asentamientos
ilegales manifiesta:
Los incipientes procesos ejecutados por los Gobiernos Autónomos Descentralizados
dan cuenta de la falta de acciones e interés para regularizar el uso de asentamientos
humanos ilegales, derechos alcanzados por personas poseedoras de predios en posesión
regular y de buena fe, institución jurídica reconocida en la legislación ecuatoriana. (p.
24)
Interpretando a Cueva, se refiere que los derechos inherentes a las personas poseedoras de
predios se vinculan directamente con los derechos del buen vivir que se encuentran establecidos
en la Constitución de la República y ratificados en el Plan Nacional del Buen Vivir, con el
propósito de materializarlos, sin que sea motivo de impedimento el estado de regularización de
la vivienda donde se resida.
Paulina Doménica Proaño Andrade (2015), egresada de la Universidad Católica del Ecuador,
en su trabajo de disertación: “Análisis y evaluación de los asentamientos informales ubicados
en la Parroquia Manuel Cornejo Astorga, del Cantón Mejía, Provincia de Pichincha”, se refiere
a las condiciones que debe tener el suelo dispuesto para urbanización:
13
El acceso a terrenos urbanizados debe entenderse no solamente los dotados de servicios
públicos; agua, teléfono, alcantarillado, alumbrado público, etc.; también debe disponer
de ambientes de buena calidad y eficaces, servicio de transporte, escuela, proveedoras
de alimentos e incluso de entretenimiento, áreas verdes. (p. 16)
Es lamentable, pero lo anterior no se cumple, un asentamiento irregular nunca dispondrá de las
condiciones mencionadas, pues el lograr concretarlas es complejo, algunas de las obras las
realiza la población mediante autogestión, pero otras por su alto costo deben esperar a que el
barrio se regularice y la municipalidad presupuesto en tal inversión que puede tardar inclusive
años en concretarse.
Alejandro Pineda Chávez, Alma Trujillo Muñoz y Javier Pérez Corona (2016), egresados de la
Universidad Nacional Autónoma de México, en el trabajo de investigación: “Proceso de
urbanización y asentamientos irregulares en el municipio de Ecatepec de Morelos”, entre las
particularidades con relación al tema propuesto, expresan:
Para el caso de los asentamientos irregulares, estos constituyen una problemática que
se va atendiendo de una forma muy lenta, los asentamientos han sido un fenómeno que
se ha tratado por décadas, existe una gran superficie territorial con este tipo de
problema, sumándosele la falta de certeza jurídica de la propiedad, convirtiéndose en
la única vía para que familias en condiciones de pobreza puedan acceder a un predio y
construir su vivienda. (p. 19).
Los autores anteriores plantean un problema muy similar al que se propone investigar en las
Laderas de San Francisco, muy de acuerdo en que uno de los motivos que genera estos
asentamientos es el de la pobreza de los habitantes que residen en el lugar, a esto se le aúna la
demora en los procesos de legalización y dotación de servicios básicos, trasgrediendo sus
derechos.
Cecilia Inés Galimberti (Galimberti, 2016), egresada de la Universidad Nacional del Rosario
de Argentina, en su estudio e investigación: “Contrastes e inequidades en los territorios
intermedios de la Región Metropolitana de Rosario”, se refiere a la transformación del territorio
en el tiempo, por lo cual manifiesta:
La reestructuración causada por el capitalismo a escala mundial e incrementada por las
reformas institucionales y macroeconómicas, en América Latina ha ocasionado
cambios notables en la configuración territorial, en las políticas públicas, en la
planificación urbana y en las concepciones sobre la ciudad. Se han creado nuevas
14
oportunidades, pero a su vez también se han agudizado las desigualdades inter e intra
urbanas, provocando una intensa fragmentación. (p. 5).
Galimberti, concibe a los territorios como fracciones que contribuyen con el distanciamiento
entre las clases sociales, circunstancia que fomenta la segregación urbana, debido a la
distribución del espacio territorial en las ciudades, otro fenómeno que se está dando es que
actualmente se mezclan las edificaciones, siendo normal encontrar urbanizaciones de clases
altas en cercanía con asientos irregulares, pero notándose la diferencia no solo en cuanto al
estilo de vivienda, sino más aun en el equipamiento de servicios e infraestructura.
2.2 Marco teórico-doctrinario
Como ya se ha mencionado anteriormente, los asentamientos irregulares en las ciudades datan
desde hace mucho tiempo y constituyen un fenómeno social que no solamente se presenta en
Quito, sino a nivel del país, inclusive en gran mayor parte de los países que se encuentran en
vía de desarrollo, pero vale la pena encontrar los motivos que lo ocasionan, por lo que Fernando
Carrión Mena (2016), en su obra “Los estudios urbanos en América Latina: espejo donde
mirarse”, los menciona:
La transformación de las ciudades se viene dando a partir del siglo XX, debido al
explosivos crecimiento urbano, a los procesos masivos de migración campo – ciudad,
los cambios en el mercado laboral, los procesos de industrialización, dando como
resultado una urbanización acelerada, excluyente, desigual y polarizada, además de una
ciudad compuesta por dicotomías entre lo formal e informal, lo regular e irregular. (p.
13)
Para Carrión la composición de las ciudades ha variado de manera considerable, toma en cuenta
por un lado el aspecto de la rápida urbanización que se presenta en espacios reducidos y por el
otro da a entender que el tema de la irregularidad frecuentemente se hace presente, entonces la
diferencia entre las ciudades de antes con las actuales es inevitablemente notoria.
En este apartado también puede analizarse que Quito es considerada como una ciudad escogida
como lugar de residencia, que a diferencia de otras es la capital del país donde operan
instituciones estatales. Acerca del derecho al hábitat existen autores que consideran que la
legislación requiere profundizar mucho más en el tema de la vivienda, mediante la adopción
de verdaderas políticas de desarrollo urbano, por ello es relevante conocer la opinión Raúl
Velasco Garcés (2016), quien a través de su publicación: “Derecho al hábitat y su relación con
15
la vivienda de interés social – Hábitat III”, sostiene:
La legislación de vivienda en el Ecuador requiere de una profunda reflexión y la
adopción de políticas de desarrollo urbano y vivienda urbana y rural actualizadas. La
vivienda de interés social es función del Estado. Los organismos seccionales tienen su
participación complementaria dentro de limitaciones económicas y financieras para
este fin. Los gobiernos locales, vía ordenanzas, reglamentos o resoluciones tiene que
regular este importante derecho al hábitat y pueden contribuir con programas de
vivienda de interés social. (p. 2)
Para Velasco es importante que se realice un trabajo por parte del Estado que en asocio con los
municipios con el propósito de dar cumplimiento con el derecho al hábitat, especialmente en
poblaciones marginales que no disponen de equipamiento básico, teniendo en cuenta que la
demanda de vivienda es muchísimo mayor a la oferta, lo que es absolutamente cierto es que
estando el hábitat de por medio es difícil planificar y llevar a cabo proyectos de vivienda social,
lo que conlleva a pensar que debe tomarse en cuenta la experiencia para definir correctamente
lineamientos jurídicos de trascendencia y efectividad.
Rafael Arnaz, Juli Ponce y Marcos Vaquer (2016), destacan en la obra: “Propuestas jurídicas
para facilitar el acceso a la vivienda” la importancia de promover en derecho ciertas normativas
y expresan:
Es imprescindible alcanzar un pacto político que permita una actuación conjunta de las
administraciones públicas con competencias legislativas, tanto en la definición del
contenido legal del contenido de derecho de propiedad por razón de su función social,
como en la promoción de la efectiva realización del derecho constitucional al disfrute
de una vivienda digna. (p. 84)
Para los autores mencionados anteriormente el derecho a la vivienda digna sólo podrá
materializarse siempre y cuando se centren propuestas legales orientadas a exigir este derecho,
por lo que el papel del legislador es de gran importancia, porque los resultados se obtendrán
dependiendo del contenido de la norma.
16
TÍTULO I
2.2.1 Los asentamientos irregulares de hecho
2.2.1.1 Antecedentes de los asentamientos irregulares
Los asentamientos irregulares, a los que también se le denomina como informales, a través de
la historia se han hecho notar dentro del tejido social de las ciudades, notándose grandes
diferencias con el resto de construcciones. Se caracterizan por ocupar grandes extensiones de
tierra, formando un hábitat totalmente segregado social y físicamente, distinguidos por la
pobreza.
Estos asentamientos han venido surgiendo de diferentes formas y en cada una de las épocas,
algunos de ellos no los han regularizado en el tiempo indicado, otros han surgido debido a la
especulación mobiliaria; de igual manera hay quienes han fraccionado tierras sin la debida
autorización por parte del ente regulador
Tanto los procesos históricos como demográficos, socioeconómicos, urbanísticos y culturales,
están expuestos a traer asentamientos, denominados de acuerdo al país donde se ubiquen,
puesto que también les llaman: poblaciones, notificaciones, ranchos, favelas, barriadas o
tugurios, pero en si se caracterizan por ser viviendas construidas en precarias condiciones, que
por lo general ocupan terrenos públicos o privados.
A los asentamientos se los configura como poblaciones que ha surgido de manera espontánea,
de manera irregular, a través de la toma de propiedades por la fuerza, por invasiones o también
erradicando cierto tipo de población, con características particulares.
Lamentablemente, los asentamientos en vez de disminuir, aumentan, para ejemplificar un poco
el panorama, se consideran algunos datos, presentados por Sandra Hernández y Nora Cano, en
su investigación “La aplicabilidad del procedimiento de legalización para los asentamientos
informales para la seguridad jurídica de las familias de escasos recursos económicos, en
función del interés social”, considerando información de algunos países: “Venezuela
presentaba un incremento del 20% desde la década de los cincuenta, pero durante los últimos
años aumento al 50%; Bogotá con 59; Quito con 50%, Lima con 45% y México con 40%, otras
ciudades como Costa Rica y el Salvador para la década de los ochenta el 58%, como
17
consecuencia de los conflictos bélicos” (Hernández & Cano, 2010, pág. 22).
En un principio se pesaba que la situación de los asentamientos pasaría, que se trataba de un
problema temporal, pero no fue así, más bien se ha expandido y en localidades la situación se
agudiza, claro que actualmente no se presenta con tanta fuerza a comparación de como ocurría
durante la época de los sesenta, donde algunas de las ciudades todavía representan mayor
ocupación de este tipo, Perú ocupa el segundo lugar, después del Brasil, con población que
reside en los tugurios.
Diversos son los factores que han incidido para que tanto los asentamientos rurales como
urbanos se produzcan, dando origen a ellos sobre todo los procesos migratorios de las áreas
rurales a las urbanas, la industrialización, los conflictos políticos y la pobreza en los campos.
Lastimosamente, las políticas por parte de los gobiernos fueron escasas y meramente de
contingencia y no a través de una planificación urbana bien programada, lo que conducía a la
carencia de una solución definitiva, no existía la institucionalidad de contención, los gobiernos
por aquel entonces no reaccionaban y a esto se le sumaba la especulación y la concentración
de la tierra, lo que generó gran demanda urbana, promoviendo un alza en los precios por el
suelo urbano.
Los asentamientos, por lo general, se han venido generando en los límites de las ciudades, en
tierras carentes de todo tipo de servicios básicos, sin condiciones para la habitabilidad, en zonas
inclusive inundables y cercanas a basurales, con difícil accesibilidad, faltos de infraestructura
y mobiliario urbano y lo más grave, todas las viviendas que se construyen en estos sectores se
encuentran fuera de la normativa legal vigente.
Hay un aspecto interesante de analizar y es el relacionado con la limitación del acceso al suelo
urbano que se encuentra estrechamente relacionada con la escasez de la tierra y el costo que
representa para determinados grupos, entendiéndose que la clase popular no tiene más remedio
que vivir en asentamientos o tugurios, donde se exponen permanentemente a las consecuencias
ocasionadas por los fenómenos naturales.
El acceso informal o ilegal a la tierra contradice toda norma legal, como el COOTAD, y las
decisiones municipales, operando fuera de todo tipo de forma legal, que en algunas ocasiones
18
conforman organizaciones, como cooperativas de vivienda conformadas ilegalmente, de igual
manera fraccionamientos de tierra clandestinos que conllevan a que personas de escasos
recursos adquieran predios a través de la especulación.
a) La Planificación y los asentamientos informales en el DMQ
Son varios los antecedentes que, en el DMQ, se pueden considerar, dentro de las primeras
políticas con relación al manejo del suelo se toma en cuenta al Plan Regulador de Jones
Odriozola (1944), en el que se trataban asuntos de centralizad y zonificación, cambiando de
sentido durante la década de los setenta, constatando que dicho plan ya no coincidía con la
realidad debido a que la ciudad crecía vertiginosamente. De tal manera que en el año 1967 se
aprueba un nuevo Plan por intermedio de la Ordenanza 1165, la que proponía el uso de la tierra,
reglamentando la distribución del suelo urbano, con disposiciones especificas relacionadas con
la intensidad de uso, las dimensiones de las parcelas, la altura de las edificaciones, entre otras.
En el año 1973 se diseña un Plan de uso exclusivo para el Área Metropolitana, sirviendo este
como base para realizar la propuesta correspondiente al Plan de Quito del año 1981,
proponiendo que la administración debía desconcentrarse, de acuerdo con la densificación y el
desarrollo urbano de la ciudad, sin embargo, hasta ese momento todavía no se mencionaba
explícitamente a los asentamientos irregulares, lo que si se afirmaba era acerca de la aparición
de barrios en zonas periféricas, los cuales ya se iniciaron a partir de la segunda mitad de la
década de los setenta a consecuencia del fraccionamiento de tierras realizado por promotores
inmobiliarios, esto debido a la gran demanda de las personas que provenían de las zona rural.
Lo cierto es que durante todo el tiempo las funciones de la municipalidad se han ido
modificando, la institución ha ido ajustándose a cada requerimiento de la época, asignando
nuevos roles a cada una de las dependencias que se han ido creando de manera progresiva.
En el año 1992, el Plan de Estructura Espacial Metropolitana ya empieza a prestar atención a
los asentamientos informales, para lo cual promueve la dotación de servicios básicos, los
incluye dentro del desarrollo urbano, pero por aquel entonces se les denominaba Unidades de
Desarrollo Integral a los que se les daba tratamiento de tipo legal, socio-económico y físico-
ambiental.
Ante la posesión de Paco Moncayo en la alcaldía del DMQ, en el año 2000, inicia una nueva
19
fase de planificación, ejecutándose el Plan General de Desarrollo Territorial en el año 2001, el
que contemplaba políticas relacionadas con el suelo y la vivienda, con el objetivo de mejorar
la calidad de vida de la población, lo que supuestamente podría controlar a la especulación,
apareciendo de esta manera el Plan denominado Equinoccio 21, cuyo principal propósito
consistía en legalizar y adecuar las viviendas a través del establecimiento de normativas
municipales, para lo cual se crea la Unidad de Suelo y de Vivienda, entidad que hasta el año
2008 ya registraba la existencia de 378 asentamientos irregulares, logrando legalizar hasta el
año 2009 un total de 247, esto de acuerdo a información contenido el un informe de gestión de
esta entidad.
Realmente que el nuevo modelo de ciudad al que se le llamaba el Plan del Buen Vivir para
Quito, avanzo muchísimo en la parte de legalizar barrios, regularizar construcciones
informales, promocionar viviendas de interés social, todo esto se enmarcaba en el COOTAD,
mismo instrumento que hacía referencia a la expropiación para construir viviendas de interés
social, además de la regularización de asentamientos urbanos, para de esta manera proporcionar
los servicios básicos, además de viabilizar su situación jurídica..
(http://repositorio.puce.edu.ec/bitstream/handle/22000/11355/ANALISIS%20DE%20LAS%2
0POL%C3%8DTICAS%20P%C3%9ABLICAS%20SOBRE%20LA%20REGULARIZACI%
C3%93N%20DE%20ASENTAMIENTOS%20INFORMALES%20EN%20EL%20DIST.pdf
?sequence=1) p.37.
2.2.1.2 Causas del aparecimiento de los asentamientos irregulares
Entre las causas que generalmente producen la generación de asentamientos irregulares se
encuentran:
a) Escasos ingresos económicos
La pobreza vista desde la informalidad es uno de los factores macros que conllevan a que las
personas busquen un lugar excesivamente barato para vivir, esto se puede evidenciar en la gran
mayoría de las personas que hacen parte de los asentamientos irregulares
Además de la pobreza, también es importante el considerar a la informalidad, la cual se ha visto
incrementada, especialmente en ciudades latinoamericanas, como ejemplo de ello se puede
citar a Edésio Fernandes, quien en su obra “Regularización de asentamientos informales en
20
América Latina”, manifiesta lo siguiente:
En Rio de Janeiro, por ejemplo, las tasas de crecimiento informal han sido mayores que
las tasas de crecimiento de la población urbana y de la pobreza. En 1961, cuando la
ciudad tenía una población de alrededor de 3 millones de habitantes, se estimaba que
había 300.000 personas (el 10 % de la población) viviendo en favelas; en 2009, la
ciudad tenía una población de 6 millones de habitantes, y se estimaba que 1,25 millones
de pobladores (más del 20 % de los residentes) vivían en favelas y otros asentamientos
informales. (Fernandes, 2011, pág. 15)
Lo que Fernandes quiere transmitir es que el acceso informal al suelo no es para nada nuevo,
estos han existido desde hace muchísimas décadas atrás, aumentando significativamente desde
hace más o menos una treintena de años, antes las grandes ciudades eran escogidas para el
establecimiento de cierto desarrollo informal, luego de allí se trasladó a las medianas, para
finalmente ubicarse en zonas rurales o sobre las fronteras agrícolas.
b) Socio-espaciales
Considerada otra causa de la generación de asentamientos irregulares o ilegales, propiciándose
directamente como efecto de la configuración relacionada con el ordenamiento espacial, dada
la incapacidad por parte de la administración pública sectorial, esto sucede especialmente en
localidades de América Latina, sobre todo en los denominados municipios o también llamados
cantones. Esto se debe a la dificultad que gobiernos locales tienen para garantizar el acceso al
suelo a costos razonables y que sean dotados en su totalidad de servicios públicos básicos,
además de la escasez de vivienda en ciudades donde el índice demográfico ha venido
aumentando.
c) Programas de vivienda de interés social
Es absolutamente importante la creación y aplicación de políticas públicas por parte de las
gubernaturas enfocadas a la dotación de vivienda digna para la población. Este tipo de
construcciones se lo ha visto restringido en número, muchos de estos proyectos no han llegado
a su etapa final e inclusive hasta han resultado ilegales por la falta de licenciamiento municipal
o por incumplimiento de normativas relacionadas con el uso del suelo o disposición de la
construcción.
Además, tratándose de personas de escasos recursos económicos, estas no califican para el
otorgamiento por parte de una institución financiera, puesto que no disponen de capacidad de
21
pago y entonces cuándo podrán hacerlo, comprendiendo que no tienen acceso, debido a los
bajos ingresos de los interesados en adquirir una vivienda propia. Al respecto, a Chile se le
considera como el único país de la región que lleva la delantera en la implementación de
políticas de vivienda adaptadas al sistema de interés social, lo cual se ha venido desarrollando
en las periferias, aunque visto de otra manera podría considerarse como una especie de
segregación socio-espacial.
d) Los mercados formales
El manejo territorial de parte de la autoridad pública, dando mayor oportunidad de construcción
a inmobiliarias privadas, quienes de manera formal comercializan viviendas a precios muy
elevados, esto de alguna manera conlleva a la informalidad a quienes de ninguna manera
podrían adquirirlas, razón por la que deciden hacer parte de emprendimientos informales.
Generalmente la empresa privada no se ha preocupado en satisfacer necesidades de personas
de escasos recursos, especialmente cuando ninguno de ellos disponía de algún subsidio por
parte del gobierno. Lo que merece bastante atención es que, en el sector informal, de igual
manera los precios que se manejan no pueden considerarse tan bajos y si es que quieren acceder
a los servicios públicos, habrá quien los provea, pero a precios muy elevados de lo normal.
e) Clientelismo político
Gran parte de los traficantes de tierra van a la sombra de prácticas políticas, utilizadas como
convencimiento a las masas más necesitadas, permitiendo alentar el desarrollo informal. Por
otra parte, políticos durante épocas de campaña, ofrecen regularizaciones de asentamientos
informales, dotación de servicios públicos a bajos precios e inclusive sin costo alguno, hay
casos que inclusive han emitido títulos de propiedad falsos, ofrecen terrenos que antes eran
prohibidos para ocupar, plantean nuevos emprendimientos. Todas estas acciones, con lo único
que contribuyen es con el aumento de la informalidad y el aumento de actividades ilícitas
relacionadas con el uso del suelo.
f) Planificación irrealista
El manejo territorial en ciudades latinoamericanas, de cierta manera ha venido cooperando con
la informalidad de la tierra, reforzando procesos ilegales, ante la ausencia de normativas legales
que regulen el uso del suelo, los lineamientos para construir viviendas, la consideración de
construir en zonas de alto riesgo no mitigables, el regular las invasiones, el garantizar
22
superficialmente derechos fundamentales, como el derecho a la ciudad, al hábitat, a una
vivienda digna, al acceso a servicios públicos de calidad y en cantidad, entre otros.
Administraciones del pasado, definitivamente han fracasado respecto a la gestión de la vivienda
de interés social y todo lo que ella conlleva, no han promovido verdaderas políticas publicas
que conlleven al acertado desarrollo de las ciudades, que dispongan de integración entre los
diversos derechos, significando con esto que el ordenamiento que los gobernantes locales
deben preocuparse muchísimo más por el desarrollo inclusivo, que abarque la totalidad de
clases sociales, de tal manera que sea diversificado, permanente y de calidad.
La realidad socio -económica es distinta a la que muchos consideran meramente elitista,
dejando de lado a quienes perciben escasos recursos económicos, lo cual estaría
definitivamente determinando el acceso al uso del suelo y a la vivienda. La verdad es que los
precios de la tierra han venido aumentando en los últimos tiempos y con ello aumentan los
asentamientos informales.
g) La gestión urbana
Aunque hay quienes no lo creen, una de las causas por las que se originan los asentamientos
informales se debe a la inadecuada gestión urbana, debido al considerado carácter excluyente
de normas, relacionadas con el uso del suelo, la falta de participación por parte de las
comunidades en su gestión, la tardanza en la regularización de situación irregular de
edificaciones; la falta de establecimiento de políticas eficientes a la hora de planificar
programas de reasentamiento o reubicación.
h) Sistemas legales caducos
La situación de informalidad va de la mano de posibles contradicciones de los marcos jurídicos
relacionados con la regularización de la tierra, son pocas las ocasiones donde se juzga de
manera ejemplar a los traficantes de tierra, a sus intermediarios y a quienes promueven dichas
negociaciones. Podría considerarse como novedad, que quienes han sido víctimas denuncien
ante las autoridades estos casos, por el miedo a las represalias, o también por lo inoperante
respecto a la efectiva sanción.
Por otra parte, las personas que conforman estos asentamientos no disponen de los
conocimientos relacionados con los riesgos especificados en los informes técnicos,
disposiciones legales, procedimientos y reglas formales con las que deben cumplir para dar
23
inicio a los procesos de regularización. Lamentablemente es una realidad que atañe a personas
de escasos recursos, quienes carecen de recursos legales, además financieros y de todo tipo
para defender sus derechos, siendo parte de una legalidad excluyente más que cualquier otro
grupo social, puesto que no es nada sano de que los gobiernos dispongan de una asesoría legal,
direccionada desde el mismo ente que decide si legaliza o no, determinado asentamiento
humano.
Entonces entre los principales factores que inciden en la formación de asentamientos
irregulares se encuentran:
Socioeconómicos, debido a que los gobiernos deben establecer diferencias entre las
construcciones para aquella población que dispone de salarios estables, en cambio los grupos
de escasos recursos, se pueden ver impedidos para cumplir con los pagos, situación por la que
no pueden acceder a viviendas o la obtención de servicios públicos de calidad.
Abandono del campo para migrar a la ciudad, estas personas generalmente tras su llegada,
conforman asentamientos humanos irregulares y lo hacen porque les ofrecen lugares donde no
varían su actividad productiva, tomando en cuenta que ellos se dedican a labores agrícolas,
pecuarias y forestales.
El mercado ilegal de la tierra también origina este tipo de inconveniente y el crecimiento
desordenado de las ciudades, especialmente cuando se ven afectados los intereses de
inversionistas, convirtiéndose en objeto de manipulación política y económica.
Dícese que muchos delos asentamientos irregulares se han formado producto de la tolerancia
o inclusive auspiciados por funcionarios o autoridades parte de los gobiernos, especialmente
con tierras agrarias, mediante actos de corrupción pero, en estos casos quienes habitan en estos
sectores viven en condiciones deplorables, ya que estos asentamientos no pueden ser dotados
de servicios públicos hasta que no se efectivice su regularización y eso sucede siempre y
cuando exista voluntad política, por lo que es necesaria la inversión pública, además de la
participación por parte de los habitantes, quienes aportan con su trabajo en la ejecución de
diversas obras.
En el peor de los casos, lo que ocurre es que por diversas circunstancias, los asentamientos no
24
se legalizan y las autoridades proceden al desalojo o quienes corren con mejor suerte, les
ofrecen la relocalización, que a veces no cumple con las expectativas de quienes acceden, por
lo que tienen que volver a comenzar, inclusive en peores condiciones que las actuales.
2.2.1.3 Dimensiones a partir del surgimiento de los asentamientos irregulares
Frente al aparecimiento de asentamientos irregulares se generan determinados efectos, entre
los que se mencionan a los de tipo legal, siendo estos los siguientes:
El mero hecho de establecer asentamientos informales, transgreden de cualquier manera el
marco legal establecido que regula el uso del suelo y todo lo relacionado con este ámbito, como
la violación de derechos de propiedad privada, comunal o pública; regulación de las diversas
normas urbanísticas, medio ambientales y de construcción; pago de tributos municipales;
apropiación indebida de recursos del Estado, como agua para el consumo y utilización de
energía eléctrica¸
2.2.1.4 Particularidades de los asentamientos irregulares
Estos asentamientos son establecidos por traficantes de tierras, quienes ilegalmente ocupan
espacios comunales, públicos o privados para demarcarlos y posteriormente comercializarlos,
quienes los compran construyen viviendas haciendo caso omiso a las normativas de
construcción vigentes. Durante la fase inicial a la formación del asentamiento, servicios
públicos como alumbrado público, vías de acceso adoquinadas, servicio de energía, agua
potable y alcantarillado son inexistentes.
Dependiendo de la situación socio económica de las personas que ocupan estos asentamientos,
las condiciones de vida van cambiando gradualmente, expandiendo las edificaciones,
reemplazando materiales y los servicios públicos se van haciendo presentes, es decir se
consolidan. Desafortunadamente, esto no ocurre con frecuencia, pues los habitantes de estos
sectores son de escasos recursos económicos y la difícil situación a la que se enfrentan se
prolonga por años e inclusive por décadas, lo cual genera inseguridad jurídica, al no disponer
de títulos de propiedad que los certifique como propietarios de estos predio, razón por la cual
no figura su información en el Registro de la Propiedad y en muchísimas ocasiones, continúan
siendo víctimas de personas que se declaran como nuevos dueños.
25
Es de anotar que la tardanza para regular estos predios genera una serie de inconvenientes,
donde los únicos perjudicados son los moradores del asentamiento en litigio, con ello la
disponibilidad de servicios públicos no se hace presente, además de la dotación de
infraestructura urbana y con ello la legalidad del sitio que han tomado como sitio de residencia
se convierte en un verdadero problema socio – económico.
26
TÍTULO II
2.2.2 Derecho al hábitat y a la vivienda digna
2.2.2.1 El derecho al hábitat y su relación con la vivienda
El término vivienda es absolutamente claro y diciente, lo contrario ocurre con la palabra hábitat,
considerada como de novedoso tratamiento, en el ámbito jurídico, por lo que el tratadista
Ramón Burneo, añade al respecto:
El término “hábitat”, no se encuentra definido en nuestra legislación ni existe en el
diccionario de la Real Academia; por el contexto lo entendemos como una
circunscripción del medio ambiente, centro de desarrollo de la vida, del individuo y de
su actuación como persona y como miembro de la comunidad social y económica.
(Burneo, 2016, pág. 78)
Por su parte, “hábitat” si se encuentra definida en el Diccionario Constitucional: “Proviene del
latín “habitare” y que en ecología es considerada como: el lugar de condiciones apropiadas
para que viva un organismo, especie o comunidad animal o vegetal” (Poder Judicial de la
Federación. Consejo de la Judicatura Federal, 2015, pág. 165).
Como fuente de estos derechos se tiene la realización de las Conferencias celebradas por las
Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos, a la primera de ellas se le denominó
HÁBITAT I, llevada a cabo en Vancouver que, debido a la rápida urbanización, a través de
una Declaración sobre los Asentamientos Humanos, se tomaba conciencia al respecto, para lo
cual tomo en cuenta la relación entre campo y ciudad.
Para el año 1996, en Estambul se lleva a cabo la segunda Conferencia, HÁBITAT II,
consiguiendo avances importantes, en relación con el reconocimiento al derecho a la vivienda,
aunque actualmente se continúan viviendo diversos procesos encaminados al desarrollo urbano
de manera no solo acelerada, sino también especulativa, poniendo en riesgo el cumplimiento
del derecho en mención.
La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, celebra la tercera
Conferencia, HÁBITAT III en el año 2016 y tuvo lugar en la ciudad de Quito, en la que se
llevó a cabo el compromiso con la urbanización sostenible, a través de la implementación de
una agenda urbana, en la que participaron diversos frentes gubernamentales, políticos y
27
sociales.
Para Raúl Velasco, en su artículo “Derecho al Hábitat y su Relación con la Vivienda de Interés
Social”, considera que: “el derecho al hábitat hace parte del avance constitucional
latinoamericano, siendo la Constitución de la República del Ecuador la primera de la región en
reconocerlo y normarlo, consagrándolo dentro de los derechos de cuarta generación” (Velasco,
2016, pág. 38).
El Art. 30 de la Constitución reza; “Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable
y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica”,
mandato que para entenderlo mejor es necesario remitirse al Art. 375 del mismo cuerpo legal,
en el que consagra el derecho a la vivienda digna y por supuesto al hábitat, en donde
especialmente hace referencia al hallazgo de información relacionada; a la gestión del catastro
nacional; al establecimiento de políticas, planes y programas vinculados con el hábitat y el
acceso universal a la vivienda, bajo principios de universalidad, interculturalidad y equidad,
enfocados hacia la gestión de riesgo; mejoría en las viviendas precarias; diseño y puesta en
marcha de planes para el otorgamiento de vivienda de interés social para personas de las clases
menos favorecidas; y, por último, el Estado será el encargado de planificar, regular, controlar,
financiar y diseñar políticas de hábitat y de vivienda.
Por su parte el Art.31 de la Constitución contiene una serie de disposiciones que por su
contenido son complejas de llevar a la práctica e igualmente de medir, que expresa: “Las
personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y sus espacios públicos”. Es Importante
mencionar que para que el contenido de este articulo se lleve a la práctica, falta muchísimo por
resolver, al momento existen problemas de seguridad y la creación de ambientes propicios para
que los colectivos desarrollen con tranquilidad sus actividades.
Además, este artículo también se ocupa del hábitat, puesto que dice que, las personas tienen el
derecho a la ciudad a través de su pleno disfrute, además de sus espacios públicos, bajo
principios de sostenibilidad, justicia social, involucrando las diversas culturas urbanas,
estableciendo equilibrio entre lo urbano y lo rural. El derecho a la ciudad se encuentra basado
en su gestión democrática, además de funciones que cumplen en lo social y ambiental
respectivamente.
28
Teniendo en cuenta lo anterior, la Constitución de la República correlaciona a la vivienda de
interés social con el hábitat, a partir de la lógica jurídica, que comprende a toda la nación y
contiene aspectos relevantes, los que destaca en el Art. 375, siendo necesario tomar en cuenta
el rol que desempeña los municipios.
Se puede considerar un poco extraño que al tema inherente a la vivienda campesina o rural no
se le tome mucho en cuenta, lo cual debería ser de interés para los gobiernos seccionales,
ofertando programas de vivienda social, cercanos a sus lugares de trabajo, dotados de los
servicios básicos, pero siempre cuidando de las zonas de protección ambiental, en atención a
exigencias conservacionistas, esto con el fin de que esta población no tenga necesidad de
emigrar a las grandes ciudades, en la búsqueda de mejores oportunidades, entonces es necesario
que los gobiernos inicien propiciando políticas de vivienda que acojan no solo el hábitat
urbano, sino también el rural, distribuyendo de una mejor manera los recursos
2.2.2.2 Derecho a la vivienda
La mayoría de los países de la región reconocen el derecho a la vivienda, habiéndolo logrado
desde la promulgación de las últimas constituciones, siendo particularidad de países como:
Colombia, Argentina, Cuba, Brasil. República Dominicana, Guatemala, Ecuador, Honduras,
Haití, México, Paraguay, Nicaragua, Venezuela, Perú, Salvador y Chile. Países como Costa
Rica, Colombia, Chile y Paraguay han declarado al derecho a la vivienda como derecho
fundamental, considerando que debe ser garantizado por el Estado.
Constituciones de la región conceptúan a la tierra de diversas maneras, inclusive consideran
que esta tiene que cumplir con una función social, de igual manera toman en cuenta al derecho
a la propiedad privada, pero cada uno de ellos tiene regulación particular.
A Colombia y a Brasil se le consideran como países que han venido avanzando, en materia
jurídica relacionada con este ámbito, a partir de la década de los treinta, con lo cual los derechos
también conllevan al cumplimiento de deberes por parte de los ciudadanos, siendo estos de
manera particular del orden social. La Constitución de la República de Colombia, promulgada
en el año 1991, se reiteraron principios relacionados con la vivienda y la propiedad,
implementando la figura jurídica de la expropiación por vía administrativa, en circunstancias
excepcionales y sin indemnización.
29
El problema relacionado con la regularización de los asentamientos humanos irregulares,
continúa a nivel latinoamericano a pesar de que se han dado adelantos encaminados a la
disposición de normas que faciliten su legalización, de tal modo que beneficien a las familias
que habitan en ellos, pero los resultados han de concretarse en el tiempo.
Con relación al derecho a la propiedad, este se encuentra consagrado a nivel constitucional,
además lo regulan legislaciones civiles y leyes cuya naturaleza es privada, pero a su vez
también implica derechos y su función es de carácter social, para lo cual los Estados cumplen
con el desarrollo de políticas sanitarias, económicas y sociales, con el fin de lograr el bienestar
común que a su vez implica en la tenencia de la tierra donde residen.
2.2.2.3 Los desalojos
Amnistía Internacional catalogan a los desalojos como transgresión al derecho de vivienda, por
lo que expresa:
Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada y todos los gobiernos nacionales
y locales y sus representantes tienen la obligación de respetar, proteger y hacer efectivo
este derecho humano. Las autoridades locales suelen ser el primer punto de contacto en
la planificación y ejecución de la construcción de viviendas. (Amnistia Internacional,
2018)
El precepto anterior lo repite una y otra vez organizaciones de derechos humanos, pero hay que
enfatizar que es menester de los gobiernos locales el diseñar y ejecutar programas de vivienda
acordes a la situación económica de quienes la requieren, además de insistir en la legalización
de la tierra ya utilizada en asentamiento humano, los que podrían ir en aumento si no se realiza
la adecuada planificación territorial.
El Folleto Informativo No. 25 de la OHCHR define al desalojo forzoso como:
La práctica del desalojo forzoso consiste en despojar a las personas de su casa o tierra
contra su voluntad, de un modo atribuible directa o indirectamente al Estado. Esto
implica la supresión efectiva de la posibilidad de que una persona o un grupo vivan en
una casa, residencia o lugar determinados, y el traslado asistido (en el caso del
reasentamiento) o no asistido (cuando no se trata de un reasentamiento) de las personas
o grupos desalojados a otro lugar. (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos, 2016, pág. 3)
Aquellas personas que sean desalojadas debido a operaciones para eliminar barrios de tugurios,
30
medidas de renovación urbana, medidas de protección del medio ambiente o especulación en
viviendas y terrenos por otros motivos, se les considera como grupos aparte de personas a las
que se deben proteger a través del derecho internacional, en materia de derechos humanos.
Para las Naciones Unidas, los desalojos equivalen a transgresiones de varios de los derechos
humanos reconocidos en la legislación internacional, particularmente al derecho a una vivienda
adecuada, al agua, a la alimentación, a la salud, al trabajo, a la libertad de tratos crueles, a la
seguridad de la persona y a la libertad de circulación.
Los desalojos se pueden vincular con carencia de tenencia de tipo jurídico seguro, que en si
corresponde al derecho a una vivienda adecuada. Los desalojos pueden inclusive compararse
con los desplazamientos arbitrarios e involuntario de personas de sus tierras comunidades u
hogares.
Generalmente, las personas víctimas de desalojos quedan en la miseria, sin medios de
subsistencia y como si fuera poco sin acceso real a ningún recurso jurídico. Además de las
anteriores afectaciones provocadas, se encuentran: intensificación de la desigualdad, conflictos
sociales y de segregación, vulneración de los derechos a las personas con bajos recursos
económicos, resultan perjudicados miembros de grupos vulnerables, como mujeres, niños y
adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad.
La abstención de los desalojos forzosos se encuentra establecida en instrumentos
internacionales, que seguidamente se mencionan: Declaración Universal de los Derechos
Humanos; Art. 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Art.
27 de la Convención sobre los Derechos del Niño; Art. 14 de la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer; Art. 5 de la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.
Obviamente que los desalojos en el marco legal son admitidos, siempre y cuando operen de
manera excepcionalmente circunstancial, de conformidad con lo emanado en la legislación
internacional cuando tengan conexión directa con los derechos humanos o el derecho
humanitario.
Lo ideal, respecto a los desalojos vinculados con el desarrollo, es que a nivel nacional se
deberían evitar.
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2.3 Marco legal
La investigación se basará en los instrumentos y cuerpos legales, que se relacionan a
continuación:
2.3.1 Constitución de la República del Ecuador. (2008)
Uno de los derechos que reconoce la Constitución de la República es el de garantizar la
sostenibilidad y el buen vivir de la población en el país, lo cual consagra en el Art. 14, en el
que reconoce que todos los habitantes deben vivir en un ambiente sano y además
ecológicamente equilibrado.
La Constitución del Ecuador ha designado la Sección sexta exclusivamente al hábitat y a la
vivienda, para lo cual establece específicamente en su Art. 30 el derecho al “hábitat seguro y
saludable”, indicando además que la vivienda debe reunir dos características fundamentales:
“adecuada y digna”.
Otro Art. que debe mencionarse es el 31, pues se refiere al goce de la ciudad y de sus espacios
públicos, pero esto no sucede en el sector señalado en la investigación. De igual manera, la
Constitución en el Art. 66.2 garantiza una “vida digna”, asegurando para ello a la vivienda.
Con relación a las facultades que otorga el Estado a los Gobiernos Municipales, el Art. 240
menciona a las de carácter legislativo, donde todos los GAD´s se les ha otorgado facultades de
tipo ejecutivo relacionadas con sus competencias y jurisdicciones territoriales, a fin de proteger
la integridad de los habitantes y al medio ambiente. En cuanto al Art. 261.6 designa al Estado
como responsable en el diseño de competencias relacionadas con políticas de vivienda. El
indebido uso del suelo en el Ecuador, ha sido un gran problema durante décadas, traficantes de
tierras han lucrado, los asentamientos generalmente se han ubicado en zonas de alto riesgo
imposibles de mitigar, estas razones son suficientes para que en el Art. 264, numeral 2 se le
confiera a los GAD´s controlar el uso del suelo en cada uno de los cantones.
El Art. 315 permite que se creen las empresas necesarias para que se gestionar la prestación o
gestión de servicios. El Art. 340 establece el sistema nacional de inclusión y equidad social, el
cual articula al Plan Nacional de Desarrollo junto con el sistema nacional descentralizado de
planificación participativa, tomando en cuenta al hábitat y la vivienda. El Art. 375, numerales
32
del 1° al 6to, establece que el Estado deberá implementar políticas, como programas de
vivienda, motivando a la municipalidad para que regule los asentamientos de hecho. Por
último, el art. 376 de la Constitución indica que para hacer efectivo el derecho a la vivienda y
al hábitat, es indispensable facultar a la entidad pública competente a realizar acciones de
expropiación y a su vez reservar y controlar posibles áreas para el desarrollo futuro, esto de
acuerdo con la ley vigente.
2.3.2 Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD. (2010)
Este cuerpo legal coincide con derechos consagrados en la Constitución de la República, al
momento que en su Art. 4, numeral b), define como uno de los fines prever ante todo el
contenido de la Constitución de la República, en atención de los derechos que allí se consagran
y de igual manera aquellos derechos tomados en cuenta por los instrumentos internacionales
de los que el país es miembro. A la vez, el Art. 55, literal b) confirma la facultad que tienen los
cantones en cuanto al uso del suelo en cada cantón.
Además, otro de los fines de este Código es la de regular la distribución territorial para lo cual
por intermedio del Art. 57 faculta a los cantones expedir ordenanzas, acuerdos y resoluciones,
a fin de establecer procedimientos de regulación, titularización y el desarrollo de
infraestructura.
Por último, el artículo 596 considera la expropiación especial con el fin de regularizar
asentamientos humanos de hecho, para lo cual los GAD metropolitanos o municipales a través
de una resolución emitida por el órgano legislativo podrá declarar predios de utilidad pública
o interés social.
2.3.3 Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión de Suelo (2016)
Esta Ley en su Art. 1 promueve articular el derecho a la ciudad y al hábitat seguro y saludable,
lo mismo ocurre con la vivienda adecuada y digna, con el propósito de impulsar el desarrollo
urbano inclusivo e integrador orientado al Buen Vivir de los habitantes. El Art. 3, se refiere a
la política pública relacionada con la generación del hábitat seguro, aprovechando el uso del
suelo. El Art. 8 consagra el derecho a edificar, bajo el cumplimiento de acatar normas
urbanísticas, considerando para este caso en particular en que los habitantes del sector de las
33
“Laderas de San Francisco”, no han tomado en cuenta el riesgo que representa el lugar,
tampoco han cumplido con los diversos requisitos que establece la ley. El Art. 11, toma en
cuenta el alcance del ordenamiento territorial, considerando en el numeral 3, el compromiso
por parte de los GAD´s en el sentido de identificar los riesgos de cada una de las zonas de su
circunscripción. El Art. 90, considera las diversas políticas a nivel nacional que deben tomarse
en cuenta, facultando para ello al Gobierno Central quien a su vez designará funciones
específicas a un ente rector como autoridad nacional en estos temas de desarrollo urbano.
2.3.4 Código Civil Ecuatoriano (2005)
Este cuerpo legal, en su Art. 717 conceptualiza dos tipos de posesión, regular e irregular, la
primera se adquiere de buena fe y procede de un título; mientras que la segunda, no considera
la buena fe, originándose poseedor regular y poseedor de mala fe o también poseedor irregular
y de buena fe. Todo aquel que posea un inmueble de manera irregular, pero de buena fe deberá
iniciar el proceso de legalización para convertirse en señor y dueño del inmueble.
2.3.5 Plan Nacional para el Buen Vivir 2017-2021 (2017)
Es imposible un buen vivir si los derechos a la población no se cumplen, en este caso el derecho
a la vivienda digna y al hábitat. El eje 1, política 1.7 del PNBV garantiza este derecho, para lo
cual considera lo siguiente: Con el fin de viabilizar la obtención de una vivienda digna, entre
las cuales se encuentra el acceso a crédito, el trabajo en conjunto entre el Estado y los gobiernos
seccionales, de igual manera incorpora a los riesgos dentro de los programas de planificación
territorial, igualdad de condiciones para acceder a los servicios básicos
2.3.6 Decreto 622 (2015)
A través del cual se crea la EP de Hábitat y Vivienda con el fin de cumplir con todos los
lineamientos establecidos en los instrumentos internacionales, Constitución de la República y
leyes secundarias en relación con los derechos a las personas de vivienda, hábitat y a la ciudad.
2.3.7 Ordenanza 0172 (2012)
Dispone el ordenamiento urbanístico del DMQ referente a su ocupación, ordenación,
habitación, regulación del suelo y las edificaciones. De igual manera condiciona el
otorgamiento de redes públicas por las entidades competentes, para lo cual el Art. 81 establece:
34
Ni la empresa Pública Metropolitana competente en materia de alcantarillado y agua
potable, ni la Empresa Eléctrica podrán dar servicio, ni otorgar certificados de
factibilidad de servicio a los asentamientos ilegales que se encuentren fuera del suelo
urbano o en áreas declaradas de alto riesgo no mitigable (…). (p. 295).
Entonces al cumplirse lo expuesto anteriormente, los habitantes de estos sectores no están al
alcance de obtener la prestación de servicios públicos básicos, por lo que se verán obligados a
transportar el agua desde fuentes cercanas o adquirirla a través de tanqueros, la energía eléctrica
la obtienen en muchas ocasiones del denominado contrabando de redes cercanas al lugar de
sus viviendas. Esto hace necesario analizar la posibilidad de planes emergentes con el fin de
no vulnerar sus derechos.
Cabe resaltar que el asentamiento irregular de las Laderas de San Francisco de Calderón, de
acuerdo a la Cuarta disposición agregada en esta Ordenanza lo configura como asentamiento
humano y de hecho por reunir los requisitos establecidos en la misma, mencionados como
sigue: ocupación pacífica por un período mayor de cinco años de forma ininterrumpida, al
momento las viviendas que allí se encuentran están habitantes y podría establecerse su
consolidación.
Ordenanza No. 0147 (2016)
En su preámbulo considera que los asentamientos irregulares son un problema que se presentan
en Quito, desde hace aproximadamente cuarenta años atrás, esto a pesar del gran esfuerzo
realizado tanto por el gobierno nacional como también por la municipalidad. Agrega que
existen muchísimas familias de escasos recursos económicos que han tenido la necesidad de
ubicarse de manera irregular en sitios de alto riesgo, sin previa infraestructura, como tampoco
seguridad jurídica, ocasionando fragilidad en el cumplimiento de sus derechos
constitucionales.
Vale la pena mencionar que en el DMQ se han llevado a cabo algunos programas de
regularización con el fin de reconocer a estos asentamientos. Durante el año 2010 se promovió
“Regula tu Barrio” el cual permitió la regularización de 439 barios, a la par se abrió paso a
modificar los procesos administrativos, además de fortalecer el aspecto social y gestionar el
censo para levantar la información inherente a los asentamientos de tipo irregular.
No obstante, lo anterior, la problemática persiste y es importante que la municipalidad continúe
35
avanzando en la misma línea, sobre todo garantizando los derechos de esta población, aparte
de cumplir con el desarrollo integral de la ciudad para mejorar las condiciones de vida de sus
habitantes.
Lo que puede sugerirse es que se debe reducir el tiempo de legalización, actualmente se
encuentra estipulado en aproximadamente dos años, a partir del inicio y la obtención de la
ordenanza, comprendiendo dos aspectos principalmente: reconocerlo legalmente ante la
municipalidad y la titulación de los predios a sus propietarios, a más de la ejecución de obras,
con lo cual se garantizaría el derecho no solo a la vivienda sino también a la ciudad.
2.4 Estado de la situación actual del problema
La problemática que se desprende de la regularización de este asentamiento continúa en el
tiempo, no siendo posible dilucidar la situación caótica en que se encuentran sus pobladores,
al momento la municipalidad ha venido planteando como medida de solución reubicar a las
familias en el sector del antiguo aeropuerto de Quito, pero lo que aducen los habitantes es que
el área ofrecida es mucho menor a la que ocupan actualmente, por otro lado gran parte de ellos
se dedican a actividades agropecuarias como siembra de cultivos y crianza de animales que
ayudan a su subsistencia, lo cual no podrían continuar haciéndolo por las condiciones del
territorio ofertado.
2.5 Idea a defender o pregunta de investigación
Es necesario solucionar el problema de tenencia de vivienda de los pobladores del asentamiento
irregular Laderas de San Francisco ubicado en la parroquia de Calderón, puesto que se
encuentran en una zona de riesgo, sugiriéndose que a través de la emisión de una ordenanza
municipal se reubiquen en otro sector de la ciudad que disponga de los requerimientos
necesarios para garantizar los derechos al hábitat y a la vivienda digna.
2.6 Conceptos básicos
Amenaza: “Evento, fenómeno o actividad potencialmente perjudicial que podría ocasionar
pérdida de vidas o lesionar a la población; daños materiales, sociales o económicos; o también
condiciones que podrían materializarse a futuro”. (Consejo Cantonal de Durán, 2014, pág. 3).
Asentamientos irregulares de hecho. La Ordenanza Municipal 0172 (2012), los considera
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como: “la ocupación precaria o de hecho con fines habitacionales, pero en forma pública,
pacifica, ininterrumpida por el plazo no menor de cinco años, que en uno o más predios ajenos,
hacen un conjunto de familias identificadas a partir de sus rasgos socioculturales”. (p. 321).
Conglomerado de habitantes asentados de manera bien sea dispersa o concentradamente sobre
un sector o territorio.
Derecho a la ciudad. (2016), Para el Centro de Investigación de Políticas Públicas y de
Territorio de la Flacso corresponde a; “un eje de trabajo transversal, que guía sus actividades
de manera permanente, en autentico ejercicio de habitante, donde predomine la planificación y
modelo de ciudad, no debiendo considerarse únicamente su morfología, sino también el estilo
de vida en esos lugares, de igual manera considerar la apropiación del espacio, la identidad
local, su cultura, la sociedad misma dentro de la colectividad. (párr.5).
Hábitat: “Entorno en que la población desarrolla sus actividades y en el que se concentran la
totalidad de políticas y estrategias territoriales y de desarrollo de los Gobiernos Central y
Descentralizado direccionadas a que la población obtenga el buen vivir”.
Legalización. Declaración que a través de un funcionario público certifica la autenticidad de
firmas de un documento, siendo necesaria para dar cumplimiento al ordenamiento jurídico y
efectuar todo tipo de trámites de índole legal.
Lotificación ilegal. Viviendas que generalmente se encuentran ubicadas en sectores
periféricos, corresponde a grandes extensiones de terreno que a su vez las dividen en lotes,
vendidos a través de contratos de compraventa, pero sin ningún respaldo legal. Las
construcciones pueden considerarse de calidad, contrariamente ocurre con los servicios que
son deficientes.
Reasentamientos. La Ordenanza Municipal 181 (2006), los define en su Art 13 como:
“Reubicación de propietarios ubicados en sectores de riesgo y/o marginalidad en predios en los
que se pueda implementar proyectos de interés social y/o vivienda de manera cogestionada”.
(p.439).
Regularización: La Ordenanza Municipal 0172 (2012), en su tercera disposición la establece
como “reconocimiento de la construcción y la responsabilidad del propietario sobre las
características de seguridad de la construcción y la veracidad de la información entregada, sin
perjuicio a inspecciones que posteriormente pudiere realizar la administración” (p. 321).
Riesgo: “Magnitud estimada de posibles pérdidas ocasionadas por un determinado evento
adverso y sus efectos, sobre las personas, actividades institucionales, económicas, sociales y al
37
ambiente. Estos factores se pueden considerar naturales o antrópicos”. (Consejo Cantonal de
Durán, 2014, pág. 4).
Vivienda adecuada y digna: La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del
Suelo, en su Art. 4, la define como: “Aquella que cuenta simultáneamente con los servicios de
agua segura y saneamiento adecuado; electricidad de la red pública; gestión integral de
desechos; condiciones materiales adecuadas; espacio suficiente; ubicada en zona segura;
accesibilidad adecuada; seguridad en la tenencia; y, adecuada a la realidad cultural”. (Asamblea
Nacional, 2016, pág. 8).
38
CAPÍTULO III
METODOLOGÍA
Antes que nada, debió de identificarse el área espacial, que para esta investigación corresponde
al sector de Las Laderas de San Francisco de Calderón del DMQ, seguidamente el problema,
que consiste en analizar las condiciones socio jurídicas del asentamiento irregular y para ello
es necesario aplicar los niveles, métodos y técnicas de investigación adecuados con el propósito
de alcanzar los objetivos propuestos.
3.1 Niveles de investigación
Para alcanzar los objetivos propuestos de la investigación es indispensable aplicar los
siguientes niveles de investigación:
3.1.1 Exploratorio.
Este nivel busca la problemática en general que podría ocasionar un asentamiento irregular de
hecho ubicado sobre un sector de alto riesgo como lo es la Ladera de San Francisco de
Calderón, por el hecho de ser parte de una quebrada, que ya ha sido declarada en emergencia,
por autoridades municipales, durante épocas invernales.
Los efectos de los asentamientos son de tipo socio económicos y socio espaciales, lo que
convierte al problema de profundo análisis con el propósito de sugerir una solución de tipo
legal, que permita a sus moradores las condiciones necesarias para alcanzar el derecho al buen
vivir, a una vivienda digna y al hábitat.
3.1.2 Descriptivo.
El que todavía existan asentamientos ilegales en el DMQ puede concebir una ciudad que ha
ido creciendo de manera desordenada, pues al encontrarse personas viviendo ilegalmente en
zonas de alto riesgo, esto conlleva a otro tipo de problemática que difícilmente las autoridades
39
competentes pueden afrontar y peor cuando estos lugares en vez de disminuir se multiplican,
situación que se convierte en difícil de manejar, obligando inclusive a desalojos.
La investigación del asentamiento irregular de las Laderas de San Francisco de Calderón se irá
desarrollando describiendo su evolución, desde su inicio hasta la actualidad, incluyendo a todos
los eventos importantes que como comunidad han sido participes.
3.1.3 Explicativo.
La investigación requiere de aplicar este nivel, teniendo en cuenta que son bastantes las
explicaciones que deben darse, para mayor comprensión de quienes acceden a este material,
como primer punto recordar que el derecho a la vivienda digna corresponde a un derecho
constitucional que a más se encuentra contenido en instrumentos internacionales ratificados
por Ecuador. Además de la relación obligada con otros derechos, por lo que revisar la
normativa vigente y su cumplimiento es importante para el desarrollo de la ciudad.
3.2 Métodos de la investigación
Elemento indispensable dentro de la investigación, por lo que sin él no podría argumentarse la
validez de los instrumentos utilizados durante el desarrollo del trabajo.
3.2.1 Inductivo - deductivo.
Inductivo, proceso que va desde lo particular hacia lo general, como ejemplo se puede citar al
interés particular del gobierno local por sus habitantes, también el único interés de los
propietarios al desear regularizar sus predios lo que conllevaría al bienestar de la comunidad.
Mientras que el deductivo iría desde lo general hacia lo particular, la Constitución de la
república garantiza el derecho a la vivienda y al hábitat a las comunidades, poblaciones, lo cual
beneficia a cada una de las personas que vive en el lugar, las normativas legales de igual forma,
el acceso a la vivienda digna es un derecho inherente a la totalidad de la población. En tanto el
método el método deductivo irá desde el interés general hacia el particular,
3.2.2 Exegético.
Consiste en la interpretación de manera critica de la Ley, analizarla su efectividad y
cumplimiento, método propio de un trabajo investigativo jurídico social que corresponde a la
40
parte explicativa e interpretativa en lo que caben presunciones personales de tipo subjetivo,
aplicada en la totalidad de la elaboración del presente documento.
3.3 Técnicas para recolectar la información de la investigación
La técnica a utilizar durante el desarrollo de esta investigación ha de ser diseñada para
incorporar a los distintos actores que en ella intervienen, especialmente a los moradores del
sector de las Laderas de San Francisco de Calderón, también a la gobernabilidad local y todos
aquellos que dirigen realizar el diagnóstico.
3.3.1 La Observación.
Técnica utilizada de manera constante, en cuanto a la situación que ocurre en el sector de las
Laderas de San Francisco, a través de la cual se obtienen y ratifican los conocimientos que se
van adquiriendo relacionados con el tema en estudio, realizándose de manera metódica y
premeditada.
3.3.2 Recopilación bibliográfica.
A esta se le llama también documental. Su propósito es obtener conocimientos, ratificar
hipótesis, disponer de datos históricos y estadísticos, esto a través de folletos, revistas, libros,
cuerpos legales, páginas web, sitios oficiales, repositorios digitales, entre otros.
3.3.3 Encuesta.
Técnica que se aplicará al número de habitantes resultante del cálculo de la muestra, siendo un
total de 40, mediante el diligenciamiento de un formulario previamente diseñado para tal fin.
3.4 Validez y confiabilidad de los instrumentos
El grado de confiabilidad de la encuesta es consistente, puesto que, aunque varíe el número de
la muestra, el resultado debe ser el mismo o muy similar, aunque las personas cambien en
periodos de tiempo distintos.
En lo que respecta a la validez, el instrumento medirá las variables, en este caso lo que se busca
medir son las dos variables que corresponden al asentamiento irregular de hecho ubicado en
41
Las Laderas de San Francisco de Calderón y el Derecho a la vivienda digna; es decir podrá
medirse en qué medida de porcentaje se vulneran sus derechos.
3.5 Las variables
3.5.1 Variable independiente.
Asentamiento irregular Laderas de San Francisco, parroquia de Calderón
3.5.2 Variable dependiente.
Derecho al hábitat y a la vivienda digna
3.6 Operacionalización de variables
Tabla 1
Operacionalización de las variables
Elaborado por: Chalan Sánchez Johana Paulina
3.7 Población o Universo
El universo considerado corresponde al número de familias registradas en la UERTB que es de
69, para un número de habitantes de 188, aproximadamente 3 integrantes por núcleo familiar.
VARIABLE
INDEPENDIENTE DIMENSIÓN INDICADOR
TÉCNICA O
INSTRUMENTO
Asentamiento irregular
Laderas de San Francisco,
parroquia de Calderón
Municipal
Identificación de la falta de
requisitos para su regularización:
sociales, de organización, legales
y técnicos.
Entrevista
VARIABLE
DEPENDIENTE DIMENSIÓN INDICADOR
TÉCNICA O
INSTRUMENTO
Vulneración del Derecho al
hábitat y a la vivienda digna
Constitucional
Derechos
Humanos
Emisión de una Ordenanza
Municipal para reubicar a los
habitantes del asentamiento
Encuesta muestra
poblacional
42
Tabla 2
Resumen de información levantada en el sector asentamiento humano Laderas de San
Francisco.
SECTOR No. de viviendas No. de Familias No. de habitantes
Laderas de San Francisco 56 69 188
Fuente: Administración zonal Calderon
3.7.1 Cálculo de la muestra
La equivalencia de parámetros corresponde a:
Tabla 3
Valores para el cálculo de la muestra
Muestra (n) ¿?
Tamaño de la Población (N) 69
Error Muestral (E) 0,1
Proporción de Éxito (P) 0,9
Proporción de Fracaso (Q) 0.5
Valor para Confianza (Z) (1) 1,96 Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Los valores que corresponden a la confianza, estadísticamente son:
Tabla 4
Equivalentes para asignar el valor de la confianza
Si Z
Confianza el 99% 2,32
Confianza el 97.5% 1,96
Confianza el 95% 1,65
Confianza el 90% 1,28 Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Fórmula para el cálculo de muestra finita, debido a que el dato de población se conoce.
𝑛 =𝑧2 ∗ 𝑝 ∗ 𝑞 ∗ 𝑁
𝑒2(𝑁 − 1) + 𝑧2 ∗ 𝑝 ∗ 𝑞
Reemplazando Valores:
𝑛 =1.962 ∗ 0.5 ∗ 0.5 ∗ 69
0.12(69 − 1) + 1962 ∗ 0.5 ∗ 0.5
𝑛 =3.84 ∗ 0.5 ∗ 0.5 ∗ 69
0.12(68) + 0.96
43
𝑛 =66.24
1.64
𝑛 = 40
Entonces, el número de encuestas a realizar es a 40 familias /miembro.
44
CAPÍTULO IV
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
4.1 Tabulación de los resultados obtenidos, basados en el análisis de los procesos.
PREGUNTA No. 1
¿Considera que el sector en el cual habita, conforma un área de protección ecológica o de alta
peligrosidad, motivo por el cual usted estaría en riesgo junto con la demás población de este
asentamiento humano?
Tabla 5
Conformación de área ecológica o de alto riesgo para la población del asentamiento
Opción de Respuesta No. de respuestas Porcentaje
Sí 30 75%
No 10 25%
Totales 40 100%
Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Gráfico 1. Conformación de área ecológica o de alto riesgo para la población del
asentamiento
Sí 75%
No25%
Sí
No
45
Análisis e interpretación de resultados.
Los resultados arrojados a la pregunta relacionada con el área protegida y los riesgos a los que
estarían expuestos, corresponden para el no el 75% y para el sí el 25%. Las personas
encuestadas supieron manifestar que ellos en ningún momento han recibido copias de los
informes del riesgo en el sector, por parte de la Administración Zonal, para lo cual los
funcionarios afirman que se trata de información confidencial y no se encuentran autorizados
para ello.
46
PREGUNTA No. 2
¿Ha sido usted alguna vez víctima de deslizamientos ocurridos en el sector de Laderas de San
Francisco?
Tabla 6
Víctima de deslizamiento
Opción de Respuesta No. de respuestas Porcentaje
Sí 6 15%
No 34 85%
Totales 40 100% Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Gráfico 2. Víctima de deslizamiento Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Análisis e interpretación de resultados.
Los encuestados manifiestan en un 85% no haber resultado víctimas de deslizamientos
ocurridos en el sector, mientras que el 15% respondieron que sí. De acuerdo al informe técnico
suministrado por la Jefatura Zonal de Seguridad Ciudadana de la Coordinación del Desarrollo
Zonal, el sector presenta susceptibilidad alta a deslizamientos. Además, presenta variables que
afectan al asentamiento, como la degradación de la protección ecológica. De igual manera,
podrían presentarse deslizamientos de tierra, debido a las actividades extractivas de material
pétreo.
Sí 15%
No85%
Sí
No
47
PREGUNTA No. 3
¿Conoce Usted del tipo de amenazas que, de continuar viviendo en el sector, podría estar
permanentemente expuesto?
Tabla 7
Tipos de Amenazas que conllevan al Plan de Relocalización
Opción de Respuesta No. de respuestas Porcentaje
Sí 35 87%
No 5 13%
Totales 40 100%
Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Gráfico 3. Tipos de amenazas que conllevan al plan de relocalización Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Análisis e interpretación de resultados.
Respecto al conocimiento que tienen los encuestados con relación al tipo de amenazas a las
que están expuesto en el sector, el 87% manifestó conocerlas, en tanto el 13% les desconoce.
Por su parte en el informe emitido por la Secretaría General de Seguridad y Gobernabilidad,
en el año 2013, identificó las siguientes amenazas: geomorfológicas; incendios forestales;
inundaciones; y sismos.
Sí 87%
No13%
Sí
No
48
PREGUNTA No. 4
¿Está Usted dispuesto a dar información a funcionarios enviados por instituciones municipales,
a fin de proseguir con el Plan de Relocalización de las familias posesionarias del Asentamiento
Humano “Laderas de San Francisco”?
Tabla 8
Dar información a funcionarios enviados por instituciones vinculadas con el municipio
Opción de Respuesta No. de respuestas Porcentaje
Siempre 30 75%
Rara vez 5 12,5%
Nunca 5 12,5%
Totales 40 100% Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Gráfico 4. Dar información a funcionarios de instituciones vinculadas con el municipio Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Análisis e interpretación de resultados.
Los encuestados en su gran mayoría, el 75% siempre han estado dispuestos a brindar
información a las instituciones que la han requerido, mientras que el 12.5 rara vez estaría
dispuesto, al igual que el restante 12% nunca estaría dispuesto. Algunas de las personas
encuestadas se encuentran molestas porque manifestaron haber sido sorprendidas por algunas
oportunidades en horas de la madrugada, por parte de funcionarios del municipio, y dicen no
estar de acuerdo con este tipo de prácticas sorpresa.
Siempre75,0%
Rara vez12,5%
Nunca12,5%
Siempre
Rara vez
Nunca
49
PREGUNTA No. 5
¿Se le informa a usted de manera constante acerca del proceso de Relocalización que está
llevando a cabo la municipalidad?
Tabla 9
Información relacionada con el Proceso de Relocalización para las Familias del Sector
Opción de Respuesta No. de respuestas Porcentaje
Siempre 10 25%
Rara vez 16 40%
Nunca 14 35%
Totales 40 100% Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Gráfico 5. Información relacionada con el Proceso de Relocalización para las Familias
del Sector Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Análisis e interpretación de resultados.
De las familias encuestadas el 40% manifiesta que rara vez recibe información relacionada con
el Proceso de Relocalización, el 35% responde que nunca y el 25% asegura recibirla.
El Plan de Relocalización, a la que también se le puede denominar Reubicación o
Reasentamiento viene sugiriéndose desde el año 2011 por diversas entidades municipales, lo
cual al momento no se lo ha ejecutado de manera integral, al momento solo han salido ocho
familias de las 69, las restantes no desean hacerlo, por no estar de acuerdo con lo ofrecido por
la municipalidad.
Siempre 25%
Rara vez 40%
Nunca35%
Siempre
Rara vez
Nunca
50
PREGUNTA No. 6
¿Con que frecuencia participa usted de los programas encaminados al fortalecimiento que
como grupo reclama los derechos inherentes a la vivienda digna y adecuada?
Tabla 10
Asistencia a programas de fortalecimiento de grupo
Opción de Respuesta No. de respuestas Porcentaje
Siempre 28 70%
Rara vez 7 17%
Nunca 5 13%
Totales 40 100% Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Gráfico 6. Asistencia a programas de fortalecimiento de grupo Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Análisis e interpretación de resultados.
Los derechos fundamentales son exigibles por toda persona y respecto a la participación a los
programas que conllevan al fortalecimiento de luchas, algunas familias han desistido de ello,
pero en su gran mayoría siempre asisten, correspondiendo a un 70%, rara vez lo hacen el 17%,
mientras que definitivamente nunca asisten representa el 13%. Entre estos programas, se
encuentran: mingas, reuniones para impartir información, jornadas de campañas comunitarias,
juegos, etc.
Siempre 70%
Rara vez 17%
Nunca13%
Siempre
Rara vez
Nunca
51
PREGUNTA No. 7
¿Cómo calificaría usted la atención por parte de los funcionarios municipales respecto al tema
de regularización del asentamiento humano donde vive?
Tabla 11
Calificación a los funcionarios municipales
Opción de Respuesta No. de respuestas Porcentaje
Buena 0 0%
Regular 22 55%
Mala 18 45%
Totales 40 100% Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Gráfico 7. Calificación a los funcionarios municipales Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Análisis e interpretación de resultados.
Respecto a la calificación que dan las familias encuestadas a los funcionarios municipales con
relación a la calidad de la atención, ninguna de ellas optó por buena, en tanto la gran mayoría,
el 55% la considero regular, mientras que el 45% la catalogó como mala. La verdad es que la
población de Laderas de San Francisco se siente decepcionada, no existe una real coordinación
entre las instituciones, unos han ofrecido la regularización, en cambio otros no. Respecto al
Plan de Relocalización, la municipalidad no cumplió con lo ofrecido a las familias que
voluntariamente decidieron acogerse al proceso, incidiendo en que las demás no lo hagan.
Buena0%
Regular 55%
Mala45% Buena
Regular
Mala
52
PREGUNTA No. 8
¿Cómo calificaría usted la participación por parte de la junta actual del Comité de Pro-mejoras
de Laderas de San Francisco?
Tabla 12
Calificación al Comité Pro-mejoras
Opción de Respuesta No. de respuestas Porcentaje
Buena 22 0%
Regular 15 55%
Mala 3 45%
Totales 40 100% Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Gráfico 8. Calificación al Comité Pro-mejoras Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Análisis e interpretación de resultados.
Respecto a la calificación que dan las familias encuestadas a los funcionarios municipales con
relación a la calidad de la atención, ninguna de ellas optó por buena, en tanto la gran mayoría,
el 55% la considero regular, mientras que el 45% la catalogó como mala. La verdad es que la
población de Laderas de San Francisco se siente decepcionada, no existe una real coordinación
entre las instituciones, unos han ofrecido la regularización, en cambio otros no. Respecto al
Plan de Relocalización, la municipalidad no cumplió con lo ofrecido a las familias que
voluntariamente decidieron acogerse al proceso, incidiendo en que las demás no lo hagan.
Buena0%
Regular 55%
Mala45% Buena
Regular
Mala
53
PREGUNTA No. 9
¿Cuál de las razones expuestas, considera usted que le motivo vivir en el sector de las Laderas
de San Francisco?
Tabla 13
Calificación al Comité Pro-mejoras
Opción de Respuesta No. de respuestas Porcentaje
Migración de otra provincia 18 45%
Valor del predio 15 37%
Cercanía de un familiar 7 18%
Totales 40 100% Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Gráfico 9. Calificación al Comité Pro-mejoras Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Análisis e interpretación de resultados.
Indagando las causas por las cuales los pobladores de Laderas de San Francisco llegaron hacer
parte del asentamiento humano, se tiene que la más sobresaliente corresponde a la migración
interna, gran parte de ellos son agricultores y dadas las condiciones del lugar no dudaron en
ocuparlo, representando el 45% de las familias encuestadas, continuando el valor del predio
con el 37% y los demás, lo hicieron porque uno de sus familiares ya se encontraba residiendo
en el lugar, extendiendo su invitación, correspondiendo a esta última opción el 18%.
Migración de otra provincia
45%
Valor del predio37%
Cercanía de un familiar
18%Migración de otra
provincia
Valor del predio
Cercanía de un familiar
54
PREGUNTA No. 10
¿Cuánto tiempo lleva viviendo en el sector Laderas de San Francisco?
Tabla 14
Tiempo vivido en Laderas de San Francisco
Opción de Respuesta No. de respuestas Porcentaje
Ente 5 a 10 años 6 15%
Entre 11 a 15 años 18 45%
Más de 15 años 16 40%
Totales 40 100% Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Gráfico 10. Tiempo vivido en Laderas de San Francisco Fuente: Trabajo de campo, aplicación de la encuesta
Elaborado por: Chalán Sánchez Johana Paulina
Análisis e interpretación de resultados.
Las familias asentadas en el sector Laderas de San Francisco, en su gran mayoría llevan
bastante tiempo, de tal manera que la encuesta arrojó los siguientes resultados: entre 11 a 15
años, el 45%; más de 15 años, el 45%; y, entre 5 a 10 años, el 15%.
Ente 5 a 10 años15%
Entre 11 a 15 años45%
Más de 15 años40%
Ente 5 a 10 años
Entre 11 a 15 años
Más de 15 años
55
4.2 Registro fotográfico de las actividades de campo
Gráfico 11. Ingreso al asentamiento humano “Laderas de San Francisco
Fuente: Visita de campo
Gráfico 12. Ingreso al asentamiento humano “Laderas de San Francisco
Fuente: Visita de campo
56
Gráfico 13. Vías sin pavimentar y carentes de bordillos
Fuente: Visita de campo
Gráfico 14. Vista frontal predio
Fuente: Visita de campo
57
Gráfico 15. Recolección de la información
Fuente: Visita de campo
Gráfico 16. Panorámica de un asentamiento subyacente al de las Laderas de San
Francisco. La Planada, en proceso de regularización
Fuente: Visita de campo
58
Gráfico 17. Uno de los recolectores de los desechos domiciliarios
Fuente: Visita de campo
Gráfico 18. Vista panorámica del asentamiento Laderas de San Francisco
Fuente: Visita de campo
59
4.3 Conclusiones y recomendaciones
4.3.1 Conclusiones
Es indiscutible el crecimiento demográfico de la provincia de Pichincha, haciéndose notorio a
partir de la década de los setenta, presuntos traficantes de tierra se han hecho presente,
promocionando asentamientos humanos de hecho, esto al margen de todo control y de la
respectiva planificación municipal.
El asentamiento humano de hecho “Laderas de San Francisco”, es uno de los sectores que
presenta inconvenientes para su legalización, debido a inconvenientes advertidos por
funcionarios municipales, quienes consideran el lugar como zona de alto riesgo para los
habitantes.
Las familias que viven en estos asentamientos viven en incertidumbre, al momento viven la
presión para que abandonen el lugar y acepten una negociación que consideran inapropiada,
puesto que las características del nuevo inmueble, no reúne las condiciones actuales de área y
espacio productivo.
De acuerdo a información contenida en uno de los documentos emitido por la Dirección
Metropolitana de Gestión de Riesgo, considera a tres (3) elementos como expuestos, del sector
Laderas de San Francisco: el terreno, presentando vulnerabilidad física alta; las edificaciones,
alrededor del 77.96% presentan vulnerabilidad alta, por no disponer de estructuras
arquitectónicamente adecuadas relacionadas con la construcción; el sistema vial, considerada
como de tercer orden, carece de sistema de drenaje para evacuar las aguas lluvias, catalogando
esta vulnerabilidad también como alta.
Es evidente que se los plazos para resolver la situación irregular de los asentamientos humanos,
han disminuido, puesto que actualmente toma aproximadamente dos años su regularización,
sin embargo, el efectivizar la reubicación de los pobladores de “Laderas de San Francisco” al
momento no ha sido posible, debido a que ellos no están de acuerdo con los sitios propuestos
por la municipalidad, por no reunir una serie de requerimientos planteados por la comunidad.
Lo que se pretende con la relocalización de las familias de este asentamiento humano se refiere
a que se conviertan en legítimos propietarios, además que dispongan de servicios públicos de
calidad, conllevando a la solución integral de irregularidad y de ordenamiento territorial,
granizándoles el cumplimiento de derechos establecidos en la Constitución de la República.
60
4.3.2 Recomendaciones
Dado que los compradores de los predios ubicados en el asentamiento humano “Laderas de
San Francisco”, compraron de buena fe y además son posesionarios de la tierra hasta por más
de tres décadas, sin que se les haya proveído de un título de propiedad, es necesario que el ente
municipal encargado, dé una verdadera solución al problema.
Es importante que los gobiernos del lado propongan soluciones rápidas y eficaces en lo que se
refiere a la reubicación de las familias que se encuentran ubicadas en asentamientos humanos
que, de acuerdo a los informes emitidos por los entes competentes, son considerados no
mitigables y de alto riesgo.
El fortalecimiento de los procesos sociales que se adelantan en estos sectores deben ser
continuos, además la municipalidad debe tomar muy en cuenta las necesidades económicas de
la población, observando cuáles son las actividades productivas a las que se dedican al
momento, estas familias se encuentran radicadas en estos lugares durante década y sería
imposible el que cambien de actividad de manera sorpresiva, puesto que en el nuevo lugar al
que llegan, carece de los elementos necesarios para continuar con estilo productivo
acostumbrado.
Es inaudito que representantes del gobierno local irrumpan a altas horas de la noche para
proceder con el levantamiento de información, esto ocasiona molestias en la población, zozobra
y deja entrever cierta falta de planificación por parte de la empresa pública a cargo.
En el DMQ el problema de los asentamientos humanos que se encuentran ubicados en zonas
no mitigables persiste, razón por la cual se hace indispensable profundizar en soluciones muy
bien planificadas, esto aplicando experiencias obtenidas hasta el momento, que conlleven al
diseño y puesta en marcha de herramientas que sean no solo adecuadas, sino también eficientes
en relación con el ámbito legal, técnico y social que facilite la solución al problema,
garantizando el derecho a la vivienda, a la propiedad, encaminadas a lograr el buen vivir de la
población objeto de estudio.
61
CAPÍTULO V
PROPUESTA PARA SOLUCIONAR EL PROBLEMA
5.1 Datos informativos
5.1.1 Ubicación geográfica
El Asentamiento Humano de Hecho “Laderas de San Francisco”, se encuentra ubicado al norte
de la Quebrada Cellahusca, sector de Bellavista, parroquia de Calderón, canto Quito, provincia
de Pichincha.
Gráfico 19. Ubicación Comité Promejoras, barrio Laderas de San Francisco
Fuente: Visita de campo
62
Gráfico 20. Ubicación geo referencial Asentamiento Humano Laderas de San Francisco
Fuente: Visita de campo
5.2 Unidad objeto de muestra
De acuerdo a datos obtenidos de la Unidad Especializada “Regula Tu barrio, el numero de
familias registradas en el proceso de regularización de este asentamiento corresponde a 69,
registro considerado para realizar el cálculo de la muestra, lo cual arrojó como resultado, un
número de 40 que corresponde al número de familias a encuestar.
5.2.1 Beneficiarios.
Posesionarios del Asentamiento Humano “Laderas de San Francisco”, parroquia de Calderón,
cantón Quito, provincia de Pichincha.
5.3 Justificación
La propuesta sugerida para solucionar el problema de investigación es de trascendental
importancia debido a que podría ser tomada en cuenta como antecedente para aplicar en casos
similares que podrían estar sucediendo, no solo en la provincia de Pichincha, sino a nivel del
país. El ejecutarse adecuadamente el Plan de Relocalización, a través de la ejecución de una
ordenanza municipal, ello podría garantizar el derecho al hábitat, a la vivienda digna y
adecuada, además del derecho a la ciudad.
63
5.4 Objetivos
5.4.1 General.
Presentar como sugerencia de solución al problema planteado de investigación la sanción de
una ordenanza que disponga de un Plan de Relocalización Integral Familiar para las personas
consideradas posesionarias que, se encuentran al momento viviendo en el sector del
Asentamiento Humano “Laderas de San Francisco.”
5.4.2 Específicos.
a) Evidenciar las posibles dificultades que viven las familias que a través de los años se
han venido asentando de manera irregular, en diversos sectores de la parroquia de
Pichincha, esto sin planificación alguna, ni estructura básica, además con absoluta
carencia de seguridad jurídica.
b) Identificar la situación socio económica de los pobladores del sector de Laderas de San
Francisco
c) Examinar la posible violación del derecho fundamental a una vivienda digna y a un
hábitat seguro y saludable, sin que se tenga en cuenta la situación social y económica
de sus habitantes.
5.5 Descripción de la propuesta
DISPOSICIONES LEGALES DE SUSTENTO DE LA REFORMA
NORMATIVA VIGENTE
Constitución de la República del Ecuador; Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización; Ley de Régimen del Distrito Metropolitano de Quito; Plan
Nacional del Buen Vivir 2017 – 2021
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
A partir de la promulgación de la Constitución de la República en el año 2008 y en razón del
mandato establecido en los Arts. 30 y 31, relacionado con el derecho a la vivienda, al hábitat y
a la ciudad, ha conllevado a que los gobiernos establezcan mecanismos encaminados a regular
el ordenamiento territorial, motivo por el cual al momento se tiene un concepto diferente, antes
su principal fin era el de la comercialización. Actualmente, se le considera como bien social,
64
sustento de un derecho inherente a las personas, que concurre en el adecuado desarrollo de la
familia.
Por otro lado, el Código Orgánico de Organización Territorial y Descentralización (COOTAD),
ha establecido a la expropiación como figura jurídica con el propósito de regularizar
asentamientos humanos de hecho, lo cual ha venido facilitando el establecimiento de
procedimientos legales, relacionados con la expropiación aplicada de manera especial.
Durante la última década, en Quito se ha venido impulsando la legalización de barrios
irregulares, calculándose hasta el momento alrededor de 300, sin embargo todavía quedan
asentamientos humanos que continúan en la misma situación y que por situaciones adversas no
pueden hacerlo, pero es una deuda que tiene la municipalidad, para reubicar a estas familias en
viviendas dignas y sobre todo tomando muy en cuenta que sería contraproducente, el obligarles
a cambiar su actividad económica productiva, como la agricultura y crianza de animales de
consumo.
Es innegable todo lo que se ha venido logrando, en lo que se refiere al reconocimiento de los
asentamientos humanos, la Unidad Especial “Regula tu Barrio” de manera gradual ha ido
promoviendo de manera gradual muchísimos procesos de regularización tanto en áreas urbanas
como rurales.
Es de anotar que al momento las familias residentes en el Asentamiento Humano “Laderas de
San Francisco” no están de acuerdo con lo ofertado por la administración municipal, puesto
que el lugar para la reubicación no dispone de los elementos que ellos requieren: Gran parte de
los habitantes disponen de espacios destinados a la siembra de productos agrícolas, los que
representan su sustento, además deben hacerse cargo de una deuda, para lo cual no disponen
de capacidad de pago, el área ofrecida es demasiado reducida y tratándose de una solución de
interés social, no podrán rentar, tampoco vender o ceder la nueva propiedad, por un periodo no
menor de cinco años. (información aportada por los moradores).
Existe un aspecto importante de analizar, trata sobre el tipo de tierra que al momento se
encuentra ocupada por el asentamiento humano “Laderas de San Francisco”, a la que se le
considera rural, es decir fuera del área urbana, lo cual conlleva a decir que dispone de
características propias de producción agrícola para garantizar su propio alimento y
65
comercializar productos remanentes que de alguna manera contribuyen a sus ingresos
económicos.
La municipalidad viene avanzando con el tema de la relocalización de estas familias a manera
individual, ocho de ellas han aceptado, pero se lamentan de haberlo hecho, dado que les han
asignado sitios en diversas zonas, con características absolutamente diferentes al lugar de
donde proceden, viendo truncadas sus expectativas, donde se ven inhabilitados para llevar a
cabo las actividades productivas, que por años habían estado realizando.
Por otra parte, informes técnicos desfavorables emitidos por dependencias correspondientes,
se refieren a que el área donde se encuentra ubicado dicho asentamiento no es mitigable y por
ende los pobladores apostados allí corren peligro, ante posibles deslizamientos de tierra,
inclusive sus propias vidas
El Concejo Metropolitano de Quito
Visto los informes expedidos por las entidades correspondientes; y, la Comisión de Uso de
Suelo.
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 30 de la Constitución de la República, reconoce el derecho a tener un hábitat
seguro y saludable, a una vivienda digna y adecuada, con independencia de su situación social
y económica.
Que, el Art. 31 de la Constitución toma en cuenta el derecho a disfrutar de la ciudad, bajo
principios de sustentabilidad, justicia social, respecto al equilibrio entre lo urbano y lo rural, en
función social y ambiental y en el ejercicio pleno de la ciudadanía.
Que, el Art. 264 de la Constitución establece que los GADM tienen como competencia el
planificar formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial a nivel regional,
provincial y parroquial, a fin de regular la ocupación y uso del suelo urbano y rural.
Que, el Art. 375 de la Constitución garantiza el derecho a la vivienda digna, siendo
indispensable procesar la información necesaria para diseñar programas y estrategias
66
relacionadas con la vivienda, los servicios, los espacios, el transporte público, el equipamiento
y la gestión del suelo.
Que, el Art. 84 c) del COOTAD, entre las funciones del GADM, establece el régimen del uso
del suelo, en el que debe determinar las condiciones de urbanización, lotización, parcelación o
cualquier otra forma tomando en cuenta la planificación metropolitana, con lo cual dispondrá
las correspondientes zonas denominadas verdes y comunales.
Que, el Art. 87 lits a) y v) con relación a las disposiciones al Concejo Metropolitano dispone
el que ejerza la función normativa con relación a la competencia del GADM a través de la
promulgación de ordenanzas metropolitanas, acuerdos y resoluciones, además de la regulación
y el control del uso del suelo en el DMQ, de acuerdo a la legislación relacionada.
Que, el Art. 147 del COOTAD, en concordancia con el Art. 375 de la Constitución, indica que
el Estado debe garantizar a los habitantes el derecho al hábitat seguro y saludable, de igual
manera a una vivienda adecuada y digna, sin que interfiera situación económica y social de las
personas ni de las familias. El gobierno central por intermedio del Ministerio se encargará de
políticas nacionales para garantizar este derecho, en coordinación con los GADM, además el
catastro nacional habrá de suministrar la información necesaria que coadyuven al diseño de
estrategias relacionadas con los ámbitos del espacio, los servicios, el espacio público, la gestión
del suelo, el equipamiento y mobiliario urbano.
Que, el Art. 297 a) del COOTAD dispone entre uno de los objetivos del ordenamiento
territorial, el definir estrategias territoriales de ocupación, uso y manejo del suelo, tomando en
cuenta características económicas, sociales, ambientales y urbanísticas
Que, el Cap. 1ro del COOTAD, en su Art. 446 establece que la función del ordenamiento
territorial es exclusividad de los gobiernos autónomos metropolitanos, por lo cual el diseño y
ejecución de planes y políticas relacionadas son su responsabilidad.
Que, el Art. 60 que confiere la Ley Reformatoria al COOTAD faculta a los gobiernos
municipales y metropolitanos, para controlar el uso, control y ocupación del suelo, para lo cual
se hace necesario racionalizarlo, a través del establecimiento de políticas y planes enfocadas
hacia el ordenamiento territorial.
67
Que, el Art. 586 del COOTAD, toma en cuenta a la expropiación como un procedimiento
excepcional cuyo fin primordial es el permitir la regularización de asentamientos humanos de
interés social, especialmente en el suelo urbano, pero para ello es indispensable el disponer de
especificaciones precisas de acuerdo con la circunscripción territorial en la que se llevará a
cabo.
Que, el Art. 60 de la Ley Reformatoria del COOTAD, designa a los gobiernos municipales o
metropolitanos el considerar a través de la sanción de ordenanzas, el señalamiento de los
asentamientos humanos, los que podrían ser consolidados o de cualquier otra forma, a fin de
iniciar con el proceso de legalización de estos asentamientos, tomando en cuenta la realidad de
las personas que allí se encuentran.
Que, el Art. 2.1 de la Ley de Régimen del Distrito Metropolitano de Quito (1998), establece
entre las finalidades del municipio, la de regular el uso, el control y la ocupación del suelo,
designándole como competencia exclusiva y privativa.
Que, el Art, 26 de la Ley mencionada anteriormente atribuye entre las competencias a las
autoridades del DMQ, decidir sobre el uso del suelo y la manera de su aprovechamiento.
Que, tomando en cuenta el informe emitido por la institución competente, en el que manifiesta
que la zona ocupada por las familias que conforman el Asentamiento Humano Laderas de San
Francisco, ubicado en la parroquia Calderón, cantón Quito, provincia de Pichincha,
Que, el Art. 2 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales (2016), respecto
a su objetivo indica la manera de normar la utilización y el acceso a la propiedad de estas
tierras, resaltando la importancia del derecho a la propiedad en lo que corresponde a la tierra
rural, en relación con la función social que desempeña, considerando los factores, como los de
producción, el ambient5e sustentable y equilibrado, además de otorgar la seguridad jurídica a
los titulares de los derechos.
En ejercicio de las atribuciones legales conferidas en los Arts 7, 57 y 87 a) del COOTAD y el
Art. 8 de la Ley Orgánica de Régimen para el DMQ.
68
EXPIDE
LA ORDENANZA No. _____, SANCIONADA EL DIA ___ DEL MES DE ________ DE
2018, QUE REGULA EL PROCESO DE RELOCALIZACIÓN DE LAS FAMILIAS
POSESIONARIAS DEL ASENTAMIENTO HUMANO LADERAS DE SAN FRANCISCO
EN RIESGO NO MITIGABLE, UBICADO EN LA PARROQUIA CALDERÓN, CANTÓN
QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
(Por tratase de una propuesta sugerida, para solucionar el problema planteado, se incluirán
únicamente contenidos de aproximación, relacionados con el objeto de estudio).
Artículo __. Objetivo de esta ordenanza corresponde al establecimiento de mecanismos de
atención a las familias posesionarias que al momento residen en el Asentamiento Humano y de
Hecho “Laderas de San Francisco”, motivo por el cual serán beneficiarias de un Plan de
reubicación.
Art. __. Aplicación. Esta ordenanza rige a nivel territorial del DMQ, aplicable al Asentamiento
Humano “Laderas de San Francisco”, carente de regularización, tomando en cuenta que su
ocupación del suelo es de carácter informal, motivo por el cual se debe cumplir con lo que se
establezca en esta ordenanza.
Art.__. Asentamiento humano no susceptible de regularización. Dadas las condiciones del
terreno donde se encuentra ubicado el asentamiento denominado “Laderas de San Francisco”
por considerarse zona de riesgo no mitigable, se procederá de manera inmediata a su
relocalización que, por no ser posible dentro del mismo predio, se ubicarán en sitios que reunían
condiciones de similares a las de las viviendas ocupadas actualmente, siendo estos susceptibles
de regularización.
Art. __. Ordenamiento Territorial. El uso y la ocupación del suelo y demás características
relacionadas con el asentamiento humano de hecho, deberán aprobar el Concejo Metropolitano,
tomando en cuenta criterios técnicos emitidos por entidades competentes, sin que ello interfiera
en la desatención de elementos relacionados con la territorialidad del asentamiento, esto
ciñéndose a lo determinado en los correspondientes planes de ordenamiento territorial.
69
Art. __. Dado que la situación de las personas que se encuentran ubicadas en este asentamiento,
además de correr peligro sus bienes, también corren peligro sus vidas, es indispensable su
relocalización, por lo que la municipalidad debe iniciar en el menor tiempo posible con este
proceso, en predios adecuados y en lo posible que sean propiedad del municipio o en su defecto
propiedad privada, en este último caso dando inicio al procedimiento de expropiación aplicable
para estos casos.
Art. __. De la Competencia administrativa inherente al proceso. Para proceder con el
cumplimiento de esta ordenanza municipal, la Unidad Técnica Especializada competente para
estos casos, será quien se encargue de llevar a cabo los procedimientos administrativos
necesarios que le correspondan.
Art- __. Organización y funcionamiento. La Unidad Técnica Especializada, para tratar estos
casos específicos deberá estar conformada por el personal técnico, jurídico y administrativo
necesario, el cual será nombrado por el alcalde o su representante. Siendo este totalmente
autorizado para actuar en el ámbito de sus competencias, de acuerdo a:
Técnica: encargada de emitir los informes referentes a esta área, los que serán analizados y
discutidos dentro del proceso de relocalización.
Jurídica. Asesoramiento tanto a la población objeto de relocalización, como también a las
entidades públicas intervinientes en el proceso. Además de la elaboración de informes
concernientes a su área de participación, incluyendo el acompañamiento legal de la
titularización individual de cada una de las familias beneficiadas, de acuerdo a como ellos así
lo requieran.
Social. Identificar las características sociales comunes a las familias que conforman el
asentamiento humano, a fin de evitar el efecto dañoso que podría ocasionar el impacto de
relocalización, sugiriendo que el lugar propuesto por la municipalidad reúna similares
condiciones, relacionadas con disposición, área y facilidades para continuar desarrollando las
mismas actividades que durante décadas han venido realizando.
Art. __. Financiamiento. El DMQ a través de la Unidad Técnica Especializada en Procesos de
Regularización, planificará a inicio del año fiscal, de acuerdo a su planificación, todos los
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recursos económicos que sean necesarios para el desarrollo de sus competencias.
Dada, en la Sala de Sesiones del Concejo Metropolitano de Quito, el día ___ de 2018.
_______________________________
1era. Vicepresidente del Concejo Metropolitano de Quito
_______________________________
Secretario General del Concejo Metropolitano de Quito
Ejecútese:
Dr. Mauricio Rodas Espinel
ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
Certifico que la presente ordenanza fue sancionada por el Dr. Mauricio Rodas Espinel, alcalde
del Distrito Metropolitano de Quito, el día ___ del mes _____ del año__.
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
LIBROS Y DOCUMENTOS
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desalojos forzosos. Obtenido de https://amnistiainternacional.org/publicaciones/177-
conozcan-sus-obligaciones-como-evitar-los-desalojos-forzosos-guia-practica.html
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ANEXOS
Anexo A. La encuesta
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
ENCUESTA
Objetivo: Diagnosticar el grado de conocimiento que afecta el problema respecto al Plan de
Relocalización de las familias asentadas en el sector de Laderas de San Francisco, respecto al
cumplimiento de derechos fundamentales, inherentes al uso de la vivienda digna y adecuada.
Por favor diligenciar el presente cuestionario, señalando con una X la respuesta por usted
indicada.
PREGUNTA 1. ¿Considera que el sector en el cual habita, conforma un área de protección
ecológica o de alta peligrosidad, motivo por el cual usted estaría en riesgo junto con la demás
población de este asentamiento humano?
Si ⃣ No ⃣
PREGUNTA 2. ¿Ha sido usted alguna vez víctima de deslizamientos ocurridos en el sector de
Laderas de San Francisco?
Si ⃣ No ⃣
PREGUNTA 3. ¿Conoce Usted del tipo de amenazas que, de continuar viviendo en el sector,
podría estar permanentemente expuesto?
Si ⃣ No ⃣
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PREGUNTA 4. ¿Está Usted dispuesto a dar información a funcionarios enviados por
instituciones municipales, a fin de proseguir con el Plan de Relocalización de las familias
posesionarias del Asentamiento Humano “Laderas de San Francisco”?
Siempre ⃣ Rara vez ⃣ Nunca ⃣
PREGUNTA 5. ¿Se le informa a usted de manera constante acerca del proceso de
Relocalización que está llevando a cabo la municipalidad?
Siempre ⃣ Rara vez ⃣ Nunca ⃣
PREGUNTA 6. ¿Con que frecuencia participa usted de los programas encaminados al
fortalecimiento que como grupo reclama los derechos inherentes a la vivienda digna y
adecuada?
Siempre ⃣ Rara vez ⃣ Nunca ⃣
PREGUNTA 7. ¿Cómo calificaría usted la atención por parte de los funcionarios municipales
respecto al tema de regularización del asentamiento humano donde vive?
Buena ⃣ Regular ⃣ Mala ⃣
PREGUNTA 8. ¿Cómo calificaría usted la participación por parte de la junta actual del Comité
de Pro-mejoras de Laderas de San Francisco?
Buena ⃣ Regular ⃣ Mala ⃣
PREGUNTA 9. ¿Cuál de las razones expuestas, considera usted que le motivo vivir en el sector
de las Laderas de San Francisco?
Migración de otra provincia ⃣ Valor del predio ⃣ Cercanía de un familiar ⃣
PREGUNTA 10. ¿Cuánto tiempo lleva viviendo en el sector Laderas de San Francisco?
Entre 5 a 10 años ⃣ Entre 11 a 15 años ⃣ Cercanía de un familiar ⃣
Gracias por su valiosa colaboración
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Anexo B. Oficio de solicitud de la información
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Anexo C. Oficio de solicitud de la información