universidad autÓnoma de chihuahua facultad de … de... · 2016. 3. 17. · materia obra y...

64
1 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE DERECHO MATERIAL DIDÁCTICO Reglas de Interpretación y aplicación, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Obras Públicas. Presenta: Dr. José Luis Sáenz Domínguez. Materia de: Derecho Administrativo II Septiembre de 2015. Chihuahua, Chih.

Upload: others

Post on 07-Aug-2021

6 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

1

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA

FACULTAD DE DERECHO

MATERIAL DIDÁCTICO

Reglas de Interpretación y aplicación, de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de

Servicios y Obras Públicas.

Presenta:

Dr. José Luis Sáenz Domínguez.

Materia de:

Derecho Administrativo II

Septiembre de 2015.

Chihuahua, Chih.

Page 2: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

2

Reglas de Interpretación y Aplicación, de la

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,

Contratación de Servicios y Obra Pública del

Estado de Chihuahua.

Page 3: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

3

INTRODUCCIÓN Y FUNDAMENTACIÓN.

Cuando se trata el tema de la actividad contractual del Estado, nos

remitimos a uno de los aspectos más importantes del Derecho Administrativo,

porque es a través de los contratos administrativos como el Estado Mexicano por

conducto de sus distintos niveles de gobierno, cumple con muchas de las

actividades y fines que le son propios.

En el presente trabajo de material didáctico, me dirijo específicamente a

estudiar y proponer las mejores formas de interpretar y aplicar la interpretación y

aplicación de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios

y Obras Públicas.

Por este conducto los alumnos de la materia tienen un acceso práctico al

conocimiento de estas disposiciones legales, al señalárseles casos concretos de

cómo se lleva a cabo la contratación que nos ocupa con los particulares.

Por su importancia le doy especial relevancia a la contratación de servicios

y obras públicas, básicamente por ser los de mayor trascendencia social, sin que

esto signifique que los de adquisiciones, suministro, arrendamientos y otras sean

irrelevantes, ya que no es así, pues cumplen otros cometidos también importantes

para el estado en lo general.

El estudio de los contratos administrativo es polémico sobre todo

doctrinalmente, pero su importancia legislativa es tal, que nuestra constitución

política nacional, le dedica el Art. 134 precisamente por su importante lugar en el

quehacer de la administración pública federal y local.

Page 4: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

4

I N D I C E

1. La licitación. …………………………………………………………… 5

1.1. Fundamentación e importancia de las licitaciones………… 7

1.2. El fallo adjudicatorio…………………………………………… 22

1.3. Aspectos generales de los contratos………………………... 33

1.4. El contrato de obra pública……………………………………. 35

1.5. Las garantías. ………………………………………………….. 45

1.6. Modelo de un contrato…………………………………………. 48

2. Bibliografía. …………………………………………………………….. 63

Page 5: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

5

1. Definición de licitación.

Es preciso retomar el principio que implica la licitación como medio para

celebrar los contratos del Estado. La palabra “licitación” proviene del latín “licitare”

que significa básicamente “concurso público”. Así, traspolando el concepto al

marco jurídico actual, celebrar un contrato por medio de una licitación, significa

que el Estado busca su contratante por medio de un concurso público de oferentes

interesados. Las formas para ello tienen importantes variantes de un país a otro,

pero la idea sustancial es la misma y pretende que esta clase de negocios no se

realicen de manera privada. Pese a que algunos han observado y señalado que

los empresarios realizan negocios entre sí en mejores condiciones que los que

celebra el Estado para cumplir con sus fines, es necesario reconocer que el

esquema de negocios privados que rige para los particulares no se puede aplicar

igualmente al Estado. La razón es sencilla y lamentablemente obvia y se refleja en

el hecho de que no existe igual celo al cuidar los fondos propios que los fondos

públicos que son de todos. Mientras que con los propios recursos se tiene un

vínculo directo, con los públicos hay una relación mediata que los aleja de nuestra

realidad cotidiana. En ese sentido, es claro que el ciudadano común no siente el

mismo vínculo afectivo con su propia casa que con la carretera que pasa al frente,

pese a que de alguna forma, ambas le “pertenecen”.

Encontramos en el artículo 134 Constitucional la base para la correcta

administración de los recursos que permitan efectuar adquisiciones,

arrendamientos, contratación de servicios y obra pública los cuales por regla

general serán a través de licitaciones públicas.

Artículo 134 Constitucional.

Los recursos económicos de que dispongan la Federación, los estados, los

municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus

demarcaciones territoriales, se administraran con eficiencia, eficacia, economía,

transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Page 6: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

6

Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las

instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la Federación, los estados

y el Distrito Federal, con el objeto de propiciar que los recursos económicos se

asignen en los respectivos presupuestos en los términos del párrafo anterior. Lo

anterior, sin menoscabo de lo dispuesto en los artículos 74, fracción VI y 79.

Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes,

prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que

realicen, se adjudicaran o llevaran a cabo a través de licitaciones públicas

mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones

solventes en sobre cerrado que será abierto públicamente, a fin de asegurar al

Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,

financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean

idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases,

procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía,

eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores

condiciones para el Estado.

El manejo de recursos económicos federales por parte de los estados, los

municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus

demarcaciones territoriales, se sujetara a las bases de este artículo y a las leyes

reglamentarias. La evaluación sobre el ejercicio de dichos recursos se realizará

por las instancias técnicas de las entidades federativas a que se refiere el párrafo

segundo de este artículo.

Los servidores públicos serán responsables del cumplimiento de estas

bases en los términos del Título Cuarto de esta Constitución.

Los servidores públicos de la Federación, los Estados y los municipios, así

como del Distrito Federal y sus delegaciones, tienen en todo tiempo la obligación

de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su

Page 7: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

7

responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos

políticos.

La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que

difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las

dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los

tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos,

educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá

nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de

cualquier servidor público.

Las leyes, en sus respectivos ámbitos de aplicación, garantizarán el estricto

cumplimiento de lo previsto en los dos párrafos anteriores, incluyendo el régimen

de sanciones a que haya lugar.

Finalidad.

Ese procedimiento tiene como finalidad la determinar la persona, física o

moral con la cual la Administración Pública habrá de celebrar el contrato

determinado.

Naturaleza jurídica.

La naturaleza jurídica de la licitación consiste en un llamado que la

Administración Pública hace a los particulares de manera impersonal, para que

formulen sus ofertas a fin de obtener las mejores condiciones legales, técnicas y

económicas para el Estado.

1.1. FUNDAMENTACIÓN E IMPORTANCIA DE LAS LICITACIONES.

Fines de la licitación.

La tramitación de la licitación, además de perseguir como finalidad asegurar

para la Administración Pública las mejores condiciones disponibles en cuanto

precio, calidad, financiamiento y oportunidad, también contempla la eficiencia

Page 8: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

8

eficacia y honradez; aspectos, estos últimos, que integran la moralidad

administrativa.

La licitación pública, al contemplar como finalidad la moralidad

administrativa, evita que pueda existir complicidad entre funcionarios y contratistas

o proveedores del Estado.

PRINCIPIOS DE LA LICITACIÓN

Concurrencia.

El principio de concurrencia exige que la adjudicación se haga aquel

oferente que, presentando las mejores condiciones para el estado, se haya

ajustado a las bases de la licitación, pues de no ser así la Administración Publica

carece de soporte para comparar las ofertas.

Igualdad.

El principio de igualdad rige todas las fases del procedimiento licitatorio,

desde la formulación de las bases o pliego de condiciones hasta la adjudicación.

Publicidad.

El principio de publicidad implica la posibilidad de que los interesados

conozcan todo lo relativo acerca de la licitación correspondiente, desde el llamado

a formular ofertas hasta sus etapas conclusivas.

La publicación de la convocatoria debe realizarse con toda oportunidad en

los diarios o gacetas oficiales, así como en los diarios privados de mayor

circulación, a fin de que los interesados tengan pleno conocimiento del llamado de

la Administración Publica.

SINOPSIS LEGISLATIVA

En materia federal.

Estas fundamentalmente se encuentran dentro de la Prevenciones

Generales en nuestra Carta Magna.

Page 9: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

9

Artículo 124.- Las facultades que no están expresamente concedidas por

esta Constitución a los funcionarios federales, se entiende reservadas a los

Estados.

Artículo 126.- No podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en

el presupuesto o determinado por ley posterior.

Artículo 134.- Los recursos económicos de que disponga el Gobierno

Federal y el Gobierno del Distrito Federal, así como sus respectivas

administraciones públicas paraestatales, se administraran con eficiencia, eficacia y

honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Las adquisiciones, arrendamientos y enajenación de todo tipo de bienes,

prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que

realicen, se adjudicaran o llevaran a cabo a través de licitaciones públicas

mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones

solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al

Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,

financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean

idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases,

procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía,

eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores

condiciones al Estado.

1. Ley de obra pública publicada en el Diario oficial el 30 de diciembre de 1980

y vigente hasta el 31 de diciembre de 1993.

Esta, solo se enfocó a las acciones relativas a la Obra Pública.

2. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

relacionados con los Bienes Muebles y publicadas en el Diario oficial de la

federación el 8 de diciembre de 1985 y vigente hasta el 31 de diciembre de

1993.

Page 10: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

10

En esta ley regulaban los actos y contratos de las Dependencias y Entidades,

obligando a contratar a través de licitaciones públicas, así mismo fincar pedidos o

contratos mediante las excepciones y los rangos que permitiera la Ley de

Presupuesto de Egresos.

3.- La ley de Adquisiciones y Obras Publicas publicada en el Diario oficial de la

Federación el día 30 de diciembre de 1993 vino a abrogar las leyes anteriores

codificándolas en una sola.

4.- Para 1999 determina la federación hacer la separación nuevamente de las

materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de

Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.

En materia estatal.

El 1° Enero de 1989 se publicaba la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

Contratación de Servicios Relacionados con los Bienes Muebles del Estado de

Chihuahua. (Título que ya manejaba la Federación en su cuerpo normativo para

los Recursos de origen Federal)

Esta ley además continúo con viejas tradiciones pues al ser nombrada Ley

de Adquisiciones de bienes muebles relacionada con los inmuebles dejo libre la

operación de servicios como los son telefónicos, eléctricos seguros de personal,

de datos, etc.

Ejemplo muy particular, al normarse Pero si el criterio compras relacionadas

con bienes muebles, entonces en ningún momento se regalaban seguros de

personal ya que las personas no podrían conceptualizarse como tal.

Y si eran compras relacionadas con bienes muebles, ¿Qué pasaba con

aquellas relacionadas con los inmuebles como lo era asfaltos, materiales pétreos,

árboles, semovientes etc.?

También observamos que en esta Ley se funden los conceptos

Adquisiciones y Obra Pública en una sola ley, observación que podemos decir fue

una copia del sistema federal de adquisiciones.

Page 11: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

11

En Septiembre de 1997 se crea un nuevo ordenamiento titulado Ley de

Adquisiciones Arrendamientos Contratación de Servicios y Obra Pública del

Estado de Chihuahua. La primera, sería una Ley sencilla, de pocos mecanismos,

faltando conceptos para aplicar y que para la época actual resultaba obsoleta,

dicha ley fue emanada del Poder Ejecutivo por la fuerza política que imperaba en

dicho momento, tratando de implementar candados que cerraran opciones poco

transparentes y dar apoyos directos a proveedores locales, tal es el caso del

articulo 43; de igual forma el articulo 27 pretende incorporar a las Cámaras dentro

del proceso de licitatorio, aludiendo una supuesta transparencia con la

participación del empresariado.

Sin embargo lejos estaba de la realidad pues ello daba entrada a la toma de

decisiones en el ámbito de la Administración Publica lo cual no tuvo éxito.

COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS

Por cada entidad, dependencia u organismo existirá un comité de

adquisiciones, arrendamientos y servicios, en el ámbito de la competencia estatal.

En los municipios existirá un comité por cada uno de ellos.

Integrantes del comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios.

En el poder Ejecutivo el Comité de Adquisiciones y Servicios se integrara por:

Representantes de la Secretaria.

El representante de la Secretaria en este caso será de la Secretaría de

Hacienda Estatal de Chihuahua.

Representante (s) de la dependencia de la administración pública

centralizada o entidad que requiera la adquisición

Las Secretarías nombraran uno o varios representantes para que sigan el

proceso de licitación, acudan y den fe de los actos que se lleven a cabo.

Representante de la Contraloría en su carácter de observador

Page 12: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

12

En carácter de observador el representante de la Secretaria de la Contraloria

acudirá a los diversos eventos y podrá emitir recomendaciones las cuales pueden

o no constar por escrito en las respectivas actas.

Presidente del Comité. Siendo el Secretario de Hacienda o su

representante quien funja como tal.

Congreso del Estado.

El congreso del Estado determinara, conforme a su Ley Orgánica, la

integración de su Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y servicios, debiendo

observar lo relativo a la participación de la Cámara o Asociación correspondiente.

Ayuntamientos.

El Ayuntamiento de cada municipio determinara la integración de su comité

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, respetando la participación de la

cámara o asociación respectiva, conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.

En los Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios participará, si

lo desea, un representante de la cámara o asociación profesional local que

corresponda al giro del bien o servicio, para lo cual deberá ser notificada

oportunamente de las reuniones y de los asuntos a tratar en las mismas.

A los actos de apertura de proposiciones y comunicación del fallo del

Comité, concurrirá si lo desea, a invitación del Presidente, un representante de la

cámara o asociación profesional que agrupe al proveedor del bien o servicio de

que se trate.

Atribuciones del comité.

I. Revisar los programas, presupuestos y disponibilidad de los recursos,

previamente a la contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios,

así como formular las observaciones y recomendaciones convenientes.

II. Dictaminar sobre la procedencia de celebrar licitaciones públicas, así como

los casos en que no se celebren por encontrarse en alguno de los

Page 13: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

13

supuestos de excepción previstos en el artículo 102, salvo en los casos de

la fracción V del inciso A, y en el artículo 106, ambos de la LAACSOP.

III. Proponer las políticas internas, bases, límites de montos de acuerdo al

Presupuesto de Egresos y lineamientos en materia de adquisiciones,

arrendamientos y servicios, así como autorizar los supuestos no previstos

en éstos, debiendo informar de ello a los responsables de la administración

en, la entidad, ayuntamiento, dependencia u organismo.

IV. Analizar trimestralmente el informe de la conclusión de los casos

dictaminados conforme a la fracción II anterior, así como los resultados

generales de las adquisiciones, arrendamientos y servicios y, en su caso,

disponer las medidas necesarias.

V. Analizar exclusivamente para su opinión, los dictámenes emitidos por el

requirente de la adquisición, el arrendamiento o la prestación del servicio,

que servirán de elementos de juicio para la elaboración del fallo respectivo.

VI. Emitir el fallo con base en el dictamen elaborado por el requirente de la

adquisición, el arrendamiento o la prestación del servicio.

VII. Coadyuvar al cumplimiento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,

Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua. Y

demás disposiciones aplicables.

Procedimiento de selección del contratante.

La celebración de los contratos administrativos que realiza la

Administración, está precedida por un procedimiento específico que además

constituye una serie de requisitos indispensables para la celebración de dichos

instrumentos legales.

Tal procedimiento como requisito formal del contrato a celebrarse, es

obligatorio para la Administración cuando el ordenamiento jurídico lo señale, ya

que de no llevarse a cabo daría lugar a la nulidad absoluta del contrato respectivo.

Page 14: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

14

En algunos casos el contrato deberá llevarse obligatoriamente por licitación

pública y en otros de manera más sencilla acogiéndonos a las excepciones a las

licitaciones públicas.

Procedimientos de contratación.

La LASCOP en su artículo 31 señala lo siguiente:

Los Entes Públicos bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones,

arrendamientos y servicios, así como obra pública, mediante los procedimientos

que a continuación se indican:

I. Por licitación publica

II. Por licitación restringida, en los términos y bajo las condiciones que

determine el Presupuesto de Egresos respectivos, la que comprenderá:

a) La invitación a cuando menos tres proveedores o contratistas según

sea el caso y

b) La adjudicación directa

Desarrollo de la licitación pública.

La licitación pública por regla general, constituye un procedimiento que la

Administración Pública debe observar para seleccionar a sus contratantes,

consiste en una invitación dirigida a todos los posibles interesados para que,

sujetándose a las bases establecidas, presenten sus ofertas, para seleccionar la

más conveniente.

La Licitación Pública como todo procedimiento administrativo requiere una

serie sistemática de actos que se desarrollan dentro de las distintas etapas, las

cuales a continuación se mencionan.

Asignación presupuestal.

Page 15: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

15

En definitiva el presupuesto asignado para llevar a cabo una compra o la

prestación de un servicio, es la base del proceso licitatorio, por lo que es preciso

hacer una breve mención de cómo es que se asigna el presupuesto anual.

Las áreas de recursos financieros de las Diferentes Secretarias y la

Fiscalía, llevan a cabo un análisis de los gastos ejercidos durante el ejercicio

fiscal anual y tomando en cuenta diversos factores como la inflación, proyección

de tipo de cambio de la moneda extranjera, etc., realizan una proyección de gasto

para el siguiente ejercicio fiscal, llamado techo financiero. El techo financiero es

enviado a la Secretaria de Hacienda para su evaluación y en su caso aprobación,

la Secretaria de Hacienda puede modificar en el techo presupuestal y en ese caso

le remite el nuevo proyecto a la Secretaria para acordar su aprobación.

Una vez reunidos los techos presupuestales de la totalidad de las

Secretarias, el documento se le remite a la C. Gobernador del Estado de

Chihuahua, para que sea el quien lo presente ante el Congreso para su posterior

aprobación.

Después de que el Congreso del Estado apruebe el proyecto, se genera la

Ley del Presupuesto de Egresos anual y una vez entrada en vigor esta Ley, Las

Secretarias pueden comenzar a ejercer su recurso de acuerdo su calendarización.

Elaboración de bases.

El Ente Gubernamental convocante es quien conoce en mayor medida sus

necesidades, es decir cuáles son las especificaciones detalladas de algún bien o

servicio que desea adquirir y en base a estas especificaciones es como las bases

comienzan a elaborarse, teniendo que tomar en cuenta los siguientes puntos:

Las bases para las licitaciones públicas, se pondrán a disposición de los

interesados durante 10 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria y

contendrán entre otras cosas lo siguiente:

Nombre, denominación o razón social de convocante.

Page 16: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

16

Fecha, hora y lugar de la junta de aclaraciones a las bases de la licitación,

siendo optativa la asistencia a las reuniones que, en su caso, se realicen;

fecha, hora y lugar para la celebración del acto de presentación y apertura

de las proposiciones, garantías, comunicación del fallo y firma del Contrato.

Señalamiento de que será causa de descalificación, el incumplimiento de

alguno de los requisitos establecidos en las bases de la licitación.

La indicación de que ninguna de las condiciones contenidas en las bases

de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los

proveedores o contratistas, podrán ser negociadas

Establecer criterios claros y detallados para la adjudicación de los contratos

y la indicación de que en la evaluación de las propuestas, en ningún caso

podrán utilizarse mecanismos o puntos porcentuales.

Publicación de la convocatoria.

Siendo una característica de la licitación pública la invitación general

indeterminada que se formula a todos los posibles interesados en contratar con la

Administracion Publica, la forma por medio de la cual se logra la indeterminación

del destinatario de esa invitación es a través de la publicación de la convocatoria

respectiva, la cual se hace en el Diario Oficial y en uno de los periódicos privados

de mayor circulación, anteriormente se decía en el país hoy en día solo es de la

localidad donde haya de efectuarse la compra.

Son las normas jurídicas las que establecen cuales son los medios

publicitarios en donde debe publicarse la convocatoria y por ello tales medios

resultan obligatorios para el órgano convocante. Empero, nada impide que el

llamado a la licitación pública se haga a través de otros medios de difusión que

juzgue conveniente para facilitar la concurrencia de los interesados y así lograr la

finalidad de la licitación.

La elección de otros medios publicitarios constituye una facultad

discrecional de la licitante aunque no debe ejercerse caprichosamente, puesto que

Page 17: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

17

una excesiva utilización de tales medios que lleguen a resultar innecesarios daría

lugar a responsabilidades del servidor público que les ordene, por el ejercicio de

recursos económicos de manera injustificada.

Dicha convocatoria deberá contener los requisitos necesarios a fin de que

los posibles interesados estén en condiciones de presentar ofertas, por lo que de

manera general deberán contener:

Contenido de la convocatoria.

I. El nombre, denominación o razón social del convocante;

II. La indicación de los lugares, fechas y horarios en que los interesados

podrán obtener las bases y especificaciones de la licitación y, en su caso, el

costo y forma de pago de las mismas. Cuando el documento que tenga las

bases implique un costo, este será fijado solo en razón de la recuperación

de las erogaciones por publicación de la convocatoria y de los documentos

que se entregue; los interesados podrán revisar tales documentos

previamente al pago de dicho costo, el cual será requisito para participar en

la licitación;

III. La fecha, hora y lugar de celebración del acto de presentación y apertura de

proposiciones;

IV. La indicación de la fecha, lugar y hora en que se llevara a cabo la visita al

sitio de la instalación del bien, prestación del servicio o ejecución de la obra;

V. La experiencia o capacidad técnica y financiera que se requiera para

participar en la licitación; acta constitutiva y sus modificaciones tratándose

de personas morales o acta de nacimiento si se trata de personas físicas;

poderes que deberán acreditarse y demás requisitos generales que

deberán cumplir los interesados; y

VI. La información sobre los porcentajes a otorgar por concepto de anticipo

La omisión de la publicación de la convocatoria, asi como de los requisitos que

la misma deba contener, que impliquen una publicación incompleta, confusa,

Page 18: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

18

deficiente o imprecisa, son causas que determinan la nulidad de la licitación por

violación a la formalidad de publicación.

La publicación de la convocatoria también está sujeta al requisito de debida

anticipación en que debe efectuarse, para que los interesados tengan el tiempo

necesario y suficiente para estar en aptitud de reunir las condiciones del llamado,

adquirir bases y preparar ofertas.

A la convocatoria también le son aplicables las reglas de competencia, razón

por la cual debe ser emitida por el órgano administrativo que tenga facultades para

hacerlo, ya que de lo contrario la licitación la licitación y en su caso el contrato,

estaría afectado de nulidad de pleno derecho por vicio de incompetencia en la

publicación de la convocatoria.

Ventas de bases.

Previa acreditación en el padrón de Proveedores, cualquier interesado

podrá acudir a solicitar las bases rectoras del algún procedimiento licitatorio a fin

de que estos conozcan a detalle los bienes o servicio que se desea adquirir.

El costo de las bases será fijado solo en razón de la recuperación de las

erogaciones por publicación de la convocatoria y de los documentos que se

entregue; los interesados podrán revisar tales documentos previamente al pago de

dicho costo, el cual será requisito para participar en la licitación;

Con la intención de aclarar alguna duda que pueda surgir de la

interpretación del contenido de las bases, se efectúa un evento por quienes

integran el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así como los

licitantes quienes previo al evento pueden formular preguntas, las cuales deberán

ser respondidas de manera clara en el evento mediante acta firmada por quienes

en el acto intervinieron.

Modificaciones a convocatoria de bases.

Los convocantes, siempre que ello no tenga por efecto limitar el número de

participantes, podrán modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la

Page 19: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

19

convocatoria o en las bases de la licitación, cuando menos con cinco días

naturales de anticipación a la fecha señalada para la presentación y apertura de

proposiciones, en los siguientes casos:

Tratándose de la convocatoria, las modificaciones se harán del

conocimiento de los interesados a través de los mismos medios utilizados para su

publicación o comunicación.

En el caso de las bases de la licitación, se publique un aviso en los mismos

términos a que se refiere el artículo 35 de la LASCOP, a fin de que los interesados

concurran, en su caso, ante la propia entidad, ayuntamiento, dependencia u

organismo para conocer, de manera específica, la o las modificaciones

respectivas.

No será necesario hacer la publicación del aviso a que se refiere el párrafo

anterior, cuando las modificaciones deriven de las juntas de aclaraciones, siempre

que, a más tardar en el plazo señalado en este artículo, se entregue copia del acta

respectiva a cada uno de los participantes que hayan adquirido las bases de la

correspondiente licitación.

Junta de aclaraciones.

Con el fin de aclarar cualquier duda que los licitantes pudieran tener en

relación al proceso licitatorio, la interpretación de las bases, los bienes o el servicio

a adquirir, se fija una o varias fechas para aclarar dichas dudas, siendo optativa la

asistencia a las reuniones, que en su caso se realicen.

Presentación de propuestas.

Todos los interesados podrán presentar sus ofertas. En la Licitación pública

pueden hacerlo todas las personas que no tengan impedimento legal para realizar

el suministro, obra o servicio licitado, que satisfaga los requerimientos de la

convocatoria y bases respectivas y además se encuentren registrados en el

padrón de proveedores.

Page 20: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

20

El evento se desarrollará de la siguiente manera:

Los licitantes entregarán sus proposiciones por escrito, en sobres cerrados

en forma inviolable.

En un sobre se presentará la propuesta técnica y en otro la propuesta

económica; se procederá a la apertura de las propuestas técnicas y se

desecharán las que hubieren omitido alguno de los requisitos exigidos, las que

serán devueltas por el convocante, transcurridos quince días naturales contados a

partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo de la licitación.

Por último, los interesados que hayan reunido los requisitos establecidos,

adquieren un verdadero derecho para participar en tal procedimiento y para

presentar sus ofertas, por lo que si el órgano administrativo se negara a recibir la

oferta, dicho licitado tendría a su alcance los medios impugnativos establecidos

por ley para defensa de ese derecho.

A continuación, se procederá a la apertura de los sobres que contengan las

propuestas económicas de los licitantes cuyas propuestas técnicas no hubieren

sido desechadas, debiendo incluir la garantía de seriedad de las propuestas, y se

dará lectura en voz alta al importe de las proposiciones que contengan los

documentos y cubran los requisitos exigidos.

Los participantes rubricarán todas las proposiciones presentadas y el

convocante fijará la fecha de fallo. Durante este período efectuará un análisis

detallado de las proposiciones aceptadas en el acto de apertura.

De lo anterior, el convocante levantará el acta correspondiente, en la que

hará constar las proposiciones aceptadas y sus importes, así como aquellas que

hubiesen sido rechazadas y las causas que lo motivaron. El acta será firmada por

los participantes y se les entregará copia de la misma.

En el acta se señalara la fecha, hora y lugar en el que se dará a conocer el

fallo de la licitación, el que deberá quedar comprendido dentro de los veinte días

naturales contados a partir de la fecha del acto de apertura, y podrá diferirse por

Page 21: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

21

una sola vez, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de diez días naturales,

contados a partir del plazo establecido originalmente;

La presentación de ofertas debe reunir las siguientes características:

Debe ser secreta

Debe hacerse en lugar, hora y día previamente establecidas

Debe hacerse por el oferente o persona debidamente autorizada

Debe hacerse con las condiciones establecidas en el pliego para la

licitación

Debe ser inalterable

Obliga al oferente a mantenerla durante un plazo fijado en las bases o

hasta el momento de la emisión del fallo.

Evaluación y dictamen de propuestas.

A fin de que la Dependencia Convocante efectué un análisis detallado de

las propuestas técnicas y económicas, se le concede un plazo para que efectué un

dictamen técnico y económico, de acuerdo a la fecha establecida para la emisión

del fallo, el cual servirá de base para la emisión del fallo adjudicatario.

Se recomienda llevar acabo la elaboración de la siguiente manera:

Evaluación Técnica

Se enumeran a los licitantes que hayan participado, haciendo mención si

son o no técnicamente solventes, en caso de no serlo, es necesario detallar el

motivo ya que esto es causa del desechamiento de su propuesta.

Evaluación Económica

Se enumeran a los licitantes haciendo mención de si son o no

económicamente solventes, en caso de no serlo, es necesario detallar el motivo ya

que esto es causa del desechamiento de su propuesta. Cabe señalar que se

considera económicamente insolvente cuando la oferta presentada, excede el

techo presupuestal asignado para el proyecto.

Page 22: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

22

Cuadro comparativo.

Se elabora un cuadro comparativo de las partidas en que los licitantes que

son técnica y económicamente solventes a fin de que los integrantes del comité

puedan visualizar de manera práctica las diferentes ofertas.

Recomendación de la emisión del fallo adjudicatorio.

Derivado del cuadro mencionado en el párrafo anterior se propone como

licitante o licitantes adjudicados a quienes ofrezcan las mejores condiciones

legales, técnicas y económicas para el Estado, tomando en cuenta el criterio de

adjudicación previamente establecido.

1.2 EL FALLO ADJUDITATORIO.

Emisión del fallo adjudicatorio.

De acuerdo a la complejidad para evaluar la proposición y de ser

conveniente, el fallo podrá efectuarse en la misma fecha del acto de presentación

y apertura de proposiciones

En junta pública se dará a conocer el fallo de la licitación, a la que

libremente podrán asistir los licitantes que hubieren participado en las etapas de

presentación y apertura de proposiciones. En sustitución de esta junta, el

convocante podrá optar por comunicar por escrito el fallo de la licitación a cada

uno de los licitantes.

En este acto los licitantes que no resulten ganadores, podrán recoger la

documentación presentada en original dentro de su propuesta técnica así como la

garantía de seriedad para sus propuestas.

La adjudicación constituye un acto de la Administración Publica que

contiene la decisión unilateral del órgano convocante que determina cual es la

propuesta más ventajosa y en consecuencia la declara aceptada.

Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno.

Diferimiento el fallo adjudicatorio.

Page 23: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

23

La emisión del fallo podrá diferirse una sola vez, siempre que el nuevo

plazo no exceda diez días naturales, contados a partir del plazo establecido

originalmente.

Licitación desierta.

La licitación se declara desierta cuando las posturas presentadas no reúnan

los requisitos de sus bases o los precios no fueren aceptables, y podrá expedirse

una nueva convocatoria.

Tratándose de licitaciones en las que una o varias partidas se declaren

desiertas por no haberse recibido posturas satisfactorias, se podrá proceder, solo

por esas partidas, en los términos del párrafo anterior, o bien, cuando proceda, en

los términos del artículo 101 de la LASCOP.

PLAZOS PARA DESARROLLAR LAS ETAPAS DEL PROCESO DE

LICITACIÓN PÚBLICA

ETAPA PERIODO

Publicación de Convocatoria De acuerdo a las fechas de publicación por el

Periódico Oficial del Estado (miércoles y sábado)

Venta de Bases A partir de la fecha de publicación de la convocatoria y

hasta cinco días naturales previos al acto de

presentación y apertura de propuestas.

Junta de aclaraciones Posterior a la venta de bases y 5 días naturales

anteriores a la presentación y apertura

Presentación y apertura de

proposiciones

No podrá ser inferior a quince días hábiles contados a

partir de la fecha de la publicación de la convocatoria.

Emisión del dictamen técnico

económico

En la misma fecha del acto de presentación y apertura

de propuestas y hasta la fecha indicada para la

emisión del fallo

Emisión del fallo Dentro de los veinte días naturales a partir de la fecha

del acto de apertura.

Elaboración de contrato 10 días naturales posteriores a la notificación de fallo.

Page 24: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

24

LICITACIÓN RESTRINGIDA

Por invitación a cuando menos tres proveedores.

La licitación restringida es aquella licitación en la cual sólo pueden intervenir

personas físicas o jurídicas, que reúnan determinadas condiciones, fijadas por la

administración pública de antemano, como determinada idoneidad especial,

capacidad productiva mínima, la posesión de determinada maquinaria o procesos

de producción u otras condiciones similares.

La licitación pública pues como se ha señalado puede participar cualquier

interesado que satisfaga las condiciones generales, en cambio, en la licitación

restringida, se insiste, ello no sucede así, esta es invitada a discreción de la

convocante, esta invitación radica en el presupuesto asignado para tal operación,

ya en la Ley del Presupuesto de Egresos del Estado de Chihuahua se fijarán los

montos de excepción para la licitación pública.

Asignación presupuestal.

Al contar con el presupuesto para efectuar la adquisición o la prestación del

servicio de procedente comenzar con el proyecto, es importante verificar que el

presupuesto asignado no rebase la cantidad establecida en la Ley del

Presupuesto de Egresos del Estado de Chihuahua para efectuar licitaciones

restringidas en su modalidad de invitación a cuando menos tres proveedores.

Elaboración de bases y lista de invitados.

La dependencia establecerá las especificaciones detalladas de algún bien o

servicio que desea adquirir, estas especificaciones serán establecidas en

documentos anexos a las bases a fin de que el concursante manifieste si cumple o

no con las especificaciones solicitadas.

En las solicitudes de cotización se indicarán, como mínimo, la cantidad y

descripción de los bienes o servicios requeridos y los aspectos que correspondan

del Artículo 36 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de

Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua.

Page 25: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

25

Los plazos para la presentación de las proposiciones se fijarán en casa

operación atendiendo al tipo de bienes o servicios requeridos, así como a la

complejidad para elaborar la propuesta y llevar a cabo su evaluación.

La dependencia sugiere por lo menos a tres proveedores para que sean

invitados a participar, los cuales deben de tener un giro de acuerdo a los bienes o

servicios solicitados y además deben ser proveedores con experiencia y solvencia

moral, técnica y económica demostrada.

Es conveniente confirmar con los proveedores que se pretenden invitar, que

estos efectivamente estén en posibilidades de concursar, esto se puede llevar a

cabo haciéndole llegar al posible invitado las especificaciones del bien o el servicio

a adquirir a fin de que este manifieste si es apto o no para participar.

Distribución de invitados y bases.

Se le hacen llegar a los proveedores una invitación para participar en el

proceso licitatorio, en caso de que el proveedor acepte la invitación, este deberá

firmar de recibido la invitación y en ese mismo acto se le entregara un juego de

bases gratuitas para que este revise a detalle las condiciones sobre las cuales se

va efectuar la adquisición o el servicio y conozca el calendario de eventos.

Junta de aclaraciones.

La Junta de Aclaraciones tendrá por objeto esclarecer aquellos aspectos de

la convocatoria o de las mismas bases que pudieran generar confusión, pudiendo

celebrarse las que sean necesarias dependiendo de la complejidad del proyecto.

Cualquier modificación a las bases de la licitación, derivada de la Junta de

Aclaraciones, será considerada como parte de aquéllas siempre y cuando se

cumplan los requisitos establecidos en el artículo 38 de la LAACSOP.

Presentación de propuestas.

A diferencia de la presentación de propuestas en un proceso de licitación

pública, en este caso se podrá llevar a cabo el evento sin presencia de los

Page 26: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

26

licitantes pero en las dependencias y organismos estatales invariablemente se

invitará a un representante de la Contraloría.

Para llevar a cabo la evaluación, se deberá contar con el mínimo de

proposiciones que establezca el presupuesto de egresos respectivo, las cuales en

este caso deberán ser por lo menos 3 propuestas solventes.

Evaluación y dictamen de las propuestas.

Para llevar a cabo la evaluación, se deberá contar con el mínimo de

proposiciones que establezca el presupuesto de egresos respectivo, una vez que

por lo menos tres propuestas sean aceptadas, procede a su revisión detallada y se

efectúa el dictamen respectivo el cual en su contenido no varía del efectuado en

una licitación pública.

Emisión del fallo adjudicatorio.

Una vez que el comité de adquisiciones y servicios haya recibido el

dictamen por parte de la dependencia convocante, este lo tomará en cuenta para

la emisión del fallo adjudicatorio.

PLAZOS PARA DESARROLLAR LAS ETAPAS DEL PROCESO DE

LICITACIÓN RESTRINGIDA

ETAPA PERIODO

Junta de aclaraciones Posterior a la venta de bases y 5 días naturales

anteriores a la presentación y apertura

Presentación y apertura de

proposiciones

Se fijaran en cada operación, atendiendo al tipo de

bienes o servicio requeridos, así como la complejidad

para elaborar la propuesta y llevar a cabo su evaluación.

Emisión del dictamen

técnico económico

En la misma fecha del acto de presentación y apertura

de propuestas y hasta la fecha indicada para la emisión

del fallo.

Elaboración de contrato Dentro de los10 días naturales posteriores a la

notificación de fallo.

Page 27: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

27

Reducción de plazos.

Tanto en Licitaciones públicas como restringas en su modalidad de

invitación a cuando menos tres proveedores, por razones de urgencia justificadas

y siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de participantes, podrá

reducirse el plazo para la presentación y apertura de proposiciones, en cuyo caso

este no podrá ser menor a diez días naturales contados a partir de la fecha de

publicación de la convocatoria. En materia de adquisiciones, arrendamientos y

servicios, la reducción de plazo será autorizada por el Comité.

Adjudicación directa.

La contratación directa solo es aplicable en aquellos casos especialmente

previstos en el ordenamiento jurídico, con lo cual adquiere el carácter de

excepcional.

En este procedimiento existen casos por excepción y por monto

presupuestal aprobado en las leyes de Egresos respectivos.

Por monto.

Por lo que corresponde al Gobierno del Estado, sus Organismos Públicos

Descentralizados, las Empresas de Participación Estatal mayoritarias y a los

Fideicomisos en los que el Gobierno del Estado tengan el carácter de

Fideicomitentes, los montos de excepción para la Licitación Pública que se

aplicaran serán los que se establezcan en su presupuesto de egresos en los

cuales no se incluye el impuesto al valor agregado.

Por excepción.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 102 de la LAACSOP los

ayuntamientos, dependencias y organismos, bajo su responsabilidad y previo el

dictamen del comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios o del comité

calificador de propuestas, según sea el caso, podrán contratar adquisiciones,

Page 28: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

28

arrendamientos, servicios u obra pública, a través de un procedimiento de

adjudicación directa, cuando:

I. El contrato solo pueda celebrarse con una determinada persona por

tratarse de derechos Exclusivos

II. Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la

salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del Estado o

del país, como consecuencia de desastres producidos por fuerza mayor, o

existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales

importantes, o cuando existan condiciones o circunstancias extraordinarias

o imprevisibles que traigan como consecuencia las eventualidades

señaladas;

III. Se trate de trabajos cuya ejecución requiera de la aplicación de sistemas y

procedimientos de tecnología avanzada; y

IV. Se realicen dos licitaciones sin que en ambas se hubiesen recibido

proposiciones solventes.

Apartado A. tratándose de adquisiciones, arrendamientos y servicios, además

podrá seguirse un procedimiento de licitación restringida o adjudicación directa

cuando:

I. Existan razones justificadas para la adquisición y arrendamiento de

bienes de marca determinada;

II. Se trate de adquisiciones de bienes perecederos, grano y productos

alimenticios básicos o semi procesados y, bienes usados. Tratándose

de estos últimos, el precio de adquisición no podrá ser mayor al que se

determine mediante avaluó que practicara una institución de crédito, o

especialista en valuación debidamente acreditado ante el Departamento

Estatal de Profesiones u otros terceros legítimos para ello conforme a

las disposiciones aplicables.

III. Se trate de adquisición de bienes o servicios de consultoría cuya

difusión pudiera afectar al interés público o comprometer información de

naturaleza. Confidencial para el Estado;

Page 29: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

29

IV. Se trate de adquisiciones, arrendamientos o servicios cuya contratación

se realice con campesinos o grupos urbanos marginados y que la

entidad, ayuntamiento u organismo contrate directamente con los

mismos o con las personas morales constituidas por ello;

V. Se trate de adquisiciones de bienes que realicen las entidades,

ayuntamientos u organismos, para su comercialización o para

someterlos a procesos productivos, en cumplimiento de su objeto o fines

propios;

VI. Se trate de servicios de mantenimiento, conservación, restauración y

reparación de bienes en los que no sea posible precisar su alcance,

establecer el catálogo de conceptos y cantidades de trabajo o

determinar las especificaciones correspondientes;

VII. Se trate de adquisiciones provenientes de personas físicas o morales

que, sin ser proveedores habituales y en razón de encontrarse en

estado de liquidación o disolución, o bien, bajo intervención judicial,

ofrezcan bienes en condiciones excepcionalmente favorables;

VIII. Se trate de equipo, máquinas, sistemas o programas de cómputo e

informáticos, siempre que por cuestiones técnicas o de diseño, sean

parte integrante o componentes de los sistemas de equipo con que a su

vez ya cuenten las entidades, dependencias, ayuntamientos u

organismos y que sean perfectamente compatibles.

IX. Cuando no existan por lo menos tres proveedores, arrendadores o

prestadores de servicio idóneos, previa investigación del mercado que al

efecto se hubiere realizado;

X. Cuando se hubiere rescindido el contrato o pedido respectivo. En este

caso, la dependencia, entidad, ayuntamiento u organismo verificará

previamente, conforme al criterio de adjudicación que establece la

presente ley, si existe otra proposición que resulte aceptable, en cuyo

caso, el pedido o contrato se celebrará con el proveedor respectivo; y

XI. Se trate de servicios profesionales.

Aprobación presupuestal.

Page 30: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

30

Al igual que las demás modalidades de los procesos licitatorios, es

necesario contar con aprobación presupuestal que determine la suma destinada

para efectuar el proyecto. En caso de que el monto asignado no supere el

establecido en la Ley del Presupuesto de Egresos, esta adjudicación podrá

efectuarse por monto.

Petición al comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios.

Una vez establecida alguna de las excepciones previstas por el artículo

102, es preciso motivar y justificar la adquisición a través de un escrito dirigido al

Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, el cual de preferencia debe

acompañarse de los siguientes documentos por parte del proveedor sugerido.

Escrito donde señale domicilio

Manifestación bajo protesta de decir verdad de encontrarse al corriente

en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Documentación financiera y fiscal, como estado de resultados y

declaraciones de impuestos, etc.

Documentación donde demuestre que el personal de la empresa se

encuentra debidamente registrado ante el IMSS e INFONAVIT.

Especificaciones técnicas del bien o servicio.

Currículo que acredite experiencia en el ramo.

Constancia de registro en el Padrón de Proveedores de la

Administración Pública Estatal.

Constancia de registro en el Sistema Empresarial Mexicano.

Registro Federal de Contribuyentes.

Acta Constitutiva.

Dictamen.

A diferencia delas modalidades de licitación antes vistas, en este caso, el

Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios elabora el dictamen de

procedencia de este tipo de adjudicación, en la cual valora los argumentos

Page 31: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

31

plasmados en la petición por parte de la dependencia, la fundamentación legal

expuesta y la viabilidad del proyecto.

Fallo.

Una vez declarado procedente el proyecto se procede a la elaboración del

fallo para su posterior notificación al proveedor.

Abastecimiento simultáneo.

El convocante, previa justificación de la conveniencia de distribuir la

adjudicación de los requerimientos de un mismo bien a dos o más proveedores,

podrán hacerlo siempre que así se haya establecido en las bases de la licitación.

En este caso, el porcentaje diferencial en precio que se considerará, en

igualdad de circunstancias, susceptibles de adjudicación, no podrá ser superior al

cinco por ciento respecto de la proposición solvente cuyo precio sea el más bajo.

Reglas para la formalización del contrato respectivo.

Por regla general, el contrato que derive de un proceso licitatorio deberá

formalizarse dentro de los 10 días naturales posteriores al fallo.

El proveedor a quien se hubiera adjudicado el contrato como resultado de

una licitación perderá a favor del convocante, la garantía que hubiere otorgado sí,

por causas imputables a él, la operación no se formaliza dentro del plazo a que se

refiere el párrafo anterior, pudiéndose adjudicar el contrato al participante que

haya presentado la segunda proposición solvente cuyo precio sea el más bajo, de

conformidad con lo asentado en el dictamen a que se refiere el artículo 48, y así

sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que

la diferencia en precio con respecto a la postura que inicialmente hubiere resultado

ganadora, en todo caso, no sea superior al diez por ciento.

El proveedor a quien se hubiera adjudicado el contrato no estará obligado a

suministrar los bienes o prestar el servicio, si el convocante, por causas no

imputables al mismo proveedor, no firmara el contrato dentro del plazo establecido

en este artículo, en cuyo caso se le reembolsarán los gastos no recuperables en

Page 32: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

32

que hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente

comprobados y se relacionen directamente con la licitación de que se trate.

El atraso del convocante en la formalización de los contratos respectivos,

prorrogará en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas

por ambas partes.

Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos de

adquisiciones, arrendamientos o servicios, no podrán cederse en forma parcial ni

total en favor de cualquiera otra persona física o moral, con excepción de los

derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa del

ente público de que se trate.

En las adquisiciones, arrendamientos y servicios, deberá pactarse

preferentemente la condición de precio fijo. Sim embargo en casos justificados se

podrán pactar en el contrato decrementos o incrementos a los precios, de acuerdo

con la fórmula que determine previamente el convocante en las bases de la

licitación. En ningún caso procederán ajustes que no hubieran sido considerados

en las propias bases de la licitación.

Tratándose de bienes o servicios sujetos a precios oficiales, se reconocerán

los incrementos autorizados.

El precio estipulado en el contrato deberá pagarse al proveedor, a más

tardar dentro de los treinta días naturales siguientes, contados a partir de la fecha

en que se haga exigible la obligación de pago.

Podrán pactarse penas convencionales a cargo del proveedor por atraso en

el cumplimiento de los contratos. En las operaciones en que se pactare ajuste de

precios, la penalización se calculará sobre el precio ajustado.

Los proveedores quedarán obligados a responder de los defectos y vicios

ocultos de los bienes y de la calidad de los servicios, del saneamiento para el caso

de evicción así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido,

en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil para el

Estado.

Page 33: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

33

En adquisiciones, arrendamientos y servicios, preferentemente deberá

pactarse la condición de precio fijo, sin embargo en casos justificados, se podrá

pactar en el contrato decrementos o incrementos a los precios, de acuerdo con la

fórmula que determine previamente la dependencia convocante en las bases de la

licitación.

Tratándose de bienes o servicios sujetos a precios oficiales, se reconocerán

los incrementos autorizados.

1.3 ASPECTOS GENERALES DE LOS CONTRATOS.

Modificación de contratos.

Dentro del presupuesto aprobado y disponible, los entes públicos bajo su

responsabilidad y notificando al Comité respectivo, podrán acordar el incremento

en la cantidad de bienes solicitados mediante modificaciones a sus contratos

vigentes, dentro de los seis meses posteriores a su firma, siempre que el monto

total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el treinta por ciento de los

conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de

los bienes no exceda en un cinco por ciento al pactado originalmente.

Cualquier modificación a los contratos deberá formalizarse por escrito y los

instrumentos legales respectivos suscritos por el servidor público que lo haya

hecho en el contrato o quien lo sustituya.

Los entes públicos se abstendrán de hacer modificaciones que se refieran a

precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier

cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor

comparadas con las establecidas originalmente.

Contratos abiertos.

Page 34: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

34

Mediante una autorización previa del Comité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios, podrán celebrarse contratos abiertos teniendo en

cuenta lo siguiente:

Se establecerá la cantidad mínima y máxima de bienes por adquirir o

arrendar, o bien, el presupuesto mínimo y máximo que podrá ejercerse en la

adquisición o el arrendamiento.

En el caso de servicios, se establecerá el plazo mínimo y máximo para la

prestación, o bien, el presupuesto mínimo y máximo que podrá ejercerse.

Se hará una descripción completa de los bienes o servicios relacionada con

sus correspondientes precios unitarios.

En la solicitud y entrega delos bienes se hará referencia al contrato

celebrado.

Su vigencia no excederá el ejercicio fiscal correspondiente a aquel en que

se suscriban, salvo que se obtenga previamente autorización para afectar

recursos presupuestales de años posteriores, sin que en ningún caso, su vigencia

exceda de tres ejercicios fiscales.

Como máximo, cada treinta días naturales se hará el pago de los bienes

entregados o de los servicios prestados en tal período.

Recursos de inconformidad.

En el ámbito del Poder Legislativo, las personas interesadas podrán

inconformarse por escrito, por los actos que contravengan las disposiciones que

rigen las materias objeto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,

Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua, manifestando

las irregularidades que a su juicio se hayan cometido en el procedimiento de

adjudicación del contrato respectivo, dentro de los diez días naturales siguientes a

aquel en que éste ocurran o el inconforme tenga conocimiento del acto

impugnado, transcurrido este plazo sin que se haya manifestado informidad

alguna, precluye para los interesados el derecho a inconformarse.

Page 35: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

35

En este caso conocerá de las inconformidades la Secretaría de la

Contraloría, según se señala el artículo 34, fracción IV, de la Ley Orgánica del

Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua.

En su escrito, el inconforme deberá manifestar, bajo protesta de decir

verdad, los hechos que le consten relativos al acto o actos impugnados y

acompañar la documentación que sustente su petición. La falta de protesta

indicada será causa de desechamiento de la inconformidad.

Siempre y cuando no se provoque perjuicio al interés público, será posible

suspender el proceso de adjudicación durante el periodo de la investigación, en el

cual se abrirá un periodo probatorio improrrogable de cinco días naturales

conforme a lo siguiente:

No será admisible la prueba de confesión a carga de las autoridades.

Las pruebas que ofrezca el inconforme deberá relacionarlas con cada uno

de los puntos controvertidos y, sin el cumplimiento de este requisito, serán

desechadas de plano.

La prueba de documentos, se tendrá por no ofrecida, si éstos no se

acompañan al escrito en el que se interponga la inconformidad y en ningún caso

serán recabados por la autoridad, saldo que obren en el expediente en el que se

haya originado el acto impugnado.

La prueba pericial se desahogará con la presentación del dictamen a cargo

del perito designado por el inconforme. De no presentarse el dictamen dentro del

término que al efecto conceda quien esté conociendo de la inconformidad, la

prueba será declarada desierta.

La resolución emitida será sin perjuicio de la responsabilidad que proceda

respecto a los servidores públicos que hayan intervenido y podrá tener por

consecuencia:

Page 36: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

36

La nulidad del procedimiento a partir del acto o actos irregulares,

estableciendo las directrices necesarias para que el mismo se realice

conforme a la ley.

La nulidad total del procedimiento.

La declaración de improcedencia de la inconformidad.

1.4 EL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA.

Obra Pública.

Introducción.

El concepto de obra está relacionado con la cosa producida por el hombre.

Con varios usos y significados, el término puede referirse a un objeto material o un

producto intelectual.

Público, del latín publicus, es lago manifiesto, notorio y visto o sabido por

todos. La noción también refiere a aquello que pertenece a toda la sociedad y que,

por lo tanto, es común del pueblo. En este sentido, lo público se opone a lo

privado, ya que no tiene dueño.

Una obra pública es aquella que desarrolla el Estado y que tiene un fin

social. Esas obras se financian con fondos públicos (recaudados mediante los

impuestos y tributos) y no tienen afán de lucro (es decir, su objetivo no es generar

ganancias financieras, sino prestar un servicio útil a la comunidad).

La sobras públicas están formadas por una amplia variedad de trabajaos de

construcción. El desarrollo de la infraestructura de transporte (carreteras o rutas,

puertos, vías ferroviarias, aeropuertos, etc.), hidráulica (represas, depuradoras) o

(hospitales, escuelas) forman parte de las obras públicas.

La puesta en marcha de una obra pública puede concretarse de diversas

maneras. En ocasiones, el Estado contrata a los trabajadores de forma directa y

se hace cargo de sus salarios. En otros casos, se realiza una licitación o un

proceso similar para que las compañías privadas presenten sus ofertas de

Page 37: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

37

desarrollo y el Estado escoja la propuesta más conveniente. Así, los fondos

públicos se destinan a la empresa ganadora, que debe encargarse de la

construcción.

A diferencia de una adquisición, arrendamiento o servicio, en la obra pública

es necesario observarse tanto la Ley de Adquisiciones Arrendamientos,

Contratación de servicios y obra pública del Estado de Chihuahua, como la Ley de

Obra Pública y Servicios relacionados con la misma.

En relación al proceso de etapas del desarrollo de la licitación es

relativamente similar a los que hemos visto en adquisiciones, arrendamientos y

servicios, sin embargo en obra pública se manejan varios conceptos de los cuales

deben ser comprendidos para un mejor manejo de la licitación.

Comisión consultiva estatal de obra pública.

Esta comisión es creada como un órgano de asesoría, apoyo y consulta

para la aplicación de disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,

Contratación de Servicios y Obra Pública.

La comisión consultiva se encuentra integrada por representantes de la

dirección, la contraloría, la coordinación, la dirección general de fomento

económico, la dirección general de comunicaciones y obras públicas, la dirección

de desarrollo urbano y ecología, la coordinación de fortalecimiento municipal y de

la secretaria de gobierno.

El director general de comunicaciones y obras públicas o la persona que

éste designe fungirá como presidente de la comisión.

Comité calificador.

En el Poder Ejecutivo, el Comité se integrará con representantes

designados por los titulares de la Dirección, la Coordinación, la Secretaría de

Page 38: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

38

Gobierno, la Dirección General de Comunicaciones y Obras Públicas, así como de

la dependencia conveniente.

El representante de la Dirección General de Comunicaciones y Obras

Públicas fungirá como Presidente del Comité.

El Comité calificador tiene entre otras las siguientes funciones:

Evaluar y analizar las propuestas económicas aceptadas por la

convocante y revisar que esta incluyan la información, documentos y

requisito solicitados en las bases de la licitación.

Emitir el fallo correspondiente con base en el dictamen.

Estimación de obra.

Este término es utilizado para dar a conocer el avance de la obra, es

presentado por el contratista y aprobado por el ente público, de acuerdo a la

previa supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos, cada mes como

máximo y deberá ser acompañada por la documentación que acredite la

procedencia de su pago.

Las diferencias técnicas o numéricas pendientes de pago se resolverán y,

en su caso, se incorporarán en la siguiente estimación.

Cuota compensatoria.

De acuerdo con la definición que dan nuestras autoridades (Secretaría de

Economía) esta es un medio para contrarrestar los efectos de una práctica desleal

de comercio internacional y se calcula a partir de la diferencia entre el calor normal

y el precio de exportación. Las cuotas compensatorias pueden ser provisionales,

que son las impuestas en una resolución preliminar, o definitivas se aplican en una

resolución final. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la responsable

del cobro de las cuotas compensatorias y para el caso de una cuota provisional,

aceptará las garantías constituidas sobre su pago, conforme a lo dispuesto en el

Código Fiscal de la Federación. Tienen una vigencia de cinco años o el tiempo

necesario para contrarrestar la práctica desleal.

Page 39: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

39

Los contratos de obra pública podrán llevarse a cabo de dos maneras.

Sobre la base de precios unitarios.

En este caso el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse

al contratista se hará por unidad de concepto de trabajo terminado.

Precio alzado.

El importe de la remuneración o pago total fijo que deba cubrirse al

contratista se hará por la obra totalmente terminada y ejecutada en el plazo

establecido.

Cuando ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el

contrato, que determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos

aun no ejecutados conforme al programa pactado, dichos costos podrán ser

revisados, atendidos a lo acordado por las partes en el respectivo contrato. El

aumento o reducción correspondiente deberá constar por escrito.

Subcontratación.

El contratista a quien se adjudique el contrato, no podrá hacer ejecutar la

obra por otro; pero, con autorización previa de la entidad, ayuntamiento,

dependencia u organismo de que se trate, podrá hacerlo respecto de partes de la

obra o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en la

obra. Esta autorización previa no se requeriría cuando se señalen específicamente

en las bases de la licitación, las partes de la obra que podrán ser objeto de

subcontratación. En todo caso, el contratista seguirá siendo el único responsable

de la ejecución integral de la obra y el subcontratista no quedará subrogado en

ninguno de los derechos del contratista.

Propuesta conjuntas.

La empresas con quienes se contrate la realización de obras públicas,

adquisiciones y servicios, podrán prestar conjuntamente proposiciones en las

correspondientes licitaciones, sin necesidad de constituir una sociedad, siempre

que, para tales efectos, al celebrar el contrato respectivo, se establezcan con

Page 40: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

40

precisión y a satisfacción del ente público, las partes de la obra que cada

empresa se obligará a ejecutar, así como la manera en que, en su caso, se exigirá

el cumplimiento de las obligaciones.

Anticipos.

El otorgamiento de los anticipos se deberá pactar en los contratos de obra

pública conforme a lo siguiente:

Los importes de los anticipos concedidos serán puestos a disposición

del contratista con antelación a la fecha pactada para el inicio de los

trabajos; el atraso en la entrega del anticipo, será motivo para deferir en

igual plazo el programa de ejecución pactado. Cuando el contratista no

entregue la garantía de los anticipos dentro del plazo señalado en el

artículo 39 la Ley de Obra Pública el diferimiento y por lo tanto deberá

iniciar la obra en la fecha establecida originalmente en el contrato

respectivo.

Los contratistas, en su proposición, deberán considerar para la

determinación del costo financiero de los trabajos, el importe de los

anticipos.

No se otorgarán anticipos para los convenios que se celebren en los

términos del artículo 90 de la Ley en la materia, saldo los que se

celebren conforme al último párrafo del mismo, ni para los importes

resultantes de los ajustes de costos del contrato o convenios, que se

generen durante el ejercicio presupuestal de que se trate, y

Para la amortización de los anticipos en los casos de rescisión de

contrato, el saldo por amortizar se reintegrará al ente público en un

plazo no mayor de veinte días naturales, contados a partir de la fecha en

que le sea comunicada la rescisión al contratista.

El contratista que n reintegre el saldo por amortizar en el plazo señalado

en esta fracción, cubrirá los cargos o interés que resulten conforme a la

tasa y el procedimiento de cálculo establecido en el artículo 89 de la

LASSCOP.

Page 41: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

41

Ajuste de costos.

El procedimiento de ajuste de costos se sujetara a lo siguiente:

Los ajustes se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido

el incremento o decremento en el costo de los insumos respecto a la

obra faltante de ejecutar, conforme al programa de ejecución pactado en

el contrato o, en caso de existir un atraso no imputable al contratista,

con respecto al programa vigente.

Cuando el atraso sea por causa imputable al contratista, procederá el

ajuste costos exclusivamente para la obra pendiente de ejecutar,

conforme al programa originalmente pactado.

Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán

calculados con base en los relativos o las variaciones en el índice que

determine la Contraloría.

Los precios pactados en el contrato permanecerán fijos hasta la

terminación de los trabajos contratados. El ajuste se aplicará a los

costos directos conservando constantes los porcentajes de indirectos y

utilidad originales durante la vigencia del contrato; los porcentajes de

indirectos, utilidad y el costo por financiamiento estará sujeto a las

variaciones de la tasa de interés propuesta.

Además se podrán observar lineamientos relacionados con el ajuste de

costos que emita la Dirección y la Contraloría.

El ajuste de costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme

a las estimaciones correspondientes, deberá cubrirse, a solicitud del

contratista, a más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a

la fecha en que la entidad, ayuntamiento, dependencia u organismos

resuelva por escrito el aumento o reducción respectivo; comunicando,

cuando sea de carácter estatal por dependencias y organismos del

Estado o municipal con fondos estatales, a la Contraloría y a la

Coordinación la resolución respectiva.

Suspensión de obra.

Page 42: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

42

Los entes públicos podrán ordenar la suspensión en todo o en parte, de la

obra contratada, por cualquier causa justificada. Igualmente podrán rescindir

administrativamente o dar por terminados anticipadamente, en su caso, los

contratos por razones fundadas.

Para tal efecto designarán a los servidores públicos que podrán ordenar lo

señalado anteriormente.

De la suspensión, terminación anticipada o rescisión administrativa se

comunicará al contratista, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha

en que se emita la resolución respectiva, en la que se deberán señalar las razones

y las consecuencias previsibles que la motivaron.

Construcciones de valor histórico.

Tratándose de mantenimiento, conservación o restauración de los

inmuebles o monumentos de valor histórico, arqueológico o cultural, en los que no

sea determinar el catálogo de conceptos, las cantidades de trabajo, las

especificaciones correspondientes o el programa de ejecución no serán aplicables

los límites mencionados la Ley.

Obra pública por administración directa.

Cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 32 de la Ley de

Adquisiciones, Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua,

las Entidades, Ayuntamientos, Dependencias y Organismos podrán realizar obra

pública por administración directa, siempre que posean la capacidad técnica y los

elementos necesarios para tal efecto, consistentes en maquinaria, equipo de

construcción y personal técnico que se requieran para el desarrollo de los trabajos

respectivos, y podrán según el caso:

Utilizar la mano de obra local complementaria que se requiera, lo que

invariablemente deberá llevarse a cabo por obra determinada;

Page 43: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

43

Alquilar el equipo y maquinaria de construcción complementario;

Utilizar los servicios de fletes y acarreos complementarios que se

requieran, y

En general, emplear los recursos humanos, materiales y económicos

contemplados en los planes y programas nacionales, estatales,

especiales, regionales y sectoriales del ente público respectivo. En la

ejecución de obra por administración directa podrán participar terceros

como contratistas, dentro de los límites previstos por el Presupuesto de

Egresos, siempre y cuando no superen el treinta por ciento del volumen

de obra a ejecutar.

Los entes públicos que realicen obra pública por administración directa o

mediante contrato y los contratistas con quienes aquéllas contraten, observarán,

en su ocaso, las disposiciones que en materia de construcción rijan en el ámbito

federal, estatal y municipal.

Entrega de obra.

Concluida la obra o parte utilizable de la misma, sea que se haya realizado

por administración directa o por contrato, se hará entrega a la unidad o área

administrativa que deba operarla, con los planos actualizados, informándole

además las normas y especificaciones aplicadas en su ejecución, así como los

manuales e instructivos de operación, conservación y mantenimiento para su

óptimo funcionamiento.

Recibida la obra, la unidad o área administrativa bajo cuya responsabilidad

quedará una obra pública, estará obligada a mantenerla en niveles apropiados de

funcionamiento y vigilar que su uso, operación, mantenimiento y conservación se

realicen conforme a los objetivos y acciones de los programas respectivos y

llevará un registro de los gastos efectuados con este fin.

Page 44: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

44

Criterios de adjudicación.

Una vez hecha la evaluación de las proposiciones el contrato se le

adjudicara al contratista, que dentro de los licitantes, reúna las condiciones

legales, técnicas, económicas requeridas por la convocante, si resultare que dos o

más proposiciones son solventes y, por lo tanto, satisfacen la totalidad de los

requerimientos de la convocante el contrato se le adjudicara al contratista que

presenta el precio más bajo en su cotización.

El convocante podrá no adjudicará el contrato, cuando a su juicio las

posturas presentadas no reúnan los requisitos de las bases de la licitación o su

precio no fueran aceptables, de acuerdo a previo estudio de mercado, en cuyo

caso se iniciará nuevamente el procedimiento.

Pagos en exceso.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el contratista, éste

deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses

correspondientes, conforme a una tasa que será igual a la establecida, según

corresponda, por la Ley de Ingresos del Estado o por la Ley de Ingresos del

Municipio respectivo, para los casos de prórroga en el pago de créditos fiscales.

Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en

cada caso, y se computarán por días calendario desde la fecha del pago excesivo

hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del

ente público.

Procedimiento de ajuste de costos, que deberá ser determinado desde las

bases de la licitación por el convocante, el cual deberá regir durante la vigencia del

contrato.

La descripción pormenorizada de la obra que se deberá que se ejecutar,

debiendo acompañar como parte integrante del contrato los proyectos, planos

especificaciones, programas y presupuestos correspondientes.

Page 45: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

45

Los procedimientos mediante los cuales, las partes, de común acuerdo

resolverán las controversias que resulten previsibles que pudieren versar sobre

problemas específicos de carácter técnico y administrativo.

MONTOS DE EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA

GRUPO MUNICIPIOS ADJUDICACIÓ

N DIRECTA

INVITACIÓN A

TRES

CONTRATISTA

I Juárez y Chihuahua De un SMGV

hasta 55 veces X

365

De más de 55

SMGV hasta

110X365

II Delicias, Cuauhtémoc, Hidalgo del

Parral, Guadalupe y Caldo, Nuevo

Casa Grandes, Camargo,

Guachochi, Guerrero, Madera,

Bocoyna, Jiménez, y Saucillo.

De un SMGV

hasta 40 veces

X365

De más de 40

SMGV hasta

60X365

III Ahumada, Aldama, Ascensión,

Balleza, Batopilas, Buenaventura,

Santa Barbara, Ojinaga, Namiquipa y

Urique.

De un SMGV

hasta 35 veces

X365

De más de 35

SMGV hasta

50X365

IV Coronado, Guadalupe, Morelos,

Carichí, Rosales, Uruachi, San

Francisco del Oro, Guazapares,

Ocampo, Riva Palacio, Allende,

Casas Grandes, Janos, Temósachic,

Chinipas, Gómez Farías, Praxedis G.

Guerrero, Ignacio Zaragoza,

Bachíniva, Cusihuiriachi, Valle de

Zaragoza, Aquiles Serdán, Satevó,

Moris, López, Santa Isabel, Julimes,

Matamoros, Nonoava, San Francisco

de Conchos, Matachí, La Cruz,

Coyame del Sotol, Dr. Belisario

Domínguez, Manuel Benavides,Gran

Morelos, Rosario, Maguarichi, San

Francisco de Borja, Huejatitán y El

De un SMGV

hasta 30 veces

X365

De más de 30

SMGV hasta

45X365

Page 46: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

46

Tule.

1.5 LAS GARANTÍAS.

Garantía de seriedad de propuestas.

La seriedad de las proposiciones en los procedimientos de licitación pública;

convocante, en su caso, conservará en custodia las garantías de que se trate

hasta la fecha del fallo, en que serán devueltas a los licitantes, saldo las de aquél

o aquellos a quienes se hubiere adjudicado el contrato, la que retendrá hasta el

momento en que el contratista constituya la garantía de cumplimiento del contrato

correspondiente.

Garantía por anticipo.

Los anticipos que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse

por la totalidad del monto del anticipo.

Garantía por cumplimiento de contrato.

A fin de garantizar el exacto cumplimiento de las obligaciones derivadas del

respectivo Contrato el contratista necesariamente tendrá que presentar una

garantía legalmente exigible en caso de incumplimiento.

Garantía para el caso de evicción, vicios ocultos, daños y perjuicios.

Concluida la obra, no obstante su recepción formal, el contratista quedará

obligado a responder de los defectos que resultaran en la misma, de los vicios

ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido, en los

términos señalados en el contrato respectivo, en la Ley de Adquisiciones,

Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua y en los

Códigos Civil y Municipal.

Contenido mínimo de los contratos de obra pública.

Page 47: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

47

La autoridad de la inversión para cubrir el compromiso derivado del

contrato.

El precio a pagar por los trabajos del contrato.

La mención de que el anticipo se amortizará proporcionalmente con

cargo a cada estimación que se genere por la ejecución de la obra.

La fecha de iniciación y terminación de los trabajos.

Forma y términos de garantizar la correcta inversión de los anticipos y el

cumplimiento del contrato.

Plazos, forma y lugar de pago de las estimaciones de trabajos

ejecutados, así como de los ajustes de costos.

Montos de las penas convencionales.

Forma en que el contratista, en su caso reintegrará, las cantidades que

por cualquier concepto, hubiere recibido en exceso para la contratación

o durante la ejecución de la obra, para lo cual se utilizara el siguiente

procedimiento.

Ampliación de contrato.

Los entes públicos podrán, dentro del programa de inversiones aprobado,

bajo su responsabilidad y por razones fundadas, explícitas y por escrito, modificar

los contratos de obra pública o de servicios relacionados con las mismas,

mediante convenios, siempre y cuando éstos, considerados conjunta o

separadamente, no rebasen el veinticinco por ciento del volumen o del plazo

pactados en el contrato, ni impliquen variaciones sustanciales al proyecto original.

Recisión administrativa de contrato.

En la suspensión, rescisión administrativa o terminación anticipada de los

contratos de obra pública, deberá observarse lo siguiente:

Cuando concurran razones de interés general que den origen a la

terminación anticipada del contrato, el ente público pagará al contratista

los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre

Page 48: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

48

que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se

relacionen directamente con el contrato que se trate.

En caso de rescisión del contrato por causas imputables al contratista, el

ente público procederá a hacer efectivas las garantías y se abstendrá de

cubrir los importes resultantes de trabajos ejecutados aún no liquidados,

hasta que se otorgue el finiquito correspondiente; lo que deberá

efectuarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de

notificación de la rescisión. En dicho finiquito deberá preverse el

sobrecosto de los trabajos aún no ejecutados que se encuentren

atrasados conforme al programa vigente, así como lo relativo a la

recuperación de los materiales y equipos que, en su caso, le hayan sido

entregados; y

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación

de los trabajos, el contratista podrá suspender la obra. En este

supuesto, si opta por la terminación anticipada del contrato, deberá

presentar su solicitud a la entidad, ayuntamiento, dependencia u

organismo contratante, quien resolverá dentro de los quince días

naturales siguientes a la recepción de la misma. En caso de negativa,

será necesario que el contratista obtenga de la autoridad competente la

declaratoria correspondiente.

Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos en los

términos establecidos, el ente público contratante procederá a su recepción dentro

del plazo que para tal efecto se haya establecido en el propio contrato o dentro de

los treinta días naturales siguientes, en caso de imprevisión. Al concluir dicho

plazo sin que el Ente Público haya recibido los trabajos, éstos se tendrán por

recibidos.

1.6 MODELO DE CONTRATO

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO

DETERMINADO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL

ESTADO DE CHIHUAHUA REPRESENTADO POR LA SECRETARÍA DE

Page 49: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

49

HACIENDA , POR CONDUCTO DEL DIRECTOR DE ADMINSITRACIÓN, EL LIC.

JOSÉ PÉREZ PÉREZ, A QUIEN SE LES DENOMINARÁ “EL GOBIERNO” Y POR

LA OTRA PARTE LA EMPRESA CONSTRUCCIONES PROFESIONALES, S DE

R.L. DE C.V., REPRESENTADA POR EL C. LUIS GONZALEZ GONZALEZ, EN

SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ

“EL CONTRATISTA”, CON EL OBJETO DE LLEVAR A ACABO LOS TRABAJOS

DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA ELÉCTRICO DEL

EDIFICIO QUE ALBERGARA LAS ANTIGUAS OFICINAS DE PROCURADURÍA

GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, UBICADAS EN CAMINO VIEJO A SAN

LORENZO Y FRAY JUAN DE ZAMARRAGA EN LA COLONIA UNIVERSIDAD,

EN CIUDAD JUÁREZ, CHIH., DONDE SE ALOJA EN 5º. BATTALÓN DE

INFANTERÍA, MISMA QUE SE CELEBRA DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES

DELCARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S:

PRIMERA.- Declara “EL GOBIERNO”:

a) Que la obra motivo de este contrato cuenta con la suficiente presupuestal

para cubrir las erogaciones que se generen para su realización, la cual se

va a realizar con cargo a la cuenta número 1-5350310-32400100000-

030506-36-1010309.

b) Que la adjudicación de la obra en cuestión se realizó mediante Adjudicación

Directa, con fundamento en el artículo 79 de la Ley de Obra Pública y

Servicios Relacionados con la misma del Estado de Chihuahua, toda vez

que el importe que se ejercerá en la ejecución de los trabajos no excede de

los límites previstos en el Artículo Duodécimo Fracción I del Presupuesto de

Egresos del Estado de Chihuahua para el Ejercicio Fiscal del año 2015.

c) Que el C. Lic. José Pérez Pérez, acredita su personalidad como Director de

Administración de la Secretaria de Hacienda, con el nombramiento

expedido a su favor del día 4 de marzo de 2015, por el C. Lic. César H.

Duarte J., Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua.

Page 50: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

50

d) Que el Director de Administración interviene en este acto con las facultades

que le confiere la fracción IV del Artículo 37 del Reglamento Interior de la

Secretaria de Finanzas y Administración.

e) Que tiene establecido su domicilio en la Avenida Venustiano Carranza No.

601, Col. Obrera en esta Ciudad de Chihuahua, Chih., mismo que señala

para los efectos y fines legales de este Contrato.

SEGUNDA.- Declara “EL CONTRATISTA”:

a) Que es una sociedad constituida bajo las leyes mexicanas cuya existencia y

capacidad del Representante Legal lo acredita mediante Escritura Pública

No. 3,715, de fecha 02 de febrero de 2005, otorgada ante la fe del Lic.

Francisco de A. García Ramos, Notario Público No. 9, del Distrito Morelos,

la cual fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio

bajo el folio mercantil electrónico No. 21954*10 con fecha 21 de marzo de

2005.

b) Ser mexicano y conviene cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en

seguirse considerando como mexicano por cuanto a este Contrato se

refiere y a no invocar la protección de ningún Gobierno Extranjero, bajo

pena de perder en beneficio de la nación Mexicana, todo derecho derivado

de este Contrato.

c) Que tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones

técnicas y económicas para obligarse a la ejecución de los trabajos objeto

de este Contrato y que asume su responsabilidad como patrón del personal

que ocupe durante y con motivo de la ejecución de los trabajos materia de

este Contrato.

d) Que su registro patronal en el Instituto Mexicano del Seguro Social es el

No. A80-68074-10-4 y se encuentra registrado con el domicilio ubicado en

la Calle Santos Degollado No. 7808 de la Colonia Burócrata Federal de esta

Ciudad de Chihuahua, Chih.

Page 51: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

51

e) Que tiene establecido su domicilio en la Calle Santos Degollado No. 0001

de la Colonia Burócrata Federal de esta Ciudad de Chihuahua, Chih.,

mismo que señala para todos los fines y efectos legales de este Contrato.

f) Que conoce el contenido y los requisitos que establece la Ley de Obra

Pública y Servicios relacionados con la misma del Estado de Chihuahua.

C L Á S U L A S:

PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. “EL GOBIERNO” encomienda a “EL

CONTRATISTA” los trabajos de conservación y mantenimiento del

sistema eléctrico del edificio que albergaba las antiguas oficinas de

Procuraduría General de Justicia del Estado, ubicadas en Camino

Viejo a San Lorenzo y Fray Juan de Zamarraga en la Colonia

Universidad, en Ciudad Juárez, Chih., donde se aloja en 5º. Batallón

de Infantería.

“ EL CONTRATISTA” se obliga a realizar los trabajos hasta su total

terminación, acatando para ello lo establecido en su propuesta, en

los presupuestos, en las especificaciones, en el clausulado de este

Contrato, así como lo establecido en los diversos ordenamientos y

normas de construcción vigentes, mismo que se tiene por

reproducidos como parte integrante de este Instrumento.

SEGUNDA: MONTO DEL CONTRATO el monto total del presente Contrato es

por la cantidad de $58,746.00 (CINCUENTA Y OHCO MIL

SETECIENTOS CUARENTA Y SES PESOS 00/100 M.N.) con el

Impuesto al Valor Agregado incluido.

TERCERA: PLAZO DE EJECUCIÓN. “EL CONTRATISTA” se obliga a realizar

los trabajos objeto de este Contrato en un plazo de 24 días naturales,

debiendo iniciarlos el día 22 de septiembre de 2009 y terminarlos el

día 15 de octubre de 2009.

Page 52: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

52

CUARTA: DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. “EL GOBIERNO” se obliga a

poner a disposición de “EL CONTRATISTA”, él o los inmuebles en

que se deben de llevarse a cabo los trabajos materia de este

contrato.

QUINTA: ANTICIPO para la ejecución de los trabajos objeto de este contrato

no se otorgará anticipo.

SEXTA: FORMA DE PAGO las partes conviene en que el pago de la obra

objeto de este Contrato, se realice por medio de formulación de

estimaciones parciales sujetas al avance de los trabajos, y harán las

veces de pago total o parcial, previa la entrega de la factura que

cumpla con los requisitos fiscales.

Las estimaciones de los trabajos ejecutados se deberán formular con

una periodicidad no mayor de un mes. “EL CONTRATISTA” deberá

presentarlas en las oficinas del Departamento de Mantenimiento de

la Secretaría de Finanzas y Administración, las cuales deberán ir

acompañadas de los números generadores y de la documentación

que acredite la procedencia de su pago; el Departamento de

Mantenimiento para realizar la revisión y autorización de las

estimaciones contará con un plazo no mayor de diez días naturales

siguientes a su presentación.

En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que

no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán

e incorporarán en la siguiente estimación, saldo que reiteradamente

exista desacuerdo en las estimaciones en relación con algún o

algunos aspectos específicos de obra ejecutada, caso en el cual,

conocerá la Secretaría de la Contraloría en funciones de conciliador.

En ningún caso podrá el residente autorizar el pago de trabajos no

ejecutados.

Page 53: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

53

Las estimaciones por trabajos ejecutados serán pagadas en un plazo

no mayor de treinta días naturales, contados a partir de la fecha en

que hayan sido autorizadas por el Departamento de Mantenimiento

de la Secretaría de Finanzas y Administración. El lugar de pago de

las estimaciones será el ubicado en el Edificio Héroes de la Reforma,

ubicado en la Ave. Venustiano Carranza No. 601, Col. Obrera, de

esta ciudad.

En el caso de incumplimiento de los pagos de estimaciones y de

ajustes de costos, a solicitud escrita de “EL CONTRATISTA”, se le

pagarán costos financieros conforme a una tasa que será igual a la

establecida por la Ley de Ingresos del Estado, en los casos de

prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos financieros

se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por

días calendario desde que se venció el plazo pactado, hasta la fecha

en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL

CONTRATISTA”. Dicha solicitud escrita deberá presentarse por

parte de “EL CONTRATISTA” al residente de supervisión de obra.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL

CONTRATISTA”, este deberá reintegrar las cantidades pagadas en

exceso, más los intereses correspondientes, conforme a una tasa

que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos del Estado,

para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los

intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en

cada caso y se computarán por días calendario, desde la fecha del

pago excesivo hasta la fecha en que se pagan efectivamente las

cantidades a disposición del “EL GOBIERNO”. No se considerarán

pagos en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo de “EL

CONTRATISTA” sean compensadas en la estimación siguiente.

SÉPTIMA: AJUSTE DE COSTOS cuando a partir de la presentación de las

propuestas ocurran circunstancias de orden económico no previstas

Page 54: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

54

en este Contrato, que determinen un aumento o reducción de los

costos de los trabajos aún no ejecutados conforme al Programa

pactado, dichos costos cuando procedan, deberán ser ajustados

atendiendo al procedimiento que se detalla a continuación:

1. Los sujetos se calcularán a partir de la fecha en que se haya

producido el incremento en el costo de los insumos respecto de la

obra faltante de ejecutar, conforme al programa de ejecución

pactado en el contrato o, en caso de existir atraso no imputable a

“EL CONTRATISTA”, con respecto al programa vigente.

Cuando el atraso sea por cauda imputable a “EL

CONTRATISTA”, procederá al ajuste de costos exclusivamente

para la obra que debiera estar pendiente de ejecutar conforme al

programa vigente.

Para efectos de la revisión y ajuste de los costos, la fecha de

origen de los precios será la del acto de presentación y apertura

de proposiciones.

2. Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos,

serán calculados con base en los índices nacionales de precio

productor que determine el Banco de México. Cuando los índices

que requiera “EL CONTRATISTA” y “EL GOBIERNO” no se

encuentren dentro de los publicados por el Banco de México, “EL

GOBIERNO” procederá a calcularlos conforme a los precios que

investigue, utilizando los lineamientos y metodologías que expida

el Banco de México, lo anterior de acuerdo a lo señalado en el

oficio No. CDJ/259/2001 de fecha 29 de marzo de 2001 emitido

por la Secretaría de la Contraloría.

3. Los precios pactados en el Contrato permanecerán fijos hasta la

terminación de los trabajos. El ajuste se aplicará a los costos

directos, conservado constantes los porcentajes de indirectos y

utilidad originales durante la vigencia del Contrato; el costo por

Page 55: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

55

financiamiento estará sujeto a las variaciones de la tasa de

interés propuesta.

No dará lugar a ajustes de costos, las cuotas compensatorias a que,

conforme a la ley de la materia, pudiere estar sujeta la importación de

bienes contemplados en la realización de una obra. El ajuste de

costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme a las

estimaciones correspondientes, a solicitud por escrito de “EL

CONTRATISTA”, deberá resolverse y cubrirse cuando proceda, a

más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha

en que “EL GOBIERNO” resuelve por escrito el aumento o

reducción respectivo.

OCTAVA: GARANTÍAS “EL CONTRATISTA” se obliga a constituir en la forma,

términos y procedimientos previstos por la Ley de Obra Pública y

Servicios relacionados con la misma del Estado de Chihuahua, las

garantías siguientes:

A) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- Se suscribirá un pagaré a

favor de la Secretaría de Finanzas y Administración por un

equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total contratado.

Esta garantía deberá ser presentada al día siguiente a la firma de

este contrato, de no ser así “EL GOBIERNO” podrá determinar la

rescisión administrativa del presente instrumento.

B) GARANTÍA PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS O VICIOS

OCULTOS.- “EL CONTRATISTA” garantizará los trabajos

previamente a la recepción formal de los mismos, sustituyendo la

garantía vigente por otra a favor de la Secretaría de Finanzas y

Administración, consistente en la suscripción de un pagaré

equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total ejercido de la

obra, para responder del saneamiento para el caso de evicción,

de los defectos que resulten de la realización de los mismos, de

vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiere

Page 56: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

56

incurrido en su ejecución. Esta garantía tendrá vigencia de doce

meses, contados a partir de la fecha de recepción formal de los

trabajos, en el caso de que no exista inconformidad por parte de

“EL GOBIERNO”.

NOVENA: RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS. “EL CONTRATISTA” deberá

comunicar a “EL GOBIERNO” y a la Secretaría de la Contraloría la

conclusión de los trabajos que le fueron encomendados, para que

éste dentro de diez días naturales, verifique la debida terminación de

los mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente

instrumento. Al finalizar la verificación delos trabajos, “EL

GOBIERNO” contara con un plazo de quince días naturales para

proceder a su recepción física, mediante el levantamiento del acta de

entrega – recepción correspondiente, quedando los trabajos bajo su

responsabilidad.

Recibidos físicamente los trabajos, las partes deberán elaborar

dentro de seis días naturales, el finiquito de los trabajos, en el que se

harán constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada

uno de ellos, describiendo el concepto general que les dio origen y el

saldo resultante.

De existir desacuerdo entre las partes respecto al finiquito, o bien, en

caso de que “EL CONTRATISTA” no acuda con “EL GOBIERNO”

para su elaboración del plazo señalado en el párrafo anterior, éste

procederá elaborado, debiendo comunicar su resultado a “EL

CONTRATISTA” dentro de un plazo de diez días naturales, contado

a partir de su emisión. Dentro de este plazo, “EL GOBIERNO”

convocará a “EL CONTRATISTA” a una audiencia de conciliación,

invitando a un representante de la Secretaría de la Contraloría; una

vez notificado el resultado de dicho finiquito a “EL CONTRATISTA”,

éste tendrá un plazo de quince días naturales para alegar lo que a su

Page 57: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

57

derecho corresponda, si transcurrido este plazo no realiza alguna

gestión, se dará por aceptado.

Determinado el saldo total, “EL GOBIERNO” pondrá a disposición

de “EL CONTRATISTA” el pago correspondiente, mediante su

ofrecimiento o la consignación respectiva, o bien, solicitará el

reintegro de los importes resultantes a su favor; debiendo, en forma

simultánea, levantar el acta constitutiva que dé por extinguidos los

derechos y obligaciones asumidos por ambas partes en el contrato.

DECIMA: REPRESENTANTE DE EL CONTRATISTA. “EL CONTRATISTA”

se obliga a establecer anticipadamente a la iniciación de los trabajos

en el sitio de realización de los mismos, un representante

permanente, que obrara como su superintendente de construcción, el

cual deberá tener poder amplio y suficiente para tomar decisiones en

todo lo relativo al cumplimiento de este Contrato.

“EL GOBIERNO” se reserva el derecho de su aceptación, el cual

podrá ejercer en cualquier momento.

DECIMA PRIMERA:

RELACIONES LABORALES. “EL CONTRATISTA”, como

empresario y patrón del personal que ocupe en motivo de los

trabajos materia de este Contrato, será el único responsable de las

obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás

ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, “EL

CONTRATISTA” conviene por lo mismo, en responder de todas las

reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en

contra de “EL GOBIERNO”, en relación con los trabajos

especificados en el texto de este Contrato, liberando de toda

obligación laboral a “EL GOBIERNO”.

Page 58: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

58

“EL CONTRATISTA” se compromete a retirar de la obra aquel

personal que a juicio de EL GOBIERNO no sea conveniente su

permanencia en la obra.

DECIMA SEGUNDA:

RESPONSABILIDAD DE EL CONTRATISTA. “EL CONTRATISTA”

se obliga a que los materiales y equipo de instalación permanente

que se utilicen en los trabajos objeto de este Contrato, cumplan con

las normas de calidad requeridas para tal efecto y que la realización

de todas y cada una de las partes de dicha obra, se efectúen a

satisfacción de “EL GOBIERNO”, así como a responder por su

cuenta y riesgo, de los defectos y vicios ocultos, de los daños y

perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen

a causar a “EL GOBIERNO” o a terceros, hasta por un plazo de 12

meses posteriores a la recepción formal de la obra; en caso contrario

se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del

Contrato, hasta por el monto total de la misma, a título de pena

convencional.

En caso de que los materiales y equipo de instalación permanente en

la obra que utilice “EL CONTRATISTA” no cumplan con las

especificaciones requeridas en la ejecución de los trabajos, se hará

acreedor a una sanción económica que será determinada a juicio de

“EL GOBIERNO”. Lo anterior sin perjuicio de que se haga efectiva la

garantía de cumplimiento correspondiente.

Igualmente se obliga “EL CONTRATISTA” a no ceder a terceras

personas, físicas o morales, sus derechos y obligaciones que se

deriven de este contrato, con excepción de los derechos de cobro

sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo supuesto

Page 59: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

59

deberá contar con la aprobación expresa y por escrito de “EL

GOBIERNO”.

DECIMA TERCERA:

PENAS CONVENCIONALES. “EL GOBIERNO” tendrá la facultad

de verificar si los trabajos objeto de este Contrato se están

ejecutando por “EL CONTRATISTA” de acuerdo con el Programa

Aprobado, para lo cual EL GOBIERNO, comparará mensualmente el

avance de los trabajos. Si de dicha comparación resulta que el

avance es menor que lo que debió realizarse, “EL GOBIERNO”

procederá a:

a) Retener el 1% (uno por ciento) de la diferencia entre el importe de

los trabajos realmente ejecutados y el importe de lo que debió

realizarse, multiplicado por el número de meses transcurridos

desde la fecha programada para la iniciación de los trabajos hasta

la revisión.

Por lo tanto, mensualmente se hará la retención o devolución

correspondiente, a fin de que la retención total sea procedente.

Si al efectuarse la comparación del último mes del programa,

procede hacer alguna retención, su importe se aplicará a favor del

Erario Estatal como pena convencional por el retardo en el

cumplimiento del programa a cargo de “EL CONTRATISTA”.

b) Aplicar para el caso de que “EL CONTRATISTA” no concluya los

trabajos en la fecha señalada en el programa, una pena

convencional consistente en una cantidad igual a el uno por

ciento (1%) del importe de los trabajos no realizados en la fecha

de terminación señalada en el programa, que cubrirá “EL

CONTRATISTA” mensualmente y hasta el momento en que los

trabajos queden concluidos y recibidos a favor de “EL

GOBIERNO”.

Page 60: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

60

Para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas, no se

tomarán en cuentas las demoras motivadas por caso fortuito o

fuerza mayor, o por cualquier otra causa que a juicio de “EL

GOBIERNO” no sea imputable a “EL CONTRATISTA”.

Independientemente de la aplicación de las penas convencionales

señaladas anteriormente, si “EL GOBIERNO” opta por la

rescisión del Contrato, aplicará a “EL CONTRATISTA” una

sanción consistente en un porcentaje del valor del mismo, que

podrá ser a juicio de “EL GOBIERNO”, hasta por el monto de la

garantía otorgada para el cumplimiento del Contrato.

Las cantidades que resulten de la aplicación de las penas

convencionales que se impongan a “EL CONTRATISTA” se

harán efectivas con cargo a las retenciones que le hayan sido

efectuadas, aplicando además si da lugar a ello, la garantía de

cumplimiento del Contrato otorgada conforme a lo estipulado en

este Contrato. Las penas convencionales en ningún caso podrán

ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de

cumplimiento.

DECIMA CUARTA:

SUSPESIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. “EL GOBIERNO” en

cualquier momento, podrá suspender temporalmente en todo o en

parte la obra contratada, por cualquier causa justificada, sin que ello

implique terminación definitiva. La suspensión se efectuará conforme

al procedimiento establecido en el artículo 72 de la Ley de Obra

Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de

Chihuahua.

El presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos

legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron

dicha suspensión.

DECIMA QUINTA:

Page 61: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

61

RESCISIÓN ADMINISTRIVA DEL CONTRATO. “ELGOBIERNO”,

podrá en cualquier momento rescindir administrativamente este

Contrato por causas de interés general. La contravención a las

disposiciones, lineamientos, bases, procedimientos y requisitos que

establece la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la

Misma del Estado de Chihuahua, y las demás disposiciones

administrativas sobre la materia, el incumplimiento de cualquiera de

las obligaciones de “EL CONTRATISTA” que se estipulan en el

presente Contrato, así como la suspensión injustificada de los

trabajos por parte de “EL CONTRATISTA”, da derecho a su

rescisión inmediata sin responsabilidad para “ EL GOBIERNO”,

además de que se le haga efectiva la garantía otorgada para el

cumplimiento de las obligaciones de este Contrato. Para tales efectos

se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 74 de la Ley de

Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de

Chihuahua.

“EL GOBIERNO” podrá dar por terminado anticipadamente el

presente contrato por razones de interés general, porque existan

causas justificadas que impidan la continuación de los trabajos, y en

su caso, se demuestre que de continuar con las obligaciones

pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio al Estado, para tales

efectos se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 73 de

la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del

Estado de Chihuahua.

DECIMA SEXTA:

“EL GOBIERNO” con fundamento en el Artículo 71 de la Ley de

Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de

Chihuahua, designa al Director General de Administración de la

Secretaría de Finanzas y Administración, para que en caso de

suspensión temporal, terminación anticipada o rescisión en todo o en

Page 62: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

62

parte de la obra, sea dicho funcionario quién ejerza las facultades

otorgadas en dicho artículo.

DECIMA SÉPTIMA:

Las partes se obligan a sujetarse estrictamente en la ejecución de la

obra objeto de este Contrato, a todos y cada una de las cláusulas del

mismo, así como a los términos de referencia, lineamientos,

procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obra Pública y

Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Chihuahua, y

demás Normas y Disposiciones Administrativas que sean aplicables.

DECIMA OCTAVA:

Al recibirse la totalidad de los trabajos o parte de ellos, se formulará

el finiquito correspondiente, a fin de determinar el saldo a favor o a

cargo de “EL CONTRATISTA”. Si existen responsabilidades en

contra de éste, se deducirá del saldo a su favor, pero si no lo

hubiese, “EL GOBIERNO” hará efectiva la fianza para el

cumplimiento de las obligaciones de este Contrato, en la medida que

proceda.

DECIMA NOVENA:

Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y

cumplimiento de este Contrato, serán resueltas mediante el Juicio de

Oposición previsto en el Código Fiscal del Estado, por lo que “EL

CONTRATISTA” renuncia al fuero que pudiera corresponderle en

razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa y

se somete expresamente a la jurisdicción y competencia de los

Tribunales del fuero común de la Ciudad de Chihuahua. Chih.

Ambas partes resolverán de común acuerdo las discrepancias

futuras y previsibles, sobre problemas específicos de carácter técnico

y administrativo.

Page 63: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

63

VIGÉSIMA:

El presente Contrato, sus anexos, la bitácora de los trabajos y la

documentación que se genere en el período de ejecución de la obra,

son los instrumentos que vincularán a las partes en sus derechos y

obligaciones.

El presente Contrato se firma en la Ciudad de Chihuahua, Chih. el día 23 de Junio

de 2015.

“EL CONTRATISTA”

CONSTRUCCIONES PROFESIONALES S.A. DE C.V. DE R.L.

C. LUIS GONZALEZ GONZALEZ

REPRESENTENTE LEGAL

“EL GOBIERNO”

LIC. JOSÉ PÉREZ PÉREZ

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

Page 64: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA FACULTAD DE … DE... · 2016. 3. 17. · materia obra y adquisiciones por lo que la Ley vigente se denomina Ley de Adquisiciones Arrendamientos

64

B I B L I O G R A F Í A

1. Delgadillo Gutiérrez, Luis Humberto, Elementos de Derecho Administrativo,

Edit. Limusa, México.

2. Fraga, Gabino, Derecho Administrativo, Edit. Porrúa, México.

3. Fernández Ruiz, Jorge, Derecho Administrativo, Edit. Porrúa, México.

4. Garrido Falla, Fernando, Tratado de Derecho Administrativo, Edit. Tecnos,

México.

5. Guerrero Orozco, Omar, Teoría Administrativa del Estado, Edit. Oxford,

México.

6. Serra Rojas, Andrés, Derecho Administrativo, Edit. Porrúa, México.