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IESTP "MNB" INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “MANUEL NÚÑEZ BUTRÓN” UNIDAD DIDACTICA: Juliaca – Perú 2015 MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 M O F

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IESTP "MNB" Manual de Organización y Funciones 2015

INSTITUTO DE EDUCACIÓN

SUPERIOR TECNOLÓGICO

PÚBLICO

“MANUEL NÚÑEZ BUTRÓN”

UNIDAD DIDACTICA:

UNIDAD DIDACTICA:

Juliaca – Perú 2015

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES 2015

MO F

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IESTP "MNB" Manual de Organización y Funciones 2015

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES FINALIDAD

Artículo 1. El Manual de Organización y Funciones, es un documento normativo

que tiene por finalidad delimitar y precisar las funciones generales y específicas que

orienten el buen funcionamiento del Instituto de Educación Superior Tecnológico

Público “Manuel Núñez Butrón”, acorde a nuestra realidad Institucional.

NATURALEZA

Artículo 2. El Instituto de Educación Superior Tecnológico Publico Manuel Núñez

Butrón, es una Institución encargada de formar profesionales técnicos altamente

calificados en las Carreras Profesionales que oferta, relacionado con las actividades

económicas, productivas y de servicios, que constituyen el desarrollo en el marco

del proceso de descentralización y regionalización del País.

Artículo 3. El Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Manuel Núñez

Butrón, es una Institución Estatal, creado y sostenido por el Estado a través del

Ministerio de Educación. Depende de la Dirección Nacional de Educación Superior

y Técnico Profesional (DINESUTP) en el aspecto Técnico Pedagógico y de la

Dirección Regional de Educación de Puno, en lo Administrativo.

BASE LEGAL

Artículo 4. Su elaboración y ejecución se sustenta:

Constitución Política del Perú - Ley Nº 28044 Ley General de Educación.

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IESTP "MNB" Manual de Organización y Funciones 2015

Ley Nº 29394 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior.

Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Ley Nº 24029-25212 Ley del Profesorado y su modificatoria.

Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos; modificado por Decreto Legislativo Nº 1029.

D. L. Nº 276 Ley de la Carrera Administrativa.

D. L. Nº 11377 Estatuto y Escalafón del Servicio Civil.

D. S, Nº 004-2010-ED Reglamento de la Ley Nº 29394 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior.

D. S. Nº 19-90-ED Reglamento de la Ley del Profesorado

D. S. Nº 005-90-PCM Reglamento de la Carrera Administrativa

D. S. Nº 028-2007-ED Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas.

D. S. Nº 039-85-ED Reglamento Especial de Docentes de Educación Superior. - R. M. Nº 023-2010-ED, Plan de Adecuación de los Institutos y Escuelas de Educación Superior a la Ley Nº 29394.

R. M. Nº 738-85-ED Normas para la Programación, Ejecución y Evaluación de las Prácticas Profesionales de los I. S. T.

R. M. Nº 0237-2009-ED, Ampliar la aplicación del Nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica. - R. D. Nº 776-88-ED Sistema de Evaluación Académica de los I. S. T. - R. D. Nº 0896-2006-ED Aprueba el Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica.

R. D. Nº 0107-2010-ED, Aprueba el Reajuste de la estructura del Nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica.

Artículo 5. El presente Manual de Organizaciones y Funciones determina la

estructura orgánica y funciones del Personal del Instituto de Educación Superior

Tecnológico Público Manuel Núñez Butrón. Constituye un instrumento de apoyo a

la gestión administrativa y académica que sirve de norma y guía a los órganos

internos y personal del Instituto, para el mejor cumplimiento de sus funciones.

ALCANCE

Artículo 6. Órgano de Dirección, Jefaturas de Unidades - Coordinadores, Docentes,

Administrativos y Consejo de Estudiantes.

OBJETIVOS

Artículo 7. Son objetivos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público

Manuel Núñez Butrón

a) Formar Profesionales Técnicos de Nivel Superior con basamiento científico, humanistas capaces de crear, seleccionar, adecuar y utilizar tecnologías

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IESTP "MNB" Manual de Organización y Funciones 2015

para atender las necesidades del desarrollo económico, social y cultural del área de influencia.

b) Propiciar el desarrollo de la pequeña y mediana empresa, así como la actividad productiva y de servicio a través de las Carreras que ofertamos.

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IESTP "MNB" Manual de Organización y Funciones 2015

CAPITULO II

DE LAS FUNCIONES BASICAS Y ESTRUCTURA ORGANICA

Artículo 8. De la Estructura Orgánica

La estructura organizacional del IESTP”MNB” de Juliaca, que orienta las

acciones académicas y administrativas, es la siguiente:

ÓRGANO DE DIRECCIÓN

Consejo Directivo

Dirección General

ÓRGANO DE LÍNEA

Unidad Académica

Áreas Académicas

ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

Consejo Institucional, Órgano de asesoramiento de la Dirección General

Consejo Consultivo, Órgano de asesoramiento del Consejo Directivo

ÓRGANO DE APOYO

Unidad Administrativa

Secretaría Académica

Unidad de Producción

ÓRGANO PARTICIPATIVO

Asamblea Institucional.

Artículo 9. Del Organigrama Estructural

El organigrama estructural correspondiente al artículo precedente, es el

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siguiente:

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Área Académica

de Enfermería

Técnica

Área Académica

Tec. en Prótesis

Dental

Área Académica

Laboratorio

Clínico

Área Académica

Explotación de

Minas

Área Académica

Mecánica

Automotriz

Docentes de

Formación

Transversal

Área

Académica

Mecánica de

Producción

Área

Académica

Secretariado

Ejecutivo

Área

Académica

Computación e

Informática

Área

Académica

Contabilidad

I y II

UNIDAD

ACADÉMICA

UNIDAD DE

ADMINISTRACIÓN

Servicios

Estudiantiles

SECRETARIA

DIRECCIÓN

DIRECTOR GENERAL

CONSEJO INSTITUCIONAL

Secretaria

Académica

CONSEJO DIRECTIVO

CONSEJO CONSULTIVO

Unidad de

Producción

ASAMBLEA

INSTITUCIONAL

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Docentes Docentes Docentes Docentes Docentes Docentes Docentes Docentes Docentes

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IESTP "MNB" Reglamento Institucional 2015

CAPITULO III

FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

Artículo 10. De Las funciones del Órgano de Dirección

Del Consejo Directivo

El Consejo Directivo está compuesto por:

1. El Director General, quien lo preside.

2. El Jefe de la Unidad Académica.

3. Los Jefes de las Áreas Académicas.

4. El Secretario Académico.

5. El jefe de la Unidad de Producción.

6. Jefe de la Unidad de Administración.

Son funciones del Consejo Directivo aprobar y dirigir la ejecución en todos sus

alcances y asumiendo la responsabilidad, del desarrollo del Proyecto Educativo

Institucional; y del Presupuesto Anual de la institución; asimismo, administra y

convoca a los concursos de admisión y personal, aprueba los documentos de

gestión, aprueba el informe de la memoria anual del director general.

Los integrantes que conforman el consejo directivo podrán obtener una

compensación de acuerdo a las labores extraordinarias realizadas fuera del horario

de trabajo, previa evaluación de los participantes.

De la Dirección General

El Director General es el representante legal del IESTP “Manuel Núñez Butrón”

Juliaca, y tiene las siguientes funciones:

1. Ejecutar las disposiciones emanadas del Consejo Directivo.

2. Elaborar, en coordinación con el Consejo Directivo, el proyecto de presupuesto anual

3. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo institucional y del presupuesto.

4. Dirimir en caso de empate, las decisiones adoptadas por el consejo Directivo y el Consejo Institucional.

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5. Planificar, gestionar, supervisar y evaluar la marcha institucional con la participación de la comunidad educativa.

6. Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias a los integrantes del Consejo Institucional.

7. Firmar convenios, con la previa opinión favorable del Consejo Directivo, con entidades, organizaciones o agencias de cooperación internacional, siempre y cuando se respete la finalidad formativa, la normatividad que rige a dichas entidades y redunde en beneficio de la formación técnica y profesional que ofrece el Instituto.

8. Dirigir y participar en la formulación del Proyecto Educativo Institucional (PEI), Plan Anual de Trabajo (PAT), Reglamento Institucional (RI), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), Plan de Supervisión y Monitoreo, Plan de Capacitación Docente y Administrativo, Manual de Procedimientos Administrativos, Plan de Mantenimiento de Infraestructura Maquinarias y Equipos, Memoria Anual de Gestión, Plan de Prácticas Pre-Profesionales, Plan de Seguimiento de Egresados, así como Programas, Presupuestos, Normas y Políticas del IESTP“MNB”J.

9. Autorizar visitas de estudio y proyección social a nivel local, regional y nacional; coordinando acciones para el permiso a nivel nacional y el extranjero de acuerdo a las normas específicas.

10. Convocar y presidir la Asamblea de Sistema ordinaria del IESTP“MNB”J, una vez al mes y extraordinaria cuando la necesidad lo amerite.

11. Otorgar y dar trámite a las licencias solicitadas, cuando la licencia sea de 30 o más días, convocar el reemplazo de acuerdo a normas vigentes.

12. Presentar la propuesta del Presupuesto del Instituto a la autoridad competente, en coordinación y previa aprobación del Consejo Directivo..

13. Autorizar el uso eventual de los ambientes, equipos y campos deportivos de la institución, solicitados por terceros de acuerdo a disposiciones vigentes.

14. Promover alianzas estratégicas con entidades públicas y privadas, con la finalidad de intercambiar experiencias, realizar negocios y obtener recursos financieros, para el logro de los objetivos y fines institucionales.

15. Reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal que labora en el IESTP”MNB”J por acciones excepcionales en favor de la institución mediante oficios, resoluciones, diploma de méritos y otros.

16. Establecer, promover y cultivar las buenas relaciones interculturales, contribuyendo al mantenimiento de un clima institucional favorable para el proceso de enseñanza-aprendizaje y socialización. .

17. Presentar al Consejo Directivo para su aprobación el Plan Anual de Trabajo (PAT), el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y el Presupuesto Operativo Anual de acuerdo a normas establecidas por la superioridad, comunicando a la Asamblea de Sistema.

18. Aprobar el calendario Académico Anual del IESTP“MNB”J.

19. Rubricar y expedir Certificados de Estudios y Títulos de Profesionales Técnicos a Nombre de la Nación, a quienes hayan concluido sus estudios y reúnan los requisitos que se señalan en el reglamento correspondiente.

20. Informar trimestralmente a la Asamblea de Sistema sobre la gestión financiera y presupuestaria con los documentos probatorios respectivos.

21. Disponer la suspensión parcial o total de las actividades académicas tomando en cuenta las normas legales pertinentes, cuando se susciten situaciones excepcionales que pongan en peligro la integridad personal y patrimonial del Instituto previo acuerdo del Consejo Directivo), informando a la Dirección Regional de Educación de Puno.

22. Proponer y gestionar a la Dirección Regional de Educación los requerimientos de incremento de personal, mobiliario y equipos en función a las necesidades del servicio educativo.

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23. Podrá delegar en Asamblea Institucional la conformación de la Comisión Central de Admisión y aprobar la misma por Resolución Directoral.

24. Cumplir otras funciones inherentes a su cargo y las que le sean delegadas por la Autoridad Superior.

Artículo 11. De Los Órganos De Asesoramiento

1. Del Consejo Consultivo

Es un órgano de asesoramiento ad honorem del Consejo Directivo.

Su composición, estará conforme al artículo 37º de la Ley N° 29394.

Lo preside el Director General, quien lo convoca por lo menos 2 veces al año.

Sus funciones son:

a. Proponer nuevos perfiles profesionales o la modificación de los existentes, considerando los lineamientos dados en los DCDN.

b. Apoyar y fortalecer alianzas para realizar prácticas pre profesionales y el desarrollo institucional.

2. Del Consejo Institucional.

Está integrado por:

a) El Director General, quien la preside. b) Jefe de la Unidad Académica, c) Jefes de las Áreas Académicas, d) El Secretario Académico. e) El jefe de la Unidad de Producción. f) Jefe de la Unidad de Administración. g) Un representante de los estudiantes, h) Un representante de los docentes. i) UN representante del personal administrativo

Son funciones del Consejo Institucional las siguientes:

a. Evaluar el Proyecto Educativo Institucional.

b. Opinar sobre los criterios de autoevaluación del IESTP”MNB”

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c. Proponer al Consejo Directivo la creación, fusión o supresión de Carreras para la tramitación correspondiente.

d. Proponer las adecuaciones y ajustes de las normas de organización interna y de los lineamientos de política Educativa Institucional.

e. Proponer las comisiones de control, concursos y procesos.

f. Resolver en última instancia, los procesos disciplinarios de los estudiantes, y otros que señale su reglamento.

3. La Asamblea Institucional

Es un órgano de carácter participativo y concertativo, es convocado por Director

General y lo conforman el personal docente, administrativo, jerárquico, directivo

y estudiantes.

Su función es opinar, proponer y sugerir en asuntos académicos y administrativos

para la toma de decisiones con eficiencia y eficacia que pueda realizar el Consejo

Directivo para la buena gestión Institucional. Los actos acordados deberán constar

en acta.

Artículo 12. De los Órganos de Apoyo

El órgano de Apoyo, está constituida por: Secretaría de Dirección, Jefatura de la

Unidad Administrativa, Secretaría Académica; dependen del Director General y

son responsables del personal a su cargo.

1. Secretaría de Dirección:

Sus funciones son:

a. Recepcionar, foliar, registrar, clasificar, distribuir, controlar y archivar la documentación que ingrese y la que se genere en la Dirección General.

b. Redactar y digitar los diferentes documentos administrativos que le asigne el Director General.

c. Recepcionar y orientar al público que solicite entrevista con el Director General. d. Llevar el registro y control de la agenda de actividades oficiales de la Dirección

General. e. Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes de la

Dirección General y de los que están a su cargo. f. Mantener actualizado el inventario de bienes de la Dirección General y de los

que está a su cargo. g. Recepcionar y responder las llamadas telefónicas, fax, e-mails y páginas webs

de la institución, en coordinación estrecha con la Dirección General. h. Mantener actualizado el Directorio Institucional.

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i. Informar y orientar a los usuarios sobre el estado de trámite y gestiones emprendidas.

j. Conservar el archivo general de los documentos oficiales de la institución en todas sus formas.

k. Cumplir otras funciones y actividades que el Director General le asigne.

2. Secretaría Académica:

Es el órgano de apoyo directo a la Dirección General y de la Jefatura de la Unidad

Académica del Instituto, está a cargo del Secretario Docente; cumple las funciones

siguientes:

1. Elaborar el Plan de Trabajo de su área.

2. Administrar el proceso de matrícula y todas las acciones relativas al registro académico de los estudiantes.

3. Preparar oportunamente y bajo responsabilidad las nóminas oficiales de alumnos matriculados y los registros de evaluación.

4. Elaborar, en forma virtual y físico, las actas de evaluación semestral, recuperación, cargo, repitencia, subsanación, evaluación extraordinaria y convalidación.

5. Organizar y tramitar el proceso de titulación profesional de los egresados.

6. Expedir certificados de estudios, constancias de matrículas, vacantes, culminación de estudios y otros en coordinación con el Director General.

7. Refrendar diplomas y certificados expedidos por el Instituto y autenticar sus copias.

8. Organizar el archivo de la Secretaría Académica.

9. Organizar y ejecutar las matrículas de los alumnos ingresantes y la ratificación de los estudiantes regulares.

10. Hacer llegar al Director General, en forma oportuna, los documentos académicos para ser elevados al órgano correspondiente.

11. Organizar y administrar los servicios de registro académico y de evaluación del estudiante.

12. Llevar al día los Registros de Títulos Profesionales, y de Certificaciones Modulares.

13. Elaborar y sistematizar la base de datos estadísticos virtual y físico sobre: postulantes, ingresantes, alumnos matriculados, retirados, orden de mérito, número de titulados.

14. Alcanzar al responsable de la página Web del Instituto permanentemente sobre la situación académica de los estudiantes.

15. Actuar de Fedatario de la Institución.

16. Otras que le asigne la Dirección General

2.A. Área de Trámite Documentario, Títulos

Sus funciones son las siguientes:

1) Ejecutar la recepción y tramitación de toda correspondencia oficial y del público en general, a través de la mesa de partes del Instituto, realizando

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su registro en el libro correspondiente y efectuar su distribución en el día a las oficinas que corresponden.

2) Conservar y mantener actualizados los archivos físicos y virtuales que están a su cargo.

3) Organizar los expedientes para la expedición de títulos profesionales. 4) Organizar y ejecutar los actos de ceremonia de entrega de títulos en

coordinación con el Secretario Académico, Jefe de la Unidad Académica y Jefes de Áreas Académicas.

5) Efectuar acciones de imagen institucional de la Oficina de Secretaría Académica.

6) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas.

7) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas.

8) Cumplir otras funciones que le encomiende su jefe inmediato superior

2.B. Área de Actas y Archivos

Sus funciones son:

1) Procesar los documentos de matrícula regular y extemporánea de los estudiantes.

2) Procesar los documentos de inscripción y matrícula de traslados internos y externos de los estudiantes.

3) Analizar y clasificar información de su competencia, referente a los traslados, exámenes teórico prácticos provenientes del entorno institucional, según la normatividad vigente.

4) Efectuar trámite y procesar información de cierta complejidad de su competencia y en asuntos de la unidad de actas y archivos.

5) Coordinar y verificar las asignaturas de evaluación extraordinarias con el Jefe del Área de Secretaria General.

6) Mantener actualizado y organizar archivos de actas de evaluación promocional, repitencia, recuperación, cargo, extraordinaria, convalidación, prácticas profesionales y pre-profesionales, examen teórico práctico y los proyectos productivos o de servicio relacionados con determinada Carrera Profesional.

7) Consolidar semestralmente las actas de evaluación y formulación de cuadros estadísticos de rendimiento académico.

8) Elaborar estadísticas académicas de los estudiantes referentes a matrículas por semestre e índices de: retirados, aprobados, desaprobados, egresados, y titulados por carreras profesionales.

9) Preparar la expedición de constancias académicas autorizadas por el Jefe del Área de Secretaria Académica.

10) Coordinar con el Área de Certificados sobre la emisión de certificados oficiales.

11) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas.

12) Cumplir otras funciones que encomiende su jefe inmediato e instancia superior.

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2.C. Área de Certificados

Sus funciones son:

1) Recepcionar y verificar los documentos concernientes a la expedición de Certificados de Estudios.

2) Elaborar Certificados de Estudios en el día según el registro cronológico de ingreso de la solicitud.

3) Organizar y llevar el archivo de documentos clasificados de los certificados de estudios.

4) Elaborar los Certificados de acreditación Modular de las Carreras Profesionales que oferta el Instituto.

5) Velar por la seguridad interna y conservación de documentos, mantenimiento y buen uso de los bienes y materiales a su cargo.

6) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas oportunamente.

7) Apoyar en otras tareas afines a su cargo a la Sub Dirección Académica. 8) Cumplir otras funciones que le encomiende su jefe inmediato.

3. De la Unidad Administrativa

Sus funciones son:

a. Elaborar el Plan de Trabajo de la Unidad Administrativa.

b. Adecuar a la realidad institucional el texto único de procedimientos administrativos.

c. Planificar, coordinar, ejecutar y controlar la administración de los bienes y materiales, así como los recursos financieros y económicos.

d. Aplicar las normas y procedimientos técnicos de personal, contabilidad, abastecimientos y tesorería.

e. Elaborar el presupuesto anual de la institución y presentarlo ante el Consejo Directivo para su aprobación.

f. Informar periódicamente a la Dirección General de la situación financiera de la institución.

g. Elaborar el plan logístico de la institución de acuerdo a normas generales.

h. Programar y controlar los servicios de mantenimiento, reparación, conservación, seguridad de los bienes, muebles y equipos.

i. Proporcionar el apoyo logístico a las actividades académicas y administrativas del Instituto, proveyéndoles de los recursos materiales y financieros necesarios para realizar el monitoreo de las prácticas.

j. Publicar mensualmente la ejecución presupuestal.

k. Elaborar el inventario general de los bienes de la Institución al término del año lectivo e informar a la Dirección General.

l. Otras que le asigne la Dirección General.

m. Designar al responsable del manejo y administración del fondo para pagos en efectivo y/o fondo fijo para caja chica.

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3.a. Área de Contabilidad y Presupuesto

Sus funciones son:

1) Programa, formular, aprobar el presupuesto inicial de apertura (PIA) y evaluar los recursos financieros, provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios (RO), Recursos Directamente Recaudados (RDR), en coordinación con la unidad ejecutora para la aprobación del PIA.

2) Formular y consolidar la ejecución presupuestaria de la institución a nivel de asignaciones específicas, genéricas y fuentes de financiamiento, en coordinación con todos los sistemas de Administración, así como con las diferentes unidades y áreas académicas.

3) A las asignaciones presupuestarias del PIA, proponer las modificaciones presupuestarias, en concordancia a las necesidades no programadas o requerimientos reales de la Institución.

4) Coordinar con el responsable de Tesorería, abastecimientos y el Jefe de la Unidad de Administrstiva, para la correcta formulación de la información mensual de captación y ejecución de gastos, así como sus correspondientes anexos y hojas de trabajo.

5) Efectuar coordinaciones del avance presupuestario y financiero con el responsable de Tesorería.

6) Planear, organizar, ejecutar y controlar la correcta aplicación de las normas generales del sistema de contabilidad gubernamental aprobadas para una correcta administración de los Recursos Directamente Recaudados y otros fondos.

7) Organizar el sistema de archivo de los documentos fuentes, sustentatorios del Ingreso y Egreso de la institución.

8) Elaborar y tramitar documentos contables y presupuestarios de la Institución a instancias superiores, de acuerdo a las normas legales vigentes.

9) Revisar la documentación en general para su pago, previa autorización superior.

10) Registrar las operaciones del movimiento mensual en los libros principales y auxiliares.

11) Organizar y supervisar el proceso de control patrimonial. 12) Cumplir con las obligaciones tributarias que corresponden a la Institución. 13) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. 14) Cumplir otras funciones que le asigne su Jefe inmediato.

3.b. Área de Tesorería

Sus funciones son:

1) Planear, organizar, dirigir y controlar la administración de los recursos financieros de la Institución, de acuerdo con las normas del procedimiento de pagos del tesoro público, normas del sistema de tesorería y normas técnicas de control interno para el área de tesorería, de los recursos de RO y RDR.

2) Recepcionar y registrar todos los fondos por diferentes conceptos que ingresan a la institución, otorgando los correspondientes comprobantes de pago por cada pago realizado por el usuario, en concordancia con el principio de unidad de caja.

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3) Llevar al día el archivo de tesorería y presentar el Libro de Caja, cuando lo soliciten.

4) Llevar el libro caja y bancos al día 5) Emitir los comprobantes de pago y tramitarlos para su ejecución. 6) Elaborar y visar informes del movimiento de fondos de Ingresos y Egresos. 7) Depositar los ingresos captados en los plazos establecidos en coordinación

con la unidad ejecutora, bajo responsabilidad. 8) Mantener en custodia los documentos valorados. 9) Remitir la documentación derivado del movimiento de Ingresos y Egresos a la

unidad de contabilidad para su registro oportuna 10) Preparar un consolidado codificado de los RDR, en forma diaria, semanal y

mensual de los ingresos de fondos a caja. 11) Efectuar el pago por diferentes obligaciones con cheques girados por la

DREP, o en efectivo previa autorización del Jefe de la Unidad de Administración y/o Director General.

12) Proponer y actualizar permanentemente el TUPA Institucional conforme a normas legales.

13) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas oportunamente.

14) Cumplir otras actividades que le asigne el Jefe de la Unidad de Administración o el Director General.

3.C. Del Área de Abastecimientos y Patrimonio

Sus funciones son:

1) Consolidar y elaborar el cuadro de necesidades de bienes y servicios para el cumplimiento de los objetivos y fines Institucionales.

2) Salvaguardar los bienes de la Institución: herramientas, materiales y equipos de oficina, unidades vehiculares, laboratorios, talleres, mobiliario, infraestructura y otros muebles e inmuebles.

3) Proporcionar oportunamente los materiales de enseñanza, oficina y limpieza; así como los requeridos en los servicios de biblioteca, transporte, servicios higiénicos, comedor estudiantil, fotocopias y otros.

4) Verificar la conservación adecuada, oportuno mantenimiento y reparaciones de los bienes muebles e inmuebles del Instituto.

5) Verificar las instalaciones y servicios que se carece, ejecutando programas preventivos y correctivos para su conservación.

6) Mantener un stock mínimo de materiales de oficina, repuestos y otros de uso permanente.

7) Dotar de las condiciones y facilidades logísticas a las diferentes dependencias del Instituto: Infraestructura y equipamiento adecuado, abastecimiento de materiales e insumos, mantenimiento preventivo y correctivo, ornato, así como de los recursos orientados a la consecución de los objetivos institucionales.

8) Formular el Plan Anual de Adquisiciones y contrataciones, alcanzando al Área de Presupuesto para la formulación del Presupuesto Institucional de Apertura por la fuente de financiamiento de RDR

9) Ejecutar procesos de programación y adquisición de materiales, mobiliario, herramientas, etc., acordados en el Consejo Directivo.

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10) Ejecutar las adquisiciones de los bienes y servicios programados, conforme a los procedimientos establecidos por la unidad ejecutora en fechas y plazos establecidos.

11) Llevar el inventario de los bienes muebles e inmuebles de la institución al día formulando el inventario anual correspondiente y presentarlo oportunamente al Jefe de la Unidad de Administración.

12) Proponer Sistemas de Información y manejo de instrumentos administrativos de manera computarizada relacionados al área de abastecimientos, para su implementación.

13) Emitir informes técnicos sobre la conservación de la infraestructura, maquinarias, vehículos, servicios básicos y otros.

14) Proponer a la Unidad de Administración, Dirección General y Consejo Directivo, la conformación del Comité permanente de Alta y Bajas, y otras de su competencia.

15) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas oportunamente.

16) Cumplir otras funciones que le designe la Unidad Administrativa y la Dirección General.

3.C1. Chofer

Sus funciones son:

a) Conducir vehículos motorizados livianos o pesados para transporte urbano de personal y/o estudiantes del instituto, de uso exclusivo de servicio oficial.

b) Realizar labores de limpieza, mantenimiento y reparaciones de los vehículos.

c) Informar periódicamente al Jefe de la Unidad de Administración sobre el estado de conservación de los vehículos.

d) Efectuar viajes locales e interprovinciales debidamente autorizadas con hoja de viaje, según sea la necesidad institucional.

e) Apoyar en labores de carga, descarga y almacenamiento de los materiales portados en el vehículo, cuando así se requiera.

f) Registrar en la libreta de control de vehículos los antecedentes de consumo de combustible, reparaciones, cambio de aceite y otros (BITACORA).

g) Guardar los vehículos en un lugar aparente y horario establecido. h) Inspeccionar bajo su responsabilidad el vehículo diariamente antes de

ponerlo en marcha. i) Realizar los cobros por el servicio de transporte, emitiendo el boletaje

respectivo y efectuar el depósito en forma diaria, bajo responsabilidad. j) Informar oportunamente y solicitar la realización del mantenimiento

mecánico de las movilidades a su cargo, cuando así se requiera. k) Mantener en orden la documentación pertinente de los vehículos del

IESTP”MNB”J. l) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. m) Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe de Administración o Director

General.

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3.C2. Trabajador de Servicio

Son funciones de personal de servicio las siguientes:

a) Realizar la limpieza y desinfección diaria de los ambientes, vajilla, enseres, mobiliario y similares.

b) Realizar tareas de mantenimiento del local de la institución. c) Recibir y distribuir documentos, materiales en general, trasladar, acomodar

muebles y otros. d) Impedir la salida de útiles, enseres, paquetes, documentos oficiales,

herramientas, equipos u otros activos de la Institución, sin previa autorización de la Dirección General y el Jefe de la Unidad de Administración.

e) Impedir el ingreso de personas ajenas a la Institución fuera de las horas de clase y días no laborables.

f) Cautelar la conservación y el buen uso de servicios higiénicos, energía eléctrica y agua.

g) Vigilar que el mobiliario no sea desplazado de un lugar a otro sin autorización del Departamento de Administración.

h) Operar motores y accesorios de luz, agua y desagüe de manejo sencillo. i) Refaccionar los muebles, mobiliario e infraestructura de mal estado de

conservación. j) Refaccionar los muebles y mobiliario de mal estado de conservación. k) Arreglar, cuidar y conservar los jardines y áreas verdes de la Institución. l) Responder por la pérdida o sustracción de los bienes y enseres de la

Institución. m) Realizar tareas de vigilancia de toda la Institución durante el turno que se

le asigne. n) Elaborar informes y llevar el parte diario de ocurrencias correspondientes

a su función. o) Custodiar locales y los bienes que existen en el interior del Instituto de

acuerdo a las condiciones de seguridad y control programadas. p) Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como de las

maquinarias, equipos, materiales y vehículos de la Institución. q) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. r) Cumplir otras funciones y actividades que le asigne el Director General o

el Jefe de la Unidad de Administración.

3.D. Área de Personal

Sus funciones son:

2) Controlar y verificar la asistencia del personal en forma diaria.

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3) Organizar y mantener actualizado la hoja de control de asistencia. 4) Formular e informar al jefe de la Unidad de Administración el consolidado de

asistencia mensual. 5) Elaborar oportunamente el cuadro del rol de vacaciones. 6) Elaborar informes escalafonarios internos. 7) Organizar y mantener actualizado el archivo de files del personal. 8) Efectuar mensualmente el informe del record de asistencias para los

descuentos mensuales que deben incluirse en la planilla de pagos. 9) Publicar los dos primeros días del mes siguiente las inasistencias registradas

por el personal para su descargo. 10) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. 11) Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe de la Unidad de Administración.

3.E. Área de Informática y Estadística

Son funciones son:

1) Planificar, programar, gestionar, actualizar y controlar las actividades relacionadas con el uso y manejo de los sistemas de información, computación y red telemática del Instituto desarrollando un centro que viabilice el flujo de información, garantizando un servicio eficiente y eficaz.

2) Analizar, diseñar, programar y/o adaptar sistemas de información computarizados, para el logro de los fines y objetivos, obteniéndose reportes con resultados e indicadores.

3) Mejorar permanentemente los instrumentos de gestión y de operación computarizado, acorde a las necesidades del Instituto.

4) Organizar, implementar, monitorear, administrar el uso, mantenimiento, seguridad y evaluación adecuados del funcionamiento de la red telemática.

5) Elaborar propuestas y proyectos para solicitar apoyo financiero de organismos cooperantes nacionales e internacionales y del sector privado local, regional y nacional, que permita implementar la educación virtual y a distancia, servicios empresariales y de mejora de la red.

6) Apoyar, programar, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo de producción de materiales multimediales para la educación en eventos, tele conferencias o similares.

7) Planificar, organizar y ejecutar eventos de capacitación en el manejo informático y computarizado para el personal del Instituto, orientado a la mejora del nivel académico.

8) Asesorar a la Dirección General, Jefe de Unidad Académica y Administrativa y Consejo Educativo Institucional (CONEI) en lo concerniente a la adquisición de tecnología incorporada en maquinarias, equipos computarizados y otras materias de su competencia.

9) Realizar la atención adecuada y de calidad a los usuarios del servicio de Internet.

10) Cumplir con eficiencia las acciones de la administración y actualización de la página Web del instituto.

11) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas oportunamente.

12) Cumplir otras funciones que le designe el Jefe de Unidad de Administración, Jefe de Unidad Académicas y Dirección General.

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13) Planificar, organizar, ejecutar y controlar las estadísticas académicas y administrativas que requiera la Dirección General del Instituto.

4. Unidad de Producción y Desarrollo Empresarial

Sus funciones son:

1) Promover la elaboración de Proyectos Productivos y Empresariales 2) Coordinar con el Comité de Gestión de Recursos Propios y actividades

productivas y empresariales para formular el Plan de actividades productivas y empresariales.

3) Coordinar, organizar, dirigir, controlar y supervisar la ejecución de las actividades productivas y empresariales

4) Programar, organizar, dirigir, controlar y supervisar la ejecución de las actividades productivas y empresariales.

5) Supervisar y viabilizar el cumplimiento del control de calidad en los proyectos productivos de bienes o servicios.

6) Coordinar y apoyar las acciones de conservación, mantenimiento y reparación de equipos y maquinarias del IESTP.

7) Informar sobre los avances y resultados de la ejecución de los proyectos de producción empresariales y procesos de comercialización

8) Gestionar la participación del personal en las actividades productivas y empresariales.

9) Remitir a la instancia correspondiente los requerimientos para las actividades productivas y empresariales.

10) Promover la transferencia tecnológica en las líneas de producción existentes en el IESTP.

11) Seguimiento a las actividades de proyección social. 12) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. 13) Cumplir otras funciones que le asigne el Director General.

Artículo 12. Del Órgano de Línea

1. De la Unidad Académica

Sus funciones son:

a. Planificar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades académicas, en coordinación con los Jefes de las Áreas Académicas.

b. Supervisar la aplicación de la normatividad técnico pedagógica correspondiente.

c. Promover el mejoramiento de la calidad profesional de los docentes de la Institución.

d. Se encarga del seguimiento de las investigaciones del docente.

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e. Establecer, promover y cultivar las buenas relaciones interpersonales; contribuyendo al mantenimiento de un clima institucional favorable para el proceso de enseñanza – aprendizaje y formativo de los estudiantes.

f. Coordinar con la Jefatura de la Unidad Administrativa los mecanismos pertinentes (Impresiones, publicaciones, copias, etc.) para la producción intelectual, garantizando la calidad de los materiales educativos que se produzcan.

g. Coordinar con el equipo de tutores y delegados de aula para el mejoramiento académico.

h. Supervisar, monitorear y evaluar las actividades académicas.

i. Presentar el informe de las actividades educativas programadas al finalizar el año académico, previo informe de las jefaturas de Área correspondientes.

j. Aprobar la distribución de la carga horaria, la misma deberá ser elevado a la Dirección General para su ratificación u observación, instancia que elevará el informe a la superioridad.

k. Reemplaza al Director General en su ausencia.

l. Participar en la formulación, ejecución y evaluación del plan de trabajo Anual.

m. Orientar a los jefes de Área y docentes en la aplicación de normas de evaluación académica implementándolas con sus respectivos documentos.

n. Ejecuta el Plan de Capacitación Anual, conjuntamente con las Jefaturas de Áreas.

o. Promover la diversificación curricular de acuerdo a la realidad local, regional y nacional.

p. Orientar, apoyar y coordinar con los jefes la organización, desarrollo, monitoreo y evaluación de las prácticas pre profesionales.

q. Implementar, supervisar e informar a Dirección General el cumplimiento de las disposiciones de carácter académico.

r. Visar los planes generales y específicos de la práctica pre profesional.

s. Asesorar y evaluar la formulación de horarios y calendarios de trabajo del personal docente, jefes de área, en prácticas pre - profesionales y asesoramiento gratuito, dentro y fuera de la institución, así como Trabajos de Investigación tecnológica con fines de titulación.

t. Supervisar el buen funcionamiento del laboratorio, tópico, biblioteca, talleres y otros recursos didácticos que se utilicen en las acciones académicas.

u. Programar en coordinación con los docentes de los módulos Transversales, talleres extra curriculares.

v. Participar activamente en la formulación de los documentos de Gestión Institucional: Proyecto Educativo Institucional (PEI), Plan Anual de Trabajo (PAT), Reglamento Institucional (RI), Plan de Supervisión y Monitoreo, Plan de Capacitación Docente, Manual de Procedimientos Administrativos, Plan de Mantenimiento de Infraestructura-Equipos-Maquinarias, Plan de Prácticas Pre profesionales y Programa de Seguimiento de Egresados.

w. Revisar y visar las actas de evaluación entregados por los Jefes de Áreas Académicas dentro del lapso establecido por la normas de finalización del semestre académico.

x. Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas oportunamente.

y. Otras funciones que le asigne el Director General.

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2. De los Jefes de las Áreas Académicas

Sus funciones son:

a. Planificar, Organizar, ejecutar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades, prácticas pre profesionales y servicios académicos propios de la carrera y programas a su cargo.

b. Elaborar el Plan Anual de Trabajo del área, en coordinación con los docentes a su cargo (PAT)

c. Aplicar la normatividad técnico-pedagógica correspondiente a la carrera.

d. Mejorar la calidad profesional del equipo de profesores a su cargo.

e. Coordinar con el equipo de tutores y delegados de aula.

f. Responsable de la bolsa de trabajo.

g. Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas oportunamente.

h. Otras que le asigne el Jefe de la Unidad Académica.

3. Docentes de Formación Transversal

Sus funciones son:

a. Programar, desarrollar y evaluar actividades curriculares así como actividades de orientación, bienestar del educando y de promoción educativa comunal de acuerdo con las normas específicas emitidas vigentes para el nivel superior.

b. Evaluar el proceso de formación profesional, en forma periódica y de acuerdo a las normas establecidas para este fin, cumpliendo con la elaboración de la documentación respectiva bajo responsabilidad.

c. Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos, técnicas de trabajo educativo y material educativo; así como en las actividades de actualización profesional y comisiones de trabajos, organizados por la Institución o de las instancias superiores.

d. Proponer y ejecutar proyectos de producción, investigación, desarrollo, innovación tecnológica, y educativos.

e. Cooperar activamente con el Jefe de la Unidad Académica y el Director General en la realización de las actividades programadas.

f. Apoyar las acciones de proyección social que promueva la Institución. g. Cumplir puntualmente con la entrega de documentos técnico-pedagógicos. h. Participar en la distribución de la carga académica y la elaboración de los

horarios. i. Participar en la formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT) de su

competencia. j. Participar en el desarrollo de las acciones de promoción educativa, comunal

y cívica. k. Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. l. Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe de la Unidad Académica.

4. Docentes de Formación Profesional

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Sus funciones son:

a. Programar, desarrollar y evaluar actividades curriculares así como actividades de consejería y de promoción educativa comunal.

b. Evaluar el proceso formación profesional tecnológica, en forma periódica y de acuerdo a las normas establecidas para este fin, cumpliendo con la elaboración de la documentación respectiva bajo responsabilidad.

c. Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos, técnicas de trabajo educativo y material educativo; así como en actividades de actualización profesional y comisiones de trabajos organizados por la Institución o las instancias superiores.

d. Participar en el asesoramiento y seguimiento del estudiante y egresados e. Participar en el desarrollo, supervisión y evaluación de las prácticas pre-

profesionales. f. Participar en la formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT) de su área. g. Asesorar y orientar dentro de su especialidad los proyectos productivos

conducentes a la obtención al Título Profesional. h. Participar en los eventos, certámenes y comisiones de actualización

profesional, aportando sus experiencias en textos, informativos y otros. i. Participar en el desarrollo de las acciones de promoción educativa comunal y

acciones cívicas. j. Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes y

equipos de su Área Académica. k. Cumplir con las acciones distribuidas en su jornada laboral. l. Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. m. Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe inmediato superior.

5. Coordinación Turno II

El docente que asumirá la coordinación del turno II tendrá su carga lectiva de

acuerdo a la programación de su plan de trabajo y, las funciones serán consideradas

como carga no lectiva.

Sus funciones son:

a. Coordinar, controlar y evaluar el desarrollo de los planes curriculares de las unidades didácticas de los módulos profesionales y transversales y actividades diversas del Turno II.

b. Coordinar la programación, desarrollo y evaluación de las prácticas pre- profesionales.

c. Realizar acciones necesarias para mantener en estado operativo y de conservación de los equipos y laboratorios destinados a la formación tecnológica.

d. Coordinar, controlar e informar de la asistencia de los docentes que tienen carga horaria lectiva del Turno II.

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e. Apoyar la realización de acciones de proyección social. f. Coordinar la recepción y revisión de actas y otros documentos de evaluación. g. Apoyar en la formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT) de las Áreas

Académicas del turno II. h. Participar en la formulación del PEI de la institución. i. Coordinar y orientar a los docentes en la aplicación de normas de evaluación

académica implementándolos con sus respectivos instrumentos. j. Coordinar los horarios de clase con el Jefe de la Unidad Académica, Jefes de

las Áreas Académicas del turno II. k. Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. l. Cumplir otras funciones de su competencia que le asigne el Jefe de las Área

Académicas del turno II.

6. Asistente de taller de centro de cómputo. Sus funciones son:

a. Controlar el funcionamiento de las máquinas del Centro de Cómputo del área Académica.

b. Cuidar el orden y mantenimiento de los centros de cómputo. c. Diagnosticar causas de interrupción en el procesamiento, ejecución y control

del funcionamiento del centro de cómputo. d. Elaborar el Reglamento de uso de equipos de cómputo durante el horario de

las sesiones de aprendizaje. e. Solicitar en forma oportuna el requerimiento de material necesario para el

funcionamiento de los centros de cómputo. f. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo y cronograma de

prácticas de laboratorios de cómputo. g. Tener y mantener actualizadas estrategias antivirus. h. Tener y mantener el software necesario para el desarrollo de las labores

académicas. i. Tener y mantener los equipos de cómputo en buen estado de funcionamiento. j. Mantener un registro del uso del equipo de los centros de cómputo. k. Corregir imperfecciones y auxiliar a los alumnos sobre dudas y averías en el

funcionamiento de los equipos cuando lo necesiten. l. Permanecer en el Centro de Cómputo durante las sesiones de clase. m. Atender las contingencias en caso de corte de energía, notificando de lo

sucedido al Jefe del Área Académica.

n. Presentar un reporte semanal del uso de centro de cómputo y de fallas de los equipos.

o. Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas oportunamente.

p. Mantener actualizado el inventario físico de bienes a su cargo q. Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe del Área Académica.

7. Asistente de Taller Mecánica

Sus funciones son: a. Formular el plan anual de actividades y necesidades del Área Académica.

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b. Controlar y administrar el funcionamiento óptimo de los equipos y maquinarias de los talleres.

c. Coordinar, programar y atender la utilización racional de los equipos y maquinarias de los talleres de Mecánica, para el mejor desarrollo de la dirección del aprendizaje.

d. Velar por la conservación, mantenimiento correctivo a su alcance y limpieza constante de los bienes materiales, equipos y máquinas de los talleres a su cargo.

e. Elaborar el Reglamento de uso de maquinarias, equipos y herramientas. durante el horario de las sesiones de aprendizaje.

f. Informar periódicamente sobre el estado y conservación de las maquinarias y equipos para su mantenimiento preventivo.

g. Atender a los estudiantes y docentes de su especialidad oportunamente, con los equipos, instrumentos y herramientas existentes en el almacén.

h. Ordenar, cuidar y llevar actualizado el inventario bienes de equipos, maquinarias y otros enseres a su cargo.

i. Apoyar a las prácticas para el aprendizaje con la preparación de materiales necesarios.

j. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo y cronograma de prácticas de talleres.

k. Llevar el libro de registro de prácticas del taller. l. Llevar el cuadro de requerimiento de materiales y herramientas de

mantenimiento e implementación. m. Efectuar reparaciones de motores, máquinas y equipo mecánico diversos del

Área Académica. n. Verificar el estado de funcionamiento de los vehículos y equipos motorizados,

determinando las reparaciones necesarias de la carrera e institucional. o. Orientar en la adquisición de repuestos y mantenimiento de equipo y

maquinaria de la carrera correspondiente. p. Realizar el mantenimiento, control y revisión permanente de los circuitos

eléctricos de las máquinas, equipos y de los ambientes de la carrera e institucional

q. Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean requeridas oportunamente.

r. Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe del Área Académica. s. Mantener actualizado el inventario físico de bienes a su cargo

8. Auxiliar de Laboratorio

Sus funciones son: a. Elaborar el plan anual de actividades y necesidades de la Carrera profesional b. Conservar, mantener y dar seguridad a los módulos, equipos y gabinete. c. Realizar el mantenimiento recurrente y terminal de materiales e instrumentos

e infraestructura. d. Participar en la elaboración del plan anual de trabajo y cronograma de

prácticas. e. Elaborar el Reglamento de uso de equipos e instrumentos durante el horario

de las sesiones de aprendizaje. f. Llevar el libro de registro de prácticas, en coordinación con los docentes del

Área Académica

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g. Preparar materiales y tomar muestras en las prácticas de las sesiones de aprendizaje, en coordinación con los docentes del Área Académica

h. Realizar cálculos de costos y de la cantidad de material a utilizar en cada uno de las sesiones de prácticas.

i. Llevar el inventario de bienes actualizado de los materiales, bienes e instrumentos, registrando las altas y bajas de los mismos.

j. Permanecer en el laboratorio durante el desarrollo del proceso de la sesión aprendizaje.

k. Apoyar en las prácticas, registros de los análisis para otros fines. l. Controlar y preparar el cuadro de requerimiento de materiales, equipos y

herramientas necesarios a fin al Área Académica. m. Administrar la buena marcha de los laboratorios y clínica, durante toda su

jornada de trabajo. n. Preparar las salas, laboratorios y módulos de atención médica especializada

con el instrumental y material necesario para su funcionamiento. o. Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. p. Mantener actualizado el inventario físico de bienes a su cargo q. Realizar otras funciones que le asigne el Jefe del Área Académica

9. Bibliotecario

Sus funciones son:

1) Elaborar y ejecutar su plan de trabajo. 2) Conducir, ejecutar y controlar las acciones del funcionamiento de la

Biblioteca Central del Instituto. 3) Atender en la biblioteca durante el horario establecido, tanto en el turno I

y II. 4) Elaborar convenientemente toda la documentación requerida. 5) Llevar adecuadamente las fichas y el inventario de los textos, informando

oportunamente a la administración y dirección. 6) Codificar y sellar los libros que ingresan a biblioteca. 7) Velar por el mantenimiento y el buen uso de los libros de biblioteca. 8) Controlar el inventario bibliográfico. 9) Gestionar libros y material en coordinación con la Dirección General y los

Jefes de Áreas Académicas. 10) Orientar a los usuarios en cuanto a ubicación de contenidos. 11) Elaborar cuadros estadísticos de acuerdo a los usuarios que hacen uso

de la biblioteca. 12) Informar oportunamente a la Jefatura de la Unidad de Administración

sobre la deuda de textos de docentes y estudiantes. 13) Realizar procesos de conservación y recuperación de los textos de la

biblioteca bajo responsabilidad. 14) Elaborar cuadros de altas y bajas de la biblioteca. 15) Promover la implementación de la biblioteca virtual. 16) Vigilar el servicio en la sala de lectura, velando por la buena conservación

del material bibliográfico. 17) Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. 18) Mantener actualizado el inventario físico de bienes a su cargo 19) Cumplir otras funciones que le asigne su Jefe Inmediato.

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10. Personal de Apoyo: de áreas académicas

Son técnicos que apoyan con financiamiento RDR en las áreas académicas y

otros de necesidad institucional.

Sus funciones son:

a. Apoyar en la elaboración del Plan Anual de actividades y necesidades de su Área

b. Redactar y digitar los diferentes documentos administrativos que le asigne el Jefe de su Área.

c. Realizar el trámite documentario de la documentación que ingresa y la que se genera en su Área, manteniendo confidencia sobre el contenido de la misma.

d. Brindar orientación a los usuarios en asuntos de su área e. Llevar el registro de control de la agenda de actividades oficiales de Área. f. Coordinar las reuniones y concertar citas en asuntos de su Área g. Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes del Área

Académica y de los que están a su cargo. h. Mantener actualizado el inventario de bienes de su Área. i. Recepcionar las llamadas telefónicas. j. Mantener actualizado el Directorio del Área Académica k. Orientar sobre gestiones y la situación de expedientes de los estudiantes y

docentes. l. Conservar el archivo general de los documentos oficiales del Área. . m. Llevar el registro de control de bienes y documentos de su Área.. n. Presentar informes de la labor y acciones realizadas, cuando estas sean

requeridas oportunamente. o. Cumplir otras actividades que le asigne su Jefe inmediato.

CAPITULO IV

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DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES

Artículo 13. De los Derechos de los Estudiantes

Son derechos de los estudiantes del IESTP “Manuel Núñez Butrón”:

1. Recibir una formación integral según el perfil profesional establecido para la carrera que estudia, cumplimiento de la estructura curricular.

2. Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminación y ser informado de las disposiciones que le conciernen como estudiante y conocer su calificación o evaluación oportunamente.

3. Recibir en forma gratuita los servicios educativos en el IESTP “Manuel Núñez Butrón” de acuerdo a las normas establecidas.

4. Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes y acciones extraordinarias.

5. Formar organizaciones culturales, deportivas y sociales, así como participar en el consejo de estudiantes.

6. Recibir carné de estudiante de educación superior, previo pago por derechos.

7. Optar el título profesional y/o certificación, previa evaluación, según normas vigentes, lo que incluye el certificado de buena conducta.

8. Elegir a los integrantes del consejo de estudiantes según normas vigentes y Reglamento específico.

9. Ser elegido como integrante del Consejo de estudiantes teniendo como requisito: Ser alumno del tercio superior, estar cursando entre el II y IV semestre, y con solvencia moral.

10. Participar en reuniones del Consejo Institucional a través de su representante del consejo de estudiantes con voz y voto.

11. Gozar del seguro de estudiante y/o seguro universitario de acuerdo a Ley, previa gestión por la institución en el Ministerio de Salud.

12. Utilizar los servicios académicos, que ofrece la Institución, así como los demás beneficios que señala la Ley a su favor.

13. Gozar de una rebaja del cien por ciento (100%) en el costo total de la ratificación de matrícula al primer puesto por aprovechamiento, por semestre.

14. Gozar de una rebaja del cincuenta por ciento (50%) en el costo total de la ratificación de matrícula, por ocupar el segundo puesto por aprovechamiento, por semestre.

15. Gozar de una rebaja del cincuenta por ciento (50%) en el costo de la ratificación de matrícula, por hermanos.

16. Representar en las Olimpiadas inter Institutos de estudiantes de Educación Superior.

De los Deberes de los Estudiantes

Son deberes de los estudiantes:

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1. Cumplir con las disposiciones de Educación Superior y el reglamento interno de la institución.

2. Contribuir al mantenimiento y conservación de la infraestructura, mobiliarios, servicios higiénicos, talleres, equipos, laboratorios, demás instalaciones y bienes de la institución, para la marcha normal académica y administrativa.

3. Cultivar los valores personales, sociales y buenas relaciones personales, contribuyendo al mantenimiento de un clima institucional propicio.

4. Usar obligatoriamente el Uniforme de la Institución, con las características, color y modelo para los actos cívico-patrióticos y las veces que sean necesarios.

5. Portar el carné de estudiante como documento probatorio de su condición de tal.

6. Asistir Obligatoriamente según el horario establecido, al dictado de clases de las diferentes unidades didácticas y actividades consideradas, en el plan curricular.

7. Asistir obligatoriamente a las prácticas pre-profesionales en el horario establecido por el centro de prácticas, poniendo en práctica los valores y la ética profesional.

8. Realizar actividades culturales, deportivas y sociales dentro y fuera de la institución, previa autorización escrita de la Dirección General.

9. Realizar su matrícula en forma oportuna de acuerdo a la calendarización anual.

De los Estímulos a los Estudiantes

Se otorgarán estímulos a los estudiantes por:

1. Haber ocupado el primer y segundo puesto en aprovechamiento y conducta con diploma de honor, a la finalización del año académico.

2. Realizar acciones extraordinarias que sobresalen en el orden académico, cívico, patriótico, cultural y deportivo en favor del instituto.

3. Se reconocen los méritos por las acciones del inciso anterior con diplomas, resoluciones de felicitación, beca de estudios, entre otros.

CAPITULO V

INFRACCIONES Y SANCIONES A LOS ESTUDIANTES

Artículo 14. De las Infracciones de los Estudiantes

Son consideradas faltas de carácter leve las siguientes:

1. La reiterada inasistencia sin justificación al desarrollo de las sesiones de aprendizaje

2. Romper las relaciones armoniosas y reglas de convivencia entre compañeros de estudio

3. Abandonar el salón de clases sin justificación alguna en horas de clase.

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4. No asistir a sus sesiones de clase habiendo asistido a la institución por dedicarse a otras actividades.

5. No asistir a las actividades extracurriculares programadas por los Jefes de Áreas Académicas y la Dirección General.

Son consideradas faltas de carácter grave las siguientes:

6. Fomentar actos que perturben el normal desenvolvimiento de las actividades educativas y/o administrativas.

7. Ocasionar perjuicios a la Institución, destrozos o daño a su propiedad, instalaciones, mobiliarios, libros, equipos, instrumentos y otros.

8. Causar daño físico o moral al personal directivo, jerárquico, docentes administrativo y a sus compañeros de estudio.

9. Realizar actividades político-partidarias e introducir y/o difundir propaganda con ese fin en las instalaciones de la Institución.

10. Realizar actividades extracurriculares (Rifas, Polladas, etc.) sin autorización de la dirección general.

11. Realizar actos reñidos con la moral y las buenas costumbres dentro de la institución.

12. Introducir, comercializar y/o consumir drogas, estupefacientes o bebidas alcohólicas.

13. Convocar a reuniones en horas de clase, sin autorización de la Dirección General y/o del Jefe del Área Académica correspondiente.

14. Usar el nombre de la institución en actividades no autorizadas la jefatura del Área Académica y la Dirección General fuera de la institución.

15. Sustraer los bienes de la institución.

16. Hacer declaraciones públicas falsas indisponiendo a la Institución y su personal por cualquier medio de comunicación hablada, escrita o televisiva.

17. Ingresar en estado etílico a la institución.

Constituye faltas muy graves, las faltas graves señaladas en los incisos anteriores cuando sean reiterativas

Artículo 15. De las Sanciones a los Estudiantes

Las sanciones que se aplican a los estudiantes por las infracciones señaladas en el artículo anterior son:

1. Amonestación verbal por infracciones leves.

2. Amonestación escrita por infracciones graves.

3. Apertura proceso disciplinario por infracción muy grave.

Artículo 16. Del Proceso Disciplinario a los Estudiantes

Los procesos disciplinarios se instaurarán, de oficio o a petición de parte, a los

estudiantes de la Institución 1. El Director General designará mediante Resolución Directoral una

Comisión Especial Disciplinaria que conducirá y garantizará el debido proceso.

2. Concluida la investigación, la Comisión emitirá un informe con las recomendaciones que estime pertinentes.

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3. El Director General elevará al Consejo Institucional el informe de la Comisión Especial Disciplinaria, para resolver en última instancia el proceso.

CAPITULO VI

DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL

DIRECTIVO, JERÁRQUICO, DOCENTE y ADMINISTRATIVO

Artículo 17. De los Derechos del Personal Directivo, Jerárquico y Docente

El personal directivo, jerárquico y docente, que labora en el instituto goza de

los derechos establecidos en la Ley General de Educación Nº 28044 Ley del

Profesorado Nº 24029, su modificatoria Nº 25212 y su reglamento D.S. 119-90-

ED, Decreto Legislativo 276; Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de

Remuneraciones del sector público y su reglamento D.S. 005-90-PCM.

Son derechos del personal Directivo, Jerárquico y Docente los siguientes: 1. Participar de los programas de capacitación organizados por la Institución,

Ministerio de Educación, como parte de la actualización y perfeccionamiento del docente.

2. Gozar de licencia por representación laboral y de acuerdo con las normas vigentes establecidas para tal fin.

3. Gozar de licencia por estudio (becas e inscripciones oficiales en instituciones reconocidas)

4. Hacer uso de la infraestructura e instalación de la institución bajo el régimen de uso establecido.

5. Ser elegido como representante de los docentes ante el Consejo Institucional, para lo cual se requiere estar desempeñando cargos directivos, jerárquicos y/o docencia en el Instituto, y demostrar solvencia moral, ética profesional y académica.

6. Gozar excepcionalmente de permiso hasta por tres días alternados durante el año académico.

Artículo 18. De los Deberes del Personal Directivo, Jerárquico y Docente

Son deberes del personal Directivo, Jerárquico y docentes del IESTP “Manuel

Núñez Butrón”, además de las comprendidas en la Ley General de Educación

Nro. 28044, Ley del Profesorado Nro. 2409; su modificatoria Ley 25212 y su

reglamento D.S. 19-90-ED, Decreto legislativo 276; Ley de bases de carrera

administrativa y de remuneraciones del sector público y su reglamento D.S.

005-90-PCM, las siguientes:

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1. Conocer y cumplir las normas legales, reglamento y disposiciones provenientes del Ministerio de Educación en lo concerniente a Educación Superior Tecnológica.

2. Ejercer la docencia o la función jerárquica o directiva con responsabilidad y ética profesional.

3. Actualizar permanentemente sus conocimientos para mejorar e incrementar su competitividad docente, jerárquica o directiva.

4. Realizar su labor académica adecuándola al nivel de conocimiento científico, técnico y creativo que desarrolla.

5. Desarrollar y promover trabajos de investigación e innovación tecnológica con fines académicos.

6. Practicar y promover la práctica de valores en sus alumnos, colegas docentes y personal jerárquico y directivo.

7. Entregar oportunamente los syllabus al jefe inmediato y a los alumnos, de las unidades didácticas a su cargo.

8. Asistir al dictado de sesiones de aprendizaje o al cumplimiento de sus funciones jerárquicas o directivas, puntualmente y con la indumentaria adecuada.

9. Entregar oportunamente los documentos técnicos pedagógicos (Registros, actas y otros) a la superioridad correspondiente.

Artículo 19. De los Estímulos del Personal Directivo, Jerárquico y Docente

El personal directivo, jerárquico y docente que labora en la Institución tiene los

estímulos establecidos en la Ley General de Educación Nro. 28044, Ley del

Profesorado Nro. 24029, su modificatoria Nº 25212 y D.S. 19-90-ED, Decreto

Legislativo 276; Ley de Bases de la carrera administrativa y de remuneraciones

del sector público y su reglamento D.S. 005-90-PCM, siendo estas las

siguiente:

1. Ser considerados en los programas de capacitación, actualización y perfeccionamiento permanente, sin discriminación alguna.

2. Recibir en mérito a sus aportes, identificación institucional, comportamiento y rendimiento sobresaliente en aspectos académicos e institucionales: Oficios, resoluciones de felicitación, viajes, diplomas al mérito y otros que conste en el legajo personal del instituto y en el escalafón de la DRE Puno.

Artículo 20. De las Faltas Disciplinarias del Personal Directivo, Jerárquico y Docente

Son consideradas faltas de carácter leve las siguientes:

1. No registrar asistencia ingreso y salida de la jornada laboral.

2. No cumplir a cabalidad sus funciones directivas, jerárquicas y académicas.

3. Abandonar su puesto de trabajo sin causa justificada.

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4. Incumplir con la presentación de documentos académicos, administrativos y/o de gestión de acuerdo a la función que desempeña.

5. Romper las relaciones armoniosas y reglas de convivencia entre el personal directivo, jerárquico y docentes de la Institución.

6. Abandonar su puesto de trabajo habiendo asistido a la institución por dedicarse a otras actividades.

Son consideradas faltas de carácter grave las siguientes:

7. Propiciar un clima desfavorable o caótico que atente al normal desarrollo de las actividades.

8. Incurrir en abusos de autoridad.

9. Registrar tardanzas reiteradas e inasistencias injustificadas a la Institución.

10. Asistir a la Institución en estado etílico y con síntomas de haber ingerido sustancias toxicas.

11. Cometer actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres.

12. No acatar las normas, reglamentos y disposiciones aprobadas por la Institución y las que provienen del Ministerio de Educación.

13. Realizar y/o participar en actividades político partidarias al interior de la Institución.

14. Promover e incitar a sus compañeros de trabajo y/o alumnos a realizar actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la Institución.

15. Agraviar e injuriar por escrito a las autoridades y personal que labora en la institución.

16. Apropiarse o hacer mal uso de los bienes o enseres de la Institución.

17. Hacer uso del patrimonio de la Institución en provecho personal o de terceros, sin la autorización respectiva.

18. Recibir prebendas de cualquier tipo para realizar u omitir actos de servicio.

19. Suplantar firmas de otro trabajador o firmar por adelantado la asistencia en el Parte Diario de Asistencia.

20. No asistir a las actividades académicas y administrativas programadas por los Jefes de Áreas Académicas y/o por la Dirección General.

Constituye faltas muy graves, las faltas graves señaladas en los incisos anteriores cuando sean reiterativas

Artículo 21. De las Sanciones del Personal Directivo, Jerárquico y Docente

Las sanciones que se aplican al personal Directivo, Jerárquico y docente por las infracciones señaladas en el artículo anterior son:

1. Amonestación verbal a cargo de los Jefes de Áreas académicas y/o Director General por infracciones leves.

2. Amonestación escrita a cargo del Jefe de la Unidad Académica y/o Director General, según sea el caso, por infracciones graves

3. Por infracciones muy graves:

- Comunicación a la Autoridad Regional de Educación para la aplicación de las sanciones de carácter administrativo y Docente previo Informe de la Autoridad del Instituto.

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Artículo 22. De la Jornada, Horario De Trabajo, Control De Asistencia Y Permanencia

Durante La Jornada Laboral Del Personal Directivo, Jerárquico y Docente

La jornada de trabajo del personal docente es:

1. Para el personal docente a tiempo completo es de cuarenta (40) horas semanales.

2. Para el personal docente contratado a tiempo parcial es de acuerdo a las horas establecidas en su contrato.

3. Se considera la hora pedagógica para el desarrollo de las Unidades Didácticas 50 minutos.

El horario de trabajo del personal docente:

El horario de trabajo se cumple de acuerdo a las Normas de control de

asistencia y permanencia establecidos por Ministerio de Educación.

4. El horario de trabajo académico del personal docente a tiempo completo por turno es el siguiente.

- Turno I: desde las 7:00 horas hasta las 13:00 horas

- Turno II: desde las 3:00 horas hasta las 20:15 horas

- Turno III: desde las 17:30 horas hasta las 22:00 horas

5. El horario de trabajo a tiempo parcial está indicado en la programación de horas de clase que forma parte del contrato.

Del control de asistencia y permanencia durante la jornada laboral del

personal docente:

6. Es obligatorio que el docente registre su asistencia al ingreso y a la salida del institución.

7. Es obligatorio presentar al personal de portería la papeleta de autorización de salida en horas de trabajo.

8. Los primeros cinco minutos después de la hora de ingreso son de tolerancia, los siguientes diez minutos a la hora de ingreso representan tardanzas, a partir de los quince minutos de la hora de ingreso constituye inasistencia al trabajo, salvo justificación por motivo de fuerza mayor autorizada por la Dirección General.

9. Con tres tardanzas consecutivas o cinco tardanzas alternadas durante el mes, el docente tendrá el castigo equivalente a una inasistencia injustificada sujeto a descuento.

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10. La tardanza dará lugar a un descuento de acuerdo a lo establecido en la norma correspondiente.

11. El docente que registra más de tres inasistencias injustificadas, tres tardanzas consecutivas o alternadas durante el mes, se hará acreedor a una carta de amonestación de la Dirección, que pasara a formar parte del legajo personal del instituto y en el escalafón de la DRE-Puno.

12. Las tardanzas e inasistencias injustificadas serán descontadas al mes siguiente de incurrido, previa publicación durante 02 días, luego podrán ser justificadas dentro las 24 horas siguientes.

13. Por cada inasistencia se descontara el equivalente al valor integro de la remuneración total, correspondiente al día no laborado.

14. El trabajador que habiendo ingresado a laborar omitiera registrar su salida, será considerado inasistencia por causal de abandono, salvo que oportuna y adecuadamente justifique dicha omisión, las que podrán ser atendidas hasta 03 veces en el semestre.

15. Los permisos son de carácter interno y son otorgados únicamente por la Dirección General, mediante documento de autorización.

16. El docente que se retira de la institución sin permiso justificado, será acreedor a un día de inasistencia por abandono.

17. El docente contratado que trabaja por horas en la institución, deberá acogerse al horario establecido en su contrato, tomando en consideración todos los incisos del presente artículo.

18. El control del personal docente, está a cargo de la Unidad de Administración de la Institución.

19. Las autorizaciones de salida debe ser otorgado por el jefe inmediato, en su ausencia la unidad académica.

20. La permanencia de los docentes será controlada de acuerdo a su carga lectiva.

21. La compensación de permanencia en la institución será en función al cumplimiento de 5 horas semanales y efectivas de trabajo evidenciados. (Documentos de gestión, acreditación, investigación y otros)

22. En función a la normas de aplicación del DCB la carga no lectiva correspondiente a las actividades de la programación curricular y otros, los docentes, podrán realizarlo fuera de la institución dado que ésta no cuenta con las condiciones necesarias para su ejecución.

23. Los docentes que laboran en dos o tres turnos podrán realizar sus horas lectivas efectivas sin la omisión del inciso 21.

24. El incumplimiento por parte de los docentes, en la presentación de los documentos técnico pedagógicos, participación en otras actividades curriculares o extracurriculares, no se acogerán a la aplicación del inciso 21 y 22.

Artículo 23. De los DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

El personal administrativo que labora en la Institución, además de lo

establecido en el Decreto Legislativo 276; ley de bases de la carrera

administrativa y de remuneraciones del sector público y su reglamento D.S

.005- 90-PCM, goza de los siguientes derechos:

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1. A participar de los programas de capacitación establecidos por el instituto para el personal administrativo y la que provenga el Ministerio de Educación, como parte de la actualización y perfeccionamiento del personal administrativo

2. A gozar de licencia por representación sindical y de acuerdo con las normas vigentes establecidas para tal fin.

3. A gozar de licencia por estudios (becas e inscripciones oficiales en instituciones reconocidas).

4. Tener vacaciones por 30 días, las que se efectuaran preferentemente en los meses de enero a febrero de acuerdo a las necesidades del instituto, con el objetivo de la no alteración de las actividades normales durante el periodo de estudios de los alumnos, de acuerdo a la programación correspondiente.

5. Hacer uso de la infraestructura e instalación de la institución, bajo el régimen de uso establecido.

6. Ser elegido representante del personal administrativo, ante el Consejo Institucional y las instancias correspondientes del instituto, para lo cual se requiere estar desempeñando cargos jerárquicos, administrativos y/o de apoyo en el instituto, demostrar solvencia ética, moral y ser un trabajador responsable, entre otros aspectos a considerar.

Artículo 24. De los DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

Son deberes del personal administrativo de la Institución, además de las

comprendidas en el decreto legislativo 276; Ley de bases de la carrera

administrativa y de remuneraciones del sector público y su reglamento D.S.

005-90-PCM.

1. A conocer y cumplir con las normas legales, reglamentos y disposiciones del Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Educación en lo concerniente a Educación Superior Tecnológica.

2. Actualizar permanentemente sus conocimientos y competencias para brindar servicios de calidad a los usuarios del instituto de acuerdo a los estándares más exigentes del mercado competitivo.

3. Practicar y promover la práctica de valores entre el personal y los alumnos del Instituto.

4. Asistir a la institución de manera puntual y adecuadamente portando el uniforme de la institución de acuerdo a las exigencias establecidas.

5. Garantizar su permanencia permanente dentro de la jornada laboral.

Artículo 25. De los ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL

ADMINISTRATIVO

De los estímulos al personal administrativo:

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1. A ser considerados en los programas de capacitación, actualización (pasantías) y perfeccionamiento permanente, sin discriminación alguna.

2. Recibir en mérito a sus aportes, comportamiento, desempeño y rendimiento sobresaliente en aspectos administrativos y de apoyos institucionales, felicitaciones públicas o privadas, viajes, diplomas al mérito, otros y que consten en legajo personal del instituto y en el escalafón respectivo.

De las faltas disciplinarias del personal administrativo:

3. Las tardanzas reiteradas, inasistencias injustificadas al trabajo y el incumplimiento de sus obligaciones laborales.

4. Las inasistencias a las reuniones de coordinación, reuniones de trabajo, eventos cívicos y de capacitación y actividades de proyección social.

5. No firmar o firmar por otra persona el Parte de Asistencia; se considera falta de carácter disciplinario y se sancionará de acuerdo a ley.

6. Asistir al trabajo sin la indumentaria apropiada para el cargo, oficio y/o tarea que desempeña en el instituto.

7. El abuso de autoridad y uso del cargo con fines indebidos.

8. Atentar contra la integridad física, moral y mental de los estudiantes, sus colegas y público en general.

9. Asistir al trabajo en estado de ebriedad, drogado y/o con los síntomas de los mismos.

10. Cometer actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres.

11. No acatar las normas, reglamentos y disposiciones aprobadas por el instituto y de las que provienen del Ministerio de Educación y el Ministerio de Trabajo.

12. Realizar y/o participar en actividades político partidarias al interior del instituto.

13. No acatar las normas, reglamentos y disposiciones aprobadas por el instituto y las que provienen del Ministerio de Educación y Ministerio de Trabajo.

14. Promover e incitar a sus colegas y alumnos a realizar actos que perturben el normal desarrollo de las actividades del instituto y/o actos de violencia en contra de las personas y patrimonio de la institución.

15. Agraviar e injuriar por escrito o palabra a las autoridades, el instituto y colegas trabajadores.

16. Apropiarse de los bienes o enseres de la institución.

17. Hacer uso del patrimonio de la institución en provecho personal o de terceros, sin la autorización respectiva.

18. Incumplir las funciones del cargo o desempeñarlas con negligencia, exigir cuotas para tramitar documentos y/o exámenes, etc.

De las sanciones al personal administrativo:

Toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones,

prohibiciones y demás normatividad específica sobre los deberes de servidores

y funcionarios, la comisión de una falta da lugar a la aplicación de las sanciones

siguientes:

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19. Amonestación verbal o escrita y llamada de atención, a cargo del Administrador y/o Director del instituto.

20. Suspensión sin goce de remuneraciones hasta por 30 días, con Resolución de la DRE Puno previo informe del Director a propuesta del Jefe inmediato.

21. Cese temporal sin goce de remuneraciones mayor a 30 días y hasta por 12 meses, previo proceso administrativo disciplinario.

22. Destitución, previo proceso administrativo disciplinario y resolución de la DRE Puno.

Artículo 26. De la JORNADA, HORARIO DE TRABAJO, CONTROL DE ASISTENCIA Y

PERMANENCIA DURANTE LA JORNADA LABORAL DEL PERSONAL

ADMINISTRATIVO.

La jornada de trabajo del personal administrativo es:

1. Para el personal a tiempo completo diurno y nocturno la jornada laboral es de 40 horas semanales.

2. Para el personal contratado a tiempo parcial diurno y nocturno la jornada laboral es de acuerdo a las horas establecidas en su contrato.

3. Las horas extras a pedido de la Administración y/o Dirección cuando la labor justifica, serán retribuidos económicamente según lo establecido en las normas.

4. El registro de trabajo extraordinario solicitado por el trabajador, es el documento donde se anota las horas de trabajo extraordinario, autorizado por la Dirección y Administración, previa constatación de la urgencia del trabajo realizado y con cargo de ser compensado mediante estímulos de felicitación y/o compensaciones con permisos equivalentes al tiempo empleado, prohibiendo el pago por dicho concepto, a excepción por horas extraordinarias en los procesos de admisión.

Del horario de trabajo del personal administrativo será:

1. Para el personal administrativo, el ingreso será a las 7 de la mañana hasta las 2:45 p.m. y para el personal de servicio a las 6 de la mañana en turno diurno y a las 18 horas en el turno nocturno; pudiendo adaptarse a las necesidades e intereses de la Institución. La jornada diaria del personal administrativo y de servicios es de 7 horas y 45 minutos de lunes a viernes en los meses de abril a diciembre, de 5 horas y 45 minutos de lunes a viernes en los meses de enero a marzo, pudiendo trabajar en horario corrido sujeto al desarrollo de las actividades académicas de la institución, garantizando un mínimo de 5 horas efectivas de atención al público.

2. El horario de trabajo del personal contratado y/o a tiempo parcial y/o de horario especial, está indicado en su respectivo contrato.

3. Es obligatorio que el trabajador registre en el parte u otro medio de control de la institución su asistencia al ingreso y a la salida de la Institución.

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4. El personal de portería está autorizado a controlar al trabajador que sale del recinto institucional en horas de trabajo con papeleta de autorización correspondiente.

5. Los primeros 5 minutos son de tolerancia, los siguientes 10 minutos son considerados como tardanza a partir de los 15 se considera inasistencia al trabajo; salvo justificación por motivo de fuerza mayor, ante la administración.

6. Con 3 tardanzas consecutivas o 5 tardanzas alternadas durante el mes, el trabajador tendrá el castigo equivalente a una inasistencia injustificada.

7. El trabajador que registra más de 3 inasistencias injustificadas por tardanzas consecutivas o alternadas durante un semestre, se hará acreedor a una carta de amonestación de la Administración, que pasara a formar parte del legajo personal del instituto y en el escalafón correspondiente.

8. Los permisos son de carácter interno y son otorgador únicamente por la Dirección, mediante documento de autorización.

9. El trabajador que se retira sin permiso justificado, tendrá como castigo un día de inasistencia por causal de abandono, además de la amonestación por escrito de parte de la Administración, que pasara a formar parte del legajo personal de la institución y en el escalafón correspondiente.

10. El trabajador que labora por horas en la Institución deberá acogerse al horario establecido en su contrato, tomando en consideración todos los incisos del presente artículo.

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CAPITULO VII

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERO.- El presente Manual establece la estructura y funciones específicas del Instituto

de Educación Superior Tecnológico Público “Manuel Núñez Butrón” Las funciones de cada

Órgano Interno se detalla en los Manuales de Organización y Funciones que será ratificado

por Resolución Directoral.

SEGUNDO.- El Director General, Jefe de la Unidad Académica, Jefe de Unidad

Administrativa, Jefes de Área, Docentes Estables y Personal Administrativo, estructurarán sus

horarios de trabajo de modo que puedan atender los diferentes turnos y el funcionamiento del

Instituto

TERCERO.- Corresponde al Director General, Jefe de Unidad Académica, Jefes de Área,

Docentes y Administrativos las siguientes atribuciones:

a) Supervisar y dirigir al Personal a su cargo b) Administrar y controlar los recursos y bienes asignados. c) Formular las alternativas correspondientes a fin de agilizar y dinamizar los servicios. d) Asesorar y/o apoyar a la Dirección, en la toma de decisiones respecto a los asuntos

de su competencia. e) Coordinar y establecer los canales adecuados de comunicación con los demás

miembros trabajadores, docentes y administrativos del IESTP “Manuel Núñez Butrón” a efectos de complementar y concertar sus acciones.

f) Cumplir las funciones y atribuciones que le encomiende la superioridad. g) Asumir con responsabilidad el cumplimiento del Manual de Organización y

Funciones en forma solidaria. h) Portar el MOF.

CUARTO.- Anualmente se constituirán Comités y Comisiones así como Equipos Técnicos que

requiera el Instituto, para casos específicos, las mismas que estarán formalizadas mediante

Decreto Administrativo.

CAPITULO VIII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERO.- El presente Manual de Organización y Funciones, aprobado por el Consejo

Directivo, entrará en vigencia al día siguiente de su ratificación, mediante Resolución

Directoral.

SEGUNDO.-Cualquier caso no previsto en el presente Manual, será solucionado el Consejo

Directivo.

TERCERO.- El Órgano de Dirección queda encargado de velar por la estricta aplicación del

presente Manual, así como de su actualización y evaluación periódica.

CUARTO.- El presente Manual de Organización y Funciones, tendrá vigencia de tres años.

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