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5 UNIDAD 1: LOS PGC. REGISTRO DE OPERACIONES COMERCIALES ACTIVIDADES PÁG. 12 1. Localiza las siguientes normas relevantes en el ámbito contable y explica qué regulan: Real Decreto de 22 de agosto de 1885. Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio. Ley 62/2003, de 30 de diciembre. Ley 16/2007, de 4 de Julio. El Real Decreto de 22 de agosto de 1885 aprueba el Código de Comercio. El Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. La Ley 62/2003 de 30 de diciembre, contiene medidas fiscales, administrativas y del orden social modificando diferentes normas en materia contable. La Ley 16/2007, de 4 de julio, reforma y adapta la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea. ACTIVIDADES FINALES PÁG. 28 1. ¿Podría aplicar una pequeña empresa el PGC en lugar del PGC Pymes? ¿Podría aplicar una gran empresa el PGC Pymes en lugar del PGC? Las pequeñas empresas que pueden aplicar el PGC de Pymes si pueden optar por aplicar el PGC en lugar del PGC Pymes. En el supuesto de elegir el PGC, su aplicación será de forma completa y deberá mantenerse de forma continuada, como mínimo, durante tres ejercicios, a no ser que, con anterioridad al transcurso de dicho plazo, la empresa pierda la facultad de aplicar el PGC de Pymes. En cambio, una gran empresa no podrá aplicar el PGC Pymes ya que este Plan sólo podrá ser de aplicación a las empresas que puedan formular balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria en modelos abreviados (véase epígrafe 2.4) y no se encuentren excluidas de su ámbito de aplicación. 2. ¿Qué empresas deberán aplicar, en todo caso, el Plan General de Contabilidad, y en ningún caso, el PGC Pymes? En todo caso, deberán aplicar el PGC y no el PGC Pymes las empresas que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: Que hayan emitido valores admitidos a negociación en mercados regulados o sistemas multilaterales de negociación, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea. Que formen parte de un grupo de sociedades que formule o debiera haber formulado cuentas anuales consolidadas. Que su moneda funcional sea distinta del euro. Que se trate de entidades financieras que capten fondos del público y asuman obligaciones respecto a los mismos y las entidades que asuman la gestión de las anteriores.

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UNIDAD 1: LOS PGC. REGISTRO DE OPERACIONES COMERCIALES

ACTIVIDADES PÁG. 12

1. Localiza las siguientes normas relevantes en el ámbito contable y explica qué regulan:

• Real Decreto de 22 de agosto de 1885. • Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio. • Ley 62/2003, de 30 de diciembre. • Ley 16/2007, de 4 de Julio.

• El Real Decreto de 22 de agosto de 1885 aprueba el Código de Comercio.

• El Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

• La Ley 62/2003 de 30 de diciembre, contiene medidas fiscales, administrativas y del orden social modificando diferentes normas en materia contable.

• La Ley 16/2007, de 4 de julio, reforma y adapta la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea.

ACTIVIDADES FINALES PÁG. 28

1. ¿Podría aplicar una pequeña empresa el PGC en lugar del PGC Pymes? ¿Podría aplicar una gran empresa el PGC Pymes en lugar del PGC?

Las pequeñas empresas que pueden aplicar el PGC de Pymes si pueden optar por aplicar el PGC en lugar del PGC Pymes. En el supuesto de elegir el PGC, su aplicación será de forma completa y deberá mantenerse de forma continuada, como mínimo, durante tres ejercicios, a no ser que, con anterioridad al transcurso de dicho plazo, la empresa pierda la facultad de aplicar el PGC de Pymes.

En cambio, una gran empresa no podrá aplicar el PGC Pymes ya que este Plan sólo podrá ser de aplicación a las empresas que puedan formular balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria en modelos abreviados (véase epígrafe 2.4) y no se encuentren excluidas de su ámbito de aplicación.

2. ¿Qué empresas deberán aplicar, en todo caso, el Plan General de Contabilidad, y en ningún caso, el PGC Pymes?

En todo caso, deberán aplicar el PGC y no el PGC Pymes las empresas que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

Que hayan emitido valores admitidos a negociación en mercados regulados o sistemas multilaterales de negociación, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.

Que formen parte de un grupo de sociedades que formule o debiera haber formulado cuentas anuales consolidadas.

Que su moneda funcional sea distinta del euro.

Que se trate de entidades financieras que capten fondos del público y asuman obligaciones respecto a los mismos y las entidades que asuman la gestión de las anteriores.

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3. ¿Cabe acogerse a los dos Planes Generales de Contabilidad aplicando partes de cada uno de ellos?

Las empresas que puedan aplicar el PGC de Pymes deberán optar por uno de los dos Planes Generales de Contabilidad. En el supuesto de elegir el PGC, su aplicación será de forma completa y deberá mantenerse de forma continuada, como mínimo, durante tres ejercicios, a no ser que, con anterioridad al transcurso de dicho plazo, la empresa pierda la facultad de aplicar el PGC de Pymes.

4. ¿Qué son los criterios de valoración? ¿En qué parte del Plan se exponen? Desarrolla tres criterios de valoración incluidos en el PGC.

Los criterios de valoración constituyen un proceso por el que se asigna un valor monetario a cada uno de los elementos integrantes de las cuentas anuales, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de valoración relativas a cada uno de ellos. Se incluyen en la primera parte de los Planes de Contabilidad. Ejemplos:

Valor neto realizable. Importe que la empresa puede obtener por su enajenación en el mercado, en el curso normal del negocio, deduciendo los costes estimados necesarios para llevarla a cabo, así como, en el caso de las materias primas y de los productos en curso, los costes estimados necesarios para terminar su producción, construcción o fabricación.

Valor actual. Importe de los flujos de efectivo a recibir o pagar en el curso normal del negocio, según se trate de un activo o de un pasivo, respectivamente, actualizados a un tipo de descuento adecuado.

Valor en uso. El valor en uso de un activo o de una unidad generadora de efectivo es el valor actual de los flujos de efectivo futuros esperados, a través de su utilización en el curso normal del negocio y, en su caso, de su enajenación u otra forma de disposición, teniendo en cuenta su estado actual y actualizados a un tipo de interés de mercado sin riesgo, ajustado por los riesgos específicos del activo.

5. ¿En qué partes del PGC se manifiesta de forma muy clara la flexibilidad con la que se caracteriza el Plan Contable?

El cuadro de cuentas y las definiciones y relaciones contables no son obligatorias. Contienen las distintas cuentas reunidas en grupos y subgrupos y su numeración denominación no son obligatorias, Las definiciones muestran el contenido de las distintas cuentas incorporando, además, las relaciones más habituales entre ellas.

6. Enumera las cinco partes en las que se estructura el Plan General de Contabilidad.

Principios contables.

Cuadro de cuentas.

Definiciones y relaciones contables.

Cuentas anuales.

Normas de valoración.

7. ¿Qué partes del PGC son de obligado cumplimiento por las empresas y cuáles son de utilización facultativa?

La primera, cuarta y quinta parte del PGC, es decir los principios contables, las cuentas anuales y las normas de valoración, siendo el cuadro de cuentas y las definiciones y relaciones contables guía para la elaboración de las cuentas anuales.

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8. ¿Qué principios contables hacen referencia al tratamiento de los gastos y de los ingresos? Desarrolla dos de estos principios.

Hacen referencia al tratamiento de los gastos y de los ingresos los siguientes principios: Principio de prudencia, principio del devengo, principio de correlación de Ingresos y Gastos y principio de no compensación.

Principio del devengo. La imputación de ingresos y gastos deber hacerse en funcionen de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.

Principio de no compensación. Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no podrán compensarse las partidas de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales.

9. ¿Qué principios contables hacen referencia al tratamiento de activos y pasivos? Desarrolla dos de estos principios.

Hacen referencia al tratamiento de activos y pasivos los siguientes principios: Principio del precio de adquisición y principio de no compensación.

Principio del precio de adquisición. Como norma general, todos los bienes y derechos se contabilizarán por su precio de adquisición o coste de producción, salvo cuando se autoricen, por disposición legal, rectificaciones al mismo.

Principio de no compensación. Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no podrán compensarse las partidas de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales.

10. Describe, desde un punto de vista contable, el tratamiento que el Plan General de Contabilidad realiza de los descuentos sobre compras.

En la norma de registro y valoración 10.ª del PGC y 12.ª del PGC de Pymes se establece que el precio de adquisición incluye el importe facturado por el vendedor después de deducir cualquier descuento, rebaja en el precio u otras partidas similares

Los descuentos y similares que se concedan fuera de la factura se registrarán en las cuentas creadas al efecto, al igual que sucede con las devoluciones de compras.

11. ¿Qué impuestos no constituyen un mayor valor de la compra de mercancías?

No constituye un mayor valor de la compra de mercancías el IVA soportado deducible.

12. ¿En qué casos se reducirá la base imponible del IVA en las operaciones de compraventa?

La base imponible del IVA se reduce en el valor de los envases y embalajes susceptibles de reutilización que hayan sido objeto de devolución, los descuentos y bonificaciones otorgados con posterioridad al momento en que la operación se haya realizado o cuando el precio se altere después del momento en que la operación se haya efectuado.

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13. En líneas generales, ¿en qué casos se abonan las cuentas de compras y gastos? ¿Cuáles son las excepciones que conoces?

En general todas las cuentas del grupo 6 se abonarán, al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 129. Existen excepciones como las cuentas 606, 608 y 609.

14. ¿Qué cuentas de pasivo podrías incluir en el registro contable de una operación de compraventa y en qué supuestos? ¿Sería una de ellas la cuenta (407) Anticipos a proveedores?

En el registro contable de una operación de compraventa de mercancías se pueden incluir cuentas de pasivo como la (400) Proveedores o (401) Proveedores, efectos comerciales a pagar. La cuenta (407) Anticipos a proveedores es un derecho, por tanto, un activo.

15. ¿Cuándo se utiliza el precio de adquisición y el coste de producción para la valoración de existencias?

El precio de adquisición se utiliza cuando las mercancías entran a formar parte del patrimonio de la empresa a través de operaciones de compraventa. El coste de producción utiliza cuando las mercancías entran a formar parte del patrimonio de la empresa a través de la elaboración de operaciones de fabricación o construcción de las mismas por la propia empresa.

16. ¿Por qué los impuestos «recuperables» no forman parte del precio de adquisición?

Como su nombre indica, en el caso de los impuestos recuperables, el empresario recupera el pago correspondiente a la cuota del impuesto, por lo que aunque en el momento de la compra supuso un desembolso de la cantidad, el impuesto no forma parte de la contraprestación que origina la operación de compraventa.

17. ¿Qué conceptos se registran en la cuenta (709) Rappels sobre ventas?

Descuentos y similares que se basan en haber alcanzado un determinado volumen de pedidos.

18. ¿Por qué es importante, contablemente, conocer si un descuento está o no incluido en la factura de venta?

Ese es el criterio que utiliza la norma de registro y valoración 14 del PGC. Para considerar el descuento como menor importe de la venta, y, por tanto, menor importe de la cuenta 700 ventas de mercaderías, o para establecer la necesidad de registrar los descuentos en las cuentas creadas al efecto.

19. ¿Disminuyen el importe de la cuenta (700) Ventas de mercaderías, los gastos inherentes a las mismas?

Los gastos inherentes a las ventas, incluidos los transportes a cargo de la empresa, se contabilizarán en las cuentas correspondientes del grupo 6, por lo general, cuentas del subgrupo 62.

20. ¿Todos los descuentos incluidos en la factura de una venta de mercancías disminuyen el importe de la cuenta (700)?

Así es, los descuentos y similares incluidos en factura se considerarán como menor importe de la venta.

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21. En relación con los intereses de aplazamiento, ¿cómo se valoran, con carácter general, los ingresos procedentes de ventas y prestaciones de servicios?

Los ingresos procedentes de ventas y prestaciones de servicios se valorarán, con carácter general, por el precio acordado deducidos los intereses incorporados al nominal de los créditos. No obstante, podrán incluirse los intereses incorporados a los créditos comerciales con vencimiento no superior a un año que no tengan un tipo de interés contractual, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.

La valoración posterior de los créditos por operaciones comerciales atenderá a su coste amortizado por lo que los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta (762) Ingresos de créditos, aplicando el método del tipo de interés efectivo e incorporándose a la cuenta de pérdidas y ganancias para determinar el resultado financiero. (No obstante, los créditos con vencimiento no superior a un año que, se valoren inicialmente por su valor nominal, continuarán valorándose por dicho importe).

22. ¿Qué tipo de pérdidas se representan en la cuenta (490) Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales?

El importe de las correcciones valorativas por deterioro de créditos incobrables, con origen en operaciones de tráfico.

23. ¿Qué tipo de pérdidas se representan en la cuenta (4999) Provisión para otras operaciones comerciales?

La cuenta (4999) Provisión para otras operaciones comerciales, cuenta de pasivo, se utiliza como contrapartida de la cuenta (6959) Dotación a la provisión para otras operaciones comerciales para la cobertura de gastos por devoluciones de ventas, garantías de reparación, revisiones y otros conceptos análogos.

24. ¿Cuáles son las diferencias entre el registro contable del deterioro de valor de los créditos por operaciones comerciales realizado a través de la estimación global del riesgo de fallidos y el que se hace a través del sistema individualizado de seguimiento de fallidos?

En el supuesto de la estimación global del riesgo de fallidos, cada año al final del ejercicio se registrará el deterioro de valor por el importe que haya sido estimado. A su vez, se registrará la reversión del deterioro de valor existente que se estimó el año precedente. Durante cada ejercicio, cada vez que se estime riesgo en el cobro de derechos de los subgrupos 43 y 44 o una pérdida definitiva se realizarán los registros contables pertinentes. Por el contrario, en el sistema individualizado de seguimiento de fallidos, el registro del deterioro de valor se efectuará en cada caso que se estime riesgo en el cobro de derechos de los subgrupos 44 y 45 y se registrará su reversión a medida que se vayan dando de baja los saldos de clientes y deudores respecto a los que se efectuó tal corrección de valor o cuando desaparezca el riesgo (es decir, los supuestos en que tales derechos se cobren o definitivamente se consideren incobrables).

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PRÁCTICA PROFESIONAL PAG. 29

Registros contables de las operaciones comerciales

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1.

DEBE 1 HABER

15.725,25 (60001) Compra de mercaderías A (1.205 x 13,05)

a (4009) Proveedores, facturas pendientes de recibir 19.027,55

3.302,30 (472) H.P. IVA soportado (0,21 x 15.725,25)

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2.

DEBE 2 HABER

14.093,75 (60002) Compra de mercaderías B (1.025 x 13,75)

a (570) Caja, € 600,00

1.025,00 (406) Envases y embalajes a devolver a proveedores (5.125 x 0,20)

(400) Proveedores 17.693,69 3.174,94 (472) H.P. IVA

soportado 0,21 x (14.093,75 + 1.025,00)

3.

DEBE 3 HABER

19.027,55 (4009) Proveedores, facturas pendientes de recibir

a

(572) Bancos c/c 15.000,00 (400) Proveedores 4.027,55

4.

DEBE 4 HABER

726,00 (400) Proveedores a

(609) Rappels por compras 600,00

(472) H.P. IVA soportado (0,21 x 600) 126,00

5.

DEBE 5 HABER

8.855,00 (60001) Compra de mercaderías A (805 x 11,00)

a

(401) Proveedores efectos comerciales a pagar 10.714,55

1.859,55 (472) H.P. IVA soportado (0,21 x 8.855,00)

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6.

DEBE 6 HABER

9.360,00 (60002) Compra de mercaderías B (780 x 13,00) – 780

a (572) Bancos c/c 3.000,00

720,00 (406) Envases y embalajes a devolver a proveedores (3.600 x 0,20)

(401) Proveedores 9.196,80 2.116,80 (472) H.P. IVA

soportado 0,21 x (9.360,00 + 720,00)

7.

DEBE 7 HABER

13.027,55 (400) Proveedores a (572) Bancos c/c 11.986,95

(606) Descuentos sobre

compras por pronto pago 500,00

(609) Rappels por compras 360,00

(472) H.P. IVA soportado 0,21 x (500 + 360) 180,60

8.

DEBE 8 HABER

1.652,89 (407) Anticipos a proveedores (2.000 / 1,21)

a (572) Bancos c/c 2.000,00

347,11 (472) H.P. IVA soportado (0,21 x 1.652,89)

9.

DEBE 9 HABER

2.000,00 (572) Bancos c/c a

(70001) Venta de mercaderías A (290 x 25,00) 7.250,00

6.772,50 (430) Clientes

(477) H.P. IVA repercutido (0,21 x 7.250) 1.522,50

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10.

DEBE 10 HABER

600,00 (570) Caja, € a

(70001) Venta de mercaderías A (255 x 24,00) 6.120,00

6.805,20 (431) Clientes, efectos comerciales a cobrar

(477) H.P. IVA repercutido (0,21 x 6.120)

1.285,20

11.

DEBE 11 HABER

6.409,50 (572) Bancos c/c a (430) Clientes 6.772,50 300,00 (706) Descuento

sobre ventas por pronto pago

63,00 (477) H.P. IVA repercutido (0,21 x 300)

12.

DEBE 12 HABER

315,00 (709) Rappels sobre ventas

a (430) Clientes 381,15

66,15 (477) H.P. IVA repercutido (0,21 x 315)

13.

DEBE 13 HABER

19.057,50 (4309) Clientes, facturas pendientes de formalizar

a (70002) Venta de mercaderías B (750 x 21,00) 15.750,00

(477) H.P. IVA repercutido (0,21 x 15.750) 3.307,50

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14.

DEBE 14 HABER

1.320,00 (70801) Devoluciones de ventas y operaciones similares (mercaderías A) (55 X 24,00)

a

(572) Bancos c/c 1.597,20 277,20 (477) H.P. IVA

repercutido (0,21 x 1.320,00)

15.

DEBE 15 HABER

450,00 (572) Bancos c/c a

(438) Anticipos de clientes (450 / 1,21) 371,90

(477) H.P. IVA repercutido (0,21 x 371,90) 78,10

16.

DEBE 16 HABER

19.057,50 (430) Clientes a

(4309) Clientes, facturas pendientes de formalizar 19.057,50

17.

DEBE 17 HABER

1.200,00 (572) Bancos c/c a

(431) Clientes, efectos comerciales a cobrar 1.200,00

18.

DEBE 18 HABER

720,00 (570) Caja, €

a

(70002) Venta mercaderías B 1.120 x (22,50 – 1,50) 23.520,00

27.739,20 (430) Clientes

(477) H.P. IVA repercutido (0,21 x 23.520) 4.939,20

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19.

DEBE 19 HABER

12.932,60 (572) Bancos c/c a

(70001) Venta mercaderías A (395 x 28,00) 11.060,00

371,90 (430) Anticipos de clientes

(477) H.P. IVA repercutido 0,21 x (11.060 – 371,90) 2.244,50

20.

DEBE 20 HABER

8.415,00 (60001) Compra de mercaderías A (748 x 11,25)

a (570) Caja, € 800,00

1.420,04 (472) H.P. IVA soportado 0,21 x (8.415,00 – 1.652,89)

(407)

Anticipos a proveedores

1.652,89

(572) Bancos c/c 7.382,15

21.

DEBE 21.1 HABER

15.500,00 (490) Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales

a

(794) Reversión del deterioro de créditos por operaciones comerciales 15.500,00

DEBE 21.2 HABER

16.200,00

(694) Pérdidas por deterioro de créditos por operaciones comerciales

a

(490) Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales

16.200,00

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22.

Mercaderías A

Método de valoración de existencias: FIFO

Fecha Procedencia / Destino

Entradas Salidas Existencias

Cantidad Precio Valor Cantidad Precio Valor Cantidad Precio Valor

15/12/06 800 14,00 11.200,00

1.205 13,05 15.725,25 800

1.205

14,00

13,05

11.200,00

15.725,25

805 11,00 8 855,00 800

1.205

805

14,00

13,05

11,00

11.200,00

15.725,25

8.855,00

290 14,00 4.060,00 510

1.205

805

14,00

13,05

11,00

7.140,00

15.725,25

8.855,00

255 14,00

3.570,00 255

1.205

805

14,00

13,05

11,00

3.570,00

15.725,25

8.855,00

55 14,00 770,00 310

1.205

805

14,00

13,05

11,00

4.340,00

15.725,25

8.855,00

310

85

14,00

13,05

4.340,00

1.109,25

1.120 805

13,05 11,00

14.616,00 8.855,00

748 11,25 8.415,00 1.120 805

748

13,05 11,00 11,25

14.616,00 8.855,00 8.415,00

31/12/06 TOTAL 2.673 31.886,00

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Mercaderías B

Método de valoración de existencias: FIFO

Fecha Procedencia/ destino

Entradas Salidas Existencias

Cantidad Precio Valor Cantidad Precio Valor Cantidad Precio Valor

15/12/06 Resumen de registros

anteriores

250 13,20 3.300,00

1.025 13,75 14.093,75 250

1.025

13,20 13,75

3.300,00

14.093,75

780 12,00 9.360,00 250 1.025

780

13,20 13,75 12,00

3.300,00 14.093,75

9.360,00

250 500

13,20 13,75

3.300,00 6.875,00

525

780

13,75 12,00

7.218,75

9.360,00

525 595

13,75 12,00

14.093,75 7.140,00

185 12,00 2.220,00

31/12/06 TOTAL 185 2.220,00

DEBE 22.1 HABER

24.276,00 (61001) Variación de existencias de mercaderías A

a (30001) Mercaderías A 24.276,00

DEBE 22.2 HABER

31.886,00

(30001) Mercaderías A a

(60001) Variación de existencias de mercaderías A 31.886,00

DEBE 22.3 HABER

6.138,00 (61002) Variación de existencias de mercaderías B

a (30002) Mercaderías B 6.138,00

DEBE 22.4 HABER

2.220,00 (30002) Mercaderías B a

(61002) Variación de existencias de mercaderías B 2.220,00

Page 16: UNIDAD 1: LOS PGC. REGISTRO DE OPERACIONES ......5 UNIDAD 1: LOS PGC. REGISTRO DE OPERACIONES COMERCIALES ACTIVIDADES PÁG. 12 1. Localiza las siguientes normas relevantes en el ámbito

20

23. El valor de mercado estimado por la empresa es el siguiente:

Mercancías A: valor de realización 35.250,20 €, coste de ventas 2.630,65 €.

Mercancías B: valor de realización 2.570,45 €, coste de ventas 515,00 €.

Del Balance de la empresa se obtienen los saldos de las siguientes cuentas:

Provisión por depreciación de mercaderías A: 1.566,30 €.

Provisión por depreciación de mercaderías B: 412,15 €.

Mercaderías A: Reversión deterioro del año anterior:

DEBE 23.1 HABER

1.566,30 (39001) Deterioro de valor de las mercaderías A

a

(7931) Reversión del deterioro de mercaderías

1.566,30

Valor neto realizable = Valor de realización – Coste de ventas = 35.250,20 – 2.630,65 = 32.619,55 € Deterioro de valor = Valor contable – Valor neto realizable = 31.886,00 – 32.619,55 = -733.,55 € No existe deterioro ya que el valor neto realizable de la mercancía es superior al valor contable

Mercaderías B: Reversión deterioro del año anterior:

DEBE 23.2 HABER

412,15 (39002) Deterioro de valor de las mercaderías B

a

(7931) Reversión del deterioro de mercaderías

412,15

Valor neto realizable = Valor de realización – Coste de ventas = 2.570,45 – 515,00 = 2.055,45 Deterioro de valor = Valor contable – Valor neto realizable = 2.220,00 – 2.055,45 = 164,55.

DEBE 23.3 HABER

164,55 (6931) Pérdidas por deterioro de mercaderías

a

(39002) Deterioro de valor de las mercaderías B

164,55