ultima reforma publicada en el periodico oficial: 19 …

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Publicado en el Periódico Oficial del Estado el 28 de enero del 2005 LÁZARO CÁRDENAS BATEL, Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, en ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo, confieren los artículos 60, fracción XXII, 65 y 66 de la Constitución Política del Estado;3º, 4º y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; 7º, fracción V de la Ley General del Equilibrio Ecológico; 8º fracciones I, II y X, 100, 101, 102, 104, 108 y 110 de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado; y, CONSIDERANDO Que corresponde al Poder Ejecutivo del Estado el establecer, regular, administrar y vigilar las áreas naturales protegidas, con la participación activa de los gobiernos municipales, así como dueños y poseedores involucrados en ella. Que el Plan Estatal de Desarrollo, “Michoacán 2003-2008”, señala que la conservación de las especies de plantas, animales, hongos y microorganismos amenazados o en peligro de extinción requieren de la protección y conservación de su hábitat, conjuntamente con la defensa de la integridad de los ecosistemas donde se refugian, mantienen y reproducen. Que el Municipio de Tacámbaro se caracteriza por situarse en una importante zona de transición climática, representada por aspectos orográficos y por los tipos de vegetación producto de ello. En este sentido las manifestaciones biológicas son sumamente diversas. Que una de las características mas importantes, biológica y escénicamente, en el Municipio de Tacámbaro es la presencia del bosque mixto con pino (Pinus sp.), encino (Quercus sp.) y cedro (Cupressus sp.), de la selva baja caducifolia, con parota (Enterolobium cyclocarpum), cueramo (Cordia eleagnoides), ceiba (Ceiba sp.) y huisache (Acacia sp.), así como el bosque de coníferas, con pino (Pinus sp.) y algunos elementos de oyamel (Abies sp.). Que destaca la importancia de este tipo de vegetación debido a que los estudios que en estas áreas se han realizado reflejan la existencia de un importante número de especies de flora y fauna, resaltando las especies amenazadas y sujetas a protección especial de mamíferos y reptiles registradas en estas áreas. Que dadas las particulares características del área, ésta ofrece también un potencial turístico importante, que a través de un programa de manejo puedan ser encaminadas para su aprovechamiento. Que no obstante la riqueza e importancia biológica de “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán, la superficie que conforma estas áreas, presenta características ambientales importantes. En relación a la vegetación en estas zonas se encuentran composiciones mixtas de pino-encino (Pinus sp.-Quercus sp.) y pino (Pinus sp.), además de presentar diversas especies de leguminosas y compuestas. Por otra parte se aprecian diferentes grados de deterioro, debido a la presión de diferentes actividades productivas que se están ejerciendo Página 1 de 14

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Publicado en el Periódico Oficial del Estado el 28 de enero del 2005

LÁZARO CÁRDENAS BATEL, Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, en ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo, confieren los artículos 60, fracción XXII, 65 y 66 de la Constitución Política del Estado;3º, 4º y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; 7º, fracción V de la Ley General del Equilibrio Ecológico; 8º fracciones I, II y X, 100, 101, 102, 104, 108 y 110 de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado; y,

C O N S I D E R A N D O Que corresponde al Poder Ejecutivo del Estado el establecer, regular, administrar y vigilar las áreas naturales protegidas, con la participación activa de los gobiernos municipales, así como dueños y poseedores involucrados en ella. Que el Plan Estatal de Desarrollo, “Michoacán 2003-2008”, señala que la conservación de las especies de plantas, animales, hongos y microorganismos amenazados o en peligro de extinción requieren de la protección y conservación de su hábitat, conjuntamente con la defensa de la integridad de los ecosistemas donde se refugian, mantienen y reproducen. Que el Municipio de Tacámbaro se caracteriza por situarse en una importante zona de transición climática, representada por aspectos orográficos y por los tipos de vegetación producto de ello. En este sentido las manifestaciones biológicas son sumamente diversas. Que una de las características mas importantes, biológica y escénicamente, en el Municipio de Tacámbaro es la presencia del bosque mixto con pino (Pinus sp.), encino (Quercus sp.) y cedro (Cupressus sp.), de la selva baja caducifolia, con parota (Enterolobium cyclocarpum), cueramo (Cordia eleagnoides), ceiba (Ceiba sp.) y huisache (Acacia sp.), así como el bosque de coníferas, con pino (Pinus sp.) y algunos elementos de oyamel (Abies sp.). Que destaca la importancia de este tipo de vegetación debido a que los estudios que en estas áreas se han realizado reflejan la existencia de un importante número de especies de flora y fauna, resaltando las especies amenazadas y sujetas a protección especial de mamíferos y reptiles registradas en estas áreas. Que dadas las particulares características del área, ésta ofrece también un potencial turístico importante, que a través de un programa de manejo puedan ser encaminadas para su aprovechamiento. Que no obstante la riqueza e importancia biológica de “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán, la superficie que conforma estas áreas, presenta características ambientales importantes. En relación a la vegetación en estas zonas se encuentran composiciones mixtas de pino-encino (Pinus sp.-Quercus sp.) y pino (Pinus sp.), además de presentar diversas especies de leguminosas y compuestas. Por otra parte se aprecian diferentes grados de deterioro, debido a la presión de diferentes actividades productivas que se están ejerciendo

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sobre los mismos, acelerando procesos de erosión, compactación, pérdida de la biodiversidad y contaminación en la zona. Que los cambios de uso de suelo propician la introducción de especies invasoras o ajenas al ecosistema, las que inducen el fenómeno de competencia ecológica, con el consecuente desplazamiento de las especies nativas, modificando las relaciones tróficas de las comunidades presentes. Que los recursos naturales que posee el sitio denominado “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán de Ocampo, le imprimen un alto valor paisajístico y recreativo, que lo puede convertir, mediante algunas adecuaciones en un área para el esparcimiento y la convivencia familiar de los habitantes de la región bajo un manejo adecuado especialmente en “La Alberca” ya que en el “Cerro Hueco” se tiene infraestructura que se utiliza para el esparcimiento y recreación familiar. Que ante esta situación, las autoridades municipales iniciaron gestiones en la Secretaría Urbanismo y Medio Ambiente, para llevar a cabo el procedimiento que culmine en el Decreto de Área Natural Protegida e incluirlo al Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas del Estado. Que debido al interés de la población de Tacámbaro, Michoacán, así como a la demanda de las autoridades locales, para conservar y proteger las áreas de la región, a fin de lograr un aprovechamiento sustentable y la protección de los recursos naturales, el Gobierno del Estado ha estimado conveniente instrumentar la protección de este lugar, a través de un estatus jurídico que fundamente su legal y práctica protección, incorporándola al Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas; con la Declaratoria y el Programa de Manejo Respectivos. Que el conocimiento de los procesos ecológicos del ciclo hidrológico y de las características de las áreas en particular, señalan a estos sitios como prioritarios para la conservación y mantenimiento de las condiciones óptimas de la vegetación para atenuar el proceso de deterioro ecológico. Que el lugar conocido como “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán de Ocampo, constituyen un área recreativa para la población de la región por ser un sitio de esparcimiento y recreación familiar. Que la incorporación de “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán de Ocampo, al Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas, se consideran como la opción para facilitar el desarrollo e implementación de estrategias de conservación, encaminadas por un programa de manejo. Que pensando en el abastecimiento de agua potable en el presente y el futuro y para evitar que se pierda la cubierta vegetal por la deforestación que en estas zonas se presenta principalmente por el cambio de uso del suelo, de terrenos forestales a agrícolas, ganaderos y vías de comunicación, se hace necesaria su protección como Área Natural Protegida. Que para evitar que en estas zonas se realicen quemas para la eliminación de los tiraderos de basura y ocasionalmente para la apertura de terrenos agrícolas. Siendo las primeras, las que producen emisiones de gases tóxicos y nocivos para la salud y

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las segundas provocan principalmente, la disminución de la cubierta vegetal y la transformación paisajística; y consecuentemente producen la pérdida de hábitat original y diversidad de fauna, favoreciendo el establecimiento de otras especies, produciendo así alteraciones sobre las dinámicas del ecosistema. Por otra parte contribuyen a la ruptura y fragmentación del suelo superficial que deja expuestas capas estériles con lo que se aceleran los procesos de desecación y erosión; así mismo, la pérdida continua de las capas superficiales del suelo (que contienen la mayor cantidad de material orgánico), conduce a un decrecimiento en el reciclaje de nutrientes del ecosistema y la consecuente disminución en las poblaciones de los organismos encargados de dichos procesos de reciclaje. Que por lo anterior se hace indispensable establecer medidas de protección y recuperación en una superficie de 31-58-90.66 y 45-13- 66.46 hectáreas respectivamente, de los lugares conocidos como “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán de Ocampo, a través de su decreto como Área Natural Protegida, bajo la modalidad de "Zona Sujeta a Preservación Ecológica". Que de los estudios realizados, se desprende la necesidad de preservar y restaurar integralmente los elementos naturales existentes a fin de asegurar su equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos y salvaguardar la diversidad genética de las especies silvestres, particularmente las endémicas, amenazadas o en peligro de extinción, así como proteger los entornos naturales de los asentamientos humanos y garantizar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos que en el área se desarrollan. Que con fundamento en los estudios antes señalados, se determinó para el establecimiento de las áreas naturales protegidas denominadas como “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán de Ocampo, con una superficie de 31-58 90.66 y 45-13-66.46 hectáreas respectivamente, delimitación que se prevé en los planos oficiales que obran en la Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente, cuya superficie está compuesta por terrenos de propiedad federal y ejidal. Que la Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente, mediante acuerdo de fecha 23 y 26 de Septiembre de 2002 respectivamente, inició el procedimiento relativo a la declaratoria del Área Natural Protegida, en el que se ordenó practicar estudios previos de las áreas geográficas de referencia. Que la Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente, luego de concluir el procedimiento, ha propuesto al Ejecutivo a mi cargo incorporar como protección y recuperación en una superficie 31- 58-90.66 y 45-13-66.46 hectáreas respectivamente, de los lugares conocidos como “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán de Ocampo, al Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas, en la categoría de manejo denominada “Zona Sujeta a Preservación Ecológica”, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO QUE DECLARA ÁREA NATURAL PROTEGIDA A LOS SITIOS

CONOCIDOS COMO “CERRO HUECO” Y “LA ALBERCA”, Y SU ZONA DE INFLUENCIA, DEL MUNICIPIO DE TACÁMBARO, MICHOACÁN DE OCAMPO

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Artículo 1°. Se declara de orden público e interés social, establecer como Área Natural Protegida, con el carácter de Zona Sujeta a Preservación Ecológica, los lugares conocidos como “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán de Ocampo, del primero se tiene una superficie de 31-58-90.66 hectáreas, siendo su descripción topográfica la siguiente: Se toma como punto de origen al punto número uno ubicado en cerca de alambre, con coordenadas X=241700.912, Y=2125919.306 y de aquí con rumbo S 29° 39’ 6.09” w, y una distancia de 23.870 m, se llega al punto número dos ubicado en quiebre con coordenadas X=241689.103, Y=2125898.562 y de aquí con rumbo S 65° 50’ 49.43” E y una distancia de 54.129 m, se llega al punto número tres con coordenadas X=241738.493, Y=2125876.414 y de aquí con rumbo S 40° 4’ 40.86”E y una distancia de 19.952 m, se llega al punto número cuatro, con coordenadas X=241751.339, Y=2125861.147 y de aquí con rumbo S 24° 22’ 31.40” E y una distancia de 21.923 m, se llega al punto número cinco, con coordenadas X=241760.387, Y=2125841.178 y de aquí con rumbo S 18° 25’ 13.31” E y una distancia de 34.783 m, se llega al punto número seis, con coordenadas X=241771.378, Y=2125808.177 y de aquí con rumbo S 31° 47’ 58.73” E y una distancia de 50.479 m, se llega al punto número siete, con coordenadas X=241797.978, Y=2125765.275 y de aquí con rumbo S 18° 38’ 40.59” E, se llega al punto número ocho, con coordenadas X=241814.085, Y=2125717.537 y de aquí con rumbo S 1° 29’ 40.95” E y una distancia de 53.058 m, se llega al punto número nueve, con coordenadas X=241815.469. Y=2125664.497 y de aquí con rumbo S 19° 34’ 40.25” W y una distancia de 24.653 m, se llega al punto número diez, ubicado en quiebre con coordenadas X=2241807.208, Y=2125641.269 y de aquí con rumbo S 35° 21’ 18.80” W y una distancia de 42.053 m, se llega al punto número once, con coordenadas X=241782.874, Y=2125606.971 y de aquí con rumbo S 1° 27’ 35.07” E y una distancia de 78.628 m, se llega al punto número doce, con coordenadas X=241784.877, Y=2125528.369 y de aquí con rumbo S 6° 48’ 21.17” E y una distancia de 38.302 m, se llega al punto número trece ubicado en quiebre , con coordenadas X=241789.416, Y=2125490.337 y de aquí con rumbo S 44° 9’ 4.26” W y una distancia de 16.945 m, se llega al punto número catorce (hasta este punto colinda con terreno propiedad de Ascensión Mendoza); con coordenadas X=241777.613, Y=2125478.179 y de aquí con rumbo S 24° 31’ 48.60” E y una distancia de 39.711 m, se llega al punto número quince, con coordenadas X=241794.100, Y=2125442.052 y de aquí con rumbo S 34° 12’ 16.47” E y una distancia de 12.262 m, se llega al punto número dieciséis, con coordenadas X=241800.993, Y=2125431.911 y de aquí con rumbo S 40° 41’ 16.27” E y una distancia de 37.119 m, se llega al punto número diecisiete, con coordenadas X=241825.192, Y=2125403.765 y de aquí con rumbo S 59° 16’ 54.20” E y una distancia de 7.966 m, se llega al punto número dieciocho, con coordenadas X=241832.040, Y=3125399.696 y de aquí con rumbo S 70° 46’ 53.11” E y una distancia de 27.053 m, se llega al punto número diecinueve, con coordenadas X=241857.585, Y=2125390.791 y de aquí con rumbo S 70° 29’ 34.43” E y una distancia de 16.680 m, se llega al punto número veinte, con coordenadas X=241873.308, Y=2125385.221 y de aquí con rumbo S 77° 38’ 58.32” E y una distancia de 22.441 m, se llega al punto número veintiuno, con coordenadas X=241895.230, Y=2125380.421 y de aquí con rumbo S 82° 31’ 25.06 “ E y un distancia de 22.249 m, se llega al punto número veintidós, con coordenadas X=241917.290, Y=2125377.526 y de aquí con rumbo S 80° 57’ 16.27” E y una distancia de 11.366 m, se llega al punto número veintitrés, con coordenadas X=241928.515, Y=2125375.739 y de aquí con rumbo N 88° 24’ 35.15” E y una distancia de 35.170 m, se llega al punto número veinticuatro, con coordenadas X=241963.671, Y=2125376.715 y de aquí con rumbo N 89° 1’ 31.09” E y una distancia de 18.224 m, se llega al punto número

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veinticinco, con coordenadas X=241981.892, Y=2125377.025 y de aquí con rumbo S 89° 44’ 11.21” E y una distancia de 44.349 m, se llega al punto número veintiséis, ubicado en quiebre con coordenadas X=242026.241, Y=2125376.821 y de aquí con rumbo S 15° 28’ 10.72” E y una distancia de 20.215 m, se llega al punto número veintisiete con coordenadas X=242031.633, Y=2125357.338 y de aquí con rumbo S 13° 31’ 9.13” E y una distancia de 16.00 m, se llega al punto número veintiocho, ubicado en quiebre con coordenadas X=242035.373, Y=2125341.781 y de aquí con rumbo S 89° 10’ 51.54” E y una distancia de 22.90 m, se llega al punto número veintinueve, con coordenadas X=242058.271, Y=2125341.454 y de aquí con rumbo S 88° 31’ 0.26” E y una distancia de 19.703 m, se llega al punto número treinta ubicado en quiebre, con coordenadas X=242077.967, Y=2125340.944 y de aquí con rumbo N 3° 45’ 21.88” E y una distancia de 38.575 m, se llega al punto número treinta y uno, ubicado en quiebre con coordenadas X=242080.494, Y=2125379.436 y de aquí con rumbo N 72° 15’ 18.40” E y una distancia de 20.139 m, se llega al punto número treinta y dos (desde el punto número catorce hasta este último colinda con propiedad del Sr. Juan Guajardo), con coordenadas X=242099.675, Y= 2125385.574 y de aquí con rumbo N 67° 39’ 22.84” E y una distancia de 35.711 m, se llega al punto número treinta y tres, con coordenadas X=242132.705, Y=2125399.150 y de aquí con rumbo N 61° 12’ 11.31” E y una distancia de 25.219 m, se llega al punto número treinta y cuatro, con coordenadas X=242154.805, Y=2125411.298 y de aquí con rumbo N 61° 11’ 4.76” E y una distancia de 23.167 m, se llega al punto número treinta y cinco, ubicado en quiebre, con coordenadas X=242175.103, Y=2125422.464 y de aquí con rumbo N 28° 23’ 5.36” E y una distancia de 9.140 m, se llega al punto número treinta y seis, con coordenadas X=242179.448, Y=2125430.505 y de aquí con rumbo N 17° 21’ 1.71” E y una distancia de 18.295 m, se llega al punto número treinta y siete, ubicado en quiebre con coordenadas X=242184.904, Y=2125447.968 y de aquí don rumbo N 52° 39’ 49.47” E y una distancia de 37.079 m, se llega al punto número treinta y ocho ubicado al paso de línea de alta tensión de C.F.E., con coordenadas X=242214.385, Y=2125470.456 y de aquí con rumbo N 52° 4’ 50.48” E y una distancia de 11.903 m, se llega al punto número treinta y nueve, con coordenadas X=242223.775, Y= 2125477.771 y de aquí con rumbo N 59° 27’ 13.90” E y una distancia de 10.165 m, se llega al punto número cuarenta ubicado en quiebre, con coordenadas X=242232.529, Y=2125482.937 hasta aquí colinda con Ignacio Ortiz y de aquí con rumbo N 63° 31’ 45.91” E y una distancia de 26.309 m, se llega al punto número cuarenta y uno, con coordenadas X=242256.080, Y=2125494.664 y de aquí con rumbo n 63° 40’ 54.88” e y una distancia de 19.091 m, se llega al punto número cuarenta y dos, con coordenadas X=242273.192, Y=2125503.128 y de aquí con rumbo N 57° 58’ 37.90” E y una distancia de 17.778 m, se llega al punto número cuarenta y tres, con coordenadas X=242288.265, Y=2125512.555 y de aquí con rumbo N 49° 21’ 15.00” E y una distancia de 22.884 m, se llega al punto número cuarenta y cuatro, con coordenadas X=242305.628, Y=2125527.461 y de aquí con rumbo N 50° 19’ 17.87 “ E y una distancia de 44.753 m, se llega al punto número cuarenta y cinco con coordenadas X=242340.072, Y=2125556.035 y de aquí con rumbo N 33° 28’ 2.20” E y una distancia de 22.183 m, se llega al punto número cuarenta y seis, con coordenadas X=242352.305, Y=2125574.540 y de aquí con rumbo N 30° 16’ 40.87” E y una distancia de 21.022 m, se llega al punto número cuarenta y siete, con coordenadas X=242362.904, Y=2125592.694 y de aquí con rumbo N 23° 52’ 45.65” E y una distancia de 32.956 m, se llega al punto número cuarenta y ocho, con coordenadas X=242376.245, Y= 2125622.829 y de aquí con rumbo N 31° 23’ 42.43” E y una distancia de 21.527 m, se llega al punto número cuarenta y nueve, con coordenadas X=242387.459, Y=2125641.204 y de aquí con rumbo N 42° 49’ 28.75” E y una distancia de 8.513 m, se llega al punto número cincuenta, con coordenadas X=242393.246, Y=2125647.448 y de aquí con rumbo N 31° 16’ 2.99” E Y una distancia

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de 5.111 m, se llega al punto número cincuenta y uno ubicado en quiebre, con coordenadas X=242395.899, Y=2125651.817 y de aquí con rumbo N 18° 20’ 52.14” E y una distancia de 19.131 m, se llega al punto número cincuenta y dos, con coordenadas X=242401.921, Y=2125669.975 y de aquí con rumbo N 5° 52’ 41.32” E y una distancia de 12.284 m, se llega al punto número cincuenta y tres, con coordenadas X=242403.179, Y=2125682.194 y de aquí con rumbo N 1° 10’ 9.33” W y una distancia de 9.850 m, se llega al punto número cincuenta y cuatro, con coordenadas X=242402.978, Y=2125692.042 y de aquí con rumbo N 1° 5’ 24.07” W y una distancia de 41.476 m, se llega al punto número cincuenta y cinco ubicado en quiebre, (desde el punto número cuarenta hasta este último colinda con terreno propiedad de Tomas Jaimes), con coordenadas X=242402.189, Y=2125733.510 y de aquí con rumbo S 72° 44’ 4.67” W y una distancia de 6.708 m, se llega al punto número cincuenta y seis, con coordenadas X=242395.783, Y=2125731.519 y de aquí con rumbo N 78° 30’ 37.50” W y una distancia de 67.614 m, se llega al punto número cincuenta y siete ubicado en quiebre con coordenadas X=242329.524, Y=2125744.987 y de aquí con rumbo N 39° 41’ 0.20” W y una distancia de 22.695 m, se llega al punto número cincuenta y ocho ubicado en quiebre con coordenadas X=242315.032,Y=2125762.453 y de aquí con rumbo N 18° 7’ 16.83” E y una distancia de 9.533 m, se llega al punto número cincuenta y nueve con coordenadas X=242317.997, Y=2125771.513 y de aquí con rumbo N 5° 25’ 52.02”E y una distancia de 25.642 m, se llega al punto número sesenta, con coordenadas X=242320.424, Y=2125797.040 y de aquí con rumbo N 8° 31’ 10.64” E y una distancia de 29.747 m, se llega al punto número sesenta y uno, con coordenadas X=242324.831, Y=2125826.459 y de aquí con rumbo N 1° 7’ 37.90” W y una distancia de 63.491 m, se llega al punto número sesenta y dos, con coordenadas X=242323.582, Y=2125889.938 y de aquí con rumbo N 4° 10’ 18.28” W y una distancia de 38.201 m, se llega al punto número sesenta y tres, con coordenadas X=242320.803, Y=2125928.038 y de aquí con rumbo N 2° 43’ 20.03” W y una distancia de 108.877 m, se llega al punto número sesenta y cuatro (del punto 55 hasta 33.00 m después del punto número sesenta y tres colinda con camino de terracería que conduce a Las Joyas y este camino y a su vez colinda con terreno propiedad de Salud Jaimes), ubicado en quiebre y cruce con camino empedrado, con coordenadas X=242315.632, Y=2126036.792 y de aquí con rumbo N 19° 40’ 17.32” W y una distancia de 15.622 m, se llega al punto número sesenta y cinco ubicado en orilla de camino empedrado, con coordenadas X=242310.339, Y=2126051.490 y de aquí con rumbo N 18° 36’ 12.56” W y una distancia de 4.730 m, se llega al punto número sesenta y seis, con coordenadas X=242308.830, Y=2126055.973 y de aquí con rumbo N 1° 12’ 24.79” W y una distancia de 19.418 m, se llega al punto número sesenta y siete, con coordenadas X=242308.421, Y=2126075.387 y de aquí con rumbo N 7° 47’ 28.61” W y una distancia de 16.501 m, se llega al punto número sesenta y ocho ubicado en quiebre, con coordenadas X=242306.184, Y=2126091.736 y de aquí con rumbo N 37° 21’ 21.79” W y una distancia de 16.453 m, se llega al punto número sesenta y nueve, con coordenadas X=242296.201, Y=2126104.814 y de aquí con rumbo N 56° 57’ 17.29” W y una distancia de 17.792 m, se llega al punto número setenta, con coordenadas X=242281.287, Y=2126114.516 y de aquí con rumbo N 63° 37’ 18.80” W y una distancia 10.828 m, se llega al punto número setenta y uno, con coordenadas X=242271.586, Y=2126119.327 y de aquí con rumbo N 78° 22’ 33.27” W y una distancia de 9.514 m, se llega al punto número setenta y dos, con coordenadas X=242262.267, Y=2126121.244 y de aquí con rumbo N 87° 36’ 10.48” W y una distancia de 8.990 m, se llega al punto número setenta y tres, ubicado en quiebre con coordenadas X=242253.285, Y=2126121.620 y de aquí con rumbo S 58° 43’ 24.78” W y una distancia de 21.180 m, se llega al punto número setenta y cuatro, con coordenadas X=242235.183, Y=2126110.624 y de aquí con rumbo S 41° 14’ 35.97” W

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y una distancia de 31.082 m, se llega al punto número setenta y cinco con coordenadas X=242214.692, Y=2126087.253 y de aquí con rumbo S 30° 25’ 1.65” W y una distancia de 52.077 m, se llega al punto número setenta y seis ubicado en quiebre, con coordenadas X=242188.326, Y=2126042.344 y de aquí con rumbo S 45° 43’ 17.79” W y una distancia de 17.012 m, se llega al punto número setenta y siete, con coordenadas X=242176.146, Y=2126030.467 y de aquí con rumbo S 67° 49’ 22.85” W y una distancia de 41.558 m, se llega al punto número setenta y ocho (hasta este punto colinda con camino empedrado que conduce a Tacámbaro y este a su vez, con terreno, propiedad de pedro González); con coordenadas X=242137.662, Y=2126014.780 y de aquí con rumbo S 65° 14’ 52.03” W y una distancia de 34.211 m, se llega al punto número setenta y nueve, con coordenadas X=242106.594, Y=2126000.456 y de aquí con rumbo S 47° 44’ 33.12” W y una distancia de 18.768 m, se llega al punto número ochenta, con coordenadas X=242092.703, Y=2125987.835 y de aquí con rumbo S 17° 5’ 38.55” W y una distancia de 12.121 m, se llega al punto número ochenta y uno ubicado en quiebre, con coordenadas X=242089.140, Y=2125976.249 y de aquí con rumbo S 60° 19’ 29.24” W y una distancia de 82.114 m, se llega al punto número ochenta y dos con coordenadas X=242017.796, Y=2125935.596 y de aquí con rumbo S 50° 31’ 24.63” W y una distancia de 28.401 m, se llega al punto número ochenta y tres, ubicada en quiebre, con coordenadas X=241995.874, Y=2125917.540 y de aquí con rumbo S 30° 22’ 36.27” W y una distancia de 29.311 m, se llega al punto número ochenta y cuatro ubicado en paso de línea alta tensión de C.F.F. con coordenadas X=241981.052, Y=2125892.253 y de aquí con rumbo S 8° 2’ 6.19” W y una distancia de 12.191 m, se llega al punto número ochenta y cinco, con coordenadas X=241979.348, Y=2125880.182 y de aquí con rumbo S 40° 29’ 37.62” W y una distancia de 19.422 m, se llega al punto número ochenta y seis ubicado en orilla de arroyo pluvial sin nombre, con coordenadas X=241966.736, Y=2125865.412 y de aquí con rumbo N 50° 26’ 7.72” W y una distancia de 9.891 m, se llega al punto número ochenta y siete, con coordenadas X=241959.111, Y=2125871.712 y de aquí con rumbo N 72° 21’ 21.93” W y una distancia de 66.265 m, se llega al punto número ochenta y ocho con coordenadas X=241895.963, Y=2125891.797 y de aquí con rumbo N 72° 23’ 2.38” W y una distancia de 140.892 m, se llega al punto número ochenta y nueve ubicado en quiebre con coordenadas X=241761.678, Y=2125934.436 y de aquí con rumbo S 87° 9’ 27.38” W y una distancia de 14.298 m, se llega al punto número noventa (hasta este punto colinda con terreno propiedad de Florencio Tovar), con coordenadas X=241747.398, Y=2125933.727 y de aquí con rumbo S 82° 3’ 8.50” W y una distancia de 17.097 m, se llega al punto número noventa y uno ubicado en quiebre, con coordenadas X=241730..465, Y=2125931.363 y de aquí con rumbo S 67° 48’ 20.08” W y una distancia de 31.918 m, se llega al punto número uno, hasta aquí colinda con terreno propiedad de Ignacio Ayala y este último punto es considerado como origen del polígono, con una superficie de 315,890.66 m² ó 31.59 hectáreas. La descripción topográfica de “La Alberca” y su zona de influencia, del municipio de Tacámbaro, Michoacán, es la siguiente: Está área natural comprende el polígono georeferenciado con una proyección cartográfica zona UTM 14, carta INEGI E 14 A42. Se considera como punto de origen del polígono al punto número uno ubicado en quiebre, con coordenadas X=240962.641, Y=2126108.213 y de aquí con rumbo S 28° 32’ 28.98” W y una distancia de 31.576 m. se llega al punto número dos, con coordenadas X=240947.554, Y=2126080.474 y de aquí con rumbo S 38° 49’ 32.23” W y una distancia de 45.547 m. se llega al punto número tres, con coordenadas

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X=240918.998, Y=2126044.99 y de aquí con rumbo S 35° 11’ 44.26” W y una distancia de 2.006 m. se llega al punto número cuatro, con coordenadas X=240917.842, Y=2126043.351 y de aquí con rumbo S 17° 17’ 28.69” W y una distancia de 25.176 m. se llega al punto número cinco, con coordenasX=240910.359, Y=2126019.313 y de aquí con rumbo S 8° 35’ 36.22” W y una distancia de 64.643 m. se llega al punto número seis, con coordenadas X=240900.70, Y=2125955.396 y de aquí con rumbo S 38° 19’ 28.68” W y una distancia de 16.205 m. se llega al punto número siete, con coordenadas X=240890.651, Y=2125942.683 y de aquí con rumbo S 13° 10’ 5.57” W y una distancia de 47.324 m. se llega al punto número ocho, con coordenadas X=240879.87, Y=2125896.603 (del punto número uno hasta este último colinda con margen de arroyo sin nombre y éste a su vez con terreno propiedad del Sr. Florencio García Reyes); este punto ocho se ubica en quiebre y de aquí con rumbo S 63° 30’ 43.54” E y una distancia de 9.632 m. se llega al punto número nueve, con coordenadas X=240888.491, Y=2125892.307 y de aquí con rumbo N 82° 24’ 56.45” E y una distancia de 17.237 m. se llega al punto número diez, con coordenadas X=240905.577, Y=2125894.582 y de aquí con rumbo N 78° 38’ 49.57” E y una distancia de 30.338 m. se llega al punto número once, con coordenadas X=240935.321, Y=2125900.554 y de aquí con rumbo N 88° 7’ 57.51” E y una distancia de 21.42 m. se llega al punto número doce, con coordenadas X=240956.73, Y=2125901.252 y de aquí con rumbo S 87° 18’ 9.48” E y una distancia de 17.042 m. se llega al punto número trece ubicado en quiebre, con coordenadas X=240973.753, Y=2125900.45 y de aquí con rumbo S 53° 46’ 55.69” E, y una distancia de 18.067 m. se llega al punto número catorce, con coordenadas X=240988.329, Y=2125889.775 y de aquí con rumbo S 40° 33’ 56.60” E y una distancia de 13.627 m. se llega al punto número quince, con coordenadas X=240997.191, Y=2125879.423 y de aquí con rumbo S 30° 28’ 38.77” E y una distancia de 8.062 m. se llega al punto número dieciséis, ubicado en quiebre, con coordenadas X=241001.28, Y=2125872.475 y de aquí con rumbo S 0° 18’ 16.16” W y una distancia de 38.952 m. se llega al punto número diecisiete, con coordenadas X=241001.073, Y=2125833.524 y de aquí con rumbo S 6° 12’ 53.92” E y una distancia de 29.106 m. se llega al punto número dieciocho, con coordenadas X=241004.224, Y=2125804.589 y de aquí con rumbo S 13° 52’ 23.95” E y una distancia de 6.994 m. se llega al punto número diecinueve, con coordenadas X=241005.901, Y=2125797.799 y de aquí con rumbo S 18° 17’ 34.94” E y una distancia de 30.897 m. se llega al punto número veinte, con coordenadas X=241015.599, Y=2125768.463 (desde el punto número ocho hasta este último colinda con terreno propiedad del Sr. Rodrigo García Aguilar), y de aquí con rumbo S 33° 57’ 21.97” E y una distancia de 16.068 m. se llega al punto número veintiuno, con coordenadas X=241024.574, Y=2125755.135 y de aquí con rumbo S 54° 39’ 46.42” E y una distancia de 24.906 m. se llega al punto número veintidós, con coordenadas X=241044.891, Y=2125740.73 y de aquí con rumbo S 63° 45’ 25.75” E y una distancia de 6.283 m. se llega al punto número veintitrés, con coordenadas X=241050.526, Y=2125737.952 y de aquí con rumbo S 70° 5’ 19.17” E y una distancia de 33.151 m. se llega al punto número veinticuatro, con coordenadas X=241081.695, Y=2125726.662 y de aquí con rumbo S 72° 8’ 21.01” E y una distancia de 23.827 m. se llega al punto número veinticinco, con coordenadas X=241104.374, Y=2125719.354 y de aquí con rumbo S 51° 15’ 37.94” E y una distancia de 22.131 m. se llega al punto número veintiséis, ubicado en quiebre con coordenadas X=241121.636, Y=2125705.505 y de aquí con rumbo S 25° 17’ 33.82” E y una distancia de 20.906 m. se llega al punto número veintisiete, con coordenadas X=241130.568, Y=2125686.603 y de aquí con rumbo S 15° 16’ 48.53” E y una distancia de 21.283 m. se llega al punto número veintiocho, con coordenadas X=241136.177, Y=2125666.072 ( desde el punto número veinte hasta este último colinda con terreno propiedad del Sr. Salvador “X”) y de aquí con rumbo S 18° 57’ 52.70” E y una distancia de 12.622 m. se llega al punto

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número veintinueve, con coordenadas X=241140.279, Y=2125654.135 y de aquí con rumbo S 17° 28’ 2.44” E y una distancia de 29.831 m. se llega al punto número treinta, con coordenadas X=241149.233, Y=2125625.68 y de aquí con rumbo S 11° 31’ 49.98” E y una distancia de 55.16 m. se llega al punto número treinta y uno, con coordenadas X=241160.259, Y=2125571.633 y de aquí con rumbo S 22° 30’ 49.54” E y una distancia de 31.112 m. se llega al punto número treinta y dos, con coordenadas X=241172.172, Y=2125542.892 y de aquí con rumbo S 25° 49’ 58.23” E y una distancia de 59.668 m. se llega al punto número treinta y tres, con coordenadas X=241198.172, Y=2125489.187 y de aquí con rumbo S 39° 35’ 13.30” E y una distancia de 63.175 m. se llega al punto número treinta y cuatro ubicado en quiebre, (desde el punto número ocho hasta este último colinda con camino asfaltado que conduce al basurero municipal), con coordenadasX=241238.43, Y=2125440.501 y de aquí con rumbo N 15° 38’ 22.52” E y una distancia de 79.704 m. se llega al punto número treinta y cinco ubicado en quiebre, con coordenadas X=241259.917, Y=2125517.254 y de aquí con rumbo N 73° 31’ 38.59” E y una distancia de 62.742 m. se llega al punto número treinta y seis, con coordenadas X=241320.084, Y=2125535.045 y de aquí con rumbo N 76° 2’ 40.89” E y una distancia de 221.657 m. se llega al punto número treinta y siete, con coordenadas X=241535.199, Y=2125588.501 y de aquí con rumbo N 78° 50’ 53.25” E y una distancia de 330.722 m. se llega al punto número treinta y ocho, con coordenadas X=241859.676, Y=2125652.466 (desde el punto número veintiocho hasta este último colinda con el Ejido de Chupio) este punto se encuentra en quiebre y en cruce de camino que conduce a Chupio y a Perocho; y de aquí con rumbo N 10° 59’ 21.76” W y una distancia de 23.276 m. se llega al punto número treinta y nueve, con coordenadas X=241855.239, Y=2125675.315 y de aquí con rumbo N 26° 54’ 17.83” W y una distancia de 52.845 m. se llega al punto número cuarenta, con coordenadas X=241831.326, Y=2125722.44 y de aquí con rumbo N 32° 31’ 34.13” W y una distancia de 33.985 m. se llega al punto número cuarenta y uno, con coordenadas X=241813.053, Y=2125751.094 (desde el punto número treinta y ocho hasta este último colinda con camino que conduce a Chupio y este a su vez con terreno propiedad del Sr. José González) y de aquí con rumbo N 12° 17’ 37.88” W y una distancia de 24.943 m. se llega al punto número cuarenta y dos, con coordenadas X=241807.742, Y=2125775.465 y de aquí con rumbo N 15° 21’ 21.07” W y una distancia de 13.27 m. se llega al punto número cuarenta y tres, con coordenadas X=241804.228, Y=2125788.261 y de aquí con rumbo N 24° 25’ 19.46” W y una distancia de 32.722 m. se llega al punto número cuarenta y cuatro ubicado en quiebre, con coordenadas X=241790.699, Y=2125818.055 y de aquí con rumbo N 1° 55’ 14.77” E y una distancia de 31.715 m. se llega al punto número cuarenta y cinco, con coordenadas X=241791.762, Y=2125849.752 y de aquí con rumbo N 14° 36’ 16.95” W y una distancia de 26.841 m. se llega al punto número cuarenta y seis, con coordenadas X=241784.994, Y=2125875.726 y de aquí con rumbo N 16° 44’ 39.53” W y una distancia de 20.944 m. se llega al punto número cuarenta y siete, con coordenadas X=241778.96, Y=2125895.782 y de aquí con rumbo N 10° 41’ 5.37” E y una distancia de 12.044 m. se llega al punto número cuarenta y ocho, con coordenadas X=241781.193, Y=2125907.617 y de aquí con rumbo N 13° 53’ 57.88” E y una distancia de 20.515 m. . se llega al punto número cuarenta y nueve, con coordenadas X=241786.121, Y=2125927.531 y de aquí con rumbo N 11° 3’ 15.08” W y una distancia de 16.564 m. se llega al punto número cincuenta, con coordenadas X=241782.945, Y=2125943.788 y de aquí con rumbo N 18° 46’ 23.23” W y una distancia de 12.805 m. se llega al punto número cincuenta y uno ubicado en quiebre, con coordenadas X=241778.824, Y=2125955.912 y de aquí con rumbo N 39° 14’ 5.20” W y una distancia de 15.719 m. se llega al punto número cincuenta y dos, con coordenadas X=241768.882, Y=2125968.087 y de aquí con rumbo N 32° 5’ 52.36” W y

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una distancia de 18.057 m. se llega al punto número cincuenta y tres, con coordenadas X=241759.287, Y=2125983.384 (desde el punto número cuarenta y uno hasta 14 m. aproximadamente después del punto número cincuenta y tres, colinda con camino y este a su vez con terreno propiedad del Sr. Jesús Ibarra Ramírez) y de aquí con rumbo N 42° 50’ 20.08” W y una distancia de 72.887 m se llega al punto número cincuenta y cuatro, con coordenadas X=241709.728, Y=2126036.83 y de aquí con rumbo N 52° 29’ 16.38” W y una distancia de 23.196 m. se llega al punto número cincuenta y cinco ubicado en quiebre, con coordenadas X=241691.328, Y=2126050.955 y de aquí con rumbo N 13° 54’ 32.88” W y una distancia de 16.399 m. se llega al punto número cincuenta y seis, con coordenadas X=241687.386.386, Y=2126066.873 y de aquí con rumbo N 37° 8’ 5.53” E y una distancia de 16.045 m. se llega al punto número cincuenta y siete, con coordenadas X=241697.072, Y=2126079.664 y de aquí con rumbo N 46° 18’ 58.93” E y una distancia de 15.452 m. se llega al punto número cincuenta y ocho, con coordenadas X=241708.246, Y=2126090.336 y de aquí con rumbo N 69° 44’ 57.20” E y una distancia de 54.48 m. se llega al punto número cincuenta y nueve, con coordenadas X=241759.358,Y=2126109.193 y de aquí con rumbo N 58° 52’ 33.22” E y una distancia de 9.621 m. se llega al punto número sesenta, con coordenadas X=241767.594, Y=2126114.166 y de aquí con rumbo N 25° 31’ 20.66” E y una distancia de 10.052 m. se llega al punto número sesenta y uno, con coordenadas X=241771.925, Y=2126123.237 y de aquí con rumbo N 10° 24’ 42.86” E y una distancia de 10.148 m. se llega al punto número sesenta y dos, con coordenadas X=241773.759, Y=2126133.218 y de aquí con rumbo N 8° 41’ 55.61” W y una distancia de 7.723 m. se llega al punto número sesenta y tres ubicado en esquina de camino particular, con coordenadas X=241772.591, Y=2126140.852 (desde 14 m. después del punto número cincuenta y tres hasta este último colinda con camino y este a su vez con terreno propiedad del Sr. José Velázquez Salto) y de aquí con rumbo N 16° 14’ 3.91” W y una distancia de 6.399 m. se llega al punto número sesenta y cuatro, con coordenadas X=241770.802, Y=2126146.996 y de aquí con rumbo N 52° 44’ 35.34” W y una distancia de 36.633 m. se llega al punto número sesenta y cinco, con coordenadas X=241741.645, Y=2126169.173 y de aquí con rumbo N 50° 38’ 59.16” W y una distancia de 30.354 m. se llega al punto número sesenta y seis, con coordenadas X=241718.173, Y=2126188.419 y de aquí con rumbo N 59° 15’ 22.11” W y una distancia de 21.94 m. se llega al punto número sesenta y siete, con coordenadas X=241699.316, Y=2126199.635 (desde el punto número sesenta y cuatro hasta este último colinda con terreno propiedad del Sr. Javier Colón Pedraza) y de aquí con rumbo N 63° 13’ 35.05” W y una distancia de 48.41 m. se llega al punto número sesenta y ocho, con coordenadas X=241656.096, Y=2126221.442 y de aquí con rumbo N 47° 30’ 5.28” W y una distancia de 8.862 m. se llega al punto número sesenta y nueve, con coordenadas X=241649.562, Y=2126227.429 y de aquí con rumbo N 35° 32’ 47.43” W y una distancia de 17.345 m. se llega al punto número setenta (desde el punto número sesenta y siete hasta éste último colinda con terreno propiedad del Sr. Alejandro Díaz García), con coordenadas X=241639.478, Y=2126241.542 y de aquí con rumbo S 74° 34’ 21.94” W y una distancia de 188.663 m. se llega al punto número setenta y uno, con coordenadas X=241457.613, Y=2126191.355 (del punto número setenta al número setenta y uno colinda en su lado norte con terreno del Sr.Abel García Reyes y en su lado sur con terreno del Sr. Enrique García), y de aquí con rumbo N 62° 21’ 40.07” W y una distancia de 46.939 m. se llega al punto número setenta y dos ubicado en quiebre, con coordenadas X=241416.03, y=2126213.13 y de aquí con rumbo N 55° 51’ 3.70” W y una distancia de 75.005 m. se llega al punto número setenta y tres, con coordenadas X=241353.957, Y=2126171.026 y de aquí con rumbo S 52° 13’ 25.72” W y una distancia de 29.196 m. se llega al punto número setenta y cuatro, con coordenadas X=241330.88, Y=2126153.141 y de aquí con rumbo

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S 59° 27’ 55.69” W y una distancia de 49.563 m. se llega al punto número setenta y cinco con coordenadas X=241288.19, Y=2126127.96 y de aquí con rumbo S 36° 44’ 33.84” W y una distancia de 6.849 m. se llega al punto número setenta y seis, con coordenadas X=241284.093, Y=2126122.472 y de aquí con rumbo S 54° 21’ 13.61” W y una distancia de 4.111 m. se llega al punto número setenta y siete, con coordenadas X=241280.752, Y=2126120.076 y de aquí con rumbo S 4° 31’ 8.12” E y una distancia de 9.138 m. se llega al punto número setenta y ocho, con coordenadas X=241281.472, Y=2126110.966 y de aquí con rumbo S 30° 6’ 4.70” W y una distancia de 15.313 m. se llega al punto número setenta y nueve, con coordenadas X=241273.792, Y=2126097.78 y de aquí con rumbo S 10° 6’ 47.38” W y una distancia de 5.775 m. se llega al punto número ochenta, con coordenadas X=241272.778, Y=2126092.033 y de aquí con rumbo S 25° 20’ 17.83” W y una distancia de 14.852 m. se llega al punto número ochenta y uno, con coordenadas X=241266.422, Y=2126078.61 y de aquí con rumbo S 80° 1’ 25.27” W y una distancia de 5.974 m. se llega al punto número ochenta y dos, con coordenadas X=241260.538, Y=2126077.575 y de aquí con rumbo N 67° 51’ 17.07” W y una distancia de 7.828 m. se llega al punto número ochenta y tres ubicado en quiebre, con coordenadas X=241253.287, Y=2126080.526 y de aquí con rumbo S 39° 5’ 37.26” W y una distancia de 79.773 m. se llega al punto número ochenta y cuatro ubicado en quiebre, con coordenadas X=241202.983, Y=2126018.613 y de aquí con rumbo N 67° 53’ 17.92” W y una distancia de 19.991 m. se llega al punto número ochenta y cinco, con coordenadas X=241184.462, Y=2126026.138 y de aquí con rumbo N 41° 39’ 46.50” W y una distancia de 7.288 m. se llega al punto número ochenta y seis, con coordenadas X=241179.617, Y=2126031.583 y de aquí con rumbo N 39° 15’ 56.42” W y una distancia de 18.004 m. se llega al punto número ochenta y siete, con coordenadas X=241168.222, Y=2126045.522 y de aquí con rumbo N 25° 18’ 37.06” W y una distancia de23.241 m. se llega al punto número ochenta y ocho ubicado en quiebre, con coordenadas X=241158.286, Y=2126066.532 (desde el punto número setenta y dos hasta este último colinda con terreno propiedad del Sr. Abel García Reyes) y de aquí con rumbo N 67° 8’ 49.39” W y una distancia de 44.512 m. se llega al punto número ochenta y nueve, con coordenadas X=241117.268, Y=2126083.819 y de aquí con rumbo N 60° 50’ 0.51” W y una distancia de 25.657 m. se llega al punto número noventa, con coordenadas X=241094.864, Y=2126096.323 y de aquí con rumbo N 65°16’ 49.35” W y una distancia de 38.204 m. se llega al punto número noventa y uno, con coordenadas X=241060.161, Y=2126112.299 y de aquí con rumbo N 74° 50’ 7.07” W y una distancia de 23.399 m. se llega al punto número noventa y dos, con coordenadas X=241037.577, Y=2126118.42 y de aquí con rumbo S 72° 52’ 12.16” W y una distancia de 14.08 m. se llega al punto número noventa y tres, con coordenadas X=241024.122, Y=2126114.273 y de aquí con rumbo S 80° 49’ 8.21” W y una distancia de 27.997 m. se llega al punto número noventa y cuatro, con coordenadas X=240996.484, Y=2126109.806 y de aquí con rumbo S 72° 56’ 29.31” W y una distancia de 8.386 m. se llega a punto número noventa y cinco, con coordenadas X=240988.467, Y=2126107.346 y de aquí con rumbo N 88° 4’ 38.12” W y una distancia de 25.841 m. se llega al punto número uno considerando como origen del polígono. (del punto número ochenta y ocho hasta el número uno colinda con terreno propiedad del Sr. Florencio García Reyes); el polígono da una superficie total de 451,366.46 m² o 45-13-66.46 hectáreas. Artículo 2°. En el Área Natural Protegida a que se refiere la presente declaratoria, no se autorizará la ejecución de obras públicas o privadas, ni explotación de bancos de material pétreo o de cualquier otro material que pueda ser extraído de la tierra, cuando

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en cualquier forma pueda afectar la biodiversidad y el equilibrio ecológico o el propósito de este decreto. El Programa de Manejo señalará el tipo y características de las obras públicas o privadas que pretendan realizarse dentro del Área Natural Protegida, para lo cual, los proyectos de las mismas deberán ser presentados a la Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente, para su estudio y en su caso, aprobación, modificación o rechazo. El uso, explotación y aprovechamiento de los recursos naturales de las áreas objeto de esta declaratoria, deberá realizarse conforme a las condiciones y restricciones que establezcan el Programa de Manejo y previos los estudios que al efecto se elaboren en los términos de la legislación aplicable en la materia. En ningún supuesto y circunstancia, serán autorizados proyectos que afecten las condiciones mínimas indispensables de la biodiversidad. Artículo 3°. En el Área Natural Protegida no se autorizan proyectos de obras que afecten las condiciones mínimas indispensables para la hibernación y reproducción de las especies únicas que existen en el lugar, así mismo se prohíbe la introducción de especies exóticas que puedan afectar la permanencia de las ya existentes. Artículo 4°. En el Área Natural Protegida a que se refiere la presente declaratoria, sólo se podrán realizar las actividades que se determinen en el Programa de Manejo y que estarán encaminadas a la preservación y restauración ecológica, educación ambiental, investigación científica, turismo ecológico y todas aquellas tendientes a la conservación de los ecosistemas y al manejo integral y sustentable de los recursos naturales. Artículo 5°. Se prohíben el desarrollo de actividades y acciones que ocasionen degradación del área natural protegida. Las áreas en las que se hayan desarrollado actividades de aprovechamiento de materiales pétreos, deberán ser restauradas de conformidad a lo establecido con el Programa de Manejo y demás normativa de la materia, a fin de hacer las correcciones necesarias para restaurar los daños ocasionados. Artículo 6°. La organización, conservación, administración, desarrollo y vigilancia del Área Natural Protegida en la modalidad de Zona Sujeta a Preservación Ecológica de lo lugares denominados como “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán de Ocampo, quedan a cargo de la Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente; la cual podrá promover la celebración de convenios de concertación con el H. Ayuntamiento del lugar, con los dueños y/o poseedores de los predios involucrados, dependencias de gobierno, instituciones académicas y organizaciones no gubernamentales para los fines del cumplimiento de la presente declaratoria. Artículo 7°. La Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente, en coordinación con el H. Ayuntamiento de Morelia, Michoacán, elaborarán el Programa de Manejo de la Zona Sujeta a Preservación Ecológica.

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Artículo 8°. Cuando se pretenda ejercer acciones o inversiones en el área señalada por este Decreto, por parte de las dependencias y autoridades de la Administración Pública Estatal, se ajustarán a las disposiciones establecidas; asimismo la Secretaría de Planeación y Desarrollo Estatal, no podrá autorizar partida presupuestal destinada a programas o actividades que contravengan este Decreto o el Programa de Manejo. Artículo 9°. El Programa de Manejo deberá contener las actividades permitidas para la preservación, repoblación, propagación, aclimatación, refugio de especies de flora y fauna silvestres; las modalidades a que se sujetará el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, así como las limitaciones y prohibiciones respectivas. El programa, deberá contener por lo menos lo siguiente: I. La descripción de las características físicas, biológicas, sociales y culturales de la zona en el contexto regional y local; II. Los objetivos específicos del Área Natural Protegida; III. Las acciones a realizar en corto, mediano y largo plazo, entre las que comprenderán la investigación, uso de los recursos naturales, extensión, difusión, operación, coordinación, seguimiento y control; IV. Las normas técnicas aplicables para el uso del suelo y agua y el aprovechamiento de los recursos naturales, las características sanitarias, de cultivo y conservación del suelo y del agua y la prevención de su contaminación; y, V. Las demás que le señale la normativa de la materia. Artículo 10. Los notarios y cualquier otro fedatario público que intervengan en los actos, convenios y contratos relativos a la propiedad, posesión o cualquier derecho relacionado con bienes inmuebles ubicados en la Zonas Sujetas a Preservación Ecológica de “Cerro Hueco” y “La Alberca”, y su zona de influencia, del Municipio de Tacámbaro, Michoacán de Ocampo, que se celebren con posterioridad a la entrada en vigor de este ordenamiento, deberán hacer referencia a la presente declaratoria y a sus datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad. Artículo 11. Todos los actos que contravengan las disposiciones de la presente declaratoria, serán nulos de pleno derecho.

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ARTÍCULO SEGUNDO. La Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente, en coordinación con el H. Ayuntamiento de Tacámbaro, Michoacán, elaborarán el Programa de Manejo a que se refiere el artículo sexto del presente decreto, en el término de un año, contado a partir de la fecha en que el mismo entre en vigor.

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ARTÍCULO TERCERO. Inscríbase el presente decreto en el Registro Público de la Propiedad Raíz y del Comercio en el Estado.

Morelia, Michoacán, de Ocampo a 30 de Noviembre de 2004.

ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

LÁZARO CÁRDENAS BATEL. Gobernador Constitucional del Estado

LIC. L. ENRIQUE BAUTISTA VILLEGAS Secretario de Gobierno

MTRO. GUILLERMO VARGAS URIBE Secretario de Urbanismo y Medio Ambiente

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