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www.monografias.com LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA (EURO) 1

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LA UNIN ECONMICA Y MONETARIA (EURO)

INDICE

PGINA

1.- La Unin Econmica y Monetaria4

2.- Etapas y calendario7

3.- El Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC)13

4.- El nuevo Mecanismo de Tipos de Cambio (MTC2)16

5.- El euro y el sistema financiero19

6.- Los consumidores y el euro31

7.- El euro y las empresas40

8.- El comercio minorista y el euro57

9.- Marco jurdico para la introduccin del euro71

10.- La transicin al euro: el sector financiero82

a) Introduccin: aspectos operativos.83

b) La poltica monetaria y las cuentas de las entidades en el banco de espaa.87

c) Las cuentas corrientes no bancarias en el banco de espaa89

d) El cambio de los billetes y las monedas en circulacin.91

e) La actividad del sistema bancario con su clientela91

f) La adaptacin de las entidades de crdito durante el perodo transitorio93

g) Los mercados organizados de valores. La cnmv94

13.- La transicin al euro: las administraciones pblicas96

14.- Ventajas de la UEM para Espaa129

15.- APNDICE: Agenda de transicin al euro: 1998 - 2002.133

CONCLUSIONES141

BIBLIOGRAFIA145

1.- LA UNIN ECONMICA

Y

MONETARIA

LA UNIN ECONMICA Y MONETARIA

La Unin Econmica y Monetaria (UEM) es la culminacin del proyecto de integracin europeo desde la perspectiva monetaria. Se trata de una vieja aspiracin europea que tiene sus races en el final de los aos sesenta y que fue definitivamente reconocida en trminos institucionales con la reforma del Tratado de la Comunidad Europea que se llev a cabo en Maastricht a principios de la actual dcada.

El principal objetivo de la UEM es la implantacin de una moneda, el euro, que sea nica en todo los Estados miembros que formen parte de este proyecto de integracin. La introduccin de la moneda nica puede entenderse como el corolario necesario al proyecto de mercado interior iniciado a finales de los ochenta, que debe permitir la libre circulacin de personas, mercancas y capitales por todo el territorio de la Unin Europea.

La relacin de pases de la UE que se integren en el proyecto de moneda nica se decidir en la primavera de 1998 de acuerdo con el cumplimiento de una serie de criterios econmicos, los conocidos como criterios de convergencia o de Maastricht (dficit, deuda pblica, inflacin, tipos de inters y estabilidad del tipo de cambio). La razn que explica el necesario cumplimiento de los criterios es que garantizan que exista convergencia econmica entre los pases que compartan la misma moneda, con lo que el manejo de la poltica monetaria y del tipo de cambio por una entidad central (el Banco Central Europeo) se ver facilitada y ser compatible con el resto de polticas econmicas de los estados miembros en las que todava son autnomos.

Dentro de las funciones la UEM tiene: la supervisin de las polticas econmicas de los pases miembros por parte del Consejo de la Unin Europea, la prohibicin de la financiacin privilegiada al Sector Pblico, la prohibicin de cualquier medida que establezca el acceso privilegiado a las entidades financieras y el control de los dficit pblicos excesivos.

Dentro del contenido que implica la UEM se pueden diferenciar dos planos distintos:

La Unin Econmica: consiste en la coordinacin de polticas econmicas de los Estados miembros, en la culminacin del mercado interior y en la definicin de objetivos comunes de poltica econmica.

La Unin Monetaria: se asienta en la fijacin irrevocable de los tipos de cambio entre las monedas de los pases participantes para lograr la implantacin de una moneda nica, as como en la aplicacin de una poltica monetaria y de tipos de cambio comunes, cuyo objetivo fundamental sea mantener la estabilidad de precios.

Las ventajas que la Unin Econmica y Monetaria implicar para los pases participantes se pueden resumir en las siguientes:

Desde un punto de vista microeconmico, la sustitucin de las monedas nacionales por el euro elimina los costes de transaccin y la necesidad de realizar cambios de divisas en el comercio y en el turismo. Asimismo, permite una mayor transparencia puesto que ser posible comparar directamente los precios de los productos en los distintos pases, lo que supone un incentivo para la competencia. En tercer lugar, la eliminacin de la segmentacin de los mercados financieros creada por las monedas nacionales puede permitir su plena integracin con las positivas consecuencias que ello implica sobre los precios de los activos financieros.

Desde una perspectiva macroeconmica, las condiciones de convergencia exigidas para la implantacin del euro y para posteriormente convivir con el euro garantizan un clima de estabilidad macroeconmica, con la consiguiente disminucin de la incertidumbre en la toma de decisiones econmicas que implicar una reduccin de los tipos de inters y un estmulo a la inversin, al empleo y al crecimiento econmico en general. Asimismo, el euro se convertir en una de las principales monedas a nivel internacional, lo que tendr ventajas al reducir la vulnerabilidad de la zona UEM a las fluctuaciones del tipo de cambio y fortalecer el poder de negociacin de la Unin Europea en los foros internacionales.

2.- LAS ETAPAS Y EL CALENDARIO DE LA UEM

LAS ETAPAS Y EL CALENDARIO DE LA UEM

I. LAS ETAPAS DE LA UEM

La fecha prevista para la implantacin del euro, el 1-1-1999, es simultneamente el comienzo de la 3 fase de la Unin Econmica y Monetaria (UEM). El proceso de realizacin de la UEM se ha estructurado en tres fases:

1 fase:se inici el 1-7-1990 finalizando el 31-12-1993. Los objetivos fundamentales fueron:

Avanzar en la convergencia econmica, con el compromiso de los estados miembros de presentar programas de convergencia plurianuales.

Avanzar y concluir el proceso de construccin del mercado interior.

2 fase: del 1-1-1994 al 31-12-1998. Es el perodo en que nos encontramos actualmente. En esta fase se han tomado las siguientes medidas:

Creacin del Instituto Monetario Europeo, embrin del futuro Banco Central Europeo, que dirigir la poltica monetaria cuando se haya implantado el euro.

Independencia de los Bancos Centrales de cada Estado miembro con respecto a sus Gobiernos. En nuestro pas, el Banco de Espaa adquiri la independencia con la Ley de Autonoma que entr en vigor el 2 de junio 1994.

Prohibicin de monetizar los dficits pblicos, es decir, que los Gobiernos puedan tomar crditos de sus bancos centrales para financiar los dficits pblicos.

Prohibicin de que el sector pblico goce de financiacin privilegiada en relacin con el sector privado.

3 fase: se iniciar el 1-1-1999 y es la culminacin proceso de la UEM. Esta fase se caracteriza por:

La fijacin irrevocable de los tipos de cambio entre la nueva moneda, el euro y las monedas nacionales.

Implantacin de la moneda nica, el euro.

Creacin del BCE y del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC). Ello implica que durante 1998 (desde el momento en que se sepa qu pases van a participar en la tercera fase de la UEM) se habrn adoptado todos los pasos necesarios para que el BCE y el SEBC puedan empezar a operar el 1-I-99 en la instrumentacin de la poltica monetaria nica y para que el sistema TARGET (sistema de liquidacin de pagos) est en disposicin de garantizar un correcto funcionamiento del mercado monetario basado en el euro.

El SEBC se hace responsable de la poltica monetaria nica.

Dentro de esta tercera fase, la implantacin de la moneda nica se har en tres etapas:

Etapa A, del 1-1-1999 al 31-12-2001 como mximo: durante esta etapa para realizar los cobros y pagos fsicos se seguirn utilizando las monedas nacionales (peseta, ...). El euro slo podr ser utilizado para denominar operaciones financieras y mercantiles, si bien para realizar los cobros y pagos que estas operaciones impliquen se debern convertir los importes de euros a moneda nacional.

Etapa B, del 1-1-2002 al 30-6-2002 como mximo: en este perodo coexistir, para todo tipos de cobros y pagos, el euro con las monedas nacionales.

Etapa C, a partir del 1-7-2002 como mximo: el euro ser la nica moneda de curso legal en aquellos pases que hayan accedido a la tercera fase de la UEM.

II- CALENDARIO DE DECISIONES PENDIENTES SOBRE LA INTRODUCCIN DEL EURO

El camino hacia el euro es un largo proceso de decisiones encadenadas en el tiempo, que se inici, formalmente, con la firma del Tratado de la Unin Europea en 1992, y culminar diez aos ms tarde con la retirada de las monedas y billetes nacionales y su sustitucin por monedas y billetes de euro en el ao 2002.

En los cuatro aos que restan hasta entonces, se irn adoptando un conjunto de decisiones; algunas -por su especial trascendencia y significado- son inminentes, o se materializarn durante 1998 o poco despus del nacimiento del euro en enero de 1999.

No cabe duda de que en 1998 la decisin ms importante y cargada de simbolismo ser la de la SELECCIN DE PASES de la Unin Europea fundadores de la zona euro; decisin que se adoptar de acuerdo con el procedimiento previsto al efecto en el Tratado (artculo 109j).

As, en la primavera de 1998, la Comisin y el Instituto Monetario Europeo presentarn sendos informes sobre la convergencia , en los que evaluarn el cumplimiento de los diversos criterios por cada uno de los pases.

Con anterioridad, el Consejo (ECOFIN) habr tenido que decidir, a partir de una propuesta de la Comisin, sobre la existencia o no de dficit pblicos excesivos en cada pas; la adopcin de una decisin en sentido afirmativo implicar el incumplimiento del criterio fiscal.

Los informes de la Comisin y del Instituto sern elevados al Consejo (ECOFIN), el cual evaluar, por mayora cualificada y sobre la base de una recomendacin de la Comisin, si los Estados miembros cumplen las condiciones necesarias para acceder al euro.

El Consejo (ECOFIN) recomendar sus conclusiones al Consejo Europeo -reunin de Jefes de Estado o de Gobierno-, el cual, teniendo en cuenta tambin el dictamen del Parlamento Europeo, confirmar qu Estados miembros cumplen las condiciones necesarias para la adopcin de la moneda nica.

Los pases que no hayan logrado una convergencia suficiente quedarn "acogidos a una excepcin" - por lo que se refiere a su participacin en el euro-, y debern completar cuanto antes el proceso de convergencia que les permita incorporarse al euro; para ello se realizarn exmenes cada dos aos, o a peticin del pas interesado.

Dos pases han comunicado formalmente que no se incorporarn a la Unin Monetaria: Dinamarca porque as consta en su Protocolo, y Reino Unido que comunic recientemente que no se incorporar a la Unin Monetaria haciendo pues uso de la Clusula opting out incluida en su protocolo. Por ltimo, un tercero, Suecia ha dicho que decidir internamente si participa o no en la Unin Monetaria desde su inicio. Estos pases, cuando soliciten compartir la moneda nica, tendrn que someterse al procedimiento de examen y seleccin y demostrar que cumplen los criterios de convergencia para acceder al euro.

El anuncio de los pases seleccionados coincidir con la decisin -adoptada por unanimidad de estos pases- y el anuncio de las PARIDADES BILATERALES definitivas entre sus respectivas monedas, tal y como se acord en la reunin del ECOFIN celebrada en Mondford (Luxemburgo). O en otras palabras, se decidirn los tipos de cambio bilaterales que se mantendrn inamovibles a partir del 1 de enero de 1999.

Una decisin relevante que se adoptar en 1998 tan pronto se conozcan los pases que conformarn la zona euro inicial, ser el NOMBRAMIENTO DEL COMIT EJECUTIVO del Banco Central Europeo -Presidente, Vicepresidente y de dos a cuatro miembros ms-; nombramiento que corresponde adoptarlo por mutuo acuerdo de los Jefes de Estado o de Gobierno de esos pases.

La importancia de esta decisin sobre el nombramiento del Comit Ejecutivo radica en que ello supone la constitucin del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en que el Comit Ejecutivo ser el rgano rector conjuntamente con el Consejo de Gobierno del Banco encargado de la definicin de la poltica monetaria nica para el rea euro a partir del 1 de enero de 1999.

Una vez constituido el Banco Central Europeo, el Consejo (ECOFIN) tiene ante s un variado elenco de decisiones que deber adoptar antes de que finalice 1998.

Algunas de estas decisiones se refieren a ASPECTOS OPERATIVOS DEL BANCO CENTRAL EUROPEO. Por ejemplo, la fijacin de los lmites y condiciones para proceder a la ampliacin del capital inicial del Banco (5000 millones de euros), o para aumentar el volumen de activos exteriores de reservas trasferibles por los Bancos centrales nacionales al Banco Central Europeo por encima del lmite inicial fijado en el Tratado (50.000 millones de euros).

Otras decisiones versan sobre las RELACIONES CAMBIARIAS entre el euro y las monedas nacionales de los Estados miembros que no accedan a la Unin Monetaria. Concretamente, la fijacin de la paridades cambiarias respectivas entre el euro y esas monedas dentro del nuevo Mecanismo de Tipos de Cambio del Sistema Monetario Europeo, cuya entrada en vigor coincidir con el inicio de la tercera fase de la UEM, el 1 de enero de 1999.

En otro mbito de cosas, el Tratado prev el establecimiento del llamado COMIT ECONMICO Y FINANCIERO, en sustitucin del rgano que ha venido jugando un papel relevante en la preparacin tcnica del proyecto euro, el Comit Monetario.

Dado que el Tratado establece que el Comit Econmico y Financiero deber operar a partir del 1 de enero de 1999, y que el Consejo (ECOFIN) deber fijar las normas de desarrollo relativas a la composicin de la nueva institucin, una decisin al respecto es obligada antes de que finalice 1998.

Por fin, el 1 de enero de 1999 entrar en vigor la Unin Monetaria y el Consejo (ECOFIN) adoptar formalmente -por unanimidad de los Estados miembros no "acogidos a una excepcin"- los TIPOS DE CAMBIO irrevocables entre el euro y las monedas de los pases que se integran en la zona euro; tipos de cambio consistentes con los que hubieran anunciado en la primavera de 1998 una vez conocidos los pases seleccionados para acceder al euro y respetando el mantenimiento del valor externo del Ecu y la equivalencia uno a uno; ecu (cesta) por euro (divisa).

La culminacin del proceso hacia la moneda nica tendr lugar el 1 de enero del ao 2002. En esta fecha -fin del "periodo transitorio"- se producir, de forma automtica y sin necesidad de modificacin material alguna, la conversin legal a euros de toda referencia a monedas nacionales de los pases participantes en la Unin Monetaria que figure en los distintos instrumentos jurdicos vigentes en ese momento (normas, disposiciones administrativas, resoluciones judiciales, contratos, etc.).

Y el 1 de enero del ao 2002 comenzar la puesta en circulacin de monedas y billetes de euros correlativa con la retirada de billetes y monedas nacionales hasta su total desaparicin, no ms all del 1 de julio de ese ao.3.- EL PACTO DE ESTABILIDAD

Y

CRECIMIENTO

EL PACTO DE ESTABILIDAD Y CRECIMIENTO

El Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) tiene su origen en una propuesta del Ministro de Finanzas alemn en vsperas del Consejo Europeo de Madrid, en noviembre de 1995.

El objetivo fundamental del PEC es garantizar la disciplina presupuestaria de los pases que acceden a la tercera fase de la Unin Econmica y Monetaria, de manera que se mantenga el compromiso de reduccin del dficit pblico recogido en los criterios de convergencia de Maastricht.

La principal caracterstica del PEC reside en el compromiso de los pases de mantener: a corto plazo, un dficit pblico por debajo del 3% del PIB y a medio y largo plazo, un dficit pblico cercano al equilibrio o con supervit.

El PEC se compone de tres textos:

Resolucin del Consejo Europeo, de naturaleza poltica, que solemniza el PEC al ms alto nivel y recoge el firme compromiso poltico de los Estados, la Comisin y el Consejo de cumplir lo dispuesto en los Reglamentos que componen el PEC.

Reglamento sobre el reforzamiento de la supervisin multilateral de la disciplina presupuestaria, que sirve para prevenir que el dficit no sea superior al 3% del PIB (lo que se denomina dficit excesivo).

Reglamento sobre la agilizacin y clarificacin del procedimiento relativo a los dficits excesivos, que detalla cundo se considera que existe un dficit excesivo y las sanciones que se pueden imponer a un pas.

I. EL REFORZAMIENTO DE LA SUPERVISIN MULTILATERAL DE LA DISCIPLINA PRESUPUESTARIA Su funcin es garantizar que los pases no se desven de sus objetivos presupuestarios y para ello se supervisa la evolucin de sus polticas econmicas.

En el caso de que el pas en cuestin se estuviera alejando de sus objetivos presupuestarios, se le dirigir una recomendacin con objeto de alertarlo para que su dficit no supere el valor del 3% del PIB.

Los pases integrados en el rea del euro debern presentar programas de estabilidad que incluirn los objetivos de dficit y deuda a medio plazo, las medidas destinadas a alcanzarlo y los principales supuestos de las variables econmicas fundamentales para la obtencin de dichos objetivos.

El resto de los Estados miembros tendrn que presentar los programas de convergencia, que son similares en su contenido a los de estabilidad y adems incluyen los objetivos de poltica monetaria a medio plazo y su relacin con la estabilidad de precios y del tipo de cambio, puesto que estos pases siguen siendo autnomos en poltica monetaria.

II. LA AGILIZACIN Y CLARIFICACIN DEL PROCEDIMIENTO RELATIVO A LOS DFICIT EXCESIVOS Su objetivo es conseguir que el compromiso de garantizar la disciplina fiscal se mantenga en el tiempo. Para ello, el PEC establece como disuasin un sistema de sanciones para aquellos pases que registren un dficit pblico superior al 3%.

Sin embargo, un pas que registra un dficit superior al 3% no siempre ser sancionado. El dficit exento de sanciones es el llamado dficit excepcional que puede existir siempre que:

a) Obedezca a una circunstancia inhabitual sobre la que no tenga ningn control el Estado miembro afectado y que incida de manera significativa en su situacin financiera.

b) Se produzca una grave recesin econmica, que se define como una cada anual del PIB real del 2% ms.

c) Se produzca una cada anual del PIB real entre el 075% y el 2% y el Estado en cuestin presente evidencia del carcter excepcional de la misma, atendiendo a la brusquedad de la recesin o a las prdidas de produccin acumuladas con respecto a tendencias histricas.

Las sanciones tienen lugar cuando el pas en cuestin no toma medidas para reducir su dficit excesivo. Consisten en un depsito sin intereses que se convertira en multa si despus de los aos el pas contina con dficit excesivo. La cuanta de las sanciones comprende dos partes, si bien en ningn caso pueden superar el 05% del PIB:

una parte fija: el 0'2% del PIB del Estado sancionado.

una parte variable; un 0'1% adicional por cada punto que el dficit del Estado sancionado supere el 3% de referencia.

4.- EL NUEVO MECANISMO

DE

TIPOS DE CAMBIO

EL NUEVO MECANISMO DE TIPOS DE CAMBIO

Dado que no todos los Estados miembros accedern a la UEM desde el primer momento es necesario estructurar las relaciones entre los que accedan a la UEM desde el principio y el resto de Estados de la UE. Tambin para evitar riesgos al grado de integracin comunitaria conseguido con el Mercado nico, es imprescindible alcanzar una solucin satisfactoria a dicha relacin.

La respuesta viene dada por el establecimiento de un nuevo mecanismo de tipos de cambio que sustituya al actual Sistema Monetario Europeo (SME) y sirva como marco de las relaciones cambiarias entre los Estados miembros de la Unin Europea que formen parte de la tercera fase de la UEM, y comparten por tanto una misma moneda, y los que se queden fuera.

Los tres elementos que componen tcnicamente el actual SME -un mecanismo de tipos de cambio e intervencin (MTC), el ecu como una cesta de monedas y el Fecom- sern sustituidos por un Mecanismo de Tipos de Cambio (MTC2), es decir, por uno slo de sus elementos tcnicos, si bien el que es el ncleo bsico del SME.

El marco de la relaciones entre los pases que formen parte de la tercera fase de la UEM y los que se queden fuera se completa con un mecanismo de vigilancia multilateral instrumentado a travs de los programas de convergencia que deben presentar los que se queden fuera. En dichos programas estos pases se comprometen a mantener la estabilidad cambiaria al tiempo que buscan la convergencia en la reduccin de la inflacin.

Los objetivos del nuevo MTC2 son dos:

a) Salvaguardar el buen funcionamiento del Mercado nico evitando fuertes distorsiones de los tipos de cambio entre el euro y las monedas de los Estados miembros no participantes.

b) Servir como marco de referencia a las polticas econmicas de los Estados miembros participantes en el MTC2 con el objetivo de avanzar hacia la convergencia. Se reconoce, por tanto, que la estabilidad cambiaria slo puede conseguirse mediante una convergencia sostenida de las variables macroeconmicas.

El MTC2 prev el establecimiento de unos tipos centrales de las monedas de los pases participantes con respecto al euro, con unas bandas de fluctuacin sobre el tipo central de (15 %. Cuando una moneda de un pas alcance el lmite de su banda de fluctuacin con respecto al euro, se producir la intervencin del Banco Central Europeo (BCE) y del Banco Central del pas afectado para evitar que dicha moneda supere el 15 % de fluctuacin y se "salga" del mecanismo de Cambios. Asimismo, existe la posibilidad de que los dos bancos intervengan de forma combinada antes de que alguna moneda llegue al lmite de su banda de fluctuacin como medida preventiva. En cualquier caso, la intervencin del BCE se producir slo cuando no ponga en peligro su objetivo prioritario de la estabilidad de precios.

Si bien la banda de fluctuacin general de las monedas de pases no participantes con respecto al euro es del 15%, existe la posibilidad de que algn pas pueda establecer bandas ms estrechas con el euro. En este caso, estas bandas ms estrechas debern basarse en acuerdos formales entre el pas afectado, el BCE y los pases del euro.

5.- EL EURO

Y

EL SISTEMA FINANCIERO

INTRODUCCIN DEL EURO EN EL SISTEMA DE PAGOS Y EN EL SISTEMA BANCARIO

En este apartado se analiza el impacto de la nueva poltica monetaria de la Unin sobre los mercados interbancarios y sobre las cuentas de tesorera del Banco de Espaa, que son el ncleo donde se liquidan los restantes mercados financieros y los sistemas de pagos de la nacin. A continuacin se examina la transicin al euro en las cuentas corrientes que mantienen abiertas el sector pblico y otros agentes no bancarios en el Banco de Espaa y su influjo en los cobros y pagos de las Administraciones Pblicas. La distribucin de los nuevos billetes y monedas y la retirada de los antiguos se abordar posteriormente, procedindose despus a exponer algunos cambios que la introduccin del euro provocar en las relaciones de las entidades de crdito con su clientela, tanto en la captacin de depsitos y en el suministro de servicios de pago como en el negocio de crdito y prstamo.

I. LA POLTICA MONETARIA Y LAS CUENTAS DE LAS ENTIDADES EN EL BANCO DE ESPAA

El inicio del proceso de introduccin de la nueva moneda tendr lugar el 1 de enero de 1999, cuando el nuevo BCE y los respectivos bancos nacionales integrados en el SEBC cambien sus cuentas a euros e inicien la instrumentacin de la poltica monetaria unificada. Esta transformacin arrastrar a los mercados financieros y a los distintos agentes de los pases integrados en la Unin en un desarrollo complejo que, con ms o menos celeridad, dependiendo de pases y mercados, habr de culminar, en cualquier caso, en el verano del ao 2002. Partiendo de que el proceso de la UEM se ajuste a los calendarios establecidos, y de que Espaa, como cabe esperar, forme parte del grupo inicial de pases del rea del euro, este proceso en el caso espaol podra discurrir como se describe a continuacin:

1. Los mercados monetarios

El da 1 de enero de 1999, el Banco de Espaa cambiar a euros las cuentas de tesorera de las entidades de crdito que sirven para instrumentar la poltica monetaria y liquidar los sistemas de pagos de la nacin. Dichas cuentas debern ser plenamente operativas en la nueva moneda el 4 de enero, primer da laborable de dicho ao.

El comienzo, en esa fecha, de la poltica monetaria en euros, ocasionar un importante flujo de apuntes en las cuentas de tesorera, creando activos de caja y suscitando nuevas operaciones entre las entidades. El mercado de depsitos interbancarios, que sirve para redistribuir los activos de caja entre las entidades de crdito excedentes y deficitarias de liquidez de base, pasar a negociarse en la nueva moneda. El Banco de Espaa transformar los saldos vivos de los depsitos interbancarios contratados con anterioridad al 1 de enero de 1999 y registrados en el Servicio Telefnico del Mercado de Dinero, liquidando las amortizaciones en euros a su vencimiento.

El inicio de la nueva poltica monetaria y la conversin al euro del mercado interbancario de depsitos incidir inmediatamente en los mercados de FRAS, swaps de tipos de inters, call money swaps y otros instrumentos derivados, que utilizan como "activo subyacente" los depsitos interbancarios intransferibles. Los segmentos de estos mercados registrados en el Banco de Espaa sern "redenominados" por el propio Servicio Telefnico del Mercado de Dinero. Los segmentos no formalizados a travs de dicho Servicio, probablemente, tambin se transformarn con rapidez, movidos por la fuerza de arrastre del mercado interbancario.

2. Los sistemas de pagos

Las entidades de crdito disponen de cuentas de tesorera y de cuentas corrientes en las distintas sucursales del Banco de Espaa; movilizando dichas cuentas, liquidan entre s transferencias de grandes importes que sirven para formalizar transacciones ordenadas por su clientela con valor y disponibilidad en el mismo da. La conversin de estas cuentas al euro implicar que las transferencias de alto valor ordenadas por cuenta de la clientela pasarn a ser formalizadas en euros.

En las cuentas de tesorera se liquida, tambin, el "saldo neto multilateral" de las cmaras de compensacin y otros sistemas que compensan las posiciones bilaterales de los distintos participantes, antes de su asiento y formalizacin definitiva en el Banco de Espaa. De transcurrir la reforma en el sentido aqu apuntado, la Cmara de Compensacin de Madrid y las liquidaciones netas correspondientes al Sistema Nacional de Compensacin Electrnica remitirn al Banco de Espaa una cuenta de liquidacin en euros, una vez convertido e integrado en la misma el saldo neto de los intercambios en pesetas, si los hubiere. En los procesos de presentacin de cheques, letras de cambio, transferencias, domiciliaciones y otros instrumentos, habrn procedido a desglosar el cruce de los instrumentos denominados en pesetas del intercambio de documentos expresados en euros, generando una liquidacin en cada denominacin. En una fase posterior, transformarn las liquidaciones en pesetas, redenominndolas en euros, las integrarn con las correspondientes al intercambio en euros y las remitirn para su asiento en las cuentas de las entidades de crdito en el Banco de Espaa.

A comienzos de 1999 la principal funcin de la Cmara de Compensacin de Madrid ser la gestin de la llamada "segunda sesin", que sirve para formalizar los pagos resultantes de los intercambios reales y financieros de Espaa con el exterior, tales como la liquidacin de las pesetas resultantes de las compraventas de divisas, de las compraventas de deuda por no residentes y de la adquisicin y cesin de activos financieros por extranjeros. La transformacin al euro de los mercados financieros que generan la mayor parte de estas rdenes probablemente aconsejar convertir la moneda de denominacin de los intercambios en el inicio del perodo transitorio. Durante el lapso, probablemente breve, en el que continen el intercambio y compensacin de rdenes en pesetas, la Cmara de Compensacin deber convertir a la nueva denominacin las liquidaciones netas obtenidas al cierre de la sesin y enviarlas en euros al Banco de Espaa para su asiento en cuenta.

En las cuentas de tesorera de las entidades de crdito se anotan, asimismo, los asientos de efectivo que sirven para pagar las operaciones contratadas en los mercados organizados de valores y de futuros. Los rganos Rectores de las Bolsas, los mercados de derivados y los esquemas de cotizacin "ciega" tendrn que acordar una transformacin ms o menos rpida de la unidad monetaria de contratacin, a tenor de la demanda de los distintos agentes y de las necesidades intrnsecas de los propios mercados. Independientemente de esta decisin sobre los modos de cotizacin de los valores, el Servicio de Compensacin y Liquidacin de Valores y los organismos encargados de establecer los saldos de efectivo resultantes de la contratacin habrn de convertir las cuentas de liquidacin a euros antes de enviarlas al Banco de Espaa para su asiento, a travs de un "convertidor", en el supuesto de que los mercados financieros a los que atienden continen cruzando las compraventas en pesetas.

En resumen, la conversin de los mercados monetarias al euro, la redenominacin de las liquidaciones de efectivo de los distintos mercados de valores y el cambio de las cuentas corrientes de las entidades de crdito en el Banco de Espaa se prevn como transformaciones rpidas, que se iniciarn con la transicin sbita al euro de la instrumentacin de la poltica monetaria, de los mercados de activos de caja y de la Central de Anotaciones de Deuda Pblica.

II. LAS CUENTAS CORRIENTES NO BANCARIAS EN EL BANCO DE ESPAA

El Banco de Espaa presta sus servicios de caja al Tesoro Pblico, a las Comunidades Autnomas y a otros entes pblicos. Para llevar a cabo dicha actividad, el Banco abre a estos agentes cuentas corrientes similares en su funcionamiento a las cuentas de tesorera de las entidades de crdito.

En los primeros das de enero de 1999 el Banco proceder a cambiar estas cuentas a euros. Al contrario de lo sealado para las entidades de crdito, dicha transformacin no implicar una conversin sbita y masiva de las liquidaciones que genera la actividad econmica del sector pblico y de los dems agentes al euro. Por el contrario, supondra el punto de partida de un cambio ms pausado, que implicara que la mayor parte de la actividad presupuestaria, de liquidacin de pagos y de recepcin de cobros del sector pblico, seguira efectundose en pesetas hasta el ltimo da laborable del ao 2001, fin del perodo transitorio.

Hasta entonces, las Administraciones Pblicas podrn percibir las distintas liquidaciones de impuestos, tasas y dems pagos al Tesoro, y expedir pagos mediante transferencias a los distintos receptores de los mismos por los diversos captulos del presupuesto en pesetas, sin que apenas se modifique el rgimen de liquidacin y asiento en cuenta.

Para poder mantener esta continuidad, a pesar del cambio en la cuenta de asiento, se confa en el "desdoblamiento" de las sesiones de intercambio que, probablemente, va a llevarse a cabo en las Cmaras de Compensacin y en el Sistema Nacional de Compensacin Electrnica. Con la excepcin de la "segunda sesin" de la Cmara de Compensacin de Madrid, en los dems mbitos de presentacin de transferencias, domiciliaciones y otras rdenes de pago, se va a proceder a duplicar los flujos de intercambio de informacin, abriendo una sesin para euros y otra para pagos en pesetas. En cualquiera de los dos procesos de presentacin, en el supuesto de que la informacin sobre una orden de pago se procese en una moneda distinta de la que expres el agente ordenante, el sistema de intercambio transmitir detalles sobre la moneda original. Esta facilidad permitir cargar las cuentas corrientes del Banco de Espaa en euros, en cumplimiento, por ejemplo, de una orden de transferencia masiva de devolucin de impuestos expresada por la Agencia Tributaria en pesetas, y abonar las cuentas receptoras de los contribuyentes en las entidades de crdito en pesetas o en euros, segn la unidad monetaria en que se haya abierto la cuenta, remitiendo informacin sobre la denominacin de la orden original.

Esta facilidad de transmisin permitir al sector pblico y, en general, a los clientes del sistema bancario mantener cuentas en pesetas y en euros, denominar indistintamente sus rdenes en las dos expresiones monetarias y modular la transformacin de sus cobros y pagos hacia el euro en un proceso ms lento y pausado que el que se ha descrito anteriormente para las entidades de crdito y los mercados monetarios. En consecuencia, el sector pblico ir convirtiendo su actividad econmica hacia la nueva denominacin, a medida que lo permitan sus sistemas informticos, desde enero de 1999 hasta junio del ao 2002. La nica excepcin a este criterio general ser la emisin de deuda pblica y su servicio financiero, que se adecuar a la transformacin rpida de los mercados interbancarios.

III. EL CAMBIO DE LOS BILLETES Y LAS MONEDAS EN CIRCULACIN

Los billetes del Banco de Espaa y las monedas denominadas en pesetas continuarn circulando y teniendo pleno poder liberatorio hasta el 30 de junio del ao 2002. A partir de mayo de 1998 1 de enero de 1999, la Fbrica Nacional de Moneda comenzar el proceso de fabricacin de los nuevos billetes y monedas, con el formato y el diseo adoptados por el Banco Central Europeo y el Consejo (ECOFIN). En el perodo de tres aos y medio que dura esta fase, el sistema bancario de los Estados miembros de la Unin adquirir los billetes nacionales emitidos por otro banco central distinto del pas de referencia a la par, es decir, a los cambios fijos e irrevocables establecidos el 1 de enero de 1999.

El 1 de enero del ao 2002, se iniciar la puesta en circulacin, en todos los pases de la Unin, de los nuevos billetes y monedas en euros y la retirada masiva de las antiguas emisiones nacionales. Hasta el 30 de junio de dicho ao, el sistema bancario recibir en sus ventanillas los antiguos billetes y monedas, entregar los nuevos sin cargar comisin alguna y trasladar al Banco de Espaa, para su destruccin, los billetes y monedas nacionales. Este proceso comportar cambios considerables en las mquinas expendedoras de efectivo y en los diversos sistemas automticos de tratamiento y absorcin de monedas y billetes, tales como cajeros automticos, telfonos, mquinas de distribucin automtica, etc. Se confa, no obstante, que en el transcurso de los seis primeros meses del ao 2002 pueda retirarse, a travs del sistema bancario, la totalidad de la circulacin fiduciaria denominada en pesetas.

El 1 de julio del ao 2002, los billetes y monedas denominados en las anteriores unidades monetarias nacionales -y, entre ellos, los denominados en pesetas- perdern su condicin de dinero de curso legal; a partir de esa fecha solo tendrn tal condicin los billetes y monedas denominados en euros. Sin embargo, el Banco de Espaa continuar canjeando, con posterioridad a dicha fecha, los anteriores billetes y monedas a la par.

A partir del 1 de julio del ao 2002 dejar de circular la peseta y no podr emitirse ninguna orden de pago ni mantener cuentas abiertas en la antigua denominacin en una institucin financiera. En consecuencia, la adecuacin ms o menos rpida al entorno creado por la nueva moneda tendr siempre como horizonte efectivo dicha fecha mxima de mediados del ao 2002.

IV. LA ACTIVIDAD DEL SISTEMA BANCARIO CON SU CLIENTELA

La repercusin de los cambios sobre las relaciones del sistema bancario con su clientela, tales como la concesin de crditos, apertura de cuentas corrientes, domiciliacin de pagos y cobros y otros actos jurdicos, es un tema abierto sujeto a debate en los distintos Estados miembros de la futura UEM. Obviamente, en todas las aproximaciones y en todas las posturas sobre este particular ha de regir el principio general acordado en la cumbre de Madrid de "no obligacin, no prohibicin" del uso del euro en la contratacin bilateral no normalizada por "mercados organizados" -siempre con la fecha tope del 1 de julio del ao 2002-. La contratacin de crditos y depsitos del sistema bancario con sus clientes es una relacin bilateral a la que se aplica plenamente dicho principio y que, por lo tanto, se adaptar a las demandas de dicha clientela y a las formas de comercializacin y competencia de las distintas instituciones presentes en los mercados bancarios de cada nacin.

Hecha esta salvedad, las primeras impresiones apuntan a que el sistema bancario espaol va a tender a responder a los retos que supone la redenominacin de la moneda con el criterio bsico de atender las demandas de sus clientes durante el perodo de transicin.

En el negocio de pasivo, esto significa abrir cuentas en euros, sin ninguna restriccin, a los depositantes que las demanden.

Asimismo, el sistema bancario mantendr cuentas en pesetas e ir transformndolas progresivamente al euro, sin que ello impida emitir y recibir pagos mediante transferencias, domiciliaciones, etc. denominadas en moneda distinta de la que est designada en el contrato de cuenta corriente. Para ello, en los sistemas de intercambio y compensacin de documentos se transmitir informacin sobre la moneda en la que inicialmente se ha expresado la orden. Esta facilidad permitir abonar y adeudar las cuentas corrientes de los depositantes en la moneda que ellos han designado para recibir o emitir rdenes de pago, aunque estas rdenes hayan sido denominadas originalmente en otra moneda. Por ejemplo, no habr ningn problema en recibir en una cuenta en pesetas una transferencia de intereses de deuda pblica anotada denominada en euros. La cuenta ser abonada en pesetas, y en el justificante del cobro aparecer el valor de la orden original expresada en euros por la Central de Anotaciones. Esta facilidad operativa, que estar a disposicin de los bancos y las cajas que lo deseen, otorgar una gran flexibilidad a las operaciones del sistema bancario, sin que sea necesario disponer de una doble contabilidad.

La competencia en el mercado bancario espaol llevar, probablemente, a que las relaciones de captacin y gestin de pasivo, y los servicios de pago prestados por las entidades de crdito a los depositantes gocen de una amplia flexibilidad. De hecho, algunas instituciones ya han manifestado su inters en utilizar esta lnea de servicios a sus clientes como una forma de mejorar la eficiencia, proporcionar un mejor servicio a sus depositantes e incrementar su presencia en el mercado.

El negocio de activo, bsicamente crditos y prstamos, ir transformndose paulatinamente a medida que discurra el lapso que va del comienzo del ao 1999 al 1 de enero del ao 2002. El principio de continuidad de los contratos supondr que, poco a poco, vaya desapareciendo, a su vencimiento, la contratacin expresada en pesetas y surgiendo nuevos contratos en euros. Una u otra denominacin de las transacciones no impedir su disposicin y materializacin en la moneda que se desee, como ya se ha comentado para las cuentas corrientes que sirven para movilizar las operaciones de activo.

Las dos principales excepciones a este cambio, dominado en su intensidad por la vida residual de los contratos, vendrn dadas por los crditos sindicados, que previsiblemente se convertirn a euros con rapidez, y por los prstamos hipotecarios, que poseen un perodo de maduracin muy superior al horizonte de tres aos en el que discurre este proceso de transformacin. Para estas ltimas operaciones dominar el principio de continuidad, de manera que a partir del 1 de enero del ao 2002 se cambiar al euro, por mandato de la ley, sin afectar para nada a las relaciones de los clientes con las entidades de crdito prestamistas.

V. LA ADAPTACIN DE LAS ENTIDADES DE CRDITO DURANTE EL PERODO TRANSITORIO.

El sector financiero es una pieza bsica en la introduccin del euro, en la medida en que las empresas y los particulares podrn mantener cuentas bancarias en euros y ejecutar contra ellas todo tipo de operaciones comerciales y financieras. En general, deber estar imperativamente preparado para operar simultneamente en euros y pesetas a partir del 1 de enero de 1999. Es previsible que slo un nmero pequeo de clientes estn interesados en realizar operaciones en euros desde el inicio de la tercera fase, tales como filiales de multinacionales europeas, inversores internacionales, compaas exportadoras y otros usuarios que operen en un entorno multidivisas. En este sentido, el sector financiero espaol ha asumido el reto de la moneda nica y ha avanzado considerablemente sus trabajos preparatorios. Los contactos establecidos con la Asociacin Espaola de la Banca Privada (AEB) y la Confederacin Espaola de Cajas de Ahorro (CECA) confirman esta situacin.

Ambas asociaciones iniciaron su trabajo de preparacin al euro en 1993, estableciendo grupos de trabajo internos para una adecuada planificacin de las acciones que debern adoptar los distintos departamentos bancarios. Dichos grupos han estudiado por un lado cuestiones generales, tales como aspectos legales relacionados con las clusulas contractuales que habra que incluir para garantizar la continuidad de los contratos, o el impacto de la introduccin de la moneda nica en los mercados de capitales, tanto de renta fija como variable. Sin embargo, su trabajo se ha centrado prioritariamente en la elaboracin de sendos manuales operativos que sirvan de guas internas a las entidades asociadas para la puesta en marcha de los cambios necesarios en cada uno de los departamentos de las entidades financieras. La AEB public a principios de 1997 un Manual para la implantacin operativa del euro, que contiene un anlisis detallado de todos los cambios que tendrn que adoptar los bancos en todas y cada una de las reas operativas: contabilidad, operaciones internacionales, banca electrnica, cuentas centralizadas y relaciones con la Administracin. En las prximas semanas, publicarn una actualizacin del mismo.

La CECA publicar prximamente un manual para la implantacin del euro de contenido similar, atendiendo sin embargo a las especifidades de las cajas de ahorro espaolas y su tamao dispar, as como su gran dispersin geogrfica e implantacin en el mundo rural.

Por otro lado, dichas asociaciones tienen contactos regulares con el Banco de Espaa, en el seno de un grupo de trabajo tcnico, con el fin de definir distintos aspectos de la implantacin de la moneda nica tales como la futura poltica monetaria en la tercera fase de la UEM, el sistema TARGET as como otros aspectos de las relaciones corrientes de las entidades financieras con el Banco emisor relativos a aspectos de supervisin. Finalmente, en los primeros meses de 1997 se han cerrado acuerdos interbancarios que determinan las futuras relaciones entre las distintas entidades financieras en aspectos operativos como aceptacin de cheques, transferencias interbancarias u operaciones con tarjetas.

En general, el sector financiero espaol considera que se encuentra tcnicamente preparado para la introduccin de la moneda nica. El presente Plan Nacional para la Introduccin del euro permitir determinar con prontitud la forma de operar durante el perodo transitorio, para conocer con mayor exactitud el tiempo del que disponen para realizar los cambios informticos y administrativos programados. Existen dudas sin embargo, en cuanto a los costes y beneficios finales derivados de la Unin Monetaria. Todas las entidades reconocen que se desenvolvern en un entorno de mayor crecimiento e integracin de los mercados financieros y que operarn en una divisa presumiblemente ms atractiva para los inversores de la zona fuera del euro. Es previsible por tanto que se amplen las oportunidades de negocio, exista una mayor demanda de crditos y pasivos financieros y disminuya el coste de financiacin de los recursos. Se producirn tambin efectos negativos, tales como la prdida de ingresos en operaciones intra UE, por la existencia de una mayor competencia, y la asuncin de costes asociados a la introduccin del euro.

VI. LOS MERCADOS ORGANIZADORES DE VALORES. LA CNMV

El sector financiero en sus operaciones mayoristas operar en euros desde el inicio del perodo transitorio de la Unin Monetaria. En primer lugar, porque vendrn expresadas en euros las operaciones derivadas de la instrumentacin de la poltica monetaria y las cuentas de tesorera que las instituciones financieras mantienen en el Banco de Espaa. En segundo lugar, los mercados de deuda pblica se expresarn en euros debido a la obligacin de emitir la deuda en euros y a la previsible voluntad del Tesoro espaol de convertir a euros los saldos vivos de la misma.

Los mercados organizados espaoles de valores y de productos derivados (Bolsas de Valores, AIAF, Meff renta variable y renta fija y Futuros de ctricos y mercadera) y el Servicio de Compensacin de Valores ya han declarado su intencin de llevar a cabo la cotizacin, contratacin y liquidacin en euros desde el inicio del perodo transitorio, as como permitir la redenominacin de las emisiones de renta fija, si as lo desean los emisores implicados.

La CNMV posibilitar la recepcin de informacin de las empresas supervisadas tanto en euros como en pesetas. Su preferencia es adaptarse de una forma temprana al euro, en lnea con el sector financiero mayorista y los mercados de valores. Es consciente, sin embargo, que una parte del sector ir adoptando el euro de forma gradual. Y que tambin tendr lugar de forma gradual la redenominacin de valores. Por lo tanto la CNMV aceptar informacin tanto en pesetas como en euros. Con la preferencia de la CNMV a recibir la informacin en euros, el sector relacionado con los mercados de valores puede verse incentivado a realizar una adaptacin temprana al euro, lo cual contribuira a que las transiciones fueran ms ordenadas y no se acumular al final del perodo transitorio.6.- LOS CONSUMIDORES

Y

EL EURO

LOS CONSUMIDORES Y EL EURO

El euro, la moneda del siglo XXI, ser muy pronto la moneda de uso comn en Espaa y en el resto de la Unin Europea. Un medio econmico y financiero lleno de ventajas que nos har sentir ms fuertes y ms europeos que nunca, porque nos facilitar todos los contactos, comunicaciones e intercambios con Europa.

Con el euro se abren para todos nuevas oportunidades. A partir de 1999, cada vez ms empresas y bancos empezarn a operar en euros. Y nosotros, los ciudadanos de a pie, seguiremos utilizando nuestras monedas nacionales en la vida diaria hasta el ao 2002, fecha en la que el euro nos abrir definitivamente todas las puertas de una nueva Europa an ms prspera y competitiva. Porque el euro es el valor de la unin. Descbralo a partir de ahora.

I. UN POCO DE HISTORIA

El trueque fue la primera forma de llevar a cabo los intercambios comerciales...

Luego lleg la llamada "moneda natural", una mercanca preciada, aunque abundante, cuyo valor estaba ms o menos convenido: sal, ganado, herramientas, armas... Poco a poco, las primeras piezas metlicas realmente consideradas como monedas evolucionaron en su diseo hasta llegar a su actual forma circular.

En 1856, cuando se cre el Banco de Espaa, haba 15 bancos emisores y 21 monedas diferentes en nuestro pas. En 1868, naci la peseta. Un Decreto de aquel ao estableca que sera la unidad monetaria "en todos los dominios espaoles". Este Decreto tambin fijaba los metales, peso y ley de las distintas piezas, segn las especificaciones tcnicas de la recin creada Unin Monetaria Latina (1865), de la que formaron parte Francia, Italia, Blgica, Suiza y Grecia. La Unin Monetaria Latina -primer intento de crear una moneda nica europea- dej de ser efectiva con el inicio de la I Guerra Mundial y fue formalmente disuelta en 1927.

Tras la II Guerra Mundial los intentos de crear una Europa nica se reanudaron. Se cre la Comunidad Econmica Europea, que dio origen a la actual Unin Europea, dentro de la cual nace el euro, la moneda que, a partir de 1999, ser un smbolo de la fortaleza econmica de Europa.

II. PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL EURO Y SU CALENDARIO

1.- Qu es el euro?

El euro es el nombre de la que ser la nueva moneda de aquellos pases de la Unin Europea que a partir de enero de 1999 se incorporen a la Unin Monetaria.

2.- Por qu sustituir las monedas de los pases por el euro?

Porque los ciudadanos y empresas europeas obtendrn importantes ventajas y beneficios si todos operan en la misma moneda.

3.- Todos los pases de la Unin Europea empezarn a compartir el euro y sus ventajas a partir de 1999?

Inicialmente slo aquellos pases con una economa saneada y una baja inflacin que no ponga en peligro el xito de la integracin monetaria europea, podrn hacer del euro su moneda.

As, todos los pases que aspiren a compartir el euro desde 1999 tendrn que acreditar en la primavera de 1998 la buena salud de sus economas (bajos tipos de inters, baja inflacin y finanzas pblicas saneadas).

Espaa y los dems pases de la Unin Europea debern realizar los esfuerzos necesarios para aprovechar la singular oportunidad que ofrece el euro y poder disfrutar de sus ventajas desde el inicio.

4.- En la prctica, cmo se va a llevar a cabo la sustitucin de las actuales monedas por el euro en los pases que lo adopten inicialmente?

En dos etapas: una primera etapa transitoria y una segunda de culminacin. La diferencia fundamental entre ellas es que en la primera no estarn disponibles los billetes y monedas en euros.

ETAPA TRANSITORIA: DEL 1 DE ENERO DE 1999 AL 1 DE ENERO DEL 2002 Comenzar el 1 de enero de 1999 con la fijacin del "precio" o tipo de conversin inamovible del euro en trminos de las monedas de los pases participantes. En nuestro caso, esto quiere decir establecer cuntos euros obtendremos a cambio de nuestras pesetas.

La fijacin del "precio" del euro se decidir por unanimidad de los Estados Miembros que inicialmente adopten la moneda nica, y ser obligatorio legalmente desde el 1 de enero de 1999.

A partir de esa fecha, nosotros y los dems pases participantes podremos utilizar el euro en nuestras transacciones, aunque para todos los cobros y pagos en metlico tendremos que seguir usando nuestras monedas y billetes hasta el 1 de enero del ao 2002, fecha a partir de la cual circularn los nuevos billetes y monedas.

Por qu monedas y billetes en pesetas durante esta etapa transitoria y no monedas y billetes en Euros?

Por el tiempo que requiere la fabricacin de los nuevos billetes y monedas. Slo producir el 65% del total de los billetes y monedas necesarios, supone imprimir ms de 8.000 millones de billetes -de 500, 200, 100, 50, 20, 10 y 5 euros-, y acuar ms de 20.000 millones de monedas -en piezas de 2 y 1 Euros y piezas de 50, 20, 10, 5, 2 y 1 cntimos de euro-, con un peso total aproximado de 40.300 toneladas.

Por lo tanto, hasta que finalice la produccin de billetes y monedas en euros, seguiremos utilizando nuestras pesetas para los pagos y cobros en efectivo.

Sin embargo, la no disponibilidad fsica de los nuevos billetes y monedas no impide la utilizacin del euro durante la etapa transitoria, ya que la mayor parte de los cobros y pagos que se realizan diariamente no se liquidan en efectivo sino a travs de otros medios (abonos en cuentas mediante cheques o transferencias bancarias).

Durante esta etapa transitoria, el uso del euro ser voluntario para los agentes econmicos. Por ejemplo, a partir del 1-I-99 podremos abrir cuentas bancarias en euros. Ahora bien, para realizar la conversin peseta-euro, slo se podr aplicar el tipo de conversin fijado legalmente puesto que el precio del euro en pesetas ser inamovible y nico.

ETAPA DE CULMINACIN: DEL 1 DE ENERO DEL 2002 AL 1 DE JULIO DEL 2002.

A partir del 1 de enero del ao 2002 ya podremos ampliar el uso del euro a los cobros y pagos en metlico, pues para entonces ya se habrn puesto en circulacin los billetes y monedas en euros.

Durante esta etapa de corta duracin -no ms de 6 meses- los poseedores de billetes y monedas nacionales podrn canjearlos por billetes y monedas en euros gratuitamente, con la cooperacin de los Bancos centrales nacionales y entidades financieras colaboradoras.

A partir del 1 de enero del ao 2002, todos los contratos, deudas, obligaciones, derechos, etc., de contenido econmico que estuviesen denominados en pesetas a esa fecha, quedarn legalmente denominados en euros -sin ningn tipo de trmite por parte de los interesados- al "precio" o tipo de conversin inamovible del euro en pesetas, obligatorio desde el 1 de enero de 1999.

Finalmente, a partir del 1 de julio de ese ao 2002 -como muy tarde- slo podremos utilizar los euros y el proceso de sustitucin de nuestras tradicionales monedas por el euro habr concluido. Esto significa que a partir de esa fecha la peseta dejar de ser la moneda de curso legal en Espaa. Sin embargo, durante cierto tiempo, an se podrn canjear las pesetas por euros en las oficinas del Banco de Espaa.

5.- Cmo afectar a nuestros ahorros la sustitucin de las pesetas por euros?.

Positivamente. Ya que al pertenecer a un rea monetaria con baja inflacin nuestros ahorros ( ya sea en forma de cuentas corrientes o de ahorro, depsitos a plazo, acciones u obligaciones, ... etc.), sufrirn una menor erosin monetaria.

6.- Y los ingresos, experimentarn algn cambio a causa de la sustitucin de la peseta por el euro?

No, la mayora de nuestros ingresos: sueldos, salarios y pensiones seguirn expresados en pesetas hasta el uno de enero del 2002. Eso s, desde el 1-I-99. todos estos ingresos sern, al aplicarles el tipo de conversin , equivalentes a una cantidad expresada en euros. De igual forma, cualquier ingreso denominado en euros ser equivalente a una cantidad en pesetas. Finalmente, a partir del 1-I-2002, todos nuestros ingresos vendrn denominados en euros.

7.- La introduccin del euro, alterar el nivel general de precios?

No, por el simple cambio de denominacin, los precios no experimentarn ninguna variacin. La nica diferencia visible ser la utilizacin de euros y su subdivisin decimal, el cntimo.

8.-Afectar la sustitucin al poder adquisitivo de los ciudadanos?

Nuestro poder adquisitivo se mantendr intacto, ya que ni el nivel general de precios, ni nuestros ingresos experimentarn variacin alguna. Podremos seguir comprando exactamente lo mismo que comprbamos antes de la sustitucin de la peseta por el euro.

9.- Y los trminos de los contratos anteriores al 1 de enero de 1999 cuya vida se extienda ms all de esta fecha, se modificarn cuando el euro sustituya a la peseta?

Todos los contratos que en su da fueron pactados en pesetas -ya sean contratos de trabajo, de ttulos valores, deudas o de cualquier otro tipo- seguirn siendo vlidos en los mismos trminos en que fueron acordados (cuantas, tipos de inters, plazos de amortizacin, etc.).

Aunque no se alteren las relaciones contractuales, los cobros y pagos a que den lugar dichos contratos podrn realizarse en euros a partir del uno de enero de 1999 siempre que las partes as lo acuerden y siempre que la transaccin se liquide mediante un abono/cargo en cuenta.

10.-Si la sustitucin de la peseta por el euro no altera aspectos relevantes para los ciudadanos (ahorros, ingresos, poder adquisitivo, trminos de los contratos, etc.), cules son las ganancias de esa sustitucin?

La introduccin del euro tendr efectos positivos en mltiples aspectos de nuestra vida diaria, veamos algunos de ellos.

Una parte importante de los bienes que consumimos no proceden de Espaa. El hecho de que los importadores no tengan que efectuar cambios de moneda para adquirirlos y, por lo tanto, se ahorren las comisiones que llevan aparejadas estas operaciones, conllevar una moderacin en el precio de estos bienes.

Pero tambin, la eliminacin de la incertidumbre que supone no conocer la evolucin futura del "precio" de la peseta en otras monedas incentivar el comercio entre los pases de la Unin, ampliando la oferta a nuestra disposicin, incrementado la competencia y permitindonos comparar fcilmente los precios de los distintos productos. Todo ello tendr un efecto disciplinante sobre la evolucin de los precios.

Los beneficios potenciales del Mercado nico Europeo (eliminacin de barreras y obstculos al comercio de bienes, prestacin de servicios y circulacin de capitales) se vern acrecentados notablemente.

Por otra parte, la estabilidad de precios derivada de la implantacin del euro favorecer a aquellos colectivos que perciben rentas fijas, como los pensionistas, y a aquellos que disponen de ahorro; colectivos que por lo general ven erosionada su situacin econmica en pocas de inflacin elevada.

Finalmente, ser posible viajar por todos los pases miembros sin cambiar de moneda.

III. LO QUE CAMBIAR CON EL EURO

El primer cambio ser que tendremos un nuevo medio de pago: billetes y monedas en euros, que sustituirn a los correspondientes en pesetas.

Otro cambio muy visible que se implantar gradualmente -a partir del 1 de enero de 1999-, ser la expresin en euros -y cntimos de euro- de toda la informacin que venamos recibiendo en pesetas.

Todas las grandes empresas, los Bancos, las oficinas tributarias, etc. estn renovando ya sus sistemas informticos para que cada ciudadano -consumidor o usuario- reciba en el ao 2002 directamente, en euros, sus tickets de caja, sus resmenes bancarios, sus nminas, sus pensiones...etc.

Saber cunto vale, en euros, un producto o servicio, ser muy sencillo. Slo tendr que dividir su coste en pesetas por la equivalencia que se fije entre pesetas y euros. Esta equivalencia no est establecida todava, aunque s se sabe que los tipos de conversin se adoptarn en forma de un euro expresado en trminos de la moneda nacional. Este tipo de conversin tendr seis cifras significativas.

As, suponiendo un tipo de conversin de 165,242 pesetas por euro, slo deber dividir la cantidad en pesetas entre 165,242 y sabr a cuntos euros equivale.

Por el contrario, -y siguiendo con el ejemplo de 165,242 pesetas por euro- si ve el precio de un producto en euros y quiere saber la equivalencia en pesetas, solo tendr que multiplicarlo por 165, 242.

IV. LO QUE SEGUIR IGUAL CON EL EURO

En nuestra vida diaria muchas cosas seguirn igual despus de la introduccin del euro.

Por ejemplo, no se alterarn los trminos de los contratos de trabajo ni los de alquiler de vivienda ni los de suministros, agua, telfono, electricidad,. etc.

Tanto los sueldos, salarios y pensiones, como los ahorros que hayamos acumulado se mantendrn exactamente igual. Tampoco aumentarn los precios de los productos y servicios. Por lo tanto no variar nuestro poder adquisitivo.

Igual que ahora, podremos seguir invirtiendo en los productos habituales que nos ofrecen las instituciones financieras : deuda pblica, libretas de ahorro, acciones y obligaciones de empresas, fondos de inversin, etc.; sin embargo, muchos activos financieros estarn denominados en euros a partir del uno de enero de 1999 (por ejemplo toda la deuda pblica). Eso s, podremos seguir hasta el ao 2002 dando rdenes de compra/venta en pesetas y tendremos que familiarizarnos con la equivalencia legal euro-peseta.

7.- EL EURO Y LAS EMPRESAS

EL EURO Y LAS EMPRESAS

Un estudio realizado en Enero de 1996 sobre 169 compaas de la Unin Europea concluye que cerca del 75% considera que una mayor integracin en forma de unin monetaria perfeccionara el Mercado Interior y supondra la consecucin de beneficios aadidos como menor inflacin, menores tipos de inters, mayor estabilidad de la moneda, ahorro de costes, aumento de la eficiencia, incremento de la inversin extranjera y una Unin Europea ms competitiva.

Se constata, adems, que un nmero considerable de empresas de la Unin Europea han iniciado ya los trabajos preparatorios para la introduccin de la moneda nica, analizando las implicaciones concretas tanto sobre su estrategia empresarial como sobre su organizacin interna.

La Cmara de Comercio e Industria alemana indica en un estudio fechado en septiembre de 1995 que una de cada tres empresas de ese pas haba organizado grupos internos de trabajo sobre la Unin Monetaria y una de cada ocho haba modificado su poltica de inversin de acuerdo con el nuevo escenario econmico que supone la moneda nica.

El sector empresarial europeo es, por lo tanto, consciente de que en un futuro muy prximo debe afrontar un reto que le puede colocar en una posicin ventajosa a nivel internacional y que, adems, supondr una mejora del entorno econmico en el que habitualmente opera.

La constitucin de una unin monetaria entre los quince pases de la Unin Europea es una oportunidad sin precedentes para las empresas espaolas. La duracin del proceso de transicin a la moneda nica permitir a las empresas efectuar los cambios que consideren convenientes para maximizar los beneficios que se deriven del perfeccionamiento del Mercado Interior. Sin embargo, a pesar del apoyo del sector empresarial al proceso de construccin de la Unin Monetaria, pocas empresas parecen disponer de la informacin suficiente para afrontar adecuadamente el reto de la introduccin del euro.

El papel de las Administraciones nacionales es proporcionar asesoramiento y una informacin rpida y adecuada que ayude a las empresas a tomar las decisiones correctas en cuanto a qu hacer, cundo y cmo hacerlo.

I. CMO HEMOS LLEGADO A ESTE GRADO DE CONCIENCIACIN: EL PROCESO DE INTEGRACIN EUROPEO

El proceso de integracin comunitaria comienza en la dcada de los cincuenta, con unos objetivos explcitos mucho menos ambiciosos que los actuales, e implicando a slo seis pases.

Desde entonces, el xito neto del proceso ha empujado a una profundizacin de la integracin entre un nmero de pases cada vez ms amplio.

Espaa se incorpora al club europeo en 1986, tras un dilatado perodo de acercamiento, y con su entrada se inicia, asimismo, una dcada de importantes avances, con dos hitos fundamentales:

La entrada en vigor del Acta nica en 1987, que amplia los objetivos de la Comunidad al fijar como nueva meta la realizacin de un verdadero mercado interior- es decir, un espacio sin fronteras interiores, en el que debe quedar garantizada la libre circulacin de mercancas, personas y capitales y la libre prestacin de servicios, mediante la adopcin por parte de los pases miembros de un conjunto de casi 300 disposiciones, contenidas en el denominado Libro Blanco.

La firma del Tratado de Maastricht (7-2-1992), fundamentado en la constatacin de que la maximizacin del aprovechamiento de las ventajas que ofrece la realizacin del Mercado Interior, exige avanzar en la integracin a travs de la consecucin de una Unin Econmica y Monetaria.

Segn se recoge en el Tratado, la Unin Econmica y Monetaria se alcanzar en tres fases o etapas. En la tercera y definitiva de estas etapas, el Tratado deja abiertos varios aspectos, entre ellos, la fecha concreta de inicio y finalizacin y los pasos detallados a seguir para la introduccin de la moneda nica, elemento fundamental de la Unin Econmica y Monetaria, que ser objeto de desarrollos posteriores.

En la Cumbre de Madrid (reunin de los Jefes de Estado y de Gobierno con ocasin de la finalizacin de la Presidencia espaola) en diciembre de 1995, quedaron despejadas numerosas incgnitas:

El nombre definitivo de la futura moneda nica: EURO, lo que era psicolgicamente importante e inaplazable.

Se concreta el inicio de la 3 etapa de la UEM, 1 de enero de 1999, y la fecha lmite para la conclusin del proceso, 1 de julio de 2002, elementos de certeza ambos, largamente demandados por los mercados.

Se define el ao sobre el cual se realizar la seleccin de los pases que se incorporarn inicialmente a la UEM. Ser el ao 1997, y la seleccin se realizar lo ms pronto posible en 1998. El Tratado fija la fecha tope de julio de 1998 (con posterioridad, se decidi que la seleccin se realizara en abril de 1998).

Por ltimo, entre lo destacable, se fija el Escenario para la introduccin de la moneda nica, concretndose los diferentes subperodos del proceso UEM.

II . LA CUENTA ATRS PARA LAS EMPRESAS: CMO ABORDAR EL PROYECTO EURO

A)CUNDO INICIAR LA TRANSICIN HACIA LA MONEDA UNICA

De acuerdo con el escenario descrito con anterioridad, las empresas cuentan para su particular proceso de adaptacin con un perodo que abarca desde el 1 de enero de 1999 hasta el 1 de enero del ao 2002.

El escenario aprobado en Madrid para la introduccin de la moneda nica se debe entender como un marco de actuacin para las empresas. El escenario no incluye, y no pretende ser, un calendario especfico de adaptacin al euro para las empresas como agentes individuales. De hecho, se caracteriza por la flexibilidad que brinda en cuanto a qu hacer y cmo hacerlo, recayendo la responsabilidad de la decisin en la propia empresa. Las empresas son, por lo tanto, libres de utilizar o no el euro desde el 1 de enero de 1999, de acuerdo con el principio de no prohibicin, no obligacin.

FUNCIONAMIENTO DEL PRINCIPIO DE

NO PROHIBICIN, NO OBLIGACIN

DURANTE EL PERODO TRANSITORIO

El as denominado principio de no prohibicin implica que no debe existir ninguna prohibicin legal al uso del euro cuando las partes as lo decidan y quede incluido en los acuerdos que formalicen. Por otra parte, la aplicacin del principio de no obligacin supone que ninguna de las partes de un acuerdo puede exigir unilateralmente el uso del euro, a menos que as quede recogido en el acuerdo.

Esto se traduce en la prctica como la existencia de una distincin entre los contratos ya existentes y los que se formalicen durante el perodo transitorio.

De esta manera, los contratos ya existentes de todo tipo permanecern denominados en la moneda nacional hasta el 1 de enero de 2002, a menos que se llegue a un acuerdo mutuo en contrario o que se incurra en alguna de las excepciones recogidas en el Estatuto Legal del Euro.

Para los nuevos contratos ser posible, si embargo, elegir la moneda de denominacin de los mismos: moneda nacional o euro, debiendo decidirse por las partes en el momento de formalizar el contrato.

Veamos cmo puede afectar el principio de no prohibicin, no obligacin a ciertos tipos de contratos:

1. Contratos entre empresas. Como ya hemos sealado, los contratos actualmente en vigor no cambiarn la moneda de denominacin, a menos que ambas partes de mutuo acuerdo decidan cambiar la denominacin al euro. Para los nuevos contratos, las partes tendrn que decidir la moneda de denominacin a la hora de elaborar el contrato. En cualquier caso, si la parte con mayor poder de negociacin insiste en la utilizacin del euro, esto no supondra un problema para las pequeas firmas en cuanto que los bancos estaran en disposicin de hacer las oportunas conversiones.

2. Contratos laborales. Los contratos existentes mantendrn su actual denominacin hasta el 1 de enero del ao 2002, momento en el que deben ser obligatoriamente traducidos a euros, a menos que ya lo hayan sido con anterioridad a esa fecha por acuerdo de los agentes implicados en el seno de la empresa.

Por otra parte, ser posible para las empresas formalizar los nuevos contratos de trabajo en euros, aunque, en este caso, se debern atener a lo que dispongan las legislaciones nacionales a este respecto. Evidentemente, la posibilidad de formalizar los nuevos contratos en euros y de cambiar la denominacin de los ya existentes tambin depender de la rapidez con que el sistema bancario empiece a operar en euros y a ofrecer servicios en la nueva moneda.

3. Otro tipo de contratos, como los de suministro de gas o electricidad. De igual manera a los anteriores, los contratos ya existentes conservarn su actual denominacin hasta el 1 de enero del ao 2002, y los nuevos contratos podrn denominarse en euros, si las partes as lo deciden y la legislacin nacional no recoge disposiciones en contrario.

En cuanto a las transacciones que se efecten con el consumidor final, stas presentan caractersticas especiales dado que no exigen la formalizacin previa de un contrato y necesitan del mutuo consentimiento de las partes en el momento en que se llevan a cabo. En cualquier caso, ninguna de las partes podr exigir el uso del euro con anterioridad al 1 de enero del ao 2002.

La decisin sobre el calendario preciso para cada empresa depende de un conjunto de factores, pero todos los agentes, antes o despus, tendrn que llevar a cabo una serie de ajustes. Parte del sector bancario, sector que por la naturaleza de su actividad debe estar a la cabeza del proceso de ajuste, y un cierto nmero de empresas han iniciado ya el proceso interno de preparacin. Estos agentes prefieren no esperar a esa fecha del 1 de enero de 1999, sabiendo que pueden obtener ventajas siendo los pioneros en la adaptacin, como, por ejemplo, deteccin de nuevas oportunidades de negocio que, indudablemente, surgirn asociadas al proceso, o la obtencin rpida de experiencia en operar en euros.

La decisin clave es cundo iniciar los ajustes. Evidentemente, las empresas necesitan informacin sobre ciertos aspectos esenciales para decidir la estrategia de ajuste, de manera que existe un riesgo en empezar demasiado pronto si hay determinadas incertidumbres. Sin embargo, hay mayor riesgo en posponer la decisin supone mayor riesgo: posibilidad de incurrir en costosas adaptaciones de ltima hora, afrontar cuellos de botella en la demanda de determinados servicios, perder la oportunidad de disear una estrategia a largo plazo o desaprovechar la aparicin de nuevos nichos de mercado.

En cualquier caso, el calendario y el contenido de la adaptacin a la moneda nica va a ser decidido por el mercado, y esto quiere decir que pocas empresas tendrn total autonoma para decidir el qu, cundo y cmo de la adaptacin. Los ajustes se llevarn a cabo en funcin del ritmo que impriman al proceso sus competidoras, sus clientes y sus suministradores y en funcin del comportamiento del consumidor, que puede demandar una aceleracin de los cambios, e, incluso, de la rapidez con que el sector bancario se adecue al nuevo escenario y ofrezca servicios financieros denominados en la nueva moneda. As pues, existe una importante interdependencia entre todos los agentes implicados en el proceso.

Analicemos ms detenidamente cules son los factores que deben ser tenidos en cuenta y adecuadamente valorados por cada empresa a la hora de decidir el momento del perodo transitorio en que empezar a usar el euro.

En primer lugar, la empresa debe analizar las caractersticas del entorno en el que se desenvuelve su actividad. Como ya hemos sealado antes, debe tener en cuenta la estrategia de sus competidores, el comportamiento de sus clientes y la actitud del resto de los agentes con los que mantiene cualquier relacin (sector bancario, Administraciones Pblicas, etc.).

En segundo lugar, la decisin tambin depender de las caractersticas propias de la empresa: el tamao de la firma, la naturaleza del producto que vende o del servicio que presta, el grado de exposicin al exterior y el grado de contacto con el consumidor final, entre otros.

En cualquier caso, podemos definir un conjunto de factores que actan a favor del uso del euro durante el perodo transitorio y un conjunto de factores que aconsejaran el retraso en el uso del euro hasta el 1 de enero del ao 2002.

Entre las razones por las que una empresa podra desear utilizar el euro con anterioridad al 1 de enero del ao 2002 estaran las siguientes:

1. El acceso a servicios financieros denominados en euros: La consecucin de la Unin Monetaria puede derivar en que el euro se convierta en una moneda vehicular del comercio internacional, esto es, moneda habitual de denominacin de los pagos derivados de transacciones internacionales, e, incluso, en una moneda ancla a la que otras monedas no pertenecientes a la Unin Europea se liguen para definir su poltica de tipo de cambio. Esto llevar a que el euro sea una moneda dotada de gran protagonismo en el comercio internacional, de manera que los mercados financieros podran preferir una transicin rpida de las monedas nacionales al euro.

El resultado final sera un incremento paulatino de la liquidez y profundidad de los mercados en que se negocien activos denominados en euros con respecto a aquellos en los que se negocian activos denominados en moneda nacional, adems de la previsible aparicin de nuevos instrumentos financieros.

El incremento de la liquidez, profundidad y la aparicin de nuevos activos podra significar la disminucin de los costes de financiacin para las empresas que operen en euros, de manera que las empresas desearan adelantar su uso.

2. La simplificacin del comercio y la inversin entre los pases de la Unin Monetaria: La implantacin de la moneda nica traer consigo la eliminacin del riesgo de cambio entre las monedas de los pases de la Unin. Para las empresas que lleven a cabo operaciones comerciales o de inversin resultara ms sencillo denominar todas sus operaciones en una sola moneda, el euro, que trabajar con diferentes monedas nacionales.

3. La simplificacin de las relaciones entre matrices y filiales: Las empresas que operen a travs de filiales en otros pases miembros se beneficiarn de la simplificacin que supone utilizar una sola moneda en la contabilidad y en los documentos internos.

4. La obtencin de beneficios derivados de ser pionero en el uso del euro: Esto se hace ms evidente en empresas que operen en el sector financiero o bancario, pero es tambin aplicable a cualquier otro sector. El ser pionero en el uso del euro no slo permite estar preparado para satisfacer las nuevas demandas que aparezcan en el marco del cambio de escenario econmico sino que tambin crea una imagen de empresa dinmica. Es probable que a medida que transcurra el perodo transitorio, el mercado juzgue crecientemente a las empresas por su grado de adaptacin a las nuevas circunstancias, de manera que un retraso en esta adaptacin pueda ser considerado como un signo de ineficiencia, pudiendo la empresa ser objeto de una penalizacin en trminos de mayores costes financieros de sus pasivos o disminucin del precio de sus acciones.

5. La existencia de proyectos con un perodo de maduracin superior a la duracin del perodo transitorio: En este caso, las empresas pueden preferir desarrollar todas las actividades relacionadas con este tipo de proyectos en euros, evitando redenominaciones posteriores.

6. Evitar posibles cuellos de botella: El cambio al euro supondr la adaptacin de la base informtica y de, probablemente, numerosos procesos de decisin dentro de la empresa. Es conveniente, en este caso, contar con cierto margen de actuacin para evitar ineficiencias derivadas de la aparicin de cuellos de botella y evitar costosas adaptaciones de ltima hora.

Pero, como ya hemos sealado, tambin existen una serie de factores que actan a favor de un retraso en el uso del euro hasta el final del perodo transitorio y que deben ser igualmente tenidos en cuenta y valorados a la hora de tomar la decisin:

1. Las transacciones que exigen el uso fsico de moneda, seguirn denominndose en moneda nacional hasta el 1 de enero del ao 2002, por lo tanto, las empresas que efecten una mayora de operaciones de este tipo estarn poco incentivadas a efectuar un cambio rpido hacia el euro.

2. Si el cambio de denominacin al euro no es total, existe un coste en disponer de sistemas que permitan una doble denominacin. Si la empresa no puede efectuar el cambio de una sola vez, es decir, si es inevitable que durante un perodo coexistan operaciones denominadas en moneda nacional y en euros, entonces la empresa debe disponer de un sistema que permita mantener esta doble denominacin. Esto tiene, si embargo, fcil solucin: utilizar convertidores, como los que se contemplan para el sector bancario.

3. Posibilidad de beneficiarse de la experiencia de empresas que s hayan sido pioneras en el uso del euro. En cuanto que todas las empresas deben hacer un esfuerzo similar de adaptacin, existe la posibilidad de aprender de experiencias previas si se decide retrasar el uso del euro. Adems, con el tiempo, probablemente se sistematicen los servicios de asesora, de manera que se oferte en el mercado un paquete completo de servicios de adaptacin al euro o, en cualquier caso, las empresas implicadas perfeccionen los servicios ofertados con este fin.

B)CMO ABORDAR EL PROYECTO EURO

El paso a la moneda nica debe ser abordado por la empresa como un proyecto de inversin y desarrollado como tal.

A pesar de que existe una importante interdependencia entre todos los agentes implicados en el proceso, la decisin de qu hacer, cmo hacerlo y cundo hacerlo es responsabilidad nica de cada empresa. As pues, es esencial disear una estrategia y contar con una infraestructura bsica que permita dar una respuesta ptima al reto que supone la introduccin de la moneda nica.

La estrategia que se analiza a continuacin est siendo utilizada por un cierto nmero de empresas multinacionales y ofrece una base sobre la que disear una estrategia personalizada.

Cronolgicamente, se organiza en cuatro fases:

1. En una primera fase, los esfuerzos han de orientarse a recopilar, de manera selectiva, la mayor cantidad de informacin posible sobre la Unin Monetaria.

La Cumbre de Madrid proporcion a las empresas un escenario para la introduccin del euro. Sin embargo, existen todava aspectos por definir y, por lo tanto, es esencial conocer rpidamente las decisiones que se tomen en determinados mbitos, como el Estatuto Legal del Euro, que pueden afectar al desarrollo que cada empresa haga del proyecto euro. As pues, los puntos de partida son:

la Unin Monetaria es un proceso vivo.

es necesaria una adaptacin continua y un acercamiento al proceso que permita definir claramente los impactos de cada una de las nuevas decisiones.

2. Si la intensidad de los cambios a los que se enfrenta la empresa as lo aconseja, se debera disponer de un departamento en la estructura organizativa dedicado, total o parcialmente, al proyecto euro, con las siguientes funciones:

llevar la iniciativa del proceso dentro de la empresa.

coordinar las actividades relacionadas con el euro del resto de los departamentos.

realizar la labor de informacin y formacin dentro de la empresa.

y los siguientes objetivos:

identificar y valorar el impacto de la introduccin del euro en los diferentes departamentos.

definir la estrategia adecuada, junto con un calendario y un presupuesto.

implementar dicha estrategia.

III.PROPUESTA DE ORGANIGRAMA PARA EL PROYECTO EURO

EL PROYECTO EURO EN LAS PYMEs

La Comisin Europea y la Administracin espaola son conscientes de que la transicin al euro de las pequeas y medianas empresas reviste caractersticas especiales, dada la limitada dotacin de recursos financieros, tcnicos y humanos de que disponen y el elevado porcentaje de ellas que suele mantener un contacto continuado con el consumidor final.

La Comisin est trabajando en la actualidad en el diseo de un programa de adaptacin especfico para las PYMEs, con un tratamiento ms detallado de determinados aspectos que les son de especial inters. Asimismo, la Administracin espaola, dentro de la Campaa de Comunicacin del Euro, tiene previstas acciones de informacin y asesoramiento especficas para este colectivo.

IVIMPACTO DE LA INTRODUCCIN DEL EURO EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DE LA EMPRESA

La introduccin de la moneda nica no slo supone un cambio del entorno econmico en el que opera la empresa. Por su impacto en los diferentes departamentos de la empresa, es, tambin, una oportunidad para incrementar la eficiencia de la empresa como corporacin.

A)EFECTOS SOBRE EL DEPARTAMENTO FINANCIERO Y DE TESORERA

Estos departamentos probablemente sean los primeros en sentir los efectos de la introduccin de la moneda nica:

Eliminacin del riesgo de cambio en las transacciones que impliquen a monedas de pases de la Unin Europea a partir del 1 de enero de 1999 y reduccin del riesgo de cambio con respecto a las monedas de pases terceros si, como se prev, el euro se convierte en moneda vehicular del comercio internacional y en ancla de otras monedas.

Debe considerarse, por lo tanto, esta nueva circunstancia y asegurarse que los contratos ms afectados (los contratos de derivados, por ejemplo) recojan la fecha de inicio de la Unin Monetaria. Adems, en la medida en la que venga recogido en el propio contrato, podra plantearse si es conveniente una renegociacin de los contratos a tipo de inters fijo.

Transformacin de los mercados financieros, en cuanto que aparece una nueva divisa que, en principio, alcanzar gran protagonismo y en cuanto que desaparece o se reduce el riesgo de cambio, segn consideremos monedas de la Unin Europea o no. Por lo tanto, el concepto de rendimiento de los bonos se ver afectado, y factores como el riesgo crediticio, la liquidez del mercado o las diferencias impositivas pasarn a tener mayor ponderacin en las decisiones de inversin y financiacin en detrimento del riesgo de cambio.

Por otra parte, las empresas deben considerar la posibilidad de denominar las nuevas emisiones de papel comercial en euros e, incluso, si es conveniente la redenominacin del stock de deuda ya existente.

Adems, las empresas se beneficiarn de la mayor transparencia del mercado y de la potencial mayor disponibilidad de instrumentos financieros.

Efectos sobre los mercados de acciones. Es posible que los mercados organizados de acciones decidan una rpida transicin a la moneda nica. Las empresas deben tener en cuenta las preferencias de los accionistas, que quizs se inclinen por percibir los dividendos denominados en moneda nacional hasta el ao 2002.

Efectos sobre los fondos de pensiones. La desaparicin del riesgo de cambio estimular la diversificacin de la cartera, provocando los lgicos ajustes.

Por ltimo, la moneda nica permitir una reduccin de los costes financieros, tanto por la desaparicin de ciertas comisiones bancarias como por pasar a operar en un entorno que, en nuestro caso, se caracterizar por tipos de inters ms reducidos, y una simplificacin de las operaciones habituales de los departamentos financiero y de tesorera. Puede que todos los cambios sealados aconsejen una reorganizacin de ambos departamentos.

B)EFECTOS SOBRE EL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y FISCALIDAD

En primer lugar, cabra sealar que los saldos en monedas de la Unin Europea pueden experimentar variaciones de valor como consecuencia de la diferencia entre el tipo de cambio vigente cuando se adquiri esa posicin neta exterior (o el que se haya tenido en cuenta para su contabilizacin) y el que se deriva de la fijacin irrevocable del tipo de cambio el 1 de enero de 1999. Esos posibles beneficios o prdidas podrn ser objeto de imposicin, segn la legislacin nacional aplicable, y debern ser debidamente contabilizados, siguiendo las normas contables vigentes en cada pas.

Por otra parte, todava han de clarificarse las reglas que regirn el cumplimiento de las obligaciones fiscales y contables de las empresas en cuanto a la moneda de denominacin de las mismas durante el perodo transitorio. La intencin de la Administracin Pblica espaola es permitir una cierta flexibilidad en este sentido.

Las empresas deben analizar si es necesario efectuar cambios, y en caso afirmativo, de qu naturaleza, en el soporte informtico y en el equipo humano del departamento de contabilidad (cursos de formacin) durante el perodo transitorio en el caso de que decidan utilizar tanto la moneda nacional como el euro. De todas maneras, este anlisis se har inevitable cuando el euro se configure como la nica moneda con status legal y fsico.

Por ltimo, hay que tener en cuenta las reglas que seguir el redondeo, reglas que estn incluidas en el Reglamento (CE) nm. 1103/97 del Consejo de 17 de junio de 1997.

C)EFECTOS SOBRE EL DEPARTAMENTO COMERCIAL Y DE MARKETING

La implantacin de una moneda nica en los pases de la Unin Europea supone el perfeccionamiento del Mercado Interior. Una vez eliminadas las barreras fsicas, fiscales y tcnicas al comercio de mercancas, a la prestacin de servicios y a la circulacin de personas con la incorporacin al ordenamiento jurdico nacional de las disposiciones incluidas en el Acta nica, el obstculo ms notable al comercio es la imposicin de usar diferentes monedas, con las trabas que ello lleva aparejado.

As pues, el euro acerca a las empresas espaolas un mercado potencial de 370 millones de consumidores, y este cambio tiene que ser incorporado a la forma de actuacin del departamento comercial y de marketing. No todos los sectores empresariales se van a ver igualmente afectados, pero todos afrontarn los siguientes cambios:

En primer lugar, se incrementar la transparencia de precios, de manera que ser ms difcil mantener precios relativamente ms elevados para mercancas similares. Esto afectar, sobre todo, a mercancas estandarizadas, con alto valor aadido y/o con transporte fcil o no costoso, y en las zonas fronterizas.

Las empresas tendrn dos alternativas: (i) operar en mercados segmentados, es decir, que en realidad no estn abiertos a todos los productores-competidores, ya sea porque se apliquen reglas fiscales o especificaciones tcnicas discriminatorias (circunstancia que est destinada a desaparecer) o porque la propia empresa sea capaz de segmentar el mercado diferenciando su producto, creando una demanda propia, y (ii) disminuir el precio de venta.

En este marco, se prev el desarrollo de grandes centrales de compras con actividad en toda Europa y la ampliacin de las redes de distribucin.

En enero del ao 2002, los precios debern ser traducidos a euros, aplicndose las reglas del redondeo incluidas en el Estatuto Legal del Euro.

Las empresas deben ser conscientes del importante papel que desempean en este proceso de adaptacin a la nueva moneda por su contacto con el consumidor final, llevando a cabo esta traduccin de la manera ms transparente y sencilla posible.

Por ello, tambin ha sido sugerida la posibilidad de mantener un sistema de precios dobles (presentar los precios en moneda nacional y en euros) durante el perodo transitorio e incluso despus de la aparicin fsica de las monedas y billetes en euros, con dos objetivos: (i) didctico, esto es, acostumbrar al consumidor a pensar en euros, y (ii) como forma de asegurar al consumidor que el cambio de denominacin de moneda nacional a euros es una simple traduccin, no debiendo implicar por s misma ni subidas ni disminuciones de precios.

Las empresas deben considerar la posibilidad de un doble etiquetado o la expresin del precio en euros y en la moneda nacional en la misma etiqueta y la posible modificacin del software.

La Comisin Europea est examinando en la actualidad cul es el mejor mecanismo para la introduccin de un sistema de precios duales.

D)EFECTOS SOBRE EL DEPARTAMENTO DE PERSONAL Y DE FORMACION

Una de las funciones que se le han encomendado al departamento EURO es la responsabilidad de informar y formar al resto de los departamentos de la empresa. Estas dos actividades son esenciales para que la transicin a la moneda nica se complete de manera exitosa. En este sentido, tres reas deben ser adecuadamente cubiertas:

El primer grupo objetivo es el personal ms implicado en el proceso de adaptacin, esto es, el perteneciente a los departamentos de tesorera, financiacin, contabilidad e informtica.

Por otra parte, a partir del 1 de enero del ao 2002 todo el personal de la empresa operar en euros, de manera que deben preverse cursos de formacin generalizados.

Por ltimo, aparte de la formacin dirigida al desarrollo de la actividad profesional, el personal demandar informacin sobre los efectos de la introduccin del euro en salarios, pensiones, etc.

E)EFECTOS SOBRE LA INFORMTICA EMPRESARIAL

Como se ha hecho evidente, la informtica ser un instrumento bsico de apoyo en el proceso de transicin. En este marco, todos los programas que incorporen informacin financiera debern ser objeto de modificaciones.

A continuacin se analizan algunas de las conclusiones a las que han llegado un conjunto de empresas que han efectuado una valoracin del impacto que la introduccin de la moneda nica traer conmigo.

Los resultados provisionales indican que la magnitud del impacto depender de:

si el software utilizado es estndar o se ha diseado de acuerdo a las necesidades particulares de la empresa, siendo ms costoso en este ltimo caso, dado que las empresas informticas ya han diseado, en algunos casos, programas de adaptacin a la moneda nica, compatibles con los programas estndar.