tÍtulo i. condiciones generales - cultura

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Página 1 de 27 CLÁUSULA 1ª.- OBJETO. TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES El presente pliego tiene por objeto la regulación de las condiciones que han de regir la adjudicación y explotación de espacios destinados a atracciones, actividades y puestos de comercio ambulante con motivo de las fiestas en los núcleos de Matagorda, Las Norias de Daza, Balerma, Almerimar, Guardias Viejas, Tarambana, Pampanico y San Agustín a celebrar en el año 2018. En los Títulos siguientes se establecen las condiciones particulares para las fiestas de cada uno de los núcleos. CLÁUSULA 2ª.- DISTRIBUCIÓN DE ESPACIOS Los espacios establecidos para la instalación de atracciones de feria se distribuyen según los planos de situación que se adjuntan a las condiciones particulares para cada núcleo. CLÁUSULA 3ª.- PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACION DE E S P A C I O S . La forma de adjudicación de los terrenos disponibles será el procedimiento de contrato menor. -SOLICITUD: Para tener opción a la adjudicación de espacios, los interesados deberán presentar junto a la solicitud modelo FER (disponible en la página web municipal), la totalidad de la documentación que se relaciona en la misma, incluido el Recibo del pago de las correspondientes tasas municipales vigentes en el Registro General de Entrada de documentos del Ayuntamiento de El Ejido en las fechas que se establezcan en las condiciones particulares para cada núcleo. -REPLANTEO: En las fechas establecidas en las condiciones particulares, se personarán en los espacios destinados a la instalación de atracciones los funcionarios designados, con objeto de proceder al replanteo sobre el terreno y adjudicación provisional de los espacios. -ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS: La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares. No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se podrá permitir la ocupación de los espacios autorizados a partir del momento en que se efectúe el replanteo. A tal efecto se establecerá a partir de que fecha se permite dicha ocupación en las condiciones particulares para cada núcleo. PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGIRÁ PARA LA ADJUDICACIÓN DE ESPACIOS PARA LA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ATRACCIONES DURANTE LAS FIESTAS EN MATAGORDA, LAS NORIAS DE DAZA, BALERMA, ALMERIMAR, GUARDIAS VIEJAS, TARAMBANA, PAMPANICO Y SAN AGUSTIN EN EL AÑO 2018.

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CLÁUSULA 1ª.- OBJETO.

TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES

El presente pliego tiene por objeto la regulación de las condiciones que han de regir la adjudicación y explotación de espacios destinados a atracciones, actividades y puestos de comercio ambulante con motivo de las fiestas en los núcleos de Matagorda, Las Norias de Daza, Balerma, Almerimar, Guardias Viejas, Tarambana, Pampanico y San Agustín a celebrar en el año 2018.

En los Títulos siguientes se establecen las condiciones particulares para las fiestas de cada uno de los núcleos.

CLÁUSULA 2ª.- DISTRIBUCIÓN DE ESPACIOS

Los espacios establecidos para la instalación de atracciones de feria se distribuyen según los planos de

situación que se adjuntan a las condiciones particulares para cada núcleo.

CLÁUSULA 3ª.- PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACION DE E S P A C I O S .

La forma de adjudicación de los terrenos disponibles será el procedimiento de contrato menor.

-SOLICITUD:

Para tener opción a la adjudicación de espacios, los interesados deberán presentar junto a la solicitud

modelo FER (disponible en la página web municipal), la totalidad de la documentación que se relaciona en la

misma, incluido el Recibo del pago de las correspondientes tasas municipales vigentes en el Registro General de

Entrada de documentos del Ayuntamiento de El Ejido en las fechas que se establezcan en las condiciones

particulares para cada núcleo.

-REPLANTEO:

En las fechas establecidas en las condiciones particulares, se personarán en los espacios destinados a

la instalación de atracciones los funcionarios designados, con objeto de proceder al replanteo sobre el terreno y

adjudicación provisional de los espacios.

-ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS:

La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días

que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares.

No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se podrá permitir la ocupación de los

espacios autorizados a partir del momento en que se efectúe el replanteo. A tal efecto se establecerá a partir de

que fecha se permite dicha ocupación en las condiciones particulares para cada núcleo.

PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGIRÁ PARA LA ADJUDICACIÓN DE ESPACIOS

PARA LA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ATRACCIONES DURANTE LAS

FIESTAS EN MATAGORDA, LAS NORIAS DE DAZA, BALERMA, ALMERIMAR,

GUARDIAS VIEJAS, TARAMBANA, PAMPANICO Y SAN AGUSTIN EN EL AÑO

2018.

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-INAUGURACIÓN:

La inauguración – comienzo de la actividad de las atracciones y otras actividades, plazo máximo para

que estén totalmente instalados se establecerán en las condiciones particulares para cada núcleo.

-HORARIOS ACCESO DE VEHICULOS AL RECINTO:

Con objeto de facilitar el suministro – abastecimiento, reparación o mantenimiento de atracciones y

demás puestos – instalaciones concedidas, se permitirá el acceso de vehículos a tal efecto dentro de la zona de atracciones de 08,00 h. a 19,00 h., debiendo abandonar el recinto inmediatamente y en todo caso una hora antes de la hora prevista para la apertura al público del recinto. No se permitirá el acceso de vehículos fuera de esa franja horaria, siendo sancionados y desalojados aquellos vehículos que incumplan dicha condición.

Sólo será permitida la permanencia dentro del recinto ferial aquellos vehículos que formen parte e indivisa del puesto o atracción, o aquellos que contengan - porten grupos eléctricos como forma – medidas de seguridad.

-DOCUMENTACION A PRESENTAR:

Todas las instalaciones – atracciones deberán tener al día y aportar al Ayuntamiento de El Ejido la siguiente documentación:

- Copia del Nif correspondiente al titular – propietario de la atracción, en caso de ser una persona física. En caso

de ser persona jurídica se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

- Certificados acreditativos de encontrarse al corriente con las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. - Certificado de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. - Copia de la póliza seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas. - Certificado de seguridad y solidez firmada por técnico competente y visado por el colegio profesional. - Certificado de revisión anual de la atracción de feria correspondiente. - Copia del proyecto de instalación. Contenido mínimo del proyecto:

o Datos del promotor o peticionario. o Datos del proyectista. o Datos del fabricante. o Objeto del proyecto. o Descripción de la atracción. o Condiciones de seguridad para las personas. o Instalaciones eléctricas. o Instrucciones de montaje de la atracción.

o Instrucciones de mantenimiento y conservación de la atracción. o Normativa. o Documentación gráfica.

- Carné de manipulador de los operarios (caso de instalaciones que expenda productos alimenticios).

Todas las atracciones de feria deberán estar instaladas con 2 días de antelación y disponer d e l certificado de instalación expedido por técnico competente antes de las 10.00 h. del día de inauguración, para poder autorizarse su apertura y funcionamiento. Por parte del personal municipal designado, podrán realizarse visita de inspección en cualquier momento, con objeto de comprobar y revisar que están posesión de dicha documentación, negando la apertura y funcionamiento en su caso, de toda atracción que no cumpla o aporte la documentación que le sea requerida.

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CLÁUSULA 4ª.- LIQUIDACIÓN.

El pago se realizará mediante autoliquidación en la entidad bancaria que fija la Corporación; a tal efecto,

una vez realizado el replanteo de los espacios disponibles, por parte del personal municipal designado a efecto, se procederá a la expedición de las correspondiente liquidaciones, en las que se incluirán íntegramente el importe correspondiente a la ocupación de la parcela - instalación y consumo eléctrico, en su caso según el cuadro de precios adjunto en las condiciones particulares de cada núcleo.

Los precios establecidos para la adjudicación de espacios son los mismos que los aplicados en años anteriores, no habiendo experimentado variación alguna.

La fecha límite para efectuar el pago será la que se establezca en las condiciones particulares para cada núcleo.

El justificante – copia de la carta de pago, deberán ser entregadas al funcionario responsable del recinto en la Jefatura de la Policía Local de El Ejido (Administración), antes de la fecha límite indicada anteriormente.

Cualquier actividad realizada dentro de los espacios fijados que no presenten el correspondiente documento de pago de la instalación, podrá ser precintada, pudiendo confiscarse por los Servicios de Policía Local y

decomisados los artículos expuestos.

CLÁUSULA 5ª.-

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de l o s Animales, quedan prohibidas las atracciones que utilicen animales, como las de tipo "ponis", o cualesquiera otras de similares características.

CLÁUSULA 6ª.-

No se permitirá la instalación de ninguna caseta, aparato o actividad en general, sin haberse efectuado el pago del importe total de adjudicación. Por otra parte, el adjudicatario de una parcela que no proceda a su pago perderá todos los derechos de instalación para los 2 siguientes años, quedando excluido automáticamente de cualquier replanteo – distribución en todo el término municipal.

CLÁUSULA 7ª. -

El coste del enganche y del suministro eléctrico correspondiente a la zona destinada a viviendas será a cargo de los adjudicatarios. Encontrándose conforme la instalación por el personal técnico del Ayuntamiento, y pagados por el adjudicatario los importes por el suministro eléctrico (enganche y consumo) podrá efectuarse por la empresa contratada por el Ayuntamiento para la prestación de los servicios y trabajos necesarios para llevar a cabo las instalaciones eléctricas provisionales para el suministro eléctrico en estas fiestas la acometida eléctrica de la misma, previa nota que se estampará en la expresada carta de pago en señal de conformidad.

CLÁUSULA 8ª. –

Queda prohibido en absoluto el anuncio y exhibición de atracciones pornográficas y la venta en todas las secciones de la Feria de objeto que merezcan el mismo calificativo, asimismo, se prohíbe toda proyección de cine, diapositivas, etc.

CLÁUSULA 9ª.-

Los adjudicatarios no podrán en modo alguno rebasar, ni modificar las dimensiones que se fijarán al hacérseles la adjudicación, ni dividir ni arrendar su lote, previéndose que cada autorización habrá de ser destinada precisa y solamente al titular y atracción para la que fue adjudicada.

Por lo tanto, solamente se podrá instalar una atracción indivisible para cada parcela adjudicada.

Cualquier actividad que por su forma o dimensiones excediera de los límites de la parcela, podrá ser clausurada por los Agentes de la Policía Local, confiscando los elementos de tracción que estimasen necesarios para una mayor garantía del cumplimiento de esta sanción.

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El concesionario de una parcela de Aparatos de mayores e infantiles deberá tener especialmente en consideración que las dimensiones de éste, deberán ser suficientes para que quede dentro de sus límites la proyección en planta de su actividad en MOVIMIENTO, debiendo considerar en el momento de definición de las medidas de fachada del lote adjudicado, que no se permitirá ninguna actividad que ocupe en vuelo dimensiones que excedan de los límites marcados. La no observancia de este artículo podrá ser clausurada por los Agentes de la Policía Local.

Los aparatos voladores (rangers, vikingos, nubes, etc.) deberán vallar el espacio definido por la proyección en planta de la parte del aparato que gira dentro de los límites de la parcela, para evitar el paso del público por debajo de estos elementos en los primeros cinco metros de altura de desplazamiento. La no observancia de este artículo podrá dar lugar a la clausurada de la concesión por los Agentes de la Policía Local.

Las infracciones indicadas anteriormente, independientemente del cierre de la instalación por los Agentes de la Policía Local, dará lugar a la incoación de expediente sancionador al industrial, aportando y haciendo constar en el Pliego de Cargos además del dimensionado de la instalación y el nombre y DNI del industrial, la mayor cantidad posible de datos referente a la instalación o actividad, para mejor identificación futura de la misma, en orden a no autorizar futuras concesiones.

CLÁUSULA 10ª. -

En el interés de que no se creen situaciones que pudieran llevar al cierre de instalación se hacen constar las siguientes obligaciones impuestas a los industriales feriantes que, por su especial contenido, pudieran llevar hasta la clausura de la instalación en caso de incumplimiento y a no tenerse en cuenta su solicitud en futuras concesiones:

a) Cada actividad deberá contar desde el momento en que se inicie la descarga para el montaje de la instalación, con el correspondiente SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL que deberá cubrir los daños que se pudieran ocasionar durante el proceso de montaje y desmontaje tanto al personal que realice esas funciones como a terceros que pudieran verse afectados, ya se traten de personas o cosas públicas o privadas, con una cobertura mínima de unos ciento cincuenta mil euros (150.000 €).

b) Es necesario de que la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil cubra igualmente, los daños a usuarios y terceros ya sean personas o cosas que pudieran verse afectados por el funcionamiento de la actividad.

c) Es obligatorio tener en todo momento a disposición del personal municipal designado al efecto el justificante de pago de las tasas municipales, copia de la Póliza de Seguros y Certificado de Instalación y Montaje. La no tenencia de cualquiera de estos documentos podría suponer la suspensión de montajes, no apertura o clausura de la actividad, hasta tanto se cumplimentarse este requisito básico para el funcionamiento de la actividad interesada. La vigencia del contrato de seguro deberá acreditarse por la empresa organizadora del espectáculo o de la actividad, mediante el ejemplar de la póliza y el recibo del pago de las primas correspondientes al período del seguro en curso o de copia debidamente autenticada de los mismos. Ambos documentos podrán ser requeridos en cualquier momento por el personal funcionario que esté investido de autoridad para realizar actuaciones inspectoras, instructoras o sancionadoras.

d) una copia de los documentos antes reseñados (Seguro de Responsabilidad Civil y Copia del último recibo), deberán presentarse en los servicios técnicos municipales, como requisito previo e imprescindible a la apertura al público de la actividad.

e) Cada actividad, deberá presentar en el Ayuntamiento, previamente a la apertura y a la puesta en funcionamiento, en el caso de APARATOS o de actividades que en su funcionamiento permitan el acceso de personas a su interior, del CERTIFICADO DE SEGURIDAD y SOLIDEZ, así como del resto de los documentos exigidos en el vigente Reglamento de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, de acuerdo con la normativa ya señalada en el presente Pliego.

f) Del Certificado de Seguridad y Solidez, emitido por técnico cualificado una vez visto y comprobado el aparato en movimiento, localizado este en el lote adjudicado y debidamente compulsado el documento por su Colegio Profesional, se procurarán tres copias originales, presentándose dos a los Técnicos Municipales, de las que se les devolverá una debidamente sellada y que necesariamente permanecerá en la actividad todo el tiempo que permanezca en funcionamiento a disposición de los Técnicos Municipales o Inspectores que ejerzan el control.

El listado de aquellas actividades que no hubieran observado lo establecido en el párrafo anterior, será entregado a los agentes de la Policía Local, para que procuren la no apertura de las actividades, o procedan a la clausura de las que pudieran haberse abierto al público sin haber cumplimentado esta norma, sin derecho a reintegro de cantidad alguna.

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Las actividades que, estando obligados a ello, por permitir el acceso de personas al interior de la instalación, no dispongan del preceptivo Certificado de Seguridad y Solidez, previamente a la apertura de la instalación, podrían verse afectadas incluso en futuras adjudicaciones, por la posibilidad de no tenerse en cuenta su solicitud.

g) Cada actividad destinada a Espectáculos, Grúas o Puestos Varios, deberá contar con un extintor de 6 Kg. de polvo seco polivalente, dotado de comprobador de presión y debidamente revisado, por cada 30 m2 o fracción de superficie ocupada.

CLÁUSULA 11ª. –

Los vehículos vivienda se ubicarán en el lugar designado por el personal técnico del ayuntamiento y necesariamente deberán desaguar con mangueras a las acometidas de saneamiento más próximas.

Los camiones en los que se transporten las atracciones de feria deberán aparcar fuera de recinto ferial; los empresarios feriantes, disponen de la posibilidad de realizar el estacionamiento de los vehículos y remolques vigilado en el C.I.M.

CLÁUSULA 12ª. -

Los adjudicatarios, por el hecho de concurrir a la licitación dan su conformidad a todas y cada una de las

Cláusulas de este pliego de condiciones, entregándose un ejemplar del mismo a todos los concurrentes que lo soliciten, para que ninguno pueda alegar ignorancia.

La interpretación de las mismas, su aplicación ulterior calificación de las instalaciones, y en general la organización administrativa de la feria, correrá a cargo del Ayuntamiento que decidirá sin apelación sobre todas las dudas que puedan presentarse en la subasta y durante el plazo de la concesión de las instalaciones, pudiendo llegar incluso a desalojar los lotes por parte de los concesionarios.

Como norma general y para la interpretación de las Cláusulas procedentes, el personal municipal

designado podrá personarse en el recinto ferial para comprobar las instalaciones o cualquier otro extremo sobre las mismas, emitiendo informe si fuera preciso.

CLÁUSULA 13ª. -

Los adjudicatarios de puestos se comprometen a cumplir lo dispuesto en la LEY 13/1999, de 15 de

diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, así como lo dispuesto en las demás disposiciones aplicables y en vigor en la actualidad, debiendo cumplir los requisitos exigidos en la Delegación de Industria para su instalación y funcionamiento.

Igualmente los adjudicatarios vendrán obligados al cumplimiento de la normativa ambiental que les sea de aplicación, reuniendo las necesarias condiciones técnicas de seguridad, higiene, sanitarias, de accesibilidad y confortabilidad para las personas, cumplir la normativa de prevención de riesgos laborales en cuanto a las condiciones de los puestos y la formación y vigilancia de la salud de las personas trabajadoras, y ajustarse a las disposiciones establecidas sobre condiciones de protección contra incendios en los edificios y, en su caso, el Código Técnico de Edificación. En todo caso, todo industrial feriante que desempeñe cualquier actividad dentro de las Parcelas de Feria, queda obligado al estricto cumplimiento de estas Normas Técnicas, independientemente de aceptar todas y cada una de las especificaciones que requieran la actividad en concreto que desarrollen.

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CLÁUSULA 14ª. –

Cualquier actividad dentro de las parcelas de Feria que no presente el correspondiente documento de pago o autorización de la instalación, podrá ser confiscada por los Servicios de Policía Local y decomisados los artículos expuestos.

La infracción de este artículo dará lugar a la imposición de sanción y en caso de ser reiterado al precintado y retirada del equipo.

Será obligatorio para el adjudicatario ajustarse en todo momento a lo establecido en el Reglamento electrotécnico de Baja tensión, Normas de la Compañía suministradora y Normas particulares del Ayuntamiento.

En la zona de atracciones quedara terminantemente prohibido las mangueras de cables eléctricos por el suelo, discurriendo por las zonas de tránsito público y sin ningún tipo de protección.

Tanto respecto a los puestos de helados (y granizada) como a los puestos de algodón (y palomitas) se hace constar expresamente, que la venta de productos que no sean los señalados para cada clase de puestos, podría suponer la pérdida de la licencia para años sucesivos al titular del mismo, así como el decomiso de los géneros.

Queda terminantemente prohibido el uso estridente de altavoces, sirenas, etc., no excediendo el volumen de 90 decibelios. Todos los negocios o atracciones orientarán los altavoces hacia el interior, controlando antes de empezar a funcionar que no invada el sonido los negocios colindantes.

La infracción de este artículo dará lugar al precintado del equipo. Igualmente podrá determinar la denegación de ocupación en las posteriores concesiones.

Durante los días de Fiesta queda totalmente prohibido a cualquier hora del día el tráfico rodado en el interior del recinto o espacios destinados a atracciones, salvo la operación de carga y descarga de los adjudicatarios acreditados que se podrá realizar hasta las 18:00 horas de cada día, servicios de seguridad y otros servicios municipales.

Los vehículos infractores serán retirados, en su caso, por la grúa municipal, y sancionados de acuerdo con lo previsto en el Reglamento General de Circulación.

CLÁUSULA 15ª.- PROHIBICIONES Y OBLIGACIONES DE LOS ADJUDICATÁRIOS.

Los adjudicatarios no podrán en modo alguno:

1.- Rebasar ni modificar las dimensiones de las parcelas o pasillos asignados, ni dividir ni arrendar la parcela.

Los adjudicatarios no podrán en modo alguno rebasar, ni modificar las dimensiones que se fijarán en la adjudicación, ni dividir ni arrendar su lote, previéndose que cada autorización habrá de ser destinada precisa y solamente al titular y atracción para la que fue adjudicada, salvo las cesiones expresamente previstas en el presente pliego.

Por lo tanto, solamente se podrá instalar una atracción indivisible para cada parcela adjudicada.

Cualquier actividad que por su forma o dimensiones excediera de los límites de la parcela, previo los informes de los Servicios Técnicos Municipales, podrá ser precintada por los Agentes de la Policía Local que vigilarán la no apertura de la citada instalación.

Estará prohibido igualmente, la instalación de dos o más aparatos en el interior del lote adjudicado, o la colocación dentro de los límites del lote o en los pasillos o espacios libres del recinto ferial, de cualquier tipo de elemento que no forme parte solidaria de la actividad o de la taquilla, aplicándose los mismos efectos en caso de incumplimiento del párrafo anterior.

El concesionario de un espacio para la instalación de una atracción mecánica deberá tener especialmente en consideración que las dimensiones de éste deben ser suficientes para que quede dentro de sus límites la proyección en planta de su actividad en movimiento, debiendo considerar tales circunstancias en el momento de solicitud de la autorización, ya que no se autorizará ni permitirá la puesta en funcionamiento de ninguna actividad que ocupe en vuelo dimensiones que excedan de los límites marcados.

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En caso de incumplimiento, previo los informes de los Servicios Técnicos Municipales, la atracción podrá ser precintada por los Agentes de la Policía Local que vigilarán la no apertura de la citada instalación.

2.- Ejercer una actividad distinta a la declarada y autorizada.

3.- El anuncio y la exhibición de atracciones pornográficas y la venta en todas las secciones de la Feria de objetos que merezcan el mismo calificativo.

4.- Manipular, conectar, desconectar de las redes de suministro eléctrico y agua potable. Serán responsables de cualquier daño propio o a terceros que se puedan ocasionar por la manipulación indebida.

5.- Está prohibido clavar y perforar en todas las zonas del espacio del recinto ferial, salvo autorización expresa y por escrito del Ayuntamiento.

6.- Utilización, exhibición o venta (premio) de cualquier animal para el funcionamiento en cualquier tipo de atracción o puesto en todo el recinto ferial.

7.- El vertido de agua en cualquier punto del recinto.

8.- La instalación de cualquier tipo de manguera o conexión que pase o cruce cualquier zona de paso de peatones, incluidas las tomas aéreas no autorizadas expresamente.

Los autorizados vendrán obligados a:

1.- Tener expuestos en lugar visible los siguientes documentos:

• Lista de precios, bonos, fijando claramente el precio especial del 50 % del precio normal para el día de

apertura, considerado como día del niño.

• Licencia de apertura, en los casos que proceda.

• Autorización de uso del espacio público.

•En las atracciones mecánicas, altura mínima y edad para el acceso y utilización en la citada atracción.

2.- A contratar, al menos, un seguro de conformidad con lo establecido en el DECRETO 109/2005, de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad Civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, en función del tipo de atracción o puesto para el que se solicita la autorización, en concreto:

- Las atracciones mecánicas, así como de cualquier tipo de atracción o de estructura que soporte

asistencia de público en su interior o similares contarán con un seguro de responsabilidad civil por daños personales ocasionados a las personas asistentes con resultado de muerte e invalidez absoluta permanente, por los siguientes capitales mínimos:

o Establecimientos públicos con aforo autorizado hasta 50 personas: 301.000 euros. o Establecimientos públicos con aforo autorizado de 51 a 100 personas: 451.000 euros.

o Establecimientos públicos con aforo autorizado de 101 hasta 300 personas: 601.000 euros. o Establecimientos públicos con aforo autorizado de 301 hasta 700 personas: 901.000 euros. o Establecimientos públicos con aforo autorizado superior a 700 personas: 1.201.000 euros.

- El resto de las atracciones, puestos, y demás actividades contarán con un contrato de seguro de

responsabilidad civil que prevea por daños personales ocasionados a las personas con resultado de muerte e invalidez absoluta permanente, un capital mínimo de 151.000 euros.

En todos los casos se deberá aportar, junto a la solicitud, el contrato de seguro y justificante del pago del recibo anual que incluya el periodo de fiestas.

3.- Los feriantes que resultasen adjudicatarios de alguna/s parcela/s en el recinto ferial, estarán obligados al montaje y desarrollo de la actividad solicitada. Sin algún/os adjudicatario/os una vez solicitado y obtenido la correspondiente adjudicación de espacio y montaje no la efectuase, no podrá participar en los procesos de adjudicación de ninguna otra feria o fiestas que se celebren el término municipal de El Ejido por un periodo de dos años consecutivos. Asimismo, no tendrán derecho al reingreso de las cantidades económicas satisfechas

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hasta el momento, independientemente del concepto por el que se abonasen por parte del solicitante o adjudicatario.

CLÁUSULA 16.- NO FUNCIONAMIENTO DE LA FERIA POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR.

Si durante los días de celebración de la feria, esta no pudiese desarrollar su normal actividad por causas

de fuerza mayor, tales como alertas meteorológicas u otras, los adjudicatarios no tendrán derecho a indemnización o compensación alguna por parte del Ayuntamiento.

CLAÚSULA 17.- INFRACIONES Y SANCIONES.

- Se considerarán infracciones leves las siguientes:

- Incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego por parte del adjudicatario y que

afecten a la seguridad, salubridad o higiene. - Obstaculizar el paso entre atracciones. - La no colocación en lugar visible de la autorización de apertura y los precios de la atracción.

- La falta de higiene en la atracción o puesto y/o depositar basura fuera de los lugares habilitados. - Se considerarán infracciones graves las siguientes: - La reiteración en acciones durante los diversos días en los que se celebra la festividad. - La estancia de vehículos, semirremolques, remolques o caravanas fuera de los lugares habilitados

para ellos. - El montaje en lugar distinto a la parcela adjudicada y/o el montaje de varios puestos dentro de la

parcela adjudicada. - Circular con vehículos en el interior del recinto ferial fuera del horario permitido. - Se considerarán infracciones muy graves: - Incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego por parte del adjudicatario y que

afecten de forma muy grave a la salubridad o higiene. - Todas aquellas acciones u omisiones que afecten a la seguridad de las atracciones y demás puestos. - La reiteración en acciones graves durante los diversos días en los que se celebra la festividad. - La falsedad en alguno/os de los documentos presentados por el adjudicatario en su solicitud al

Ayuntamiento. - El incumplimiento de las obligaciones económicas por parte del adjudicatario hacia el Ayuntamiento de

El Ejido. - El incumplimiento de instalación y funcionamiento habiendo resultado ser adjudicatario de una parcela

en el recinto ferial. - La alteración de los precios expuestos en las atracciones. - La modificación o alteración de distribución de parcelas efectuada por el Ayuntamiento. - Ejercer la actividad careciendo de licencia de funcionamiento. - Obstaculizar de cualquier forma la labor inspectora de los funcionarios municipales. - Alterar las dimensiones o características esenciales de la actividad o atracción.

- Arrendar o vender a terceros las parcelas otorgadas por el Ayuntamiento.

Las infracciones serán puestas en conocimiento del Área de Cultura a través de acta-denuncia confeccionado por la Policía Local, que dará lugar al correspondiente expediente sancionador, en el cual se graduaran las sanciones una vez valorados los hechos en cuestión. Las infracciones catalogadas como leves se sancionarán con multa de 100 a 200 euros/día de celebración de la feria. Las infracciones catalogadas como graves se sancionarán con multa de 201 a 300 euros/ día de celebración de feria. Las infracciones catalogadas como muy graves se sancionarán con multa de 301 a 600 euros/día de celebración de feria y la imposibilidad de participar en todas las ferias y fiestas celebradas en el término municipal de El Ejido por un periodo de dos años c o n t a d o s a partir de la adquisición de firmeza en vía administrativa de la sanción en cuestión.

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TÍTULO II. CONDICIONES PARTICULARES FIESTAS DE MATAGORDA 2018

Se establecen a continuación las condiciones particulares que han de regir la adjudicación y explotación

de espacios destinados a atracciones, actividades y puestos de comercio ambulante con motivo de las fiestas en

Matagorda.

-FECHA DE CELEBRACION

Del 11 al 17 de Junio de 2018 ambos inclusive

-PLAZO DE SOLICITUD:

Del 25 al 31 de Mayo de 2018 ambos inclusive.

Si a la vista de la documentación presentada hubiese que requerir la ampliación o subsanación de

alguna documentación, la misma deberá ser presentada inexcusablemente antes del día 6/06/2018 hasta las 15,00 horas. De no presentarse la misma se entenderá por desistida la petición.

-REPLANTEO:

A las 12:00 del 7 de Junio de 2018

-ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS:

La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días

que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares.

No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se permitirá la ocupación de los

espacios autorizados a partir del momento en que se efectúe el replanteo.

-INAUGURACIÓN:

A las 16:00 del 11 de Junio de 2018

-LIQUIDACION Y PAGO:

Las autorizaciones para estas fiestas están EXENTAS de prestación.

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-LISTADO ACTIVIDADES-ESPACIOS DISPONIBLES Y PLANO SITUACIÓN:

Tipo Parcela Frente Fondo

Atracción - Mayores 20 15 15

Atracción - Mayores 3 10 10

Atracción - Infantil 4 8 10

Atracción - Infantil 5 8 5

Atracción - Infantil 6 8 8

Atracción - Infantil 7 8 11

Atracción - Infantil 14 10 8

Atracción - Infantil 15 7 10

Atracción - Infantil 2 13 13

Caseta 9 6 3

Caseta 25 6 3

Caseta 18 7 4

Caseta 19 8 5

Alimentación 11 20 20

Alimentación 21 3 2

Alimentación 22 2 2

Alimentación 13 9 2

Alimentación 17 6 2

Alimentación 8 10 5

Alimentación 10 6 2

Alimentación 12 2 1

Alimentación 1 3 2

Alimentación 16 2 2

Bisutería 23 9 3

Page 11: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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TITULO III. CONDICIONES PARTICULARES FIESTAS DE LAS NORIAS DE DAZA 2018

Se establecen a continuación las condiciones particulares que han de regir la adjudicación y

explotación de espacios destinados a atracciones, actividades y puestos de comercio ambulante con motivo de

las fiestas en Las Norias de Daza.

-FECHA DE CELEBRACION

Del 4 al 8 de Julio de 2018 ambos inclusive

-PLAZO DE SOLICITUD:

Del 1 al 11 de junio de 2018 ambos inclusive.

Si a la vista de la documentación presentada hubiese que requerir la ampliación o subsanación de

alguna documentación, la misma deberá ser presentada inexcusablemente antes del día 15/06/2018 hasta las 15,00 horas. De no presentarse la misma se entenderá por desistida la petición.

-REPLANTEO:

A las 12:00 del 15 de Junio de 2018

-ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS:

La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días

que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares.

No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se permitirá la ocupación de los

espacios autorizados a partir del día 2 de Julio.

-INAUGURACIÓN:

A las 16:00 del 4 de Julio de 2018

-LIQUIDACION Y PAGO:

El pago se realizará mediante autoliquidación en la entidad bancaria que fija la Corporación; a tal efecto, una vez realizado el replanteo de los espacios disponibles, por parte del personal municipal designado al efecto, se procederá a la expedición de las correspondientes liquidaciones, en las que se incluirán íntegramente el importe correspondiente a la ocupación de la parcela - instalación y consumo eléctrico, en su caso según el cuadro de precios adjunto como ANEXO I.

Los precios establecidos para la adjudicación de espacios son los mismos que los aplicados en años anteriores, no habiendo experimentado variación alguna.

La fecha límite para efectuar el pago será las 10.00 h. del día 02/07/2018.

El justificante – copia de la carta de pago, deberán ser entregadas al funcionario responsable del recinto en la Jefatura de la Policía Local de El Ejido (Administración), antes de la fecha límite indicada anteriormente.

Cualquier actividad realizada dentro de los espacios fijados que no presenten el correspondiente documento de pago de la instalación, podrá ser precintada, pudiendo confiscarse por los Servicios de Policía Local decomisados los artículos expuestos.

Page 12: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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-LISTADO ACTIVIDADES-ESPACIOS DISPONIBLES Y PLANO S ITUACIÓN :

Zona atracciones.

Tipo Parcela Frente Fondo

Atracción - Infantil 1 9 7

Atracción - Infantil 2 13 7

Atracción - Infantil 3 9 5

Atracción - Infantil 4 13 11

Atracción - Infantil 5 8 11

Atracción - Mayores 6 17 20

Atracción - Mayores 7 10 12

Atracción - Mayores 8 15 25

Atracción - Infantil 9 10 12

Atracción - Infantil 10 16 13

Atracción - Infantil 11 11 8

Atracción - Infantil 12 15 10

Atracción - Infantil 13 16 9

Atracción - Infantil 14 15 10

Atracción - Infantil 15 10 8

Atracción - Infantil 16 8 11

Atracción - Infantil 17 10 5

Atracción - Mayores 18 17 17

Atracción - Mayores 19 36 15

Zona puestos de tiro, alimentación y bisutería.

Las parcelas y su ubicación se definirán en el propio replanteo en función de las autorizaciones

concedidas y del espacio disponible.

Page 13: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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P5

P6

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ZO

NA

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TITULO IV. CONDICIONES PARTICULARES FIESTAS DE BALERMA 2018

Se establecen a continuación las condiciones particulares que han de regir la adjudicación y

explotación de espacios destinados a atracciones, actividades y puestos de comercio ambulante con motivo de

las fiestas en Balerma.

1. FIESTAS JULIO

-FECHA DE CELEBRACION: Del 14 al 16 de Julio de 2018 ambos inclusive

-PLAZO DE SOLICITUD: Del 1 al 15 de junio de 2018 ambos inclusive.

Si a la vista de la documentación presentada hubiese que requerir la ampliación o subsanación de

alguna documentación, la misma deberá ser presentada inexcusablemente antes del día 29/06/2018 hasta las 15,00 horas. De no presentarse la misma se entenderá por desistida la petición.

-REPLANTEO:

A las 12:00 del 6 de Julio de 2018

-ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS:

La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días

que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares.

No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se permitirá la ocupación de los

espacios autorizados a partir del 12/07/2018

-INAUGURACIÓN:

A las 16:00 del 14 de Julio de 2018

-LIQUIDACION Y PAGO:

El pago se realizará mediante autoliquidación en la entidad bancaria que fija la Corporación; a tal efecto, una vez realizado el replanteo de los espacios disponibles, por parte del personal municipal designado al efecto, se procederá a la expedición de las correspondientes liquidaciones, en las que se incluirán íntegramente el importe correspondiente a la ocupación de la parcela - instalación y consumo eléctrico, en su caso según el cuadro de precios adjunto como ANEXO I.

Los precios establecidos para la adjudicación de espacios, son los mismos que los aplicados en años anteriores, no habiendo experimentado variación alguna.

La fecha límite para efectuar el pago será las 10.00 h. del día 12/07/2018 .

El justificante – copia de la carta de pago, deberán ser entregadas al funcionario responsable del recinto en la Jefatura de la Policía Local de El Ejido (Administración), antes de la fecha límite indicada anteriormente.

Cualquier actividad realizada dentro de los espacios fijados que no presenten el correspondiente documento de pago de la instalación, podrá ser precintada, pudiendo confiscarse por los Servicios de Policía Local decomisados los artículos expuestos.

Page 15: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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-LISTADO ACTIVIDADES-ESPACIOS DISPONIBLES Y PLANO S ITUACIÓN :

Zona atracciones.

Tipo Parcela Frente Fondo

Atracción - Infantil 1 10 12

Atracción - Infantil 2 10 7

Atracción - Infantil 3 10 9

Atracción - Infantil 4 10 10

Atracción - Mayores 5 10 10

Zona alimentación-puestos tiro-juegos

Tipo Parcela Frente Fondo

Churros 1 20 10

Algodón 2 3 3

Alimentación 3 10 3

Alimentación 4 10 3

Alimentación 5 15 3

P. Tiro 6 6 3

P. Juguetes 7 3 3

Zona bisutería.

Las parcelas y su ubicación se definirán en el propio replanteo en función de las autorizaciones

concedidas y del espacio disponible

3

4 2

P1 5

P2 6

P3 7

P4

P5

1

Page 16: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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2. FIESTAS AGOSTO

-FECHA DE CELEBRACION: Del 10 al 15 de Agosto de 2018 ambos inclusive

-PLAZO DE SOLICITUD: Del 1 al 15 de julio de 2018 ambos inclusive.

Si a la vista de la documentación presentada hubiese que requerir la ampliación o subsanación de

alguna documentación, la misma deberá ser presentada inexcusablemente antes del día 30/07/2018 hasta las 15,00 horas. De no presentarse la misma se entenderá por desistida la petición.

-REPLANTEO:

A las 12:00 del 6 de Agosto de 2018

-ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS:

La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días

que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares.

No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se permitirá la ocupación de los

espacios autorizados a partir del 7/08/2018

-INAUGURACIÓN:

A las 16:00 del 10 de Agosto de 2018

-LIQUIDACION Y PAGO:

El pago se realizará mediante autoliquidación en la entidad bancaria que fija la Corporación; a tal efecto, una vez realizado el replanteo de los espacios disponibles, por parte del personal municipal designado al efecto, se procederá a la expedición de las correspondientes liquidaciones, en las que se incluirán íntegramente el importe correspondiente a la ocupación de la parcela - instalación y consumo eléctrico, en su caso según el cuadro de precios adjunto como ANEXO I.

Los precios establecidos para la adjudicación de espacios son los mismos que los aplicados en años anteriores, no habiendo experimentado variación alguna.

La fecha límite para efectuar el pago será las 10.00 h. del día 9/08/2018.

El justificante – copia de la carta de pago, deberán ser entregadas al funcionario responsable del recinto en la Jefatura de la Policía Local de El Ejido (Administración), antes de la fecha límite indicada anteriormente.

Cualquier actividad realizada dentro de los espacios fijados que no presenten el correspondiente documento de

pago de la instalación, podrá ser precintada, pudiendo confiscarse por los Servicios de Policía Local

decomisados los artículos expuestos.

Page 17: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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-LISTADO ACTIVIDADES-ESPACIOS DISPONIBLES Y PLANO S ITUACIÓN :

Zona atracciones.

Tipo Parcela Frente Fondo

Atracción - Infantil 1 10 8

Atracción - Infantil 2 11 9

Atracción - Infantil 3 10 8

Atracción - Infantil 4 10 6

Atracción - Infantil 5 10 10

Atracción - Infantil 6 10 8

Atracción - Mayores 7 10 10

Zona alimentación-puestos tiro-juegos

Tipo Parcela Frente Fondo

Churros 1 20 10

Alimentación 2 10 3

Turrón 3 7 3

Turrón 4 7 3

P.Tiro 5 y 6 5 2

Alimentación 7 y 8 15 3

P.Tiro 9 10 3

Juguetes 10 8 3

Juguetes 11 2 1

P.Tiro 12 6 2

Zona bisutería: Las parcelas y su ubicación se definirán en el propio replanteo en función de las

autorizaciones concedidas y del espacio disponible

3

2 4

5

P2 6

P1 P3 7 8

P4 9

P5 10

P6 12

11

P7

1

Page 18: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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TITULO V. CONDICIONES PARTICULARES FIESTAS DE ALMERIMAR 2018

Se establecen a continuación las condiciones particulares que han de regir la adjudicación y

explotación de espacios destinados a atracciones, actividades y puestos de comercio ambulante con motivo de

las fiestas en Almerimar.

-FECHA DE CELEBRACION: Del 12 al 16 de Julio de 2018 ambos inclusive

-PLAZO DE SOLICITUD: Del 1 al 15 de junio de 2018 ambos inclusive.

Si a la vista de la documentación presentada hubiese que requerir la ampliación o subsanación de

alguna documentación, la misma deberá ser presentada inexcusablemente antes del día 29/06/2018 hasta las 15,00 horas. De no presentarse la misma se entenderá por desistida la petición.

-REPLANTEO:

A las 12:00 del 6 de Julio de 2018

-ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS:

La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días

que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares.

No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se permitirá la ocupación de los

espacios autorizados a partir del 10/07/2018

-INAUGURACIÓN:

A las 16:00 del 12 de Julio de 2018

-LIQUIDACION Y PAGO:

El pago se realizará mediante autoliquidación en la entidad bancaria que fija la Corporación; a tal efecto, una vez realizado el replanteo de los espacios disponibles, por parte del personal municipal designado al efecto, se procederá a la expedición de las correspondientes liquidaciones, en las que se incluirán íntegramente el importe correspondiente a la ocupación de la parcela - instalación y consumo eléctrico, en su caso según el cuadro de precios adjunto como ANEXO I.

Los precios establecidos para la adjudicación de espacios son los mismos que los aplicados en años anteriores, no habiendo experimentado variación alguna.

La fecha límite para efectuar el pago será las 10.00 h. del día 10/07/2018.

El justificante – copia de la carta de pago, deberán ser entregadas al funcionario responsable del recinto en la Jefatura de la Policía Local de El Ejido (Administración), antes de la fecha límite indicada anteriormente.

Cualquier actividad realizada dentro de los espacios fijados que no presenten el correspondiente documento de pago de la instalación, podrá ser precintada, pudiendo confiscarse por los Servicios de Policía Local decomisados los artículos expuestos.

Page 19: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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Zona churros-alimentación- -juegos-bisutería

-LISTADO ACTIVIDADES-ESPACIOS DISPONIBLES Y PLANO S ITUACIÓN :

Zona atracciones.

No se establece a priori distribución de parcelas para atriciones dado que no se tiene constancia de

instalaciones en años anteriores. En caso de haber solicitudes se estudiará la posibilidad de instalación y forma

de distribución.

Tipo Parcela Frente Fondo

Churros 1 15 110

Alimentación 2 5 3

Juguetes 3 4 3

Bisuteria 4 3 3

Page 20: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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TITULO VI. CONDICIONES PARTICULARES FIESTAS DE GUARDIAS VIEJAS 2018

Se establecen a continuación las condiciones particulares que han de regir la adjudicación y

explotación de espacios destinados a atracciones, actividades y puestos de comercio ambulante con motivo de

las fiestas en Guardias Viejas .

-FECHA DE CELEBRACION: Del 26 al 29 de Julio de 2018 ambos inclusive

-PLAZO DE SOLICITUD: Del 1 al 15 de Julio de 2018 ambos inclusive.

Si a la vista de la documentación presentada hubiese que requerir la ampliación o subsanación de

alguna documentación, la misma deberá ser presentada inexcusablemente antes del día 29/06/2018 hasta las 15,00 horas. De no presentarse la misma se entenderá por desistida la petición.

-REPLANTEO:

A las 12:00 del 23 de Julio de 2018

-ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS:

La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días

que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares.

No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se permitirá la ocupación de los

espacios autorizados a partir del 26/07/2018

-INAUGURACIÓN:

A las 16:00 del 26 de Julio de 2018

-LIQUIDACION Y PAGO:

Las autorizaciones para estas fiestas están EXENTAS de prestación.

- LISTADO ACTIVIDADES-ESPACIOS DISPONIBLES Y PLANO S IT UA CI Ó N :

Zona atracciones.

No se establece a priori distribución de parcelas para atriciones y otras actividades dado que no se tiene

constancia de instalaciones en años anteriores. En caso de haber solicitudes se estudiará la posibilidad de

instalación y forma de distribución.

Page 21: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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TITULO VII. CONDICIONES PARTICULARES FIESTAS DE TARAMBANA 2018

Se establecen a continuación las condiciones particulares que han de regir la adjudicación y

explotación de espacios destinados a atracciones, actividades y puestos de comercio ambulante con motivo de

las fiestas en Tarambana.

-FECHA DE CELEBRACION: Del 27 al 29 de Julio de 2018 ambos inclusive

-PLAZO DE SOLICITUD: Del 1 al 15 de Julio de 2018 ambos inclusive.

Si a la vista de la documentación presentada hubiese que requerir la ampliación o subsanación de

alguna documentación, la misma deberá ser presentada inexcusablemente antes del día 29/06/2018 hasta las 15,00 horas. De no presentarse la misma se entenderá por desistida la petición.

-REPLANTEO:

A las 12:00 del 23 de Julio de 2018

-ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS:

La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días

que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares.

No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se permitirá la ocupación de los

espacios autorizados a partir del 26/07/2018

-INAUGURACIÓN:

A las 16:00 del 27 de Julio de 2018

-LIQUIDACION Y PAGO:

Las autorizaciones para estas fiestas están EXENTAS de prestación.

Page 22: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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-LISTADO ACTIVIDADES-ESPACIOS DISPONIBLES Y PLANO SITUACIÓN:

Zona atracciones.

No se establece a priori distribución de parcelas para atriciones dado que no se tiene constancia de

instalaciones en años anteriores. En caso de haber solicitudes se estudiará la posibilidad de instalación y forma

de distribución.

Zona churros-alimentación- -juegos-bisutería

Tipo Parcela Frente Fondo

Churros 1 15 10

Juguetes 2 3 3

Page 23: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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TITULO VIII. CONDICIONES PARTICULARES FIESTAS DE PAMPANICO 2018

Se establecen a continuación las condiciones particulares que han de regir la adjudicación y

explotación de espacios destinados a atracciones, actividades y puestos de comercio ambulante con motivo de

las fiestas en Tarambana.

-FECHA DE CELEBRACION: Del 17 al 19 de Agosto de 2018 ambos inclusive

-PLAZO DE SOLICITUD: Del 16 de Julio al 3 de Agosto de 2018 ambos inclusive.

Si a la vista de la documentación presentada hubiese que requerir la ampliación o subsanación de

alguna documentación, la misma deberá ser presentada inexcusablemente antes del día 14/08/2018 hasta las 15,00 horas. De no presentarse la misma se entenderá por desistida la petición.

-REPLANTEO:

A las 12:00 del 13 de Agosto de 2018

-ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS:

La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días

que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares.

No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se permitirá la ocupación de los

espacios autorizados a partir del 15/08/2018

-INAUGURACIÓN:

A las 16:00 del 17 de Agosto de 2018

-LIQUIDACION Y PAGO:

Las autorizaciones para estas fiestas están EXENTAS de prestación.

Page 24: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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-LISTADO ACTIVIDADES-ESPACIOS DISPONIBLES Y PLANO SITUACIÓN:

Zona atracciones.

5

P2

P1 3

4 2

1

Zona churros-alimentación- -juegos-bisutería

Tipo Parcela Frente Fondo

Atracción-Infantil 1 10 10

Atracción-Infantil 2 10 10

Tipo Parcela Frente Fondo

Churros 1 15 10

Bisuteria 2 8 3

Juguetes 3 5 1

Caseta Juegos 4 5 3

Alimentación 5 10 3

Page 25: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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TITULO IX. CONDICIONES PARTICULARES FIESTAS DE SAN AGUSTIN 2018

Se establecen a continuación las condiciones particulares que han de regir la adjudicación y

explotación de espacios destinados a atracciones, actividades y puestos de comercio ambulante con motivo de

las fiestas en Tarambana.

-FECHA DE CELEBRACION: Del 29 de Agosto al 2 de Septiembre de 2018 ambos inclusive

-PLAZO DE SOLICITUD: Del 15 de julio al 10 de Agosto de 2018 ambos inclusive.

Si a la vista de la documentación presentada hubiese que requerir la ampliación o subsanación de

alguna documentación, la misma deberá ser presentada inexcusablemente antes del día 17/08/2018 hasta las 15,00 horas. De no presentarse la misma se entenderá por desistida la petición.

-REPLANTEO:

A las 12:00 del 20 de Agosto de 2018

-ACCESO Y OCUPACIÓN DE ESPACIOS:

La autorización para el uso, puesta en funcionamiento y ejercicio de la actividad lo es para los días

que se especifican para cada fiesta en sus condiciones particulares.

No obstante, y con objeto de facilitar los trabajos de instalación se permitirá la ocupación de los

espacios autorizados a partir del 27/08/2018

-INAUGURACIÓN:

A las 16:00 del 29 de Agosto de 2018

-LIQUIDACION Y PAGO:

Las autorizaciones para estas fiestas están EXENTAS de prestación.

Page 26: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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-LISTADO ACTIVIDADES-ESPACIOS DISPONIBLES Y PLANO SITUACIÓN:

Zona atracciones.

1

P11

P1 P10

P2 P9

P3 P8

P4 P7

P5 P6

Zona churros

Zona puestos de tiro, alimentación y bisutería.

Las parcelas y su ubicación se definirán en el propio replanteo en función de las autorizaciones

concedidas y del espacio disponible.

Tipo Parcela Frente Fondo

Atracción-Infantil 1 8 8

Atracción-Infantil 2 12 9

Atracción-Infantil 3 10 9

Atracción-Mayores 4 27 11

Atracción-Mayores 5 15 15

Atracción-Mayores 6 10 10

Atracción-Infantil 7 9 7

Atracción-Infantil 8 10 6

Atracción-Infantil 9 10 5

Atracción-Infantil 10 11 8

Atracción-Infantil 11 11 8

Tipo Parcela Frente Fondo

Churros 1 15 10

Page 27: TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES - Cultura

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ANEXO I CUADRO DE PRECIOS

RELACIÓN DE PRECIOS DE LOS TERRENOS DEL RECINTO FERIAL POR ZONAS

ZONA PRECIOS

ATRACCIONES MAYORES 17 Euros. /m.l.

ATRACCIONES INFANTILES 14 Euros. /m.l.

ALIMENTACION, TOMBOLAS, CASETAS DE TIRO Y TURRONES………. 09 Euros/m.l.

PRECIOS SUMINISTRO ELECTRICO

Tipo Enganche Consumo Total

Atracciones Mayores: 35,00 € 200,00 € 235,00 €

Atracciones Infantiles:

Tipo B.- (Baby, Olla, Motos, Quats…..) 35,00 € 115,00 € 150,00 €

Tipo C.- (Barquitas agua, Globos….) 35,00 € 40,00 € 75,00 €

Otros. Tómbolas 35,00 € 65,00 € 100,00 €

Algodón 35,00 € 35,00 € 75,00 €

Churros 35,00 € 100,00 € 135,00 €

Patateras – Alimentación 35,00 € 65,00 € 100,00 €

Casetas 35,00 € 40,00 € 75,00 €

Turrones 35,00 € 40,00 € 75,00 €

Bisutería 35,00 € 40,00 € 75,00 €

Caravanas / Viviendas 35,00 € 20,00 € 55,00 €

PRECIOS SUMINISTRO AGUA / SANEAMIENTO

Atracción Enganche Consumo Total

Caravanas / viviendas 10,00 € 5,00 € 15,00 €