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ESTT - OEP 2013 Grupo de Materias Comunes de Movilidad Segura Elaborado en 2011 TEMA 50 LA EDUCACIÓN VIAL ESCOLAR EN ESPAÑA: ANTECENDENTES, CONCEPTO Y JUSTIFICACIÓN. MARCO HISTÓRICO LEGAL. LA EDUCACIÓN VIAL HASTA LA PROMULGACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE). PERSPECTIVA HISTÓRICA EN EL ÁMBITO EUROPEO: LAS ORGANIZACIONES INTERGUBERNAMENTALES EUROPEAS Y LA SEGURIDAD VIAL. ÁMBITO COMPARADO DE LA EDUCACIÓN VIL EN LA UNIÓN EUROPEA. 1. LA EDUCACIÓN VIAL ESCOLAR EN ESPAÑA: ANTECEDENTES, CONCEPTO Y JUSTIFICACIÓN. 2. MARCO HISTÓRICO LEGAL: LA EDUCACIÓN VIAL HASTA LA PROMULGACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE). 2. 1. El Código de Circulación de 1934. 2.2. Del Desarrollismo Económico a los Programas Renovados. 2.3. La Educación Vial en la Ley de Ordenamiento General del Sistema Educativo (LOGSE, 1990) 2.4. La Educación Vial en la Ley Orgánica de Calidad de la Enseñanza (LOCE, 2002). 3. PERSPECTIVA HISTÓRICA EN EL ÁMBITO EUROPEO: LAS ORGANIZACIONES INTERGUBERNAMENTALES EUROPEAS Y LA SEGURIDAD VIAL. 3.1. El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión. 3.2. El Consejo Europeo de Seguridad en el Transporte (ETCS). 3.3. La Conferencia Europea de Ministros de Transportes (CEMT) y el Foro Autora: Violeta Manso Pérez Tema 50. Página 1 de 26

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Elaborado en 2011

TEMA 50

LA EDUCACIÓN VIAL ESCOLAR EN ESPAÑA: ANTECENDENTES, CONCEPTO Y JUSTIFICACIÓN. MARCO HISTÓRICO LEGAL. LA EDUCACIÓN VIAL HASTA LA PROMULGACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE). PERSPECTIVA HISTÓRICA EN EL ÁMBITO EUROPEO: LAS ORGANIZACIONES INTERGUBERNAMENTALES EUROPEAS Y LA SEGURIDAD VIAL. ÁMBITO COMPARADO DE LA EDUCACIÓN VIL EN LA UNIÓN EUROPEA.

1. LA EDUCACIÓN VIAL ESCOLAR EN ESPAÑA: ANTECEDENTES, CONCEPTO Y JUSTIFICACIÓN.

2. MARCO HISTÓRICO LEGAL: LA EDUCACIÓN VIAL HASTA LA PROMULGACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE).

2. 1. El Código de Circulación de 1934.

2.2. Del Desarrollismo Económico a los Programas Renovados.

2.3. La Educación Vial en la Ley de Ordenamiento General del

Sistema Educativo (LOGSE, 1990)

2.4. La Educación Vial en la Ley Orgánica de Calidad de la Enseñanza (LOCE, 2002).

3. PERSPECTIVA HISTÓRICA EN EL ÁMBITO EUROPEO: LAS ORGANIZACIONES INTERGUBERNAMENTALES EUROPEAS Y LA SEGURIDAD VIAL.

3.1. El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión.

3.2. El Consejo Europeo de Seguridad en el Transporte (ETCS).

3.3. La Conferencia Europea de Ministros de Transportes (CEMT) y el Foro

Internacional del Transporte ( ITF).

3.4. La Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y OECD-

ITF, Centro Conjunto de Investigación para el Transporte.

3.5. Prévention Routière Internationale (PRI).

4. ÁMBITO COMPARADO DE LA EDUCACIÓN VIAL EN LA UNIÓN EUROPEA.

5. BIBLIOGRAFÍA.

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1. LA EDUCACIÓN VIAL ESCOLAR EN ESPAÑA: ANTECEDENTES, CONCEPTO Y JUSTIFICACIÓN.

El fenómeno circulatorio y la incorporación de los vehículos en la realidad cotidiana ha ido emergiendo gradualmente en nuestra sociedad, observándose el aumento progresivo del parque de vehículos y con la correspondiente ocupación de los espacios viales, el incremento del número de conductores, el aumento de la movilidad de las personas como medio de intercambio y de expresión de la libertad, las nuevas tecnologías… Muchas de estas variables, han impuesto la necesidad de introducir unas normas adecuadas para todos y cada uno de los usuarios y vehículos, plasmadas en las Leyes de Seguridad Vial y en los Reglamentos correspondientes que las desarrollan. Dentro de este cúmulo de variables que condicionan el desarrollo armónico vial, el factor humano juega un papel decisivo y debe ser tenido en consideración prioritaria en todos los ámbitos y actuaciones, para el logro de una adecuada y asumible Seguridad Vial.

Las primeras apariciones del concepto de Educación Vial en España, se remontan al Código de la Circulación de 1934, si bien no será hasta la celebración de las Conferencias del Consejo de Europa de París, Viena y Estrasburgo y las sucesivas Conferencias Europeas de Ministros de Transporte (CEMT), cuando se determinen las líneas básicas para su implementación educativa en los diferentes países de la actual Unión Europea. En dichas Conferencias se determinaron también los que serían objetivos generales a conseguir con la Educación Vial de los escolares europeos, y que servirían, posteriormente, para el desarrollo de los diferentes Programas de Seguridad Vial adaptados a la realidad vial de cada país. De esta forma, se centraron en:

- Velar por la seguridad y el comportamiento en las vías públicas, de forma responsable, y teniendo en cuenta a los otros usuarios de la vía.

- Preparar a los futuros conductores de bicicletas, ciclomotores o turismos.

- Conocer y utilizar los medios y los recursos que permitan mejorar la seguridad vial del sistema actual.

- Respetar todas las normas y reglas de circulación, incluso aquellas que no son normas de seguridad vial específicamente.

Siguiendo las directrices de la CEMT, “la Educación Vial debe orientarse hacia los dominios siguientes: por una parte, las materias técnicas y las Ciencias Naturales; la Ética y las Ciencias Sociales y, finalmente, la Educación Física. Los contenidos de esta educación deben estar integrados en los programas de dichas materias, con el fin de que los escolares adquieran la experiencia técnica apropiada, tomen conciencia de su responsabilidad en la vida social y puedan contribuir, de forma activa, a la mejora de las condiciones de la circulación”. (Conferencia de Viena, de 1971, y Conferencia de Estrasburgo, de 1980).

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De esta manera, la Educación Vial se convertirá en un medio de formación de la conciencia vial de cada uno de los usuarios de la vía y de los miembros de la propia sociedad. En este sentido, el significado pedagógico de la Educación Vial, versará sobre la necesidad de dirigir el interés educativo hacia una formación de la conciencia vial, como la educación para la responsabilidad, la madurez de juicio y el propio ejercicio de la libertad y del movimiento por las vías públicas.

Por eso, la educación, entendida como la adquisición de aquellos hábitos que favorecen un ajuste del individuo a su ambiente, tiene que ver con el desarrollo de los hábitos psicomotóricos, imprescindible en las conductas viales. Pero estos hábitos son más complejos que el simple hecho de moverse, ya que implican o suponen la adquisición de otra serie de hábitos, tales como los de observación, de prudencia, de pronta decisión, de anticipación al problema…tan importantes en la edad escolar. Pero el desarrollo de todos ellos, carecería de sentido si el individuo no los adecuara o adaptara a las situaciones reales del tráfico en el que está inmerso y que además no pasaran a formar parte de una conciencia moral autónoma y social. En este sentido, se considera que tiene conciencia vial, el que además de conocer la realidad compleja de la circulación y de las normas y señales que la regulan, se siente unido y comprometido con esa realidad, es decir, se siente en la obligación de colaborar activamente con ella para mejorarla, posee una sensibilidad para conocer y respetar los derechos de los demás y se siente en el deber de respetarlos. Esta misma sensibilidad le llevará a ser prudente y responsable en cualquier circunstancia del tráfico.

De este modo, todas estas consideraciones nos hacen llegar a la conclusión de que, si bien los conocimientos viales y los hábitos de un buen comportamiento vial son importantes y deseables, también lo es la disposición de los usuarios de las vías con el fin de dar una respuesta acertada y válida a todas y cada una de las situaciones con las que se puede encontrar. Nos estamos refiriendo a la importancia de la actitud de los individuos dentro del fenómeno circulatorio como base para el uso adecuado de los espacios y las relaciones con el resto de los usuarios de la vía: actitudes de prudencia, de respeto a las normas y señales, de respeto a uno mismo y a los demás usuarios, de respeto a la ley y a la autoridad que nos recuerda la necesidad de cumplir unas normas, la necesidad de colaborar, la necesidad de la anticipación, la previsión del peligro, la ayuda en carretera, la solidaridad, la tolerancia… actitudes que habrán de iniciarse y reforzarse en el periodo escolar.

Todas estas circunstancias y consideraciones conceptuales sobre el tema, nos pone en disposición de sintetizarlas y poder definir la Educación Vial como:

“el resultado de una acción educativa planificada de forma sistémica, que trata de favorecer el desarrollo de la persona, de la colectividad y del medio ambiente, mediante la adquisición de conocimientos, procedimientos, actitudes y valores que consigan una Movilidad más Segura. LA EDUCACIÓN VIAL SERÁ LA BASE PARA EL LOGRO DE LA SEGURIDAD VIAL” (Manso, V. y Castaño, M., 1995).

Cuando hablamos de acción educativa, nos referimos a actuaciones, con ánimo de efectuar cambios, sobre la persona a nivel de la información, formación y educación vial, donde queden perfectamente entrelazados los conocimientos, las

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actitudes y los valores viales tendentes al logro de unos comportamientos viales adecuados. Así mismo afrontar esta educación de forma inicial y permanente, implicará fijar niveles de continuidad e interrelación entre familia, la escuela, autoescuela y la propia sociedad. La Educación Vial es “vital” y debe persistir a lo largo de la existencia de las personas, por tanto, el objetivo final de dicha intervención educativa, debe ser la Seguridad Vial, es decir, la ausencia de conflictos viales, pero sin descuidar la adquisición de la plena libertad de movimiento, disfrutando de las ventajas que pueda proporcionarnos el uso adecuado de los vehículos.

Por otra parte, si aceptamos el hecho de que el fenómeno vial entra dentro del marco de lo social, no parece descabellado pensar que la Educación Vial debe ser un objetivo deseable para todos los ciudadanos y no solo para el ámbito escolar, por este motivo consideramos que, la intervención no solamente ha de hacer referencia a los períodos de la educación formal. Por el contrario, ha de suponer los planteamientos unilaterales y parciales de esta educación formal, ha de romper con los espacios controlados donde se educa tradicionalmente, para poder llegar a otros espacios, tales como: la ciudad, la calle, las autoescuelas, los medios de comunicación, los ámbitos tecnológicos…, desde una perspectiva de educación formal, no formal e informal, donde la formación se produzca a partir de la incidencia de los diferentes agentes culturales y desde diferentes perspectivas, pudiendo llegar así a todos los ciudadanos, ya que ni la información, ni la instrucción y menos la educación, deben pertenecer a nadie en particular. Debe constituir una posibilidad ofrecida a todos los ciudadanos y a lo largo de toda su existencia.

La Educación Vial, por tanto, entendida como parcela de un constructo más amplio, tal cual es el de la Educación Ciudadana, no será tarea de un solo sector, y se debe ofertar a todos los ciudadanos desde la edad escolar, independientemente de su edad, a nivel formal, no formal e informal, pues el resultado de esa intervención global, permitirá hacer más factible el incremento de los niveles de la Seguridad Vial general.

2. MARCO HISTÓRICO LEGAL: LA EDUCACIÓN VIAL HASTA LA PROMULGACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE).

Se constata como el fenómeno o cultura del tráfico, con el paso de las décadas, ha ido evolucionando y aportando soluciones en la realidad social de cada momento, implicando a todos los ciudadanos como usuarios de las vías públicas, así como a las diversas instituciones u organismos que tienen la responsabilidad de que el tráfico sea asociado al progreso y no al deterioro de la salud, de las relaciones humanas o del medio ambiente.

Establecer un recorrido histórico de la Educación Vial supone un intento de comprender la situación por la que ésta atravesó, partiendo de la realidad sociopolítica, legal, económica y religiosa, aspectos que han contribuido a su lenta incorporación en los programas escolares, desde la consideración inicial del problema de la circulación vial como algo alejado de la realidad social y, actualmente, como uno de los problemas de salud más relevantes de la sociedad.

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2.1. EL CÓDIGO DE CIRCULACIÓN DE 1934.

Tratando de situar el fenómeno circulatorio en España, presentamos algunos de los hitos de mayor relieve que lo justifiquen. Con anterioridad a 1931, en el reinado de Alfonso XII (protector del automovilismo) se intentó motorizar a las clases más populares, hecho que no se consiguió, a pesar de la prosperidad de los años 1920, debido sobre todo a la carencia de clientes potenciales, ya que el coche era considerado como un artículo de lujo y no un medio de locomoción y también al tipo de población que fundamentalmente era del medio rural.

Posteriormente, la aparición del primer Código de la Circulación, el 25 de septiembre de 1934, vino a suponer un avance importante en la ordenación del tráfico existente y el germen de la Educación Vial, si bien el problema circulatorio no entrañaba aún una problemática desde la perspectiva legal, administrativa y social. Recordemos que el parque automovilístico en este momento era de 26.700 automóviles matriculados, o sea, un automóvil por cada 1200 habitantes. A través de este Código, se trataba de dar respuesta a los estudios presentados en la Convención de Ginebra de 1931, en la que se establecían unas normas para el ámbito internacional que pretendían unificar criterios de acción respecto a las señales de tráfico, el sentido de las calles, las funciones de los guardias urbanos y la propia seguridad vial de los peatones. Desde este Código y sus anexos, se pretendía establecer las bases, requisitos y reglas a las que debería adaptarse el tránsito de peatones y vehículos en las ciudades. En este Código se define al peatón como “toda persona que transite por las vías y no sea conductor de vehículos, animales o usuarios del vehículo”. Se insinúa que desde pequeño, el individuo, en su faceta de peatón, habrá de conocer las reglas de circulación para evitar los peligros del tráfico. Por ello, la Escuela a través de sus maestros, será la encargada de formar sobre las conductas a seguir y cuyas competencias docentes quedan plasmadas en los siguientes términos:

"El profesor de todas las Escuelas y Colegios, tanto oficiales como particulares, está obligado a enseñar a sus alumnos las reglas generales de la circulación y la conveniencia de su perfecta observancia, advirtiéndoles de los grandes peligros a los que se exponen al jugar en las calzadas de las vías públicas, salir atropelladamente de los centros escolares, subir a la parte posterior de los vehículos y topes de los tranvías. El Ministerio de Instrucción Pública dictará las oportunas Disposiciones que aseguren la conveniente vigilancia del cumplimiento de este precepto". (Capítulo 1, art. 7).

Sin embargo, el paso del tiempo nos llevaría a concluir que la realidad sobre este aspecto educativo no pasó más allá de unas buenas intenciones, siendo en 1967 cuando se comenzara a pensar, en la necesidad de nuevas metodologías y medios que permitieran a la Escuela llevar a efecto los programas de educación relativos a la Educación Vial de los alumnos.

2.2. DEL DESARROLLISMO ECONÓMICO A LOS PROGRAMAS RENOVADOS.

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El aumento progresivo de solicitudes del permiso de conducir, el incremento significativo del parque automovilístico, el estado de las vías de comunicación y los problemas derivados de los accidente de tráfico, determinaron la toma de conciencia de las autoridades nacionales y locales en el sentido de paliar el progresivo caos circulatorio. En mayo de 1957, nace el primer SEAT 600, indicador del desarrollismo económico y un hecho sin precedentes para las clases sociales acomodadas. Hemos de recordar que para la educación y formación vial, sería importante que en 1959 naciera la Jefatura Central de Tráfico, y por otra parte, una década después, la Reglamentación inicial de las Autoescuelas.

La Educación Cívica, como base de la Educación Vial, ausente en la práctica docente, comenzó a ser considerada como la solución de muchos problemas sociales, incluido el del tráfico. Para intentar paliar los problemas de civismo vial, se diseñaron por parte de la Jefatura Central de Tráfico, campañas publicitarias, un tanto utópicas, que pretendían cambiar algunas actitudes y opiniones muy generalizadas como de la considerar al peatón el causante mayor de los problemas que ocurrían en las vías públicas:

"Es notoria la rebeldía ante los semáforos y la facilidad con que se lanzan a la calzada en cuanto tienen ocasión. Infringir las normas de tráfico urbano parece ser una obligación en la mayoría de los españoles". (Memoria de la J.C.T. 1961)..

En este sentido, se constató que en 1961, el 43% de los peatones muertos eran niños y niñas, comprendidos entre 1 y 14 años. La respuesta, en ese momento de la Jefatura Central de Tráfico fue reforzar las Campañas de Circulación Vial infantil desde 3 bandas:

- la tarea educativa vinculada al Ministerio de Educación Nacional y la Escuela, reforzado por la Orden Ministerial de 6 de Abril de 1961 (que favorecía el aprendizaje memorístico de las normas y señales de Tráfico).- la educación y formación no vinculada a la escuela, pero que favorecía la creación e impulso a la actividad de los Parques Infantiles de Tráfico (1961).- y en tercer lugar, la educación dirigida a los adultos, basada en campañas, carteles y mejor formación en las autoescuelas.

La llegada de Villar Palasí, al frente del Ministerio de Educación, en 1968, planteó la necesidad de una nueva ley de Educación. La Ley del 4 de Agosto de 1970: Ley General de Educación y Financiación de la Reforma Educativa, seguía de cerca los conceptos cristianos y del Movimiento Nacional, planteando entre sus fines “ la formación integral humana, el desarrollo de la personalidad y la preparación de los escolares para la libertad”. En este sentido, podemos considerar, que la solución de los problemas del entorno, incluida la problemática vial, no era cuestión relevante en esta década, por lo cual no se dedicaban grandes esfuerzos para mejorar la Educación Vial ciudadana, si bien pueden resaltarse entre las acciones más relevantes,la realización de Cursillos Infantiles y la creación, por parte del Ministerio de Interior, de una Cátedra Ambulante de Tráfico, que recorría los pueblos realizando campañas de concienciación y conocimiento de los problemas del tráfico rodado. En esta década se crearía, con acierto, la Comisión Nacional de Seguridad Vial, órgano coordinador interministerial, con el objetivo de impulsar y asesorar a los

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órganos con competencias en seguridad vial. Cada año se elaboraba un Programa Nacional de Seguridad Vial, que se sometía a la aprobación del Gobierno, y suponía un gran impulso al desarrollo de la automoción en España si tenemos en cuenta que entre 1970 y 1989, el parque automovilístico se triplicó.

La llegada de la década de los ochenta y ante la constatación del aumento de víctimas infanto-juveniles por accidentes de circulación, la Administración Pública Española (Ministerios de Interior y de Educación), se hizo eco de la preocupación y diseñó un programa de actuaciones que permitió la implantación de la Educación Vial en las escuelas, con carácter obligatorio y que tenía como objetivo:”la formación del comportamiento del ciudadano, en tanto que usuario de las vías públicas, ya fuera en su condición de peatón, viajero o conductor”. La Educación Vial, así pues, se contemplaba, por un lado, como base de la seguridad vial y, por otro, como parte de la educación ciudadana. Este planteamiento suponía una respuesta por parte de España a las Recomendaciones Internacionales marcadas por la Comunidad Europea para mejorar la Seguridad Vial de todos los países. De este modo, y de forma bastante coherente, la Educación Vial comenzará a formar parte del currículum escolar y de la formación integral de los escolares hasta los 14 años, no sólo a nivel de conocimientos, sino también en la adquisición de hábitos y actitudes que propicien una adecuada conducta vial (Manso y Castaño, 1995). La Orden de 18 de febrero, estableciendo los Programas Renovados, supuso un avance significativo para la Educación Vial. Se establecieron los objetivos y los contenidos a desarrollar para todos los escolares, a la vez que se dictaban normas para el desarrollo didáctico.

La realidad de la Educación Vial en esta década se concretaría en la publicación del Manual de Apoyo para la Educación Vial en Preescolar y EGB (Educación General Básica) que recogía las directrices marcadas para desarrollar la enseñanza de la educación vial en los países europeos a la vez que ofrecía un manual práctico para los maestros, para poder favorecer la incorporación de la Educación Vial en los Programas de Enseñanza vigentes en el momento, a la vez que establecía los objetivos y contenidos marcados para todas las etapas educativas: Preescolar, EGB-1 y EGB-2.

En 1980, entraría en vigor el Plan Nacional de Seguridad Vial, que supuso un impulso para la incorporación de la Educación Vial, promoviéndose desde la divulgación, campañas para los padres y maestros, con un interés especial en los peatones y estableciéndose la continuidad de los concursos nacionales de dibujo y de parques infantiles de tráfico. Así mismo, cabe resaltar también que, en noviembre de 1985, se instauró en la ciudad de Salamanca, el Centro Superior de Educación Vial, con dependencia directa de la Dirección General de Tráfico. Este Centro, de ámbito nacional, llevaría asignadas unas funciones bien definidas como el diseño de programas y recursos para el ámbito de la escuela, la planificación de investigaciones precisas sobre temas y ámbitos determinados, la formación de docentes y otros profesionales implicados en la Educación Vial como los Policías Locales o los Monitores de Parques Infantiles. En la actualidad, este Centro sigue desarrollando una importante labor de promoción de la Educación Vial, siendo un referente, tanto en España, Europa e Iberoamérica.

Así pues, la Educación Vial comenzaba a situarse dentro del marco general de la Educación Cívica, como un elemento más de la formación integral del alumnado,

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mediante la adquisición de normas y señales, de hábitos y actitudes positivas en relación al tráfico, como medida preventiva del accidente y sus secuelas.

2.3. LA EDUCACIÓN VIAL EN LA LEY DE ORDENAMIENTO GENERAL DEL

SISTEMA EDUCATIVO (LOGSE, 1990).

Uno de los aspectos novedosos del modelo curricular que se derivó de esta Ley, fue sin duda, la incorporación de los diferentes Ejes o Temas transversales, es decir, la incorporación de determinadas enseñanzas que debían estar presentes en todas las áreas del currículum a lo largo de las diferentes etapas educativas: Educación Moral y Cívica, Educación para la Paz, Educación para la Salud, Educación para la igualdad, Educación ambiental, Sexual, del consumidor, de la Educación Vial. Y de todas aquellas que se estimen oportunas en las diferentes Comunidades Autónomas. Estos Temas no se contemplaban asociados a un área determinada o como áreas independientes de conocimiento, si no que se planteaban diseminados a través de todas las áreas curriculares, con carácter de permanencia y de forma global (Lucini, 1993). Debido a la importancia que tenían en el contexto social, surgieron como demanda y se los reclamaba como solución a determinados problemas de la sociedad de los noventa. Pero el hecho de que estos temas se localizaran en los currículos no era suficiente para que fueran abordados en realidad y en la realidad.

En este contexto, entendemos que la Educación Vial como tema transversal, se presentaba como una opción de valor, que necesitaba para su implementación de acciones sistémicas en la Comunidad Educativa, (Manso y Vilaplana, 1996), partiendo de los valores planteados dentro de cada Centro Escolar. Precisaba de modelos que favorecieran la convivencia y el desarrollo integral de los alumnos, buscando capacitar a los alumnos para abordar una participación solidaria y comprometida en el tráfico, de forma responsable, salvaguardando el "respeto de los derechos y libertades fundamentales y el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, dentro de los principios democráticos de convivencia (LOGSE, art. 1)", y preparándolos para abordar una auténtica participación social que permitiera la solución de los problemas que les son próximos. Pero el hecho de que los temas transversales se localizaran en el currículum no era suficiente para que la acción educativa apareciera y se produjera. Sería necesario que estos Temas fueran abordados en realidad y en la realidad, para lo cual, resultaría fundamental, la intencionalidad de la Comunidad Educativa a la hora de reconocer la importancia de estos Temas en el desarrollo de la autonomía y la personalidad de los escolares, y también su concreción en los Proyectos Educativos de Centro y en los Proyectos Curriculares de cada Etapa, como punto de referencia para los distintos niveles de concreción de las diferentes Áreas, aspecto éste, contemplado en muy pocos centros escolares.

En esta década podemos constatar que desde la aparición del Código de 1934, el tratamiento de la Educación Vial, experimentó importantes cambios, debidos fundamentalmente a las Recomendaciones que, desde diferentes Organismos Europeos, se planteaban como asesoramiento, no prescriptivo, para todos los países europeos. (Conferencia de Estrasburgo, 1980).

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La Educación Vial se abordaba en las diferentes Etapas del Sistema Educativo, desde la Educación Infantil, la Primaria y la Secundaria. La Administración educativa formulaba, con carácter orientador, el modelo posible de distribución de objetivos y contenidos en las diferentes Etapas y Ciclos, para que los alumnos y alumnas pudieran ir adquiriendo las capacidades propias de cada Etapa. Igualmente, en el punto 2, apartado d) de la Ley, se dispone que en el Proyecto Curricular de Centro se incluyan las orientaciones generales para la incorporación de la Educación Vial y de los demás Temas Transversales. Para la Educación Infantil, se recoge su incorporación, según la Resolución núm. 6.619, de 5 de marzo de 1992, y el R.D. 1333/1991, de 6 de septiembre de 1992. Para la Educación Primaria, en la Resolución núm. 6.664, de 5 de marzo de 1992, y R.D. 1344/1991, de 6 de septiembre (BOE del 13-IX), y para la Secundaria, en la Resolución núm. 6.766, de 5 de marzo de 1992, y R.D. 1344/1991.

La Educación Infantil presenta al escolar como usuario de las vías públicas bajo el perfil de viajero o peatón acompañado del adulto, se pretende crear y fomentar actitudes de conciencia ciudadana y desarrollar hábitos de sentido vial. Así pues, se hace necesario que los escolares conozcan algunas normas de carácter social (se encuentran en un período de egocentrismo y de realismo moral) y que desarrollen hábitos auditivos, visuales y psicomotóricos relacionados con las nociones espaciales. En este sentido, y siempre bajo un enfoque globalizador, los objetivos, los contenidos y la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje serán los propios del Área de Identidad y Autonomía Personal y del Área del Medio Físico y Social.

En el ámbito informal, constatamos que la Educación Vial Infantil debe ser llevada a cabo por los padres-madres, dado que estos pueden supervisar estrechamente la conducta de sus hijos. La mayor parte de los programas de Educación Vial dirigidos a padres buscaban mejorar sus conductas viales y también poder ayudarles a secuenciar la de sus hijos.

En el tramo de edad comprendido entre los seis-doce años –Educación Primaria— el escolar habrá de conocer mejor su entorno físico relacionado con el tráfico, e iniciará comportamientos adecuados como peatón autónomo, como viajero, e incluso como conductor de bicicletas. Es deseable afianzar los conocimientos y los hábitos adquiridos en la Educación Infantil, para tratar de mejorar las actitudes de su comportamiento vial bajo enfoques interdisciplinares y buscando la transversalidad. Los objetivos, conocimientos y criterios de evaluación habrán de ser contemplados desde las diferentes Áreas y de forma globalizadora, aunque algunas puedan prestarse de forma más clara para ello.

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A lo largo de la Educación Secundaria, se hace necesario abordar la Educación Vial bajo un enfoque interdisciplinar, sobre todo en el Primer Ciclo, y, asimismo, disponer de un lugar en los espacios de diversidad o de opcionalidad, puerta que se abre, aún más, ante la situación de la Religión en el Currículo y las alternativas posibles a ésta. Los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación se corresponderán con las áreas de Ciencias Sociales; Geografía e Historia; Ciencias de la Naturaleza; Tecnología y Educación Física. En esta Etapa educativa, los objetivos de la Educación Vial tenderán a la profundización en el sentido de la responsabilidad, referido a la conducción de bicicletas y ciclomotores, iniciando a los alumnos y a las alumnas en el aprendizaje de la normativa y la señalización y brindándoles consejos a tener en cuenta en dicha conducción. Así mismo, se les iniciará en los conocimientos sobre las medidas necesarios en caso de presenciar algún accidente de tráfico.

2.4. LA EDUCACIÓN VIAL EN LA LEY ORGÁNICA DE CALIDAD DE LA ENSEÑANZA (LOCE).

Esta Ley, publicada el 23 de diciembre de 2002, no hace referencia específicamente a la Educación Vial ni al trato de la misma en ninguno de los artículos que configuran la Ley, aunque si habla de capacidades de convivencia, respeto, observación de entornos familiares, sociales y familiares, relaciones sociales, responsabilidad, o el conocimiento de valores y normas de convivencia, todos elementos y objetivos de la Educación Vial.

El desarrollo de la Educación Vial en la LOCE, al igual que en la LOGSE, se concretará a través de los Temas Transversales del currículo. Así mismo, desde la Dirección General de Tráfico, en el Plan Nacional de Seguridad Vial para el año 2004 elaborado por el Consejo Superior de Tráfico, se propuso como objetivo principal en materia de Educación Vial, continuar con acciones que favoreciesen la información y formación sobre Educación Vial en las distintas etapas previstas en LOGSE-LOCE (Infantil, Primaria y Secundaria obligatoria) e impulsarla en las Etapas no obligatorias. Este objetivo suponía la presencia de la Educación Vial en el Sistema Educativo no como una materia transversal, sino que la intención era facilitar que esta subiera un peldaño más y formara parte del currículo como asignatura optativa o de libre elección.

Todas estas propuestas quedarían plasmadas en meras intenciones pues, la Ley Orgánica de Calidad en la Educación, fue paralizada en 2004 con la victoria en elecciones generales del gobierno socialista, y con la promulgación de la Ley Orgánica de Educación (LOE) en 2006.

3. PERSPECTIVA HISTÓRICA EN EL ÁMBITO EUROPEO: LAS ORGANIZACIONES INTERGUBERNAMENTALES EUROPEAS Y LA SEGURIDAD VIAL.

El problema de la Seguridad Vial en la Unión Europea viene siendo, desde hace tiempo, objeto de consideración y elemento de preocupación para los países

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miembros debido a la siniestralidad constatada en los diferentes informes internacionales. Desde esta consideración, los países europeos, incluida España, tratan de coordinar y aunar esfuerzos para conseguir mejorar la Seguridad Vial aumentando la seguridad en el desplazamiento de las personas y los bienes.

La política de Seguridad Vial de la Comunidad Europea ha de velar, ante todo, porque los ciudadanos, los responsables políticos y los medios de comunicación sean más conscientes y comprendan mejor las condiciones que garantizarán una utilización más segura de la red viaria y del sistema de transporte. A ello contribuirán las diferentes Organizaciones que en el ámbito internacional, trabajan por conseguir una movilidad segura.

La presencia de otras organizaciones internacionales como la ONU, sigue planeando en todas las estrategias de Prevención de las muertes y lesiones por accidentes de tráfico. Una de las últimas acciones podemos reconocerla en la Primera Conferencia Ministerial Global de Seguridad Vial, celebrada en Moscú en noviembre de 2009. En la misma se ha reunido a los gobiernos del mundo para definir las medida necesarias para acabar con la pandemia de los accidentes de tráfico, tal y como la calificó la Organización Mundial de la Salud. El principal objetivo está en “crear conciencia del impacto mundial de las lesiones y muertes causadas por accidentes de tránsito y el coste desproporcionado para los países de bajos o medianos ingresos”.

3.1. EL PARLAMENTO EUROPEO, EL CONSEJO Y LA COMISIÓN.

La Seguridad Vial se puede considerar como una actividad nueva y relativamente reciente para la Unión Europea (UE), ya que podemos situar sus inicios en los años ochenta, que es cuando las tres Instituciones Europeas –el Parlamente, el Consejo y la Comisión— toman en consideración el inicio de acciones conjuntas, especiales y específicas en este sentido.

El Parlamente, cuenta en la actualidad con 736 miembros de 27 países de la UE. En el año 1984, definió ya una lista de prioridades en materia de Seguridad Vial, con el programa de acción de la Comunidad Europea. Por otra parte, el Consejo Europeo, el mismo año, adoptó una Resolución en la que se señalaba que la Seguridad Vial debe ser objeto de acción por parte del la Comunidad, designándose al año 1986 como el “Año Europeo de la Seguridad Vial”. El 12 de octubre de 1988, el Parlamento Europeo publicó la Carta Europea de los Derechos del Peatón. Esta Resolución supuso un compromiso y un punto de referencia obligado a la hora de estructurar y planificar el ordenamiento del tráfico en las ciudades.

Por su parte, la Comisión Europea adoptó un conjunto de medidas legislativas y otra serie de acciones complementarias, a través de sus propios servicios en lo concerniente a estudios, investigaciones en distintos temas de la Seguridad Vial, la creación de un banco de datos sobre accidentes, la formación de los profesores de autoescuelas, el seguimiento de los conductores, sobre los niños y los jóvenes, el transporte escolar, la utilización de los cascos, etc. Podemos constatar en el

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documento TRANS/S.C. 1./G.E. 20/R. 85, de la Comisión Económica para Europa de la ONU, se manifiesta que “la enseñanza de la Educación Vial ha de tener como fines la adquisición de los conocimientos necesarios para el respeto de las reglas de circulación vial y de la seguridad del tráfico, garantizar un comportamiento seguro en cada situación vial y crear una aptitud correcta en la circulación, adquiriendo conciencia de la importancia y utilidad de las normas de seguridad vial. También se manifiesta que la Educación Vial debe implementar los mismos métodos pedagógicos y los mismos medios audiovisuales que utilizan otras disciplinas del programa escolar, y que el sistema de enseñanza ha de ser gradual, en función de la edad de los niños y las niñas”.

El Consejo Europeo, fue creado en el año 1979, e institucionalizado en 1986 en el Acta Única Europea. Desde 2000, a partir de los acuerdos establecidos en la Estrategia de Lisboa, dedican su esfuerzo a los asuntos económicos, sociales y medioambientales del ámbito europeo.

Tanto el Consejo como el Parlamento Europeo han reafirmado la importancia de adoptar medidas a escala europea para luchar contra la lacra que representan los accidentes de tráfico En 2007 (13 de diciembre), se suscribió el Tratado de Lisboa con el apoyo de todos los dirigentes de la UE, estableciendo un marco que permite dar respuesta a los ciudadanos y a sus demandas, también las relacionadas con la mejora de la Seguridad Vial.

La Comisión Europea, es la responsable de aplicar las Políticas establecidas por el Parlamento y el Consejo. Actualmente tiene 27 Comisarios, uno por cada país miembro de la UE. En 2001, la Comisión se fijó el ambicioso objetivo de no superar los 25.000 muertos en carretera en 2010, reduciendo al 50% la trágica cifra (“La Política Europea de Transportes de cara a 2010: la hora de la verdad” COM-2001-370. Bruselas). En este sentido, la Comisión propuso mejorara la Seguridad Vial en todos los ámbitos implicados, para lo cual propuso firmar la Carta Europea de la Seguridad Vial por parte de entidades y ciudadanos.En esta misma línea, se programó la Semana Europea de la Movilidad, que se celebra desde 2001. Se pretende mejorar la contaminación medioambiental producida por los vehículos, a través de políticas de “Movilidad Verde”, que lleve a los municipios europeos a promover el uso de transportes públicos y dotar de más espacios peatonales o de carril bici.

La Unión Europea ha contribuido a que la Seguridad Vial en carretera pase a ser considerada una prioridad en las Políticas de los Estados Miembros de la UE. En este sentido, desde la Comisión de las Comunidades Europeas, se promovió, en 2003, el “Programa de Acción Europeo de Seguridad Vial. Reducir a la mitad el número de víctimas de accidentes de tráfico en la Unión Europea de aquí a 2010: responsabilidad compartida”. (COM- 2003- 311. Bruselas).

Actualmente, la Comisión a través de su Comunicación: “Un futuro sostenible para los transportes” y la publicación “Red Transeuropea de Transportes: revisión de la política de “Transporte: un paso más hacia un futuro sostenible”, han planteado las bases que permitan conseguir un Libro Blanco sobre el Transporte en Europa, en el que se expondrá un panorama de futuro del transporte a la vez que un conjunto de estrategias que deberán realizarse por los países miembros para la década 2010-

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2020, teniendo en cuenta que las políticas de movilidad deben revisarse, implicando en el dicha movilidad a todos los usuarios en una reflexión común. La publicación del libro Blanco de las Políticas de Transportes 2011-2020, será un primer paso.

3.2. EL CONSEJO EUROPEO DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE (ETCS).

Organización, con sede en Bruselas cuyo objetivo es reducir el número y gravedad de los accidentes relacionados con el transporte, en el ámbito europeo. Busca identificar y promover buenas prácticas para mejorar la Seguridad, desde un punto de vista científico. Está formado por 42 organizaciones nacionales e internacionales involucradas en la mejora de la Seguridad Vial ( www.etcs.es).

El Consejo Europeo para la Seguridad del Transporte es una organización internacional no gubernamental creada en 1993 para dar respuesta a la alarmante pérdida de vidas y lesiones por accidentes de tráfico a la vez que de la preocupación pública del sector del transporte en Europa. El Consejo se ha convertido en un asesor de primer orden de la Comisión y el Parlamento Europeo en temas de Seguridad Vial, con los que coincide al afirmar que la Seguridad Vial no es responsabilidad exclusiva de los Gobiernos, al considerar que se trata de una “responsabilidad compartida”.

3.3. LA CONFERENCIA EUROPEA DE MINISTROS DE TRANSPORTES (CEMT) Y

EL FORO INTERNACIONAL DEL TRANSPORTE ( ITF).

Esta Organización Intergubernamental fue fundada, en Bruselas , el 17 de octubre de 1953, y auspiciada por el Consejo de Europa y por los Estados europeos miembros de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE). Preocupada por los crecientes problemas de la Seguridad Vial, la CEMT mostró un interés particular por los problemas derivados del tráfico y por las medidas a tener en cuenta para paliar y mejorar la Seguridad Vial, especialmente, en lo que concierne a los niños y a los jóvenes. Esta preocupación se puso de manifiesto con el creciente interés respecto a la mejora de la Educación Vial en los diferentes usuarios de las vías, como medida básica y fundamental para garantizar la Seguridad Vial, en especial en lo que concierne a los niños y los jóvenes. Esta preocupación se puso de manifiesto con el creciente interés respecto a la mejora de la Educación Vial en los diferentes usuarios de las vías, como medida básica y fundamental para garantizar la Seguridad Vial.

Los problemas que se abarcaban iban desde la situación financiera y la organización de las vías de ferrocarril y de carreteras, el desarrollo de las grandes vías de comunicación europea, los problemas relativos a los desplazamientos en el medio urbano, la prevención de los accidentes, la unificación de las normas y señales de tráfico en el ámbito europeo, la evolución del tráfico y las previsiones de desarrollo.

La CEMT ha organizado mesas redondas y simposios, cuyos resultados, analizados luego por una Comisión especial, se presentaban como posibles

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alternativas políticas o sociales, a los respectivos ministros de cada país. Los países miembros, unieron sus esfuerzos para buscar, por una parte, los medios de enseñanza más adecuados a cada una de las etapas escolares, ya que están convencidos de que es la educación lo que puede contribuir eficazmente a solucionar los problemas derivados del uso del automóvil y de las relaciones interpersonales, a medio y largo plazo. Tanto el Consejo Europeo como la Conferencia Europea de Ministros de Transporte han compartido la realización de las Conferencias Mixtas celebradas en París (1963), Viena (1971), Estrasburgo (1980) y Estrasburgo (1994), con el fin de unificar criterios y esfuerzos a favor de la Educación y la Seguridad Vial y de poder ofrecer a los gobiernos de los países miembros, las normas generales para su aplicación.

La Tercera Conferencia Mixta celebrada en Estrasburgo en 1980, se organizó con el tema central de "LA ENSEÑANZA, EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL, EN LAS ESCUELAS EUROPEAS". Se trató de analizar y mejorar la forma de impartir esta enseñanza, a partir de un conocimiento mayor y mejor del escolar, así como, analizar el aporte de la Escuela y de las Agentes Sociales para escolares y, cómo no, el sensibilizar y motivar adecuadamente al Profesorado, hacia esta enseñanza a favor de la Seguridad Vial. En esta Conferencia se puso de manifiesto que el sector educativo y el cuerpo de Profesores tienen su parte de responsabilidad, pero que la enseñanza de la Seguridad Vial no puede ser solamente tarea de la Escuela, reconociendo que la solución para la Seguridad Vial, pasa por la formación de los usuarios y la importancia de que todos tomen conciencia de su condición de usuarios de las vías, de sus responsabilidades, así como la manera, en que cada uno puede y debe comportase, para limitar y ver la forma de reducir el número de accidentes, (en la mayor parte de los casos, las causas del accidente son, no tanto resultado de la ignorancia de las reglas, si no consecuencia de una actitud de incomprensión y de imprudencia).

En los últimos tiempos, en la reunión que se celebró en Dublín, los días 17 y 18 de Mayo de 2006, la CEMT se transformó en el Foro Internacional del Transporte (ITF). El Foro Internacional del Transporte nació para dar un enfoque más amplio a la Conferencia Europea de Ministros de Transportes (CEMT), tras la ampliación de la UE. La Conferencia ceñía su temática al transporte terrestre, y necesitaba abordar de forma integral todos los modos del transporte y abrir sus puertas más allá de Europa, en línea con la actual globalización del transporte.

En el ámbito europeo constatamos la presencia y colaboración de otras organizaciones supranacionales que colaboran y aportan medidas y soluciones para el tema de la Seguridad Vial, a través de la educación, la información y la investigación, como: la ONU, la OMS, la Alianza Internacional de Turismo, la Federación Internacional del Automóvil, y la Federación Internacional Vial.

3.4. LA ORGANIZACIÓN DE COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE) Y OECD-ITF, CENTRO CONJUNTO DE INVESTIGACIÓN PARA EL TRANSPORTE.

La OCDE se creó en 1959, en París. Es una Organización no gubernamental que coopera con todas las instituciones que trabajan en la Seguridad

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Vial. Actualmente tiene un carácter consultivo con las Naciones Unidas y el Foro Internacional de Transportes, formando parte de la Conferencias de Ministros de Transportes. También colabora con OMS (Organización Mundial de la Salud), Naciones Unidas por la Seguridad Vial (UNRSC), Eurosafe, Consejo Europeo de Seguridad en el Transporte (ETCS) y la Federación Internacional de Motociclismos (FIM). Actualmente cuenta con más de 45 países miembros, entre los que se encuentra la Dirección General de Tráfico.

Así mismo, desde la OCDE, se ha creado el Centro Conjunto de Investigación sobre el Transporte de la OCED y el Foro Internacional del Transporte, que recientemente han presentado el Proyecto de “Objetivo Cero. Sistema Seguro”, este mismo año en Madrid (2009. La creación de este Centro conjunto en 2004, ha permitido que se lleven a cabo programas de cooperación en el marco de la investigación dirigidos a medios de transporte para apoyar la formulación de políticas en los países miembros a la vez que participar en sesiones ministeriales del Foro Internacional de Transporte.

3.5. PRÉVENTION ROUTIÈRE INTERNATIONALE (PRI):

Organización no gubernamental creada en 1959 que coopera con todas las instituciones que trabajan en la Seguridad Vial. Actualmente tiene un carácter consultivo con las Naciones Unidas y el Foro Internacional de Transportes, formando parte de la Conferencias de Ministros de Transportes. Sus objetivos buscan la promoción de la Seguridad Vial a nivel internacional, realizando para ello diferentes campañas de prevención de accidentes y propiciando el intercambio de experiencias entre todos los países.

La PRI es una organización que ha puesto su mayor énfasis en el desarrollo de planes y programas de Seguridad Vial. En el año 2000, publicó sus Recomendaciones para la elaboración, en los distintos países miembros, de Planes Nacionales de Seguridad Vial, basando su intervención en la Educación. Estas recomendaciones han sido elaboradas por diferentes grupos de expertos que colaboran en la PRI, y que han intentado crear un código de buenas prácticas para elaborar las propuestas de planes estratégicos, tanto nacionales como locales, bajo la recomendación de que cada país elabora los suyos, a partir de la realidad vial y las necesidades viales, (Monclús, J., 2008). Esta organización pretende conseguir, a largo plazo y con la colaboración de otras organizaciones y los ciudadanos en general, que: “ llegue el momento en que nadie resulte fallecido o gravemente herido en accidentes de circulación”.

Una de las misiones primordiales de la Unión Europea es lograr la Movilidad Segura, mejorando la seguridad en los desplazamientos de las personas y los bienes, en el ámbito europeo. Un programa de Seguridad Vial europeo que se atenga al principio de subsidiaridad ofrecerá un marco de acción claro a todos los que en él participen y orientará la actuación de la Unión Europea en los sectores en los que puede aportar un considerable valor añadido. La política de Educación-Seguridad Vial de la Comunidad velará, sobre todo, porque los ciudadanos, los responsables políticos y los medios de comunicación sean más conscientes y comprendan mejor las condiciones que garantizarán una utilización más segura de

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la red viaria y del sistema del transporte. Es importante que todas las partes interesadas en el sistema de transporte unan esfuerzos para atajar la inseguridad vial, no sólo las autoridades, también los usuarios. Es una tarea de todos.

Podemos constatar que desde 1985, en un informe de la Comisión Europea, presentado en la ONU ese mismo año, se manifestaba que la enseñanza de la Educación Vial debería tener como fines:

“Facilitar a los ciudadanos la adquisición de los conocimientos necesarios para el respeto de las reglas de circulación vial y de la seguridad del tráfico, a la vez que garantizar un comportamiento seguro en cada situación vial y crear una actitud correcta en la circulación, adquiriendo conciencia de la importancia y utilidad de las normas de Seguridad Vial en la ciudad”.

En este momento, el apoyo a la Educación Vial resulta evidente desde el tratamiento de diferentes organizaciones europeas. Citemos como ejemplo el tratamiento que El Consejo Europeo de Ministros de Transportes ofrece de cara a establecer las etapas de implantación de las políticas de Seguridad Vial (Monclús, J, 2008, p. 74), en las que se incluye la Educación como necesaria, (podemos verlo en el apartado 13), o la necesidad de “educar a los responsables locales y al público en general, sobre la necesidad de la Seguridad Vial”, según establece la OCDE, en las Recomendaciones para abordar la Seguridad Vial. También la PRI establece para la Educación Vial como uno de los pilares básicos para conseguir la Movilidad Segura en el ámbito europeo.

En los últimos años, la Comisión ha propuesto, en el marco del Libro Blanco: la Política Europea de Transportes, que pretende reducir los accidentes viales al cincuenta por ciento para el período de 2003 hasta el 2010. Esta iniciativa, refrendada por el Parlamento Europeo, está dando buenos resultados si tenemos en cuenta los últimos datos relativos a la accidentalidad vial europea. Encontramos en el apartado de “Acciones”, referencias concretas al impulso necesario a la Educación de los usuarios de la vía (ver gráfico adjunto), considerando que ésta ha de ser, junto a las otras propuestas, una necesidad que permita conseguir el objetivo de reducir a la mitad la siniestralidad vial en 2010, en todos los países de la UE.

4. ÁMBITO COMPARADO DE LA EDUCACIÓN VIAL EN LA UNIÓN EUROPEA.

Uno de las mayores y más importantes líneas de acción educativa en la prevención-acción para la seguridad vial, se centra en la escuela y en el importante papel que ésta, junto a otros agentes educadores, puede desarrollar a través de la incorporación de la Educación Vial en los Programas de intervención educativa. Se ha constatado que es una realidad generalizada el hecho de otorgar mayor importancia a la Educación Vial, dentro del ámbito escolar, partiendo del principio reconocido de que un niño/a bien educado será un adulto bien educado. De ahí que la mayor parte de los países europeos estén invirtiendo y centrándose con mayor esmero en éste ámbito escolar, más que en los otros ámbitos relacionados con el tráfico.

En este sentido, la mayor parte de los programas escolares de las escuelas europeas, abordan la Educación Vial no solo desde una metodología basada en un

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tratamiento interdisciplinar al abordar la Educación Vial escolar en el currículo, dentro de otras asignaturas, sino como parte de las Competencias Básicas sugeridas por distintos promotores internacionales que han visto en la Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanaos un buen espacio para situar esta Educación ética y social que comporta la educación en valores propuesta para la Educación Vial escolar.

En el caso de España, en la actualidad, a partir de la promulgación de la LOE, la Educación Vial ha pasado a abordarse, no sólo como un tema transversal incluido en los Proyectos Curriculares de Etapa y en las Programaciones de Área, sino como parte de la asignatura de Educación para la Ciudadanía.

Respecto a los responsables directos, dentro del propio ámbito escolar, a la hora de impartir la Educación Vial, podemos constatar que generalmente el responsable directo de impartir la Educación Vial en los diferentes países europeos, es el propio profesor/a, que unas veces suele verse apoyado por otros elementos importantes, que no suplentes, de la acción educativa, como es el caso de la Policía Local y que otras veces ve suplida su labor por la participación de expertos en el tema. Se constata así mismo la necesidad de colaboración de los padres-madres en la consecución de los objetivos propuestos en la Educación Vial escolar, labor necesaria en el proceso de enseñanza-aprendizaje y que algunos países (Alemania, Inglaterra y Holanda) consideran insustituible.

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