triptico de sociedades mercantiles

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SOCIEDADES MERCANTILES Es aquella sociedad cuya misión es la con- secución de dos o más actos de comercio o de alguna actividad sujeta al derecho de ti- po comercial. Las sociedades mercantiles tienen persona- lidad jurídica; ellas constituyen personas ju- rídicas distintas de sus socios, sujetos de derecho, es decir, entes aptos para ser titu- lares de derechos o deberes jurídicos. La personalidad jurídica de las sociedades mercantiles se adquieren una vez registrada legalmente dicha sociedad. Las dos consecuencias de la concesión de la personalidad jurídica a las Sociedades Mercantiles se resumen en la adquisición de la cualidad de sujeto de derecho y en la atri- bución de un patrimonio separado, pudien- do considerarse que este segundo efecto esta implícito en el primero. Toda compañía de comercio, antes de dar principio a sus operaciones, deberá hacer constar su constitución, pactos y condicio- nes - sus estatutos- mediante escritura pú- blica, y si inscripción en el Registro Mercan- til. Una sociedad se caracteriza por llevarse a cabo un contrato entre varios socios. Colaborando todos en el desarrollo de la empresa. Las sociedades se clasifican de la siguiente manera según nuestro Código de Comercio: 1. Sociedad en Nombre Colectivo. 2. Sociedad en Comandita. 3. Sociedad Anónima. 4. Sociedad de Responsabilidad Limita- da. 5. Sociedad en Comandita por Acciones. 6. Sociedad Accidental o de cuentas. Sociedades de Personas Las sociedades de personas son una forma popular de organización porque ellas pro- porcionan un medio conveniente y poco costoso de combinación del capital y de ha- bilidades especiales de dos o más perso- nas. Las sociedades se utilizan también pa- ra muchos negocios pequeños especial- mente aquellos de propiedad familiar. Sociedad en Nombre Colectivo Es una sociedad en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la respon- sabilidad ilimitada y limitada y solidaria de todos los socios. Sociedades de Capital Es una sociedad que se caracteriza porque en ella hay dos clases de socios, que asu- men distinta responsabilidad. En las sociedades de capitales, la voluntad de los socios o accionistas no influye de modo esencial en la calidad de asociarse. Su capital se divide en partes alícuotas re- presentadas por títulos valores llamados ac- ciones. Sociedad Anónima (S. A) Es una sociedad en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados están obligados sino por el monto de su acción. Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. R. L) La sociedad de responsabilidad limitada es una sociedad mercantil con denominación o razón social, de capital funcional, dividido en participaciones no representables por títulos negociables, en la que los socios sólo responden con sus aportaciones, salvo en los casos de aportación suplementaria per- mitidas por la ley. Sociedades Mixtas Son aquellas que participan de las caracte- rísticas tanto de las sociedades de personas como de las de capitales,

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Page 1: Triptico de Sociedades Mercantiles

SOCIEDADES MERCANTILES

Es aquella sociedad cuya misión es la con-

secución de dos o más actos de comercio o

de alguna actividad sujeta al derecho de ti-

po comercial.

Las sociedades mercantiles tienen persona-

lidad jurídica; ellas constituyen personas ju-

rídicas distintas de sus socios, sujetos de

derecho, es decir, entes aptos para ser titu-

lares de derechos o deberes jurídicos.

La personalidad jurídica de las sociedades

mercantiles se adquieren una vez registrada

legalmente dicha sociedad.

Las dos consecuencias de la concesión de

la personalidad jurídica a las Sociedades

Mercantiles se resumen en la adquisición de

la cualidad de sujeto de derecho y en la atri-

bución de un patrimonio separado, pudien-

do considerarse que este segundo efecto

esta implícito en el primero.

Toda compañía de comercio, antes de dar

principio a sus operaciones, deberá hacer

constar su constitución, pactos y condicio-

nes - sus estatutos- mediante escritura pú-

blica, y si inscripción en el Registro Mercan-

til.

Una sociedad se caracteriza por llevarse a

cabo un contrato entre varios socios.

Colaborando todos en el desarrollo de la

empresa.

Las sociedades se clasifican de la siguiente

manera según nuestro Código de Comercio:

1. Sociedad en Nombre Colectivo.

2. Sociedad en Comandita.

3. Sociedad Anónima.

4. Sociedad de Responsabilidad Limita-

da.

5. Sociedad en Comandita por Acciones.

6. Sociedad Accidental o de cuentas.

Sociedades de Personas

Las sociedades de personas son una forma

popular de organización porque ellas pro-

porcionan un medio conveniente y poco

costoso de combinación del capital y de ha-

bilidades especiales de dos o más perso-

nas. Las sociedades se utilizan también pa-

ra muchos negocios pequeños especial-

mente aquellos de propiedad familiar.

Sociedad en Nombre Colectivo

Es una sociedad en la cual las obligaciones

sociales están garantizadas por la respon-

sabilidad ilimitada y limitada y solidaria de

todos los socios.

Sociedades de Capital

Es una sociedad que se caracteriza porque

en ella hay dos clases de socios, que asu-

men distinta responsabilidad.

En las sociedades de capitales, la voluntad

de los socios o accionistas no influye de

modo esencial en la calidad de asociarse.

Su capital se divide en partes alícuotas re-

presentadas por títulos valores llamados ac-

ciones.

Sociedad Anónima (S. A)

Es una sociedad en la cual las obligaciones

sociales están garantizadas por un capital

determinado y en la que los socios no están

obligados están obligados sino por el monto

de su acción.

Sociedad de Responsabilidad Limitada

(S. R. L)

La sociedad de responsabilidad limitada es

una sociedad mercantil con denominación o

razón social, de capital funcional, dividido

en participaciones no representables por

títulos negociables, en la que los socios sólo

responden con sus aportaciones, salvo en

los casos de aportación suplementaria per-

mitidas por la ley.

Sociedades Mixtas

Son aquellas que participan de las caracte-

rísticas tanto de las sociedades de personas

como de las de capitales,

Page 2: Triptico de Sociedades Mercantiles

zado los invierta a fin de tener beneficios.

Modificación del Contrato Social

Para la modificación de una contrato se de-

ben seguir una serie de pasos dependiendo

de la sociedad. Entre ellos tenemos la fu-

sión de sociedades, la rescisión, la escisión,

la disolución, la liquidación, entre otros, ca-

da una de esas modificaciones antes men-

cionadas sigue un proceso legal en particu-

lar para poderse llevar a cabo.

Consorcio

Un consorcio es una asociación económica

en la que una serie de empresas buscan

desarrollar una actividad conjunta mediante

la creación de una nueva sociedad.

Rueda de Negocios

Es un instrumento que permite lograr

transacciones interempresariales en servi-

cios y/o bienes para el desarrollo de aque-

llas empresas que participan en ella.

Sociedad en Comandita

La sociedad en comandita es una socie-

dad de tipo unipersonalista que se caracteri-

za por la coexistencia de socios colectivos,

que responden ilimitadamente de las deu-

das sociales y participan en la gestión de la

sociedad, y socios comanditarios que no

participan en la gestión y cuya responsabili-

dad se limita al capital aportado o compro-

metido.

Sociedad Anónima de Capital Autorizado

(S. A. C. A)

Son sociedades cuyo capital suscrito puede

ser inferior al capital autorizado por sus es-

tatutos sociales, y en los cuales la asamblea

de accionistas autoriza a los administrado-

res para aumentar el capital suscrito hasta

el límite del capital autorizado .

Fondos de Inversión Colectiva

Permiten a grandes grupos de pequeños

inversionistas juntar su dinero para comprar

una selección variada de productos de in-

versión, tal como acciones, bonos, efectivo

y hasta algunos tipos de inversiones inmobi-

liarias.

Fondos Mutuales

Es una especie de pote donde los ahorristas

colocan dinero para que personal especili—

Universidad Nacional Experimental de Gua-

yana

Vicerrectorado Académico

Coordinación General de Pregrado

Proyecto de Carrera: Contaduría Pública

Unidad Curricular por Competencias: Legis-

lación Mercantil

Sede: Caicara del Orinoco

Sección 01

Profesora: Autora:

Abog. Selene Cudemus Isamar Aguilera

C.I. 17. 791. 611

Caicara del Orinoco, Julio 2012.