triptico de sociedades mercantiles
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SOCIEDADES MERCANTILES
Es aquella sociedad cuya misión es la con-
secución de dos o más actos de comercio o
de alguna actividad sujeta al derecho de ti-
po comercial.
Las sociedades mercantiles tienen persona-
lidad jurídica; ellas constituyen personas ju-
rídicas distintas de sus socios, sujetos de
derecho, es decir, entes aptos para ser titu-
lares de derechos o deberes jurídicos.
La personalidad jurídica de las sociedades
mercantiles se adquieren una vez registrada
legalmente dicha sociedad.
Las dos consecuencias de la concesión de
la personalidad jurídica a las Sociedades
Mercantiles se resumen en la adquisición de
la cualidad de sujeto de derecho y en la atri-
bución de un patrimonio separado, pudien-
do considerarse que este segundo efecto
esta implícito en el primero.
Toda compañía de comercio, antes de dar
principio a sus operaciones, deberá hacer
constar su constitución, pactos y condicio-
nes - sus estatutos- mediante escritura pú-
blica, y si inscripción en el Registro Mercan-
til.
Una sociedad se caracteriza por llevarse a
cabo un contrato entre varios socios.
Colaborando todos en el desarrollo de la
empresa.
Las sociedades se clasifican de la siguiente
manera según nuestro Código de Comercio:
1. Sociedad en Nombre Colectivo.
2. Sociedad en Comandita.
3. Sociedad Anónima.
4. Sociedad de Responsabilidad Limita-
da.
5. Sociedad en Comandita por Acciones.
6. Sociedad Accidental o de cuentas.
Sociedades de Personas
Las sociedades de personas son una forma
popular de organización porque ellas pro-
porcionan un medio conveniente y poco
costoso de combinación del capital y de ha-
bilidades especiales de dos o más perso-
nas. Las sociedades se utilizan también pa-
ra muchos negocios pequeños especial-
mente aquellos de propiedad familiar.
Sociedad en Nombre Colectivo
Es una sociedad en la cual las obligaciones
sociales están garantizadas por la respon-
sabilidad ilimitada y limitada y solidaria de
todos los socios.
Sociedades de Capital
Es una sociedad que se caracteriza porque
en ella hay dos clases de socios, que asu-
men distinta responsabilidad.
En las sociedades de capitales, la voluntad
de los socios o accionistas no influye de
modo esencial en la calidad de asociarse.
Su capital se divide en partes alícuotas re-
presentadas por títulos valores llamados ac-
ciones.
Sociedad Anónima (S. A)
Es una sociedad en la cual las obligaciones
sociales están garantizadas por un capital
determinado y en la que los socios no están
obligados están obligados sino por el monto
de su acción.
Sociedad de Responsabilidad Limitada
(S. R. L)
La sociedad de responsabilidad limitada es
una sociedad mercantil con denominación o
razón social, de capital funcional, dividido
en participaciones no representables por
títulos negociables, en la que los socios sólo
responden con sus aportaciones, salvo en
los casos de aportación suplementaria per-
mitidas por la ley.
Sociedades Mixtas
Son aquellas que participan de las caracte-
rísticas tanto de las sociedades de personas
como de las de capitales,
zado los invierta a fin de tener beneficios.
Modificación del Contrato Social
Para la modificación de una contrato se de-
ben seguir una serie de pasos dependiendo
de la sociedad. Entre ellos tenemos la fu-
sión de sociedades, la rescisión, la escisión,
la disolución, la liquidación, entre otros, ca-
da una de esas modificaciones antes men-
cionadas sigue un proceso legal en particu-
lar para poderse llevar a cabo.
Consorcio
Un consorcio es una asociación económica
en la que una serie de empresas buscan
desarrollar una actividad conjunta mediante
la creación de una nueva sociedad.
Rueda de Negocios
Es un instrumento que permite lograr
transacciones interempresariales en servi-
cios y/o bienes para el desarrollo de aque-
llas empresas que participan en ella.
Sociedad en Comandita
La sociedad en comandita es una socie-
dad de tipo unipersonalista que se caracteri-
za por la coexistencia de socios colectivos,
que responden ilimitadamente de las deu-
das sociales y participan en la gestión de la
sociedad, y socios comanditarios que no
participan en la gestión y cuya responsabili-
dad se limita al capital aportado o compro-
metido.
Sociedad Anónima de Capital Autorizado
(S. A. C. A)
Son sociedades cuyo capital suscrito puede
ser inferior al capital autorizado por sus es-
tatutos sociales, y en los cuales la asamblea
de accionistas autoriza a los administrado-
res para aumentar el capital suscrito hasta
el límite del capital autorizado .
Fondos de Inversión Colectiva
Permiten a grandes grupos de pequeños
inversionistas juntar su dinero para comprar
una selección variada de productos de in-
versión, tal como acciones, bonos, efectivo
y hasta algunos tipos de inversiones inmobi-
liarias.
Fondos Mutuales
Es una especie de pote donde los ahorristas
colocan dinero para que personal especili—
Universidad Nacional Experimental de Gua-
yana
Vicerrectorado Académico
Coordinación General de Pregrado
Proyecto de Carrera: Contaduría Pública
Unidad Curricular por Competencias: Legis-
lación Mercantil
Sede: Caicara del Orinoco
Sección 01
Profesora: Autora:
Abog. Selene Cudemus Isamar Aguilera
C.I. 17. 791. 611
Caicara del Orinoco, Julio 2012.