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Tribunal Registral Administrativo (TRA) DE-486-2019 Informe Presupuesto Ordinario 2020 Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Diciembre 2019

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Tribunal Registral Administrativo (TRA)

DE-486-2019

Informe Presupuesto Ordinario 2020

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

Diciembre 2019

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Índice de contenido

Resumen Ejecutivo ................................................................................................................... 1

Capítulo I: Análisis Presupuesto Ordinario y POI 2020 ................................................................ 3

1.1 Descripción General de la Entidad ............................................................................. 3

1.2 Análisis de los ingresos ............................................................................................. 4

1.3 Análisis de los gastos presupuestados ...................................................................... 6

1.4 Empleo y Salarios ...................................................................................................... 9

1.5 Vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2022 ................................................. 10

Capítulo II: Verificación del cumplimiento de las Directrices, los procedimientos y demás normativa vigente ...................................................................................................................... 11

Capítulo III: Disposiciones ......................................................................................................... 13

Bibliografía ................................................................................................................................ 14

Índice de gráficos

Gráfico 1. TRA: Presupuesto por programa 2019 ........................................................................ 6

Índice de tablas

Tabla 1. TRA: Ingresos presupuestados 2016-2020 .................................................................... 5 Tabla 2. TRA: Egresos presupuestados 2016-2020 .................................................................... 8

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DE-486-2019. TRA: Informe del Presupuesto Ordinario 2020

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Resumen Ejecutivo El Tribunal Registral Administrativo es un órgano de desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Justicia y Paz, con independencia funcional y administrativa. Dentro de sus competencias se destacan conocer los recursos de apelación que se presenten contra los actos, resoluciones definitivas y los ocursos provenientes de todos los Registros que conforman el Registro Nacional. El TRA incorpora en el Presupuestario Ordinario 2020, ingresos por un monto total de ¢2.129,2 millones, indicando que si bien es cierto la transferencia de la Junta Administrativa del Registro Nacional al Tribunal Registral Administrativo, con base en lo dispuesto en la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual No. 8039, para el período 2020 asciende a ¢2.719,6 no se presupuestarán la totalidad de los recursos. La estructura de egresos para el 2020, se encuentra conformada por “Remuneraciones” que representa el 68,34% del total presupuestado, con ¢1.455,2 millones; indicándose que la Ley de Procedimientos de Observancia de Propiedad Intelectual, No. 8039, de 12 de octubre de 2000, equipara salarialmente los puestos del TRA con los de similar naturaleza del Poder Judicial, además, se indica como sustento legal adicional lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 31826-J-H de 11 de junio de 2004, denominado Reglamento del Régimen de Salarios de los Funcionarios del Tribunal Registral Administrativo, así como dictámenes emitidos por la Procuraduría General de la República. Mediante oficio STAP-1845-2019, del 16 de octubre del 2019, se le comunica a la Contraloría General de la República que el TRA cumple con la aplicación de la regla fiscal al gasto corriente contemplado en el presupuesto ordinario 2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Título IV de la Ley No. 9635, al presentar un crecimiento del 4,43%. Para el año 2020, el Tribunal TRA incorpora en el Presupuesto Ordinario 2020 el pago de 35 plazas, en el cual incluye la plaza que se traslado de la Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante resolución RMJP-340-05-2019, firmada el 03 de junio del 2019 por la Presidenta de la Junta Administrativa del Registro Nacional, quien preside por ser Ministra de Justicia y Paz, además de la Presidenta del Tribunal Registral Administrativo y la funcionaria, la cual conoce y acepta expresamente el traslado indicado. El Tribunal cuenta con un único programa presupuestario y no tiene acciones estratégicas vinculadas con el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública (PNDIP) 2019-2022, señalando que vincula su planificación con los Objetivos de Desarrollo Sostenibles, y otros documentos. En la valoración del cumplimiento de normativa, resalta que la institución posee compromiso con las normativas que la regulan y atiende las Directrices Presidenciales que enmarcan la contención del gasto, su accionar y aporte institucional como entidad gubernamental.

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Introducción

De conformidad con lo establecido en los artículos 4, 23, 24 y 57 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, No. 8131 y el artículo 20 inciso k) de su Reglamento, le corresponde a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria dictaminar los documentos presupuestarios remitidos por las entidades y órganos desconcentrados, para verificar el cumplimiento de las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Empleo, Salarial, Inversión y Endeudamiento. Dado lo anterior, el presente informe tiene por objetivo realizar un análisis del presupuesto 2020 del Tribunal Registral Administrativo, con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa y la vinculación del Presupuesto y el Plan Operativo Institucional. Se evidencia que la institución no tiene participación en el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública 2019-2022, aunque la misma menciona que se busca, con su día a día, aportar al cumplimiento de metas país, además de basar su planificación en instrumentos como los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Asimismo, contiene el análisis correspondiente a los ingresos del 2020, su estructura y participación relativa, así como la presupuestación histórica basada en decisiones de prioridad institucional y relacionando la incorporación de recursos para desarrollar las acciones de los programas de interés nacional, indicando el por qué en el año de análisis no se está presupuestando la totalidad del monto indicado en la transferencia de la Junta Administrativa del Registro Nacional. En cuanto a los egresos, se analiza el comportamiento histórico tanto de lo presupuestado como de lo ejecutado para el período 2016 a 2018 y una proyección al 2019 basada en la ejecución del tercer trimestre, donde se determinan los factores que incidieron en su porcentaje de ejecución. Aunado a esto, se realiza una verificación en los temas de salarios y empleo. El informe consta de tres capítulos. El primero comprende el análisis del presupuesto y POI, ambos para el 2020, compuesto por varios apartados, iniciando con una breve reseña de la naturaleza de la entidad, un segundo y tercer apartado, analiza la tendencia de los ingresos y egresos presupuestados durante el periodo 2016-2020 y en el cuarto apartado se hace referencia al empleo y salarios, finalizando en el quinto apartado con la vinculación del presupuesto y Plan Operativo Institucional.

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Capítulo I: Análisis Presupuesto Ordinario y POI 2020

1.1 Descripción General de la Entidad El Tribunal Registral Administrativo fue creado mediante Ley Nº 8039, Ley de Procedimientos de la Propiedad Intelectual, publicada en La Gaceta Nº 206 del 27 de octubre de 2000. Es el Órgano de desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Justicia y Paz, superior resolutorio de la legalidad de las resoluciones finales y actos en materia sustantiva que dictan los distintos Registros que conforman el Registro Nacional recurridos por los usuarios, garantizando la seguridad jurídica registral y una justicia administrativa pronta y cumplida, dentro del país En el caso del Tribunal Registral Administrativo, se debe de indicar que el Decreto 41187-MP-MIDEPLAN, publicado en el alcance 121 de La Gaceta del día jueves 21 de junio del 2018, donde se establecen las diferentes áreas estratégicas de articulación presidencial, no lo menciona; aun así, se considera que de acuerdo con las funciones establecidas por ley para el TRA y el contenido del mencionado Decreto, la institución se ubicaría en el Área de Seguridad Humana, la cual tiene como objetivo idear y desarrollar políticas y estrategias que permitan condiciones que favorezcan el desarrollo humano y la construcción y preservación de entornos protectores. Señala el tribunal que durante el 2019 se realizó una revisión de la misión, visión, objetivos estratégicos, prioridades institucionales e indicadores de desempeño, información que fue aprobada mediante el Plan Estratégico del Tribunal Registral Administrativo, en Sesión Ordinaria No. 20-2019 del 21 de junio de 2019; alineándose al Plan Operativo del Año 2020, el cual fue aprobado en Sesión Ordinaria No. 23-2019 de 5 de julio de 2019, por medio de acuerdo No. TRA-SE-161-2019.

El TRA define su misión como:

“El Tribunal Registral Administrativo es el Órgano de desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Justicia y Paz, superior que conoce de los recursos de apelación contra las resoluciones finales y actos en materia sustantiva que dictan los distintos Registros que conforman el Registro Nacional, garantizando la seguridad jurídica registral y una justicia administrativa pronta y cumplida, dentro del país.”

La visión definida dice:

“Ser una institución rectora en justicia administrativa, que coadyuve en la consolidación del sistema registral patrimonial y promotora del desarrollo del país, bajo los principios éticos con proyección nacional e internacional”

Como prioridades, el Tribunal Registral Administrativo ha identificado lo siguiente:

Resolver los recursos interpuestos por los usuarios en contra de los actos finales emitidos por los Registros que conforman el Registro Nacional con transparencia, celeridad y calidad.

Fortalecer el sistema registral patrimonial a nivel nacional, a través de la generación de líneas jurídicas claras y sólidas, que contribuyan a la seguridad jurídica registral para el desarrollo económico del país.

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Desarrollar y participar en foros de discusión nacional e internacional para conocer, analizar e impactar en materia registral patrimonial.

Fortalecer la gestión institucional para el desarrollo de las actividades logísticas y sustantivas.

Sus objetivos estratégicos se definen como:

1. Optimizar los procedimientos en la resolución de expedientes ingresados al Tribunal Registral Administrativo.

2. Contribuir al fortalecimiento del sistema registral patrimonial del país, a través de sus resoluciones.

3. Fortalecer la gestión institucional con acciones y proyectos de desarrollo. El Tribunal Registral Administrativo, cuenta con un solo producto a saber:

Resoluciones administrativas en materia registral emitidas por el TRA.

Los usuarios que se han identificado que usan los servicios que brinda el TRA son la sociedad costarricense y cualquiera que a nivel internacional sienta la necesidad de requerir esos servicios, pues la emisión de sus resoluciones, genera jurisprudencia en materia registral, que ha sido fundamental dentro del Sistema Notarial – Registral del país, aspecto que está ligado a la Ley No. 8039 (Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual).

El Tribunal cuenta con un único programa presupuestario y no tiene acciones estratégicas vinculadas con el Plan Nacional de Desarrollo (PND). 1.2 Análisis de los ingresos

La Ley 8039 sobre Procedimientos de Observancia de Derechos de Propiedad Intelectual, en su artículo 19, establece lo siguiente:

El Tribunal Registral Administrativo formulará su presupuesto ante la Junta Administrativa del Registro Nacional, la cual lo aprobará y remitirá a la Contraloría General de la República. Dicho presupuesto será cubierto con los ingresos que recibe la Junta Administrativa del Registro Nacional, suma que no podrá ser inferior al seis por ciento (6%) de los ingresos ordinarios del Registro Nacional calculados para el año económico ni del superávit del Registro Nacional. Tal presupuesto no estará sujeto a las directrices en materia económica o presupuestaria que limiten de alguna forma su ejecución y funcionamiento.”

Considerando lo anterior, se destaca la certificación No. 19-0994 de 30 de julio de 2019, de la Jefa del Departamento Financiero del Registro Nacional, indicando que el monto a transferir por la Junta Administrativa del Registro Nacional al Tribunal Registral Administrativo, para el período 2020, es de ¢2.719,6 millones, pero señala la institución que con el objetivo de optimizar la ejecución y evaluación presupuestaría del año 2020, únicamente presupuesta una parte del monto que se certifica, para un total ya mencionado de ¢2.129,2 millones.

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Se desprende de lo indicado anteriormente por el Tribunal, que solamente se presupuestarán el 78% de los recursos de la transferencia de la Junta del Registro Nacional, además, se indica que la institución no estará considerando presupuestar ingresos por sumas vigentes de periodos anteriores. Es por lo anterior, que la institución envía oficio TRA-DA-210-2019 del 12 de septiembre del 2019, firmado digitalmente por el Director Administrativo, presentando el Presupuesto Ordinario 2020 por la suma de ¢2.129,2 millones, el cual fue aprobado por el Tribunal Registral Administrativo en el capítulo sexto, artículo sexto, del Acta de la Sesión Ordinaria Nº29-2019, celebrada el 16 de agosto del 2019. Además, en el mismo oficio del TRA, se hace entrega del Plan Operativo Institucional para el 2020, el cual fue aprobado por el Tribunal en el capítulo sexto, artículo noveno, del Acta de la Sesión Ordinaria Nº23-2019, celebrada el 04 de julio del 2019. Se presenta certificación del superávit, firmada por el Director Administrativo, donde se indica que al 31 de diciembre del 2018 se cuenta con un monto de ¢1.832,3 millones, correspondiente a sumas de periodos que corresponden al 2016, 2017 y 2018; y se señala que en el Presupuesto Ordinario 2020 no se incorporarán recursos de esta fuente. En cuanto a la estructura de los ingresos presupuestados para el periodo 2016-2020, en la tabla siguiente se puede observar su comportamiento:

Tabla 1. TRA: Ingresos presupuestados 2016-2020

(En millones de colones y porcentajes)

Detalle Periodo (en millones de colones) Tasas de Variación

2016 2017 2018 2019 2020 17/16 18/17 19/18 20/19

Transferencia de JRN (6% de ley)

2.419,5 2.548,2 2.793,7 2.521,9 2.719,6 5,3 9,6 -9,7 7,8

Monto Presupuestado de la Transferencia

2.419,5 2.548,2 2.793,7 2.521,9 2.129,2 5,3 9,6 -9,7 -15,5

Superávit incorporado 336,8 0 789,6 0 0 -100,0

-100,0

Total general 2.756,3 2.548,2 3.583,4 2.521,9 2.129,2 -7,5 40,6 -29,6 -15,5

Fuente: STAP con información de la Liquidación Presupuestaria años 2016-2018, Ejecución Presupuestaria al 30 de setiembre 2019 y el Presupuesto Ordinario 2020 TRA

Tal y como se puede evidenciar en la Tabla anterior, la institución, en los años de referencia, presupuestaba la totalidad de los fondos correspondientes al 6% que establece la ley, los cuales les corresponde a la Junta Administrativa del Registro Nacional realizar la transferencia, pero para el año de análisis, se presupuesta un monto inferior.

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1.3 Análisis de los gastos presupuestados La institución señala que realiza la programación de los respectivos gastos atendiendo las diferentes directrices emitidas por el Poder Ejecutivo, Contraloría General de la República y las políticas internas del Tribunal; alineando las mismas con el Plan Operativo Institucional, Plan Anual Operativo y los supuestos incluidos en el Plan Estratégico del Tribunal 2019-2024. Para el 2020, la institución presupuesta ¢2.129,2 millones, los cuales se destinan al único programa presupuestario con el que cuenta, denominado Tribunal Registral Administrativo; con la siguiente estructura de gastos:

Gráfico 1. TRA: Presupuesto 2020

(En millones de colones y porcentajes)

Fuente: STAP, con base en el Presupuesto Ordinario 2020 TRA

Como se puede ver en el gráfico anterior, la mayor cantidad de fondos presupuestados son asignados a la partida Remuneraciones, en el 2019 representó el 57,3% del total de egresos presupuestados y para el 2020 se tiene el 68,3%, destinados para cubrir el pago de salarios, más incentivos salariales de acuerdo con la legislación vigente, el pago del décimo tercer mes, salario escolar, otros incentivos salariales (prohibición, carrera profesional), y las contribuciones patronales al desarrollo, la seguridad social y a los fondos de pensiones y otros fondos de capitalización, así como el reconocimiento del índice de competitividad salarial, que se aplica a los salarios que son homologados a las clases del Poder Judicial. Indica la institución que para el primero y segundo semestre del año 2020, la institución considera un eventual aumento de ¢7.000,00 en el primer semestre y ¢6.000,00 en el segundo semestre.

68%

20%

1% 4%

6%

0% 1%

Remuneraciones (1.455,2)

Servicios (430,7)

Materiales y Suministros (9,5)

Bienes Duraderos (77,9)

Transferencias Corrientes (131)

Transferencias de Capital (0)

Cuentas Especiales (25,0)

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La Autoridad Presupuestaria, mediante acuerdo 12377 de la Sesión Extraordinaria 02-2019, aprueba el nivel de empleo de 34 plazas por cargos fijos, el mismo fue comunicado mediante oficio STAP-0551-2019. Sobre lo anterior, indica la institución que, conociendo del acuerdo anterior, existe una resolución RMJP-340-05-2019 entre la Junta Administrativa del Registro Nacional y el Tribunal Registral Administrativo, ambas entidades adscritas al Ministerio de Justicia y Paz, donde la Junta traslada una plaza, lo anterior dado que al ser ambas a un mismo Ministerio, no requiere la autorización de la Autoridad Presupuestaria. Sobre lo anterior, si bien es cierto no se requiere la creación de una plaza, y al ser un traslado en instituciones adscritas de un mismo ministerio no requiere de la autorización de la Autoridad Presupuestaria, esta plaza deberá considerarse en el 2020 en la cantidad de puestos autorirzados por el Órgano Colegiado. En oficio TRA-DA-294-2019, se indica que la funcionaria que ocupaba el puesto de Profesional Jefe de Servicio Civil en la Junta Administrativa del Registro Nacional, conoció y aceptó el traslado con la clase de Asesor Legal acorde con el Manual de cargos y clases que tiene el TRA. En el caso de la partida de Servicios, la cual presenta un monto presupuestado de ¢430,7 millones, correspondiente al 20,3% del presupuesto 2020, 12,3% más que lo destinado en el 2019, la institución señala que este monto incluyen, entre otros, ¢45,5 millones para el pago de los principales servicios públicos, como lo es agua, teléfono, entre otros, además de ¢127,9 millones para el pago del servicio de vigilancia, limpieza, revisión y carga de extintores, elaboración de sellos entre otros. Se destinan ¢55,4 millones para la contratación de un sitio digital alterno para el respaldo de la información de la institución, además, del pago de seguros y capacitación, rubro que sufrió una disminución con respecto al 2019. La partida de Materiales y Suministros, es la que tiene la menor cantidad de recursos, al igual que en años anteriores, corresponde únicamente el 0,45% del total del presupuesto y en ella se incluyen, entre otros, los rubros de gasolina y diésel necesarios para poner en funcionamiento la planta generadora, además, de los tóneres y cartuchos para impresión; así como lo correspondiente para compra de papel; la compra de materiales eléctricos y de cómputo. La partida de Bienes Duraderos, tiene una participación del 3,3% del presupuesto, destinando ¢77,9 millones, aproximadamente ¢38,0 millones menos en comparación con lo presupuestado en el 2019. Este monto incluye los recursos para la compra de pantallas interactivas, impresoras, memoria para servidores, tarjetas de red, así como ¢2,5 millones para la compra de equipo vario para la brigada de emergencia. Se destinan ¢49,6 millones para la renovación de licencias del Sistema de Acuerdos, así como antivirus para los equipos institucionales, licencia SAF, NITRO y BMS. En Transferencias Corrientes, se destinan ¢130,8 millones, un 6,1% del presupuesto 2020, los cuales se destinan ¢30,0 millones para el cumplimiento de la Ley 8488 que señala que se deben transferir a la Comisión Nacional de Emergencias el 3% del superávit libre, que en este caso corresponde a la suma de ¢30,0 millones, ¢95,8 millones para el cumplimiento de las prestaciones

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legales, que incluye el aporte patronal a la Asociación Solidarista de la institución y subsidios de incapacidad; además, de ¢5,0 millones para el pago de sentencias en firme contra el Tribunal. En el caso de Cuentas Especiales, se incorporan ¢25,0 millones el 1,1% del PO 2020, en sumas libres sin asignación presupuestaria, correspondientes al principio de equilibrio presupuestario, ¢440,0 millones menos que en el 2019, siendo la partida presupuestaria que tuvo la mayor variación. Seguidamente, se incorpora un cuadro comparativo (2016-2020), sobre la asignación del gasto a nivel de partida en relación con el presupuesto para el periodo 2020:

Tabla 2. TRA: Egresos presupuestados

2016-2020 (En millones de colones y porcentajes)

2016 2017 2018 2019 2020 Tasa de Variación

Partida Presupuestaria

Mo

nto

Po

rce

nta

je

Mo

nto

Po

rce

nta

je

Mo

nto

Po

rce

nta

je

Mo

nto

Po

rce

nta

je

Mo

nto

Po

rce

nta

je

16

/15

17

/16

18

/17

19

/18

Remuneraciones 1.190,5 43,2 1.481,3 58,1 1.200,4 33,5 1.445,1 57,3 1.455,3 68,3 24,4 -19,0 20,4 0,7

Servicios 402,0 14,6 345,4 13,6 476,2 13,3 377,8 15,0 430,7 20,2 -14,1 37,9 -20,7 14,0

Materiales y Suministros 21,8 0,8 18,3 0,7 20,2 0,6 20,2 0,8 9,5 0,4 -15,9 10,3 0,1 -52,9

Bienes Duraderos 60,2 2,2 133,2 5,2 89,2 2,5 120,7 4,8 78,0 3,7 121,2 -33,0 35,3 -35,4

Transferencias Corrientes 47,8 1,7 43,1 1,7 61,2 1,7 97,3 3,9 130,8 6,1 -9,8 41,9 59,0 34,4

Transferencias de Capital 200,0 7,3 527,0 20,7 800,0 22,3 - 0,0 - 0,0 163,5 51,8 -100,0 -

Cuentas Especiales 834,1 30,3 - 0,0 936,0 26,1 460,9 18,3 25,0 1,2 -100,0 - -50,8 -94,6

TOTAL 2.756,4 100,0 2.548,2 100,0 3.583,2 100,0 2.521,9 100,0 2.129,3 100,0 -7,6 40,6 -29,6 -15,6

Fuente: STAP con información de *Ejecución Presupuestaria años 2016-2018 **Ejecución Presupuestaria al 30 de setiembre 2019

***Presupuesto Ordinario 2020.

Con respecto al cuadro anterior, se puede observar como la institución ha presentado, salvo en el 2018, una disminución del 15,6% en comparación con el 2019 en los montos presupuestados, teniéndose que para el 2020 esta reducción de recursos responde a que no se estará presupuestando la totalidad de los montos de la transferencia de la Junta Administrativa del Registro Nacional, ni sumas por concepto de superávit. La partida que presenta el mayor cambio corresponde a Cuentas Especiales, seguida de Materiales y Suministros con 52,9% y Bienes Duraderos con 35,4%. Al igual que años anteriores, el Tribunal Registral Administrativo no incluye egresos para el SINART debido a que dicha institución no pauta para información y propaganda, toda vez que sus

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publicaciones corresponden a los comunicados oficiales y de contratación en el Diario Oficial La Gaceta. Por otro lado, la institución ha presentado porcentajes de ejecución presupuestarios altos, teniéndose que en la partida de Remuneraciones, es la que muestra la mayor ejecución (99,3%), para el año 2019 se tiene proyectada una ejecución del 79,5% indicándose que desde el 24 de agosto del 2019, y a la fecha, no se han pagado salarios de jueces, dado que los mismos no han sido nombrados por la Asamblea Legislativa, y no se ha podido realizar el nombramiento en plazas vacantes, dado que el Órgano Colegiado, antes de terminado su periodo, no dejó delegada esta función en la Dirección Administrativa. En el caso de Servicios, la cual tuvo una ejecución presupuestaria del 85,6% en el año 2018, se indica que la institución realizó el traslado de sus instalaciones, al edificio actual el cual es propiedad del TRA, teniéndose una afectación en los montos de gastos públicos, mientras que para el tercer trimestre del 2019 se tiene una ejecución del 50,1% indicándose que muchos de los servicios fueron presupuestados sin conocer el comportamiento histórico de los mismos, dado que el 2019 es el primer año en el nuevo edificio, además, de señalar algunos gastos, como por ejemplo mantenimiento y reparación, que están programados para el cuarto trimestre del 2019. Materiales y Suministros históricamente ha presentado ejecuciones bajas, pero la misma siempre representa menos del 1% de los presupuestos totales, se indica que la baja ejecución se debe, desde el 2018, a políticas de disminución y uso eficiente de los recursos, como es la promoción del uso de firma digital. 1.4 Empleo y Salarios El Tribunal cuenta actualmente con 34 puestos autorizados por cargos fijos, según lo indicado en el Acuerdo N° 12377 tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Extraordinaria No. 02-2019, comunicado a la institución mediante el oficio STAP-0551-2019. Sin embargo, en la relación de puestos se contemplan 35 plazas, por cuanto incorpora un puesto de que fue trasladado mediante Resolución Administrativa RMJP-340-05-2019 entre la Junta Administrativa del Registro Nacional y el Tribunal Registral Administrativo, ambas entidades adscritas al Ministerio de Justicia y Paz, en donde se incorpora una plaza de Asesor Legal. Por otra parte, mediante Acuerdo 12485, tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Ordinaria No. 08-2019, celebrada el día 27 de agosto de 2019, se aprueba la valoración de la clase Profesional en Gestión Humana, la cual está homologada con la clase Psicólogo del Poder Judicial, esta clase se encuentra en la relación de puestos para el 2020. Se indica que los salarios del personal del Tribunal Registral Administrativo son homologados a las clases del Poder Judicial, con fundamento en lo establecido en el artículo 20 de la Ley No. 8039 (Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual) que señala

“…La retribución a los integrantes del Tribunal deberá ser equivalente al sueldo de los miembros de los tribunales superiores del Poder Judicial; la del resto del personal deberá equipararse, según el caso, a la de los cargos afines del personal de los órganos del Poder Judicial donde se desempeñen cargos

iguales o similares”.

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En relación al puesto de Auditor Interno del Tribunal, se rige por la Ley de Control Interno y se hace la estimación con base en las remuneraciones que le aplican a la Administración Central, dicho puesto es valorado por la Autoridad Presupuestaria. Asimismo, se indica que para la proyección de salarios del 2020, se considera un posible aumento de ¢7.000,0 en el primer semestre y ¢6.000 colones en el segundo semenestre en las bases, indicándose que los aumentos del Poder Judicial históricamente no han sido en igual medida que los propuestos por la Administración Central. Por otro lado, en cuanto al reconocimiento del índice de competitividad salarial, mediante oficio STAP-1610-19 del 12 de setiembre del 2019, se da respuesta al oficio TRA-DA-194-2019, donde se solicita el reconocimiento del aumento del índice de competitividad salarial del I semestre del 2019, se le indica a la institución que dado que es un rubro porcentual, nuestra Unidad de Asuntos Jurídicos señalaba que el TRA tenía la posibilidad de realizar la consulta al Ministerio de Planificación y Política Económica, quien tiene la competencia sobre esa materia, tal y como lo establece la Ley N°9635, o por estarse ante un asunto de interpretación legal, someter la consulta a conocimiento de la Procuraduría General de la República, para que el órgano superior consultivo, técnico-jurídico de la Administración Pública, en el uso de sus facultades, emita criterio sobre el particular, por lo que esta Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria se encuentra a la espera de la consulta indicada, para actuar según corresponda. En su justificación de gastos, específicamente en lo correspondiente a Incentivos Salariales, la institución presupuesta la suma de ¢765,4 millones, destinados al pago de los siguientes rubros:

Retribución de años servidos.

Prohibición del ejercicio liberal de la profesión.

Dedicación Exclusiva a profesionales.

Salario escolar.

Decimotercer mes.

Carrera Profesional.

Reconocimiento “Compensación por recargo de trabajo conocido como Laudo Arbitral”.

Responsabilidad de la Función Jurisdiccional.

Índice de competitividad salarial. La institución no cuenta con ningún salario superior a los ¢4,0 millones. Sin embargo, la entidad debe tener presente lo dispuesto en el Transitorio XXXV, de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, 9635. 1.5 Vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2022 El Tribunal Registral Administrativo (TRA), no cuenta con acciones estratégicas vinculadas con el Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública (PNDID) 2019-2022. Sin embargo, indica que en los diferentes instrumentos de planificación que han establecido, se vincularon con este instrumento de planificación nacional y con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

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El TRA establece acciones que lo vinculan al fortalecimiento de la seguridad jurídica del país, señalando que el Tribunal, en sesión ordinaria No. 20-2018 del 31 de mayo del 2018, revisó el marco estratégico de la institución, definiendo las siguientes prioridades institucionales:

Resolver los recursos interpuestos por los usuarios en contra de los actos finales emitidos

por los Registros que conforman el Registro Nacional con transparencia, celeridad y calidad.

Fortalecer el sistema registral patrimonial a nivel nacional, a través de la generación de

líneas jurídicas claras y sólidas, que contribuyan a la seguridad jurídica registral para el

desarrollo económico del país.

Desarrollar y participar en foros de discusión nacional e internacional para conocer, analizar

e impactar en materia registral patrimonial.

Fortalecer la gestión institucional para el desarrollo de las actividades logísticas y

sustantivas.

Asimismo, establece los siguientes objetivos estratégicos:

Optimizar los procesos en la resolución de expedientes ingresados al Tribunal Registral Administrativo de los Registros.

Contribuir en el fortalecimiento del sistema registral patrimonial del país, a través de sus resoluciones.

Fortalecer la gestión institucional con acciones y proyectos de desarrollo. En concordancia con lo anterior, la institución ha establecido los siguientes indicadores:

Porcentaje de resoluciones de los recursos de apelación interpuestos respecto del total de recurso interpuestos.

Porcentaje del plazo de revisión y firma de las resoluciones emitas por el Órgano Colegiado. Porcentaje de generación de política institucional y administrativa y sustantiva para

gestionar el desarrollo institucional. Porcentaje de foros participados y organizados por el TRA. Disminución del plazo de admisibilidad del expediente Plazo de redacción de votos emitidos. Publicación de votos comunicados a las partes en sitio web Atención de consultas y peticiones de usuarios. Impacto de resoluciones ante los usuarios Medición de indicador de resoluciones revocadas en Sede Judicial

Capítulo II: Verificación del cumplimiento de las Directrices, los procedimientos y demás normativa vigente La institución presenta el oficio TRA-DA-210-2019 del 12 de septiembre del 2019, firmado digitalmente por el Director Administrativo, presentando el Presupuesto Ordinario 2019 por la suma de ¢2.129,2 millones, el cual fue aprobado por el Tribunal Registral Administrativo en el capítulo sexto, artículo sexto, del Acta de la Sesión Ordinaria Nº29-2019, celebrada el 16 de agosto del 2019. Además, en el mismo oficio del TRA, se hace entrega del Plan Operativo Institucional para el

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2020, el cual fue aprobado por el Tribunal en el capítulo sexto, artículo noveno, del Acta de la Sesión Ordinaria Nº23-2019, celebrada el 04 de julio del 2019. El TRA no incluye todo el monto de la transferencia de la Junta Administrativa del Registro Nacional, para el 2020, haciendo la entidad la salvedad que no se presupuesta el 100% del monto señalado. Mediante oficio STAP-1845-2019, del 16 de octubre del 2019, se le comunica a la Contraloría General de la República que el TRA cumple con la aplicación de la regla fiscal al gasto corriente contemplado en el presupuesto ordinario 2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Título IV de la Ley No. 9635, de la siguiente forma:

Tribunal Registral Administrativo Cumplimiento de la Regla Fiscal Presupuesto Ordinario 2020

Gasto corriente Presupuesto

Ordinario

Tasa de

Crecimiento

2019 2020

1.940,33 2.026,32 4,43%

El Tribunal, no incorpora recursos en las subpartidas de “Publicidad y propaganda”, para pautar con el Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART), debido a que sus publicaciones corresponden a los comunicados oficiales y de contratación en el Diario Oficial La Gaceta y se anexa dictamen de la Contraloría General de la República.

El TRA incorpora en el Presupuesto Ordinario 2020 el pago de 35 plazas, en el cual incluye la plaza que se trasladó de la Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante resolución RMJP-340-05-2019, firmada el 03 de junio del 2019 por la Presidenta de la Junta Administrativa del Registro Nacional, quien preside por ser Ministra de Justicia y Paz, además, de la Presidenta del Tribunal Registral Administrativo y la funcionaria, la cual conoce y acepta expresamente el traslado indicado. Se verificó que el Tribunal cumple con el envío de las ejecuciones presupuestarias, el nivel de empleo al tercer trimestre de 2019, así como de los informes de conciliaciones, flujo de caja del mes de octubre y su inclusión en el Sistema de Consolidación de Cifras del Sector Público Costarricense (SICCNET). Incumple con la remisión de la relación de puestos del II semestre 2019. Dado que los puestos del Tribunal son homologados con los del Poder Judicial, solamente se realiza la clasificación y valoración del puesto de fiscalización superior, valorado por la AP, el cual se ajusta a lo autorizado por ese Órgano Colegiado, al primer semestre 2019.

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Capítulo III: Disposiciones

La institución deberá remitir la relación de puestos del II semestre 2019, para lo cual tiene un plazo de 10 días hábiles después de recibido este informe, para atender las disposiciones señaladas, y cuando corresponda, informar las acciones correctivas que tomará y las fechas estimadas para su realización.

De igual manera el TRA debe tener presente lo dispuesto en el la entidad debe tener presente lo dispuesto en el Transitorio XXXV, de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, 9635.

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Bibliografía

Tribunal Registral Administrativo. Presupuesto Ordinario para el período 2020.

Tribunal Registral Administrativo. Ejecución Presupuestaria al mes de septiembre del 2019.

Tribunal Registral Administrativo. Liquidaciones presupuestarias a diciembre de los años

2016, 2017, 2018 y 2019.

Presidencia de la República, Directrices Generales de Política Presupuestaria, Empleo,

Salarial, Inversión y Endeudamiento del año 2020. San José, CR.

Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (2014). Plan Nacional de

Desarrollo e Inversión Pública 2019-2022. San José, CR.

Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (N°9635), publicada en el diario oficial La Gaceta N°225 del 04 de diciembre de 2018.

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Elaborado por: Julián Arias Varela Analista

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

Revisado por: Yancy Víctor Arrieta Jefa Sectorial

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria