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LOS PARTIDOS POLÍTICOS COMO SUJETOS OBLIGADOS
EN EL ÁMBITO LOCAL
21 DE NOVIEMBRE DE 2014
OSCAR MAURICIO GUERRA FORD
TRANSPARENCIA, PARTIDOS POLÍTICOS Y DEMOCRACIA
PRESENTACIÓN
Las recientes reformas constitucionales en materia electoral y de transparencia
y acceso a la información, así como sus respectivas leyes reglamentarias,
obligan a los partidos políticos a transparentar su gestión, ya sea a través de la
publicación de obligaciones de transparencia o con la apertura de sus archivos
públicos a la sociedad.
Hasta ahora, el marco normativo en materia de transparencia de partidos ha
evolucionado de manera heterogénea en todo el país, lo cual no favorece la
rendición de cuentas en estas instituciones políticas, que reflejan un bajo nivel
del ejercicio del derecho de acceso a la información.
Hacia el futuro, en su condición de sujetos obligados, los partidos tendrán que
cumplir con una serie de obligaciones establecidas en las leyes generales de
transparencia y de partidos políticos, y en los reglamentos que se deriven de
éstas. La apertura de la información, sin embargo, debe verse como una
oportunidad para acercarse a la sociedad y recuperar su confianza.
2
3
PERCEPCIÓN DE LA SOCIEDAD SOBRE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
¿Qué tanto influyen en la vida política de México los partidos
políticos?
71.2
22.8
4.4 1.3 0.3
Porcentaje
Mucho
Poco
Nada
No sabe
No contesta
La mayor parte de la sociedad
cree que los partidos políticos
influyen mucho en la vida
política del país
Datos de la Quinta Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Prácticas Ciudadanas (ENCUP)
4
En una escala de calificación de 0 a 10 donde 0 es nada y 10 es
mucho, por favor dígame ¿Qué tanto confía en…?
5.9 6.0
4.5
5.6 5.6
4.4
6.4 6.3
4.4
5.4
5.7
4.3
2003 2005 2012
Sindicatos
Partidos Políticos
Diputados y senadores *
Policía
* En 2003 y 2005 la pregunta se refería al “Congreso”, en lugar de “Diputados y senadores”.
Los partidos políticos
tienen un bajo índice
de confianza de la
sociedad: bajaron de
5.6 a 4.4
PERCEPCIÓN DE LA SOCIEDAD SOBRE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
5
En su opinión, al elaborar las leyes, ¿qué es lo que más toman en
cuenta los diputados?
-
10.0
20.0
30.0
40.0
Losintereses
de lapoblación
Losintereses
de suspartidos
Losintereses
delPresidente
Suspropios
intereses
Todas Ninguna Losintereses
de lasempresas
Losintereses
de la clasealta
Nocontesta
14.2
36.4
13.6
30.7
3.4 1.1 0.1 0.0 0.6
Porcentaje
Más de la tercera parte de las
personas piensan que los
diputados defienden los
intereses de sus partidos al
elaborar las leyes
PERCEPCIÓN DE LA SOCIEDAD SOBRE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
6
¿Qué tan necesarios son los partidos políticos para que el país
mejore?
14.0
50.3
27.6
6.9 1.1 0.1
Porcentaje
Muy necesarios
Necesarios
Poco necesarios
Nada necesarios
No sé
No contesta
No obstante, el 64.3% de las
personas piensan que los
partidos políticos son muy
necesarios o necesarios para
que el país mejore
PERCEPCIÓN DE LA SOCIEDAD SOBRE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
7
¿Usted es o ha sido miembro de
algún partido político?
7%
93%
Sí
No
Para resolver un problema que
afecta a usted y a otras personas,
¿alguna vez ha tratado de Solicitar
apoyo a un partido político
14.0
86.0
Porcentaje
Sí
No
PERCEPCIÓN DE LA SOCIEDAD SOBRE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
8
ACTUALIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
Condición de los partidos políticos como sujetos obligados:
Directos: Se puede solicitar información directamente en los
partidos políticos.
Indirectos: Se puede solicitar información de los partidos
políticos únicamente a través de los institutos electorales.
No sujetos obligados: Aun cuando las leyes señalan que las
entidades que reciban financiamiento público son sujetos
obligados, la única información disponible de los partidos
políticos es la de los informes que rinden sobre el uso y
destino de los recursos a los institutos electorales. Esta
información es presentada de oficio por dichos institutos, pero
no se puede hacer una consulta respecto de otro tipo de
información distinta a la publicada.
9
ACTUALIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
En 19 entidades federativas (59%), la legislación
señala como sujetos obligados directos a los partidos
políticos, lo que implica que deben cumplir con las
obligaciones que marca la ley, al igual que cualquier
otro sujeto obligado.
En 19 Entidades son considerados como sujetos obligados directos: Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Colima, DF, Durango, Jalisco, Michoacán, Morelos, Puebla,
Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
En 9 entidades y en la Federación los partidos políticos son sujetos obligados indirectos: Aguascalientes, Baja California, Campeche, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Edo. México, Nayarit y Nuevo
León y la federación
En 4 estados de la república, NO se puede solicitar información a los partidos políticos Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas.
Un caso excepcional es Yucatán
donde si bien su ley no los señala
como sujetos obligados directos, sí
es posible presentar solicitudes
directamente a los partidos
políticos.
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SOLICITUDES A LOS PARTIDOS POLÍTICOS
ESTADO SIP 2009 SIP 2010 SIP 2011 SIP 2012 SIP 2013 Aguascalientes 89 93 ND ND ND Baja California 30 ND ND ND ND Baja California Sur ND ND ND ND ND Campeche 315 206 ND ND ND Chiapas N/A N/A N/A N/A N/A Chihuahua 66 157 60 109 49 Coahuila 0 ND ND ND ND Colima 1172 ND ND ND ND Distrito Federal 4,208 2,808 1,673 1,570 1,306 Durango ND ND 0 0 0 Guanajuato NA NA N/A ND ND Guerrero ND ND ND ND ND Hidalgo 36 130 ND ND ND Jalisco 13 3 16 ND 3 México 285 202 ND ND ND Michoacán 159 74 265 27 30 Morelos 60 0 55 0 0 Nayarit ND 16 ND ND ND Nuevo León ND ND ND ND ND Oaxaca N/A N/A N/A N/A N/A Puebla N/A N/A N/A 2 12 Querétaro 113 7 0 0 0 Quintana Roo N/A N/A N/A N/A N/A San Luis Potosí 4 1 1 0 0 Sinaloa 2 37 39 34 21 Sonora ND ND ND ND ND Tabasco 23 44 43 42 95 Tlaxcala 70 6 4 0 0 Tamaulipas N/A N/A N/A N/A N/A Veracruz 39 29 59 30 87 Yucatán 34 29 14 45 56 Zacatecas 81 314 39 41 43 Federación 803 705 2,333 1,867 447
Total 7,602 4,861 4,601 3,767 2,149
Sujetos obligados directos
Sujetos obligados indirectos
No son sujetos obligados
Hay pocos datos disponibles
sobre el número de solicitudes
realizadas a los partidos en las
entidades de la República,
pero, en general, son pocas
solicitudes las que reciben
los partidos locales.
La excepción es el DF, aunque
se nota una tendencia a la baja
en el número de solicitudes.
Por su parte, el INE reporta un
incremento importante en 2011
y 2012, por los efectos del año
electoral, pero en 2013 el
número de solicitudes bajó
considerablemente.
11
ESTADÍSTICAS DE PARTIDOS POLÍTICOS
803
705
2333
1867
447
4208
2808
1673 1570 1306
2591
1348
595
330 396
0
500
1000
1500
2000
2500
3000
3500
4000
4500
2009 2010 2011 2012 2013
Federales Distrito Federal Estados
Solicitudes de información a los partidos políticos
12
ESTADÍSTICAS DE PARTIDOS POLÍTICOS
11
34 33
17
38
48
108
75
98
44
0
20
40
60
80
100
120
2009 2010 2011 2012 2013
Distrito Federal Estados
Recursos de revisión interpuestos en contra de
respuestas de partidos políticos
Nota: Solo se encontró información de los recursos de revisión en 11 entidades
federativas. El INE no publica datos desglosados de recursos de revisión interpuestos
contra los partidos políticos nacionales.
13
ÍNDICE DE CUMPLIMIENTO DE PORTALES DE INTERNET
Código Electoral del Distrito Federal (Artículos 82 y 85)
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal (Artículo 222, fracción XXII)
43.4
83.3 92.9
86.6 98.4 98.1 92.8
74.9 82.2 82.8 78.8
86.6 94.6 95.4 97.6 98.9
0.0
20.0
40.0
60.0
80.0
100.0
EvDiag2008
Eval2009
Solven-tación2009
1aEval2010
Solven-tación2010
2aEval2010
EvDiag2011
1aEvDiag2012
2aEvDiag2012
3aEvDiag2012
1aEvDiag2013
2aEval2013
Solven-tación2013
4aEval2013
1a.Solven-tación2014
2aEval2014
Calificaciones portales de
transparencia de partidos
políticos Federales
(INE)
Calificaciones portales de transparencia de partidos políticos en el Distrito Federal
42.4
76.7
87.9
82.87
95.1
0
20
40
60
80
100
2009 2010 2011 2012 2013
14
ÍNDICE DE CUMPLIMIENTO DE PORTALES DE INTERNET
Calificaciones de portales de transparencia de partidos políticos
en otros estados
0.0
50.6
61.6
0.0
99.5
0.0
20.0
40.0
60.0
80.0
100.0
2009 2010 2011 2012 2013
Chihuahua
78.0
68.0
0.0
20.0
40.0
60.0
80.0
100.0
2011 2013
Michoacán
40.1 38.5 35.8
47.7 54.3 64.0
28.7
58.1
0.0
20.0
40.0
60.0
80.0
100.0
2008 2009 2010 2011 Julio 2011 Marzo 2012 Sept. 2012 2013
Zacatecas
15
RESULTADOS MÉTRICA DE LA TRANSPARENCIA 2010
Calificaciones de la dimensión portales de transparencia de los
institutos electorales
-
0.20
0.40
0.60
0.80
1.00
Calificaciones de la dimensión usuario simulado de transparencia de los
institutos electorales
-
0.20
0.40
0.60
0.80
1.00
0.74
Prom.
0.70
Prom.
Desv. Estándar
0.18
Desv. Estándar
0.34
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PARTIDOS POLÍTICOS COMO SUJETOS OBLIGADOS DIRECTOS
Para todos los sujetos obligados directos, es aplicable la Ley de Transparencia de cada
estado.
En Chihuahua, Coahuila, Colima, Distrito Federal, Jalisco, Michoacán, Puebla y Tabasco
se observan las disposiciones tanto de la Ley de Transparencia como de los Códigos
Electorales.
Estado
NORMATIVIDAD
Ley de Transparencia Código Electoral Reglamento
Baja California Sur *
Chihuahua * *
Coahuila * *
Colima * *
DF * *
Durango *
Jalisco * *
Michoacán * *
Morelos *
Puebla * *
Querétaro *
San Luis Potosí * *
Sinaloa *
Sonora *
Tabasco * *
Tlaxcala *
Veracruz *
Yucatán *
Zacatecas * *
En Zacatecas, además,
deben cumplir con lo
dispuesto en el
reglamento que la
legislación obliga a crear
a cada sujeto obligado.
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MEDIO PARA PRESENTAR SIP PP COMO SUJETOS DIRECTOS
Estado (INFOMEX, SAI ) Personalmente Correo electrónico
Baja California Sur * *
Chihuahua * * *
Coahuila * * *
Colima * *
DF * * *
Durango * *
Jalisco * *
Michoacán * *
Morelos * * *
Puebla * *
Querétaro * *
San Luis Potosí * *
Sinaloa * * *
Sonora * *
Tabasco * * *
Tlaxcala *
Veracruz * * *
Yucatán * * *
Zacatecas * * *
Nueve entidades tienen integrados a los partidos políticos (PP) a Infomex u otro sistema electrónico.
En Puebla, San Luis Potosí y Sonora, aunque cuentan con INFOMEX, los partidos no se encuentran incluidos en este sistema.
En Sinaloa, solo el PAN y Movimiento Ciudadano están integrados a Infomex; la información de los demás PP debe realizarse personalmente o por correo electrónico.
En Tlaxcala únicamente pueden presentarse solicitudes personalmente en los PP.
PARTIDOS POLÍTICOS COMO SUJETOS OBLIGADOS DIRECTOS
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PLAZOS DE ACCESO
Estado Prevención Plazo respuesta Ampliación Plazo Máximo Total
Baja California Sur 10 15 15 40
Querétaro 5 15 15 35
Tabasco 5 20 10 35
Coahuila 3 20 10 33
Yucatán 5 10 15 30
Durango 3 15 10 28
Tlaxcala 3 15 10 28
DF 5 10 10 25
Michoacán 5 10 10 25
Veracruz 5 10 10 25
Morelos 3 10 10 23
Puebla 3 10 10 23
San Luis Potosí 3 10 10 23
Zacatecas 3 10 10 23
Chihuahua 5 10 5 20
Colima 3 8 8 19
Sinaloa 3 10 5 18
Sonora N/E 15 N/E 15
Jalisco 2 5 5 12
PROMEDIO 4 12 9 24
El plazo máximo de atención a una solicitud es de 40 días, mientras que el mínimo es de apenas 5 días
PARTIDOS POLÍTICOS COMO SUJETOS OBLIGADOS DIRECTOS
19
PLAZOS DE RESOLUCIÓN DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
Estado Presentación Prevención Resolución Ampliación Plazo
máximo Plazo
específico
Baja California
Sur 10 3 10 10 23 SÍ
Chihuahua 15 2 30 No 35 Sí
Coahuila 20 3 40 40 83 Sí
Colima 15 3 60 0 63 SI
DF 15 3 40 20 63 Sí
Durango 10 3 18 5 26 Sí
Jalisco 10 3 10 No 13 Sí
Michoacán 10 3 28 No 31 No
Morelos 30 3 30 No 33 Sí
Puebla 15 5 21 No 26 No
Querétaro 20 3 20 No 23 No
San Luis Potosí 15 3 30 0 33 Sí
Sinaloa 10 5 20 0 25 Sí
Sonora 15 2 33 No 35 Sí
Tabasco 15 5 30 No 35 Sí
Tlaxcala 15 2 20 0 22 Sí
Veracruz 15 5 30 10 45 Sí
Yucatán 15 5 25 No 30 Sí
Zacatecas 15 3 26 15 44 Sí
Promedio 14 3 27 5 36
Las leyes de Michoacán,
Puebla y Querétaro, no
establecen plazos
específicos para la
resolución; los plazos
que se presentan son
aproximados, dado que
se señalan de manera
general al describir el
procedimiento que debe
llevar a cabo el órgano
garante.
En promedio, la resolución de un recurso en plazo máximo toma 36 días.
El plazo máximo es de
83 días en Coahuila, y el
mínimo es de 13 en
Jalisco.
PARTIDOS POLÍTICOS COMO SUJETOS OBLIGADOS DIRECTOS
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NORMATIVIDAD APLICABLE
Estado
NORMATIVIDAD
Ley de Transparencia Código o Ley Electorales Reglamento o
Lineamientos
Aguascalientes * * *
Baja California * *
Campeche * *
Guanajuato *
Guerrero * * *
Hidalgo * *
Estado de México * *
Nayarit *
Nuevo León * *
Federación * *
• En Aguascalientes y Guerrero, los Partidos Políticos están obligados por la LTAIP, el Código
Electoral y lineamientos específicos.
• En Campeche por la LTAIP y el Código Electoral.
• En 5 estados y la federación están obligados por el Código Electoral y lineamientos específicos.
• En Guanajuato solo observan las disposiciones del Código Electoral y en Nayarit únicamente las
disposiciones de la LTAIP.
PARTIDOS POLÍTICOS COMO SUJETOS OBLIGADOS INDIRECTOS
21
PARTIDOS POLÍTICOS COMO SUJETOS OBLIGADOS INDIRECTOS
Medios para presentar solicitudes de información en
Partidos Políticos
Estado (INFOMEX, SICOSIEM,
SEICOTAIPEC) Personalmente Correo electrónico
Aguascalientes * * *
Baja California * *
Campeche * * *
Guanajuato * *
Guerrero * *
Hidalgo * * *
Estado de México * * *
Nayarit * * *
Nuevo León * *
Federación * * *
Cinco estados y la federación cuentan con tres medios posibles para presentar solicitudes. En Guanajuato puede hacerse por INFOMEX y personalmente.
En los tres restantes, la presentación de solicitudes solo es posible de manera personal o por correo electrónico.
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Estado Quién resuelve Plazo de atención a Recursos de Revisión
Fuente IEE Órgano Garante
Plazo presentación
Prevención Plazo
resolución Plazo
específico Ampliación
Plazo Máximo
Aguascalientes * 2 NO 5 SÍ NO 5
Reglamento de transparencia del Instituto Electoral del Estado de Aguascalientes
Baja California * 10 NO 39 NO NO 39
Reglamento para el acceso a la información pública del Instituto Estatal del Estado de Baja California
Campeche * 15 5 38 NO NO 43 Ley de Transparencia Guanajuato * 15 5 18 NO NO 23 Ley de Transparencia
Guerrero * 10 5 45 SÍ 15 65 Ley de Transparencia
Hidalgo * 10 5 30 SÍ 10 45 Ley de Transparencia Estado de México * 15 NO 30 SÍ NO 30 Ley de Transparencia Nayarit * 10 5 60 SÍ NE 65 Ley de Transparencia Nuevo León * 10 5 28 NO 5 38 Ley de Transparencia
Federación * 15 NE 20 SI 20 40
Reglamento del Instituto Federal Electoral en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Promedio 9 3 25 32
• El plazo máximo para dictar una resolución es en Guerrero (65 días), mientras que Aguascalientes tiene el plazo más corto, de cinco días.
• La legislación de los estados de Baja California, Campeche y Guanajuato no establecen plazos específicos para la resolución.
PARTIDOS POLÍTICOS COMO SUJETOS OBLIGADOS INDIRECTOS
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LOS PARTIDOS POLÍTICOS DESPUÉS DE LAS REFORMAS
Todos los partidos políticos, federales y locales, son sujetos obligados en
materia de transparencia y datos personales a la siguiente normatividad:
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Ley General de Protección de Datos Personales
Los partidos tendrán que acatar todo el contenido de esta ley, igual que las instituciones públicas, para brindar el servicio de información (obligaciones de transparencia y respuestas a solicitudes). Además, deberán observar los procedimientos para reservar la información, atender las solicitudes en tiempo y forma, cumplir con los informes de ley, promover la cultura de transparencia, entre otras cosas.
La protección de los datos personales y la garantía de los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales) serán tareas que deberán realizar los partidos, conforme lo señala el texto de esta Ley General. Asimismo, los procedimientos y las normas de esta legislación aplican para estas instituciones políticas.
24
LOS PARTIDOS POLÍTICOS DESPUÉS DE LAS REFORMAS
Los partidos políticos son sujetos obligados en materia de transparencia a
la siguiente normatividad:
Ley General de Partidos Políticos (Título Segundo, Capítulo IV, artículos
27 al 33)
Reglamento del INE en materia de Transparencia y Acceso a la
información Pública (Título Noveno, Capítulos I al IV, artículos 64 al 72)
El contenido de estos artículos se refiere a la manera de ejercer el derecho de acceso a la información en los partidos; a la protección de los datos y la práctica de los derechos ARCO; a la información pública que debe ser publicada en los portales de internet; a la información reservada; y a las sanciones por incumplimientos.
Todo el Título Noveno de este Reglamento está dedicado a la transparencia de los partidos políticos nacionales. En él se determina, de manera más explícita, las obligaciones de oficio para su publicación en los portales de internet, los procedimientos para acceder a la información, las obligaciones y responsabilidades, entre otras cosas. Además, el artículo 72 tiene algunas especificaciones para el manejo de los archivos.
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LOS PARTIDOS POLÍTICOS DESPUÉS DE LAS REFORMAS
Ley General de Partidos
Políticos
Reglamento del INE en materia
de Transparencia y Acceso a la
información Pública
• Órganos garantes: IFAI a nivel federal e instituciones de transparencia a nivel local
• Disposiciones para el ejercicio del derecho de acceso a la información
• Determinaciones para la protección de los datos y la garantía de los derechos ARCO
• Obligaciones de transparencia (información que debe ser publicada internet)
• Regulaciones para la reserva de información
• Informes de ley
• Sanciones por incumplimiento
• Mandatos para el manejo de los archivos
Ley General de
Transparencia y Acceso a la
Información Pública
Ley General de Protección de
Datos Personales
Aunque son distintas normas, prácticamente contendrán las mismas
obligaciones; será necesario vincularlas y armonizarlas
Contenido de las normas:
Leyes locales de transparencia
y de protección de datos
CONCLUSIONES
Los partidos políticos desempeñan un papel protagónico en la vida pública
de nuestro país, aunque es en el ámbito local donde tienen mayor contacto
con la ciudadanía y su labor incide de manera más directa en las
comunidades.
Desafortunadamente, la confianza de la sociedad en ellos ha decaído
notablemente, hasta encontrarse en los últimos lugares de credibilidad. En
ese sentido, la apertura de su información coadyuvará a la recuperación de
la imagen y a entablar una mayor comunicación con los ciudadanos.
Con la información de sus plataformas políticas, proyectos de trabajo, de la
manera en que desarrollan sus actividades y del ejercicio de los recursos
públicos que les son otorgados, la población podrá valorar su desempeño y
la integridad de sus dirigentes y candidatos a puestos de elección popular;
esto le permitirá emitir un voto razonado y le dará elementos para exigir el
cumplimiento de los proyectos políticos. 26
¡MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN!
MTRO. OSCAR M. GUERRA FORD
INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS Insurgentes Sur No. 3211 Col. Insurgentes Cuicuilco,
Delegación Coyoacán, C.P. 04530, México, D.F.
TEL. (55) 5004 2400 01 800 835 4324 01 800 te l i fa i
Twitter: @oscarguerraford Correo electrónico: [email protected]