transbordo

21
REGIMEN ADUANERO REGIMEN ADUANERO DE TRANSBORDO” DE TRANSBORDO” Lic. Adm. Lic. Adm. SERGIO ALONZO LOPEZ SERGIO ALONZO LOPEZ Especialista en Aduanas III Especialista en Aduanas III

Upload: api-3695685

Post on 07-Jun-2015

4.528 views

Category:

Documents


4 download

TRANSCRIPT

Page 1: transbordo

““REGIMEN REGIMEN ADUANERO DE ADUANERO DE TRANSBORDO”TRANSBORDO”

Lic. Adm.Lic. Adm. SERGIO ALONZO LOPEZ SERGIO ALONZO LOPEZ

Especialista en Aduanas IIIEspecialista en Aduanas III

Page 2: transbordo

INTRODUCCIONINTRODUCCION

La función principal de una aduana moderna debe ser La función principal de una aduana moderna debe ser la de facilitar el comercio exterior, Recaudar la de facilitar el comercio exterior, Recaudar

oportunamente los tributos y prevenir y reprimir los oportunamente los tributos y prevenir y reprimir los delitos tributarios. Es por ello que la actual LEY delitos tributarios. Es por ello que la actual LEY

GENERAL DE ADUANAS, GENERAL DE ADUANAS, creada porcreada por Decreto Legislativo Decreto Legislativo N° 809, cuyo Texto N° 809, cuyo Texto UUnico Ordenado nico Ordenado fue fue aprobado aprobado

mediante D. S. Nº 129-2004-EFmediante D. S. Nº 129-2004-EF,, en cumplimiento en cumplimiento al al Artículo 68º del Decreto Legislativo Nº 951,Artículo 68º del Decreto Legislativo Nº 951,así comoasí como su Reglamento aprobado por D. S. N° 011-2005-EF, su Reglamento aprobado por D. S. N° 011-2005-EF,

señala de modo expreso las obligaciones y señala de modo expreso las obligaciones y responsabilidades de los operadores del comercio responsabilidades de los operadores del comercio

exterior y establece los fines, principios y facultades exterior y establece los fines, principios y facultades para normar, interpretar, y fiscalizar las actividades para normar, interpretar, y fiscalizar las actividades

vinculadas con el movimiento de personas, vinculadas con el movimiento de personas, mercancías y medios de transporte que crucen las mercancías y medios de transporte que crucen las fronteras aduanerasfronteras aduaneras. Entre éstas se encuentra el . Entre éstas se encuentra el

Régimen Aduanero de Transbordo.Régimen Aduanero de Transbordo.

Page 3: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO

DEFINICION

El Transbordo es el régimen aduanero por el cual, bajo control

de la SUNAT, se efectúa la transferencia de mercancías manifestadas con destino al

extranjero, del medio de transporte utilizado para la llegada a otro a

utilizarse para su salida..

Page 4: transbordo

BASE LEGALBASE LEGAL

Ley General de Aduanas, D. Leg. No. Ley General de Aduanas, D. Leg. No. 809 del 19.04.96809 del 19.04.96Art. 59º del TUO D. S. 129-2004-EF.Art. 59º del TUO D. S. 129-2004-EF.

Reglamento de la Ley General de Reglamento de la Ley General de Aduanas D.S. No. 011-2005-EF del Aduanas D.S. No. 011-2005-EF del 24/01/2005.24/01/2005.Artículos 93º y 94ºArtículos 93º y 94º

Tabla de Sanciones a las Infracciones Tabla de Sanciones a las Infracciones a L.G.A. D.S. No. 013-2005-EF.a L.G.A. D.S. No. 013-2005-EF.

Procedimiento General del Régimen de Procedimiento General del Régimen de Transbordo INTA-PG.11 aprobado por Transbordo INTA-PG.11 aprobado por Resolución Nº 000499 del 25.10.2004Resolución Nº 000499 del 25.10.2004

Page 5: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO CARACTERISTICAS DEL REGIMENCARACTERISTICAS DEL REGIMEN Estar manifestado al exteriorEstar manifestado al exterior Es solicitado vía electrónica por el transportista, Es solicitado vía electrónica por el transportista,

agentes de aduana o los agentes de carga internacional, agentes de aduana o los agentes de carga internacional, cuando actúa en representación del transportista. A cuando actúa en representación del transportista. A todos se le denomina declarante. todos se le denomina declarante.

Tipo de DespachoTipo de DespachoNormalNormalAnticipadoAnticipado

No están sujetas a reconocimiento físico, con ciertas No están sujetas a reconocimiento físico, con ciertas excepcionesexcepciones

En caso de la Aduana Marítima y Aérea del Callao, el En caso de la Aduana Marítima y Aérea del Callao, el control de embarque se efectúa en forma aleatoria o control de embarque se efectúa en forma aleatoria o selectiva, y puede ser:selectiva, y puede ser:

Sin Control de EmbarqueSin Control de Embarque Con control de EmbarqueCon control de Embarque

Page 6: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO

SOLICITUD DEL REGIMEN SOLICITUD DEL REGIMEN Despacho NormalDespacho Normal : : dentro de los 30 días dentro de los 30 días

computados a partir del día siguiente al computados a partir del día siguiente al término de la descarga. Transcurrido el plazo, término de la descarga. Transcurrido el plazo, la mercancía cae en abandono legal y solo la mercancía cae en abandono legal y solo puede ser destina a importación definitiva puede ser destina a importación definitiva hasta antes de su remate o adjudicación.hasta antes de su remate o adjudicación.

Antes de la llegada de la naveAntes de la llegada de la nave. . Sujetos a Sujetos a control de embarque. Se incluyen aquí: control de embarque. Se incluyen aquí: traslado entre la Aduana Marítima y la Aérea, y traslado entre la Aduana Marítima y la Aérea, y las sometidas a operaciones descrita en el las sometidas a operaciones descrita en el numeral 11.numeral 11.

Page 7: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO

Numeral 11-VI. Normas Generales.-Numeral 11-VI. Normas Generales.- El traslado El traslado de mercancías de un terminal a otro, trasiego, de mercancías de un terminal a otro, trasiego, llenado de contenedores, así como la llenado de contenedores, así como la consolidación de bultos sueltos para su consolidación de bultos sueltos para su embarque, se solicita mediante transmisión embarque, se solicita mediante transmisión electrónica de acuerdo a lo dispuesto en los electrónica de acuerdo a lo dispuesto en los literales B.3 ó B.4. del rubro VII del INTA PG.11. literales B.3 ó B.4. del rubro VII del INTA PG.11. Estas operaciones se realizan en presencia del Estas operaciones se realizan en presencia del Oficial de Aduanas y el declarante para el Oficial de Aduanas y el declarante para el control y precintado respectivo, ingresando el control y precintado respectivo, ingresando el oficial de aduanas dicha información al SIGAD. oficial de aduanas dicha información al SIGAD. De detectarse bultos sueltos o en mal estado al De detectarse bultos sueltos o en mal estado al momento del llenado del contenedor, se momento del llenado del contenedor, se dispone el reconocimiento físico de las dispone el reconocimiento físico de las mercancías.mercancías.

Page 8: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO

MODALIDADES DEL TRANSBORDOMODALIDADES DEL TRANSBORDO TRANSBORDO DIRECTO: TRANSBORDO DIRECTO: De Nave a Nave.De Nave a Nave.

TRANSBORDO CON DESCARGA A TIERRA:TRANSBORDO CON DESCARGA A TIERRA: Descarga a tierra, Descarga a tierra, Transbordo a otra nave de salidaTransbordo a otra nave de salida

TRANSBORDO DE MERCANCIAS CON INGRESO A TRANSBORDO DE MERCANCIAS CON INGRESO A UN TERMINAL DE ALMACENAMIENTO: UN TERMINAL DE ALMACENAMIENTO:

Almacenamiento provisional en TerminalAlmacenamiento provisional en Terminal Transbordo a nave de salida.Transbordo a nave de salida.

Page 9: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO Numeración y autorización del régimen:Numeración y autorización del régimen:

Declarante transmite vía electrónica la información.Declarante transmite vía electrónica la información. SIGAD, genera el número de la solicitud, o la rechaza.SIGAD, genera el número de la solicitud, o la rechaza. Numerada la solicitud, el SIGAD data automáticamente el m/carga.Numerada la solicitud, el SIGAD data automáticamente el m/carga. En el caso de numeración antes llegada nave, la data se efectúa al En el caso de numeración antes llegada nave, la data se efectúa al

momento del refrendo p/determinación modalidad control embarque.momento del refrendo p/determinación modalidad control embarque. Para la autorización del régimen y la emisión de la GED, la solicitud es Para la autorización del régimen y la emisión de la GED, la solicitud es

presentada ante el área encargada, entregando los sgtes dctos:presentada ante el área encargada, entregando los sgtes dctos: a. Copia de manifiesto de Cargaa. Copia de manifiesto de Carga b. Copia del dcto de transporte y/o volante de despacho, c/ b. Copia del dcto de transporte y/o volante de despacho, c/

corresponda. corresponda. El personal designado verifica la información registrada en el SIGAD y El personal designado verifica la información registrada en el SIGAD y

que corresponda a los documentos presentados con lo cual se autoriza que corresponda a los documentos presentados con lo cual se autoriza el transbordo por un plazo de 30 días, computados a partir de la fecha el transbordo por un plazo de 30 días, computados a partir de la fecha de numeración de la solicitud, registrándolo en el SIGADde numeración de la solicitud, registrándolo en el SIGAD

El sistema determina mediante el refrendo, si la solicitud esta sujeta o El sistema determina mediante el refrendo, si la solicitud esta sujeta o no al control de embarque. Se remite a la Oficina de Oficiales o se le no al control de embarque. Se remite a la Oficina de Oficiales o se le entrega los documentos al declarante para el embarque respectivo.entrega los documentos al declarante para el embarque respectivo.

La presentación de solicitudes fuera del horario normal es atendida por La presentación de solicitudes fuera del horario normal es atendida por la Oficina de Oficiales.la Oficina de Oficiales.

Page 10: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO

La selección de control de embarque es comunicada al La selección de control de embarque es comunicada al declarante, con la autorización de la solicitud y luego publicada declarante, con la autorización de la solicitud y luego publicada en el portal de la SUNATen el portal de la SUNAT

Antes de la llegada de la nave, las s/t con las modalidades 1 y 2 Antes de la llegada de la nave, las s/t con las modalidades 1 y 2 pueden ser numerados con el manifiesto de carga provisional, pueden ser numerados con el manifiesto de carga provisional, siendo seleccionadas directamente a control de embarque.siendo seleccionadas directamente a control de embarque.

El Oficial de Aduanas realiza el control de embarque y diligencia El Oficial de Aduanas realiza el control de embarque y diligencia el casillero 13, recabando constancia de la conformidad de el casillero 13, recabando constancia de la conformidad de recepción del responsable del vehículo transportador o su recepción del responsable del vehículo transportador o su representante en el casillero 12, e ingresa la información al representante en el casillero 12, e ingresa la información al SIGAD, con lo que queda concluido y regularizado el transbordo.SIGAD, con lo que queda concluido y regularizado el transbordo.

En aquellos casos que el Oficial detecte discrepancia del número En aquellos casos que el Oficial detecte discrepancia del número de bultos entre lo consignado en el manifiesto y la solicitud de de bultos entre lo consignado en el manifiesto y la solicitud de transbordo, procede a la rectificación de la solicitud, prosiguiendo transbordo, procede a la rectificación de la solicitud, prosiguiendo con el trámite, luego elabora un informe con la incidenciacon el trámite, luego elabora un informe con la incidencia detectada y enviado a la División de Manifiestos, para la detectada y enviado a la División de Manifiestos, para la rectificación y sanción a lugarrectificación y sanción a lugar..

Page 11: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO

SOLICITUDES NO SUJETAS A CONTROL DE EMBARQUE SOLICITUDES NO SUJETAS A CONTROL DE EMBARQUE El declarante es responsable del embarque de las mercancías dentro El declarante es responsable del embarque de las mercancías dentro

del plazo y de recabar el llenado del casillero 12, debiendo indicarse la del plazo y de recabar el llenado del casillero 12, debiendo indicarse la cantidad de bultos o contenedores recibidos.cantidad de bultos o contenedores recibidos.

A partir de la fecha del último embarque y dentro de los 02 días A partir de la fecha del último embarque y dentro de los 02 días hábiles siguientes, el declarante consigna en el casillero 13: la fecha y hábiles siguientes, el declarante consigna en el casillero 13: la fecha y hora del término del embarque, cantidad de bultos o contenedores hora del término del embarque, cantidad de bultos o contenedores embarcados, debiendo transmitir la inform al SIGAD. En caso de embarcados, debiendo transmitir la inform al SIGAD. En caso de incumplimiento sanción: Art. 103º inc d) num 1 TOULGAincumplimiento sanción: Art. 103º inc d) num 1 TOULGA

En el caso de contenedores, adicionalmente transmite numero, En el caso de contenedores, adicionalmente transmite numero, marcas, precintos que los identifique.marcas, precintos que los identifique.

Cuando se embarcan parciales se debe esperar el embarque total, Cuando se embarcan parciales se debe esperar el embarque total, dentro del plazo autorizado. Para ello se crea una cta cte/ SIGAD.dentro del plazo autorizado. Para ello se crea una cta cte/ SIGAD.

El Transportista o Agente Carga Internacional presenta todas las El Transportista o Agente Carga Internacional presenta todas las constancias que acreditan el embarque. El agente aduana, entrega constancias que acreditan el embarque. El agente aduana, entrega copia de la solicitud manteniendo el original en su poder. Plazo: 05 copia de la solicitud manteniendo el original en su poder. Plazo: 05 días hábiles siguientes de culminado el embarque total de las días hábiles siguientes de culminado el embarque total de las mercancías. Sanción: Art. 103º inc d) num 1, TUOLGA. mercancías. Sanción: Art. 103º inc d) num 1, TUOLGA.

Page 12: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO

SOLICITUDES SUJETAS A CONTROL DE EMBARQUE SOLICITUDES SUJETAS A CONTROL DE EMBARQUE El declarante presenta las mercancías ante el oficial de aduanas, el El declarante presenta las mercancías ante el oficial de aduanas, el

cual puede ser efectuado las 24 horas del día, inclusive sábado, cual puede ser efectuado las 24 horas del día, inclusive sábado, domingo y feriados.domingo y feriados.

El Oficial en presencia del declarante, verifica: estado exterior de los El Oficial en presencia del declarante, verifica: estado exterior de los contenedores, bultos, embalajes, sellos, precintos de seguridad, ect, contenedores, bultos, embalajes, sellos, precintos de seguridad, ect, de estar conforme diligencia el casillero 13 y luego recaba la de estar conforme diligencia el casillero 13 y luego recaba la conformidad del 12. conformidad del 12.

En el caso de precintos violentados, mercancía diferente o bultos en En el caso de precintos violentados, mercancía diferente o bultos en mal estado exterior, procede al reconocimiento físico e informa a su mal estado exterior, procede al reconocimiento físico e informa a su jefe inmediato.jefe inmediato.

Conforme prosigue con el llenado del casillero 13, autorizando el Conforme prosigue con el llenado del casillero 13, autorizando el embarque.embarque.

No conforme: Si son datos, p/errores de transcripción o buena fe, No conforme: Si son datos, p/errores de transcripción o buena fe, procede a la rectificación. Otros procede con la inmovilización, procede a la rectificación. Otros procede con la inmovilización, informa a su jefe inmediato, quien determina las acciones informa a su jefe inmediato, quien determina las acciones respectivas. Registro las incidencias en el SIGAD.respectivas. Registro las incidencias en el SIGAD.

Concluido el embarque, se ingresa la información al SIGAD: cantidad Concluido el embarque, se ingresa la información al SIGAD: cantidad de bultos, fecha y hora del término del embarque e incidencias de bultos, fecha y hora del término del embarque e incidencias detectadas de haber.detectadas de haber.

El original se entrega al agente de aduana, primera copia al El original se entrega al agente de aduana, primera copia al transportista o agente de carga internacional. Resto de la transportista o agente de carga internacional. Resto de la documentación se remite al D.R.S. documentación se remite al D.R.S.

Despachos parciales el oficial registra en el SIGAD la cta cte.Despachos parciales el oficial registra en el SIGAD la cta cte.

Page 13: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO

Del traslado y embarque entre la Aduana Marítima y Del traslado y embarque entre la Aduana Marítima y Aérea.Aérea.

El declarante conjuntamente con el Oficial de Aduana El declarante conjuntamente con el Oficial de Aduana designado para el acompañamiento, presenta las designado para el acompañamiento, presenta las mercancías y la solicitud autorizada ente la Oficina mercancías y la solicitud autorizada ente la Oficina de Oficiales de la aduana de salida, la que deja de Oficiales de la aduana de salida, la que deja constancia de la recepción en el casillero 11 y constancia de la recepción en el casillero 11 y entrega la 2da copia al oficial que custodió la entrega la 2da copia al oficial que custodió la mercancía para su archivo.mercancía para su archivo.

Oficial de Aduana encargado del control de Oficial de Aduana encargado del control de embarque realiza las acciones dispuestas en los embarque realiza las acciones dispuestas en los numerales 12 al 15 del rubro A Sección VII del INTA numerales 12 al 15 del rubro A Sección VII del INTA PG-11.PG-11.

Culminado el Transbordo se da cuenta a la División Culminado el Transbordo se da cuenta a la División de Regímenes No Definitivos de la Aduana que de Regímenes No Definitivos de la Aduana que autorizó la solicitud, para la regularización final.autorizó la solicitud, para la regularización final.

Page 14: transbordo

REGIMEN DE TRANSBORDOREGIMEN DE TRANSBORDO DE LA REGULARIZACIONDE LA REGULARIZACION Concluido el embarque de aquellas mercancías no sujetas a Concluido el embarque de aquellas mercancías no sujetas a

control, el personal designado verifica en el SIGAD los datos del control, el personal designado verifica en el SIGAD los datos del embarque, del reconocimiento físico de ser el caso y otros que embarque, del reconocimiento físico de ser el caso y otros que garanticen el cumplimiento del régimen, se haya efectuado garanticen el cumplimiento del régimen, se haya efectuado dentro del plazo autorizado. De ser conforme deja constancia en dentro del plazo autorizado. De ser conforme deja constancia en el SIGAD.el SIGAD.

En caso de incumplimiento se registran las incidencias y se En caso de incumplimiento se registran las incidencias y se aplican las sanciones según lo prescrito en los numerales del aplican las sanciones según lo prescrito en los numerales del Artículo 103º TUOLGA.Artículo 103º TUOLGA.

Se remite las solicitudes concluidas al Área de administración Se remite las solicitudes concluidas al Área de administración para su archivo.para su archivo.

La SUNAT La SUNAT conserva los archivos magnéticos por 10 años.conserva los archivos magnéticos por 10 años. Los agentes de aduana conservan durante 5 años los Los agentes de aduana conservan durante 5 años los

documentos originales sustentatorios del despacho, los cuales documentos originales sustentatorios del despacho, los cuales están a disposición de la autoridad administrativa para las están a disposición de la autoridad administrativa para las acciones de fiscalización a lugar. acciones de fiscalización a lugar.

Page 15: transbordo

PLAZOSPLAZOS MOTIVOS PLAZO COMPUTOMOTIVOS PLAZO COMPUTO

Solicitar el Régimen 30 días A partir del día siguienteSolicitar el Régimen 30 días A partir del día siguiente al término de la descarg al término de la descarg

Regularizar el Despacho 02 días Transmisión de Datos de Regularizar el Despacho 02 días Transmisión de Datos de las Solicitudes no las Solicitudes no

sujetas al control de sujetas al control de embarque. embarque.

05 días Presentar la documentac 05 días Presentar la documentac luego del embarque luego del embarque

de las solicitudes no de las solicitudes no sujetas a control al Area sujetas a control al Area

Regímenes Suspensivos Regímenes Suspensivos

Abandono Legal: 30 Días No numerar el régimen a Abandono Legal: 30 Días No numerar el régimen a partir del día siguiente partir del día siguiente

al término de la descarga al término de la descarga Abandono Legal: 30 días No concluir con el Abandono Legal: 30 días No concluir con el

trámite, a partir de la trámite, a partir de la numeración de la numeración de la Solicitud. Solicitud.

Page 16: transbordo

Infracciones y SancionesInfracciones y Sanciones

INFRACCION SANCION

a)

b)

Los declarantes o los despachadores de aduana cuando no proporcionen dentro del plazo otorgado por la autoridad aduanera la información requerida. Art. 103, inciso i) Num. 3 TUOLGA

Violar las medidas de seguridad colocadas por aduanas o permitir la violación; sin perjuicio de la denuncia ante la autoridad competente. Art. 103, inciso i) Numeral 1. Del TUO

Multa de 1 UIT.

-Multa equivalente al triple del valor FOB de las mercancías determinada por la autoridad aduanera.

-

Page 17: transbordo

Infracciones y SancionesInfracciones y Sanciones

INFRACCION SANCION

d)

e)

No cumplan con los plazos establecidos por la autoridad aduanera para efectuar el Transbordo. Art. 103, inciso e) Numeral 2. Del TUO

Se detecte la existencia de mercancía no declarada.Inciso i) Artículo 108° del TUO

Multa de 1 UIT.

Comiso más una multa equivalente al valor FOB de la mercancía determinada por la autoridad aduanera.

Page 18: transbordo

Infracciones y SancionesInfracciones y Sanciones

INFRACCION SANCION

e)

Las mercancías que no figuren en los manifiestos de carga o en los documentos que están obligados a presentar los transportistas o sus representantes y los agentes de carga internacional, o la autoridad aduanera verifique diferencia entre las mercancías que contienen los bultos y la descripción consignada en los manifiestos de carga. Art.108º, Inciso d)

Comiso

Page 19: transbordo

Infracciones y SancionesInfracciones y Sanciones

INFRACCION SANCION

f)

Cuando se detecte su ingreso, permanencia o salida por lugares u hora no autorizados; o se encuentren en zona primaria y se desconoce al consignatario. Art. 108º, inciso g) del TUO

Comiso

Page 20: transbordo

Infracciones y SancionesInfracciones y Sanciones

NOTA

Sin perjuicio a lo dispuesto en las mencionadas sanciones, en los casos que existan indicios de presuman la

comisión de ilícitos tipificados en la Ley Nº 28008 “Ley de los Delitos

Aduaneros”, la autoridad aduanera debe formular la respectiva denuncia penal ante la autoridad competente.

Page 21: transbordo

Antes de terminar, quiero recordarles que hoy en día la celeridad de los cambios y la presencia de entornos cada vez más

competitivos, nos exige fortalecer nuestros conocimientos, con el propósito de lograr

resultados optimos que beneficien el desarrollo sostenido de nuestras empresas e

instituciones. La contínua capacitación, nos permitirá reducir tiempos, costos, y tomar mejores decisiones, dentro del marco integral de

nuestro crecimiento personal y profesional. GRACIAS. .