trabajos tercera parcial de deontologia

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES “UNIANDES SEDE IBARRA” ESCUELA DE JURISPRUDECIA DEONTOLOGIA JURIDICA TEMA: “aptitud y actitud” ALUMNA: Imbaquingo Deysi DOCENTE: Dr. Edmundo Vázquez CURSO: Primero Nivel “B” FECHA: 18 de Diciembre del 2015

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES SEDE IBARRA”

ESCUELA DE JURISPRUDECIA

DEONTOLOGIA JURIDICA

TEMA: “aptitud y actitud”

ALUMNA: Imbaquingo Deysi

DOCENTE: Dr. Edmundo Vázquez

CURSO: Primero Nivel “B”

FECHA: 18 de Diciembre del 2015

2015-2016

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES SEDE IBARRA”

ESCUELA DE JURISPRUDECIA

DEONTOLOGIA JURIDICA

TEMA: “DEBER DE DEONTOLOGIA”

ALUMNA: Imbaquingo Deysi

DOCENTE: Dr. Edmundo Vázquez

CURSO: Primero Nivel “B”

FECHA: 08 de Enero del 2016

2015-2016

“PROCEDIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA”

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

DEONTOLOGÍA JURÍDICATEMA: “PROCEDIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA”

INTEGRANTES: DEYSI IMBAQUINGO

SEBASTIAN ESPINOSA

LIZ NAVARRO

ALEJANDRA ECHEVERRIA

CARLOS TINGO

CURSO: PRIMERO DERECHO “B”

FECHA: 05 DE ENERO DEL 2015

Ya en este punto, determinar cuáles serían los deberes y obligaciones regidas por la moral, a que estuviésemos llamados los Abogados Ecuatorianos, genera ciertas dificultades en la exposición del tema. En el Ecuador los Abogados somos constantemente relacionados con anti valores, sujetos de peyorativos sobrenombres roedoréscos, así como también responsabilizados de egoístas e inmorales comportamientos, llegándose incluso a considerar a la llamada “viveza” como un contumaz requisito para ser Abogado, criterio que se halla muy lejano de ser acreditado ni aportar a la verdadera misión del profesional del Derecho, más aún si consideramos que “la Abogacía no se cimenta en la lucidez del ingenio, sino en la rectitud de la conciencia”.

Siendo esto cierto, ¿qué es lo que determina la oscura inclinación o el equilibrio en la conciencia del Abogado?, ¿su moral, su ética? y ¿que determina su propia convicción de proceder en base a lo Justo, encaminado por la ley que se muestra como la “promesa de la neutralidad en su aplicación, administración e interpretación”?, ¿será acaso que se aleja del equilibrio por miedo?, miedo a terminar como el Padre Péricand del que nos cuenta Irene Nemisovski en su bellísima “Suite Francesa” cuando dejándose llevar de su corazón y cristianos principios, halla la muerte apedreado a manos de los niños y adolescentes a los que intentaba salvar la vida. ¿Miedo a terminar como Jesucristo, traicionado y crucificado? Lo cierto es que parafraseando a Robbins la línea entre lo que está bien y lo que está mal es cada vez más borrosa, impidiéndose que se defina claramente lo que constituye una buena conducta ética.

La Historia recoge entre otras cosas los modos de vida de los hombres, así como también el registro de quienes han pretendido explicarlos procurando predecir los estímulos causantes de las reacciones humanas, esta empresa ha sido y es difícil más que ninguna otra, el comportamiento del hombre es complejo y deriva de distintos parámetros que en la mayoría de los casos podrían ser ilógicos para unos, así como totalmente comprensibles, justificables y explicables para otros.

El uso de la razón ha llegado a ser en el hombre la principal diferencia en relación al resto de la fauna que lo rodea, sin embargo no por eso deja el hombre de ser parte directa del reino animal, quizá la explicación del porqué no sigue viviendo tan “silvestremente” como el resto de los animales halle alguna explicación en el conocimiento humano entendido como el conjunto de saberes, dentro del que hallamos a las doctrinas religiosas, mismas que desde el cristianismo por ejemplo hablan de una providencia divina que puso los ojos en la debilidad humana, que a pesar de su tan alta vulnerabilidad, un mundo completamente hostil a su presencia, y contradiciendo la ventaja natural de los fuertes e independientes halló en el hombre el director de la “Orquesta de los seres animados e inertes”, doctrina tantas veces contradecidla por los análisis científicos y la tendencia de la humanidad a explicarlo todo científicamente o rechazarlo sin más; sin embargo en una profunda reflexión no es tan equivocado el afirmar que “El hombre no es, en modo alguno, la corona de la creación, todo ser está, junto a él, a idéntico nivel de perfección… Y al aseverar esto, todavía aseveramos demasiado: considerado de modo relativo, el hombre es el menos logrado de los animales, el más enfermizo, el más peligrosamente desviado de sus instintos”. Es precisamente en este punto en que podrían hallarse algunos motivos en el interior del hombre, basados en convicciones que contemplen la existencia de la idea de Dios, que determinen el proceder del

profesional del derecho, comportamiento que pudiera considerarse bueno o contrario a la ética, malvado o simplemente irresponsable.

La Deontología se entiende como una rama de la ética, considerada como un “conjunto ordenado de deberes y obligaciones morales que tienen los profesionales de una determinada materia”, Se la conoce también bajo el nombre de “Teoría del deber”. La conducta de profesionales en diversas ramas se puede considerar desde un enfoque deontológico, sin perjuicio de ello, lo que pretendo es hacer un acercamiento a la realidad del profesional del Derecho Ecuatoriano. 

¿QUÉ RELACIÓN EXISTE ENTRE ÉTICA Y PROFESIÓN?

En el diccionario de la Real Academia le da a la ética una plena configuración moral y no jurídica, al establecer que es la parte filosófica que trata de la moral y de las obligaciones del hombre. En tanto que en la Enciclopedia Jurídica Omeba con acierto se expone que “muchas veces los jóvenes entran a la Facultad de Derecho y salen de ella, sin saber qué es el abogado, en qué consiste la abogacía y cómo debe ejercitarse la profesión. Piensan que es un medio de enriquecerse, desempeñando una profesión lucrativa. El abogado es casi siempre, para ello, un hombre diestro en el manejo de las leyes, conocedor de toda clase de artimañas para defender, al mismo tiempo, lo blanco y lo negro. Su tarea, para algunos, consiste en defender cualquier cosa, mediante una paga – Ya no importa cuán injusta o repudiable pudiera ser la causa defendida...La culpa no es de ellos, sino de la defectuosa preparación, excesivamente libresca, de nuestros planes de estudio... no se le enseña a ser abogado, no se le instruye sobre las reglas de su conducta profesional. Lo aprende por sí sólo, a fuerza de golpes, errores y fracasos, y en este aprendizaje, suele dejar jirones, a veces irreparables, de su propia moral”.

¿QUÉ ES EL CÓDIGO DE ÉTICA DEL ABOGADO ECUATORIANO?

Este código, es un texto escrito el cual nos permite saber, conocer y analizar las posibilidades éticas y morales de un profesional del derecho.

En definitiva, y al punto, muy bien hace en afirmar que: “Debe asistirnos siempre el mejor de los comportamientos que conlleva a justipreciar nuestra noble profesión”.

¿QUÉ ES PROCEDIMIENTO?

Método o modo de tramitar o ejecutar una cosa.

Actuación que se sigue mediante trámites judiciales o administrativos

¿QUÉ SON LOS PROCEDIMIENTOS DENTRO DEL CÓDIGO DE ÉTICA DEL ABOGADO?

Podemos decir que “procedimiento”, llamamos a todo tipo de accionar sistemático y taxativo dentro del ámbito de lo profesional, todo tipo de conducta normativa de desarrollo dentro del campo profesional asistido por la ética es considerado como PROCEDIMIENTO.

Ejemplo:

Cita Textual AET.- 22, SEGUNDA PARTE

Art. 21.- El abogado debe informar inmediatamente a quien solicite sus servicios de sus relaciones con la otra parte, de cualquier interés que tuviera en el asunto y en general de las circunstancias en que se encuentra y que puedan considerarse adversas a quien demanda su patrocinio.

¿QUÉ TIPO DE PROCEDIMIENTO DEBE SEGUIR UN ABOGADO?

Todo tipo de procedimiento, debe ser discernido profesionalmente por la moral y la ética tanto profesional como humanista, la filantropía debería convertirse en el pilar fundamental del accionar de un profesional del derecho.

COMENTARIO

El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, dice que abogado es: “Perito en el derecho positivo que se dedica a defender en juicio, por escrito o de palabra los derechos o intereses de los litigantes y también a dar dictamen sobre las cuestiones o puntos legales sobre los que se le consulta.

Es el profesional que gracias a su preparación académica se halla técnicamente capacitado para contribuir a la solución de los conflictos sociales, mediante la planificación y el empleo del sistema legal, bien sea buscando evitar la producción del conflicto, bien juzgándolo, o bien reclamando la protección legal para uno de los interesados en el proceso.

LINKOGRAFÍA:

https://ricardonieves.wordpress.com/deontologia-del-abogado-ecuatoriano/

www.colabpi.pro.ec/index.php/ profesional .../ codigo-de-etica - profesional