trabajo derecho advo. ii

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conceptos basicos de derecho administrativo

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FRANCISCO JAVIER CENTENO LACAYOGRUPO I.. IV AO.RESUMEN DERECHO ADMINISTRATIVO I:I.- ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL ESTADO1. Concepto Estado: sociedad humana asentada de manera permanente en el territorio que le corresponde, sujeto a un poder soberano que crea, define y aplica un orden jurdico.2. Tipos de Estado; Estado Unitario. Estado Federal; La Confederacin;3. Elementos del Estado: Sociedad humana, Territorio, Soberana (poder supremo), Orden Jurdico y Bien Comn.4. Concepto Gobierno, es el conjunto de medios por los cuales la soberana se traduce en actos, se puede definir tambin como el conjunto de instituciones organizadas por el ordenamiento jurdico de la soberana.5. Tipos de Gobierno; existen actualmente solamente dos tipos Monarqua (puede ser absoluta y constitucional), y Republica (puede ser directa, indirecta, presidencialista y parlamentaria).6. Distincion entre: Fines del estado; EL Estado es una persona jurdica, que ejerce el poder soberano en un determinado territorio y que persigue la realizacin de ciertas finalidades, las cuales son delimitadas por distintos criterios filosficos. Atribucin del estado; son aquellas tareas que el Estado decide reservarse, por medio del orden jurdico, las cuales estn orientadas a la realizacin de sus fines. Funcin del estado; significa cumplimiento de algo, de un deber, es decir son los medios de que el Estado se vale para ejercitar sus atribuciones, encaminadas estas al logro de sus fines. Competencia del estado; consiste en la asignacin de tareas concretas, que el sistema jurdico asigna a cada rgano estatal, para que pueda actuar legalmente. Facultad del estado; es la aptitud o legitimacin que se concede a una persona fsica para actuar segn la competencia del rgano, en conclusin la facultad es la posibilidad legal que posee un servidor pblico de realizar los actos de competencia de un ente estatal.7. Funciones del Estadoa. Funcin Legislativa: actividad encaminada a formular las normas generales que deben, en primer lugar, estructurar al estado y en segn lugar, reglamentar las relaciones entre estado y los ciudadanos y las relaciones de los ciudadanos entre s.b. Funcin Administrativa: esta consiste en actuar promoviendo la satisfaccin de las necesidades de los ciudadanos y fomentar el bienestar y el progreso de la colectividad.c. Funcin Jurisdiccional: todo Estado debe tener una funcin encaminada a tutelar el ordenamiento jurdico defendiendo la norma precisa que aplica en los casos particulares.d. Funcin Electoral: a este le corresponde de manera exclusiva la organizacin, direccin y vigilancia de las elecciones, plebiscitos y referendos. 8. Criterio Formal y Material de las Funciones del Estado: Formal: correspondiente al poder legislativo y el Material: aplicar leyes.9. Distincin entre la funcin Administrativa y la funcin de Gobierno: La diferencia radica en que la funcin Administrativa se enfoca hacia la proteccin de intereses en un grado intermedio entre el gobierno y los gobernantes. La funcin Administrativa se dirige hacia las cosas, la funcin de Gobierno en cambio se dirige en forma directa hacia las personas; es decir que velar por los interese nos es gobernar sino administrar.

II. OBJETO DE ESTUDIO, CONCEPTUALIZACIN Y BASES CONSTITUCIONALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO:

1. Evolucin histrica del Derecho Administrativo. La organizacin administrativa tiene su origen en las primeras sociedades primitivas en donde existe un esfuerzo comn (bienestar social, paz, tranquilidad). Sin embargo podemos afirmar que con el transcurso del tiempo la organizacin administrativa ha modificado su estructura y mtodos y todo esto ha sucedido a raz de la revolucin francesa de 1789, en donde comienza a germinar la estructura del Estado Moderno, y de ah a nuestros tiempos surge la necesidad de reformar el complejo aparato administrativo, con el objetivo de responder en un modo ms eficiente a nuestra realidad social, administrndose bajo un estudioso dialogo abierto entre el ciudadano administrado y el gobierno administrador, as como la necesidad de una especializacin en el funcionamiento pblico, adems es necesario y aunque suene repetitivo que el Derecho Administrativo, conservar la caracterstica de ser eficaz y eficiente para la sociedad.2. Objeto de estudio del Derecho Administrativo: es el funcionamiento de la administracin pblica y el ejercicio de la funcin administrativa.3. Concepto Derecho Administrativo, es el conjunto de normas que regulan esencialmente el ejercicio de la funcin administrativa, es decir, de un lado, la organizacin del Poder Ejecutivo y el ejercicio efectivo de la funcin misma y las relaciones a que da lugar este ejercicio.4. La codificacin del Derecho Administrativo. No existe como tal, ya que no hay tantas leyes y no hay ni un cdigo que estipule en su totalidad los derechos administrativos.5. Criterio formal y material aplicado al Derecho Administrativo. Formal: administrar. Y Material: cumplir y ejecutar actos administrativos.III. LA ADMINISTRACIN PBLICA Y SU RGIMEN JURDICO:1. Conceptualizacin de Administracin Pblica: Institucin de carcter pblico, que disponen de la misin de administrar y gestionar al estado y algunos entes pblicos.2. Clasificacin de los rganos Administrativos. a. Por razn de su estructura; se clasifican en unipersonales y colegiados, los rganos se clasifican en unipersonales y colegiados. Los primeros son aqullos que estn a cargo de una sola persona fsica o de varias ordenadas verticalmente y los colegiados estn formados por personas situadas en un mismo plano y que deben actuar colectivamente como colegio, en vez de cada una individualmente, concurriendo la voluntad de todas ellas.b. Por razn de la extensin de su competencia; se clasifican en Centrales y locales, segn que su accin se extienda a todo el territorio del Estado o bien se limite a una parte del mismo. Tambin en atencin a la extensin de su competencia, pero bajo un punto de vista distinto del anterior; los rganos se clasifican en generales y especiales.c. Por razn de sus facultades; pueden separarse en dos categoras, los que tienen carcter de autoridades y otros que tienen el carcter de auxiliares.

IV. EL DERECHO ADMINISTRATIVO Y SUS RELACIONES CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO:1. Relaciones con el derecho Privado. Al hecho de que los rganos administrativos tengan atribuida la facultad de injerencia en las relaciones jurdicas privadas, especialmente en lo que se refiere a su constitucin. Entre otros tenemos: el registro del estado civil de las personas, dispensas de impedimentos matrimoniales, constitucin de derechos de patentes y marcas de fbrica, en los que la Administracin interviene en la relacin jurdico-privada con actos pblicos que tienen unas veces carcter constitutivo y otras veces carcter declarativo.2. Relaciones con el derecho Constitucional. El derecho constitucional establece las bases legales y regulaciones de las acciones y actuaciones de los funcionarios pblicos, apegados de esta manera el principio de legalidad, el cual viene a ser uno de los principios del derecho administrativo.3. Relaciones con el derecho Penal. El derecho penal establece las sanciones penales por la mala administracin de los bienes del estado, por parte de los funcionarios pblicos.4. Relaciones con el derecho Procesal. El derecho procesal establece los procedimientos a los cuales recurrir para emitir una sancin.5. Relaciones con el derecho Internacional Pblico. Relacionado en cuanto a las ratificaciones de los tratados internaciones, es decir acuerdos entre pases.6. Relaciones con el derecho Internacional Privado. Todo extranjero se apega a las normas del estado donde se encuentre, a los cuales se les establece los determinados mecanismos, en cuanto a los trmites y requisitos necesarios, en casos de las solicitudes de permisos de residencia para el mismo particular extranjero.7. Relaciones con el derecho Laboral. Mediante el ministerio del trabajo, el cual es el rgano del estado, quien es el que establece las formalidades legales sobre el mbito laboral de los funcionarios pblicos en sus diferentes instituciones.V. EL SISTEMA DE FUENTES EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO:1. Clasificacin de las fuentes del Derecho Administrativoa. fuentes directas: escritas (la ley, y los reglamentos) y no escritas (La costumbre) b. fuentes indirectas (la jurisprudencia, la doctrina y los tratados internacionales.) 2. Jerarqua de las fuentes. Podemos establecer la enumeracin jerrquica de las fuentes del Derecho Administrativo, en la siguiente forma:Fuentes directas 1- La Constitucin 2- Las Leyes constitucionales 3- Las Leyes ordinarias 4- Los Reglamentos 5- Los Decretos 6- Los Acuerdos 7- Ordenanzas Municipales y Reglamentos, Estatutos y otras disposiciones de entidades pblicas.Fuentes directas subsidiarias: 8- La Costumbre 9- Los Principios Generales del Derecho.Fuentes indirectas: 10- La Jurisprudencia 11- Los Tratados Internacionales 12- La Doctrina.

VI. EL ACTO ADMINISTRATIVO1. Concepto Acto Administrativo. El acto administrativo es un acto jurdico, cuyas caractersticas principales son: es una manifestacin o declaracin de voluntad, unilateral, potestativa y ejecutoria, que tiene por objeto crear, reconocer, modificar o extinguir una situacin jurdica individual.2. En nuestro Ordenamiento jurdico que es un Acto Administrativo? Nuestro ordenamiento ha adoptado en la ley reguladora de la jurisdiccin contenciosa administrativa y lo define como la declaracin o manifestacin de voluntad o conocimiento expresada en forma verbal o escrita o por cualquier otro medio que con carcter general o particular, emitieren los rganos los rgano de administracin pblica y que produjera o pudiere producir efectos jurdicos. 3. Clasificacin de los actos administrativos Actos imperativos; Son los que emiten un mandato o una prohibicin, su misin es provocar en los obligados por el acto una determinada conducta respecto de la Administracin. Actos conformadores; Son los que emiten un mandato o una prohibicin, su misin es provocar en los obligados por el acto una determinada conducta respecto de la Administracin. Actos declaratorios; Estos actos son manifestaciones de la Administracin de las que dependen determinadas consecuencias jurdico-administrativas. Actos registrales; Estos actos no contienen ninguna disposicin sobre una situacin jurdica, nada fundan ni nada modifican, nicamente tienen la misin de constituir medios probatorios, de atestiguacin, ya producida de los datos existentes en un registro pblico, mediante la expedicin de un documento especial.4. Fin del Acto Administrativo, El acto administrativo debe tener el fin propio de la funcin administrativa, que es el inters pblico. De ese modo no puede perseguirse sino un fin de utilidad general, de inters pblico y no una finalidad cualquiera, aunque sea de inters general, sino aquella que marca o indica la ley.

5. Clasificacin de los actos administrativos

Por su naturaleza: Actos Jurdicos Y Actos Materiales

Por las voluntades que intervienen en su formacina. Unilaterales o simples (acto colegial, complejo, acto condicin y contractual)

b. Plurilaterales: pueden ser:

-Por la relacin de la voluntad con la Ley (Acto Obligatorio, vinculado o reglado ya) Actos discrecionales)

-Por su radio de accin (Internos y Externos)

-Por razn de su finalidad (Actos preliminares y de procedimientos, Actos de decisin o resolucin y Actos de ejecucin)

-Por su contenido y efectos jurdicos1- Actos destinados a ampliar la esfera jurdica de los particulares (Acto de admisin, Actos de aprobacin, Actos de dispensa, Autorizacin licenciada , por permiso)2- Las concesiones

3- Actos destinados a limitar la esfera jurdica de los particulares (Las ordenes administrativas, Las expropiaciones, Las sanciones administrativas, Actos de ejecucin forzada)

4-Actos que hacen constar la existencia de un estado o de hecho o de Derecho (Actos de registro, Actos de certificacin, Actos de autenticacin, Actos de notificacin, Actos de publicacin)6. Caractersticas de los actos administrativos

-Es una manifestacin o declaracin de voluntad, porque slo interviene la Administracin y slo ella puede producirlo.-Es potestativa y ejecutoria, porque emana de la Administracin, actuando como Poder Poltico. Y afirmase que es ejecutorio, porque no necesita la intervencin de otro rgano del Estado para que se realice. La Administracin tiene facultad para declararlo y ejecutarlo.7. Efectos de los actos administrativos

Carcter personal de los derechos y obligaciones que el acto administrativo produce. Al definir el acto administrativo dijimos que su efecto consiste en crear, reconocer, modificar o extinguir una situacin jurdica individual o bien condicionar para un caso particular el nacimiento, modificacin o extincin de una situacin jurdica general (actos condicin).