trabajo decente para personas lgbt en la región caribe colombiana

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Trabajo decente para personas LGBTI en la región Caribe colombiana Wilson Castañeda Castro Politólogo Director Corporación Caribe Afirmativo Tabla de contenidos Presentación....................................................2 Introducción....................................................6 Derechos humanos, diversidad sexual y políticas públicas........9 Contexto de las personas LGBTI en la región Caribe colombiana. .12 La discriminación laboral a personas LGBTI en la región Caribe colombiana.....................................................13 Normatividad internacional.....................................18 Normatividad nacional..........................................18 Personas LGBTI: entre la discriminación laboral y la exclusión social.........................................................19 Escenarios que cambian las acciones. Retos y Propuestas........24 Protocolos para garantizar trabajo decente a las personas LGBTI en el Caribe...................................................30

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Trabajo decente para personas LGBTI en la regin Caribe colombianaWilson Castaeda CastroPolitlogoDirector Corporacin Caribe Afirmativo

Tabla de contenidos

2Presentacin

Introduccin6Derechos humanos, diversidad sexual y polticas pblicas9Contexto de las personas LGBTI en la regin Caribe colombiana12La discriminacin laboral a personas LGBTI en la regin Caribe colombiana13Normatividad internacional18Normatividad nacional18Personas LGBTI: entre la discriminacin laboral y la exclusin social19Escenarios que cambian las acciones. Retos y Propuestas24Protocolos para garantizar trabajo decente a las personas LGBTI en el Caribe30Conclusiones32Bibliografa35

El derecho a la proteccin laboral reforzada que, entre otros, cobija tanto a los trabajadores discapacitados, como a quienes padecen un deterioro en su salud que limita la ejecucin de sus funciones, les ampara del trato discriminatorio por su despido o la terminacin del contrato de trabajo, sin la previa autorizacin del Ministerio de la Proteccin Social, siendo esa garanta el cumplimiento del deber del Estado (art. 2 Const.) de procurar la efectividad de sus derechos a la igualdad y al trabajo, como formas de lograr la adecuada integracin social.

Corte Constitucional, Sentencia T-492/11

PresentacinLos derechos humanos tienen dos objetivos: por un lado, son aspiracionales para mirar hacia delante, es decir, la materializacin de la movilizacin de personas y colectivos sociales que buscan, validar los intereses personales, la solidaridad social y la legitimidad del Estado en normas, leyes y prcticas no excluyentes; y por el otro, cuando ya forman parte de un ordenamiento jurdico establecido, su contenido se convierte en garanta ciudadana, siendo portador de herramientas para su exigibilidad y cumplimiento. Uno y otro aspecto, garantes de la dignidad humana, han sido posibles en las democracias gracias al reconocimiento de ciertas luchas sociales por los gobiernos y Estados y la transformacin de la cultura ciudadana.En este trabajo, que se enmarca en la regin Caribe de Colombia; que rene al 24% de su poblacin. A al que pertenecen ocho (8) de sus treinta y dos (32) departamentos, poblada mayoritariamente por grupos tnico raciales, afros, palenqueros e indgenas y lugar donde perviven situaciones de conflicto armado, altos niveles de desigualdad e injusticia social. En ese contexto, se har referencia a un grupo poblacional determinado: lesbianas, gais, bisexuales y personas trans e intersex; y en referencia a ellos, los derechos que les son otorgables cuando se trate de aquellos derechos aspiracionales fruto de su actual lucha y movilizacin social; y a los derechos fundamentales, para identificar los que ya estn recogidos en el ordenamiento jurdico Colombiano, particularmente en las sentencias de la Corte Constitucional y en algunas Polticas Pblicas existentes a nivel local, buscando que el Estado Colombiano, logre llevar a todos (aspiracionales y fundamentales), al espacio de la legalidad, pues esa es su razn de ser; a la validacin en las garantas reales para acceder a ellos y a la transformacin social para su respeto.Cuando en 1966 y en 1976 la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) promulg los pactos de Derechos Civiles y Polticos y de Derechos Econmicos Sociales y Culturales, sucesivamente; se asumi el principio de que los derechos se establecen en marcos objetivos y subjetivos, es decir (objetivos) se parte de unas garantas innegociables que se le deben entregar al ciudadano y que deben ser medibles y materializables en la relacin: acceso. Ms satisfaccin para obtener la igualdad; y de otro lado (subjetivo), deben abordar la particularidad y la especificidad de los mismos para garantizar su autonoma y libertad; situacin que actualmente se debe abordar frente a la perspectiva de poblacin sexualmente diversa.Histricamente y pedaggicamente se habla de las generaciones de derechos al hacer referencia al momento histrico en el que aparecieron (tres generaciones) en la construccin progresiva de los Estados modernos. Sin embargo, no significa que sean escalonables y que no se pueden otorgar de forma diferenciada; ni puede pensarse que primero se otorgan unos y con el tiempo los dems pues los derechos son integrales y estn relacionados entre s, se establecen en trminos generales para la vida digna y la convivencia y por ello es vinculante articular su alcance.Por ejemplo, en los Estados actuales, el derecho a la vida no solo se garantiza si las personas no tienen riesgo contra su integridad personal (reduccin de homicidios), sino que es necesario que tengan una vida larga y saludable, con acceso a una educacin de calidad, con posibilidades de mejorar las oportunidades laborales, la vivienda y los medios, lugares y herramientas para disfrutar del espacio pblico. Todos estos aspectos se convierten en indicadores que en su conjunto dan cuenta de que el derecho a la vida es respetado. Para ello el Estado debe definir un mnimo; entendido como atributos bsicos, asociado a cada derecho, que le pone unas tareas imprescindibles y responder a los estndares del enfoque en cada situacin estableciendo un mecanismo para su realizacin plena; por ejemplo, en Colombia con ocasin del Conflicto Armado interno; y en particular el fenmeno del desplazamiento que se desprende de ste; la Corte Constitucional en la sentencia C075; identific unos mnimos vitales para que el Estado garantice una vida digna e integral de las personas que han sido expulsadas de sus territorios, garantizndoles el retorno (cuando ello sea posible) o la reubicacin, vivienda digna, alimentos, trabajo, acceso a al educacin y a la salud y espacios de divertimentos; as estn en un lugar transitorio.En relacin con las personas lesbianas, gais bisexuales, trans e intersex en el Caribe Colombiano (objeto de ste texto); ocurren tres situaciones muy complejas:

1. Si bien en Colombia en 1979 con el cambio del Cdigo Penal, desapareci la homosexualidad como delito; el incremento de homicidios, violencia fsica, verbal y simblica que recae sobre las personas lesbianas, gay, bisexuales, transgeneristas e intersexuales (LGBTI); algunos de esos actos cometidos en medio del conflicto armado; otros en medio de la violencia ordinaria, donde se manifiesta en algunos la responsabilidad directa del Estado de su ejecucin y en casi todos el nivel de impunidad por la falta de investigacin y sancin; llevando a las vctimas a un estado de indefensin. 2. Las dinmicas de la relacin geopoltica de centro - periferia en ste pas hace que si bien se logran acuerdos en relacin con la proteccin y el reconocimiento de derechos de las personas LGBTI, no hay garantas que ello se establezca como una accin en todo el territorio nacional; sumado a que las lgicas culturales, sociales, econmicas y polticas de cada regin son diversas; haciendo igualdad e diverso y complejo el ejercicio de intervencin: las agresiones, violaciones y negaciones de derechos de ste grupo poblacional son ms fuertes en la periferia (ver anexo); particularmente en la regin Caribe; sin embargo las pocas acciones que el Estado a propuesta para erradicar tal fin, no se han construido desde la realidad de las regiones, resultando inoperantes y poco oportunas.

3. La desigualdad, la injusticia social y la falta de un desarrollo humano sostenible, son lugares comunes en los territorios perifricos de Colombia, donde el conflicto armado ha sido el generador de dichas realidades; pero que se agudizan y complejizan cuando las vctimas son personas LGBTI, por el alto nivel de invisibilizacin (no son nombradas o reconocidas) o de discriminacin (son vistas como ciudadana de segunda categora). Por ejemplo, vivir en el Caribe, somete a la ciudadana a mayores niveles de desempleo, reducida oportunidad educativa, bajo nivel de la calidad de vida y mayores procesos de segregacin por su construccin tnica; pero cuando adems se trata de una personas LGBTI, se agudizan las situaciones y se generan mayores obstculos.

Estas situaciones llaman la atencin del Estado Colombiano; que si bien desde su reforma constitucional en 1991, consagr bajo el derecho a la igualdad (articulo 13) y el principio de la Autonoma y la libertad; tareas concretas acciones afirmativas para que se redujese el estigma y la discriminacin que sufren muchos grupos poblacionales y caminara hacia la igualdad real; an no se logra tener un mecanismo de satisfaccin que avance de manera particular en garantizar una vida digna y una ciudadana plena para las personas LGBTI y mucho menos en su regin Caribe.Desde 1997 la Asamblea de Naciones Unidas ha generado varias acciones para la garanta de derechos de ste grupo poblacional y a ella se han sumado la Oficina de la Alta Comisionada de Derechos Humanos, ACNUR, PNUD y Organismos supranacionales como Mercosur, CIDH, Las Asambleas de la OEA, exhortando a los Estados a establecer de inmediato, polticas pblicas y cuerpos legislativos que pongan fin a la violencia contra las personas LGBTI y garanticen su igualdad real. Un ejemplo muy importante sobre la garanta de los derechos humanos son los Principios de Yogyakarta, presentados en 2007 en la ONU, en los que se hacen recomendaciones a los Estados en materia de proteccin de derechos para personas LGBTI; de ello sigui la resolucin sobre diversidad sexual e identidades de gnero de Naciones Unidas en 2011, la Convencin contra toda forma de discriminacin de OEA y la recin creada relatora para asuntos LGBTI de CIDH.Todas estas herramientas, vinculantes o recogidas en recomendaciones para los Estados, buscan ofrecer alternativas, al derecho interno, para garantizar la plenitud e integralidad de derechos a un grupo poblacional histricamente discriminado y excluido, como las personas LGBTI, y obliga a los Estados y a sus cuerpos legislativos, judiciales y ejecutivos a cruzar la definicin de derechos humanos (que es el constructo de la dignidad humana), con implementacin de polticas sociales (que son las herramientas que tiene el Estado para responder con prontitud a estos sectores de la poblacin). Solo as lograr responder a la solicitud de dignidad, igualdad y reconocimiento que solicita ste grupo poblacional.All resultan indicadores claves, en materia de ofertar polticas pblicas y acciones afirmativas desde el Estado, que permitan aplicar esta estrategia de enfoque diferencial, tales como: Accesibilidad universal en un enfoque etario. Durabilidad de los programas sociales hasta restablecer los derechos.

Asequibilidad de las posibilidades de la realizacin de cada derecho para cada ciudadano LGBTI. Calidad en los servicios que se prestan por parte del Estado para garantizar la progresividad. Disponibilidad oportuna segn la realidad de la poblacin LGBTI sus sitios de ubicacin, dinmicas y necesidades. Estabilidad de los beneficios recibidos, que logren un disfrute pleno por parte de los ciudadanos y sostenible en el tiempo. Participacin de las personas LGBTI en la formulacin de las respuestas del Estado, las rutas de implementacin, la consecucin de resultados y la evaluacin del proceso. Actualizacin de los estndares estatales y gubernamentales, procedimientos y protocolos, mecanismos de atencin y relacionamiento para lograr la transformacin social.Quizs uno de los escenarios claves para validar esta ruta de acceso a la vida digna de las personas LGBTI en el Caribe sea repasar que ocurre con su derecho al trabajo; y ello validado en tres afirmaciones: a) el trabajo es una herramienta que permite evaluar la efectividad y realidad de los derechos integrales de una persona, ya que cruza variables como bienestar, proteccin social, formacin, uso y disfrute de espacios pblicos; entre otros. b) las luchas por el trabajo en la actualidad se entienden bajo el concepto de decencia; entendido como las garantas, los medios y los beneficios que el ejercicio de un trabajo ofrece a quien lo ejecuta. c) hacia la poblacin LGBTI, se han establecido programas de proteccin a la vida, reducindolo a revisar y contrarestar niveles de violencia; pero no se han propuesta herramientas (desde el Estado) para ampliar el concepto de vida digna a derechos sociales como el trabajo decente.

IntroduccinEste texto busca relacionar la propuesta de trabajo decente de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) con un grupo poblacional especfico, como lo es la poblacin de lesbianas, gais, bisexuales, transgeneristas e intersexuales, y sta en un territorio especfico: el Caribe Colombiano; buscando generar reflexin social y provocar acciones polticas tendientes a identificar niveles de exclusin y discriminacin en el mundo del trabajo vinculadas con la diversidad sexual y las identidades de gnero que lleven al Estado y gobiernos locales a promover iniciativas de empleo y trabajo decente, como una alternativa concreta de promover la igualdad real a ste grupo poblacional, exigiendo ello, nuevas prcticas en la formacin y concepcin del derecho al trabajo ( de manera diferencial y no excluyente) y otorgando a las empresas, asociaciones de trabajadores e instituciones pblicas responsabilidades concretas hacia este grupo poblacional, de modo que el libre desarrollo de la personalidad, la lucha por el derecho al trabajo decente y la competitividad de las empresas con base al derecho de la igualdad de sus trabajadores y trabajadoras no se excluyan sino que se complementen, para garantizar la integralidad de los derechos ciudadanos, la democracia, la participacin y el desarrollo de las personas lesbianas, gay, bisexuales, transgeneristas e intersexuales (LGBTI). La pregunta por el derecho al trabajo, es un asunto pendiente, tanto en los procesos y acciones de reflexin LGBTI que promueve la sociedad civil en Colombia; como de las ofertas locales de polticas pblicas y acciones afirmativas: solo un par de antecedentes en la implementacin de la Poltica Pblica de Bogot (ciudad capital) y en una reciente investigacin de la Corporacin Caribe Afirmativo: Raros y Oficios. Diversidad sexual, mundo laboral: exclusin y discriminacin, investigacin que da cuenta de algunas experiencias de personas LGBTI en torno al derecho al trabajo en tres ciudades de Colombia (Bogot, Cartagena y Medelln). Sin embargo; se destaca la ausencia de reflexin social en este tema; la inexistencia de polticas y acciones afirmativas por parte de los gobiernos (con excepcin del de Bogot) y la minimizacin de sus consecuencias para la vida de las personas de ste sector poblacional; pues no se reconoce como un derecho relevante para ellos por parte de los Estados y todava no esta contenido en sus luchas y presiones sociales.

En esta investigacin la exclusin laboral hacia la poblacin LGBTI se entiende desde la perspectiva de Nancy Frazer (1997), como un dispositivo de una accin estructural que expresa dos formas de injusticia: una de orden socioeconmico y la otra cultural- simblica. En la primera se adopta una forma de explotacin y marginalidad y en la segunda, una negativa de reconocimiento del otro a quien por prejuicios sociales ms all de exclursele se le despoja del s mismo y se le mantiene a flote; desposesin que culmina con la privacin de su voz y de su rostro.En el trabajo de campo que acompaa ste texto, tuvimos la oportunidad de discutir, analizar y conocer realidades laborales de personas LGBTI en el Caribe Colombiano; que se enmarcan en las siguientes situaciones:

1. Al abordar personas LGBTI, entre 25 y 40 aos, visiblemente reconocidas y preguntar por su situacin laboral, encontramos que ocho (8) de cada diez (10) personas, manifiestan no tener un trabajo fijo, o trabajar solo por temporadas, de recibir salarios injustos y de pasar largas temporadas al ao sin acceso a un trabajo que les garantice el sustento necesario. Casi todas se ocupan en peluquera 45%, servicios de atencin 20%, prestacin de servicios profesionales 2%, trabajo sexual 15% y el 18% manifest nunca haber trabajado. En relacin al trabajo sexual y la peluquera, oficios de mayor demanda, Preocupa, que si bien todas estas ocupaciones son dignas, es donde mayor se experimenta la discriminacin, la falta de garantas laborales, mayores riesgos para su integridad personas y menos estabilidad econmica y de permanencia. Adems se suscribe por la sociedad, una especie de lugar comn, al pensar que por ser LGBTI deben estar limitadas a las peluqueras o al trabajo sexual. Desconociendo sus potencialidades e intereses personas de otros desempeos (no quiere decir que la solucin sea sacar a las personas del trabajo sexual o la peluqueraes no someterlo solo a ello)2. En relacin con su preparacin educativa para el trabajo; veintids (22), personas terminaron sus estudios de bachillerato; catorce (14), iniciaron el bachillerato pero no lo culminaron, cinco (5), terminaron solo sus estudios primarios y nueve (9) manifestaron no haber estudiado. Entendemos que es clave la formacin libre y vocacional para el ejercicio de una profesin; uno de los factores determinantes que hace que las personas LGBTI tengan pocas opciones laborales, es que no tienen espacios de preparacin suficientes y adecuados con sus intereses personales, pues el estigma sugiere que la preparacin tcnica, profesional o especializada de una personas, esta limitada por su orientacin sexual o identidad de gnero. Esta situacin, puede ser la causante que las personas en el trabajo de campo que trabajan, lo hagan mayoritariamente de manera independiente, pues sienten que en empresas y puestos de trabajo no sern contratados, o han vivido experiencias de exclusin y discriminacin en entrevistas por ser LGBTI. Adems quienes no trabajan, o no lo hacen de manera permanente, aducen que su no consecucin de un puesto laboral esta relacionada directamente con su orientacin sexual o identidad de gnero, desconociendo su formacin y perfil ocupacional.3. Las personas LGBTI que trabajan o han trabajado extemporneamente, manifiestan que en relacin con otros compaeros o compaeras de trabajo, han sido ellos, los que mas reciben presin y acoso laboral, los cargan de ms trabajo, les generan ms restricciones y no los vinculas a ellos o a sus familias (cuando son parejas del mismo sexo) a los beneficios de las familias de los trabajadores. Acciones como: a) obligar a las mujeres trans en las peluqueras ha llevar uniformes para esconder la transformacin de su cuerpo; b) ponerlos en lugares poco visibles de los clientes por el temor a que ello genere alguna incomodidad; c) desconocer sus habilidades laborales y sobreponer a ello la cosificacin de lo LGBTI en la sociedad actual, d) prohibirles poner en sus puestos de trabajo algn elemento personal que hable de su orientacin sexual o identidad de gnero; e) negarles permisos, descansos o participar en eventos de representacin del lugar del trabajo; f) recibir menores ingresos y trato por un trabajo igual que se realiza y g) amenazas permanentes de perder su puesto de trabajo sin justificacin alguna.

4. Para las personas entrevistadas hay dos elementos en el mundo laboral que manifiestan ms ampliamente expresiones de homofobia y transfbia. La entrevista y el motivo de desvinculacin. De los cincuenta (50) entrevistados, veinte y ocho (28), han pasado por entrevistas laborales ms de dos (2) veces; y de ellos veinticinco (25), manifestaron rechazo, burlas y sanciones morales por parte del entrevistados motivadas por su orientacin sexual e identidad de gnero; es ms, quince (15) de ellos, aducen que ese fue el motivo por el cual no fueron contratados. En relacin a la terminacin del contrato; si bien la mayora (por la flexibilizacin laboral) son contratados por meses, e incluso das, sin ninguna garanta de permanencia; once (11) de ellos, manifestaron que sus contratos fueron terminados antes del tiempo previsto; y si bien, la razn presentada fue otra, ellos la ven estrechamente relacionada a su orientacin sexual o identidad de gnero.

5. Para cuarenta y dos (42) de los cincuenta (50) entrevistados, ser LGBTI es una causa negativa a la hora de conseguir o mantenerse en el trabajo. las cuatro (4) personas, de las entrevistadas que son profesionales, aseguran que lo lograron porque en su trabajo no saben de su orientacin sexual (tres de ellos) y el otro porque su jefe es cercano a su familia. Adems, veintinueve de los entrevistados (29), manifiestan que restringen y niegan su orientacin sexual en el espacio laboral por miedo a ser descubiertos y despedidos. Esta situacin es mas compleja en las mujeres trans del Caribe; muchas de ellas, han tenido que tomar la decisin cuando trabajan de negar por momentos su identidad de gnero, volviendo a vestir como hombres y ocultando su construccin identitaria; y que otras, sin quererlo, vean en el trabajo sexual, la nica opcin laboral que les permite mantener su identidad de gnero. Esta situacin se suma a que todos, sin excepcin, los entrevistados que laboral actualmente, manifiesten persecucin continua de jefes y compaeros de trabajo para que oculten, corrijan e incluso cambien su orientacin sexual o identidad de gnero.Esta situacin, que si bien identificamos en el Caribe; pero de seguramente se presenta en otras regiones de Colombia; debe llamar la atencin de gobierno nacional, gobiernos locales, legisladores, lideres sociales, sindicalistas y empresarios: es urgente reconocer y otorgar garantas de trabajo alas personas LGBTI, que no les nieguen este derecho como un atributo de igualdad; pero que se les garantice en trminos reales, efectivos y eficcez que tengan como punto de partida el respeto a la diferencia y a la autonoma y el desarrollo de su personalidad. Un buen escenario para pensar en esa transformacin al interior del mundo laboral, lo constituye el concepto de trabajo decente promovido por la OIT: trabajo decente es un concepto que busca expresar lo que debera ser, en el mundo globalizado, un buen trabajo o un empleo digno. El trabajo que dignifica y permite el desarrollo de las propias capacidades no es cualquier trabajo; no es decente el trabajo que se realiza sin respeto a los principios y derechos laborales fundamentales, ni el que no permite un ingreso justo y proporcional al esfuerzo realizado, sin discriminacin de gnero o de cualquier otro tipo, ni el que se lleva a cabo sin proteccin social, ni aquel que excluye el dilogo social y el tripartismo; ste mismo Organismo, vincula como criterios de trabajo decente, los siguientes: 1. Acceso al empleo.2. Trato justo y equitativo.3. Remuneracin laboral decente.4. Condiciones laborales justas.5. mbito de trabajo seguro.6. Proteccin en caso de desempleo.7. Proteccin social y empleo.8. Oportunidades de empleo y formacin.9. Participacin y motivacin.10. Voz en la participacin colectiva.Unir a ste propsito de trabajo decente, la perspectiva de gnero con enfoque en las identidades de gnero y orientaciones sexuales; puede ser un buen inicio para los gobiernos locales en el Caribe; pues parte del reconocimiento de los seres humanos como sujetos de derechos y en ese sentido puede propiciar leyes para crear y dar las condiciones necesarias a las ciudadanas y los ciudadanos LGBTI que puedan ejercer plenamente su derecho al trabajo, sin discriminaciones, exclusiones y vulneraciones fundamentadas en las identidades de gnero y las orientaciones sexuales. Ello como principio, sin embargo, al mismo tiempo, deben los gobiernos como accin afirmativa activar dos frentes: de un lado, siendo uno de los mayores empleadores, crear y promover espacios laborales para las personas LGBTI, con garantas plenas y convocar a empresarios y sectores productivos a promover la misma iniciativa.Su implementacin, adems obliga a cambiar estructuras de relacionamiento social, cuestiona los parmetros sexistas y utilitaristas del mundo del trabajo y replantea la urgente necesidad de blindarlo como derecho con garantas reales de bienestar, satisfaccin, realizacin personal y justa remuneracin.La motivacin de sta iniciativa se sustenta en que las identidades de gnero y orientaciones sexuales como procesos inherentes a los seres humanos, deben darse en un marco de reconocimiento, ejercicio y restitucin del derecho a la autonoma, el libre desarrollo de la personalidad, a la intimidad, a la igualdad, a la no discriminacin, a una vida libre de violencias, a la diversidad y la pluriculturalidad, entre muchos otros derechos que suelen ser vulnerados. Por ello se debe dar inicio a la creacin de espacios y procesos que hagan importante y prioritario el tema del trabajo decente en y para la poblacin LGBTI como una estrategia directa para reducir la exclusin social.Derechos humanos, diversidad sexual y polticas pblicasLa garanta y reconocimiento pleno de los derechos humanos de lesbianas, gais, bisexuales, transgeneristas e intersexuales est basado en el respeto a los derechos que define la democracia y la igualdad como el de no discriminacin, entendiendo que la discriminacin es el trato excluyente o inequitativo que recibe un individuo o un grupo de personas presunta o realmente por su identidad o diferencia respecto de otros individuos o grupos en el mismo entorno social. En otras palabras, se considera discriminacin toda distincin o exclusin, restriccin o preferencia que se base en determinados motivos, como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religin, la opinin pblica o de otra ndole, el origen social o nacional, la propiedad, el nacimiento o cualquier otra condicin social, y que tengan por objeto o resultado anular o menoscabar el reconocimiento goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personasSegn la recomendacin nmero 18 de la Oficina de la Alta Comisionada de Derechos Humanos de Naciones Unidas hay tres formas de discriminacin: Directa o indirecta: tiene que ver con la intencin. Formal y sustantiva o estructural: es el reconocimiento de la discriminacin en el derecho positivo. Mltiple: en el acto de discriminar confluyen varios criterios prohibidos.El Estado es el principal actor para generar condiciones objetivas que logren erradicar stas prcticas de discriminacin y su mayor herramienta la garanta de derechos. Eso si realizables y materializables. Por ello, los derechos humanos obligan a los Estados a promover, respetar, proteger y satisfacer a sus ciudadanos y ciudadanas y como consecuencia, las polticas sociales, como ruta de materializacin, son vinculantes con la garanta de derechos y eso da mayor eficacia al desarrollo de la poltica de los gobiernos plasmadas en sus Planes de Desarrollo, leyes y ejecuciones; pues proponen estrategias para una mayor integracin social y equidad.En relacin con los derechos de las personas LGBTI, los gobiernos locales y territoriales deben exigir en sus procedimientos ciertos estndares de conducta y evaluar en los fines concretados bajo los acuerdos de los derechos humanos de qu manera el desarrollo est vinculado al progreso e integralidad de los derechos y como se validan en la sociedad.Para ello, en el caso concreto del Caribe Colombiano, las administraciones departamentales y municipales deben propiciar espacios comunes con la sociedad civil, en este caso con personas y colectivos LGBTI, para construir una arquitectura en demandas sociales articulada con lo jurdico de sus responsabilidades, lo tcnico de su capacidad instalada y lo tico de sus compromisos polticos. Ello supone una reingeniera de la estructura del Estado local a partir de los Planes de Desarrollo, en la base marco de gestin, las metodologas de operacin y la forma como se consignen los resultados en materia de derechos, lo cual debe implicar un reconocimiento a la dignidad humana con enfoque de progresividad y no de regresividad.Por ejemplo, cuando un gobierno garantiza el derecho a la educacin de un grupo poblacional histricamente discriminado, debe considerarse cmo logra no solo que accedan a la educacin sino que esta sea de calidad, y que con el correr del tiempo se afinen y potencialicen sus logros. Es decir, se debe construir una poltica pblica que desarrolle el ejercicio del ser, del hacer y de la posibilidad de reclamar y de crear condiciones objetivas en momentos histricos diferentes. Adems, hay que adaptar los satisfactores en el hacer para las diferencias territoriales y culturales a fin de garantizar el mnimo vital.Al hablar de un grupo poblacional histricamente discriminado y excluido, los mnimos, son una categora fundamental, pues nos permiten partir de unos acuerdos que no son negociables, ni transables, como el respeto a su diversidad y las garantas de igualdad y lograr activar acciones de oficio en el Estado y de resonancia en la sociedad civil a partir de polticas pblicas. En el caso de los derechos humanos, el mnimo no refiere a lo mnimo necesario para no morir, ni a lo precario sino a un mnimo habilitante en el contexto social, para llevar una vida digna. Los mnimos representan el nivel por debajo del cual no debe quedar nunca la conducta del Estado. Para que se considere cumplida su obligacin, todo derecho implica un nivel esencial mnimo que debe ser respetado por el Estado. La expresin de mnimos, entendida como la consecuencia lgica de la expresin de derechos; que es entendida a partir de que, en otras palabras, no habra justificacin para elevar un reclamo, con todo lo que ello significa, si su contenido normativo es tan indeterminado que los que lo alegan no tendran en realidad ningn derecho.Desarrollar polticas con enfoques de derechos supone cambiar la concepcin del ser humano: hay que pasar de categoras como beneficiario, usuario, destinatario, que no se corresponden a la dignidad humana, a la de sujeto de derechos. Esto se debe a que las categoras anteriores consideran a las personas como carentes, desempoderados, desfavorecidos, lo que lleva al Estado a proponer solo una accin asistencial sobre el tener y de esta manera, se resuelve la carencia otorgando el beneficio mediante un flujo del Estado al sujeto y no del sujeto al Estado. Por ello es necesario no solo que el Estado priorice, los derechos y en particular, el derecho al trabajo con las personas LGBTI como un asunto de poltica social, sino que aplique para ello un enfoque de derechos.El enfoque derechos se construye a partir de la nocin de igualdad de ciudadana y de relacin de poltica bidireccional, en la que se produce un flujo: desde el Estado para generar acciones transformativas y desde la participacin ciudadana de un sujeto que ejerce el hacer en su categora de portador de derechos. Lo ms importante no es el tener que puede entregar el Estado, sino la participacin efectiva para que las personas puedan hacer y donde el tener funcione como un medio y no como fin. Eso implica un cambio paradigmtico y apela a las dimensiones de polticas integrales y democrticas en un Estado Social de Derecho, que tiene en el derecho al trabajo para las personas LGBTI, una oportunidad de garantizar sta transformacin.Al pensar en el trabajo para personas LGBTI, necesariamente hay que proponer un plan de accin a largo plazo que responda a la deuda histrica que hay en sta materia; por ello, es necesario que los gobiernos locales y territoriales recojan los cursos de accin y flujos de informacin relacionados con las exigencias y solicitudes histricas de un grupo poblacional para garantizar plenamente sus derechos y la consecucin de su dignidad humana. Estos cursos de accin se evidencian de la siguiente manera: Cuando actos, acciones u omisiones del Estado manifestadas en las conductas de sus funcionarios y en la aplicacin de sus tareas, desconocen, ponen en riesgo o vulneran un derecho o servicio a un grupo poblacional o a un sector social. Cuando un grupo de personas exige un compromiso que se convierte en un imperativo para los derechos humanos lo que hace necesario convertirlo en objetivo pblico de inters general. Cuando en la estructura democrtica, cualquier accin, temtica, poblacional o territorial, pone en desventaja mediante acciones de discriminacin y exclusin la participacin plena de un grupo poblacional negando su derecho a la igualdad. Cuando un grupo social presiona las agendas pblicas de los gobiernos para exigir atencin a sus temas y comprometer a sus gobernantes en su corresponsabilidad con los principios del Estado Social de Derecho y la garanta integral, universal y progresiva de derechos para sus ciudadanos y ciudadanas.Todo esto se fundamenta en un Estado democrtico garantista de derechos para las personas LGBTI, donde la poltica, referida a solo consignar una tarea sin herramientas para cumplirla; o sin propuestas de poltica pblica, puede caer en demagogia, y las polticas pblicas; metas y objetivos que se trazan para corregir una solicitud, sin discusin poltica que evidencie el verdadero problema y la real satisfaccin de quienes lo sufren; puede caer en tecnocracia por parte de sus gobernantes.Contexto de las personas LGBTI en la regin Caribe colombianaEl Caribe Colombiano es una regin donde las agendas sociales, por presin de los grupos armados, o por los altos niveles de desigualdad; parece que pasan a un segundo plano; tiene una deuda pendiente, pues garantizar derechos reales y efectivos a los grupos poblacionales histricamente discriminados y excluidos, lograr precisamente hacer frente a las acciones violentas; contrarrestndolas con calidad de vida y garantizar condiciones de acceso a servicios de calidad a todos sus ciudadanos. Sin embargo, en esa invisibilidad de las necesidades sociales; las de las personas diversas por su orientacin sexual o identidad de gnero suele ser an ms invisible, por los parmetros de la cultura Caribe, arraigados en expresiones misgenas, machistas, patriarcales y prejuiciosas hacia el gnero y la orientacin sexual no heterosexual, generando condiciones ms precarias para las personas LGBTI en ste territorio. El Observatorio de Derechos Humanos de Caribe Afirmativo que hace un seguimiento de los casos de violencia que afectan a la poblacin LGBTI desde 2007, fecha en que fue asesinado Rolando Prez Prez, inspirador de este proceso y cuya muerte an se encuentra impune, trabaja a partir del examen de la informacin sobre actos que atentan contra la vida y la dignidad de este grupo poblacional en la regin, y ha puesto en evidencia la violencia sistemtica, la impunidad y el estado de indefensin que enfrentan las personas LGBTI en esta sector de Colombia.Las personas gais, lesbianas, bisexuales y trans e intersex del Caribe Colombiano; un territorio mayoritariamente poblado pro grupos tnico raciales, que experimenta altos niveles de inequidad, subdesarrollo y donde pervive el conflicto armado; presenta expresiones de injusticia social de un lado y el reclamo de nombrar aquello que no es nombrado y que est ms all de la escala de la moratoria social de otro, permiten plantear, la posibilidad de pensar en un dficit de derechos ante la falta de respuestas sociales a los invisibilizados, niguneados u oprimidos de la sociedad; quienes ms all de la redistribucin, reclaman como prerrequisito, un anlisis detallado de la sociedad que valida prejuicios y estados de negatividad hacia ellos. Asumiendo ste como un dficit sociolgico, que es puesto en escena por la aparicin y movilizacin de sectores sociales, poblacionales y temticos que reclaman su papel como actores particulares y diversos; que no encuentran asidero en los procesos que proponen las democracias, an muy precarias.

All, podramos decir en trminos sociolgicos, se asume la lucha por la igualdad real, para evidenciar la articulacin de las diferencias en bsqueda de reconocimiento, en la medida en que el reconocimiento es constitutivo para las forma de vida, que se manifiesta en prcticas de libertad y autonoma que lejos de llamar a reducir la desigualdad, parece abonar en las sociedades del Caribe la humillacin y el menosprecio; por ello, es necesario, para allanar la bsqueda de justicia social y reconocimiento de las diferencias en la construccin de la sexualidad y del gnero, que se asumen como ejercicio capital, de las construcciones identitarias de las personas LGBTI en el Caribe Colombiano que responde a situaciones concretas de reduccin de esa discriminacin social.

El Observatorio de derechos humanos de Caribe Afirmativo que desde 2007 documenta casos de violacin y negacin de derechos humanos a personas LGBTI en sta regin Colombiana; ha dado cuenta como las muertes violentas de forma sistemtica (102, en el lapso de 2007 a 2013) que han afectado en su mayora a mujeres trans (67 de esos casos) y que se han presentado mayoritariamente en las ciudades ms pobladas (Barranquilla, Cartagena y Santa Marta) sumando a stas actos de agresin Policial (62 en el mismo periodo) amenazas por grupos al margen de la ley a activistas LGBTI, (23 entre 2011 y 2013) generando desplazamiento forzado y presin sobre sus ncleos familiares; no ha permitido avanzar ms all, para identificar el alto estado de precariedad que presentan los derechos laborales hacia las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersex.

Las pocas acciones que en sta regin se hacen la pregunta por el trabajo, an no integra la reflexin por grupos excluidos como son las personas LGBTI, donde ni siquiera son nombrados, sometindolos a un ambiente de desempleo, subempleo o condiciones de precarizacin, mostrando el derecho al trabajo como un privilegio mucho ms all de la ciudadana, que no es perceptible para las personas diversas; y mucho ms cuando sus expresiones se hacen pblicas, obligndolos a desaparecer ms all de las franjas del empleo y por ello no son nombrados en las listas de desempleo ni contendidos en las pocas propuestas e inclusin laboral; y de otro lado, quienes logran acceder a l, se ven obligados a llevar su orientacin sexual o identidad de genero al anonimato, negar sus aspiraciones y en muchas ocasiones a ser vctimas de prcticas de acoso laboral, sobre carga de trabajo negacin de prestaciones sociales y un cumulo de restricciones a espacios y derechos extensos o conexos del trabajo, marcado por el sexismo, el patriarcado, y la discriminacin por ser o parecer de un grupo poblacional que en los derechos sociales an no tiene camino y en el mundo sindical an no se abre espacio.La discriminacin laboral a personas LGBTI en la regin Caribe colombianaComo ya lo hemos advertido, el derecho al trabajo es la mayor garanta de una democracia efectiva y una ciudadana plena. Actualmente, ese escenario es un espacio de lucha por parte del movimiento LGBTI en la exigibilidad de sus derechos integrales, plenos y universales y exigen del Estado poner en marcha polticas de trabajo decente para ste grupo poblacional, vinculado a un salario y condiciones laborales dignas y a ambientes laborales libres de discriminacin.La discriminacin en ambientes laborales es muy alta en Colombia. Sin embargo, cuando est referida a sesgos prejuiciosos motivados por la orientacin sexual de las personas o su identidad de gnero, la discriminacin parece ser mayor, pero ms invisible y poco denunciada debido a los mecanismos de dominacin sexista preexistentes en el mundo del trabajo, el alto grado de control en la vida privada de los vinculados laboralmente y la falta de proceso de formacin en el trabajo en lo que se refiere a los roles que emergen en las acciones y ejercicios laborales.En la Sentencia T-098 de 1994 la Corte ha definido a la discriminacin como:un acto arbitrario dirigido a perjudicar a una persona o grupo de personas con base principalmente en estereotipos o prejuicios sociales, por lo general ajenos a la voluntad del individuo, como son el sexo, la raza, el origen nacional o familiar, o por razones irrelevantes para hacerse acreedor de un perjuicio o beneficio como la lengua, la religin o la opinin poltica o filosfica [...] El acto discriminatorio es la conducta, actitud o trato que pretende consciente o inconscientemente anular, dominar o ignorar a una persona o grupo de personas, con frecuencia apelando a preconcepciones o prejuicios sociales o personales, y que trae como resultado la violacin de sus derechos fundamentales. || Constituye un acto discriminatorio, el trato desigual e injustificado que, por lo comn, se presenta en el lenguaje de las normas o en las prcticas institucionales o sociales, de forma generalizada, hasta confundirse con la institucionalidad misma, o con el modo de vida de la comunidad, siendo contrario a los valores constitucionales de la dignidad humana y la igualdad, por imponer una carga, no exigible jurdica ni moralmente, a la persona.Sobre la orientacin sexual como criterio de discriminacin, en la Sentencia C-481 de 1998 la Corte Constitucional manifest que: la especfica orientacin sexual de un individuo constituye un asunto que se inscribe dentro del mbito de autonoma individual que le permite adoptar, sin coacciones ajenas, los proyectos de vida que considere pertinentes, siempre y cuando, con ellos, no vulnere el orden jurdico y los derechos de los dems. As, la doctrina constitucional ha sealado que la Carta eleva a derecho fundamental la libertad en materia de opciones vitales y creencias individuales, lo cual implica la no injerencia institucional en materias subjetivas que no atenten contra la convivencia y organizacin social. Es evidente que la homosexualidad entra en este mbito de proteccin y, en tal sentido, ella no puede significar un factor de discriminacin social.En un estudio realizado por la Secretara de Planeacin de la Alcalda de Bogot en 2010 sobre las situaciones de discriminacin en el mundo del trabajo a las que se expone una persona que expresa abiertamente su orientacin sexual o su identidad de gnero, y las personas sobre las que otras presumen o asumen su no heterosexualidad, su no masculinidad o su no feminidad, se revelaron las siguientes: Que se impida o limite el acceso, el ascenso o la permanencia en un puesto de trabajo, o las garantas laborales por ser persona trans o por su orientacin sexual. Que no se celebren contratos con ella por ser persona trans o por su orientacin sexual. Que se les acose sexual o laboralmente por ser mujer lesbiana, hombre gay, persona trans o persona bisexual, en el lugar de trabajo.Las personas de la poblacin LGBTI carecen de un ambiente laboral inclusivo en el que pueden ser ellas mismas, entrar comnmente en conversaciones sobre la vida cotidiana o su pareja, pues reconocen la existencia de altos niveles de discriminacin y se sienten vulnerables al acoso y la persecucin laboral.Ya la sentencia T-152 de 2007 haba establecido que la orientacin sexual no debe ser un criterio de discriminacin en materia laboral. Sin embargo, no es posible encontrar acceso a la igualdad econmica y social en Colombia a la hora de acceder al trabajo por parte de la poblacin LGBTI, pues acciones prejuiciosas como la discriminacin y la exclusin social inciden negativamente en la obtencin y mantenimiento del empleo, el acceso a los procesos de seleccin y convocatoria y a los proceso de promocin en los espacios laborales. Todo ello, adems, se cimenta en el modelo econmico que tiende a profundizar la exclusin y a motivar la disparidad y falta de oportunidades hacia las personas por su orientacin sexual no heterosexual y sus identidades de gnero diversas, ya que se construye a partir de roles definidos y estandarizados en los prototipos de macho productor, mujer cuidadora y familia heteroparental como motor de desarrollo.Es necesario, entonces, contribuir a generar condiciones de trabajo decente para evitar en el mundo del trabajo las prcticas discriminatorias sexistas y homofbicas que vulneran estos derechos a las personas LGBTI y que abarcan desde la presentacin misma de los trabajos en convocatorias, publicada y promocin de empleos hasta el repertorio de ofertas laborales, que estn marcadas por los estereotipos de lo masculino o d elo femenino referido solo al sexo biolgico.Por ello, es importante promover acciones afirmativas que logren eliminar los estereotipos sexistas, homofbicos y excluyentes en la contratacin y mantenimiento de los empleos y que se establezcan leyes y normas para proteger a las personas cuyo trabajo vigente o potencial es afectado por razones de prejuicios sexual o de discriminacin homofbica. Reflexiones frente a una serie de prejuicios sexuales, expresados en acciones de discriminacin y exclusin en la regin Caribe de Colombia hacia personas LGBTI en el trabajo y los espacios pblicos y que se dan en realidades como: Sociedades tradicionales, patriarcales y heteronormativas donde las prcticas sociales que se inscriben por fuera, como la diversidad sexual, se asumen como un asunto que est en el plano de lo enfermizo, moralmente censurable y por ello debe ser controlado, ajustado o revertido desde, la abyeccin, el castigo y ciertas prohibiciones. Espacios donde el desconocimiento frente a los temas de la sexualidad y la diversidad lleva a reproducir imaginarios y prcticas donde el estigma social, el prejuicio y las creencias sustentadas en un orden religioso conducen a naturalizar. Medios donde se produce el rechazo o la discriminacin hacia aquellas personas que no esconden, ocultan o revierten su construccin diversa de la sexualidad. En estos casos el trato diferenciado, generalmente, no es hacia la persona como tal, sino hacia su opcin o construccin diversa del gnero.En trminos conceptuales, podramos afirmar que solo la erradicacin de la exclusin y al discriminacin a las personas LGBTI en espacios laborales, generar garantas de vida digna reales para ellos; pues tal como lo plantea Fraser (1997) a travs de sus instituciones la sociedad reproduce una injusticia simblica que se materializa en un no reconocimiento pleno del sujeto a nivel familiar, jurdico, poltico y social. Estas injusticias simblicas o violencia simblica como Bourdieu (2000) se refiere a las acciones de negacin, sumisin, desvalorizacin o invisibilizacin hacia un otro que est por fuera de una sociedad androcentrista y estructurada en una dominacin masculina.Por otro lado, Mara Mercedes Gmez (2008) asume la discriminacin en las familias hacia la poblacin LGBTI, y considera que debe de entenderse como cualquier prctica que pretenda jerarquizar y/o establecer identidades, actos o acciones como superiores frente a otras reconocidas como inferiores; en otras palabras, busca determinar la superioridad o inferioridad de unos sobre otros.Por ello, al hacer una revisin de conductas discriminatorias y excluyentes de personas LGBTI en espacios laborales en el Caribe Colombiano, la no mencin de este tema y la invisibilizacin, subregistro, el desempleo, la ausencia de reflexin en este tema por los colectivos sexo diversos y la falta de polticas laborales para ste sector poblacional, nos lleva a afirmar que, es ms un problema de exclusin que de discriminacin, partiendo del presupuesto conceptual de que excluir es una accin que descarta, rechaza o niega la posibilidad de alguna cosa, puesto que considera que dos cosas juntas son incompatibles, es decir, se trata de una nocin que muestra la incompatibilidad entre los diferentes elementos. Las prcticas de excluir, suprimen y tratan de eliminar aquello que es incompatible o que amenaza la existencia presente y futura. Y ello es precisamente lo que pasa en la regin, no se quieren proponer agendas para la inclusin laboral de personas LGBTI, simplemente no se quiere pensar, pues no se consideran sujetos de derechos, y mucho menos laborales.Muchas personas LGBTI del Caribe han desistido de buscar trabajo, se han dado a la idea que su sustento es la informalidad y ello lo validan en experiencias negativas y desafortunadas a la hora de buscar acceder a un empleo:

Cuadro 1. Acciones de discriminacin contra personas LGBTI que han sido excluidas o discriminadas en espacios laborales en la regin Caribe colombianaCategoraEspacios pblicosTrabajoFamilia

Uso del lenguajeBurlas, silbidos Comentarios hostiles, chistesCulpa y revictimizacin, emocin

RestriccionesCirculacin, horarios, lugaresAscensos, roles, funcionesEconmicas y sociales

Sobre exigenciaAutocontrolHoras extras, vacacionesResponsabilidades

Ocultamiento, autorregulacin y autocontrol

Exclusiones directas Prohibicin, marcajeInformalidad, eliminacin en la entrevista, roles estereotipadosExpulsin, castigos, maltratos

A sta situacin se le suma un problema de orden global: el mundo laboral en los procesos actuales de Amrica Latina y del Caribe viene paulatinamente perdiendo derechos materializados en dos escenarios concretos: la precariedad de la seguridad social y la reduccin de los ingresos laborales. Si se considera que el mundo laboral es un espacio de exclusiones basadas sobre todo en los modelos econmicos imperantes en la regin, el trabajo decente, entendido como condiciones dignas del trabajo y del trabajador, corre importantes riesgos ante el crecimiento desproporcionado de la informalidad, el subempleo, el desempleo y la creciente vulneracin de los derechos de las personas en los entornos laborales.Por ello, la pregunta por el derecho al trabajo de las personas LGBTI, surge como una presin a las polticas Estatales de gnero que buscan hacer nfasis en personas por su orientacin sexual o identidad de gnero; tal como lo indican Prez, Correa y Castaeda (2013:67); El mito del trabajador ideal que pertenezca a determinada clase o cumpla roles de gnero y que mantenga su sexualidad en el mbito privado y el acomodamiento de rituales invisibles en las prcticas laborales generan contextos de discriminacin laboral, que terminan personalizndose y atribuyendo la responsabilidad al discriminado.El derecho al trabajo de la poblacin LGBTI; Prez, Correa y Castaeda (2013:82); como grupo y red poblacional especfica, en el mbito pblico o privado suele ser invisibilizado y no se reconoce su participacin en la construccin sobre los modelos de ciudad y ciudadana que desde la poblacin se propone. La nocin de invisibilizacin ha estado relacionada con los grupos sociales sujetos a relaciones de dominacin por parte de la estructura social mayoritaria o hegemnica, razones que suelen estar ntimamente relacionadas con procesos destinados a imponer la superioridad del grupo social dominante (en este caso el heterosexual) sobre otro (la poblacin en contexto de diversidad sexual y gneros) en base a esta condicin especfica del grupo. Los mecanismos ms antiguos y fundamentales para invisibilizar a un grupo social determinado son la no inclusin de sus aportes, la destruccin de sus obras, la omisin de su trabajo, el demrito de sus logros y la no valoracin de sus quehaceres y aportes al conjunto de la sociedad.

Cabe sealar que la discriminacin o exclusin laboral hacia la poblacin LGBTI es abiertamente una accin prejuiciosa validada socialmente en trminos de : homofobia y transfbia que pone en riesgo la dignidad humana de lesbianas, gais, bisexuales y transgeneristas. Esta exclusin se genera no solo por las pocas oportunidades de acceso al trabajo de esta poblacin, sino tambin por una estructura laboral excluyente y negadora de la diversidad sexual y las identidades de gnero. Esto produce una invisibilizacin de estas personas en el mbito laboral cuando logran acceder a l, unas condiciones estructurales de violencia fsica y simblica, legitimada en los niveles articuladores del mundo laboral y un submundo amplio de desempleo y de precarizacin laboral.La discriminacin y la exclusin son dos categoras que histricamente han permitido identificar el no acceso y la falta de garantas al goce pleno y efectivo de los derechos hacia personas que se inscriben o reconocen como pertenecientes a grupos poblacionales histricamente relegados, como afrodescendientes, indgenas, mujeres y poblacin LGBTI. Si bien desde la Organizacin Internacional del Trabajo an no hay unos dispositivos y pronunciamientos especficos en lo referente a discriminacin laboral hacia la poblacin LGBTI, se cuenta con una base importante que si bien es general, permite ubicar a los diferentes colectivos excluidos.Normatividad internacional Segn el informe del director general de la OIT (2007), en la Conferencia Internacional del Trabajo nmero 96, se describen una serie de manifestaciones de discriminacin en los espacios laborales, que deben ser eliminadas del mundo del trabajo: La denegacin de empleo, despido, denegacin de ascenso. El acoso: bromas indeseables, indirectas y comentarios tendenciosos, abuso verbal, chismes difamatorios, apodos, intimidacin y hostigamiento, falsas acusaciones de pedofilia, pintadas, llamadas telefnicas insultantes, annimos, daos a los bienes, chantajes, violencia, e incluso amenazas de muerte. La denegacin de prestaciones sociales a las parejas del mismo sexo. Por ejemplo, das de asueto adicionales por razones como traslado, nacimiento de un hijo, licencia parental, cuidado de la pareja enferma, perdida de un familiar, prestaciones educacionales para los trabajadores y su familia; suministro de bienes y servicios de calidad por parte del empleador, prestaciones de supervivencia en los regmenes pensionales profesionales o los efectos del seguro de vida, y seguro de enfermedad para los trabajadores y su familia. La autoexclusin por temor a ser discriminados.Ante la urgente necesidad de identificar prcticas discriminatorias que afectan a la poblacin LGBTI en el mundo, los pases miembros de la Organizacin de Naciones Unidas suscribieron en 2007, los principios de Yogyakarta sobre la aplicacin de la legislacin internacional de derechos humanos en relacin con la orientacin sexual y la identidad de gnero. En el principio 12, se plantea que toda persona tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la proteccin contra el desempleo, sin discriminacin por motivos de orientacin sexual e identidad de gnero.Normatividad nacionalLa Constitucin y la jurisprudencia de la Corte Constitucional Colombiana protege de manera especial a las personas LGBTI contra la discriminacin, los abusos y la violencia, buscando garantizar su igualdad plena.En esta perspectiva, las personas LGBTI se consideran un grupo tradicionalmente excluido y socialmente vulnerable, razn por la cual la orientacin sexual o identidad de gnero son criterios sospechosos de discriminacin. Siempre que una ley o conducta signifique una diferenciacin injustificada por estos motivos, deber realizarse un anlisis estricto de las condiciones, causas y efectos de desigualdad, debido a que todo trato diferente fundamentado en la homosexualidad, bisexualidad o transgenerismo de una persona, se presume inconstitucional y debe someterse a un control constitucional estricto.Lo anterior se sustenta en el hecho de que la orientacin sexual y la identidad de gnero tienen una doble proteccin constitucional: por razones de sexo (artculo 13) y por su libre desarrollo de la personalidad (artculo 16). La orientacin sexual y la identidad de gnero no normativas son criterios sospechosos de discriminacin y las concepciones o prcticas que tratan a la homosexualidad como una enfermedad, una anomala patolgica o un delito no tienen cabida en el ordenamiento Constitucional Colombiano.El derecho al trabajo se encuentra consagrado en el artculo 29 de la Constitucin, en el que se plantea que el trabajo es un derecho y una obligacin social y goza, en todas sus modalidades, de la especial proteccin del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas. Por su parte los artculos 10 y 11 del Cdigo Sustantivo del Trabajo consagran el derecho al trabajo en trminos de igualdad de protecciones y garantas para todos los trabajadores, la libertad para escoger profesin y oficio y la abolicin de toda distincin, sin enumerar ningn criterio especfico.En el tema concreto del reconocimiento del derecho al trabajo de la poblacin LGBTI hay varias sentencias de la Corte Constitucional que sirven de referente para el ejercicio que se propone en esta presentacin: Sentencia C-481 de 1998 y T-435 de 2002: la orientacin sexual no impide ejercer la docencia. Sentencias T-097 de 1994, T-037 de 1995 y C-507 de 1999: la orientacin sexual no es una falta disciplinar que impida hacer parte de las fuerzas militares. Sentencia C-373 de 2002 sobre la proteccin a las personas LGBTI en carreras administrativas demandando la ley 588 de 2000 que consideraba la prctica homosexual como una inhabilidad para acceder a la carrera administrativa.Personas LGBTI: entre la discriminacin laboral y la exclusin socialSi bien la situacin de los derechos laborales en Colombia histricamente ha sido precaria, debido a los innumerables y dramticos hechos de violencia, tambin lo han sido los esfuerzos variados de lograr la paz y la equidad social. Esta nacin se ha construido en medio de avances y retrocesos socioeconmicos, con impactos diferenciales en su poblacin segn la clase social a la que pertenece, la etnia en la que se autorreconoce, el momento generacional que vive, la regin donde habita o la construccin de gnero que asume. Estas manifestaciones en las que se inscriben sus habitantes, han incidido drsticamente en procesos de invisibilizacion, discriminacin, exclusin y en la construccin y reproduccin de prejuicios que se evidencian de manera concreta en un grupo poblacional histricamente excluido como la poblacin LGBTI.Aunque no existen sistemas de informacin que den cuenta de la discriminacin laboral de la poblacin LGBTI, en los ltimos aos se ha presentado un avance por parte del Estado, al introducir en las estadsticas y polticas oficiales y en los marcos de sus diagnsticos, la variable de gnero, lo cual representa un avance temtico y conceptual. Asimismo, en el nivel internacional esta variable viene ocupando cada vez un lugar de mayor preponderancia acadmica y poltica. De los 185 convenios y las 195 recomendaciones de la Organizacin Internacional del Trabajo, ninguna tiene por objeto el tema de la discriminacin laboral por opcin sexual. Si bien existen convenios, como el 11, sobre discriminacin en el empleo y la ocupacin, que puede ser extensivo y aplicado a estos casos, o la recomendacin 119 sobre la terminacin de la relacin de trabajo que califica diferentes formas de discriminacin causal, ninguna reconoce la opcin sexual como una categora diferencial del sujeto.En su informe de derechos humanos de 2007, Colombia Diversa advierte que frente a la discriminacin laboral, pareciera que la nica opcin que tienen lesbianas, bisexuales y gais es ocultar su orientacin sexual como la manera ms segura de conservar sus empleos.Ocultar su orientacin sexual como la manera ms segura de conservar sus empleos, pues socialmente a cierta edad se espera que inicien una vida familiar mongama y heterosexual. Esta situacin los expone a la paradoja de formar una familia con un compaero o compaera permanente, de su mismo sexo, y poner as en evidencia su orientacin sexual, o no hacerlo y generar sospechas sobre su sexualidad. Sin embargo, no tener una pareja del otro sexo implica perder oportunidades laborales que pueden surgir en espacios pensados para parejas heterosexuales cocteles, da de la familia y otros espacios en los que muchas veces se afianzan las relaciones con los compaeros de trabajo o inclusive se negocian mejores condiciones laborales ascensos, aumento de salarios. El dilema, entonces, es asistir a esos espacios con la pareja del mismo sexo y arriesgar la estabilidad laboral, o no hacerlo y perder oportunidades laborales, (Colombia Diversa, 2008 179 180) Es importante aclarar que para las personas transgeneristas la identidad de gnero no se puede mimetizar de la misma forma que la orientacin sexual, lo que las hace ms vulnerables o pone en desventaja frente a discriminaciones en contextos laborales, as hayan logrado cualificarse y ser competitivas con respecto a otras personas. De hecho, problemas de salud que enfrentan algunas de ellas, como las intervenciones informales sobre sus cuerpos, se deben tanto a la bsqueda de una adecuacin corporal acorde a su identidad como a la necesidad de resultar atractivas en el mercado de la prostitucin, una de las pocas formas de generacin de ingresos a las que tiene acceso (Prez, Correa y Castaeda. 2013:42).La relacin entre discriminacin, violencia y falta de fuentes de trabajo para las mujeres transgeneristas es muy estrecha. Los estereotipos que las asocian con la delincuencia llevan a que a muchas de ellas se les cierre puertas en la bsqueda de empleo. De igual forma, los roles tradicionales de hombre y mujer les dejan a las mujeres transgeneristas aparentemente dos opciones: asumir su sexo biolgico y trabajar, o transgredirlo y ser excluidas laboralmente (Colombia Diversa 2007: 182). Para las mujeres transgeneristas el ejercicio de la prostitucin garantiza su mnimo vital alimentacin, vivienda, salud, vestuario, de la misma forma como lo hara una actividad laboral formal.En lo referente a la garanta de derechos laborales para la poblacin LGBTI, la desigualdad, la discriminacin y la violencia forman parte de un particular circuito de realimentacin mutua que se despliega a travs de la reproduccin social de las diversas formas de aceptacin, que legitiman tanto la desigualdad como las prcticas discriminatorias y, a la vez, invisibilizan los hechos violentos hacia la poblacin.En consecuencia, la produccin de estas acciones legitimadas socialmente es de gran importancia poltica, puesto que en la sociedad existe la tendencia a transformar al diferente en un ser inferior con el fin de sostener sistemas de apropiacin desigual, a partir de producir y reproducir incesantemente las condiciones que lo hagan posible. Para tales fines se conjugan violencias represivas y simblicas en diferentes mbitos de la vida social.Como lo advierte Colombia Diversa, el derecho al trabajo significa primordialmente la obligacin del Estado de garantizar el acceso de los ciudadanos en igualdad de condiciones al mercado laboral, el salario justo y no discriminado y la garanta de unas condiciones de trabajo dignas y coherentes con los derechos humanos. En este sentido, las obligaciones que se desprenden de este derecho frente a las personas LGBTI son varias: por una parte, el Estado debe garantizar, por medio de una normatividad adecuada, que la orientacin sexual de las personas no sea un criterio limitante para el acceso al mercado laboral. As, por ejemplo, las preguntas en una entrevista para acceder a un empleo que se relacionen con aspectos de la sexualidad (orientacin sexual, sida, embarazo o uso de anticonceptivos) y la vida privada de las personas estn prohibidas por el derecho internacional, puesto que constituyen una violacin al derecho a la intimidad personal y familiar y porque, adems, la orientacin sexual no puede ser un criterio determinante en cuanto el acceso al empleo (Colombia Diversa. 2005).En el mbito laboral se reproduce la discriminacin y la exclusin por orientacin sexual o identidad de gnero (OIT. 2007:65), aunque la situacin vara para hombres gais y bisexuales, mujeres lesbianas y bisexuales, y personas transgeneristas. Con respecto a la discriminacin en el mbito laboral contra las mujeres lesbianas, por ejemplo, el miedo a perder el trabajo o a ser excluidas por colegas impide que manifiesten su orientacin sexual con libertad.Debe abordarse la relacin de vulneracin de los derechos en torno a las categoras de exclusin y discriminacin: la primera refiere a la invisibilizacin y la imposibilidad de reconocer los derechos laborales de personas de la poblacin LGBTI; la segunda, a las condiciones de reduccin, pormenorizacin y constante vulneracin de la personas por su orientacin sexual o identidad de gnero en los lugares de trabajo.La regin Caribe colombiana est lejos de ofrecer garanta de derechos a sus ciudadanos, particularmente a la poblacin LGBTI, y oportunidades equitativas y de vida digna a los grupos poblacionales histricamente excluidos debido a caractersticas econmicas, sociales, culturales tnicas y sexuales. Este contexto ha favorecido el surgimiento de grupos, colectivos y organizaciones LGBTI que luchan, aunque de manera fragmentada, por un reconocimiento ciudadano en igualdad de condiciones.Los procesos de discriminacin / exclusin se inscriben en relacin a: Los espacios laborales La identidad sexual y de genero-visible y/o mimetizada El mundo formal ( procesos de discriminacin) gay masculino-lesbiana femenia El mundo informal ( procesos de exclusin) Trans- Gay feminizado, Lesbiana masculinizadaAlgunas voces del proceso de campo, que presentamos a continuacin, dan cuenta de su situacin de exclusin y discriminacin frente a su acceso, permanencia y garantas de vida digna en el mundo laboral y nos permiten de forma preliminar identificar unas situaciones concretas que se presentan con las personas LGBTI a la hora de revisar acciones y vulneraciones en su entorno laboral: 1. Ocultamiento: identificamos en las personas entrevistdas, casi en su mayoria gays y lesbianas, que poseen una profesin o participan de cierto estatus o estabilidad laboral, practicas personales de ocultamiento de su orientacin sexual, creacin de realidades ficticias de heterosexualidad para conservar su puesto de trabajo; o practicas cotidianas de autosuperacin (negacin, control del cuerpo de y comportamientos y evitar que se mezcle su vida privada con el mundo laboral), que las hacen sentir en permanente riesgo y en alto nivel de vulnerabilidad en su entorno laboral.Yo soy una mujer lesbiana de 28 aos y trabajo como economista en una Institucin pblica, en mi lugar de trabajo nadie sabe mi orientacin, a mi me favorece que soy muy femenina y que en la oficina manejo absoluta reserva, mi vida es de la oficina a mi casa y no ms, con nadie de mis compaeros hablo de temas personales, eso ha hecho que no me tengan confianza y que slo sean compaeros de trabajo. No voy a fiestas, ni ha integraciones para evitar interrogatorios. Mantengo oculta mi sexualidad porque s que en un con texto tan machista como en mi trabajo no estara bien visto y sera sometida a burlas, chistes y atropellos que no estoy dispuesta a afrontar; sin embargo reconozco que no es fcil, me toca decirle a mi pareja que no vaya por la oficina, trato de no hablar por telfono con ella y bueno prefiero pasar como mujer solterona a que se den cuenta que soy lesbiana. (Mujer Lesbiana, Cartagena) 2. Revictimizacin y acoso laboral: Si bien, no hemos logrado que en Colombia la ley de acoso laboral que protegue a los trabajadores, reconozca que la orientacin sexual y la identidad de gnero es una caractaristica permente de las prcticas de acoso laboral; encontramos tanto de jefes como de compaeros de trabajo acciones y expresiones reales y simblicas que de manera sistemtica hacia muchas personas LGBTI generan presin, obligando en muchas ocasiones que la gente deje su trabajo.

Yo soy enfermero, tengo 25 aos y hasta hace un ao trabajaba en un hospital privado y por unas fotos que montaron en la red se dieron cuenta mis compaeros que yo era gay. Esas fotos las repartieron, y durante varias semanas ese fue el tema de conversacin y de burla en la oficina Yo no haca nada, permaneca en silencio, hacindome el que eso, no era conmigo, pero la angustia y la rabia la llevaba por dentroal final mis jefes me llamaron y me dijeron que por corte presupuestal no poda seguir, pero se que ese no era el motivosu decisin estaba amparada en eas fotografas. (hombre gaym Barranquilla)4. Ambientes hostiles: para las personas LGBTI en los espacios de trabajo, lejos del bienestar laboral, deben experiementar todas sus jornadas experiencias de vulneracion y violencia, convirtiendo el lugar de trabajo en un espacio de reproduccin de exclusiones y discriminacin, en el que permanecen solo por estrema necesidad, pero el que le significa un atentado contra su dignidad humana:

Muchos compaeros dejaron de sentarse a mi lado y perciba sus burlas hacia m. Este era un asunto que yo no hablaba con nadie; a quin contarle que el trabajo me gozaban por ser marica? el ambiente se volvi insoportable y prefer renunciar de ello no he hablado hasta hoy, me da vergenza conmigo mismo. (hombre bisexual, Riohacha)5. Creacin de barreras y limitaciones que ponen en riesgo la vida de las personas LGBTI: muchos jefes y compaeros de trabajo, obligan a las personas LGBTI a practicas de silenciamiento, regulacin de sus cuerpos y sus expresiones como alternativa de invisibilidad y de normalizacin y en muchos casos, se convierten en requisito sin el cual no podrian mantenerse en el mundo laboral.En mi empresa no hay problema con los gay siempre y cuando se comporten bien en el trabajo, yo trato de ubicarlos en puestos en los que no tengan mucho contacto con los usuarios y con la psicloga, evitamos contratar personas amaneradas, para evitar la burla pblica y la mala imagen de la empresa. (Gerente EPS, Cartagena,) 6. Negacin de ascenso y movilidad laboral: Algunas personas por su orientacin sexual o expresin de gnero se han visto sometidos/as en muchas ocasiones a prcticas y presiones que afectan su ambiente laboral, sobrecarga de trabajo, imposibilidades de ascenso y movilidad laboral.

Yo llevo veinte aos trabajando en la peluqueria, soy la mas avanzada en prcticas y conozco atodos los clientes, cada ao se elige la coordinadora del equipo, a mi me han postulado siempre y en las pruebas saco el mejor puntaje, pero los jefes me dicen que por mas que me esfuerce, eso de ser un hombre vestido de mujer, jamas me permitir avanzar de lavar cabellos para poder ofrecer otros servicios (mujer trans Santa Marta)

7.Mayor invisibilidad de la violencia y acoso laboral hacia mujeres lesbianas: Las violaciones a los derechos laborales hacia las mujeres lesbianas en los lugares de trabajo no se establecen slo con la inequidad salarial o la segmentacin hacia ciertos trabajos; sino que se presentan una serie de violencias explicitas y soterradas como persuasin negativa, desvalorizacin de las actividades que realizan y acoso sexual.Mi jefe siempre me preguntaba por mi novio.y al enterarse que yo era una mujer lesbiana, su comportamiento cambio hacia mime acosaba sexualmente, mandaba a las otras compaeras a que me dieran lecciones de feminidad y no desaprovechaba oportunidad para decirme que estaba atrofiada por mis gustos sexuales (mujer lesbiana, Barranquilla)

8. Sobre presiones: Muchos de los hombres gay y mujeres lesbianas entrevistadas coinciden en plantear que para poder asegurarse en su lugar de trabajo deben ser personas destacadas, con una alta disponibilidad y voluntad de servicio; es decir, se sienten obligados a sobresalir para poder alcanzar condiciones de igualdad en el trato con los dems trabajadores.

Yo se que por gay tengo menores garantaspor eso me toca a como de lugar demostrar que a pesar de ser asi, puedo ser bueno, por eso todos los dias busco trabajar mas y a yudar en lo que me pidan, asi eso implique quedarme horas extras para que no piensen que por gay no soy igual a los otros. (hombre gay, Riohacha)

9. Persecusin en los procesos de seleccin: manifestaciones que se presentan sobre todo en entrevistas y periodos de prueba de los espacios laborales, se dan bien sea por parte de el contratante o de quien aspira a acceder al trabajo y se manifiestan en: presin para la autoexclusin, eliminacin en el proceso de seleccin, aplazamiento de la deconstruccin de gnero, autoempleo forzado, asumir que la calle es el nico espacio (sobre todo mujeres trans) como forma de rebusque y prostitucin. Yo siempre soe con ser Secretaria, incluso hice muchos cursospero como son trans, me toca resignarme y estar aqu en la calle porque nosotros por ser mujeres anormales jamas podremos tener un trabajo normal. (mujer trans, Barranquilla)

10. Aplazamiento de la de-construccin de gnero: muhchas mujeres y hombres trans para poder lograr metas educativas y laborales deciden esconder su identiddad de gnero como prerequisito para poder garantizar su estabilidad laboral. Yo quiero ser mujer, incluso en mi pueblo era una travesti, pero aqu me toco meter las pelucas a la maleta y compotarme como un hombre, porque de lo contrario nunca conseguiria empleoesperare tener plata y ahorrar apra ser independiente y ah volvere a ser lo que quiero ser (mujer trans Santa Marta)

Todas estas narraciones ponen de manifiesto al urgencia de activar polticas pblicas y buenas practicas de inclusin laboral que logre estimar la orientacin sexual y la identidad de gnero de las personas y no las someta a exclusin y discriminacin; abierto espacios laborales por intereses, motivaciones y experticia y no por Reificacin; ofreciendo espacios de formacin para el empleo a personas LGBTI, acompaando en el mundo laboral a stas personas para evitar que sean victimas de acoso laboral y transformar el ambiente laboral para que sea amable y digno para todos y todas.Escenarios que cambian las acciones. Retos y PropuestasExisten mecanismos institucionales en Colombia, como el cuerpo legislativo, que protege el derecho al trabajo, mecanismos internacionales, como las convenciones y los acuerdos suscriptos por la OIT, y la revisin de protocolos de trabajo en sectores privados que pueden poner en riesgo los derechos de las personas LGBTI.Los antecedentes de demandas constitucionales en Colombia se remontan a 1998, cuando se interpusieron acciones de tutela debido a que los regmenes de reglamentaban la funcin docente, la pertenencia a las fuerzas militares y la funcin notarial excluan de forma tajante a las personas por su orientacin sexual e identidad de gnero. Por su parte, la Corte Constitucional, que en los ltimos aos se ha mostrado protectora de los derechos LGBTI, ha logrado a travs de sentencias de tutela eliminar algunas normas discriminatorias y recoger derechos laborales y sociales, principalmente, en referencia al reconocimiento de parejas del mismo sexo. Sin embargo, en relacin con temas cruciales y ciertas prcticas, como los problemas probatorios, no se ha generado un proceso ejemplar de sancin.Luego con la conformacin de un bloque de proteccin constitucional, sobre todo a partir de la sentencia C-029 (2009) de parejas del mismo sexo, se lograron amparar derechos derivados de los derechos laborales en relacin con la figura de compaero permanente de las parejas homoparentales. Desde 1993, la Corte Constitucional ha venido reconociendo y visibilizando los derechos que les corresponden a las personas LGBTI (cuadro 2). Cuadro 2. Sentencias de la Corte Constitucional Colombiana que han considerado los derechos de las personas LGBTI

NoSentenciaTema

1. T-594/93Una mujer trans puede cambiarse el nombre por uno femenino. Se protege el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la expresin de la individualidad.

2. T-097/94La condicin de homosexual, por s misma, no puede ser motivo para la exclusin de la institucin armada.

3. T-539/94Tutela ante prohibicin de publicidad que mostraba un beso entre pareja de hombres. Concluye que los homosexuales son titulares de todos los derechos fundamentales de la persona humana y no hay ttulo jurdico para excluirlos de las actitudes de respeto, justicia y solidaridad.

4. T-569/94Que un nio trans use ropa de otro gnero transgrede el manual de convivencia.

5. T-290/95Adopcin por parte de un homosexual.

6. T-037/95Homosexualidad en las fuerzas militares.

7. T-477/95Cambio de sexo. Readecuacin del sexo del menor.

8. T-277/96Despido de jardn infantil a un profesor homosexual.

9. C-098/96Demanda contra la Ley 54 de 1990.

10. SU-476/97Prostitucin de travestis en Bogot.

11. C-481/98Rgimen disciplinario para docentes.

12. T-101/98Derecho a la igualdad en el acceso a la educacin por homosexualidad: estudiante gay en Ginebra, Valle.

13. C-507/99Fuerzas armadas y homosexualidad.

14. SU-337/99Pseudohermafroditismo: nio castrado.

15. T-551/99La autorizacin paterna para la remodelacin genital en casos de menores de cinco aos es legtima si se trata de un consentimiento informado cualificado y persistente.

16. T-692/99Conocimiento informado de paciente para ciruga de reasignacin de sexo.

17. T-999/00Seguridad social y parejas del mismo sexo.

18. T-1426/00Seguridad social y parejas del mismo sexo.

19. T-618/00Seguridad social y parejas del mismo sexo.

20. T-268/00Desfile de travestis en Neiva.

21. T-1390/00Reiteracin de la doctrina constitucional sobre el consentimiento informado en casos de ambigedad genital o hermafroditismo.

22. SU-623/01Seguridad social y parejas del mismo sexo.

23. C-814/01Adopcin por parte de homosexuales.

24. T-435/02Estudiante lesbiana de Bogot.

25. C-373/02Notario homosexual.

26. T-1025/02Consentimiento asistido e informado. Derecho a la salud y a la seguridad social de nio intersexual.

27. T-808/03Homosexual en la organizacin Scouts de Colombia.

28. T-499/03Visita ntima lsbica en crceles.

29. T-1021/03Estados intersexuales: supuestos fcticos que deben considerarse en las intervenciones mdicas para correccin. Consentimiento informado y consentimiento sustituto paterno.

30. T-301/04Uso de espacio pblico por homosexuales en Santa Marta.

31. C-431/04Demanda de inconstitucionalidad contra varios artculos de la Ley 836 de 2003 (Reglamento del rgimen disciplinario para las fuerzas militares) que incluye alusiones negativas hacia personas homosexuales.

32. T-725/04Reconocimiento de pareja gay en San Andrs Islas.

33. T-1096/04Proteccin a hombre homosexual vctima de violencia sexual en crcel.

34. T-49/06

Extensin de los beneficios de la seguridad social (sustitucin de pensin) a parejas del mismo sexo.

35. C-1043/06Exclusin a parejas homosexuales de pensin de sobrevivientes (sentencia inhibitoria).

36. T-152/07Discriminacin de transexual en trabajo.

37. C-075/07Derechos patrimoniales.

38. T-856/07Afiliacin a pareja del mismo sexo al sistema de salud.

39. C-811/07Afiliacin a salud como beneficiario del compaero/a permanente del mismo sexo.

40. T-274/08Visita ntima pareja de hombres del mismo sexo.

41. C-336/08Sustitucin pensional compaero/a permanente del mismo sexo.

42. C-798/08Deber/derecho de asistencia alimentaria entre compaeros/as permanentes del mismo sexo.

43. T-1241/08Derecho a la pensin de sobrevivientes de las parejas del mismo sexo.

44. T-912/08Se considera ilegtimo el consentimiento sustituto de los padres debido a que el nio ya ha superado el umbral crtico de la identificacin de gnero.

45. C-029/09Ms de 28 leyes demandadas para reconocer otros derechos a parejas del mismo sexo: derechos civiles, polticos, penales, sociales de las parejas del mismo sexo.

46. C-802/09Inhibitoria de adopcin.

47. T-911/09Derecho a la pensin de sobreviviente en parejas de mismo sexo (requisito diferencial).

48. T-051/10Derecho a la pensin de sobrevivientes, igualados requisitos a las parejas.

49. T-622/10Beso entre mujeres lesbianas.

50. C-886/10Inhibitoria de matrimonio.

51. C-283/11Porcin conyugal.

52. T-062/11Derecho al uso de prendas femeninas y maquillaje de mujeres transgeneristas en crceles.

53. C-577/11Sentencia de matrimonio.

54. T-314/11Poltica pblica LGBT nacional.

55. T-492/11Lesbiana obligada a utilizar uniforme de trabajo.

56. T-716/11Pensiones y ratificacin de familias.

57. T-717/11Ratificacin de otros medios de prueba de la Unin Marital de Hecho (UMH) diferentes al acta de conciliacin o escritura pblica.

58. T-860/11Pensin de sobreviviente: AA vs. Instituto de Seguros Sociales (ISS).

59. C-238/12Herencia compaeros permanentes del mismo sexo.

60. T- 248/12Donacin de sangre.

61. T-276/12Adopcin individual.

62. T-909/11Besos en espacios pblicos.

63. T-918/12Ciruga de reasignacin sexual.

64. T-357/13Pensiones pareja sobreviviente solicitud pruebas adicionales.

65. T-565/13Colegios deben respetar orientacin sexual de los estudiantes.

Notas: T: Sentencia de Tutela; C: Sentencia de constitucionalidad; SU: Sentencia de Unificacin.

Fuente: Colombia Diversa.

Los casos de demandas trabajadas por la Corte, como el caso de una mujer lesbiana que sufri un accidente laboral, el de una mujer trans que fue obligada a usar uniforme o el de un funcionario pblico que fue asignado a un espacio laboral menos visible por su orientacin sexual, logran que a travs de la identificacin de un acto discriminatorio, la Corte cree un espacio donde plantear la propuesta de equilibrio laboral para personas LGBTI.De la misma manera, los aportes de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, particularmente en el caso de Karen Atala de Chile (2012), lograron esbozar la proteccin de los derechos laborales directamente a personas LGBTI.Asimismo, propuestas como el Indice Corporativo de Igualdad de los Estados Unidos, que logra medir criterios de reconocimiento de derechos de las personas LGBTI, han sido un referente importante para generar procesos de inclusin en materia laboral para lesbianas, gais, bisexuales, transgeneristas e intersexuales en la regin Caribe colombiana y promover instancias y protocolos en el mbito corporativo, pblico y poltico para la puesta en marcha de acciones afirmativas que garanticen el ingreso digno, con enfoque preferencial y en garanta de derechos al mundo laboral de este grupo poblacional histricamente discriminado y excluido.Esto se ha visto reflejado en acciones como la promocin y facilitacin del ingreso al mundo laboral, las estrategias tendientes a cortar la brecha de adaptacin y prcticas que buscan evitar la incomodidad y agresin de la que son vctimas muchas personas por su orientacin sexual o identidad de gnero en el mundo laboral.Es conocido y ampliamente evidenciado en procesos de trabajo con personas LGBTI, como estas se abstienen en muchas ocasiones de aplicar a escenarios laborales por el temor a ser discriminadas, casos en que si bien ya estn vinculados al proceso laboral se ven obligados a esconder su orientacin sexual o identidad de gnero por sufrir represalias y otros, que crecen en nmero debido a las actuales normas y leyes contra el acoso laboral, acusan que su sexo o gnero fue motivo de expulsin o cancelacin de contrato. En los pocos escenarios donde se pregunta por las condiciones laborales de las personas LGBTI, se denota discriminacin en los espacios laborales, presencia de roles estereotipados, hostilidad y acoso hacia las personas por su orientacin sexual e identidad de gnero, imposibilidad de crecimiento laboral y de acceso a procesos formativos, y eliminacin radical en el proceso de seleccin. Si bien en el plano local de la regin Caribe es una tarea pendiente, pues ni siquiera contamos hoy con polticas pblicas para las personas LGBTI, los avances que en esta materia ha tenido Bogot como gobierno local y territorial, sin apelar a lgicas de exportacin centralista, puede ser un buen ejemplo para sta regin: el Plan de Desarrollo Bogot Humana 2012 2015; asume el compromiso de garantizar el ejercicio pleno de derechos a las personas de los sectores LGBTI como parte de la produccin, gestin social y bienestar colectivo de la ciudad: Desarrollar capacidades institucionales. Generar capacidades para la participacin de las organizaciones y personas de los sectores LGBTI. Promover una cultura ciudadana libre de violencias y discriminacin por orientaciones sexuales e identidades de gnero. Posicionar la perspectiva de gneros y diversidad sexual para la formulacin implementacin, seguimiento y evaluacin de las PP en la ciudad. Busca mejorar la capacidad de accin y de respuesta de las instituciones del Distrito ante la vulneracin de derechos de las personas de los sectores LGBTI.

Institucionalizar acciones afirmativas encaminadas a superar la exclusin poltica, social, econmica y cultural de las personas de los sectores LGBTI y a subsanar las inequidades resultantes de la vulneracin y no garanta de sus derechos.

Protocolos para garantizar trabajo decente a las personas LGBTI en el Caribe El bajo desarrollo econmico tiene como consecuencia una alta tasa de desempleo o empleo informal en su poblacin. Predomina el autoempleo de baja calidad como frmula para generar ingresos, pero que se asocia a la falta de seguridad social. Estas formas de subempleo tienen un gran impacto en la situacin de pobreza y de acceso a bienes y servicios bsicos.Otro factor que empeora las condiciones de acceso al empleo es la desigualdad en trminos de gnero, construidas sobre las bases de una cultura patriarcal, de dominacin masculina y subordinacin femenina. En este sentido, el gnero no solo define el papel social de los roles y prcticas cotidianas, sino que se convierte, segn Butler (1999), en un elemento constitutivo de las relaciones sociales basadas en las diferencias que distinguen los sexos y una forma primaria de las relaciones significantes de poder, jerarqua y exclusin.Esto quiere decir que el gnero no solo define los roles y las relaciones sexuales, sino que adems delimita las relaciones sociales, al generar discriminacin y subordinacin de las mujeres confinadas al trabajo de reproduccin y a las labores domsticas como resultado de la divisin sexual del trabajo.Esta divisin sexual del trabajo se agudiza en la regin Caribe por razones culturales, pues existen unos imaginarios de subordinacin y dominacin de lo femenino, que se materializa en el acceso al mercado laboral y en los cargos ocupados por la mujer. Estas desigualdades se trasladan a las personas que se autorreconocen como lesbianas, gais, transgeneristas y bisexuales, o que su expresin de gnero rompe con los cnones socialmente establecidos. De esta manera, las acciones de exclusin en el mundo laboral estn dirigidas fundamentalmente a aquellas personas cuya feminidad o masculinidad choca con el orden establecido. En este sentido la poblacin que sufre mayor exclusin en el mundo laboral son las personas transgeneristas, los hombres gais femeninos y mujeres lesbianas masculinas, que irrumpen de forma brusca en los modelos de construccin del cuerpo y quedan excluidos de la lgica formal de la economa.Es necesario entender que las condiciones de trabajo son un factor decisivo en el bienestar y la calidad de vida de las personas. La precarizacin laboral y la flexibilizacin de las polticas laborales ajustadas al cambio y volatilidad del mercado han generado cambios y vulneracin de derechos en el mundo del trabajo que afectan a los trabajadores por igual.Estas vulneraciones afectan de manera significativa a la poblacin sexo/gnero diversa, cuyas afectaciones no solo se deben a fenmenos como la inestabilidad en el empleo y la tercerizacin laboral, sino tambin al abuso y deshumanizacin de las condiciones laborales, las cuales son producto de la intolerancia y el irrespeto hacia los derechos de esta poblacin. Esto genera una serie de acciones de revictimizacin y de tratamiento diferenciado en el interior de los lugares y espacios laborales (Prez, Correa y Castaeda 2013: 46).El trabajo independiente o informal tiende ser el principal recurso que tiene la poblacin LGBTI para superar la inestabilidad del empleo y, en este sentido, tambin la intolerancia laboral y las exclusiones a ciertos cuerpos y sujetos.Para el caso de las lesbianas masculinas, el empleo independiente suele ser usado como una forma de ganar poder y reconocimiento, ya que se emplean en trabajos asociados al estatus de poder masculino y manejo de dinero, como el prestadiario o mototaxismo. En el caso de hombres gais y mujeres transgeneristas el empleo independiente est relacionado con la moda, la decoracin, el arte y la esttica.Podriamos plantear a partir de estos marcos de avances normativos siete (7) retos claves para los gobiernos locales y distritales, que a nuestro modo de ver podran garantizar condiciones laborales dignas para las personas LGBTI.1. Siendo en sta regin el Estado la mayor fuente de trabajo, es necesario implementar acciones afirmativas de inmediato para la vinculacin, mantenimiento y practicas de no discriminacin en sus espacios laborales para las personas LGBTI.

2. Dictar a partir de polticas pblicas directrices de buenas prcticas, protocolos de vinculacin y contratacin, un sistema de monitoreo y seguimiento como garanta para la no discriminacin y exclusin e incentivos a empresas y centros de trabajo; para promover vinculacin laboral a personas LGBTI.

3. Dictar y acompaar la construccin en sus territorios de manuales internos de salud ocupacional y en compaia del Ministerio del Trabajo crear directivas especifcias y acorde a sus necesidades que logren reducir la breche de inequidad que viven las personas LGBTI en los espacios laborales.

4. Promover con centros educativos, universidades, instituciones tcnicas y tecnolgicas la formacin de personas LGBTI segn sus intereses vocacionales con gratuidad, accesibilidad y sostenibilidad de programas para que los prepare para el desempeo de el trabajo decente garantizando su autonomia y el libre desarrollo de su personalidad.

5. Fomentar campaas permanentes en los espacios laborales y en las sociedades del Caribe campaas para erradicar la discriminacin y exclusin laboral de las personas LGBTI.

6. Revisar, atender y formular informes periodicos sobre el bienestar laboral de las personas LGBTI a partir de sus institutos de salud pblica y de bienestar social, para farantizar que son befeficiarios de todos los servicios que se desprenden del derecho al trabajo.

7. Garantizar la vida digna, el respeto y las condiciones saludables de las personas LGBTI que optan por el trabajo sexual, la informalidad y el auto empleo; ofreciendoles espacios nuevos de trabajo a quienes de ellos lo requieran y creando una ruta de servicios para que los que decidan mantenerse en esos espacios no vean afectada su integridad personal. Todo esto