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TRA3PASO INTERINSTITUCIONAL PARA EL PROYECTO "PERFORACION Y EQUIPAMIENTO DE DOS POZOS COMUNIDADES KALLUTACA Y TICUYO" ZACARIAS MAQUERA CHURA PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE MOTIVOS: Que, )r cuar!o la Ley Municipal es una disposición legal que emana del Concejo Municipal, es de carccter su aplicación y cumplimiento, es obligatorio en toda JUrisdicción de la ciudad de E! Alto, el Concejo Municipal de El Alto. aprueba la siguiente Ley Autónoma Que, CJnstitucJón Política del Estado en su artículo 272, consagra que la autonomía imp l1ca la direct;J de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administrac ión de sus recursos :. conómicos y el ejercicio de las facultades legislativa , reglamentaria . fiscalizadora y eJecAiva, ')Or los órganos . del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción, compe tencias y atribuciones. Que , 1;::¡ Política del Estado en su articulo Que, d2 la misma manera el artículo 283 de la Norma Suprema del ordenamiento legal nacional estabiPce que los gobiernos autónomos municipales están constituido por un Concejo Mun1cipal con facultad d . ..:liberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un Órgano presidido por la Alcaldesa o el Alcalde. Que, \·1 artíc..lo 302 de la Constitución Política del Estado determina como competencia exclusi·;a de ios Gobiernos Autónomos Municipales el elaborar. aprobar y ejecutar sus programas de operaciones y su presupuesto Esta disposición en concordancia con el artículo 231 q' _!e determina La administración económica y financie ra del Estado y de todas las entidades púb li cas se rige por su presupuesto Que, el articuio 33 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización ". Andrés lbáñez" N° 031 ¡fé ' 19 de julio de 201 O, establece que todos los municipios existentes en el país y aquellos que vayan a de acuerdo a ley, tienen la condición de autonomías municipales sin necesidad de cun1plir requisitos ni procedimiento previo Esta cualidad es irrenunciable y solamente podrá modificé'lrse en el caso de conversión a la condición de autonomía indígena or iginaria campesina por decisión de su población, previa consulta en referendo Que, E:l artícu:o 9, parágrafo 1, numerales 3) y 4) de la referida Ley N° 031, establece que el ejercicio de la autonomía se ejerce a través de la facultad legislativa, determinando así las política::; y estrategias de su gobierno autónomo, y la planificación, programación y ejecución de su gestión politica, administrativa, técnica, económica, financiera, cultural y social. Que, e' artícuio 41 O, parágrafo 11 de la Constitución Política del Estadio establece que la norma suprer:la del ordenamiento jurídico boliviano es la Constitución Política del Estado y goza de primacia fren t8 a cualquier otra disposición normat iva ; asimismo la aplicación de las normas jurídiCZ!S se regirá por la siguiente Jerarquía , de acuerdo a las competencias de las entidades territo1·:ales en : Av. Jorge Carrasco esq. calle 1 s/n Zona 12 de Octubre Fax: 2114209-2823841 Telf s.: 2820733-2820627-2823811 -2129815 El Alto - Bolivia

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TRA3PASO INTERINSTITUCIONAL PARA EL PROYECTO "PERFORACION Y EQUIPAMIENTO DE DOS POZOS

COMUNIDADES KALLUTACA Y TICUYO"

ZACARIAS MAQUERA CHURA PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL

EXPO~lCIÓN DE MOTIVOS:

Que, ~ )r cuar!o la Ley Municipal es una disposición legal que emana del Concejo Municipal, es de carccter g~neral su aplicación y cumplimiento, es obligatorio en toda JUrisdicción de la ciudad de E! Alto, el Concejo Municipal de El Alto . aprueba la siguiente Ley Autónoma Munici~al

Que, CJnstitucJón Política del Estado en su artículo 272, consagra que la autonomía impl1ca la elecció ; ~ direct;J de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos :. conómicos y el ejercicio de las facultades legisl ativa , reglamentaria . fiscalizadora y eJecAiva, ')Or los órganos. del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción , competencias y atribuciones.

Que , 1;::¡ Const:~ución Política del Estado en su articulo Que, d2 la misma manera el artículo 283 de la Norma Suprema del ordenamiento legal nacional estabiPce que los gobiernos autónomos municipales están constituido por un Concejo Mun1cipal con facultad d . ..:liberativa , fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un Órgano ~ J ecutivo. presidido por la Alcaldesa o el Alcalde.

Que, \·1 artíc..lo 302 de la Constitución Política del Estado determina como competencia exclusi·;a de ios Gobiernos Autónomos Municipales el elaborar. aprobar y ejecutar sus programas de operaciones y su presupuesto Esta disposición en concordancia con el artículo 231 q'_!e determina La administración económica y financie ra del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto

Que, el articuio 33 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización ".Andrés lbáñez" N° 031 ¡fé' 19 de julio de 201 O, establece que todos los municipios existentes en el país y aquellos que vayan a crear~e de acuerdo a ley, tienen la condición de autonomías municipales sin necesidad de cun1plir requisitos ni procedimiento previo Esta cualidad es irrenunciable y solamente podrá modificé'lrse en el caso de conversión a la condición de autonomía indígena originaria campesina por decisión de su población , previa consulta en referendo

Que, E:l artícu:o 9, parágrafo 1, numerales 3) y 4) de la referida Ley N° 031, establece que el ejercicio de la autonomía se ejerce a través de la facultad legislativa, determinando así las política::; y estrategias de su gobierno autónomo, y la planificación, programación y ejecución de su gestión politica, administrativa, técnica, económica, financiera, cultural y social.

Que, e' artícuio 41 O, parágrafo 11 de la Constitución Política del Estadio establece que la norma suprer:la del ordenamiento jurídico boliviano es la Constitución Política del Estado y goza de primacia fren t8 a cualquier otra disposición normativa ; asimismo la aplicación de las normas jurídiCZ!S se regirá por la siguiente Jerarquía , de acuerdo a las competencias de las entidades territo1·:ales en :

Av. Jorge Carrasco esq. calle 1 s/n Zona 12 de Octubre Fax: 2114209-2823841 • Telfs.: 2820733-2820627-2823811 -2129815

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1 - Corrstituck·· n Política del Estado .

2.- Los tratadc--s internacionales

3- Las leyes :·. 3cionales, los estatutos autonómicos , las cartas orgánicas y el resto de leg islac ión de~artamen tal , municipal e indígena .

4 - Los decret ,lS, reglamentos y demás resoluciones em anadas de los órganos ejecutivos corre~ : -ondier; t es

Que. el art ícu:o 102. numeral 2) de la Ley Marco de Autonomías y Descen tralización . "And rés

lbáñez ' N° 031 , determina que la adm inistración de los recursos de las entidades terri to riales

autóno'llas sr:: eJercerá en sujeción de determinados lineamientos , dentro de estos está

"Auton ,Jmía económica financiera, para decidir el uso de sus recursos y eJercer las facultades

para g ·~n(Úar y ampliar los recursos económicos y financieros . en el ámbito de su JUrisdicción y competencias '

Que , e 1 art ículo 103, parágrafo 11 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización , "Andrés

1 báñe7" N° 03 1. prescribe que son recursos de las entidades territoriales autónomas los

ing res ~ · · s tribu ~ ::J rios , ingresos no tributarios , transferencias del nivel central del Estado o de otras

ent1dacies ten ;+ oriales autónomas, donaciones , créditos u otros beneficios no monetarios. que

en el ""~Jercici o de la gestión pública y dentro del marco legal vigente , permitan a la entidad

ampl12r su capacidad para brindar bienes y servicios a la población de su territono .

Que . E~ i artícu :o 113, parágrafo 1 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización . "Andrés

lbáñez" N° OJ 1 , dispone que la administración pública de las entidades territoriales autónomas se reg irá por ::3 s normas de gestión pública emitidas en el marco de la Constitución Política de l

stadc y disposiciones legales vigentes

. Que, i<J Ley No. 482 de Gobierno Autónomos Mun icipales t1ene como objeto regular la

(/

! / estructura organizativa y funcionamiento de los Gobie rnos Autónomos Municipales . de manera

; supletoria ; y el articu lo 8 determina que el presupuesto municipal , se elaborara bajo los 'A prin~i~ i os de coordinación y sostenibil idad, entre otros y está conformado por el Presupuesto

del Or;; ano Ejecutivo y el Presupuesto del Concej o Mun icipal. En el artículo 16 núm 14 de la

mism::: norma determina entre las atribuciones del concejo municipal aprobar el presupuesto

municq"J al y sr Js reformulados presentados por la Alcaldesa o el Alcalde en base al Plan de Desar:·ollo MLilicipal; Asimismo está en el artículo 6 par . 1 determina que el presupuesto munici¡Jal se elaborara bajo los principios de coordinación y sostenibilidad, entre otros y está

conforn1ado ror el Presupuesto del Órgano Ejecutivo y el Presupuesto del ConceJO Municipal

Que la Ley N° 482 de Gobiernos Autónomo Municipales señala en el i\rticulo 16 Numeral 4

En e' ambito de sus facultades y competencias . dictar Leyes fv1unicrpa ies y Reso/UCIOlleS .

inter: ' retarla s. derogarlas abroga rl as y mod ificarlas

Av. Jorge Carrasco esq. calle 1 s/n Zona 12 de Octubre Fax: 2114209- 2823841 • Telfs. : 2820733- 2820627 - 2823811 - 2129815

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( !).;;irntr· · )JIÍr·Ítr•llt (l ,)/Cr/1/('rjJrrl rlr' Y(/. )J¡¡~ . . /;;.;,r·nl;;¡,, '0r·Jt(~!jr• , ;¡¡;;,láJrli

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Que. por informe Técnico DS0/0712/2014 Suscrito por lng Osear Layme P Supervisor de Obri1 ia cua i señala en la parte final

• ::~ e real izó la entrega definitiva de la obra . Se real izó dos planillas de avance que representa un 72 .76% del monto del contrato y

existe un s;:ddo a cancelar. misma se lo realizara en la planilla fina l de cierre , por lo que debe tomase en suenta sobre este presupuesto restante . • Cabe indicar que se eleva el presente informe en cumplimiento del convenio inter,nstitucional de financiamiento CIF/MMAyAIVAPSB/N° 008/2009 , para la solicitud de dar el ct.mplim iento de la cláusula Décima Tercera .- modificaciones , inciso a) con relación a la amp 1 ·ación de plazo de la vigencia del convenio se tomara a partir de la culminación de la últirra carta de acurdo que se tomara más (150 días calendario) , mismas son de carácter técn ico - ac :ministrativo, en el marco del contrato y convenio por lo que el supervisión d obras reco niend2 tomar los recaudos si esto amerita, para que pueda remitir la ampliación del convc;nio in terinstitucional de financiamiento , para que pueda concluirse la obra en con0 ciones normales , técnicos , económicos y administrativo .

Se recc.mienda previamente remitir a la unidad de tesorería y crédito público para requerir la ampliaci0n del convenio y programar el desembolso del monto por cobrar . Que , informe DTM/UAOSROCP/027/14 suscrito por el Lic Franklin Urquidi Zelaya Anali sta de Sos Reg De Oper. Crédito Público en la que señala en conclus iones: De conform idad a los ante:.;edentPs descritos y en cumplimiento a convenio CIF/MMAyANAPSB/C0 08/2009 del proyecto " Perforación y Equipamiento de dos pozos en las comunidades de Kallutaca y Tic~.; yo" , minuta de contrato 480, se solicita a Dirección General de Asesoría Jurídica em itir informe legal y resolución correspondiente autorizando el traspaso interinstitucional de Bs . 360 000 ,00 proveniente del Ministerio de Medio Ambiente y Agua para la culm inación del proyecto

Que por informe Legal CITE DGAJ/UNMAA/JMMF/54/14 suscri to por el ABOG . Johnny M. Melt~ndres Fernández Asesor Legal -UNMAA en la que seña la en la parte de conclusiones ané1~i zada !-;.>s documentos cursante en la carpeta correspondiente el traspaso interinstitucional a efectos de la culminación del proyector perforación y Equipamiento de dos pozos de las Comunidacles de Kallutaca y Ticuyo" se evidencia que cursa los fundamentos técnicos y afectos de respaldar la solicitud de autorización para realizar el traspaso interinstituciona l efe¡ ido , a efectos de cumplir con la previsión del art 19 del Decreto Supremo N° 29881 que

aprL: eba lc:::s modificaciones. presupue-starias que en su texto determina como presupuesto para la inscripción de las modificaciones presupuestarias " inc. e) Resolución de la Máxima inst?.ncia resolutivo legalmente facultada o la instancia ejecutiva delega por esta , que apruebe las modificaciones presupuestarias , justificando la calidad de gasto" en este sentido en apl icacione:s de los principios de coordinación y sostenibilidad del presupuesto municipal esLJblecidc' en el art . 6 de la ley N° 482 pongo a su consideración anteproyecto de ley municipal de traspaso interinstitucional , a efectos del cumplimiento del art 22 de la ley 482 y rer.o ;tir al Concejo Municipal de El Alto para su tratamiento y ana lizar su pertinencia

Qu~C, por antecedentes arriba mencionados en el que ponen para su tratamiento y analizar el proyecto d~ Ley Municipal perforación y Equipamiento de dos pozos de las Comunidades de Kallutaca y Ticuyo, por la cual la un idad que corresponda informe referente a los siguientes pur~tos

-,.. Informe Cual seria las circunstancias del traspaso presupuestario lnterinstitucional para el proyecto perforación y Equipamiento de dos pozos de las Comunidades de Kallutaca y Ticuyo de Gs. 36C.OOO ,OO equivalente al 30% de acuerdo a convenio .

Av. Jorge Carrasco esq. calle 1 s/n Zona 12 de Octubre Fax: 211 4209-2823841 • Telfs.: 2820733- 2820627 -2823811 - 2129815

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,.- Informe ~ ; se dio cumplimiento a la O.M 102/2011 señala en el artículo primero Aprobar la resolución Técnico Administrativo N° 172/11 de 04 de mayo de 2011 . que aprueba el traspaso presupuestario interinstitucional de los recursos de contravalor a favor del municipio por el salde• de Bs 360 000 .00 para el proyecto de perforación y Equipamiento de dos pozos de las Comllnidades de Kallutaca y Ticuyo en el marco del convenio interinstitucional de financiamierto CIF/MMAYA/VAPS/0°008/2009 financiado por el ministerio de medio ambiente y aguJ.

Que , inform;; DTM/UASROCP/149/14 suscrito por el Lic Frankli n Urquidi Selaya Analista de Sos t. Reg . De Oper Crédito Público señala que la O M 102/11 en la que aprueba la RT A. N° 172/11 trasp::1so lnterinstitucional de recursos de contravalor a favor del municipio de El Alto por r1rte Mf\MyA por Bs . 360 000.00 correspond iente al saldo ·del 30% no procedió en su cumplim iento por los siguientes motivos

./ De: acuerdo al convenio interinstitucional de financiamiento CIF/MMAyAIVAPSB/N 008/2009 CLAUSULA OCTOVA. una de las condiciones para poder solicitar el desembolso del 30% es que el primer desembolso se tenga ejecutado más del 70% que de acuerdo a estado de eJeCL:ción se procedió posterior a la aprobación de la mencionada O.M . ./ Ot:a de las condiciones dentro del convenio de financiamiento para la solicitud del saldo 30% de desembolso , es que el proyecto cuente con el acta de recepción definitiva efectivizándcse esta en el mes de abril del 2014 Asim ismo •nenciona en conclusiones de las explicaciores correspondientes a las observaciones de la Comisión Adm . Financiera del informe PCAF/COOR/199/14 se solicita a Direcc:ión JL: rídica. se instruya a través de la instancia correspondiente se deje sin efecto la O.M 102/1 ~ de fecha 19/05/2011 en todo su contenido para dar su continuidad a la autor:zación del traspaso institucional d Bs 360.000,00 solicitado mediante cite DTM/UASROCP/NI/077/14.

Que , por ií1•orme CITE: DGAJ/UNMMA/JMMF/66/2014 suscrito por el Abog Jhonny M Melendres F ernández Asesor Legal - UNMMA la cual establece en conclusiones Revisado los a'ltecedentes correspondiente al trámite administrativo de traspaso interinstitucional para el pr:Jyecto "perforación y Equipamiento de Dos Pozos Comunidad Kallutaca y Ti cuyo" , com¡::ulsado !as observaciones contenidas en el informe PCAF/COOR/199/14 y la respuesta del ir~forme rJTM/UASROCP/149/14 que en su contenido indica que la O.M. N° 102/11 no fue apliccda ¡:nr las condiciones del Convenio lnterinstitucional de Financiamiento CIF/í.P¡MAyA/VAPSB/008/2009 que requiere presupuesto para el segundo desembolso en este sentido por :ntermedio de su autoridad la presente a consideración del Concejo Municipal de

1 Al ~o.

Que , los an:ccedentes arriba mencionados en el que ponen para su tratamiento y analizar el proy~o cto de Ley Municipal perforación y Equipamiento de dos pozos de las Comunidades de Kallu:aca y T icuyo, por la cual la unidad que corresponda informe referente a los siguientes puntos:

,.- ln ·orme Cual seria las circunstancias del traspaso presupuestario lnterinstitucional para el proyc:cto perforación y Equipamiento de dos pozos de las Comunidades de Kallutaca y Ticuyo de Bs . 360 .000,00 equivalente al 30% de acuerdo a convenio. ,.- Informe si se dio cumplimiento a la O.M . 120/2011 señala en el artículo primero Aprobar la reso:ución Técnico Administrativo N° 172/11 de 04 de mayo de 2011 , que aprueba el traspaso presvpuest2rio interinstitucional de los recursos de contravalor a favor del municipio por el sald e' de Bs 360.000,00 para el proyecto de perforación y Equipamiento de dos pozos de las Comunidades de Kallutaca y Ticuyo en el marco del convenio interinstitucional de financiamiento CIF/MMAYA/VAPS/0°008/2009 financiado por el ministerio de medio ambiente y agua

Av. Jorge Carrasco esq. calle 1 s/n Zona 12 de Octubre Fax: 2114209 - 2823841 • Telfs.: 2820733 - 2820627 - 282381 1 - 2129815

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l .. El' ltll!JVICII~il/_., 1\,.. ()/.1 /1 (;(JJJIIJ-'111\'t) AVTÓi\ 1()/JitJ ,J/IJ,:\ 'ICII*, \1_, IJI<.,' /U_, .. \/..,7'() .... ¡

Que por informe Técn ico DS0/0712/2014 Suscrito por lng Osear Layme P Supervisor de Obra la cual señala en la parte final

• Se real1zó ia entrega definitiva de la obra . • Se rea lizó dos planillas de avance que representa un 72 76% del monto del contrato y existe un saldo a cancelar, misma se lo realizara en la planilla final de cierre , por lo que debe tomarse en cuenta sobre este presupuesto restante. • Cabe ind :car que se eleva el presente informe en cumplimiento del convenio interin~titucional de financiamiento CIF/MMAyAIVAPSB/N° 008/2009 , para la solicitud de dar el cumplimiento de la cláusula Décima Tercera.- modificaciones, inciso a) con relación a la ampliación d,; plazo de la vigencia del convenio se tomara a partir de la cu lminación de la última carta de acurdo que se tomara más (150 días calendario), mismas son de carácter técnico - administrativo , en el marco del contrato y convenio por lo que el supervisión d obras recon>!enda tomar los recaudos si esto amerita , para que pueda remitir la ampliación del convenio interinstitucional de financiamiento, para que pueda concluirse la obra en condiciones normales, técnicos, económicos y administrativo. • Se recomienda previamente remitir a la unidad de tesorería y crédito público para requerir la ampliación del convenio y programar el desembolso del monto por cobrar

Que , el informe DTM/UAOSROCP/027/14 suscrito por el Lic . Franklin Urquidi Zelaya Analista de Sos Reg De Oper Crédito Público en la que señala en conclusiones: De conformidad a los ar:tecedentes descritos y en cumplimiento a convenio CIF/MMAyANAPSB/C 0 08/2009 del proyecto " Perforación y Equipamiento de dos pozos en las comunidades de Kallutaca y Ticuyo" , minuta de contrato 480, se solicita a Dirección General de Asesoría Jurídica emiti r inforPle lega! y resolución correspondiente autorizando el traspaso interinstitucional de Bs . 360 000,00 proveniente del Ministerio de Medio Ambiente y Agua para la culminación del proyecto

Que. inforn>e Legal CITE: DGAJ/UNMAA/JMMF/54/14 suscrito por el ABOG. Johnny M Melendres F-'ernández Asesor Legal -UNMAA en la que señala en la parte de conclusiones anal izada los documentos cursante en la carpeta correspondiente el traspaso interinstitucional a efectos de la culminación del proyector perforación y Equipamiento de dos pozos de las Comunidades de Kallutaca y Ticuyo" se evidencia que cursa los fundamentos técnicos y

...flfect Js de ~espaldar la solicitud de autorización para realizar el traspaso interinstitucional referido , a efectos de cumplir con la previsión del art . 19 del Decreto Supremo N° 29881 que apruréba las modificaciones presupuestarias que en su texto determina como presupuesto para la inscripción de las modificaciones presupuestarias " inc . e) Resolución de la Máxima insta'lcia re~olutivo legalmente facultada o la instancia ejecutiva delega por esta, que apruebe las modific'1ciones presupuestarias , justificando la calidad de gasto" en este sentido en aplic :lCiones de los principios de coord inación y sostenibil1dad del presupuesto municipal establecido en el art . 6 de la ley N° 482 pongo a su consideración anteproyecto de ley mun;cipal de traspaso interinstitucional , a efectos del cumplimiento del art. 22 de la ley 482 y remi'ir al Ccncejo Municipal de· El Alto para su tratam iento y analizar su pertinencia . De acuerdo a los antecedentes arriba mencionados en el que ponen para su tratamiento y ana1i"?:ar el proyecto de Ley Municipal perforación y Equipamiento de dos pozos de las Comunidad2s de Kallutaca y Ticuyo, por la cual la unidad que corresponda informe referente a los siguientes puntos :

;;- lrforme Cual seria las circunstancias del traspaso presupuestario lnterinstitucional para el proyecto perforación y Equipamiento de dos pozos de las Comunidades de Kallutaca y Ticuyo de bs. 360 .000,00 equivalente al 30% de acuerdo a convenio .

Av. Jorge Carrasco esq. calle 1 s/n Zona 12 de Octubre Fax: 2114209 - 2823841 • Telfs.: 2820733 - 2820627 - 2823811 - 2129815

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,.. Informe si se dio cumplimiento a la O. M. 102/2011 señala en el artículo primero Aprobar la resolución Técnico Administrativo N° 172/11 de 04 de mayo de 2011 , que aprueba el traspaso presupuestario interinstitucional de los recursos de contravalor a favor del municipio por el sal~o de Bs 360 000 .00 para el proyecto de perforación y Equipamiento de dos pozos de las Co. nunidaues de Kallutaca y Ticuyo en el marco del convenio interinstitucional de fin <: nciamicnto CIF/MMAYANAPS/0°008/2009 financiado por el ministerio de medio ambiente y a~ua

Que , infoP'le DTM/UASROCP/149/14 suscrito por el Lic . Franklin Urquidi Selaya Analista de So~t . Reg De Oper Crédito Público señala que la O.M . 102/11 en la que aprueba la RTA N° 17L.'11 tra ::-. paso lnterinstitucional de recursos de contravalor a favor del municipio de El Alto por parte MMAyA por Bs 360.000 00 correspondiente al saldo del 30% no procedió en su cur i ·plimie ::to por los siguientes motivos ./ fle acu8rdo al convenio interinstitucional de financiamiento CIF/MMAyANAPSB/N 008/2009 CLI\USULA OCTOVA, una de las condiciones para poder solicitar el desembolso del 30% es que el prir ner desembolso se tenga ejecutado más del 70% que de acuerdo a estado de ejecución se procedió posterior a la aprobación de la mencionada O.M . ./ Otra de las condiciones dentro del convenio de financiamiento para la solicitud del saldo 30% de desembolso , es que el proyecto cuente con el acta de recepción definitiva efe~· tivizándose esta en el mes de abril del 2014 . Asimismo menciona en conclusiones de las explicaciones correspondientes a las observaciones de la comisión Adm . Financiera del informe PCAF/COOR/199/14 se solicita a Dirección ,J urídica , se instruya a través de la instancia correspondiente se deje sin efecto la O M 102/ 11 de fecha 19/05/2011 en todo su contenido para dar su continuidad a la autorización del traspaso institucional d Bs . 360.000,00 solicitado mediante cite OTr.I1/UASf~OCP/NI/077/14.

OuP por 1nforme CITE DGAJ/UNMMA/JMMF/66/2014 suscrito por el Abog Jhonny M. Me!endres Fernández Asesor Legal - UNMMA la cual establece en conclusiones Revisado los antecedentes correspondiente al trámite administrativo de traspaso interinstitucional para el ¡.xoyecto "perforación y Equipamiento de Dos Pozos Comun idad Kallutaca y Ticuyo ", compulsado las observaciones contenidas en el informe PCAF/COOR/199/14 y la respuesta del informe DTM/UASROCP/149/14 que en su contenido indica que la O.M. N° 102/11 no fue apl ir:ada por las condiciones del Convenio lnterinstitucional de Financiamiento CIF.'MMAyANAPSB/008/2009 que requiere presupuesto para el segundo desembolso en este ser.tido por intermedio de su autoridad la presente a consideración del Concejo Municipal de El /' !to .

uc , los informes DTM/UASROCP/149/14 y CITE DGAJ/UNMMA/JMMF/66/2014 en el que menciona que no se dio cumplimiento a la O.M 102/11 por las condiciones del convenio en su CLJ\USULJ, OCTAVA cual se refiere al segundo desembolso del 30% se tendría que tener en prir:·era instancia la eJecución de más del 70% y el acta de recepción definitiva , por la cual la unidad que corresponda amplié informe referente a los siguientes puntos: ,.. Informe a detalle el incumplimiento a la O. M 102/11 toda vez que los antecedentes que curs3 en la O .M. dan viabilidad para el segundo desembolso del 30%, teniendo en cuenta el convenio y sus cláusulas pertinentes , asimismo que acciones tomaron conforme a normativa legal vigente , a los responsables encargados de dar cumplimiento a la Ordenanza Mur: icipal Mencionado .

Que , Informe DTM/UASROCP/206/2014 de Lic . Franklin Urqu idi Selaya - ANALISTA DE SOST REG . DE OPER. CREDITO PUBLICO que en las conclusiones señala que subsanada las observaciones de la Comisión Adm . Financiera Informe PCAF/COORD/305/14 y con la fina 1idad de; proceder al cierre financiero con la empresa ejecutora y la conciliación de saldos con el Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMA y A) , se pide remitir antecedentes al Concejo ML1nicipal para su prosecución del trámite .

Av. Jorge Carrasco esq. calle 1 s/n Zona 12 de Octubre Fax: ¿1 14209- 2823841 • Telfs.: 2820733 - 2820627 -2823811- 2 1 298 1 ~

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Que informe CITE: DGAJ/UNMAA/JMMF/81/2014 de Abog. Johnny M. Melendres Fernández­Asesor Lega! UNMAA que en su análisis y conclus ión señala que remitido los presentes antecedentes a la Dirección del Tesoro Municipal , la misma emite el informe DTM/UASRor=: pf206/2014 en la cual se informa respecto a la observación contenido por el lnforms PACF/COOR/305/14 y el cumplimiento a la O.M. No. 102/11, en este sentido solicito por intermedi'J de su autoridad remitir los presentes antecedentes al Concejo Municipal para su consic1eració 11

EL CONCEJO MUNICIPAL DECRETA LEY MUNICIPAL

Ley N° 134

T~ASPASO INTERINSTITUCIONAL PARA EL PROYECTO "PERFORACIÓN Y [:QUIPAMIENTO DE DOS POZOS COMUNIDADES KALLUTACA Y TICUYO"

Artículo 1° (OBJETO). La presente ley municipal tiene por objeto , aprobar el Traspaso lnten .1stituci .-mal para el Proyecto: " Perforación y Equipamiento de Dos Pozos Comunidades Kallutaca y Ticuyo , conforme el detalle cursante en el anexo.

Artículo 2°.- (DEL CUMPLIMIENTO) Queda encargada del fiel cumplimiento de la presente Ley A.u tonó:llica Municipal Administrativa Financiera , Secretaria Municipal de Planificación para el dcsarroll0 por intermedio de sus unidades competentes, y demás unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto.

DISPOSICIÓN ABROGA TORIA

Dis;'osició'l Abrogatoria. Queda abrogada la Ordenanza Munic ipa l N° 102/2011 , de fecha 19 del ~nes de mayo de 201 1.

DISPOSICIONES FINALES

Úni r: a.- La Presente Ley Municipal Entrara en vigencia plena a partir de su publicación.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Ciudad de El Alto, a los treinta días del mes de julio de dos mil cat:Jíce años.

PROMULGACION DE LA LEY N 51 134/14

POR TA NTO DE CONFORMIDAD A LA LEY Nº 482 DE GOBIERNOS AUTONOMOS

MUNICIPALES, LA PROMULGO PARA QUE SE TENGA Y SE CUMPLA COMO LEY DEL

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LEY MlJNi CII,AL N' 0134 GOB;E71.NO Al!TÓ.NOMO Mlf.NICIPAL DE EL AL'.I'O ••• IJ

ANEXO

1.200.000,00 840.000.00

((~[ Jllto de pie, g{urua de 2\pdi[[as'' Av. Jorge Carrasco esq. calle 1 s/n Zona 12 de Octubre

Fax: 2114209.2823841 • Telfs.: 2820733 · 2820627 · 2823811 - 2'129815 El Alto · Bolivia

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360.000.00