tp1 regimen agrario 70

Upload: filho-de-oxala

Post on 14-Jan-2016

8 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Derecho

TRANSCRIPT

1.Como asesor de Marina, debersinstruirla respecto de que la explotacin heredada desde el plano jurdico es considerada como una serie de hechos y actos jurdicos de carcter continuado, relacionados entre s por su unidad de accin y fin, que es, producir para el mercado.

Falso

Verdadero

2.Al mirar la organizacin econmica del pas, en el siglo XIX, la agricultura era la actividad que realizaban aquellas personas que posean u ocupaban un espacio de tierra, lo que pona en sus manos:

La tierra

Los frutos

Los recursos

El trabajo

El poder econmico del pas

3.La propiedad agraria de Marina como tal, es un derecho subjetivo privado al que va ligada necesariamente la funcin social.

Falso

Verdadero

4.La actividad agraria realizada por una explotacin como la de Marina, es una actividad econmica por naturaleza, ya que est compuesta por:

Hechos jurdicos

Dinero

Hechos materiales no jurdicos

Actos jurdicos

Tierra+ Capital

5.Cul de los siguientes bienes no formaran parte de la propiedad agraria heredada por Marina?

Tierra

Muebles

Inmuebles

Semovientes

Acciones en la bolsa

6.El amigo Francs de Marina,teconsulta respecto de cmo se ha regulado histricamente la propiedad fundaria, ytule explicasque los redactores de nuestra Constitucin Nacional de 1853 optaron por:

Regularla en un cdigo especfico

No limitar la propiedad fundaria en las regulaciones

Acotar el derecho de propiedad

Repartirse las tierras

Limitar la propiedad fundaria

7.Como Asesor, debersexplicarle a Marina que la explotacin que hered, es considerada empresa agraria porque rene:

Tierra + Trabajo = Empresa Agraria

Tierra + Capital + Trabajo = Empresa Agraria

Tierra + Dinero + Capital = Empresa Agraria

Tierra + Herramientas + Animales + Recursos humanos = Empresa Agraria

Tierra + Dinero + Trabajo = Empresa Agraria

8.Cuando hablamos de situaciones jurdicas agrarias, como la de Marina, que debieron ser observadas en forma particular por determinadas leyes a tal fin, nos referimos a:

El fuero agrario

Los actos jurdicos agrarios

La judicialidad de las normas agrarias

ElDerechoAgrario

La especialidad de las normas agrarias

9.Son Caractersticas propias de la actividad agraria que desempe el abuelo, y luego el padre de Marina toda su vida.

Suele o sola ser el asiento de la familia agraria

Est sujeta a diversos riesgos

El bien deproduccin es a su vez objeto de produccin

La baja rentabilidad

La inexistencia de capital

10.El amigo Francs de Marina, si comprara el campo de ella no estara alcanzado por la ley NLey 26.737si demostrara diez (10) aos de residencia continua, permanente y comprobada en nuestro pas.

Falso

Verdadero

11.El amigo Francs de Marina podr adquirir el establecimiento de sta, si no posee tierras rurales en el territorio provincial, municipal o entidad administrativa equivalente, que no supere:

10 % de esos territorios

20% y pagara una multa por el excedente

Tierras en pases limtrofes

10% de tierras que posee en su pas de origen

No existe limite

15% de las mismas

12.El acto agrario ha sido calificado, desde el punto de vista gentico, como la accin del hombre sobre la naturaleza para obtener de ella la produccin de:

Animales

Dinero

Rentas

Plantas

Tierra

13.Las principales bases de sustentacin de la actividad agraria que podra desarrollar en su establecimiento Marina o un comprador, ya sea para el ganado, granos, u otras especies vegetales, son:

Dinero

Suelo

Trabajo

Agua

Maquinaria

14.Para ser considerada empresa agraria la explotacin de Marina debe caracterizarse por ser una actividad productiva.respecto a los dems factores de la produccin:

Autnoma

Secundaria

No comercial

Dependiente

Independiente

15.Cuando hablamos de aquella etapa en la que se dio el reparto de tierra fiscal por parte de la Corona Espaola, nos referimos a:

Etapa comunitaria

Etapa de orientacin legislada al dominio fundiario estatal

Etapa de discrecin

Etapa de legislacin por la funcin social

Etapa de regulacin en la que el poder pblico no deba tener para s la propiedad fiscal

Etapa de libre albedro

16.El amigo Francs de Marina, que vive en Francia, si comprara el campo de ella no estara alcanzado por la ley NLey 26.737de Rgimen de Proteccin al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesin o Tenencia de las Tierras.

Verdadero

Falso

17.El padre de Marina comenz la explotacin del campo, que antes era de su padre, en el ao 1950, (Reforma de la Constitucin) coincidiendo con la etapa conocida como:

Etapa de discrecin

Etapa de orientacin legislada al dominio fundiario

Etapa de legislacin por la funcin social

Etapa de regulacin

Etapa de libre albedro

18.La explotacin de Marina como tal, posee varias aristas que son consideradas como objeto de estudio del derecho agrario:

La empresa agraria

Cualquier acto no jurdico relacionado al agro.

El hecho jurdico agrario

Elacto jurdico agrario

La actividad agroindustrial.

19.La inquietud de Marina, puede ser fcilmente contestada ya que en nuestro derecho existe una clara regulacin ordenada y sistematizada de los conceptos de empresa o hacienda agraria.

Falso

Verdadero

20.La empresa agraria de Marina como tal puede ser comprendida como:

Entidad pblica cuyo fin es el bien comn.

Unidad individual de produccin para consumo propio

Unidad orgnica de produccin econmica para el mercado

Unidad de produccin dependiente del Estado

Unidad colectiva de trabajo cuyos frutos se repartenequitativamente entre la sociedad