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Obligaciones en el procedimiento de verificación posterior de medidores Ingeniero Genaro Rojas Hernández [email protected] Gerencia de Supervisión y Fiscalización

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Page 1: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

Obligaciones en el procedimiento de verificación posterior de medidores

Ingeniero Genaro Rojas Herná[email protected]

Gerencia de Supervisión y Fiscalización

Page 2: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

Anexo N° 4 Medidores

Procedimiento para la

Verificación Posterior de los

medidores de agua

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ContenidoObjetivo

Verificación de medidores de agua potable

Procedimiento de verificación posterior en un proceso de reclamos

Procedimiento de verificación posterior por iniciativa de la Empresa Prestadora

Antigüedad del parque de medidores de algunas Empresas Prestadoras

Control de operatividad y mantenimiento del parque de medidores, retiro, reinstalación y reemplazo

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Establecer los lineamientos a

seguir para la verificación

Posterior de los medidores

de agua que garanticen un

proceso confiable y

transparente para las partes

involucradas.

OB

JE

TIV

O.

Page 5: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

|(VIML) Verificación de un instrumento de medición que no ha sido verificado previamente. En este caso aplica a medidores nuevos.

(VIML) Verificación de un instrumento de medición que

se realiza después de una verificación anterior. En este

caso aplica a la verificación de medidores de agua potable en

uso.

Todo medidor con diámetro menor o igual a 20 mm deberá pasar por una

Verificación Periódica, como máximo cada 5 años . Para diámetros mayores, la EP

deberá informar a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización la frecuencia de verificación periódica.

Ver

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Verificación de medidores de agua potable

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Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento:

XX al XX de abril de 2019Si Sede UVM se encuentre fuera de la localidad donde se encuentra instalado el medidor

La EP debe realizar el retiro e instalación del medidor

Solicitud de Verificación Posterior

En el formato 7 del RGRUSS el Titular de la Conexión o usuario presenta la solicitud señalando la UVM seleccionada manifestando su obligación de asumir el costo de la VP en caso que el resultado de la VP

certifica que el medidor no sobrerregistra

Publicación de la lista de UVMLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del

público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A) para realizar la verificación posterior de los medidores ordenada en forma creciente en función del precio, indicando la modalidad de verificación (campo o

laboratorio)

Procedimiento para Verificación Posterior dentro de un proceso de reclamo2.1.

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Reunión de

Conciliación

Fecha

establecida

La EP en un plazo máximo de 5

días hábiles posteriores a la

reunión de conciliación o

máximo al día siguiente de la

presentación del recurso de

reconsideración

Plazo que tiene la EP

notificar a la UVM la

ejecución de VP

Plazo que tiene la UVM

después de recibido el

requerimiento de la EP

para realizar la VP

Considera un plazo

máximo de 10 días

hábiles

Plazo que tiene la UVM seleccionada para la ejecución de la VP

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a) Número de suministro

b) Dirección del predio donde se encuentra instalado el

medidor

c) Nombre del usuario que solicitó la verificación o del

titular del servicio

d) Teléfono del usuario si lo tuviera

e) Número de serie del medidor

f) Marca y modelo del medidor

g) Clase metrológica del medidor o alcance de medición

(relación Q3/Q1)

h) Diámetro nominal del medidor

i) Tipo de medidor

j) Horario de abastecimientok) Fecha de instalación del medidor

La EP requerirá a

la UVM

seleccionada la

ejecución de la

VP, remitiendo

como mínimo los

siguientes datos:

Page 9: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

Si la UVM

Seleccionada tiene

alguna sede

autorizada en la

misma localidad

donde se

encuentra

instalado el

medidor

La UVM notificará a la EP, por lo menos con 5 días

hábiles de anticipación, la

Fecha, hora y lugar en que efectuará el retiro del medidor

y la VP, invitándola a presenciar la prueba. La EP

notificará al Titular de la Conexión Domiciliaria o usuario,

por lo menos con 2 días hábiles de anticipación la

programación de la UVM y lo invitará a realizar la prueba.

La UVM realizará el retiro del medidor (Formato 1ª) y la

VP, en la fecha, hora y lugar notificado.

Realizar la VP el mismo día del retiro del medidor o al

siguiente día hábil, en caso la verificación se realice en

laboratorio.

A1.

A2.

A3.

A.

Page 10: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

En caso la UVM

seleccionada no

tenga alguna sede

autorizada en la

misma localidad

donde se

encuentra

instalado el

medidor, la UVM

deberá realizar:

La UVM coordinará con la EP la fecha del retiro del

medidor y las instrucciones a seguir para trasladarlo

hasta el laboratorio de la UVM; el traslado del medidor

deberá ir acompañado del formato 1B.

Notificará a la EP, por lo menos con 5 días hábiles de

anticipación, la fecha, hora y lugar en que se efectuará la

VP, invitándola a presenciar la prueba.

Realizar la VP en la fecha, hora y lugar notificado.

Luego de realizada la VP, procederá a trasladar el

medidor hasta las instalaciones de la EP, conforme las

instrucciones acordadas con la EP.

B1.

B2.

B3.

B4.

B.

Page 11: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

La Empresa

Prestadora deberá

realizar:

Notificar al titular de la Conexión Domiciliaria o usuario,

por lo menos con 2 días hábiles de anticipación, la fecha,

hora y lugar en que se efectuará la VP, invitándolo a

presenciar la prueba. Adicionalmente, notificará la fecha y

hora en que se realizará el retiro del medidor de la

conexión domiciliaria.

Retirar el medidor de la conexión domiciliaria en la fecha

y hora notificada (Formulario N° 1B).

Trasladar el medidor hasta la sede de la UVM-

Reinstalar el medidor en la conexión domiciliaria

(Formulario N° 2B).

C1.

C2.

C3.

C4.

C.

Page 12: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

Transcurrido el plazo

señalado sin realizarse la

reinstalación del medidor,

se facturará por el valor

correspondiente al 50%

del PHC

Si el resultado de la

verificación en

laboratorio indica que el

medidor está operativo,

será instalado en la CD

por la UVM o la EP al día

hábil siguiente de

realizada la VP.

Si el resultado de la

verificación en

campo indica que el

medidor

sobreregistra la UVM

lo entregará ala EP

en un plazo máximo

de 2 días posteriores

a su retiro. La EP

deberá reemplazar el

medidor

Realizada la VP, la

UVM emitirá el

certificado de VP.

Adicionalmente la

UVM entregará a la

EP:

a) Documentos

generados por la

UVM

b) Acta de retiro y

reinstalación del

medidor

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Verificación

Posterior fuera de

un procedimiento

de reclamo

1.

2.

En caso el TCD o U solicite la VP del medidor de agua

fuera de un procedimiento de reclamo, la EP requerirá a

la UVM seleccionada, dentro de los 5 días hábiles

siguientes a la presentación de la solicitud, la realización

de la verificación.

El resultado de la verificación puede ser ofrecido como

medio probatorio en un procedimiento de reclamo,

siempre que se ofrezca dentro de los 30 días calendarios

siguientes a la fecha en que se realizó la verificación.

2.2.

Page 14: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

Retiro del medidor

de la conexión

domiciliaria, fuera

de un

procedimiento de

reclamo

1.

3.

La UVM retirará el medidor de la conexión domiciliaria,

en presencia del TCD o U y/o de la EP, levantando un

acta (Formulario N° 1ª), verificando su estado a fin de

descartar visualmente que este no haya sido alterado y

registrará dicha información. En caso de ausencia del

TCD o U, la UVM dejará constancia del retiro del

medidor.

Si el TCD o U se opone al retiro del medidor o si existe

algún impedimento físico para retirar el medidor, la UVM

dejará constancia del hecho en el formato N° 1ª. La firma

del TCD o U solo acredita haber tomado conocimiento

del hecho, debiéndose registrar su negativa a firmar, si

ese fuera el caso.

2.3.

Page 15: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

Retiro del medidor

de la conexión

domiciliaria, fuera

de un

procedimiento de

reclamo

5.

6.

La UVM se abstendrá de realizar el retiro del medidor y

VP cuando:

a) El medidor haya sido alterado externamente.

b) La lectura sea imposible a causa del estado en

que se encuentra el visor.

La UVM deberá señalar en el acta de retiro del

medidor la causa del impedimento y enviará a la EP

dentro de 2 días hábiles.

Retirado el medidor, la UVM colocará un niple en su

remplazo, a fin que el usuario disponga del servicio

mientras se realiza la VP en laboratorio.

2.3.

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7.

8.

El medidor retirado será asegurado en un medio

apropiado que lo proteja contra golpes y manipulación,

luego será trasladado al laboratorio para la VP. En caso

la VP haya sido programada para un día distinto al

retiro del medidor, la UVM debe contar con medios de

seguridad, transporte y almacenamiento adecuados que

asegure su inviolabilidad del medidor

En caso sea la EP quien retire el medidor, las acciones

que están a cargo de la UVM establecidas en el

presente acápite serán realizadas por la EP,

correspondiendo levantar el acta de retiro del medidor

según el formato 1B. La EP trasladará el medidor a la

UVM seleccionada por el usuario.

2.3.

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VERIFICACIÓN

POSTERIOR POR

INICIATIVA DE LA

EMPRESA

PRESTADORA

3.1. La Verificación Periódica del medidor a solicitud

de la EP, debe ser realizada por una UVM que haya

sido acreditada como Organismo de Inspección Tipo

A.

3.2 Procedimiento para la Verificación Posterior

3.2.1 La UVM realizará la verificación en campo o

en laboratorio

3.2.2 Para el retiro y reinstalación del medidor de

agua, la UVM seguirá lo establecido en los

acápites 2.3 y 2.4 del presente reglamento.

3.2.3 La EP asumirá el costo de la VP

independientemente del resultado de la prueba.

3.

Page 18: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

VERIFICACIÓN

POSTERIOR POR

INICIATIVA DE LA

EMPRESA

PRESTADORA

4. SOBRE EL PROCEDIMIENTO TÉCNICO PARA LA

VERIFICACIÓN POSTERIOR

4.1. La VP se realizará de acuerdo al procedimiento

técnico que emita la Dirección de Metrología del

INACAL.

4.2. El medidor resulta operativo si el error calculado

para cada caudal de ensayo se encuentra dentro de

los errores máximos permisibles establecidos en laNMP con la que fue aprobado el respectivo modelo.

4.

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DERECHOS Y

OBLIGACIONES

5.3. La EP deberá solicitar a la UVM la capacidad

operativa mensual y diaria para realizar el

procedimiento de Verificación Periódica de

medidores de agua por cada modalidad de

verificación.

5.4. La EP abonará a la UVM el costo de las

verificaciones realizadas. De acuerdo al resultado

de la verificación, en caso el TCD o U deba asumir

el costo de la verificación y el traslado, de ser el

caso, la EP cargará dicho costo en la facturación.

5.

Page 20: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

DERECHOS Y

OBLIGACIONES

5.5. En caso el medidor subrregistre, la EP podrá

mantener el medidor en la CD o remplazarlo por

uno nuevo, de acuerdo a lo previsto en el párrafo

102.3.1 del artículo 102 del Reglamento de Calidad.

5.6. La EP deberá entregar al TCD o U copia del

certificado de la VP realizada.

5.7. La EP deberá llevar un registro actualizado de

todas las VP realizadas conforme a lo señalado en

el literal d) del artículo 101 del Reglamento de

Calidad.

5.

Page 21: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

DISPOSICIONES

COMPLEMENTARIAS

6.1. Los resultados de la verificación que

indiquen que el medidor está operativo tendrá

una vigencia de seis (6) meses contados a partir

del día en que se realizó la verificación.

6.2. Excepcionalmente, si dentro del ámbito de la

EP no se cuenta con alguna UVM (con sede

autorizada en dicha jurisdicción) acreditada

como Organismo de Inspección Tipo A, la VP

podrá ser efectuada por cualquier UVM.

6.

Page 22: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

Parque de medidores de algunas Empresas Prestadoras

Total 1-4 años 5 años + 5 años

conex. activas 193,767

medidores 20-15mm 159,218 78,536 15,088 65,594

193,767

159,218

78,536

15,088

65,594

EPS GRAU S.A.

Antigüedad del parque de medidores

Page 23: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

Parque de medidores de algunas Empresas Prestadoras

Total 1-4 años 5 años + 5 años

conex. activas 193,767

medidores 20-15mm 85,459 24,572 7,168 53,719

193,767

85,459

24,5727,168

53,719

SEDACUSCO S.A.

Antigüedad del parque de medidores

Page 24: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

Parque de medidores de algunas Empresas Prestadoras

Total 1-4 años 5 años + 5 años

conex. activas 193,767

medidores 20-15mm 108,905 22,807 21,722 64,376

193,767

108,905

22,807 21,722

64,376

EPSEL S.A.

Antigüedad del parque de medidores

Page 25: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

Parque de medidores de algunas Empresas Prestadoras

Total 1-4 años 5 años + 5 años

conex. activas 193,767

medidores 20-15mm 163,786 118,716 11,833 33,237

193,767

163,786

118,716

11,833

33,237

SEDALIB S.A.

Antigüedad del parque de medidores

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101.

Control de

operatividad y

mantenimiento del

parque de

medidores

a) Mantenimiento operativo de

medidores

Es responsabilidad de la empresa

prestadora mantener operativos los

medidores, como parte de la obligación

de mantener un permanente control decalidad de los servicios que presta.

b) Frecuencia del control del parque de medidores

Todo medidor con diámetro menor o igual a 20 mm

deberá pasar por una Verificación Periódica, de

máximo cada 5 años. Para medidores con diámetros

mayores, la empresa prestadora deberá informar a la

gerencia de Supervisión y Fiscalización de la

SUNASS la frecuencia de la Verificación Periódica.

La empresa prestadora deberá contar con un

programa anual de verificaciones que garantice el

cumplimiento de los plazos.

Artículo 101

Page 27: TITULO DE LA PRESENTACIÓNLa Empresa Prestadora publica en un lugar visible de todas sus oficinas comerciales, para conocimiento del público, la lista de UVM autorizadas (Tipo A)

101. c) Normas para el control de

operatividad y mantenimiento de

medidores.

El control de operatividad deberá ser

efectuado de acuerdo a lo previsto por

las normas vigentes emitidas por

INACAL.

d) Registro de verificación de medidores

La empresa prestadora deberá llevar un registro del parque de medidores,

debiendo contener como mínimo lo siguiente por cada medidor: número de

suministro, dirección del predio, categoría de uso, número de serie del

medidor, marca y modelo, diámetro nominal, número de certificado de

aprobación de modelo u homologación, fecha de instalación, fecha de

instalación, fecha de verificación, tipo de verificación (Inicial, Periódica y

Posterior), solicitante (empresa prestadora o usuario), UVM, errores obtenidos

en los diferentes caudales de prueba y el resultado de la verificación

(operativo, subrregistra o sobrerregistra).

Dicho registro debe ser remitido a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización

de la SUNASS de forma anual o en la oportunidad que esta lo solicite.

Artículo 101

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102.

Retiro del medidor

instalado,

reinstalación y

reemplazo

102.1 Retiro del medidor

Una vez instalado el medidor de consumo, éste sólo podrá ser

retirado - previa comunicación escrita al usuario por lo menos con

dos (2) días hábiles de anticipación- por las siguientes razones:

(i) Para realizar la Verificación Posterior en laboratorio

(ii) Por encontrarse dañado

(iii) Por reemplazo

(iv) Por mantenimiento de medidores..102.2Reinstalación del medidor

102.2.1 Si en la Verificación Posterior en laboratorio se verifica que el

medidor se encuentra operativo, este deberá ser reinstalado como

máximo al día hábil siguiente de realizada la Verificación Posterior.

Transcurrido el plazo señalado sin realizarse la reinstalación del

medidor, se facturará por el valor correspondiente al 50% del

promedio histórico de consumos aplicable.

102.2.2 Si la empresa prestadora decide retirar el medidor por

mantenimiento, deberá reinstalarlo en un plazo máximo de cinco (5)

días hábiles. Transcurrido el plazo señalado sin realizarse la

reinstalación del medidor, se facturará por el valor correspondiente al

50% del promedio histórico de consumos aplicable

Artículo 102

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Reemplazo del medidor:

En caso se verifique que el medidor subrregistra, la empresaprestadora puede retirar o no el medidor con un plazo dereemplazo de quince (15) días hábiles. La empresa prestadorafacturará por el promedio histórico de consumos. Transcurridoel plazo señalado sin realizarse el reemplazo del medidor, sefacturará por el valor correspondiente al 50% del promediohistórico de consumos aplicable.

En los casos en que el medidor sobrerregistre, la empresaprestadora deberá retirar el medidor en un plazo de doce (12)meses. La empresa prestadora facturará por el valorcorrespondiente al 50% del promedio histórico de consumosaplicable. Vencido el plazo sin realizarse el reemplazo delmedidor, se continuará facturando por el valorcorrespondiente al 50% del promedio histórico de consumosaplicable.

1.

2.

102.3.

Artículo 102.3

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Reemplazo del medidor:

Si el medidor se encuentra dañado por terceros o ha sidoalterado de tal manera que subrregistre, será de aplicación elartículo 104 del presente reglamento.

Si la empresa prestadora decide retirar el medidor parareemplazarlo, deberá reponer el nuevo medidorinmediatamente. Si no se reinstale inmediatamente sefacturará por el valor correspondiente al 50% del promediohistórico de consumos aplicable.

En caso de sustracción o mal funcionamiento por daños deterceros del medidor, la EP deberá reemplazar el medidor enun plazo de 12 meses. Durante el tiempo que la CD seencuentre sin medidor deberá facturar por PHC.

3.

4.

102.3.

5.

Artículo 102.3

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Obligaciones en el procedimiento de

verificación posterior de medidores

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