terminos de referencia - ese carmen emilia ospina...

25
FORMATO TERMINOS DE REFERENCIA CONVOCATORIA PÚBLICA No. 015 DE 2009 TERMINOS DE REFERENCIA COMPRAVENTA DE UNA (1) AMBULANCIA TRANSPORTE TERRESTRE ASISTENCIAL BÀSICO (TAB) NEIVA, 27 DE ABRIL DE 2009

Upload: others

Post on 03-May-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

FORMATO

TERMINOS DE REFERENCIA

CONVOCATORIA PÚBLICA No. 015 DE 2009

TERMINOS DE REFERENCIA

COMPRAVENTA DE UNA (1) AMBULANCIA TRANSPORTE TERRESTRE ASISTENCIAL BÀSICO (TAB)

NEIVA, 27 DE ABRIL DE 2009

Page 2: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 2 de 25

TÉRMINOS DE REFERENCIA COMPRAVENTA DE UNA (1) AMBULANCIA TRANSPORTE TERRESTRE

ASISTENCIAL BÀSICO (TAB). 1. PRINCIPIOS El proceso de selección, así como el contrato que se derive, estará orientado y enmarcado por el Estatuto de Contratación de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CARMEN EMILIA OSPINA, adoptado mediante Acuerdo No. 001 de 2008 de la Junta Directiva. 2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA. LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CARMEN EMILIA OSPINA, está interesada en recibir propuestas para adjudicar el contrato de compraventa de una (1) ambulancia transporte terrestre asistencial básico (TAB), para la prestación de servicios de salud en la ESE CARMEN EMILIA OSPINA, de conformidad a las características técnicas en cuanto al vehiculo señaladas en el presente pliego de condiciones. 3. INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS PROPONENTES. 3.1 CONDICIONES GENERALES El pliego de condiciones que rige la presente invitación pública ha sido elaborado siguiendo los preceptos señalados por el Estatuto de Contratación de la ESE- CARMEN EMILIA OSPINA, adoptado por la Junta Directiva mediante Acuerdo No. 001 de 2008, para lo cual se han realizado los estudios de conveniencia y oportunidad con base en los requerimientos de la entidad contratante. Los proponentes interesados deberán tener en cuenta, en la elaboración de la propuesta, la metodología señalada en los presentes pliegos de condiciones, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole lo cual permitirá una selección sin contratiempos en un plano de absoluta igualdad. Es importante que los proponentes tengan en cuenta, que el particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo en el logro de sus fines y por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones, sin perjuicio de los derechos que la misma ley les otorga. Igualmente, para efectos de responsabilidad penal, los contratistas se consideran particulares que cumple funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, por lo tanto están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la ley para los servidores públicos. Por lo anteriormente expuesto, se recomienda a los aspirantes que deseen participar en esta invitación pública, leer detenidamente los presentes pliegos, cumplir con las exigencias previstas y

Page 3: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 3 de 25

seguir las instrucciones aquí consagradas, a fin de poder aplicar en el proceso, en igualdad de condiciones para todos los participantes. 3.2 RECOMENDACIONES INICIALES Verifique que no esté incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad, generales ni especiales para contratar, establecidas en la ley 80 de 1993 y demás normas legales que modifiquen o adicionen los regímenes legales y constitucionales de inhabilidad e incompatibilidad. Cerciórese que cumple todas y cada una de las condiciones y requisitos aquí señalados. Siga las instrucciones que en este PLIEGO se imparten para la elaboración de su propuesta. Revise la póliza de seriedad de su propuesta y verifique su plazo, valor, condiciones y firmas. Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso, EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS FUERA DEL TIEMPO PREVISTO. Los proponentes por la sola presentación de su propuesta, autorizan a la entidad a verificar toda la información que en ella suministren, comprometiéndose a complementarla y permitir su verificación. SI SE PRESENTA CUALQUIER DIFICULTAD EN EL PROCESO, COMUNIQUESE UNICAMENTE DENTRO DEL PLAZO PREVISTO AL CORREO www.esecarmenemiliaospina.gov.co., link contratación. 3.3 BIENES A SUMINISTRAR: Entregar a título de compraventa una (1) ambulancia, de acuerdo con las especificaciones técnicas, descritas en estos pliegos y la regulación de habilitación establecida para la Entidad, requerimientos de calidad e imagen corporativa, debidamente dotadas en términos de habilitación conforme al Anexo Técnico No. 1 de la resolución No. 1043 de tres (03) de Abril de 2006 y con las especificaciones técnico mecánicas para ambulancias terrestres, según la ultima versión vigente de la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización – Tipologia vehicular, ambulancias de transporte terrestre-, que cumplan las reglamentaciones dispuestas por los Ministerios de la Protección social, del Medio Ambiente y de Transporte, a través de los Decretos, artículos y Resoluciones, vigentes, disponiendo de elementos nuevos, no se aceptarán repotenciados o usados, asi: 3.3.1 ESPECIFICACIONES TECNICAS OBLIGATORIAS

CARACTERISTICAS DEL VEHICULO

1.) La ambulancia debe montarse sobre un vehículo tipo Van o Panel original de fábrica sin modificación alguna en su estructura principal y diseño no remanufacturado; deberá constar de dos áreas principales denominadas: Compartimiento del Conductor con un mínimo de dos (2) puestos y Compartimiento del Paciente separadas por una división la cual deberá tener comunicación visual y auditiva entre los compartimentos. 2.) Todos los asientos individuales y múltiples deben contar con reposa cabezas y cinturón de seguridad por cada puesto. 3.) Los dispositivos de señalización como los conjuntos emisores de luz pueden ser independientes o integrados con equipos adicionales (como altavoz de sirena o iluminación adicional).

Page 4: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 4 de 25

4.) Para poder contar con el respaldo y garantía a la Institución, los vehículos sobre los cuales se adecuen las ambulancias y los equipos construidos bajo estas especificaciones deberán estar diseñados sobre vehículos comerciales, los cuales se hayan estado distribuyendo y comercializando en Colombia, como mínimo durante los últimos cinco (5) años antes de la apertura del proceso, para lo cual se podrá demostrar mediante certificaciones de venta y/o fotocopias de factura, además el oferente deberá certificar la representación de la marca en el país mediante documento expedido por el fabricante de los vehículos, (no se aceptarán certificaciones expedidas por distribuidores en el exterior, de la marca ofertada) y garantía de repuestos y mantenimiento como mínimo por cinco años a partir de la fecha de recibo a satisfacción de los vehículos ambulancias. La certificación de representación en el país debe ser expedida cumpliendo lo prescrito en los artículos 259 y 260 del código de procedimiento civil y la certificación de garantía de repuestos y mantenimiento por el representante de la marca en Colombia quien garantizará dicho suministro. 5) Las modificaciones necesarias, para adecuar el vehículo a este servicio de transporte de pacientes, no deberán afectar el comportamiento estructural ni mecánico del mismo y deben ser realizadas por fabricantes de automotores o de carrocerías, que estén autorizados por el Ministerio de Transporte y que acrediten una experiencia mínima de 5 años en la adecuación de vehículos para el servicio de ambulancia debidamente demostrado mediante certificaciones de venta y/o fotocopias de factura en cantidad mínima de 5 unidades sobre el tipo de vehículo ofrecido. 6.) La adecuación de ambulancia y los equipos construidos bajo estas especificaciones, deben diseñarse teniendo en cuenta la instalación de todo el material especificado de forma que, una vez completado el equipamiento el vehículo conserve las posibilidades de acceso, ajuste y reparaciones necesarias para su fácil mantenimiento y reparación, lo mismo que sus condiciones mecánicas y de maniobrabilidad. 7.) Para la verificación de cada uno de los equipos, como baterías, alternadores, iluminación interior o exterior, luces de prioridad, intensidad sonora, ondas radio eléctricas, aire acondicionado, vidrios de seguridad, dimensiones de la carrocería, y demás, se tendrá en cuenta como mínimo, las especificaciones técnicas de los numerales 4.7, 4.8 y 4.9 de la NTC 3729 tercera actualización del ICONTEC. 8.) Al proponente adjudicatario se le realizarán pruebas al vehículo con todos los equipos en funcionamiento como son: aire condicionado, monitores, succionador, iluminación, radio y demás equipos médicos y elementos electrónicos. 9.) El vehículo tipo ambulancia no podrá ser cargado con un peso superior a la capacidad máxima estipulada por el fabricante, totalmente equipado, con tripulación y pasajeros, para lo cual deberá informar los pesos adicionales. La no presentación de esta información dará lugar a la exclusión de la oferta. NO SUBSANABLE. 3.3.2 ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL MOTOR 1.) Los vehículos deberán tener un cilindraje igual o superior a 2.000cc. 2.) Tipo de combustible: Los vehículos deben estar diseñados para funcionar adecuadamente con combustible de ACPM. 3.) Norma Técnica: El motor del vehículo deberá cumplir con las normas legales de protección del medio ambiente, mínimo Euro II. 4.) Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.10.1 3.3.3 ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SISTEMA DE FRENOS 1.) Sistema de frenos: de servicio hidráulico servoasistido. Frenos delanteros de disco ventilado, frenos traseros de tambor o de disco.

Page 5: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 5 de 25

2.) Freno de aparcamiento o emergencia capaz de mantener inmóvil y en forma permanente, el vehículo completamente cargado y en pendiente. 3.) Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.10.2. 3.3.4 ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SISTEMA DE SUSPENSION 1.) El sistema de suspensión delantera debe ser del tipo independiente con amortiguadores telescópicos de doble acción. El sistema de suspensión trasera debe ser con ballesta semielíptica o parabólica y amortiguadores telescópicos de doble acción. Deberá contar con barra estabilizadora en el eje delantero y en el eje trasero. 2.) Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.10.3.. 3.3.5 ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SISTEMA DE DIRECCION Y RUEDAS 1). Sistema de dirección: Hidráulica. 2). Llantas y Rines: El vehículo deberá rodar sobre cuatro ruedas, con llantas radiales en tamaño comercial. Esta especificación debe ser original del fabricante del vehículo. No se aceptan modificaciones realizadas por el proponente en el país. Se debe especificar el número de lonas y la capacidad máxima de carga de las llantas acorde a la especificación de carga máxima del vehículo. 3.3.6 ESPECIFICACIONES DEL SISTEMA DE TRANSMISION 1). Caja de velocidades: mecánica, de mínimo cinco velocidades sincronizadas hacia adelante y reversa. 2). Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 Numeral 4.10.4 3.3.7 ESPECIFICACIONES DEL SISTEMA ELECTRICO 1). La operación de luces de emergencia de la ambulancia debe ser con manejo en la cabina del conductor y zona del paciente. 2). La ambulancia debe estar equipada con un sistema, original del fabricante del vehículo, generador de energía eléctrica a partir del motor del vehículo, de tipo alternador, con rectificación y regulación electrónica, con capacidad de producir mínimo 90 amperios, a una tensión de 12 voltios y con una temperatura ambiente en el compartimiento del motor a 90º Centígrados. 3). El alternador debe cumplir con todos los requisitos establecidos en el NTC 1704 del ICONTEC – última actualización. 4). Todos los circuitos instalados estarán protegidos mediante fusibles calibrados de fácil accesibilidad para su eventual sustitución. Los fusibles correspondientes al equipo médico y conexiones del compartimiento del paciente, irán en una caja única en un compartimiento de fácil acceso para la sustitución y mantenimiento. 5). Todo el equipo eléctrico del vehículo, funcionará a una tensión nominal de 12 voltios de corriente continua, con polaridad negativa a la masa del vehículo, respetando las normas del fabricante de este. 6). La ambulancia deberá contar con un sistema de almacenamiento de energía de mínimo 180 amperios hora, distribuido como mínimo en dos baterías. El sistema de acumulación debe proporcionar una tensión de 12 voltios, capaz de suministrar una corriente pico de 400 amperios y

Page 6: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 6 de 25

su capacidad debe ser suficiente para producir, sin caída apreciable de tensión, una intensidad mínima de 90 amperios durante una hora a 17 grados centígrados de temperatura ambiente. Las baterías deben ser de libre mantenimiento y cumplir con todos los requisitos establecidos en la NTC 978 del ICONTEC – última actualización. 7). Debe poseer dos sistemas eléctricos independientes, el primero para operar el vehículo, que además extenderá por lo menos dos tomacorrientes del tipo “Encendedor de cigarrillos” debidamente identificados, en el compartimento del paciente para conectar equipos de 12 voltios y el segundo proveniente, de un inversor de onda sinosuidal electrónica de 12 voltios de corriente continúa a 110 voltios más o menos 15% a 60 Hertz de corriente alterna, con potencia mínima de uno punto cinco (1.0) kilowattios con una eficiencia mínima del 90% que opere únicamente en el compartimiento del paciente, con un mínimo de dos toma corrientes dobles bien identificados, uno a nivel de la cabecera de la camilla (panel anterior izquierdo del compartimiento del paciente) otro al lado del acceso principal en el mueble. El inversor deberá estar instalado en el compartimento del paciente, en un sitio debidamente protegido pero de fácil alcance para su encendido, apagado y mantenimiento. 8). Los toma corrientes deben estar protegidos cada uno por un breaker independiente, de tal manera que un cortocircuito producido en un aparato conectado a una de las tomas, no afecte a las restantes. 9). El segundo circuito, deberá poseer un dispositivo que permita la desconexión automática al ser alimentado por la red urbana, a una tensión nominal de 110-120 voltios y una frecuencia de 60 Hertz, por lo tanto debe instalarse un toma corriente en el exterior de la carrocería con la marcación adecuada que indique que es de entrada de 110 Voltios. Este toma corriente debe estar protegido por un recubrimiento sostenido mediante un sistema de bisagra o su equivalente. 10). La instalación eléctrica de la carrocería debe estar dentro de un sistema de canalización y protección, de material autoextingible, debe contar con sistema de supresión de interferencia para ondas de radio, preferiblemente en los cables de ignición. Debe estar aislada y protegida del agua, señalizada e identificada en planos eléctricos y/o electrónicos de la ambulancia. 11). La ambulancia deberá tener, en su dotación, una extensión de cable encauchado calibre mínimo de 16 AWG con polo a tierra trifilar y encauchetado, de mínimo 30 metros con sus extremos debidamente adaptados para lograr la alimentación eléctrica del exterior (110 voltios, 60 Hertz, corriente alterna), con carretel o sistema para enrollarlo o recogerlo. 12). Se debe tener en cuenta el consumo eléctrico de los sistemas propios y de los equipos biomédicos de la ambulancia, bajo condiciones de operación simultánea de todos los equipos, como aire acondicionado, monitores, succionador, iluminación, radio y demás equipos médicos y elementos electrónicos. 13). La capacidad del sistema de generación y almacenamiento debe ser superior a la suma de cada uno de los circuitos soportados por éstos en condiciones extremas. Se debe utilizar elementos de alta eficiencia energética para efectos de señalización e iluminación de la ambulancia y limitar al máximo la utilización de elementos adicionales innecesarios para la función de señalización e iluminación.

3.3.8 COMPARTIMIENTO DE PACIENTES GENERALIDADES Con relación al compartimiento de pacientes, el proponente debe especificar los materiales y características de los mismos, revestimientos interiores, tipos de soportes y características de estos. El compartimiento del paciente es aquel destinado exclusivamente al alojamiento de los pacientes bien sea asistido en la camilla o no. Debe estar localizado en la sección posterior del vehículo y tendrá las dimensiones suficientes para albergar una camilla, una silla en la cabecera de la camilla

Page 7: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 7 de 25

en la que pueda estar cómodamente sentado el personal paramédico, un asiento lateral auxiliar para el personal acompañante convenientemente sentados y en todos los casos el espacio destinado al paciente debe estar aislado del destinado al conductor. Debe poseer un sistema de iluminación interior que permita la asistencia del paciente en condiciones adecuadas. Para la adecuada prestación del servicio asistencial del personal paramédico médico y los períodos de tiempo en el desplazamiento de los vehículos al transportar heridos en condiciones críticas y traslado de pacientes, se ha determinado como medidas mínimas interiores útiles del compartimiento del paciente, las siguientes: -. Longitud mínima del interior del compartimiento del paciente ( si revestimiento ) debe ser máximo de : 2.40 mts. -. Ancho mínimo del interior del compartimiento del paciente (si revestimiento) debe ser máximo: 1.70 mts. -. Altura mínima del interior del compartimiento del paciente (sin revestimiento) debe ser máximo de 1.60 mts. El vehículo en el habitáculo para el transporte del paciente debe instalarse una barra pasamanos de material resistente y antioxidante, a una altura prudencial que no sea obstáculo para posibles golpes del personal paramédico, médico y de camilleros; debe ir fijada al techo a todo lo largo del compartimiento de pacientes. Que sirva para facilitar el acceso, descenso y sostener de ser el caso, el personal de atención y del acompañante del paciente, mientras el vehículo está en movimiento. 3.3.9 ESPECIFICACIONES DE ACCESOS (PUERTAS - PELDAÑOS) La ambulancia, deberá tener como mínimo cuatro (4) accesos en los dos compartimentos distribuidos de la siguiente manera: 1.) Dos (2) puertas laterales en la cabina de conducción como acceso al compartimiento del conductor. 2.) Una (1) puerta trasera constituida por dos hojas de apertura horizontal y una (1) puerta lateral derecha deslizante para acceso de la tripulación. De todas maneras deberá atenderse lo consignado en la Norma Técnica 3729 numeral 4.3.2. última actualización. 3.3.10 ESPECIFICACION DE VENTANAS 1.) Todas las ventanas del compartimiento del paciente deben estar ubicadas en el medio superior, convidrios de seguridad, homologados para uso en vehículos automotores logrando visibilidad únicamente de adentro hacia fuera aún en condiciones nocturnas y con luces interiores encendidas. 2.) La ventana de la puerta lateral derecha de acceso para la tripulación debe tener sistema de corredera para su apertura. 3.) Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.3.3. 3.3.11 ESPECIFICACION DE REVESTIMIENTOS INTERIORES 1.) Las superficies interiores del compartimiento del paciente no deben poseer perfiles o aristas o elementos afilados o cortantes. 2.) Los elementos peligrosos, como soportes y elementos metálicos de equipos de asistencia, se deben instalar en lugares donde no produzca daño a los ocupantes del vehículo.

Page 8: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 8 de 25

3.) El área del paciente, paredes y capota, debe revestirse de material liso de color claro, que garantice la conservación de la temperatura ambiente y la insonorización del mismo debidamente aislado. Debe ser impermeable, auto extinguible y que permita la limpieza con soluciones de desinfección, sin sufrir deterioro por ello.

4.) Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.3.4. 3.3.12 ESPECIFICACION DE PISOS Las consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.3.5. 3.3.13 ESPECIFICACION DE GABINETES 1.) Deben ser construidos en madera enchapada en formica liviana con tratamiento resistente al impacto y a la humedad, lavables sin bordes o filos cortantes. Dotados de puertas superiores transparentes, abatibles o corredizas en acrílicos de alto impacto con anclajes seguros que evitan la apertura de las puertas con sus respectivos entrepaños para los medicamentos. 2.) El proveedor deberá presentar dos propuestas de los planos de distribución del mobiliario para su aprobación y en caso de ser necesario alguna modificación se solicitará y aprobará mediante acta durante su fabricación (el diseño final de muebles se acordara con el proponente adjudicatario). 3.) En la parte inferior de las puertas deslizantes con colores de identificación (Franjas) para guardar los elementos de acuerdo con las especialidades así: Azul : Para el sistema respiratorio Rojo : Para el sistema circulatorio Amarillo : Para el sistema pediátrico Verde : Para el material quirúrgico y otros accesorios. 4.) Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.3.6. 3.3.14 ESPECIFICACION DE SILLAS (AUXILIAR-ACOMPAÑANTE) SILLA DE PERSONAL AUXILIADOR 1.) Ubicada en la cabecera de la camilla, de frente al paciente y destinado a la persona que realiza la atención a una distancia mínimo de 30 cms. 2.) Dotado con cinturón de seguridad, espaldar y reposa cabeza. 3.) Deberá estar instalado de tal manera que el usuario quede mirando de frente a la camilla principal. 4.) Debe ser giratoria de tal manera que permita la movilización sobre su propio eje en todas las direcciones, con dispositivo para asegurarla en un punto específico 5.) Debe contar con descansa brazos plegable. 3.3.15 SILLA DEL ACOMPAÑANTE 1.) En el compartimiento del paciente existirá un asiento lateral de 30 cms. de ancho como mínimo, construido sobre mueble, que servirá de depósito para equipo de abordo, dejando un espacio entre este y el borde externo de la camilla principal de mínimo 30 cms.

Page 9: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 9 de 25

2.) Con cojín o colchoneta construidos de forma que sus uniones sean herméticas, de material lavable y de color claro. 3.) Dotado de cinturones de seguridad según el número de personas que alcancen a acomodarse en él (máximo 3 con espaldar y reposa cabezas. Esta será usada como sitio para la ubicación de la camilla adicional cuando se requiera, para lo cual se dotará con un juego de cinturones de seguridad adicionales para ese efecto o un sistema de anclaje para la misma. 3.3.16 ESPECIFICACION DE LUCES INTERIORES 1.) En el techo del compartimiento del paciente debe haber un sistema de luz ambiental constituido por cuatro lámparas con bombillos incandescentes de doble intensidad y una lámpara de luz fluorescente de tamaño medio-grande. 2.) Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729.numeral 4.7.2 3.3.17 ESPECIFICACION DE LUCES DE PRIORIDAD 1.) La ambulancia debe contar con dispositivos de señalización óptica, de acuerdo a norma Icontec 3729 ultima actualización, que cumpla normas SAJ1318 2.) En la parte posterior y superior de la carrocería de la ambulancia deben existir dos luces rojas estroboscópicas. 3.) Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729, numeral 4.7.3. 3.3.18 ESPECIFICACIONES DEL SISTEMA SONORO DE ALERTA 1.) El sistema principal de alerta es una sirena electrónica mínimo de tres tonos seleccionados independientemente y corneta activada manualmente de 75 a 130 watios de potencia en valor eficaz. 2.) Debe contar con perifoneo o megafonía externa tendrá control de volumen y será de dotación obligatoria. El dispositivo de mando estará instalado como un panel de control en el compartimiento del conductor de tal manera que pueda ser accionado por este o por su acompañante. 3.) La intensidad sonora debe ser mínimo de 95 decibeles medidos a 30 metros del vehículo. 4.) El altavoz debe ir en la barra de luces prioritarias o externo en la cara anterior del vehículo, parte alta, debidamente protegido de golpes y elementos extraños y dirigiendo el sonido hacia adelante. 5.) Pito convencional (Original del Vehículo). 3.3.19 ESPECIFICACION DE SEÑALIZACION EXTERIOR (OPTICA COLORES Y SIMBOLOS) El color principal de la ambulancia Pintura blanca Standard del vehículo, con máximo dos franjas de color de 10 cms. De ancho. (Se pintara con material reflectivo la rotulación que permite identificar de forma clara e inequívoca, al vehículo como ambulancia y la ESE “Carmen Emilia Ospina” a la cual pertenece en el color azul. La identificación ubicada en la parte anterior externa de la carrocería, se coloca en sentido inverso de manera que el conductor del vehículo que preceda a la ambulancia, se pueda leer claramente la palabra “AMBULANCIA” en el espejo retrovisor. Adicionalmente, se debe incluir en el rotulado la sigla de identificación TAB.

Page 10: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 10 de 25

Las Ambulancias deben ir identificadas con el logosimbolo reconocido internacionalmente de la Cruz de la Vida, visible desde la parte superior de la ambulancia y de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.4.1.6. de la norma NTC 3729 del ICONTEC. Además deberá llevar el logo de misión médica. En la parte posterior de la carrocería debe llevar “Conserve su Distancia” de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.4.1.6. de NTC 3729 del ICONTEC. En los costados y en la parte posterior de la carrocería debe llevar el número de identificación MOVIL X , numero de teléfono Línea 125, al cual se puede solicitar el servicio y el Logotipo de Central de Radio de Referencia-APH de Neiva. En el compartimiento interno del área del paciente debe llevar las leyendas de “NO FUME” y “USE EL CINTURON DE SEGURIDAD”, situados en un lugar visible por los acompañantes. La rotulación, identificación y señalización exterior, se hará con cintas reflectivas u otro material que cumpla mínimo las normas ASTM-4956-93 y ASTM-810. Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.4. 3.3.20 ESPECIFICACION DE CONDICIONES AMBIENTALES Temperatura: Las consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.11. Nivel de ruidos: Las consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.11. Impermeabilidad: Las consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.11. Escape de gases: Las consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.11. 3.3.21 DOTACION BASICA OBLIGATORIA A) CAMILLA PRINCIPAL Deberá tener las siguientes dimensiones mínimas: 1.) Longitud: 2 metros mínimo medida entre los puntos más sobresalientes de la estructura incluidos los asideros y elementos adicionales de manejo y transporte. De la longitud total de la camilla, al menos 1.90 metros estarán reservados al paciente. 2.) Ancho: 60 centímetros como mínimo incluyendo barandillas y otros elementos adicionales, el ancho útil para el paciente no será menos de 50 centímetros. 3.) Altura: Desde la base de los pies deslizantes a la parte superior del plano destinado al paciente 0.22 metros como mínimo, a 1.00 metro como máximo. Tendrá dos posiciones como mínimo: alta y baja. 4.) Pies deslizantes (ruedas) abatibles y en la cabecera 2 ruedas adicionales para su deslizamiento dentro del vehículo y será manejable por una persona. 5.) La camilla será capaz de admitir una carga de 180 Kgs. sin sufrir daños en su estructura.

Page 11: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 11 de 25

6.) La disposición de la camilla en el compartimiento deberá estar en forma tal que la cabeza del paciente esté orientada hacia la parte delantera del vehículo. La parte superior de la camilla correspondiente a la cabeza, distará al menos de 25 centímetros de la silla del tripulante y la parte lateral distará al menos de 25 centímetros del lateral derecho del vehículo. 7.) Las demás consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.6.1. B) CAMILLAS SECUNDARIAS Una (1) Tabla Cervical fabricada en polietileno de alta densidad, con cinturones de ajuste tipo velcro o araña. CAMILLA DE TRAUMA TIPO CUCHARA, Modelo Scoop Radio lucida, tipo tijeras de largo ajustable, construida en aluminio para movilizar pacientes fracturados sin riesgo, incluye tres (3) cinturones de seguridad, la camilla debidamente ubicada en el área del paciente con bandejas de una sola pieza y cierre de seguridad en el extremo, que permita la exploración radio lucida y según el numeral 4.6.2. de la NTC 3729 del Icontec tercera actualización. C) TABLA ESPINAL LARGA. Para trauma de columna fabricada en polietileno de alta densidad y dotada en correas de sujeción tipo araña y ajuste de tipo velcro. Las consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.6.2. D) SILLA DE RUEDAS PORTATIL Las consignadas en la Norma Técnica 3729 numeral 4.6.3. E) SISTEMA DE OXIGENO PORTATIL 1.) Bala mínimo de 0.5 metros cúbicos o 500 litros, con válvula de carga universal. 2.) Color normativo 3.) Una llave de boca fija para las conexiones. 4.) Funda para su transporte en material lavable. 5.) Humidificador plástico. 6.) Manómetro para oxígeno medicinal. 7.) Flujómetro para oxígeno medicinal. NOTA: Debe entregarse con la respectiva prueba hidrostática y contenido de oxígeno, de tal manera que se encuentren listos para uso inmediato. 3.3.22 SISTEMA DE OXIGENO PRINCIPAL 1.) Compartimiento cerrado, con puerta al interior de la ambulancia. 2.) Una bala de 6 m3 o dos balas de 3 m3 de capacidad total de almacenamiento para oxígeno tipo HOSPITALARIO respectivamente cargadas (Debe entregarse con la respectiva prueba hidrostática y contenido de oxígeno, de tal manera que se encuentren listas para uso inmediato). 3.) Sistema de aseguramiento de la bala, con amortiguación en las paredes y en el piso donde esta haga contacto, con el fin de limitar las vibraciones y ruidos. El aseguramiento debe soportar movimientos y golpes sin soltar el cilindro. 4.) Ventana sin vidrio en el interior de la ambulancia a través de la cual se pueda maniobrar la llave de cierre de la válvula de la bala y visibilidad del manómetro que permita la verificación del estado de carga.

Page 12: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 12 de 25

5.) Manguera o tubería para conducción del oxígeno, debe iniciarse en este compartimiento y terminar en una de las paredes interiores de la ambulancia en la toma de flujómetro. 6.) Una llave de boca fija de 1.1/8 para las conexiones de la red de oxígeno en el recambio de la bala. Esta llave debe estar instalada en una de las paredes del compartimento de la botella de oxígeno, de tal forma que permita fácil maniobra para aflojar la manguera/tubería o el manómetro. 7.) Un manómetro para cilindro de oxígeno para colocar en la bala. 8.) Un flujómetro de pared con su humidificador, conectando al sistema de almacenamiento de oxígeno, instalado en el interior del compartimento del paciente. 9.) Un humidificador plástico, esterilizable. 3.3.23 EQUIPOS: BASICOS OBLIGATORIOS Equipo de herramientas Básico: 1.) Una (1) rueda de repuesto con su respectiva llanta y Rin. 2.) Un (1) gato y herramienta para sustitución de ruedas. 3.) Un (1) extintor de polvo polivalente ABC, capacidad mínima 2,26 kilogramos en cada compartimento. 4.) Dos (2) tacos de madera para bloqueo de llantas. 5.) Un (1) juego de señales reflectivas de emergencia. 6.) Dos (2) chalecos fluorescentes. 7.) Un (1) juego de cables de iniciación eléctrica. Equipo de Caja de herramientas: 1.) Un (1) juego de llaves fijas, que sus sistema dimensional corresponda a las características del vehículo (milimétrico o de pulgadas). 2.) Una (1) llave inglesa con apertura hasta de 3 centímetros. 3.) Tres (3) destornilladores de pala. 6” - 8” - 10”. 4.) Tres (3) destornilladores de estrella. 6” - 8” - 10”. 5.) Un (1) alicate de mango aislado 6”. 6.) Una (1) palanca patecabra de mínimo 50 centímetros. 7.) Un (1) martillo metálico, mínimo de 250 gramos. 8.) Una (1) tijera. 9.) Una (1) cuchilla para romper cinturones de seguridad. 10.) Una (1) cuerda de 20 metros de longitud y de 12.5 milímetros de diámetro, con gancho de tracción en un extremo. 11.) Una (1) lámpara con cable de mínimo 15 metros de longitud, con enchufe a toma corriente. 12.) Una (1) llave de pernos para las ruedas. 13.) Una (1) linterna con pilas. 14.) Una (1) caja de fusibles surtidos de los usados por este vehículo. 3.3.24 DOTACION OBLIGATORIA DE EQUIPOS MEDICOS PARA AMBULANCIAS DE TRASLADO ASISTENCIAL BASICO T.A.B. A) EQUIPO 1.) Soporte de techo para líquidos parenterales con cuatro ganchos. 2.) Un torniquete para uso en venopunción. 3.) Una riñonera.

Page 13: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 13 de 25

4.) Pato orinal. 5.) Pato coprológico. 6.) Un aspirador de secreciones portátil eléctrico o mecánico. 7.) Un respirador manual pediátrico con bolsa reservorio de O2 y máscara. 8.) Un respirador manual adulto con bolsa reservorio de O2 y máscara. 9.) Un juego de cánulas de Guedel No. 2, 4 y 5. 10.) Una linterna de examen con sus respectivas pilas. 11.) Un fonendoscopio. 12.) Un Tensiometro aneroide o electrónico, con mangas para pacientes adultos y pediátricos. 13.) Inmovilizadores para extremidades: corto de 50 cm. X 6 cm. X 1.5 cm. Y largo de 110 cm. X 6 cm. X 1.5 cm. 15.) Collares cervicales semirígidos de diferentes tamaños. 16.) Dos sabanas, en tela o material desechable con las medidas de la camilla principal. 17.) Dos mantas o cobijas. 18.) Un equipo de pinzas: Mango para bisturí, dos hojas de bisturí, dos pinzas Kelly curvas, dos pinzas Kelly rectas, dos pinzas mosquito, dos pinzas �ochester, un porta agujas, una tijera de material, una tijera de tejido, una pinza de disección mediana con garra, una pinza de disección mediana sin garra, un campo de ojo, y una cubeta para contener estos elementos. 19.) Equipo de parto: dos pinzas Rochester largas, tijera de episiotomía y ligadura umbilical) 20.) Una pinza macha rompe anillos. 21.) Un maletín rígido, con compartimientos para botiquín. 22.) Los equipos estarán asegurados convenientemente sin detrimento de su movilidad. B) SISTEMA DE COMUNICACIÓN Radio – teléfono multifrecuencia de tipo móvil, alimentado a 12 voltios. Frecuencia entre 140.0 y 174.0 VHF, con su respectiva antena, su instalación, manejo, mantenimiento y especificaciones de acuerdo al numeral 4.9. de la NTC 3729 del Icontec tercera actualización. 3.3.25 SISTEMA DE EQUIPO DE SONIDO Radio de marca, con sistema de varias bandas AM Y FM, con sus correspondiente bafles, con CD y MP3. 3.3.26 SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO Y CALEFACCION 1.) Sistema de recirculación de aire caliente y frió garantizado 2.) Sistema de Aire acondicionado instalado con control en el área del paciente. 3.) Sistema de Aire acondicionado instalado en el area del conductor 4.) El Sistema de Aire acondicionado y Extractor de olores, se aplica según el numeral 4.11.1. de la NTC 3729 del ICONTEC. El fabricante debe tener la homologación de vehículo expedida por el Ministerio de Transporte y la Tarjeta de Carroceros Vigente. 3.4 ACTIVIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 3.4.1 ACTIVIDADES DEL CONTRATISTA:

a) Entregar a título de compraventa una (1) vehículo tipo ambulancia, de acuerdo con las normas tecnicas, calidad, exigencias, imagen corporativa y especificaciones dadas por el CONTRATANTE;

b) Cumplir con el objeto contractual, de manera autónoma e independiente, con oportunidad, de acuerdo con las normas, calidad, exigencias y recomendaciones técnicas propias de su actividad;

Page 14: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 14 de 25

c) Entregar una (1) ambulancias en la ciudad de Neiva, en la fecha y hora establecida con el interventor del contrato, debidamente matriculada en la oficina de transito de Neiva (H), con el manifiesto de aduanas o su equivalente, manual de operación y garantía de fabrica correspondiente;

d) Realizar SERVICIO POSVENTA: Capacitar al personal designado por la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CARMREN EMILIA OSPINA, sobre el manejo, prevención, cuidado e indicaciones de mantenimiento preventivo y seguridad, en las instalaciones designadas por el CONTRATISTA para tal fin. Ofrecer los servicios de revisión de carrocería durante el tiempo de garantía y de mantenimiento y reparación durante la vida útil del vehículo;

e) Programar revisiones durante el tiempo de garantía, en coordinación con el interventor. 3.4.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:

a) Cumplir cabalmente con el objeto del contrato, de manera autónoma e independiente, con oportunidad, eficiencia y eficacia, de acuerdo con las normas, exigencias y especificaciones técnicas propias de su actividad y acordes al objeto del presente contrato;

b) Adquirir las Garantías exigidas a nombre de la E.S.E CARMEN EMILIA OSPINA como primer beneficiario, para garantizar protección contra los riesgos inherentes al contrato;

c) Adquirir garantía de Doce (12) meses por posibles desperfectos del vehiculo, la carrocería y accesorios fabricados. Los equipos y elementos adecuados en la unidad tendrán la garantía ofrecida por el proveedor, que en ningún caso podrá ser inferior al término de un año, contado a partir de la fecha de entrega;

d) El CONTRATISTA deberá dar cumplimiento a sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensión y riesgos profesionales) y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, e ICBF) de acuerdo a lo dispuesto por la Ley, del personal a su cargo para la ejecución del contrato;

e) Coordinar la entrega y ejecución del contrato con el interventor designado por subgerencia; f) Gestionar la legalización del contrato y su acreditación ante el Contratante en forma

oportuna para la obtención del Certificado de Legalización; g) Ejecutar las demás obligaciones ingerentes a al naturaleza del objeto contractual.

4. CARACTERISTICAS GENERALES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA. Podrán participar las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en consorcio o unión temporal, cuyo objeto social les permita adelantar o ejecutar el objeto del servicio requerido. Para la contratación se aplicará el régimen de inhabilidades e incompatibilidades señalado en la Ley 80 de 1.993; Ley 1150 de 2.007, en lo referente a la inhabilidad de las personas que han sido condenadas por atentar contra el patrimonio público, para contratar bien sea directamente o a través de persona jurídica, en este evento la persona jurídica quedara inhabilitada. En caso de comprobarse inhabilidades o incompatibilidades entre los participantes, estas inscripciones se anularán. NO HABER SIDO SANCIONADO O QUE NO SE LE HAYA HECHO EFECTIVO NINGÚN AMPARO DE LA GARANTÍA ÚNICA, MEDIANTE PROVIDENCIA EJECUTORIADA, dentro de los últimos tres (3) años, anteriores a la fecha de cierre de esta convocatoria.

Page 15: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 15 de 25

4.1 REQUISITOS QUE DEBERAN CUMPLIR LOS CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES

A) En caso que el proponente sea un consorcio deberá indicar el porcentaje de participación de

cada uno de sus integrantes, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento expreso de la ESE – CARMEN EMILIA OSPINA.

B) En caso que el oferente sea una unión temporal indicaran el porcentaje de participación y señalara los términos y la extensión de la participación de la oferta y en la ejecución del contrato de cada uno de sus integrantes, los cuales no podrán ser modificados sin consentimiento previo de la ESE – CARMEN EMILIA OSPINA.

C) Los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal responderán solidaria e ilimitadamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato.

D) Manifestación expresa de los integrantes de la facultad para conformar la Unión temporal o Consorcio sin limitación alguna, debidamente acreditada con el certificado de existencia y representación expedido por la autoridad competente con antelación no superior a 10 días al recibo de las ofertas.

E) Los documentos de conformación de los Consorcios o Uniones Temporales deben cumplir estrictamente los requisitos contemplados en el artículo 7º de la ley 80 de 1993.

4.2 PROPUESTAS PARCIALES, ALTERNATIVAS E INDIVIDUALES. No se aceptarán propuestas parciales o alternativas para esta contratación, pues es entendido que el Proponente deberá presentar una oferta específica, de acuerdo con los requerimientos de la entidad contratante. No obstante la Entidad podrá adjudicar parcialmente el contrato. 4.3 INTERVENTORIA LA ESE – CEO designará de su planta al Interventor para el contrato, quien será el encargado de ejercer el control técnico, Administrativo, financiero y de la calidad del trabajo, así como el cumplimiento de los procedimientos, las especificaciones y condiciones de los pliegos y demás normas y condiciones acordadas en el contrato y vigentes según normas y procedimientos. 4. LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA Y PUBLICACION DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA: La presente Convocatoria Publica se abrirá en la ciudad de Neiva, en la Oficina de Contratación de la E.S.E. CARMEN EMILIA OSPINA, Calle 34 No. 8-30 Barrio las Granjas, el día veintisiete (27) de Abril de 2009, a las 10:00 A.M. Los términos de referencia o pliego de condiciones se publicaran en la página WEB y las carteleras de las diferentes sedes de la Entidad el veintisiete (27) de Abril de 2009, a partir de las 5:30 PM. 4.5 LUGAR, FECHA Y HORA DE CIERRE DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA Y RECEPCION DE PROPUESTAS. La presente invitación se cierra en la ciudad de Neiva, el día cinco (05) de Mayo, de 2009, a las 2:30 PM. Se recepcionaran las propuestas en la fecha y hora indicada para el cierre, únicamente en la Oficina de Contratación de la E.S.E. CARMEN EMILIA OSPINA, Calle 34 No. 8-30 Barrio las Granjas. Se realizará una Acta de Cierre de la invitación.

Page 16: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 16 de 25

4.6 NUMERO MINIMO DE PARTICIPANTES Si de las invitaciones realizadas el número mínimo de participantes es uno (1), y ésta puede ser considerada como favorable para la entidad, de conformidad con los criterios legales de selección objetiva, la contratación podrá ser adjudicada. 4.7 UNA PROPUESTA POR PARTICIPANTE Cada proponente podrá presentar solamente una oferta, ya sea por si solo o como integrante de un consorcio o unión temporal o cualquier otra forma de asociación permitida. El proponente que presente más de una oferta o participe en más de una de ellas causará el rechazo de todas las ofertas que incluyan su participación. 4.8 CESIÓN DE LA POSICIÓN CONTRACTUAL Los miembros iníciales del Consorcio o Unión Temporal así como las personas que aparezcan en la Propuesta deberán permanecer como miembros del Consorcio o Unión Temporal durante todo el plazo de ejecución del Contrato. Adicionalmente se señala, que NO se permitirán las cesiones y modificaciones del porcentaje de participación en el Proponente Plural entre los miembros de las Uniones Temporales o Consorcios. 4.9 ACLARACIONES. 4.9.1 A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA. Las aclaraciones, inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes términos deberán ser presentadas por escrito a la Subgerencia de la ESE, hasta un (1) día antes de la fecha de cierre para presentar ofertas, quien responderá a los anteriores requerimientos mediante escrito, y si los considera aceptables, emitirá una ADENDA en la cual se consignen las modificaciones, la cual se publicará a través de la pagina Web, de modo que todos los proponentes posean la misma información. 4.9.2 A LAS OFERTAS. Una vez cerrado el plazo para recibir propuestas dentro del término de evaluación de las mismas y hasta antes de la adjudicación la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CARMEN EMILIA OSPINA podrá solicitar por escrito aclaraciones sobre puntos dudosos de las propuestas, sin que por ello pueda el proponente adicionar, mejorar o modificar su propuesta. La aclaración deberá efectuarla el proponente de forma inmediata de lo contrario se dará como no aclarada. 4.10 PLAZO DE EVALUACIÓN. LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CARMEN EMILIA OSPINA realizará la evaluación jurídica, técnica, económica y financiera de las propuestas dentro de los tres (03) días hábiles, contados a partir del día hábil del cierre del plazo para la presentación de las mismas. El informe de evaluación será publicado a través de página WEB de la Entidad, por el término de un (1) día, para

Page 17: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 17 de 25

que los interesados formulen observaciones, las cuales deberán ser presentadas por escrito en la oficina de Contratación dentro de dicho termino. 4.11 ADJUDICACIÓN. La adjudicación del contrato mediante proceso de Convocatoria Publica, se hará en forma motivada dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al término contemplado para la evaluación de las propuestas, al proponente que haya presentado la oferta que mejor satisfaga las necesidades de la E.S.E. CARMEN EMILIA OSPINA, de conformidad con los requisitos exigidos y los criterios de evaluación señalados en los presentes términos de referencia. 4.12 DECLARATORIA DESIERTA DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA. La declaratoria desierta se hará mediante Acto Administrativo en el cual se expresarán los motivos que condujeron a esta decisión. 5. PRESUPUESTO OFICIAL LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CARMEN EMILIA OSPINA cuenta con disponibilidad presupuestal para atender el gasto que demande el contrato que se derive de la presente convocatoria publica, para la vigencia fiscal de 2009, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Número 000000001321 del dieciséis (16) de Abril de 2009 con rubro 2020102 denominado COMPRA DE EQUIPO, por valor de CIENTO TRECE MILLONES DE PESOS ($113.000.000.oo) MCTE. 6. PLAZO ESTIMADO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El término de duración del contrato que se suscriba será de veinte (20) días, contados a partir de la legalización del contrato y suscripción del Acta de Inicio con el interventor del mismo. No obstante lo anterior, el contrato podrá darse por terminado anticipadamente conforme a las causales establecidas en el Acuerdo 001 de 2008, Estatuto de Contratación de la ESE. CARMEN EMILIA OSPINA. 7. OBLIGACIONES DE LOS OFERENTES Para presentar la propuesta los interesados deberán tener en cuenta su capacidad y disponibilidad para cumplir con las siguientes obligaciones y responsabilidades:

� Presentar la propuesta de acuerdo a lo señalado en los presentes términos de referencia. � Cumplir con el objeto del contrato, en caso de ser seleccionado. � En el contrato se incluirán las condiciones y obligaciones del contratista fijadas en los

presentes términos e igualmente se incluirá el cumplimiento de las demás obligaciones legales.

En caso de que el proponente favorecido se niegue a firmar o a legalizar el contrato una vez éste le haya sido adjudicado y comunicado, o demore su legalización dentro del término de cinco (05) días contados a partir de le fecha de entrega del original de contrato debidamente firmado por la

Page 18: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 18 de 25

representante de la ESE, se hará efectiva la póliza de seriedad de la propuesta, sin perjuicio de que la ESE resuelva suspender la legalización del contrato. 8. REQUISITOS POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO PAGO DE IMPUESTOS DE ORDEN MUNICIPAL: El contratista deberá presentar ante la oficina de contratación el recibo de pago de los impuestos de Orden Municipal y los gastos de publicación que correspondan conforme lo establecido en Estatuto Tributario Municipal (gaceta, estampillas proelectrificación, prousoco, prodeportes, etc). CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA: El Contratista constituirá a favor de la E.S.E. CARMEN EMILIA OSPINA, a través de una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, una garantía única que cubra los siguientes riesgos:

a) De cumplimiento del contrato: Por una suma igual al 20% del valor del contrato a celebrarse, la cual cubrirá el término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más.

b) Póliza de calidad: por el 40% del valor del contrato, el cual cubrirá el término de ejecución del contrato y doce (12) meses más.

c) Pago de salarios, indemnizaciones y Prestaciones Sociales Por el 10% del valor del contrato, el cual cubrirá el término del contrato y 3 años más.

En cualquier evento en que se aumente el valor del contrato o se prorrogue su vigencia, deberá ampliarse o prorrogarse la correspondiente garantía. 9. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO El contrato se liquidará de conformidad a lo establecido por el estatuto de contratación de la ESE CARMEN EMILIA OSPINA, Acuerdo 001 de 2008, modificado por el Acuerdo 007 de 2008, la cual se elaborará y surtirá dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de terminación del contrato. 10. FORMA DE PAGO La ESE CARMEN EMILIA OSPINA pagará el valor del contrato una vez entregada la ambulancia previa presentación de la factura respectiva con los siguientes soportes: copia del contrato, certificado de legalización expedido por la oficina de contratación, certificación de cumplimiento expedido por el interventor del contrato, certificación de paz y salvo de pago de aportes en seguridad social en salud, pensión y riesgos profesionales y aportes parafiscales. 11. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE El presente proceso de Contratación Directa, así como el contrato a suscribirse resultado del mismo, se rige a lo dispuesto por el Estatuto de Contratación de esta Entidad Acuerdo 001 de 2008, modificado por el Acuerdo No. 007 de 2008 y por las normas civiles y comerciales que regulen el objeto de la presente contratación. 12. EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD DE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CARMEN EMILIA OSPINA

Page 19: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 19 de 25

Cuando los oferentes no llenaren los requisitos para ofertar o no reunieren las condiciones exigidas para contratar, es entendido que no adquieren ningún derecho, ni la E.S.E. CARMEN EMILIA OSPINA asume ninguna responsabilidad. 13. DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deben referirse y sujetarse a todos y a cada uno de los puntos contenidos en los términos de referencia y reunir los requisitos en él exigidos. La propuesta debe presentarse en sobre sellado en original con fotocopias legibles, con todos los documentos y anexos requeridos, a máquina y/o Computador, foliada en forma consecutiva, con índice o tabla de contenido que permitan su consulta ágil. No incluir hojas en blanco. La propuesta deberá presentarse en idioma castellano y el precio deberá señalarse en pesos colombianos, so pena de rechazo. La propuesta económica deberá adaptarse a las exigencias específicas de los presentes términos y sus anexos. Las propuestas deberán ser firmadas así: Cuando se trate de una sociedad, de un consorcio o de una unión temporal, se firmará por su representante legal; en caso de que el proponente sea una persona natural o un establecimiento de comercio, con la firma de aquella o del propietario de éste. Las propuestas deben presentarse sin tachaduras, borrones o enmendaduras que den lugar a interpretaciones erróneas, ambiguas o que impidan su evaluación. Las propuestas deberán ser entregadas en la Oficina de contratación de la ESE CARMEN EMILIA OSPINA en la fecha y hora señalada. NO SE ACEPTAN PROPUESTAS ENVIADAS POR CORREO, NI LAS PRESENTADAS EN SOBRES NO SELLADOS, POR CORREO ELECTRONICO, FAX, COMO TAMPOCO PRESENTADAS FUERA DEL TÈRMINO ESTABLECIDO EN ESTOS TERMINOS, NI EN LUGAR DIFERENTE AL SEÑALADO EN LOS MISMOS. 14. DOCUMENTOS QUE DEBE CONTENER LA PROPUESTA 14.1. DOCUMENTOS DE CONTENIDO JURIDICO 14.1.1 Carta de presentación: Firmada por el proponente, representante legal o su apoderado, indicando su nombre y numero de documento de identidad, diligenciada en forma clara y en ella el proponente deberá manifestar que conoce y esta conforme a los términos de referencia, que no esta incurso en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Constitución y en la ley para la presentación de la propuesta ni para la celebración del contrato y, que en caso de sobrevenir alguna inhabilidad o incompatibilidad se hará responsable frente a la Administración y frente a terceros por los perjuicios que ocasione, igualmente debe contener la dirección, numero telefónico, correo electrónico y numero de folios. En la carta se deberá indicar que la propuesta tendrá validez mínimo sesenta (60) días calendario contados a partir de la presentación de la misma y el número de folios. NO SUBSANABLE.

Page 20: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 20 de 25

14.1.2 Certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio con una anterioridad de treinta (30) días, contados a partir de la apertura de la presente invitación; en caso de proponente cuya existencia y representación legal no se demuestre por medio del certificado a que se ha hecho referencia anteriormente, se deberá aportar el correspondiente documento exigido por la ley para demostrar su existencia y representación legal. En todo caso, el término de duración del ente jurídico no podrá ser inferior al fijado como plazo para la ejecución del objeto contractual y un año (1) más. Los Consorcios y Uniones Temporales deberán anexar el documento que acredite su existencia, en el cual se señale la forma de participación, la responsabilidad, la designación del representante legal y demás información con la que se cumpla las exigencias de ley. Cuando el representante legal de la persona jurídica se halle limitado en sus facultades para contratar y comprometer a la misma, deberá presentar autorización por el correspondiente órgano de dirección, para presentar la propuesta a que hace referencia estos términos. NO SUBSANABLE. 14.1.3 Registro Mercantil: Todas las personas naturales que aspiren a contratar con la empresa, siempre que lo amerite, deberá estar inscritas en el registro mercantil de la cámara de comercio de su jurisdicción con una antelación no menor de un año respecto de la época de la celebración del contrato o apertura del proceso de selección según el caso. Dicho certificado debe ser expedido con una anterioridad de treinta (30) días contados a partir de la apertura de la presente invitación. NO SUBSANABLE. 14.1.4 Certificado de inscripción, calificación y clasificación en el RUP expedido por la cámara de comercio, con fecha de expedición no superior sesenta (60) días, en el que se acredite la clasificación de conformidad al objeto de la presente convocatoria, con calificación igual o superior al monto del contrato que se pretende adjudicar. NO SUBSANABLE. 14.1.5 Póliza de garantía de seriedad de la propuesta: La seriedad de la propuesta deberá garantizarse mediante Póliza de Seriedad por un valor del 10% de la propuesta y por una vigencia no inferior a dos (2) meses contados a partir de la fecha de entrega de la propuesta. NO SUBSANABLE. Dicha garantía deberá expedirse a favor de la ESE. CARMEN EMILIA OSPINA, por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia. NO SUBSANABLE. En el evento en que sea prorrogado el término para adjudicar el contrato, los proponentes se obligan a ampliar a su costa la vigencia de la garantía en los mismos términos establecidos, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la comunicación por parte de la Entidad en que se le informe la prórroga de la adjudicación. La falta de presentación de la garantía de seriedad de propuesta, o la falta de la firma del proponente, es causal de RECHAZO de la misma. 14.1.6 Certificación del representante Legal o del Revisor Fiscal, donde conste que el proponente se encuentra a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social, parafiscales y riesgos profesionales, de conformidad con lo exigido en las Leyes 789 de 2002, 828 de 2003 y demás normas concordantes. La mora en el pago o la falta de acreditación del pago será causal de rechazo. NO SUBSANABLE. 14.1.7 Fotocopia del Documento de Identidad del Representante legal. SUBSANABLE.

Page 21: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 21 de 25

14.1.8 Fotocopia de antecedentes disciplinarios de la entidad y del representante legal, vigente. SUBSANABLE. 14.1.9 Fotocopia de Certificado de la Contraloría General de la República de Responsables fiscales, de la entidad si es persona jurídica y del representante legal, vigente. SUBSANABLE. 14.1.10 Pasado judicial del representante legal, vigente. SUBSANABLE. 14.1.11 Paz y Salvo Municipal vigente. SUBSANABLE. 14.2. DOCUMENTOS PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TECNICA, FINANCIERA Y ECONÓMICA Y EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES. 14.2.1 Fotocopia del Registro único Tributario RUT. NO SUBSANABLE, excepto cuando se trate de ofertas presentadas por consorcio o uniones temporales, caso en el cual, el RUT será requisito para la firma del contrato. 14.2.2 Presentar CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA Y CUMPLIMIENTO: Como requisito habilitante, el proponente deberá acreditar hasta tres (3) certificaciones de contratos celebrados por el proponente con Instituciones Publicas de Salud, con objeto similar que sumados arrojen un valor igual o superior al monto del contrato que se pretende adjudicar, expedidas por el Representante Legal de la entidad Contratante, con quienes ostente la calidad de usuario final, cuya fecha de terminación se encuentre dentro del último año, contado a partir de la fecha máxima prevista para el recibo de las ofertas. Dichas certificaciones deberán contener: Nombre del contratista, nombre de la entidad contratante, objeto, valor, fecha de ejecución y la indicación de si el contratista cumplió satisfactoriamente, regular o incumplió el contrato. COMO REQUISITO HABILITANTE. NO SUBSANABLE. 14.2.3 Información Financiera: Copia de los estados financieros comparativos con corte a 31-12-08 (balance general y estado de resultados), debidamente certificados por el representante legal y contador publico, conforme a lo establece el articulo 37 y 38 de la ley 222 de 1995, dictaminados por Revisor fiscal si lo hubiere. Anexar copia de la tarjeta profesional y certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta central de contadores a los Contadores Públicos que firmen los estados Financieros, su certificación y su dictamen según el caso. NO SUBSANABLE. 14.2.4 Declaración de renta correspondiente al año 2007. NO SUBSANABLE. 14.2.5 Propuesta: Descripción y precio unitario de la ambulancia. NO SUBSANABLE. 15. REVISIÓN JURÍDICA El Asesor Jurídico de la E.S.E. CARMEN EMILIA OSPINA, deberá realizar la correspondiente revisión jurídica de las propuestas presentadas con el objetivo de verificar si éstas CUMPLEN O NO CUMPLEN con la documentación de contenido jurídico exigida en los presentes términos de referencia, en el resultado de la revisión jurídica el citado asesor deberá precisar los proponentes que cumplen o no con los requisitos exigidos.

Page 22: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 22 de 25

16. REVISIÓN TECNICA, FINANCIERA Y ECONOMICA DE LAS OFERTAS VERIFICACION DE CAPACIDAD FINANCIERA: Para determinar la Capacidad Financiera se tendrán en cuenta los siguientes indicadores:

� Liquidez � Endeudamiento � Capital de Trabajo

Estos indicadores serán calculados con base en la información financiera a treinta y uno (31) de diciembre de 2008. Este aspecto no da lugar a puntaje pero HABILITA O INHABILITA las propuestas, se consideran admisibles para la fase de calificación si los indicadores cumplen con las siguientes condiciones:

INDICADOR CONDICIÓN Índice de Liquidez ≥ 1.5 Índice de Endeudamiento ≤70% Capital de Trabajo ≥ 100% del presupuesto oficial.

Los indicadores financieros se calcularán como se indica a continuación: A. ÍNDICE DE LIQUIDEZ Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente Para el caso de consorcios o uniones temporales se calculará el índice de liquidez con base en el promedio del activo corriente y del pasivo corriente, aplicando la siguiente fórmula: ILT = (AC1 + AC2 +AC3+.........+ ACn ) (PC1 + PC2 + PC3 +…….+ PCn) Donde: ILT = Índice de liquidez AC(1...n) = Activo corriente de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión

temporal. PC(1...n) = Pasivo corriente de cada uno de los integrantes del consorcio o de la

unión Temporal. B. ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO

Page 23: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 23 de 25

Índice de endeudamiento = (Total Pasivo / Total Activo) x 100 Para el caso de consorcios o uniones temporales, se calculará el índice de endeudamiento con base en el promedio del Pasivo Total y del Activo Total del balance general de los miembros del consorcio o de la unión temporal, aplicando la siguiente fórmula: IET = (PT1 + PT2 + PT3 x +......+ PTn) (AT1 + AT2 + AT3 +......+ ATn ) Donde: IET = Índice de endeudamiento PT(1...n) = Pasivo Total de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal AT(1...n) = Activo Total de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal C. CAPITAL DE TRABAJO Capital de Trabajo = Activo Corriente - Pasivo Corriente Para el caso de consorcios o uniones temporales, se tomará como Capital de Trabajo para calificación la suma de los capitales de trabajo de los integrantes del consorcio o de la unión temporal. 17. CAUSALES DE ELIMINACIÓN Y RECHAZO DE PROPUESTAS La ESE. CARMEN EMILIA OSPINA rechazará y consecuencialmente, no evaluará las propuestas en los siguientes casos:

a) Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes, entendida ésta como el acto de ponerse de acuerdo dos o más proponentes para perjudicar a terceros.

b) Cuando el proponente haya tratado de interferir, influenciar o informarse indebidamente sobre el análisis de las ofertas.

c) Cuando se compruebe que el proponente se encuentra incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad.

d) Se eliminarán la totalidad de las propuestas de cualquier proponente que presente más de una propuesta en esta convocatoria.

e) Cuando el proponente no indique el valor de la propuesta económica o presente valores distintos o se contradigan dentro de su propuesta.

f) Cuando la propuesta económica, se encuentre por encima del presupuesto establecido en la invitación.

g) La no presentación de los documentos contenidos en los ítems del 14.1.1 al 14.1.6, Documentos de contenido jurídico, de los presentes términos de referencia.

h) La no presentación de cualquier documento de contenido técnico, financiero y económico exigido en el numeral 14.2.

i) Cuando vencido el plazo para subsanar las deficiencias formales de los documentos subsanables contenidos en los ítems 14.1.7 al 14.1.11, el proponente no los allegue subsanados o no responda las aclaraciones solicitadas por la ESE. CARMEN EMILIA OSPINA.

Page 24: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 24 de 25

18. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACION La E.S.E. CARMEN EMILIA OSPINA, a través del Comité de Evaluador, previo análisis comparativo de las propuestas que se ciñan estrictamente a los requisitos establecidos en los presentes Términos de Referencia recomendará el ofrecimiento más favorable a la Entidad y a los fines que ella busca. 18.1 CRITERIOS DE VERIFICACIÓN Y DE ADJUDICACIÓN: La selección del contratista será objetiva, es decir, se escogerá el ofrecimiento más favorable a la Entidad y los fines que ella busca, previos los estudios correspondientes y efectuando el análisis comparativo de las ofertas. Así mismo, se tendrán en cuenta los siguientes criterios para ser ponderadas las ofertas: EVALUACIÓN CALIFICACION Evaluación Técnica Máximo 70 puntos Evaluación Económica Máximo 30 puntos EVALUACIÓN TÉCNICA : 70 puntos Se evaluará la antigüedad, la experiencia del proponente y la garantía posventa, así: TIEMPO DE EXISTENCIA: 20 puntos Igual o mayor tres (3) años: 20 puntos. Menos de 3 y mayor o igual a 2 años: 15 puntos. Menos de 2 y mayor o igual a 1 año: 10 puntos Menor a 1 año 00 puntos EXPERIENCIA: 30 puntos EL proponente que acredite, mediante certificaciones expedidas por la entidad contratante, el mayor valor de contratos celebrados por el proponente con Instituciones Publicas de Salud, con objeto similar que sumados arrojen un valor igual o superior al monto del contrato que se pretende adjudicar, expedidas por el Representante Legal de la entidad Contratante, con quienes ostente la calidad de usuario final, cuya fecha de terminación se encuentre dentro del último año, contado a partir de la fecha máxima prevista para el recibo de las ofertas, obtendrá 30 puntos. Los demás proponentes serán calificados proporcionalmente mediante regla de tres simple. GARANTIA POSVENTA: 20 puntos Se asignara 20 puntos al proponente que ofrezca mayor garantía posventa, de acuerdo con el kilometraje y el tiempo de garantía. A las siguientes ofertas se les asignara el puntaje mediante la aplicación de una regla de tres simple inversa. EVALUACIÓN ECONÓMICA: 30 Puntos

Page 25: TERMINOS DE REFERENCIA - ESE Carmen Emilia Ospina Neivaesecarmenemiliaospina.gov.co/contratos/archivos/TERREFORGAMB… · la Norma Técnica Colombiana (ICONTEC) NTC 3729 cuarta actualización

Convocatoria Pública No. 015 de 2009

Página 25 de 25

Se asignara 30 puntos a la de menor precio. A las siguientes ofertas se les asignara el puntaje mediante la aplicación de una regla de tres simple. Si el proponente no suministra esta información obtendrá en la evaluación de este criterio 0 puntos. 18.2 CRITERIOS DE DESEMPATE: En igual condiciones se dirime así:

� Se elegirá aquella que tenga el mayor puntaje en el aspecto técnico. � Si continua el empate se elegirá la oferta que posea mayor puntaje en el precio. � Si persiste en igualdad de condiciones entre ofertas de proponentes se somete a sorteo por

balotas Neiva, Abril 27 de 2009. ALBA CECILIA BOHORQUEZ MOLINA CARLOS ENRIQUE POLANIA FIERRO Subgerente Asesor Jurídico Contratación Proy. MARIA SALOME LOSADA ALZATE