teoría del delito

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Teoría del delito. © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto. facebook.com/ derechomx

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Teoría del delito.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

DEFINICIÓN.

La Teoría del delito, se encarga de explicar el concepto y contenido del delito, a partir de sus características que lo forman.

2 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ESTRUCTURA DEL DELITO.

Aspectos positivos

Conducta

Tipicidad

Antijuridicidad

Culpabilidad

Aspectos negativos

Ausencia de conducta

Atipicidad

Causas de justificación

Excluyentes de la culpabilidad

3 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

4

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CONDUCTA.

Es el movimiento o ausencia de movimiento corporal voluntario del hombre.

Art. 7 CPF.- Delito es la acción u omisión que sancionan las leyes penales.

Art. 15 CPDF.- El delito sólo puede ser realizado por acción o por omisión.

5 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CONDUCTA.

Formas de

conducta

(art. 7o CPF)

Acción

Omisión

Simple

Comisión por

omisión

6 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CONDUCTA.

Hacer

Movimiento

corporal

voluntario

ACCIÓN

7 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CONDUCTA.

8

No hacer

voluntario o

involuntario

COMISIÓN

POR

OMISIÓN

Dejar de hacer

voluntario o

involuntario

OMISIÓN

SIMPLE

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

AUSENCIA DE CONDUCTA.

Al no existir el presupuesto básico de un hecho delictivo es imposibleintegrar un delito.

Art. 15 CPF.- El delito se excluye cuando:I.- El hecho se realice sin intervención de la voluntad del agente; […]

Art. 29 CPDF. El delito se excluye cuando: […]I.- La actividad o la inactividad se realicen sin intervención de la voluntad del agente; […]

10 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

AUSENCIA DE CONDUCTA.

Vis maior Vis absoluta Sonambulismo

Actos reflejos Hipnotismo

11 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

12

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

TIPICIDAD.

Es la adecuación de una conducta en un tipo penal.

El tipo penal es la descripción legal de un delito.

13 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

PRINCIPIOS DE LA TIPICIDAD.

Nullem crimen sine lege. No hay delito sin ley.

Nulum crimen sine tipo. No hay delito sin tipo.

Nulla poena sine tipo. No hay pena sin tipo.

Nulla poena sine crimen. No hay pena sin delito.

Nulla poena sine lege. No hay pena sin ley.

14 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

Elementos del

tipo penal

Elementos objetivos

SujetosActivo

PasivoForma de participación

Bien jurídico tutelado

Objeto material

Circunstancias

Tiempo

Lugar

Modo

OcasiónMedios comisivos

ResultadoFormal

MaterialNexo causal

Elementos

normativos

Culturales

Jurídicos

Elementos subjetivosDolo

Culpa

Elementos subjetivos

específicos© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

Décima Época Núm. de Registro: 2007869Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito JurisprudenciaFuente: Gaceta del Semanario Judicial de la FederaciónLibro 12, Noviembre de 2014, Tomo IV Materia(s): PenalTesis: XXVII.3o. J/5 (10a.)Página: 2711

DELITO. ELEMENTOS DEL TIPO PENAL QUE DEBEN ANALIZARSE EN LA SENTENCIA DEFINITIVA.En la jurisprudencia 1a./J. 143/2011 (9a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,Décima Época, Libro III, Tomo 2, diciembre de 2011, página 912, de rubro: "ACREDITACIÓN DEL CUERPO DELDELITO Y DEL DELITO EN SÍ. SUS DIFERENCIAS.", la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naciónestableció que en toda sentencia definitiva debe analizarse si existe o no delito, esto es, una conducta típica,antijurídica y culpable. Una conducta es típica cuando tiene adecuación a los elementos del tipo penal.Así, de la interpretación sistemática de los artículos 7o., 8o., 9o., 12, 13, 15, fracciones II y VIII, inciso a) y 17del Código Penal Federal, se advierte que los elementos del tipo penal que deben examinarse en lasentencia son: i) los elementos objetivos de la descripción típica del delito de que se trate; ii) si la descripcióntípica los contempla, los elementos normativos ( jurídicos o culturales) y subjetivos específicos (ánimos,intenciones, finalidades y otros); iii) la forma de autoría (autor intelectual, material o directo, coautor omediato) o participación (inductor o cómplice) realizada por el sujeto activo; y, iv) el elemento subjetivogenérico del tipo penal, esto es, si la conducta fue dolosa (dolo directo o eventual) o culposa (con o sinrepresentación).

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

17

Aquellos que son advertidos con la sola aplicación de los sentidos.TE

ORÍA

DELDELITO

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

SUJETOS.

• Persona física que comete o

realiza la conducta descrita por

el tipo.Activo

• Persona física o moral sobre

quien recae el daño o peligro

causado por la conducta típica.Pasivo

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ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

FORMAS DE PARTICIPACIÓN.

AUTOR INTELECTUAL

(art. 13 fracc. I CPF).

• Aquel que piensa o

planea el delito.

AUTOR MATERIAL

(art. 13 fracc. II CPF).

• Aquel que ejecuta o

realiza la conducta

delictiva.

COAUTOR

(art. 13 fracc. III CPF).

• Aquel que lleva a cabo

junto con otra u otras

personas la preparación y

la consumación de un

ilícito.

19

ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

FORMAS DE PARTICIPACIÓN.

AUTOR MEDIATO

(art. 13 fracc. IV CPF).

• Aquel que ejecuta la

conducta típica sin

determinación propia ,

conciencia o voluntad en

la realización del delito.

INSTIGADOR

(art. 13 fracc. V CPF).

• Aquel que induce,

amenaza u obliga a otro a

cometer un delito.

CÓMPLICE

(art. 13 fracc. VI CPF).

• Aquel que presta auxilio

o cooperación antes,

durante o después de la

comisión del hecho.

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ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

FORMAS DE PARTICIPACIÓN.

CÓMPLICE EX POST

(art. 13 fracc. VII CPF).

• Aquel que auxilia a quien

ha intervenido en el hecho

delictuoso, después de su

consumación por un

acuerdo anterior al delito.

CÓMPLICE EX-ANTE.

• Los que cooperen en

forma previa o simultánea

en la realización del hecho

delictuoso, sin dominio del

mismo.

ENCUBRIDOR

(art. 400 CPF).

• Aquel que calla la verdad

del delito antes, durante o

después de la ejecución del

delito en cumplimiento a

una promesa anterior al

delito.

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ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

BIEN JURÍDICO TUTELADO.

Son los valores protegidos por la ley penal de su lesión o puesta en peligro, mediante la amenaza de sanción.

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ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

OBJETO MATERIAL.

Persona o cosa sobre la que recae directamente la conducta delictiva.

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ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CIRCUNSTANCIAS.

• ¿Cuándo? Tiempo

• ¿Dónde?Lugar

• ¿Cómo? Modo

• ¿En qué momento?Ocasión

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ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

• ESPIONAJE (art. 127 CPF).- […] al extranjero

que en tiempo de paz […]

• EJERCICIO ABUSIVO DE FUNCIONES (art. 220CPF).- […] En el desempeño de su empleo,cargo o comisión, indebidamente otorgue […].

TIEMPO.

Condiciones

temporales.

• ALLANAMIENTO DE MORADA (art. 286 CPF).-

Al que en despoblado o en paraje solitario […].

• ROBO AGRAVADO (art. 381 CPF).- Cuando secometa el delito en un lugar cerrado.

LUGAR.

Condiciones

de espacio.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

• TERRORISMO (art. 139 CPF).- […] A quienutilizando sustancias tóxicas, armas

químicas, biológicas […].

• ROBO (art. 372 CPF).- Se ejecutare conviolencia […]

MODO. La forma

en llevar a cabo la

• PEDERASTIA (art. 209 Bis CPF).- […] aquien se aproveche de la confianza, …

sobre un menor de dieciocho años […].

• FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS ENGENERAL (art. 244 CPF). II.- Aprovechandoindebidamente una firma o rúbrica enblanco ajena […].

OCASIÓN.

Situaciones

especiales que el

sujeto aprovecha.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

MEDIOS COMISIVOS.

Son las formas en que se puede configurar el delito y los cuales se encuentran señalados específicamente en el tipo penal; ejemplos:

violencia física, engaño, amenaza, intimidación, etc.

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ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

RESULTADO.

Es la ejecución de la conducta, provocando el daño o la lesión del bien jurídico.

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ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

RESULTADO.

29

Formal

Realización de una conducta .

Nunca habrá un cambio en el

mundo exterior.

Portación de 501 mg. de cocaína.

Material

Realización de un resultado.

Cambio en el mundo exterior.

Homicidio, lesiones, robo.

ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

NEXO CAUSAL.

Es la relación de causa a efecto entre la conducta y el resultado.

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ELE

MENTO

SOBJETIVOS.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

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Aquellos que requieren un determinado juicio de valor de la situación del hecho descrito en el tipo.TE

ORÍA

DELDELITO

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ELEMENTOS NORMATIVOS DEL TIPO.

• Es la valoración extrajurídica, en relación a

determinadas normas y concepciones

vigentes que no pertenecen al Derecho.

Culturales.

• Es la descripción contenida en los tipos

penales.

Jurídicos.

32

ELE

MENTO

SNORMATIVOSDEL

TIPO.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ELEMENTOS NORMATIVOS DEL TIPO.

Traición a la patria.Artículo 123 CPF.- Se impondrá la pena de prisión de cinco a cuarenta años y multahasta de cincuenta mil pesos al mexicano que cometa traición a la patria en alguna delas formas siguientes:

RoboArtículo 367 CPF.- Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajenamueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella conarreglo a la ley.

33 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

34

Aquellos que no pueden apreciarse a través de los sentidos por encontrarse en el interior de la persona humana, en su

pensamiento y en su sentimiento.

TEORÍA

DELDELITO

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ELEMENTOS SUBJETIVOS DEL TIPO.

Dolo.

• Consiste en causar intencionalmente el

resultado típico (arts. 9o. CPF y 18 CPDF).

Culpa.

• Incumplir “un deber de cuidado” provocando

un resultado típico (arts. 9o. CPF y 18 CPDF).

35 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ELEMENTOS SUBJETIVOS DEL TIPO.

Dolo

Directo

Conoce los elementos del

tipo penal, y quiere la

realización del hecho

descrito por la ley.

Eventual

Previniendo como posible

el resultado típico, acepta

la realización del hecho

descrito por la ley.

36 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ELEMENTOS SUBJETIVOS DEL TIPO.

Culpa

Con

representación

Prevé el resultado típico,

confiando en que no se producirá,

violando un deber de cuidado que

era necesario observar.

Sin

representación

No previó el resultado que le era

previsible y éste lo hubiera

evitado, si hubiere puesto la

diligencia debida.

37 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

38

Consisten en un gravamen moral más profundo a la figurada por el dolo, es un dolo más agudo y específico.TE

ORÍA

DELDELITO

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ELEMENTOS SUBJETIVOS ESPECÍFICOS.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ATIPICIDAD.

Es la falta de adecuación de la conducta a los elementos descritos en el tipo penal

Art. 15 CPF.- El delito se excluye cuando: […]II.- Se demuestre la inexistencia de alguno de los elementos que integran la descripción

típica del delito de que se trate; […]

Art. 29 CPDF.- El delito se excluye cuando: […]II.- Falte alguno de los elementos que integran la descripción legal del delito de que se

trate;

41 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ATIPICIDAD.

Art. 405 CNPP.- […]I.- Son causas de atipicidad: la ausencia de voluntad o de conducta,

la falta de alguno de los elementos del tipo penal, el consentimiento dela víctima que recaiga sobre algún bien jurídico disponible, el error de tipo vencible que recaiga sobre algún elemento del tipo penal que no

admita, de acuerdo con el catálogo de delitos susceptibles de configurarsede forma culposa previsto en la legislación penal aplicable, así como

el error de tipo invencible;

42 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ATIPICIDAD

Atipicidad objetiva = Falta de requisitos del tipo penal.

Atipicidad normativa = Indebida valoración de los elementos

normativos.

Atipicidad subjetiva = Error de tipo y Caso fortuito.

Atipicidad subjetiva específica = Ausencia de un elemento distinto al dolo

requerido por el tipo.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ATIPICIDAD OBJETIVA.

Sujetos sin calidad requerida;

Bien jurídico sin lesión o peligro;

Objeto material disímil;

Circunstancias diversas de las señaladas;

Medios comisivos contrarios;

Resultado distinto o imposible;

Nexo no conectado.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ATIPICIDAD NORMATIVA.

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Incorrecta valoración

jurídica.

Inexacta valoración

cultural.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ATIPICIDAD SUBJETIVA.

46

Error de tipo. Falsa apreciación de alguno de

los elementos objetivos del tipo (el sujeto

activo conoce el delito pero no se percata de

que los esta realizado)

Caso Fortuito. Ausencia de culpa al no

haber violado un deber de cuidado o por no

ser previsible el resultado.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ATIPICIDAD SUBJETIVA.

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Art.15 CPF.- El delito se excluye cuando: […]VIII.- Se realice la acción o la omisión bajo un error invencible;

A) Sobre alguno de los elementos esenciales que integran el tipo penal; oB) Respecto de la ilicitud de la conducta, ya sea porque el sujeto desconozca la

existencia de la ley o el alcance de la misma, o porque crea que está justificada suconducta. […]X.- El resultado típico se produce por caso fortuito.

Art. 29 CPDF.- El delito se excluye cuando concurra […]:III.- El agente obre con error de tipo:

a).- Vencible que recaiga sobre algún elemento del tipo penal y respecto a ese tipopenal no se admita la realización culposa.

En caso de que el error de tipo sea vencible y se admita la realización culposa, no seexcluirá el delito y se estará a lo previsto en el primer párrafo del artículo 83 de ésteCódigo; o

b).- Invencible.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ANTIJURIDICIDAD.

Es actuar sin causa justificada, contraviniendo el ordenamiento legal, sin apoyo de una norma permisiva.

Art. 4 CPDF.- Para que la acción o la omisión sean consideradas delictivas,se requiere que lesionen o pongan en peligro, sin causa justa,

al bien jurídico tutelado por la ley penal.

49 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN.

Son las razones o circunstancias que el legislador consideró para anular la antijuridicidad de la conducta típica realizada, al estimarla

lícita, jurídica o justificativa.

Art. 405 CNPP.- […]Son causas de justificación: el consentimiento presunto, la legítima defensa, el estado de

necesidad justificante, el ejercicio de un derecho y el cumplimiento de un deber.

51 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

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Art. 15 CPF.- […]

IV.- Se repela una agresión real, actual o inminente, y sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos,

siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa

suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende.

TEORÍA

DELDELITO

Art. 29 CPDF.- […] B.- Habrá causas de justificación, cuando:

I.- Se repela una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista

necesidad de la defensa empleada y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de su defensor.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

LEGÍTIMA DEFENSA.

REPELA.

Rechazar; no permitir

que algo ocurra.

AGRESIÓN.

Consiste en atacar, a cometer.

Real.

Que sea algo cierto,

no imaginado.

Actual.

Que ocurra en el

mismo instante de

repelerla.

Inminente.

Que esté a punto de

ocurrir.

SIN

DERECHO.

La agresión debe

carecer de Derecho.

53

CAUSA

SDEJU

STIFICACIÓ

N.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

LEGÍTIMA DEFENSA.

EN DEFENSA DE

BIENES

JURÍDICOS

PROPIOS O

AJENOS.

Debe obedecer a la

defensa de cualquier

bien jurídico, sea

propio o ajeno.

NECESIDAD DE LA

DEFENSA.

Debes ser la

necesaria,

proporcional al

posible daño que se

pretendía causar con

la agresión injusta.

RACIONALIDAD

DE LOS MEDIOS

EMPLEADOS.

Quiere decir que el

medio no sea

extremo.

SIN MEDIAR

PROVOCACIÓN

SUFICIENTE,

DOLOSA E

INMEDIATA.

El agredido no debe

haber provocado la

agresión, ni el tercero

a quien se defiende.

54

CAUSA

SDEJU

STIFICACIÓ

N.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

55

Art. 15 CPF.- […]

V.- Se obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado dolosamente

por el agente, lesionando otro bien de menor o igual valor que el salvaguardado, siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y

el agente no tuviere el deber jurídico de afrontarlo;

Art. 29 CPDF.- […] B.- Habrá causas de justificación, cuando:

II.- El agente obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado

dolosamente por el sujeto, lesionando otro bien de menor valor que el salvaguardado, siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y

el agente no tuviere el deber jurídico de afrontarlo;

TEORÍA

DELDELITO

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

ESTADO DE NECESIDAD.

• El peligro.

• El peligro no debe ser provocado.

• El peligro debe existir sobre bienes jurídicos propios o de

terceros.

• Causar el daño.

• Que el agente no tenga el deber jurídico de afrontar el

peligro.

• Que no exista otro medio practicable y menos perjudicial.

Elementos

56

CAUSA

SDEJU

STIFICACIÓ

N.

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57

Art. 15 CPF.- […]

VI.- La acción o la omisión se realicen en cumplimiento de un deber jurídico o en ejercicio de un derecho, siempre que exista necesidad

racional del medio empleado para cumplir el deber o ejercer el derecho, y que este último no se realice con el solo propósito de perjudicar a otro;

Art. 29 CPDF.- […] B.- Habrá causas de justificación, cuando:

III.- El agente realice una acción o una omisión atendiendo a su deber jurídico, siempre que exista necesidad racional de la conducta empleada

para cumplirlo;

TEORÍA

DELDELITO

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CUMPLIMIENTO DE UN DEBER.

Consiste en ocasionar un daño en forma legítima al cumplirun deber jurídico atribuido por la Ley.

58

Una norma jurídica.De una orden de

autoridad.

CAUSA

SDEJU

STIFICACIÓ

N.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

59

Art. 15 CPF.- […]

VI.- La acción o la omisión se realicen en cumplimiento de un deber jurídico o en ejercicio de un derecho, siempre que exista necesidad

racional del medio empleado para cumplir el deber o ejercer el derecho, y que este último no se realice con el solo propósito de perjudicar a otro;

Art. 29 CPDF.- […] B.- Habrá causas de justificación, cuando:

IV.- Cuando el agente realice una acción o una omisión atendiendo a su derecho, siempre que exista necesidad racional de la conducta empleada

para ejercerlo;

TEORÍA

DELDELITO

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

EJERCICIO DE UN DERECHO.

Consiste en causar un daño por motivo del ejercicio de un derecho, existiendo una necesidad racional de los medios empleados.

60

El reconocimiento hecho

por la ley sobre el

derecho ejercido.

La facultad

otorgada por la autoridad

competente.

CAUSA

SDEJU

STIFICACIÓ

N.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

61

Art. 15 CPF.- […] III.- Se actúe con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se llenen los siguientes requisitos:

a) Que el bien jurídico sea disponible;

b) Que el titular del bien tenga la capacidad jurídica para disponer libremente del mismo; y

c) Que el consentimiento sea expreso o tácito y sin que medie algún vicio; o bien, que el hecho se realice en circunstancias tales que permitan fundadamente presumir que, de haberse consultado al titular, éste

hubiese otorgado el mismo;

TEORÍA

DELDELITO

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

62

Art. 29 CPDF.- […] B.- Habrá causas de justificación, cuando:

V.- Cuando el hecho se realice en circunstancias tales que permitan suponer fundadamente que, de haberse consultado al titular del bien o a

quien esté legitimado para consentir, éstos hubiesen otorgado el consentimiento.TE

ORÍA

DELDELITO

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CONSENTIMIENTO DEL OFENDIDO.

El consentimiento del ofendido debe ser serio y voluntario, y corresponder a la verdadera voluntad del que consciente.

63

CAUSA

SDEJU

STIFICACIÓ

N.

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64

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CULPABILIDAD.

Es la relación directa que existe entre la voluntad y el conocimiento del hecho con la conducta realizada.

65

Imputabilidad

Exigibilidad de la conducta

Consciencia de la antijuridicidad

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

IMPUTABILIDAD.

Es la capacidad de entender y querer en el campo del Derecho Penal.

66

CULP

ABILID

AD.

Salud

mental.

Aptitud

psíquica.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

EXIGIBILIDAD DE OTRA CONDUCTA.

El sujeto decide cometer el delito, sabiendo su carácter ilícito.

67

CULP

ABILID

AD.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CONSCIENCIA DE LA ANTIJURIDICIDAD.

El sujeto conoce que lo que realizo va en contra de la Ley.

68

CULP

ABILID

AD.

© 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

69

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

INCULPABILIDAD.

Es la falta de reprochabilidad, por faltar la voluntad o el conocimiento del hecho.

Art. 405 CNPP.- Son causas de inculpabilidad: el error de prohibición invencible, el estado de necesidad disculpante, la inimputabilidad,

y la inexigibilidad de otra conducta.

70 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

INIMPUTABILIDAD.

Es la falta de capacidad de querer y de entender el delito.

71

EXCLU

YENTE

SDELA

CULP

ABILID

AD.

Minoría de edad

Trastorno mental y

desarrollo intelectual

retardado

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

INEXIGIBILIDAD DE OTRA CONDUCTA.

• Consiste en la amenaza de un mal grave e inminente que realmente

existe.Temor fundado.

• Es la amenaza de un mal grave que realmente existe o se finge en la

imaginación.Miedo grave

• Es el que deriva de la coacción, vgr. te mato si no matas; es el que obra

violentado por la amenaza de sufrir un mal grave;

Estado de necesidad

exculpante.

• Cuando el sujeto, pese a conocer completamente la situación o supuesto

de hecho del injusto, no sabe que su actuación no está permitida.Error de prohibición.

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EXCLU

YENTE

SDELA

CULP

ABILID

AD.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

PUNIBILIDAD.

Es la pena prevista en la ley, impuesta por el órgano jurisdiccional al comprobarse la responsabilidad del acusado.

La pena consiste en la privación o restricción de derechos del imputado.

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

CIRCUNSTANCIAS PARA LA PUNICIÓN.

• Disminuyen la

punición.Atenuantes

• Agravan la punición.Agravantes

76 © 2015. Lic. J. Daniel Olalde Soto.

77

TEORÍA

DEL

DEL

ITO

EXCUSAS ABSOLUTORIAS.

Constituyen la razón o fundamento, que el legislador considerópara que un delito, a pesar de haberse integrado en su totalidad,

carezca de punibilidad.

78

Aborto resultado de una violación (art. 334 fracc. I CPF).

Encubrimiento de parientes (art. 15 fracc. IX del CPF).

Falsedad declaración del inculpado (art. 247 fracc. IV del CPF).

Precario estado de salud (art. 55 del CPF).

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TEORÍA

DEL

DEL

ITO

BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA.

AMUCHATEGUI REQUENA, I. Griselda. Derecho Penal. Tercera edición. Editorial Oxford,México, 2005.CASTELLANOS, Fernando. Lineamientos Elementales de Derecho Penal. Primera edición.Editorial Porrúa, México, 1977.CRUZ Y CRUZ, Elba. Introducción al Derecho Penal. Primera edición. Editorial IURE,México, 2003.GARCÍA RAMÍREZ, Sergio. Panorama del Derecho Mexicano. Primera edición. EditorialMcGraw-Hill, México, 1998.MALO CAMACHO, Gustavo. Derecho Penal Mexicano. Primera edición. Editorial Porrúa,México, 2003.ROXIN, Claus. Derecho Penal Parte General TOMO I . Segunda edición. Editorial Civitas,España, 2006.UROSA RAMÍREZ, Gerardo Armando. Teoría de la ley penal y del delito. Primera edición.Editorial Porrúa, México, 2006.

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