teoria del caso

30
TEORIA DEL CASO TEORIA DEL CASO

Upload: veronica-vargas-rivas

Post on 06-Nov-2015

2 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Cómo elaborar la teoría del caso para el Nuevo Código Procesal Penal peruano

TRANSCRIPT

  • TEORIA DEL CASO

  • La teora del caso constituye el elemento central de las partes en todo proceso en la que descansa el camino que va a recorrer cada una de las partes en el proceso penal. Ello significa que se tiene un concepto de lo que ha ocurrido, de lo que se puede probar o establecer, desde el punto de vista jurdico, con la finalidad de conseguir los objetivos que se ha trazado alguien.

  • Son las aspiraciones de las partes que se traducen en la idea central o teora explicativa de lo que aconteci. Se traduce como un relato de los hechos. De un modo comprensivo, autosuficiente y verosmil.

  • Es una propuesta, planteamiento, que se hace desde el punto de vista del acusador o desde el punto de vista de la defensa, donde estn incluidos los hechos, los aspectos jurdicos, la jurisprudencia, la prueba, con la finalidad de conseguir los objetivos propuestas por las partes. Esto ltimo se traduce en una sentencia favorable, a las partes

  • DEFINICINSe puede definir la teora del caso como la estrategia, plan o visin que tiene cada parte sobre los hechos a probar. O dicho de otra manera: es la historia que el abogado quiere que acepte el juzgador sobre los hechos ocurridos

  • Sin embargo hay que hacer una distincin de lo que significa estrategia., que generalmente constituye un termino militar que est dirigido a hacer planes, para conseguir objetivos, es la forma como se dirige a la tropa para el momento de las batallas, sin embargo hoy es usado este concepto en todos los aspectos

  • La teora del caso corresponde a la idea central que se adopta para explicar u dar sentido a los hechos que se presentan como fundante de una historia permitiendo dar cuenta de la existencia de una determinada teora jurdica.

  • Una teora del caso es una clara y simple historia sobre lo que Realmente sucedi desde su propio punto de vista. Debe ser consistente con la evidencia no controvertida y la aplicacin del derecho sustantivo. No slo debe mostrarse que ocurri, sino que adems debe explicar por que las personas en la historia actuaron de la manera que lo hicieron. Debe ser una historia persuasiva que ser la base de su evidencia y argumentos durante el juicio. Debe durar entre uno o dos minutos

  • La teora del caso es, pues el planteamiento que la acusacin o la defensa hace sobre los hechos penalmente relevantes, las pruebas que lo sustentan y los fundamentos jurdicos que los apoyan. Se presenta en el alegato inicial como una historia que reconstruye los hechos con propsito persuasivos hacia el juzgamiento. Esta historia persuasiva contiene escenarios, personajes y sentimientos que acompaan toda conducta humana.

  • LA TEORIA DEL CASO SE CONSTRUYELa teora del caso se construye desde el momento que las partes tengan informacin, esta servir para definir cual ser su teora del caso que va a demostrar.Se empieza planteando una hiptesis de lo que pudo haber ocurrido, luego esta hiptesis deber ser sometida a verificacin o comprobacin mediante actuaciones (de la prueba) que se realicen durante la investigacin.

  • Al finalizar la investigacin, las hiptesis se convierten en teora. Luego se modifica y acomoda o ajusta hasta que empiece el juicio.

  • CARACTERISITICAS DE LA TEORIA DEL CASO.1.- SER UNICA.Significa que debe ser una sola teora del caso, esto es una sola versin2.- SER CREIBLE La teora debe explicarse por si misma, y ser acorde con el sentido comn y las reglas de la experienciaEs decir que los magistrados puedan entender, comprender y asimilar la idea central que da sentido al conjunto de hechos.

  • 3.- DEBE TENER SUFICIENCIA JURIDICAEs decir que la teora del caso debe llenar todos los elementos de la conducta y de la culpabilidad, y desde el punto de vista de la defensa, debe determinar la falta de un elemento de la conducta o de la responsabilidad.

  • 4.- LOGICAPor que debe permitir deducir las consecuencias jurdicas de los hechos que se soportan, es decir que debe guardar coherencia.5.-FLEXIBLEDebe ser flexible esto es que se adecue a los posibles desarrollos del proceso, pero sin que ello implique un cambio radical, que podra conllevara a la prdida de credibilidad.

  • 6.- SENSILLALos hechos deben ser narrados con claridad y simpleza, sin utilizar tecnicismos.

  • UTILIDAD DE LA TEORIA DEL CASOLa teora del caso nos ayuda:1.- A Planear y organizar el alegato de apertura.2.- Organizar la Prueba.3.- Preparar los contra exmenes.4.- Preparar los alegatos de conclusin.5.- Adoptar y rechazar las estrategias de defensa.6.- Definir, fundar y formular las objeciones durante el juicio.

  • ELEMENTOS DE LA TEORIA DEL CASO1.- FACTICOIdentificacin de los hechos relevantesLos hechos contienen:AccionesCircunstancias de modo y tiempo.Lugares o escenarios.Personajes con sus sentimientos, educacin, cultura, creencias, etc.Instrumentos; y Resultados de la accin.

  • 2.- JURIDICOConsiste en la adecuacin jurdica de los hechos dentro de las disposiciones legales, tanto sustantivas como adjetivas.

  • .- PROBATORIOSustentan los aspectos fcticos y jurdicos. Permite establecer cules pruebas son contundentes y permite:Demostrar los hechos;Dar certeza sobre la responsabilidad, autora, etc.

  • CONSTRUCION DE LA TEORIA DEL CASO

    Construccin de proposiciones fcticas.Determinacin de los medios de prueba.Construccin del relato.Lgica del Relato. Lo creble del relato

  • ESTRATEGIA Y TECNICA PARA LA EFECTIVA COMUNICACIN DE LA TEORIA DEL CASO

    1.- El tema central y las etiquetas.2.- Tcnicas para contar la historia.3.- Ayuda audiovisual

  • ALEGATO DE APERTURA, DECLARACION INICIAL, DISCURSO DE APERTURA O ALEGATO PRELIMINAR.

  • Es el primer relato de las partes en el juicio oral, cuyo objetivo principal es dar a conocer la teora del caso y ofrecer a los jueces una mirada particular sobre los hechos.Es definido como aquel relato inicial que presenta los hechos desde la posicin de cada litigante, con el objeto de ofrecer los hechos desde la posicin de cada litigante, con el objeto de ofrecer al tribunal una ptica, mirada coherente, creble, y aceptar los hechos del caso. A partir de los cuales los jueces logren ordenar, entender y aceptar los hechos del caso.

  • IMPORTANCIA DEL ALEGATO DE APERTURA 1.- Constituye la primera ocasin para dar a conocer al tribunal los hechos y los antecedentes que los fundamentan en cada parte.2.- Permitir fijar en el juez el tema de la teora del caso y la visin de casa sujeto procesal.3.- Permite fijar en el juez el tema de la teora del caso y la visin de cada sujeto procesal, para la apreciacin de la prueba.4.- Permite organizar tanto la informacin de las partes, como el relato para los jueces.

  • CONTENIDO DEL ALEGATO DE APERTURA 1.- Una narracin persuasiva de los hechos (elemento fctico).2.-Los fundamentos jurdicos que permiten soportar legalmente y doctrinariamente la tesis (elemento jurdico).3.- Las pruebas que demuestran y que se practicaran en el debate (elemento probatorio).

  • ESTRUCTURA DEL ALEGATO DE APERTURA .-Presentacin del Tema.2.-Identificacin de los principales intervinientes del caso.3.- Descripcin clara del lugar donde ocurrieron los hechos.4.- Presentacin de la Argumentacin Jurdica.5.-Conclusin.

  • TECNICAS DE ALEGATO DE APERTURA.-Preparar un esquema de la declaracin.2.- No hacer promesas que no se van a cumplir3.- No dar opiniones personales.4.-Maneje bien el tiempo.5.-Utilice ayudas audiovisuales.6.-Este atento al alegato de las otras partes.7.- Maneje un buen nivel de comunicacin.