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TEMAS LEGALES DIVERSOS EN EL CONTRATO DE SEGURO Dirección Jurídica

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TEMAS LEGALES DIVERSOS EN EL CONTRATO DE SEGURO Dirección Jurídica

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TEMARIO

a) Beneficiarios y Casos Prácticos.

b) Prescripción.

c) Omisiones e Inexactas Declaraciones y Disputabilidad.

d) Ausencia y Presunción de Muerte. • Procedimiento para la declaración de ausencia y presunción de muerte en el

Distrito Federal.

• Recomendaciones para Asegurados o Beneficiarios.

e) Contacto para dudas legales.

• :

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Beneficiarios

¿Quiénes son considerados beneficiarios del contrato de seguro?

Son beneficiarios, aquellas personas que el asegurado ha designado expresamente ante la institución

aseguradora para recibir el pago de una indemnización en caso de presentarse alguna de las

eventualidades previstas en el contrato de seguro.

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174 Derecho para

designar beneficiarios

175 Libertad para

designar Beneficiarios

180 Inembargabilidad

del derecho de beneficiarios

176 Revocación de Beneficiarios

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Existe un solo beneficiario y

fallece antes o al mismo tiempo

que el asegurado:

La suma asegurada se pagará

a la sucesión del asegurado

(artículo 175 LSCS)

Beneficiarios-casos prácticos

1. Existen varios beneficiarios y

fallece uno de ellos antes que el

asegurado:

El derecho de los beneficiarios

sobrevivientes se acrecenta en

partes iguales en la proporción

que le hubiere correspondido al

beneficiario fallecido. (artículo

188 LSCS)

2.

Fallece el asegurado y los

beneficiarios son menores de

edad:

La suma asegurada se pagará

a quien ejerza la patria potestad o

en su caso al tutor en

representación de los menores.

3. Fallece el asegurado

habiéndose designado como

beneficiarios a un tercero en

representación de menores de

edad:

La suma asegurada se pagará

al tercero mayor de edad (artículo

177 LSCS)

4.

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Por disposición legal, en los seguros de Vida y de Accidentes y Enfermedades que

contengan el rubro para hacer designación de beneficiarios, se deberá incluir una

advertencia que indique lo siguiente:

Beneficiarios-casos prácticos

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Hay una designación de beneficiarios en la póliza que no es la familia directa

del cliente (Ejemplo: amiga, amante, amigo), ¿qué pasa si reclama la esposa

y/o hijos? ¿Le pueden quitar al beneficiario que determinó el asegurado la

suma asegurada?

Si el asegurado designó como beneficiarios de su póliza a personas que no forman

parte de la familia y no existe duda de su designación, la compañía de seguros

pagará la suma asegurada a ese beneficiario. Excepto que existiera algún

requerimiento de autoridad judicial de no pagar al beneficiario.

¿A quien le paga SMNYL?

Al beneficiario designado por el asegurado, recordemos que él de manera libre

puede designar a su o sus beneficiarios.

¿Qué ocurre si la Institución pagó la suma asegurada y posteriormente alguien

reclama el pago?

Se rechazaría el pago, al haberse entregado la suma asegurada al beneficiario

designado por el asegurado.

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Beneficiarios-casos prácticos

5.

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La prescripción es la pérdida del derecho para ejercer una acción derivada de un contrato

de seguro por el transcurso del tiempo.

¿Cuánto tiempo se tiene para cobrar un seguro?

Para la cobertura de fallecimiento: 5 años contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen.

Tratándose de otras acciones derivadas del contrato, el tiempo establecido es de 2 años.

EJEMPLO:

PRESCRIPCIÓN

Emisión de Póliza

15/10/2008

Siniestro por

incapacidad

30/12/2009

Opera la prescripción

31/12/2011

Plazo de 2 años, para presentar la reclamación.

La compañía

rechaza el pago

de la

reclamación. 30/12/2009 al 30/12/2011

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OMISIONES E INEXACTAS DECLARACIONES Y

DISPUTABILIDAD

¿En qué consisten las omisiones ó inexactas declaraciones del asegurado y que consecuencias jurídicas tienen en el contrato de seguro?

Una de las obligaciones del proponente del seguro es declarar por escrito a la empresa aseguradora de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo, tal y como los conozca y deba conocer.

En caso que el proponente sea omiso o declare inexactamente en ese cuestionario, facultará a la aseguradora a rescindir de pleno derecho el contrato, aunque estas omisiones ó inexactas declaraciones no hayan influido en la realización del siniestro.

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La disputabilidad es el derecho de la Institución para realizar

una revisión sobre las declaraciones efectuadas por el asegurado

en la solicitud de póliza, inclusión de cobertura, incremento de

suma asegurada o rehabilitación y que puede dar lugar a una

rescisión de contrato sin responsabilidad para la compañía.

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AUSENCIA Y PRESUNCIÓN DE MUERTE

¿Cuál es el procedimiento a seguir cuando un cliente

desaparece ?

La ausencia o desaparición de una persona implica el desconocimiento de

su paradero y la incertidumbre de su existencia o fallecimiento.

Cuando esto ocurre, la parte interesada ó bien de oficio, deberá denunciar

la desaparición en vía de Jurisdicción Voluntaria ante un Juez de lo

Familiar.

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Desaparición del

Asegurado.

Se inicia Procedimiento

Judicial (J.V.)

Juez nombra Depositario de los Bienes del Ausente.

Transcurre 3 a 6 meses de Ausencia.

Juez nombra Representante del

Ausente.

Transcurren 2 años.

Juez declara procedente la Declaración de

Ausencia.

Publicación de edictos por 3

meses.

Transcurren 4 Meses a partir

de la ultima publicación.

Juez Familiar Declara en Forma

la Ausencia.

ETAPA 1. AUSENCIA

Transcurren 6 años.

Se solicita al Juez declare la Presunción de

Muerte.

ETAPA 2

DECLARAC ION

DE

AUSENC I A

ETAPA 3. PRESUNCION DE MUERTE

Juez emite sentencia

decretando la muerte.

Ordena al Oficial del Registro Civil inscriba la

resolución que decreta la presunción de muerte y realice la anotación en el

acta de nacimiento.

PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA Y

PRESUNCIÓN DE MUERTE EN EL DISTRITO FEDERAL

En el Distrito Federal este procedimiento tiene una duración de aproximadamente 9 años. En tanto que en el

Estado de México es de 3 años.

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RECOMENDACIONES PARA ASEGURADOS O

BENEFICIARIOS:

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* Para solicitar el pago de los beneficios

por fallecimiento, será necesario se

acredite legalmente la declaratoria de

presunción de muerte del asegurado

ausente.

* Continuar pagando las primas de las

pólizas del asegurado ausente o

desaparecido hasta que aparezca ó se

decrete la presunción de muerte por el

Juez de lo Familiar.

* El Representante del Ausente nombrado por

el Juez, podrá llevar a cabo trámites

relacionados con la (s) póliza (s), tales como:

solicitudes de vencimiento de plan, rescates

totales o parciales, consulta y retiros de

fondo, aclaraciones, entre otros, para lo cual

la compañía deberá requerir las actuaciones

judiciales donde el Representante del

Ausente acredite el procedimiento multicitado

y la representación legal del ausente.

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CONTACTO PARA DUDAS LEGALES

• Gerencia Jurídica Operativa México.

Conmutador SMNYL 53269000. Extensión 8530 Cinthya Juárez.

Extensión 9579 Adriana Salas.

• Asesoría Jurídica Virtual. Portal de Asesores de Seguros

Monterrey New York Life.

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