tema5 baja edadmedia

4
Ana Girón. IES Cardenal Herrera Oria [email protected] Tema 5 -La Baja Edad Media. Crisis de los siglos XIV y XV 5.1.- La organización política. Las instituciones. 5.2.- Crisis demográfica, económica y política. 5.3.- La expansión de la Corona de Aragón en el Mediterráneo. 5.4.- Las rutas atlánticas: Castellanos y portugueses. Las Islas Canarias. Monarquía Castilla: Características Ley Instituciones y su función. Aragón. Características Ley Instituciones y su función. 5.1.- La organización política. Las instituciones A partir del siglo XIII y de manera generalizada en la Baja Edad Media (siglo XIV, y perdura hasta el siglo XV), se establece la institución monárquica como la principal representación del poder político. Los dos reinos cristianos más importantes de la Península, la Corona de Castilla y la Corona de Aragón, comparten una organización política similar basada en tres instituciones: Corona, Cortes y concejos, aunque cada una va a presentar peculiaridades. La Corona de Castilla se configura como un solo reino desde 1230, con Fernando III el Santo. En Castilla, la primera institución política es la monarquía, que pugnará por consolidar su poder frente a las aspiraciones nobiliarias. Se establece así una monarquía autoritaria, en la que el rey gozaba de poderes más extensos, tales como la facultad legislativa, mientras que las instituciones (Consejo Real, Cortes) vieron reducidas sus funciones a tareas consultivas. Con el fin de tener mayor legitimidad, las leyes castellanas se basaban en el Derecho romano (Código de las Siete Partidas,1265, de Alfonso X). En principio hubo muchas dificultades para su aplicación por la oposición de la nobleza, pero finalmente con el Ordenamiento de Alcalá (1348) del rey Alfonso XI, se consolidará la legislación castellana, manteniendo la capacidad de legislar del monarca. El Estado castellano reorganizó también sus instituciones, y el Rey se rodea de: o Consejo Real: Era el órgano encargado de asesorar al rey. Estaba integrado por nobles y alto clero, además de por expertos en leyes. Tenía también funciones administrativas. o Audiencia o Chancillería: Era el órgano encargado de la administración de Justicia, que se va profesionalizando al integrar a juristas. Al principio era itinerante, luego se establece en Valladolid. o La Real Hacienda, encargada de los impuestos. o En el siglo XII nacen las Cortes: En esta asamblea estaban representados los estamentos del reino (nobleza, clero y, por el Tercer Estado o Estado Llano, las ciudades más importantes). Su función principal era la aprobación de impuestos extraordinarios o subsidios. Tenían un carácter consultivo. Las primeras Cortes se reunieron en León en el 1188. Posteriormente las Cortes unificadas de ambos reinos se celebran por primera vez en 1301. La Administración local se basó en los Concejos o Ayuntamientos, sobre los que la monarquía impuso la figura del corregidor. Desde el siglo XII, en la Corona de Aragón, formada por el Reino de Aragón, los Condados catalanes, el Reino de Valencia y Mallorca, se constituye como una confederación de reinos, en los el rey debía de tener en cuenta la opinión de las Cortes de los diferentes territorios, pactar con la nobleza las decisiones más importantes, así como respetar las leyes o fueros de cada reino. Era, por tanto, una monarquía pactista. Al igual que en Castilla, el Rey se apoya en el Consejo Real y la Audiencia, y nombra un lugarteniente que le representa en cada uno de sus territorios. Cada reino convoca sus propias Cortes. Al sistema pactista contribuyó la costosa política exterior (conquistas por el Mediterráneo), que obligó a la corona a pedir ayuda económica a la nobleza, que aprovechó esta circunstancia para obtener privilegios. Las Cortes aragonesas y, posteriormente, las catalanas impusieron al rey Pedro III (1276-1285) el juramento del Privilegio General (1283) y de los Fueros de sus respectivos reinos. Esto supuso en la práctica que la nobleza y el clero gozaron de mayor poder y autonomía en sus territorios. La corona se comprometió además a convocar anualmente y por separado a las Cortes, y a consultar a los estamentos privilegiados sobre un amplio número de cuestiones. En Aragón, la nobleza (Unión Aragonesa) logró la creación de la figura del Justicia Mayor, quien se encargaba de defender los intereses de los más poderosos frente al rey. o El rey Pedro IV (1.336-1.387) se vio obligado a aceptar una comisión permanente de las Cortes catalanas: La Diputación del General o Generalitat (1.359), que supervisaba los acuerdos en los periodos en los que las Cortes no estaban reunidas. En Valencia y Aragón se crearon organismos similares. El gobierno de las ciudades reside en el municipio, que será controlado por las oligarquías, como en el caso del Consell de Cent de Barcelona.

Upload: anagiron-profesoraies

Post on 13-Jul-2015

105 views

Category:

Education


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Tema5 baja edadmedia

Ana Girón. IES Cardenal Herrera Oria [email protected]

Tema 5 -La Baja Edad Media. Crisis de los siglos XIV y XV 5.1.- La organización política. Las instituciones. 5.2.- Crisis demográfica, económica y política. 5.3.- La expansión de la Corona de Aragón en el Mediterráneo. 5.4.- Las rutas atlánticas: Castellanos y portugueses. Las Islas Canarias.

Monarquía Castilla: Características Ley Instituciones y su función. Aragón. Características Ley Instituciones y su función.

5.1.- La organización política. Las instituciones

A partir del siglo XIII y de manera generalizada en la Baja Edad Media (siglo XIV, y perdura hasta el siglo XV), se establece la institución monárquica como la principal representación del poder político. Los dos reinos cristianos más importantes de la Península, la Corona de Castilla y la Corona de Aragón, comparten una organización política similar basada en tres instituciones: Corona, Cortes y concejos, aunque cada una va a presentar peculiaridades.

La Corona de Castilla se configura como un solo reino desde 1230, con Fernando III el Santo. En Castilla, la primera institución política es la monarquía, que pugnará por consolidar su poder frente a las aspiraciones nobiliarias. Se establece así una monarquía autoritaria, en la que el rey gozaba de poderes más extensos, tales como la facultad legislativa, mientras que las instituciones (Consejo Real, Cortes) vieron reducidas sus funciones a tareas consultivas. Con el fin de tener mayor legitimidad, las leyes castellanas se basaban en el Derecho romano (Código de las Siete Partidas,1265, de Alfonso X). En principio hubo muchas dificultades para su aplicación por la oposición de la nobleza, pero finalmente con el Ordenamiento de Alcalá (1348) del rey Alfonso XI, se consolidará la legislación castellana, manteniendo la capacidad de legislar del monarca.

El Estado castellano reorganizó también sus instituciones, y el Rey se rodea de: o Consejo Real: Era el órgano encargado de asesorar al rey. Estaba integrado por nobles y alto

clero, además de por expertos en leyes. Tenía también funciones administrativas. o Audiencia o Chancillería: Era el órgano encargado de la administración de Justicia, que se va

profesionalizando al integrar a juristas. Al principio era itinerante, luego se establece en Valladolid.

o La Real Hacienda, encargada de los impuestos. o En el siglo XII nacen las Cortes: En esta asamblea estaban representados los estamentos del

reino (nobleza, clero y, por el Tercer Estado o Estado Llano, las ciudades más importantes). Su función principal era la aprobación de impuestos extraordinarios o subsidios. Tenían un carácter consultivo. Las primeras Cortes se reunieron en León en el 1188. Posteriormente las Cortes unificadas de ambos reinos se celebran por primera vez en 1301.

La Administración local se basó en los Concejos o Ayuntamientos, sobre los que la monarquía impuso la figura del corregidor.

Desde el siglo XII, en la Corona de Aragón, formada por el Reino de Aragón, los Condados catalanes, el Reino de Valencia y Mallorca, se constituye como una confederación de reinos, en los el rey debía de tener en cuenta la opinión de las Cortes de los diferentes territorios, pactar con la nobleza las decisiones más importantes, así como respetar las leyes o fueros de cada reino. Era, por tanto, una monarquía pactista.

Al igual que en Castilla, el Rey se apoya en el Consejo Real y la Audiencia, y nombra un lugarteniente que le representa en cada uno de sus territorios. Cada reino convoca sus propias Cortes. Al sistema pactista contribuyó la costosa política exterior (conquistas por el Mediterráneo), que obligó a la corona a pedir ayuda económica a la nobleza, que aprovechó esta circunstancia para obtener privilegios. Las Cortes aragonesas y, posteriormente, las catalanas impusieron al rey Pedro III (1276-1285) el juramento del Privilegio General (1283) y de los Fueros de sus respectivos reinos. Esto supuso en la práctica que la nobleza y el clero gozaron de mayor poder y autonomía en sus territorios. La corona se comprometió además a convocar anualmente y por separado a las Cortes, y a consultar a los estamentos privilegiados sobre un amplio número de cuestiones. En Aragón, la nobleza (Unión Aragonesa) logró la creación de la figura del Justicia Mayor, quien se encargaba de defender los intereses de los más poderosos frente al rey.

o El rey Pedro IV (1.336-1.387) se vio obligado a aceptar una comisión permanente de las Cortes catalanas: La Diputación del General o Generalitat (1.359), que supervisaba los acuerdos en los periodos en los que las Cortes no estaban reunidas. En Valencia y Aragón se crearon organismos similares.

El gobierno de las ciudades reside en el municipio, que será controlado por las oligarquías, como en el caso del Consell de Cent de Barcelona.

Page 2: Tema5 baja edadmedia

Ana Girón. IES Cardenal Herrera Oria [email protected]

Introducción: CRISIS DEMOGRÁFICA Política (guerras) CRISIS ECONÓMICA CRISIS POLÍTICA CONFLICTOS POLÍTICO-SOCIALES Conclusión

5.2.- Crisis demográfica, económica y política. La Baja Edad Media peninsular estuvo marcada por una profunda CRISIS cuya fase más aguda para Castilla fue en el siglo XIV mientras que para Aragón fue en el siglo XV. En el siglo XIV se produjo una grave crisis demográfica (descenso demográfico) debido a los siguientes factores: - Estancamiento de la producción agrícola: debido al fin de nuevas roturaciones, a años de malas cosechas y a que se cultivan plantas de cara al mercado, por ser más rentables (vid, aceite y plantas tintóreas). - Condiciones climáticas adversas, que dieron lugar a malas cosechas y por tanto a la carestía y al hambre (economía de subsistencia). - Peste negra (Peste bubónica): Epidemia que afectó a la Península Ibérica en 1.348, que causó estragos entre una población mal alimentada y con pocas defensas. - Guerras: Agudizó el descenso demográfico. En este periodo se producen diversas crisis políticas tanto en Castilla en Aragón, destacando tres conflictos armados: a) Guerra entre Pedro I de Castilla y Pedro IV de Aragón (1.356-1.369). b) Guerra civil en Castilla entre Pedro I el Cruel y Enrique de Trastámara (1.366-1.369). c) Revolución y guerra civil en Cataluña: Se enfrentaron los payeses contra los señores, y el rey Juan II contra la Generalitat (1.462-79)

Todas estas circunstancias adversas hicieron descender bruscamente el número de habitantes: En Castilla la pérdida fue menor y la recuperación más rápida. A finales del siglo XV tenía unos cuatro millones de habitantes. En Aragón la situación varió según los reinos, aunque en general se perdió más población que en Castilla. Cataluña fue la más afectada, perdiendo la mitad de sus habitantes entre los siglos XIV y XV. Valencia, en cambio, recuperó pronto la población que tenía en 1.300 y vivió una etapa de crecimiento. Como consecuencia de la crisis demográfica una cuarta parte de los pueblos fueron abandonados. Paralelamente la economía experimentó también un proceso de crisis: En la agricultura la depresión fue muy grave y se caracterizó por el retroceso de los cultivos, el aumento de despoblados y la caída de las rentas señoriales a causa del descenso de la población. El comercio y la artesanía se vieron también afectados como consecuencia de la pérdida general de riqueza. Por el contrario, la ganadería se beneficia en Castilla, donde la Mesta preserva los privilegios de los productores de lana.

Para paliar la caída de ingresos, los señores incorporaron a sus tierras los terrenos despoblados y aumentaron sus competencias jurisdiccionales (recaudación de impuestos, administración de justicia, cobro de tasas por el uso de determinados servicios etc.). Además se apropiaron de tierras de realengo y obtuvieron beneficios del comercio. Para asegurar la continuidad de sus posesiones se creó la institución del mayorazgo. La crisis política tuvo su origen en la pugna por el poder entre la corona y los grupos privilegiados. En el siglo XIV, en Castilla, la dinastía Trastámara asciende al trono tras la guerra civil que enfrenta a Pedro I el Cruel y Enrique II, apoyado por una nobleza que en el siglo siguiente conservará su influencia a través de partidos (Infantes de Aragón) y privados (Álvaro de Luna), lo que dará lugar a graves conflictos. En Aragón, el Compromiso de Caspe (1412) entroniza a Fernando de Trastámara cuyo hijo, Juan II (padre de Fernando el Católico), pretenderá aumentar el control sobre los privilegiados, lo que provocará una guerra civil.

La crisis económica y demográfica dio lugar a numerosos conflictos político-sociales. Podemos destacar:

- El sentimiento antisemita en las ciudades, por el problema de la propiedad económica, - Los conflictos señoriales, contra quienes se rebelaron en Cataluña (Revuelta de la Remensa),

en Galicia (movimiento hermandino o irmandiño) y en Mallorca.

Como conclusión, podemos afirmar que todos estos enfrentamientos van a suponer el inicio del proceso de fortalecimiento del poder real, que se consolidará en la Edad Moderna.

Page 3: Tema5 baja edadmedia

Ana Girón. IES Cardenal Herrera Oria [email protected]

Mediterráneo Occidental. Mediterráneo oriental. Nápoles. Conclusión.

5.3.- La expansión de la Corona de Aragón en el Mediterráneo. La Corona de Aragón inició la expansión por el Mediterráneo ya en 1.229 con la conquista de Baleares. Posteriormente, en 1.282, Sicilia pidió ayuda al rey Pedro III de Aragón para protegerse de la política expansionista de la casa francesa de Anjou. Aprovechando esta coyuntura, y tras años de lucha, se logró incorporar Sicilia a la Corona de Aragón en la paz de Caltabellota (1.302), aunque esta lucha llevó al enfrentamiento con Francia y con el papa Martín IV. Además, los nobles aragoneses, descontentos por la actuación del rey en Sicilia, se agruparon en la Unión Aragonesa y obligaron al rey a firmar el Privilegio General. Posteriormente en el reinado de Jaime II (1.291-1.327) se inicia el dominio de Cerdeña, contando para ello con la neutralidad de Francia, pero con la oposición de Pisa y Génova. El mantenimiento de la isla fue muy costoso, llegándose al enfrentamiento naval con Génova, lo cual perjudicó el comercio catalán por el Mediterráneo. En el Mediterráneo oriental, la Corona de Aragón ejerció también durante el siglo XIV la soberanía sobre dos territorios del Imperio bizantino: los ducados de Atenas y Neopatria (Tesalia). La causa estuvo en la acción de compañías de almogávares (mercenarios catalanes y aragoneses), que acudieron en ayuda del Imperio bizantino. Los rápidos éxitos de los almogávares hicieron desconfiar de ellos, por lo que su jefe, Roger de Flor, y unos mil mercenarios fueron asesinados en una conjura. En represalia estos saquearon ciudades griegas y crearon los ducados de Atenas y Neopatria, donde se mantuvieron desde 1.302 a 1.390, poniéndolos bajo la soberanía de la Corona de Aragón. La conquista de Nápoles por Alfonso V (1.416-1.458) se enmarca dentro de la guerra de Aragón contra Génova. Tras luchar varios años, Alfonso V toma Nápoles (1.443) y se instala allí, abandonando la política aragonesa en manos de su esposa la reina María. La política mediterránea de la Corona de Aragón supuso un esfuerzo militar y económico durante décadas, que llevó a los monarcas a pedir continuamente el apoyo de los estamentos de los diferentes reinos y, por tanto, a que su poder frente a ellos se debilitara.

Page 4: Tema5 baja edadmedia

Ana Girón. IES Cardenal Herrera Oria [email protected]

Motivos de la búsqueda de rutas comerciales. Avances técnicos, otros factores. Castilla Portugal. Canarias.

5.4.- Las rutas atlánticas: Castellanos y portugueses. Las Islas Canarias. El interés por explorar el Atlántico está ligado a la necesidad económica de buscar nuevas rutas comerciales hacia las Indias. Los descubrimientos geográficos que se produjeron en dicho océano en los siglos finales de la Edad Media se explican por los avances técnicos (cartografía, instrumentos de navegación, construcción de navíos…), así como por factores político-ideológicos de dos estados, Castilla y Portugal, en plena expansión. Ambos reinos rivalizaban en el mar explorando la costa africana y las islas próximas, de donde esperaban obtener azúcar, oro, esclavos, así como caladeros de pesca. La rivalidad entre ambos Estados se mantendrá hasta finales del siglo XV (Tratado de Alcaçovas, 1479). Castilla controla la ruta del Cantábrico y el estrecho de Gibraltar (Tarifa). Portugal inicia una política de exploración y de expansión promovida por el infante Enrique El Navegante. Tras la conquista de Ceuta, que pasará a dominio español con Felipe II, ocupan los archipiélagos de Madeira y Azores. La colonización de la costa africana culmina con la expedición de Bartolomé Díaz (Cabo de Buena Esperanza, 1488) y Vasco de Gama, que alcanza las costas de la India (1498). La exploración y conquista de las Islas Canarias se enmarca en el contexto de la expansión por el Atlántico sur de castellanos y portugueses en la Baja Edad Media. El archipiélago canario había sido descubierto hacía ya tiempo, y a lo largo de la Edad Media llegaron a sus costas marinos árabes, italianos, portugueses y castellanos. Sin embargo, hasta 1402 no se inicia la colonización de Canarias, por parte de un aventurero normando, Jean de Béthencourt, que recibió el apoyo del rey castellano a cambio de someterse a su vasallaje. Lanzarote, Fuerteventura, Hierro y La Gomera fueron las primeras en ser colonizadas. Al principio no había demasiado interés en este archipiélago, pero con el tiempo la expansión marítima de Castilla lo hizo cada vez más imprescindible. La conquista definitiva se llevará a cabo ya en el reinado de los Reyes Católicos entre 1477 y 1496, fecha esta última de la rendición de Tenerife. El proceso de ocupación fue realizado por particulares, que firmaban unas capitulaciones con los reyes para hacerlo en su nombre, y a cambio los conquistadores recibían tierras para explotarlas. La población indígena de las Islas Canarias experimentó un dramático descenso demográfico por la propia conquista y por las enfermedades llevadas de la Península, para las cuales no estaban inmunizados.