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PROCEDIMIENTOS FISCALES GRUPO XI-A

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Garantias

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Page 1: Tema i Normas y Garantias - Envio

PROCEDIMIENTOS FISCALES

GRUPO XI-A

Page 2: Tema i Normas y Garantias - Envio

TEMA I NORMAS CONSTITUCIONALES Y

GARANTIAS INDIVIDUALES

PROCEDIMIENTOS FISCALES

Page 3: Tema i Normas y Garantias - Envio

1.1 CLASIFICACIÓN DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES Las garantías Individuales se clasifican en:

Garantías de Igualdad. Garantías de Libertad. Garantías de Propiedad. Garantías de Seguridad Jurídica.

Page 4: Tema i Normas y Garantias - Envio

GARANTÍAS INDIVIDUALES

Todo habitante de un país, sea ciudadano, nacional o extranjero, resida aquí o esté de paso, sea hombre o mujer, de cualquier raza, debe contar con ciertas protecciones legales que en México y prácticamente en todo el mundo son derechos del gobernado frente a la autoridad pública. Es pues, importante conocer los derechos que nos otorga la Constitución Mexicana.

Page 5: Tema i Normas y Garantias - Envio

GARANTIAS INDIVIDUALES EN MATERIA FISCAL

ARTICULO 1 CPEUM

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece

Page 6: Tema i Normas y Garantias - Envio

GARANTIAS INDIVIDUALES EN MATERIA FISCAL

ARTICULO 5 CPEUM

A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad solo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial…”.

Page 7: Tema i Normas y Garantias - Envio

GARANTIAS INDIVIDUALES EN MATERIA FISCAL

ARTICULO 8 CPEUM

Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario

Page 8: Tema i Normas y Garantias - Envio

GARANTIAS INDIVIDUALES EN MATERIA FISCAL

ARTICULO 14 CPEUM

Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho

LAS LEYES TRIBUTARIAS NO DEBEN TENER EFECTOS RETROACTIVOS.

Page 9: Tema i Normas y Garantias - Envio

GARANTIAS INDIVIDUALES EN MATERIA FISCAL

ARTICULO 16 CPEUM

Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Page 10: Tema i Normas y Garantias - Envio

GARANTIAS INDIVIDUALES EN MATERIA FISCAL

ARTICULO 31 FRAC. IV CPEUM

Son obligaciones de los mexicanos:Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Page 11: Tema i Normas y Garantias - Envio

1.2 NORMA JURIDICA La norma jurídica es una regla u ordenación del

comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento lleva a una sanción.

Page 12: Tema i Normas y Garantias - Envio

1.4 JERARQUIAS DE LAS NORMAS JURIDICAS

La Constitución, se llama así al conjunto de normas superiores que regulan la producción de normas inferiores y es fundamento de validez

Page 13: Tema i Normas y Garantias - Envio

PIRÁMIDE DE JERARQUÍAS Constitución

Tratados Internacionales

LI, ISR,IVA,CFF ,IEPS y otras Federales

Reglamentos

Resolución de Miscelánea

Derecho Común

Criterios administrativos

Page 14: Tema i Normas y Garantias - Envio

1.4 SENTENCIA Y JURISPRUDENCIA

PROCEDIMIENTOS FISCALES

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SENTENCIA

Resolución del tribunal o juez, formula judicial para indicar que esta terminado un juicio

Plazo para que los magistrados integrantes de la sala dicten sentencia La sentencia se pronunciará por unanimidad o

mayoría de votos de los magistrados integrantes de la Sala,

dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que se dicte el acuerdo de cierre de instrucción en el juicio.

Para este efecto el Magistrado Instructor formulará el proyecto respectivo dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a aquél en que se dictó dicho acuerdo

Art. 49LFPCA

Page 16: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

Cuando la mayoría de los magistrados estén de acuerdo con el proyecto, el magistrado disidente podrá limitarse a expresar que vota total o parcialmente en contra del proyecto o formular voto particular razonado, el que deberá presentar en un plazo que no exceda de diez días.

Art. 49LFPCA

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ART. 50-A LFPCA Sentencia dictada TFJFA Con motivos de las demandas que prevé

LFRP del estado

elementos

I.- La existencia de la relación entre la actividad administrativa -y la lesión producida -la valoración del daño y perjuicio causado

II.- Determinar el monto de la indemnización, explicitando los criterios utilizados para su cuantificación, y

III.- En los casos de concurrencia se deberán razonar los criterios de impugnación y la graduación correspondiente para su aplicación a cada caso en particular

Page 18: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

Casos en los que se puede declara

que una resolución administrativa es

ilegal

I. Incompetencia del funcionario que la haya dictado, ordenado o tramitado el procedimiento del que deriva dicha resolución

II. Omisión de los requisitos formales exigidos por las leyes, siempre que afecte las defensas del particular y trascienda al sentido de la resolución impugnada, inclusive la ausencia de fundamentación o motivación, en su caso.

Art. 51 LFPCA

Page 19: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

Casos en los que se puede declara

que una resolución administrativa es

ilegal

III. Vicios del procedimiento siempre que afecten las defensas del particular y trasciendan al sentido de la resolución impugnada

IV. Si los hechos que la motivaron no se realizaron, fueron distintos o se apreciaron en forma equivocada, o bien si se dictó en contravención de las disposiciones aplicadas o dejó de aplicar las debidas, en cuanto al fondo del asunto.

Art. 51 LFPCA

Page 20: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

Casos en los que se puede declara

que una resolución administrativa es

ilegal

Art. 51 LFPCA

V. Cuando la resolución administrativa dictada en ejercicio de facultades discrecionales no corresponda a los fines para los cuales la ley confiera dichas facultades.

Para los efectos de lo dispuesto por las fracciones II y III que no afectan las defensas del particular ni trascienden al sentido de la resolución impugnada, entre otros, los vicios siguientes:

Page 21: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

Casos en los que se puede declara

que una resolución administrativa es

ilegal

Art. 51 LFPCA

a. Cuando en un citatorio no se haga mención que es para recibir una orden de visita domiciliaria, siempre que ésta se inicie con el destinatario de la orden.

b. Cuando en un citatorio no se haga constar en forma circunstanciada la forma en que el notificador se cercioró que se encontraba en el domicilio correcto, siempre que la diligencia se haya efectuado en el domicilio indicado en el documento que deba notificarse.

Page 22: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

Casos en los que se puede declara

que una resolución administrativa es

ilegal

Art. 51 LFPCA

c. Cuando en la entrega del citatorio se hayan cometido vicios de procedimiento, siempre que la diligencia prevista en dicho citatorio se haya entendido directamente con el interesado o con su representante legal.

d. Cuando existan irregularidades en los citatorios, en las notificaciones de requerimientos de solicitudes de datos, informes o documentos, o en los propios requerimientos, siempre y cuando el particular desahogue los mismos, exhibiendo oportunamente la información y documentación solicitados.

Page 23: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

Casos en los que se puede declara

que una resolución administrativa es

ilegal

e. Cuando no se dé a conocer al contribuyente visitado el resultado de una compulsa a terceros, si la resolución impugnada no se sustenta en dichos resultados.

f. Cuando no se valore alguna prueba para acreditar los hechos asentados en el oficio de observaciones o en la última acta parcial, siempre que dicha prueba no sea idónea para dichos efectos.

Art. 51 LFPCA

Page 24: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

Casos en los que se puede declara

que una resolución administrativa es

ilegal

El Tribunal podrá hacer valer de oficio, por ser de orden público, la incompetencia de la autoridad para dictar la resolución impugnada o para ordenar o tramitar el procedimiento del que derive y la ausencia total de fundamentación o motivación en dicha resolución.

Art. 51 LFPCA

Page 25: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

Casos en los que se puede declara

que una resolución administrativa es

ilegal

Cuando resulte fundada la incompetencia de la autoridad y además existan agravios encaminados a controvertir el fondo del asunto, el Tribunal deberá analizarlos y si alguno de ellos resulta fundado, con base en el principio de mayor beneficio, procederá a resolver el fondo de la cuestión efectivamente planteada por el actor.

 

Art. 51 LFPCA

Page 26: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

La sentencia definitiva podrá:

I. Reconocer la validez de la resolución impugnada.

II. Declarar la nulidad de la resolución impugnada.

III. Declarar la nulidad de la resolución impugnada para determinados efectos, debiendo precisar con claridad la forma y términos en que la autoridad debe cumplirla, debiendo reponer el procedimiento, en su caso, desde el momento en que se cometió la violación.

IV. Siempre que se esté en alguno de los supuestos previstos en las fracciones II y III, del artículo 51 de esta Ley, el Tribunal declarará la nulidad para el efecto de que se reponga el procedimiento o se emita nueva resolución; en los demás casos, cuando corresponda a la pretensión deducida, también podrá indicar los términos conforme a los cuales deberá dictar su resolución la autoridad administrativa.

Art. 52 LFPCA

Page 27: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

La sentencia definitiva podrá:

V. Declarar la nulidad de la resolución impugnada y además:

a. Reconocer al actor la existencia de un derecho subjetivo y condenar al cumplimiento de la obligación correlativa.

b. Otorgar o restituir al actor en el goce de los derechos afectados.

Art. 53 LFPCA

Page 28: Tema i Normas y Garantias - Envio

SENTENCIA

La sentencia definitiva podrá:

c. Declarar la nulidad del acto o resolución administrativa de carácter general, caso en que cesarán los efectos de los actos de ejecución que afectan al demandante, inclusive el primer acto de aplicación que hubiese impugnado. La declaración de nulidad no tendrá otros efectos para el demandante, salvo lo previsto por las leyes de la materia de que se trate.

d. Reconocer la existencia de un derecho subjetivo y condenar al ente público federal al pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados por sus servidores públicos

Art. 52 LFPCA

Page 29: Tema i Normas y Garantias - Envio

JURISPRUDENCIA

La interpretación de la ley hecha por los jueces .

Conjunto de sentencias que determinan un criterio acerca de un problema jurídico omitido u obscuro en los textos positivos .

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CARACTERÍSTICAS DE LA JURISPRUDENCIA La jurisprudencia tiene como primera característica, la de ser

obligatoria para las autoridades, particulares y tribunales.

La jurisprudencia tiene un carácter jerárquico, es decir, hay jurisprudencias que prevalecen sobre otras ya sea por el tiempo en que se forman o por los tribunales que las crean de acuerdo a la jerárquica del tribunal que la emite.

La jurisprudencia tiene un carácter temporal, será aplicable siempre y cuando las leyes que interpreta o considera se encuentren vigentes. De modificarse dichas leyes, la jurisprudencia no tendrá vigencia sobre las mismas y perderá su obligatoriedad.

Page 31: Tema i Normas y Garantias - Envio

JURISPRUDENCIA

Emanación ( Efecto) de jurisprudencia

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tribunales Colegiado de Circuito

Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Tribunal de lo Contencioso Administrativo

Page 32: Tema i Normas y Garantias - Envio

JURISPRUDENCIA

Articulo 75 LFPCA Las tesis sustentadas en las sentencias

pronunciadas por la Sala Superior, aprobadas por lo menos por siete magistrados, constituirán precedente una vez publicados en la Revista del Tribunal

También constituirán precedente las tesis sustentadas en las sentencias de las Secciones de la Sala Superior, siempre que sean aprobadas cuando menos por cuatro de los magistrados integrantes de la Sección de que se trate y sean publicados en la Revista del Tribunal

Page 33: Tema i Normas y Garantias - Envio

TAREA 1.- ¿Como esta integrado El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa? 2.-El Tribunal Federal de Justicia Fiscaly Administrativa tendrá los siguientes servidores públicos 3.- Cual es el periodo de los Magistrados de Sala Superior?Ley Orgánica del tribunal federal de justicia fiscal administrativa

LOTFJFA

Page 34: Tema i Normas y Garantias - Envio

TAREA 4.- Cual es periodo los Magistrados de Sala Regional y los Magistrados Supernumerarios de Sala Regional 5.-Para ser Magistrado del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se requiere lo siguiente:

Page 35: Tema i Normas y Garantias - Envio

TAREA 6.-Para ser Secretario de Acuerdos se requiere:7.-Explica brevemente La Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa R=se compondrá de trece Magistrados especialmente nombrados para integrar la, de los cuales once ejercerán funciones jurisdiccionales y dos formarán parte de la Junta de Gobierno y Administración, durante los periodos que señala esta Ley.

Page 36: Tema i Normas y Garantias - Envio

TAREA 8.-El Pleno estará integrado por el Presidente del Tribunal9.-Las Secciones estarán integradas por10.-Para la validez de las sesiones de la Sección se requerirá la presencia de 11.-El Tribunal tendrá Salas Regionales, con jurisdicción en la circunscripción territorial que les sea asignada,

Page 37: Tema i Normas y Garantias - Envio

JURISPRUDENCIA

Articulo 75 LFPCA

Las Salas y los Magistrados Instructores de un Juicio en la vía Sumaria podrán apartarse de los precedentes establecidos por el Pleno o las Secciones, siempre que en la sentencia expresen las razones por las que se apartan de los mismos, debiendo enviar al Presidente del Tribunal copia de la sentencia

Page 38: Tema i Normas y Garantias - Envio

REQUISITOS PARA FIJAR JURISPRUDENCIA

Articulo 76 LFPCA Para fijar jurisprudencia, el Pleno de la Sala

Superior deberá aprobar tres precedentes en el mismo sentido, no interrumpidos por otro en contrario.

También se fijará jurisprudencia por alguna Sección de la Sala Superior, siempre que se aprueben cinco precedentes no interrumpidos por otro en contrario

Page 39: Tema i Normas y Garantias - Envio

OBLIGACION DE APLICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION

OBLIGATORIO PARA TODOS LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA, FEDERALES, LOCALES, ADMINISTRATIVO Y MILITARES

Page 40: Tema i Normas y Garantias - Envio

OBLIGACION DE APLICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA

TODOS LOS TRIBUNALES

Page 41: Tema i Normas y Garantias - Envio

OBLIGACION DE APLICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

SALAS DE TRIBUNAL , SALVO QUE CONTRAVENGA JURISPRUDENCIA DEL PODER JUDICIAL FEDERAL

Page 42: Tema i Normas y Garantias - Envio

OBLIGACION DE APLICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SALAS DE TRIBUNAL , SALVO QUE CONTRAVENGA JURISPRUDENCIA DEL PODER JUDICIAL FEDERAL ALAS DEL TRIBUNAL

Page 43: Tema i Normas y Garantias - Envio

1.5 CRITERIOS FISCALES Y CRITERIOS INTERNOS

PROCEDIMIENTOS FISCALES

Page 44: Tema i Normas y Garantias - Envio

DE LAS FACULTADES DE LAS AUTORIDADES

FISCALES

Art. 33 CFF

Page 45: Tema i Normas y Garantias - Envio

ASISTENCIA GRATUITA A LOS CONTRIBUYENTES I.-Proporcionarán asistencia gratuita a

los contribuyentes y para ello procurarán:

a. Explicar las disposiciones fiscales utilizando en lo posible un lenguaje llano alejado de tecnicismos y en los casos en que sean de naturaleza compleja, elaborar y distribuir folletos a los contribuyentes.

Page 46: Tema i Normas y Garantias - Envio

ASISTENCIA GRATUITA A LOS CONTRIBUYENTESb. Mantener oficinas en diversos lugares del

territorio nacional que se ocuparán de orientar y auxiliar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, incluso las que se realicen a través de medios electrónicos, poniendo a su disposición el equipo para ello.

Page 47: Tema i Normas y Garantias - Envio

ASISTENCIA GRATUITA A LOS CONTRIBUYENTESc. Elaborar los formularios de declaración de

manera que puedan ser llenados fácilmente por los contribuyentes y distribuirlos o difundirlos con oportunidad, así como informar de las fechas y de los lugares de presentación de los que se consideren de mayor importancia.

Page 48: Tema i Normas y Garantias - Envio

ASISTENCIA GRATUITA A LOS CONTRIBUYENTESd. Señalar en forma precisa en los

requerimientos mediante los cuales se exija a los contribuyentes la presentación de declaraciones, avisos y demás documentos a que estén obligados, cual es el documento cuya presentación se exige.

Page 49: Tema i Normas y Garantias - Envio

ASISTENCIA GRATUITA A LOS CONTRIBUYENTESf. Efectuar en distintas partes del país

reuniones de información con los contribuyentes, especialmente cuando se modifiquen las disposiciones fiscales y durante los principales periodos de presentación de declaraciones

Page 50: Tema i Normas y Garantias - Envio

ASISTENCIA GRATUITA A LOS CONTRIBUYENTESf. Publicar anualmente las resoluciones dictadas por las

autoridades fiscales que establezcan disposiciones de carácter general agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes; se podrán publicar aisladamente aquellas disposiciones cuyos efectos se limitan a periodos inferiores a un año. Las resoluciones que se emitan conforme a este inciso y que se refieran a sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, no generarán obligaciones o cargas adicionales a las establecidas en las propias leyes fiscales.

Page 51: Tema i Normas y Garantias - Envio

ASISTENCIA GRATUITA A LOS CONTRIBUYENTESh. Dar a conocer en forma periódica, mediante publicación

en el Diario Oficial de la Federación, los criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.

Page 52: Tema i Normas y Garantias - Envio

REPRESENTANTE DE LOS CONTRIBUYENTES MEDIANTE

SÍNDICOS II. Establecerán Programas de Prevención y Resolución de

Problemas del Contribuyente, a fin de que los contribuyentes designen síndicos que los representen ante las autoridades fiscales, los cuales podrán solicitar opiniones o recomendaciones a las autoridades fiscales, respecto de los asuntos que les sean planteados por los contribuyentes.

Page 53: Tema i Normas y Garantias - Envio

LOS SÍNDICOS DEBERAN REUNIR LOS SIGUIENTES

REQUISITOS a) Ser licenciado en derecho, contador público o carrera afín

b) Contar con reconocida experiencia y solvencia moral, así como el tiempo necesario para participar con las autoridades fiscales en las acciones que contribuyan a prevenir y resolver los problemas de sus representados

c) Prestar sus servicios en forma gratuita

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá expedir las reglas de carácter general que precisen las funciones de los síndicos, la manera de desarrollarlas, así como los demás aspectos y criterios que considere pertinentes para la debida aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en esta fracción.

Page 54: Tema i Normas y Garantias - Envio

Podrá generar la clave de Registro Federal de Contribuyentes con base en la información de la Clave Única de Registro de Población a fin de facilitar la inscripción a dicho Registro;

Podrá realizar recorridos, invitaciones y censos para informar y asesorar a los contribuyentes acerca del exacto cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras y

Promover su incorporación voluntaria o actualización de sus datos en el registro federal de contribuyentes.

III.- EJERCICIO DE SUS FACULTADES Y ASISTECIA AL CONTRIBUYENTE

Page 55: Tema i Normas y Garantias - Envio

No se considera que las autoridades fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación, cuando soliciten a los particulares los datos, informes y documentos necesarios para corregir o actualizar el Registro Federal de Contribuyentes.

III.- EJERCICIO DE SUS FACULTADES Y ASISTECIA AL CONTRIBUYENTE

Page 56: Tema i Normas y Garantias - Envio

A través de los medios de difusión que se señalen en reglas de carácter general,

Los criterios de carácter interno que emitan para el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales,

Salvo aquéllos que, a juicio de la propia autoridad, tengan el carácter de confidenciales

Sin que por ello nazcan obligaciones para los particulares y únicamente derivarán derechos de los mismos cuando se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

LAS AUTORIDADES FISCALES DARAN A CONOCER A LOS CONTRIBUYENTES

Page 57: Tema i Normas y Garantias - Envio

ACLARACIONES A LAS AUTORIDADES FISCALES POR LOS CONTRIBUYENTES

Los particulares podrán acudir ante las autoridades fiscales:

dentro de un plazo de seis días siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación de las resoluciones a que se refieren a:

ARTICULO 33- A CFF

Page 58: Tema i Normas y Garantias - Envio

ACLARACIONES A LAS AUTORIDADES FISCALES POR LOS CONTRIBUYENTES

Imposición de multa y requerimiento de declaraciones.

Requerir hasta en tres ocasiones la presentación del documento omitido otorgando al contribuyente un plazo de quince días para el cumplimiento de cada requerimiento

ARTICULO 33- A CFF

Page 59: Tema i Normas y Garantias - Envio

ACLARACIONES A LAS AUTORIDADES FISCALES POR LOS CONTRIBUYENTES

Si no se atienden los requerimientos se impondrán las multas correspondientes, que tratándose de declaraciones, será una multa por cada obligación omitida

ARTICULO 33- A CFF