tema 6 el liberalismo durante rº isabel iimutuamente. el fin de las guerras carlistas y la victoria...

15
1 INT E consolid monarq anterior tránsito proceso sobresa ocurre acelera un lib mayorit interese TEM 1. In 2. La 2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 3. La 4. Ev 4.1. 4.1.1 4.1.2 4.2. 4.2.1 4.2.2 4.2.3 5. Lo 5.1. 5.2. 5.3. 5.4. 6. Co “Bien la Eu son sumiherm Ahor de q que band igual que, sobede 18 TRODUCCIÓ El reinado dación del uía absolu res ya hub o desde el o más amp ltos, como durante el y, por fin, eralismo tariamente es de la cla MA 6. E ntroducción a Primera Introducci Causas: do Desarrollo Conclusioa formació volución po La minorí1. La regen 2. La regen El reinado 1. La déca2. El bieni3. La vuelt os partidos Moderado Exaltados La Unión L Demócrat onclusione n conocidos uropa y los s harto notor so y obedien mano que aca ra soy vuestr ue imitareis ocupan legít deras haciénd lmente que desobedien rano y un pa 833. Carlos. N o de Isabe Estado li uta en o bo varios i Antiguo al plio, en el ocurrió en de Isabel I , se resuelv que va moderado se oligárqu EL LIBER n. Guerra Ca ión. os opcione o de la gue nes. ón del Esta olítica. a de edad ncia de Ma ncia de Ba o de Isabel da modera o progresita al conse s políticos. os o Conser o Progres Liberal. as. es son mis dersentimientos rios para qu nte como el aba de fallec ro rey y (…) s sobre la vi timamente y doos así acre recaerá el tes y desleaadre que sól el II sign beral, tran otra parla ntentos de l Nuevo Ré que no f el reinado II es que el ve en la cre a ser en o y censita ica en el po RALISM arlista. es enfrenta erra. ado liberal de Isabel aría Cristin ldomero E l II durante ada (1844- sta (1854- ervadurism . rvadores istas echos a la cs en esta pa ue me deten último de lo cer (…). no puedo du iolencia que y volareis to eedores de m peso de la les, no quieo desea hacifica la c nsformándo amentaria. e cambio, égimen se i faltaron int o de Fernan l proceso se eación del n esta p ario, respo oder. MO DURadas. . II: el perio na de Borb Espartero ( e su mayor 1854). 1856). mo (1856-1orona de Esrte de los e nga a justif os vasallos a udar ni un se se debe a odos a coloca mi afecto (a justicia so ran escuchar eros felices creación y ose la anti En reina por lo que inscribe en terrupcione ndo VII. Lo e precipita Estado libe rimera et ndiendo a ANTE E odo de las bón (1833-1 (1840-1843 ría de edad 868). paña en tod spañoles qu ficarlos: fiel mi muy carolo moment los príncipe aros bajo mi ) pero sabéi obre aquello r la voz de s(…). Octubr y la igua ados e el n un es y que , se eral, tapa los EL REIN regencias 1840). 3). d (1843-18 a e l, o o es is is os u e NADO DE (1833-184 868). Carlos Mar rrE ISABE 43). ría Isidro de B 58 EL II orbón

Upload: others

Post on 11-May-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

1 INT

Econsolidmonarqanteriortránsitoprocesosobresaocurre aceleraun libmayoritinterese

TEM1. In2. La2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 3. La4. Ev4.1. 4.1.14.1.24.2. 4.2.14.2.24.2.35. Lo5.1. 5.2. 5.3. 5.4. 6. Co

“Bienla Euson hsumishermAhorde qque obandigualque, soberde 18

TRODUCCIÓ

El reinadodación deluía absolures ya hubo desde el o más ampltos, comodurante el y, por fin,eralismo tariamente es de la cla

MA 6. Entroduccióna Primera G Introducci Causas: do Desarrollo Conclusiona formacióvolución po La minoría1. La regen2. La regen El reinado1. La décad2. El bienio3. La vueltos partidos Moderado Exaltados La Unión L Demócratonclusione

n conocidos uropa y los sharto notorso y obedien

mano que acara soy vuestrue imitareisocupan legít

deras haciéndlmente que desobedienrano y un pa833. Carlos.

N

o de Isabe Estado liuta en obo varios i Antiguo alplio, en el ocurrió en de Isabel I, se resuelvque va moderadose oligárqu

EL LIBERn. Guerra Caión. os opcioneo de la guenes.

ón del Estaolítica. a de edad ncia de Mancia de Bao de Isabelda moderao progresista al conses políticos.os o Conser o ProgresLiberal. as.

es

son mis deresentimientosrios para qunte como el aba de fallecro rey y (…) s sobre la vitimamente ydoos así acre recaerá el tes y deslealadre que sól

el II signberal, tranotra parlantentos del Nuevo Ré que no f el reinadoII es que elve en la crea ser en

o y censitaica en el po

RALISM

arlista.

es enfrentaerra.

ado liberal

de Isabel aría Cristinldomero El II duranteada (1844-sta (1854-

ervadurism. rvadores istas

echos a la cos en esta paue me deten último de locer (…). no puedo duiolencia quey volareis toeedores de m peso de lales, no quiero desea hace

ifica la cnsformándoamentaria. e cambio, égimen se ifaltaron into de Fernanl proceso seeación del n esta pario, respooder.

MO DURA

adas.

.

II: el periona de BorbEspartero (e su mayor1854). 1856).

mo (1856-18

orona de Esprte de los enga a justifos vasallos a

udar ni un soe se debe a odos a colocami afecto (…a justicia soran escuchareros felices

creación yose la anti

En reinapor lo queinscribe enterrupcionendo VII. Lo e precipitaEstado liberimera etndiendo a

ANTE E

odo de las bón (1833-1(1840-1843ría de edad

868).

paña en todspañoles qu

ficarlos: fiel mi muy caro

olo momentlos príncipe

aros bajo mi…) pero sabéiobre aquellor la voz de su (…). Octubr

y la igua ados e el n un es y que , se

eral, tapa los

EL REIN

regencias 1840). 3). d (1843-18

da e l, o

o es is is os u e

HistorCur

Prof.: JuNADO DE

(1833-184

868).

Carlos Mar

ria de España rso 2010/2011 uan A. Molina

E ISABE

43).

ría Isidro de B

58

EL II

orbón

Page 2: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

59

Para contextualizar el reinado de Isabel II debemos partir de las circunstancias especiales de la guerra de la Independencia, seguido de los vaivenes del reinado de Fernando VII. A su muerte, esta lucha entre antiguo y nuevo régimen desemboca en las guerras carlistas. La regente María Cristina y los liberales tuvieron que apoyarse mutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen.

2 LA PRIMERA GUERRA CARLISTA (1833-1839)

2.1. Introducción

En 1833, los grupos favorables al absolutismo se negaron a reconocer a Isabel, la hija de Fernando VII, como legítima heredera a la Corona española y se sublevaron contra el Gobierno de María Cristina de Borbón, que ejercía como regente a causa de la minoría de edad de su hija, una niña de tres años. Los sublevados proclamaron rey al infante don Carlos María Isidro, hermano del difunto Fernando VII, como Carlos V y confiando en la defensa de la sociedad tradicional. Daba así comienzo una sangría guerra civil que se libraría esencialmente en el País Vasco, aunque los enfrentamientos se extendieron también a zonas de Cataluña, Aragón y Valencia.

2.2. Causas: dos opciones enfrentadas

El carlismo, tradicionalista y antiliberal englobó una parte de la Nobleza rural, a una gran parte del Clero y a una base social campesina de las zonas rurales del País Vasco, Navarra y parte de Cataluña, Aragón y Valencia. Gran parte de sus seguidores eran pequeños propietarios empobrecidos, artesanos arruinados o arrendatarios enfiteúticos que veían con desconfianza las reformas tributarias, la igualdad jurídica, la separación Iglesia-Estado y la abolición de los fueros tradicionales que para ellos era la expresión de perversa sociedad urbana, la imagen de un mundo diferente y contrario a sus costumbres y creencias. Bajo el lema de “Dios, Patria y Fueros” se agruparon los defensores de la Monarquía Absoluta, de la preeminencia de la Iglesia católica y de un sistema foral particularista que temían la supresión de las fórmulas propias del Antiguo Régimen y la implantación de la uniformidad y la igualdad jurídica.

Ante el levantamiento carlista, la regente María Cristina contó desde el principio con parte de los absolutistas (alta nobleza latifundista, funcionarios, jerarquía eclesiástica…) que se habían mantenido fieles a Fernando VII y al lado de su hija. Pero, además, para defender el trono de Isabel II, la Regente pactó muy pronto con el liberalismo moderado, partidario de un compromiso con la Corona que permitiese garantizar un tránsito al régimen liberal sin las sacudidas derivadas de una revolución popular. Pero la situación de guerra evidenció la necesidad de ampliar la base social y popular que permitiese afrontar el conflicto y defender la causa isabelina. La Regente se vio obligada a acceder a las demandas de reformas de los liberales más progresistas que permitieran aglutinar a la base popular de las ciudades y a las clases medias ilustradas.

María Cristina de BorbónDos-Sicilias

Page 3: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

60

2.3. Desarrollo de la guerra

La guerra se inició con el levantamiento de partidas carlistas en el País Vasco y Navarra y muy pronto los carlistas controlaron el ámbito rural. Sin embargo, las ciudades de Bilbao, San Sebastián, Vitoria y Pamplona permanecieron fieles a Isabel II y al liberalismo.

Los carlistas no pudieron inicialmente contar con un ejército regular, pero gracias al gran apoyo popular de que gozaban en el norte del país, organizaron la guerra con el método de guerrillas. Las vacilaciones del gobierno y la tardanza en enviar el ejército contra los carlistas, permitieron al general Zumalacárregui, organizar un ejército de cerca de 25.000 hombres, mientras Cabrera unificaba las partidas aragonesas y catalanas. En estas circunstancias, Don Carlos entró en España y se puso al frente del ejército, avanzando hacia Madrid. La expedición llegó a las puertas de la capital pero, incapaz de tomar la ciudad, se replegó hacia el norte.

Desde el punto de vista internacional, el pretendiente al trono recibió el apoyo de potencias absolutistas como Rusia, Prusia y Austria, que le enviaron dinero y armas, mientras el gobierno de Isabel II pudo contar con el apoyo de Gran Bretaña, Francia y Portugal, favorables a la implantación de un liberalismo moderado en España.

La muerte de Zumalacárregui (1835), durante el sitio de Bilbao, privó a los carlistas de su mejor estratega y marcó el inicio de una reacción liberal que tuvo en la defensa de Bilbao su principal objetivo. El general Espartero venció a las tropas carlistas (1836) y puso fin al asedio a la ciudad.

El último período del conflicto (1837-39) estuvo marcado por la división ideológica del carlismo, incapaz ya de conseguir por las armas el trono para su candidato. Así, un grupo de ellos, los llamados transaccionistas, se mostraron partidarios de alcanzar un acuerdo con los liberales, mientras que los intrasigentes, más cercanos a Don Carlos y apoyados por una radicalizada base campesina, eran partidarios de continuar la guerra.

Tomás de Zumalacárregui

Baldomero Espartero

Abrazo de Vergara

Page 4: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

61

Por fin, el jefe de los transaccionistas, el general Maroto, acordó en nombre de parte del ejército carlista la firma del Convenio de Vergara (1839) con el general liberal Espartero. Los términos del acuerdo establecían la negociación para el mantenimiento de los fueros en las provincias vascas y Navarra así como la integración de la oficialidad carlista en el ejército real. Sólo las partidas de Cabrera resistirán en la zona del Maestrazgo, en una guerra ya perdida, hasta su derrota total en 1840.

2.4. Conclusiones

Entre ambos bandos se inició una larga guerra de seis años que no sólo tuvo un escenario militar sino que implicó a toda la sociedad española, enfrentando a los partidarios de una u otra opción ideológica. Así, aunque el conflicto acabara, el carlismo y su defensa de valores del Antiguo Régimen planearon sobre la sociedad española a lo largo de todo el siglo XIX.

El carlismo representa la resistencia al nuevo régimen, la opción por el absolutismo, el foralismo, el pacto trono-altar y las pautas sociales y culturales del Antiguo Régimen, en definitiva, la expresión de la inadaptación a los nuevos tiempos.

El carlismo no va a desaparecer con la primera guerra carlista, sino que va a ver dos más (1856 y 1860). Además, en la guerra civil (1936-1939), va a participar en el bando nacional –los requetés-. Durante la transición democrática sus divisiones internas dieron lugar a los Sucesos de Montejurra. En la actualidad, se encuentra dividido y representa una corriente marginal.

3 LA FORMACIÓN DEL ESTADO LIBERAL

Durante el largo reinado de Isabel II asistimos a una serie de cambios que consolidarán definitivamente el Estado liberal, racionalizando y organizando la estructura del Estado español, sentando, en definitiva, las bases de la España moderna.

3.1. Consolidación de la monarquía parlamentaria

Es un periodo básico en la historia del Constitucionalismo español en el que se establece la división de poderes, el reconocimiento de los derechos individuales, la afirmación del principio de la soberanía nacional, el sufragio, el pluralismo político..., principios todos que se recogen en las distintas Constituciones.

Existen cuatro constituciones: el Estatuto Real (1834), que no es una Constitución, sino una Carta Otorgada; la Constitución de 1837, que pese a sus contradicciones se

EL CONVENIO DE VERGARA.

“Art.1 El capitán general don Baldomero Espartero recomendará con interés al Gobierno el cumplimiento de su oferta de comprometerse formalmente a proponer a las Cortes la concesión o modificación de los fueros. Art. 2. Serán reconocidos los empleos, grados y condecoraciones de los generales, jefes, oficiales y demás individuos dependientes del ejército del teniente general don Rafael Maroto, quien presentará las relaciones con expresión de las armas a que pertenecen, quedando en libertad de continuar sirviendo defendiendo a la Constitución de 1837, el trono de Isabel II y la regencia de su augusta madre o bien de retirarse o bien de retirarse a sus casas los que no quieran seguir con las armas en la mano. Art. 3. Los que adopten el primer caso de continuar sirviendo tendrán colocación en los cuerpos del ejército, ya de efectivos, ya de supernumerarios, según el orden que ocupan en la escala de las inspecciones a cuya arma correspondan (…)”

Page 5: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

62

considera una Constitución progresista; la de 1845, Constitución conservadora por antonomasia y la que más importancia y vigencia tuvo, y la Constitución non nata de 1856 - este apelativo viene del hecho de que no se llegó a aplicar.

Estos textos legislativos tienen en común una serie de características:

Falta de originalidad: por una parte, por una clara influencia foránea como es el caso de la influencia de la francesa de 1791 en la española de 1812; y, por otra parte, una muy poco disimulada interdependencia entre ellas.

Hay una serie de coincidencias básicas en la forma del Estado (centralista) y en la forma de gobierno (monarquía).

Tienen un fuerte contenido ideológico, que la alejan del sentido liberal de norma fundamental de convivencia puesto que se entienden como constituciones-programas políticos, en las que el partido político en el gobierno vuelca sus postulados políticos por lo que obliga a cambiarla cada vez que se produce una alternancia en el poder.

La inexistencia de un Estado fuerte, de un poder político civil, que garantizase la estabilidad política en un contexto de dificultades para implantar un nuevo régimen y un siglo protagonizado por las guerras hizo que muchos de los relevos políticos se realizaran por la vía del pronunciamiento militar, que alteraban el orden vigente en lugar de defender la legalidad. Por otra parte, el sistema democrático dejaba mucho que desear, puesto que el poder de la oligarquía era excesivo, quedando grandes capas de la sociedad fuera del juego político, sentándose así las bases del caciquismo que caracterizará el periodo de la Restauración. Esto fue una de las lacras más importantes de la España del siglo XIX.

3.2. Consolidación del pluralismo político

La división del liberalismo que ya apareció en el Trienio Liberal (1820-1823), se consolida y se amplia. Al partido moderado y progresista -los dos más importantes, se les une el Demócrata, la Unión Liberal y la primeras formulaciones del republicanismo. No obstante, existe un marcado predominio del partido moderado o conservador

3.3. Cambios económicos

La política económica es llevada a cabo, fundamentalmente, por gobiernos progresistas. Dentro de estas disposiciones legislativas cabe destacar todo el proceso desamortizador de la tierra, la supresión del régimen señorial y los gremios, la ley de ferrocarriles, la Ley de Sociedades Bancarias y Crediticias...

3.4. Cambios administrativos

En cambio, las reformas administrativas son llevadas a cabo por gobiernos conservadores, destacando la centralización del Estado con la división provincial de Javier de Burgos y la creación de la figura de los gobernadores civiles y militares, la reforma de la Hacienda Pública abordada por Alejandro Mon -refundiendo la multiplicidad de impuestos en sólo cuatro- la aprobación del Código Penal, la firma del Concordato con la Santa Sede, la creación de la Guardia Civil, cuerpo armado de carácter conservador, rural y militarizado, en contraposición del carácter progresista y urbano de la Milicia Nacional, la organización de la Instrucción pública, asumiendo el Estado la obligación de la enseñanza como asunto público...

Page 6: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

63

EL ESTATUTO REAL

Francisco Martínez de la Rosa fue uno de los más significados “doceañistas” que al cabo del tiempo adoptó,como muchos antiguos liberales, un talante moderado. Nombrado jefe de gobierno en 1834, intentómediante el Estatuto Real de 10 de abril de 1834, conciliar la tradición absolutista con algunos elementosdel constitucionalismo. Su propuesta no satisfizo a nadie.

“Título I. De la convocación de las Cortes Generales del Reino.

Art. 1. (…) Su Majestad la Reina Gobernadora, en nombre de su excelsa hija Doña Isabel II, ha resueltoconvocar las Cortes Generales del Reino.

Art.2. Las Cortes Generales se compondrán de dos estamentos: el de Próceres del Reino y el deProcuradores del Reino (…).

Art. 3. El Estamento de Próceres del reino se compondrá: 1º. De muy reverendos arzobispos y reverendos obispos. 2º. De Grandes de España. 3º De Títulos de Castilla.

Francisco Martínez de la Rosa

4. EVOLUCIÓN POLÍTICA

4.1. La minoría de edad de Isabel II: el periodo de regencias (1833-1843).

A la muerte de Fernando VII, Isabel II tenía 3 años y hasta los trece que fue declarada mayor de edad se van a desarrollar las regencias, primero a cargo de su madre María Cristina de Borbón (1833-1840) y después a cargo del triunfador de las guerras carlistas, el general Baldomero Espartero (1840-1843).

Dentro de las regencias observamos dos etapas claramente diferenciadas:

de 1833 hasta 1836, una etapa de transición.

de 1836 hasta 1843 donde el liberalismo triunfa plenamente.

Las regencias van a estar marcadas por dos hechos fundamentales, por un lado, las guerras carlistas y, por otro, la escisión definitiva entre los liberales.

4.1.1. La regencia de María Cristina de Borbón (1833-1840)

Los primeros años son tiempos de incertidumbre, de transición del absolutismo al liberalismo, transición que se lleva a cabo durante el contexto de la primera guerra carlista que provoca el apoyo de la reina gobernadora en los liberales para defender el trono de su hija, lo que la obligó a hacer determinadas concesiones.

En este contexto, Martínez de la Rosa, Presidente del Consejo de Ministros, elaboró el Estatuto Real (1834), que es una carta otorgada a la vieja usanza, mediante la cual la Monarquía se desprendía de algunas de sus atribuciones en un alarde altruista ante la adversidad.

Escuetamente (sólo 50 artículos) mantenía la soberanía real y regulaba los requisitos para la convocatoria de Cortes, su estructura bicameral (Próceres por designación real y Procuradores por sufragio censitario) y su funcionamiento pero sin abordar compromisos políticos, por lo que relegaba a las Cortes a una función meramente consultiva.

Page 7: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

64

4º. De un número indeterminado de españoles, elevados en dignidad e ilustres por sus servicios en lasvarias carreras, y que sean o hayan sido secretarios del Despacho, procuradores del Reino, consejerosde Estado, embajadores o ministros plenipotenciarios, generales de mar o de tierra o ministros de lostribunales supremos. 5º. De los propietarios territoriales o dueños de fábricas, manufacturas o establecimientosmercantiles que reúnan a su mérito personal y a sus circunstancias relevantes, el poseer una rentaanual de sesenta mil reales, y el haber sido anteriormente procuradores del Reino. 6º. De los que en la enseñanza pública o cultivando las ciencias o las letras, hayan adquirido granrenombre y celebridad, con tal de que disfruten de una renta anual de sesenta mil reales, ya provengade bienes propios, ya de sueldo cobrado del Erario.

Art. 4. Bastará ser Arzobispo u Obispo electo o auxiliar para poder ser elegido, en clase de tal, ytomar asiento en el Estamento de Próceres del Reino (…).

Art. 7. El Rey elige y nombra los demás próceres del Reino, cuya dignidad es vitalicia (…).

Art. 13. El Estamento de Procuradores del Reino se compondrá de las personas que se nombren conarreglo a la ley de elecciones (…).

Art. 24. Al Rey toca exclusivamente convocar, suspender y disolver las Cortes (…).

Art. 31. Las Cortes no podrán deliberar sobre ningún asunto que no se haya sometido expresamente asu examen en virtud de un Decreto Real.

Art. 32. Queda, sin embargo, expedito el derecho que siempre han ejercido las Cortes de elevarpeticiones al Rey, haciéndolo del modo y forma que se prefijará en el Reglamento (…).

Art. 34. Con arreglo a la ley 1ª, título 7º, libro 6º de la Nueva Recopilación, no se exigirá tributos nicontribuciones, de ninguna clase, sin que a propuesta del Rey los hayan votado las Cortes (…)”.

En realidad, se trató de un sistema intermedio entre el absolutismo y el liberalismo que no contentó ni a unos ni a otros y que dará lugar a la escisión entre los liberales moderados y progresistas.

En 1836, en un ambiente de crisis económica y de inestabilidad política que en julio se manifestó a través de rebeliones extendidas por gran parte del país, cuya culminación será el pronunciamiento de los Sargentos o los Sucesos de la Granja (agosto de 1836), que obligó a la Regente a restaurar la Constitución del 12 y entregar el gobierno a los progresistas, siendo Presidente del Consejo de Ministros José María Calatrava. Las Cortes Constituyentes surgidas al amparo constitucional decidieron elaborar una nueva constitución ante los problemas de

adaptación de “La Pepa” de 1812.

María Cristina firmando el decreto querestablece la Constitución de 1812

Page 8: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

65

LA CONSTITUCIÓN DE 1837

“Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Reina de lasEspañas; y en su Real nombre, y durante su menor edad, la Reina viuda su madre Doña María Cristinade Borbón, Gobernadora del Reino; a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que lasCortes Generales han decretado y sancionado, y Nos de conformidad aceptado, lo siguiente:

Siendo la voluntad de la Nación revisar, en uso de su Soberanía, la Constitución política promulgadaen Cádiz el 19 de marzo de 1812, las Cortes Generales, congregadas a este fin, decretan y sancionanlo siguiente (…).

Art. 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, consujeción a las leyes. La calificación de los delitos de imprenta corresponde exclusivamente a los jurados.

Art. 3. Todo español tiene derecho a dirigir peticiones por escrito a las Cortes y al Rey, comodeterminan las leyes.

Art. 4. Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía, y en ellos no se establecerá más que unsolo fuero para todos los españoles en los juicios comunes, civiles y criminales.

Art. 5. Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos, según su mérito ycapacidad (…).

Art. 6. Todo español está obligado a defender a la Patria con las armas cuando sea llamado por laley, y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.

Art. 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada sucasa, sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban (…).

Art. 9. Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez o Tribunal competente,en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que estas prescriban (…).

Art. 11. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la Religión Católica que profesanlos españoles.

Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

Art. 13. Las Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores, iguales en facultados: el Senado y elCongreso de los Diputados (…).

Art. 15. Los senadores son nombrados por el Rey a propuesta, en lista triple, de los electores que encada provincia nombran los diputados a Cortes (...).

Art. 26. Las Cortes se reúnen todos los años. Corresponde al Rey convocarlas, suspender y cerrar sussesiones, y disolver el Congreso de los Diputados; pero con la obligación, en este último caso, deconvocar otras Cortes, y reunirlas dentro de tres meses (…).

Art. 36. El Rey y cada uno de los cuerpos colegisladores tienen la iniciativa de las leyes (…).

La Constitución de 1837 era breve (77artículos) y cae en las mismas contradicciones que la de 1812:

• por un lado, los elementos más progresistas: la Soberanía Nacional, aunque compartida, y la explicitación de los derechos y libertades individuales.

• pero, por otro lado, un poder real fuerte que limita en la práctica la soberanía nacional, la existencia de unas Cortes bicamerales (Congreso y Senado) con una cierta iniciativa parlamentaria, el sufragio censitario y un Estado confesional, aunque con libertad de cultos.

Esto se explica por su carácter transaccionista en unos momentos de dificultad en el desarrollo de la guerra civil y que permitió albergar una cierta esperanza de

parlamentarismo en España. Globalmente, se le considera una Constitución progresista.

Page 9: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

66

Art. 44. La persona del Rey es sagrada e inviolable, y no está sujeta a responsabilidad. Sonresponsables los ministros.

Art. 45. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todocuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior, y a la seguridad del Estado en loexterior, conforme a la Constitución y a las leyes (…).

Art. 70. Para el gobierno interior de los pueblos habrá Ayuntamientos, nombrados por los vecinos, aquienes la ley conceda este derecho (…).

Art. 77. Habrá en cada provincia cuerpos de milicia nacional, cuya organización y servicio se arreglarápor una ley especial; y el Rey podrá en caso necesario disponer de esta fuerza dentro de la respectivaprovincia; pero no podrá emplearla fuera de ella sin otorgamiento de las Cortes (…)”.

18 de junio de 1837.

En cuanto a las medidas legislativas, destaca la desamortización de Mendizábal, primer ministro progresista y de influencias inglesas y la disolución del régimen señorial y mayorazgos de forma definitiva en pro de la liberalización de la economía.

A partir de aquí hubo una lucha entre moderados y progresistas, entre María Cristina y Espartero que culminó en la insurrección general de 1840, que provocó la renuncia de la regente y el triunfo de los progresistas y de Espartero.

4.1.2. La regencia de Baldomero Espartero (1840-43)

El General Espartero era un prestigioso general, por la victoria en la guerra carlista, de clara ideología progresista.

Por ello, la Regencia se caracterizó por las medidas progresistas, como el no reconocimiento de los fueros vascos y navarros, las disposiciones a favor de la Milicia Nacional, la política económica librecambista o las elecciones municipales. Los conservadores o moderados, por su parte, conspiran. Ante un tumulto en Barcelona provocado por su política económica que iba en contra de los intereses de la industria catalana, Espartero ordenó el bombardeo de la ciudad desde la montaña de Montjuic, ocasión aprovechada por Narváez, general conservador, para realizar un pronunciamiento militar con el apoyo de la reina. Espartero se retiró y se declaró la mayoría de edad de Isabel II ante la complejidad de una nueva regencia.

4.2. El reinado de Isabel II durante su mayoría de edad (1843-1868)

4.2.1. La década moderada (1844-54)

El General Narváez se hizo con el poder y va ser el gran protagonista de esta etapa, uno de los períodos políticos más estables.

Para los liberales moderados, las reformas administrativas eran el requisito fundamental para el buen gobierno de un Estado centralizado y jerarquizado, de clara influencia francesa, por lo que se buscó consolidar el centralismo del Estado mediante la división provincial de Javier de Burgos (1834), que ha pervivido hasta la actualidad, se abordó la reforma de Hacienda, se organizó la educación pública con la ley Moyano, se creó la Guardia Civil (Duque de Ahumada, 1844) y se firmó el Concordato con la Santa Sede (1851) para restablecer las relaciones con la Iglesia, unas relaciones muy deterioradas desde la desamortización de Mendizábal (1836).

Ramón Mª Narváez

Page 10: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

67

LA CONSTITUCIÓN DE 1845

“DOÑA ISABEL II, por la gracia de Dios y de la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas;a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que siendo nuestra voluntad y la de las Cortes delreino regularizar y poner en consonancia con las necesidades actuales del Estado los antiguos fueros ylibertades de estos Reinos, y la intervención que sus Cortes han tenido en todos tiempos en los negocios dela Monarquía, modificando al efecto la Constitución promulgada en 18 de junio de 1837, hemos venido, enunión y de acuerdo con las Cortes actualmente reunidas, en decretar y sancionar lo siguiente:

Constitución de la Monarquía española

(…)

Art. 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, consujeción a las leyes.

Art. 3. Todo español tiene derecho a dirigir peticiones por escrito a las Cortes y al Rey, como determinanlas leyes.

Art. 4. Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía (…).

Art. 6. Todo español está obligado a defender a la Patria con las armas cuando sea llamado por la ley, y acontribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.

Art. 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa,sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban (…).

La Constitución de 1845 es el prototipo de moderada o conservadora, siendo una de las Constituciones con más vigencia en la historia del constitucionalismo español que, a pesar de estar inspirada en la del 1837, es mucho más conservadora.

Las características más importantes de esta Constitución son:

• la soberanía compartida Rey/Cortes (gran poder de la monarquía) • el Estado confesional • el sufragio censitario más acentuado que en la del 1837 • las Cortes bicamerales que sólo podían ser convocadas por la monarquía, con

un Senado vitalicio, ilimitado y por designación real • la restricción de libertades porque de hecho no constan en la Constitución • no contempla las elecciones municipales, ni la Milicia Nacional, ni el jurado

popular.

División provincial de Javier de Burgos (1833)

Page 11: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

68

Art. 9. Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez o Tribunal competente, envirtud de leyes anteriores al delito y en la forma que estas prescriban (…).

Art. 11. La Religión de la Nación española es la Católica, Apostólica, Romana. El Estado se obliga amantener el culto y sus ministros.

Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

Art. 13. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y elCongreso de los Diputados.

Art. 14. El número de senadores es ilimitado: su nombramiento pertenece al Rey (…).

Art. 17. El cargo de Senador es vitalicio (…).

Art. 45. Además de las prerrogativas que la Constitución otorga al Rey, le corresponde (…) Expedir losdecretos, reglamentos e instrucciones que sean conducentes para la ejecución de las reyes (…) Decretarla inversión de los fondos destinados a cada uno de los ramos de la Administración pública (…) Nombrary separar libremente los ministros.

Art. 79. Las Cortes fijarán todos los años, a propuesta del Rey, la fuerza militar permanente de mar ytierra”

Asistimos también en este periodo a la segunda guerra carlista (1846-1849) causada, teóricamente al fracaso de os intentos de casar a Isabel II con el pretendiente carlista Carlos Luis de Borbón. El conflicto consistió fundamentalmente en el levantamiento popular en distintos puntos de Cataluña. Las operaciones militares del bando carlista fueron dirigidas por Ramón Cabrera. Entre los progresistas aparece una escisión: el partido demócrata.

En definitiva, la Década Moderada supuso la implantación de régimen autoritario que consiguió la estabilidad política necesaria para el enriquecimiento de las burguesías basándose en un proceso de centralización jurídica, administrativa, tributaria, educativa y en los sistemas de pesos, medidas y monedas. Pero los últimos años se caracterizaron por la corrupción y el retroceso de libertades que dieron lugar a crisis económica y la consiguiente tensión social.

4.2.2. El bienio progresista (1854-1856)

Toda esta inestabilidad política, económica y social va a propiciar el pronunciamiento militar de Leopoldo O’Donnell el 28 de junio 1854, conocido como la Vicalvarada, y que, junto con otros acontecimientos ocurridos en julio (Manifiesto de Manzanares)as llevó a los progresistas al gobierno, con el protagonismo de Espartero, líder del partido progresista y O’Donnell, líder de la recién fundada Unión Liberal.

Leopoldo O'Donnell

Page 12: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

69

En un principio se reinstauró la Constitución de 1837 pero los progresistas elaboraron una nueva Constitución en 1856, que no llegaría a ser promulgada (non nata), que recogía los siguientes principios constitucionales: la soberanía nacional no compartida, el poder de la Corona bastante limitado, las dos cámaras legislativas eran electivas, la declaración de derechos es más exhaustiva y se contemplan las elecciones municipales y la Milicia Nacional, afirma la tolerancia religiosa aunque con la católica como oficial y mantiene el sufragio censitario.

Las medidas legislativas más importantes tienen carácter económico, como la desamortización de Pascual Madoz sobre bienes civiles y del clero, la creación del sistema financiero o la nueva normativa para la construcción ferroviaria de 1855 (sistema radial, ancho de vía, posibilidad de inversiones extranjeras y de importar los materiales sin pagar los aranceles).

Sin embargo, la inestabilidad política por la difícil convivencia de progresistas y Unión Liberal fue subiendo de tono, proliferaron las huelgas ante la crisis económica (estamos asistiendo al nacimiento del movimiento obrero español que convoca su primera huelga general) y O’Donnell pactó con la corona para aparatar a Espartero del Gobierno, pasándose él mismo al conservadurismo.

4.2.3. La vuelta al conservadurismo (1856-68)

El protagonismo va a recaer en el General Narváez, del partido conservador, y en el General O’Donnell, de la Unión Liberal, el cual se convertía en el restaurador del régimen que él mismo destruyera dos años antes en la Vicalvarada

Las tres primeras medidas del gobierno son significativas: la restauración de la Constitución de 1845, la disolución de la Milicia Nacional y la abolición de la autonomía municipal.

La relativa estabilidad política conseguida en el período que va desde 1858 a 1863 por la Unión Liberal permitió crecimiento económico y una cierta política exterior en Cochinchina (Indochina, actual Vietnam), México, Santo Domingo, Chile, Perú y , sobre todo, la guerra con Marruecos, que se declaró en 1859 ante el ataque de nuestras posiciones en Ceuta y Melilla, y que terminó con la victoria española de los Castillejos y la paz de Wad-Ras, con la que se ocupó Tetuán, convirtiendo al General Prim en un mito.

MANIFIESTO DE MANZANARES

“(…) Nosotros queremos la conservación del trono, pero sin camarilla que lo deshonre; queremos la práctica rigurosa de las leyes fundamentales, mejorándolas, sobre todo la electoral y la de imprenta; queremos la rebaja de los impuestos, fundada en una estricta economía; queremos que se respeten en los empleos militares y civiles la antigüedad y los merecimientos; queremos arrancar a los pueblos la centralización que los devora, dándoles la independencia local necesaria para que conserven y aumenten sus intereses propios, y como garantía de todo esto queremos y plantearemos, bajo sólidas bases, la Milicia Nacional (…)”.

El manifiesto, aunque fechado el 6 de julio, comenzó a difundirse el 14 del mismo mes, día en que se modificó radicalmente el panorama del agónico pronunciamiento.

El elemento civil, hasta entonces pasivo, se mostró receptivo a las promesas que le ofrecían y se lanzó a las calles de las ciudades en apoyo de los pronunciados: primero en Barcelona, que ya estaba viviendo unas jornadas de luchas obreras contra la introducción de máquinas selfactinas –máquinas de hilar con carro- y después en Valencia, Valladolid, Madrid y ciudades de Andalucía.

Page 13: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

70

El último período isabelino se caracterizó por una sucesión de gobiernos de la Unión Liberal y moderados ante el agotamiento de su modelo político que fue generando una fuerte oposición entre progresistas, demócratas y republicanos, acuciada la crisis por la muerte de los líderes históricos O’Donnell y Narváez.

A la revolución de 1868, conocida como la Gloriosa, se llegó por el agotamiento y la impopularidad del moderantismo y de la propia Monarquía de Isabel II a partir de 1865, puesto que los problemas no se podían resolver con un simple cambio de gobierno y por la situación económica del capitalismo español. Este estado de cosas hizo posible la confluencia de intereses de toda una serie de fuerzas políticas, sociales y económicas marginadas del sistema político dominado por los moderados e interesadas todas ellas en un proceso de renovación democrática y de recuperación económica. Toda esta oposición política, económica y social se unió en el Pacto de Ostende (Bélgica, 1866), por el cual se acordó que Isabel II debía irse y que se tenía que convocar una Asamblea Constituyente por sufragio universal como un nuevo intento de instaurar un sistema democrático.

5. LOS PARTIDOS POLÍTICOS

Durante la mayor parte del reinado de Isabel II va a haber una alternancia en el gobierno entre Moderados y Progresistas, los cuales se suceden en el poder mediante el procedimiento del pronunciamiento. A medida que avanza el reinado van apareciendo otras opciones políticas (Demócratas o la Unión Liberal de O’Donnell).

5.1. Moderados o Conservadores.

Es el partido preponderante del periodo; gobiernan en España salvo el bienio y el sexenio. Aparecieron en la escisión que sufrió el liberalismo durante el Trienio Liberal. Su líder principal será Narváez.

Se caracterizan por las reformas administrativas y estatales. Defienden a ultranza la propiedad, el orden y el sufragio censitario muy restrictivo. Partidarios de la soberanía compartida y de otorgar grandes competencias para el poder ejecutivo y el rey.

Preferían limitar los derechos de las personas, sobre todo los colectivos (libertad de prensa, opinión, reunión y asociación). Eran los más clericales de los liberales, defendiendo el peso y la influencia de la Iglesia católica.

Sus bases sociales se hallan en un grupo heterogéneo formado por terratenientes, grandes comerciantes e intelectuales conservadores, aunando a restos de la vieja nobleza y del alto clero y de los altos mandos militares.

De su ideología es fruto la Constitución de 1845.

5.2. Exaltados o progresistas.

Es la alternativa al partido moderado. Gobiernan en el bienio y sexenio a través de pronunciamientos militares. Sus líderes van a ser Baldomero Espartero y el General Serrano.

Batalla de Tetuán (Mariano Fortuny)

Page 14: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

71

Se caracterizan por las reformas económicas y son partidarios del cambio y las reformas. Defienden el sufragio censitario pero ampliando la base electoral. Optan por la soberanía nacional, limitar más el poder del rey y darle preponderancia al poder legislativo representado por las Cortes.

Son partidarios de robustecer los poderes representativos (ayuntamientos, milicia nacional, jurado popular...) y de ampliar los derechos individuales y colectivos. Menos clericales que los conservadores optan por el laicismo.

Se trata también de un grupo heterogéneo en el que predominaban la media y pequeña burguesía industrial y financiera, clases medias y artesanos, una parte de la oficialidad medio o inferior en el ejército, así como profesionales liberales.

Sus postulados se reflejaron en la Constitución de 1837.

5.3. La Unión Liberal.

Fundado en 1858 por O’Donnell, presentaba como objetivos principales de su política: la consolidación de la Monarquía constitucional; el respeto a los derechos y libertados legítimas y el restablecimiento del orden público y la conciliación entre las tendencias moderada y progresista. Se trataba de los que podríamos denominar un partido de “centro”.

5.4. Demócratas.

Aparecen al final del reinado de Isabel II como una escisión de los progresistas y llegaría a gobernar durante el Sexenio revolucionario

Defienden el sufragio universal y la necesidad de cambio de la sociedad. Partidarios de la soberanía popular, el rey debe tener sólo un papel honorífico. Optan por la intervención del Estado en la enseñanza, en la asistencia social y en la fiscalidad. Son anticlericales y le dan mucha importancia a la igualdad.

6. CONCLUSIONES

El reinado de Isabel II supuso la definitiva estabilización del régimen liberal o Nuevo Régimen y la formación y creación del Estado Liberal que va a perdurar hasta la actualidad. Dominó -salvo en el bienio progresista- el liberalismo doctrinario o censitario, con el partido moderado o conservador, cuya base social era la oligarquía, imponiéndose sus conceptos políticos (soberanía compartida, poder real fuerte, sufragio censitario, no al jurado popular, ni Milicia Nacional, ni elecciones municipales)

La debilidad democrática era manifiesta, menudearon los pronunciamientos militares y el protagonismo político de ellos, de manera que fue creando una amplia distancia entre la España real y oficial, asistiendo al inicio del caciquismo que se consolidaría con la Restauración.

Page 15: TEMA 6 EL LIBERALISMO DURANTE Rº ISABEL IImutuamente. El fin de las guerras carlistas y la victoria del bando de Isabel II supondrían el triunfo del liberalismo y del nuevo régimen

Historia de España Curso 2010/2011

Prof.: Juan A. Molina

72

COMPOSICIÓN HISTÓRICA

Realice la siguiente composición histórica sobre el Liberalismo en época de Isabel II a partir de los siguientes materiales.

TEXTO

“Españoles: la entusiasta acogida que va encontrando m los pueblos el ejército liberal; el esfuerzo de los soldados que le componen, tan heroicamente mostrado en los campos de Vicálvaro, el aplauso con que en todas partes ha sido recibida la noticia de nuestro patriótico alzamiento, aseguran desde ahora el triunfo de la libertad y de las leyes que hemos de defender.

Dentro de unos pocos días la mayor parte de las provincias habrán sacudido el yugo de los tiranos; el ejército entero habrá venido a ponerse bajo nuestras banderas, que son las leales; la nación disfrutará los beneficios del régimen representativo, por el cual ha derramado hasta ahora tanta sangre inútil y ha soportado tantos sacrificios. Día es, pues de decir lo que estamos resueltos ha hacer en el de la victoria. Nosotros queremos la conservación del trono, pero sin camarilla que lo deshonre; queremos la práctica rigurosa de las leyes fundamentales mejorándolas, sobre todo la electoral y la de imprenta; queremos la rebaja de los impuestos, fundada en una estricta economía; queremos que se respeten en los empleos militares y civiles la antigüedad y los merecimientos; queremos arrancar los pueblos a la centralización que los devora, dándoles la independencia local necesaria para que conserven y aumenten sus intereses propios; y como garantía de todo esto, queremos y plantearemos bajo sólidas bases la milicia nacional.

Tales son nuestros intentos que expresamos francamente, sin imponerlos por eso a la nación. Las juntas de gobierno que deben irse constituyendo en las provincias libres; las Cortes que luego se reúnan; la misma nación, en fin, fijará las bases definitivas de la regeneración liberal a que aspiramos. Nosotros tenemos consagradas a la voluntad nacional nuestras espadas, y no las envainaremos hasta que ella esté cumplida.

Cuartel General de Manzanares, a 7 de julio de 1854.

El general en jefe del ejército constitucional.

Leopoldo O’ Donnell, Conde de Lucena.

IMAGEN

Caricatura editada en la revista “La Flaca”, en 1869, en la que el clero está visto como cómplice del carlismo.