teletrabajo

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COORDINACIÓN DE TELETRABAJO. ¿Qué es el teletrabajo? Es una forma de organizar el trabajo realizado a distancia mediante el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en el propio domicilio del trabajador o en otro, siempre que sea ajeno al empleador. Paulatinamente esta modalidad está dejando atrás su fase experimental para convertirse en un instrumento de inclusión sociolaboral instalado en la cultura del trabajo. Ventajas del teletrabajo Aporta ventajas específicas tanto para las organizaciones que lo aplican, como para los propios teletrabajadores, su entorno familiar y a la sociedad en su conjunto. • Mejora la calidad de vida. • Ahorra dinero y tiempo de traslado. • Facilita la inserción de grupos vulnerables. • Permite disponer de mayor tiempo para otras actividades extra laborales. • Es una opción para evitar la excedencia y acompañar a la mujer durante la lactancia. • Es apta para padres con hijos pequeños o para aquellas personas que por alguna razón deben estar más tiempo en sus hogares. • Facilita a la mujer luego de su licencia por embarazo, continuar trabajando y cuidando a sus hijos sin hacer uso de la excedencia y evitando la perdida del ingreso salarial. • Permite retomar el trabajo y el ingreso mensual, en los casos previstos en los arts. 211 y 212 de la LCT, durante el período de conservación del empleo. • Es una alternativa ante situaciones de catástrofes naturales o pandemias. A nivel urbano son varios los aspectos positivos que aporta esta modalidad contribuyendo al cuidado del medio ambiente, brindando una mejora en la organización, promoviendo oficinas virtuales inteligentes, edificios con espacios flexibilizados amplios y dinámicos que promueven la partición grupal. El teletrabajo facilita la disminución del tránsito vehicular generando un ahorro de combustible que favorece el uso adecuado de los recursos energéticos no renovables; incide en la reducción de los accidentes vehiculares cuyos valores pandémicos lo convierten en una de las principales causas de muerte a nivel mundial. Principios del teletrabajo • Voluntariedad. • Igualdad respecto de los trabajadores presenciales. • Aplicabilidad de la libertad sindical. • Modalidad mixta con distribución del tiempo de trabajo. • Requerimientos de prevención en materia de seguridad e higiene.

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Page 1: Teletrabajo

COORDINACIÓN DE TELETRABAJO.

¿Qué es el teletrabajo?

Es una forma de organizar el trabajo realizado a distancia mediante el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en el propio domicilio del trabajador o en otro, siempre que sea ajeno al empleador. Paulatinamente esta modalidad está dejando atrás su fase experimental para convertirse en un instrumento de inclusión sociolaboral instalado en la cultura del trabajo.

Ventajas del teletrabajo

Aporta ventajas específicas tanto para las organizaciones que lo aplican, como para los propios teletrabajadores, su entorno familiar y a la sociedad en su conjunto.

• Mejora la calidad de vida.• Ahorra dinero y tiempo de traslado.• Facilita la inserción de grupos vulnerables.• Permite disponer de mayor tiempo para otras actividades extra laborales.• Es una opción para evitar la excedencia y acompañar a la mujer durante la lactancia.• Es apta para padres con hijos pequeños o para aquellas personas que por alguna razón deben estar más tiempo en sus hogares.• Facilita a la mujer luego de su licencia por embarazo, continuar trabajando y cuidando a sus hijos sin hacer uso de la excedencia y evitando la perdida del ingreso salarial.• Permite retomar el trabajo y el ingreso mensual, en los casos previstos en los arts. 211 y 212 de la LCT, durante el período de conservación del empleo.• Es una alternativa ante situaciones de catástrofes naturales o pandemias.

A nivel urbano son varios los aspectos positivos que aporta esta modalidad contribuyendo al cuidado del medio ambiente, brindando una mejora en la organización, promoviendo oficinas virtuales inteligentes, edificios con espacios flexibilizados amplios y dinámicos que promueven la partición grupal. El teletrabajo facilita la disminución del tránsito vehicular generando un ahorro de combustible que favorece el uso adecuado de los recursos energéticos no renovables; incide en la reducción de los accidentes vehiculares cuyos valores pandémicos lo convierten en una de las principales causas de muerte a nivel mundial.

Principios del teletrabajo

• Voluntariedad.• Igualdad respecto de los trabajadores presenciales.• Aplicabilidad de la libertad sindical.• Modalidad mixta con distribución del tiempo de trabajo.• Requerimientos de prevención en materia de seguridad e higiene.

Modalidades de teletrabajadores

Existen dos modalidades: autónomo y en relación de dependencia. Bajo esta última, es que el Ministerio de Trabajo elevó el Proyecto de Ley para su regulación.

Objetivos de la coordinación

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• Promover la implementación de plataformas de teletrabajo.• Evaluar el impacto del teletrabajo en la conservación y creación del trabajo decente.• Propiciar la generación de mejores condiciones laborales a través de las TIC.• Conciliar el ámbito familiar y laboral.• Promover nuevos contenidos en la negociación colectiva.• Argumentar las ventajas de las relaciones laborales mediadas por las TIC.• Difundir regional e internacionalmente las buenas prácticas en teletrabajo.

La importancia de una Ley de Teletrabajo

En la Argentina, sobre 1,2 millones de hogares, al menos uno de sus integrantes teletrabaja. Esta cifra incluye tanto a quienes

realizan en el hogar su principal actividad laboral como a los que tienen una segunda actividad, paralela a un trabajo convencional, y

a aquellos que tienen un trabajo convencional y lo completan desde su hogar. En los últimos años la tendencia creciente del

teletrabajo tuvo un avance alrededor del 20%.

Esto hace necesario un marco regulatorio para brindar seguridad jurídica, tanto a los trabajadores como a las empresas, y

conociendo los alcances, derechos y deberes de ambos, propender a su utilización.

Particularmente esta modalidad presenta ventajas para el trabajador respecto a la disponibilidad y aprovechamiento de su tiempo,

evitando gastos de dinero y tiempo en transporte, de vestimenta y alimentación. Por ejemplo, cuando se habita en zonas alejadas de

las ciudades o sectores rurales, para mujeres embarazadas (o en etapa de pos parto) o con niños pequeños, para grupos

vulnerables y personas con discapacidad.

No alcanza con la regulación de la Ley de Trabajo a Domicilio que está en vigencia, porque si bien se podría considerar al teletrabajo

una especie del trabajo a domicilio, este modo de prestar servicios presenta desafíos que no siempre pueden ser atendidas por dicha

Ley, que está concebida para reglar la situación de los trabajadores que realizan tareas manuales en el propio domicilio.

También es necesario una normativa específica sobre el tema, porque la actividad organizada en función de las nuevas tecnologías

tiende a la internacionalización, dado que no es requisito que el trabajador desempeñe su actividad dentro del mismo territorio

nacional.

Todo esto hace que el teletrabajo se desarrolle bajo modalidades y condiciones nunca antes conocidas, ya que las circunstancias en

las cuales ese “trabajo a distancia” tiene lugar son novedosas y desconocidas por el orden normativo, poniendo en evidencia la

insuficiencia de las previsiones destinadas a la producción de objetos “a domicilio”.

La Comisión de Teletrabajo fue, sin dudas, un espacio de diálogo y consenso en el cual brindaron su opinión actores sociales de

distinta extracción, personalidades del mundo del derecho y también de la tecnología. A través de esta comisión se presentó el

proyecto de ley de teletrabajo y se apuntó a establecer un piso mínimo sobre el cual las partes, ya sea individual o colectivamente,

puedan negociar las condiciones específicas bajo las cuales se desarrolle el teletrabajo.

Un objetivo principal fue brindar un marco adecuado de regulación, partiendo de la premisa de que el teletrabajo no es precarizante y

es una modalidad que puede servir para la generación, sostenimiento y mejora del empleo público y privado.

Se buscó establecer para los actores sociales reglas de juego claras que posibiliten la utilización del teletrabajo por parte de las

empresas, respetando los derechos de los trabajadores.

Otro punto para destacar es que la Ley de Contrato de Trabajo no deberá necesariamente modificarse. El proyecto de ley

complementa lo dispuesto en la misma.

El teletrabajo consiste en la realización de cierto tipo de trabajos sin la presencia física del empleador, por parte del personal a su

cargo, que se mantienen en contacto con él mediante la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Es

decir, que es una forma de organizar y realizar el trabajo a distancia con el auxilio de herramientas tecnológicas, en un lugar distinto y

fuera de la empresa.

Por lo tanto, el teletrabajo no es un nuevo contrato de trabajo sino simplemente una modalidad particular de prestar servicios en la

cual se hace más complicada la identificación de caracteres típicos de una relación de dependencia. Sus elementos fundamentales

son el trabajo (entendido como la prestación que realiza el empleado personalmente), la distancia entre el empleador y el trabajador

y la telecomunicación, ya sea por medio de teléfonos, fax, computadoras, correo electrónico, etc.

Page 3: Teletrabajo

Respecto a la importancia de la participación de los sindicatos en los programas de teletrabajo, el proyecto de ley establece un piso

mínimo regulatorio. Serán las partes las que deberán negociar las condiciones específicas en las que habrá de desarrollarse el

teletrabajo. Allí tienen un rol esencial los sindicatos. Las negociaciones colectivas deberán contemplar, en particular, los regímenes

de remuneración y jornada de trabajo, la promoción profesional y la formación en el trabajo.

El proyecto de ley apunta a que los teletrabajadores gocen de los mismos derechos que los demás trabajadores en relación de

dependencia, en tanto resulten compatibles con la índole de la relación, y los empleadores deben proveer al trabajador el

equipamiento necesario y financiar su mantenimiento a fin de que pueda cumplir eficazmente sus tareas. También en este aspecto

tienen un papel importante los sindicatos.

Asimismo, las comisiones paritarias deberán establecer las condiciones (y el ambiente) de trabajo, teniendo como prioridad el

respeto del principio de igualdad de trato entre un teletrabajador y un trabajador que desempeñe igual tarea (en actividad, empresa,

rama o sector).