tecnicas de litigacion penal oral
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J o s é W a l d i r S e r v í n
CURSO
TECNICAS DE LITIGACION
PENAL ORAL
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Dr. José Waldir Servín
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Capacitación e incentivos: nuevo paradigma deenseñanza legal.
Sistema acusatorio: publicidad y lógica competitiva.
Competencia adversarial. Transformación de la cultura
de capacitación.
Ejercicio estratégico: construir una teoría del casoadecuada y dominar la técnica para ejecutarla conefectividad.
La prueba no habla por sí sola.
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Capacitación como entrenamiento.
Simulaciones.
Teoría del caso, examen y contraexamen de testigos y
peritos, alegatos de apertura y clausura.
Tres tipo de destrezas: 1) planificar estratégicamenteel juicio y su preparación, 2) obtener e introducirinformación de manera efectiva en juicio y 3) usoefectivo de la información.
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Sistema Acusatorio Adversarial
Rige la distribución de tareas en el ProcesoPenal; esto hace que el juzgamiento y acusaciónrecaigan en diferentes sujetos procesales: el
fiscal ejerce la potestad persecutoria, el defensorse opone a la pretensión punitiva del fiscal y el
juez decide.
De la separación de roles se originan lascaracterísticas propias del Sistema Acusatorioque tiende a evitar que el uso de un poder
degenere en abuso. 4
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Sistema Acusatorio Adversarial
Respeto a la dignidad humana.
Sistema garantista.
Presunción de inocencia y principio de duda.
Principio de igualdad de oportunidades.
Correlación entre acusación y sentencia.
Prohibición de la reforma en perjuicio. 5
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Sistema Acusatorio Adversarial
1) El axioma “nullum iudicium sine accusatione”
expresa la separación funcional y subjetiva del juez y la acusación.
2) También expresa la garantía procedimental dela formulación de una acusación determinadacontra el imputado como acto previo y dedelimitación del juicio:
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Sistema Acusatorio Adversarial
1- La acusación debe contar con el apoyo deadecuados indicios de culpabilidad.
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Los Princ ip ios del Juic io Oral
Principio de Publicidad: se fundamenta en eldeber que asume el Estado de efectuar un
juzgamiento transparente, facilitando a todos los
ciudadanos información acerca de los motivos,como, con qué pruebas, quienes, etc., realizanel juzgamiento de un acusado, a fin de controlarlas posibles arbitrariedades de los jueces.
Principio de Oralidad: implica el predominio delelemento verbal.
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Los Princ ip ios del Juic io Oral
Principio de Inmediación: procura asegurar que
el Tribunal se halle en permanente e íntimavinculación personal con los sujetos queintervienen en el proceso como así también conlas pruebas.
Principio de Contradicción: por medio de esteprincipio, las partes tienen el derecho de aportar
las pruebas conducentes a fin de justificar suteoría del caso, y la contraria, el derecho derefutarlas, por lo que este principio tiene comobase la plena igualdad de las partes, en orden a
sus atribuciones procesales. 9
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Los Princ ip ios del Juic io Oral
Principio de Concentración: todos en un mismolugar, en un mismo momento y en audienciassucesivas.
Principio de Economía Procesal: el Tribunal deSentencia debe tratar de lograr, durante el Juicio
Oral y Público, los mayores resultados posiblescon el menor empleo de actividades, incidentesy tiempo.
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El Modelo Procesal Penal en Paraguay
Es acusatorio porque existe una distribución de roles:
Fiscal: ejerce la potestad persecutoria.Defensor: Se opone a la pretensión punitiva del fiscal.
Juez: decide.
Es adversarial porque la investigación y el juzgamientodiscurre bajo el principio de contradicción entre el fiscaly el defensor.
Las partes deben diseñar su teoría del caso, desarrollarun conjunto de destrezas, aportar pruebas y realizarinterrogatorios.
El juez tiene un rol relativamente pasivo.
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El Debate Oral En la controversia se exponen hipótesis opuestas que
son objeto de una libre discusión, ello permite que surja
la verdad, se supere la duda y se resuelva el litigio.
El juez, al motivar su decisión, debe expresar susrazones o fundamentos. Tal motivación exige someter
el derecho y la prueba a controversia.
Es un diálogo abierto entre los intervinientes delproceso, sujeto a acciones y reacciones, quienes
armados de la razón luchan por el predominio de sutesis.
Tenemos pues que el abogado, tiene por función decidir,
conceptuar, alegar, controvertir, impugnar.
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El Debate Oral
Aceptación del debate.
Orden del debate.
Respeto a la dignidad humana.
Falibilidad y flexibilidad.
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Diez Axiomas del garantismopenal
Nul la poena sine cr im ine (Principio de retributividad)Nul lum cr ime sine lege (Principio de legalidad) Nulla lex s ine necess itate (Principio de necesidad)Nul la necessi tas sin e iniur ia (Principio de lesividad)Nul la in iur ia sine act ione (Principio de materialidad)Nul la act io s ine culpa (Principio de culpabilidad)Nul la cu lpa sine iud ic io (Principio de jurisdiccionalidad)Nul lum iudic ium sine accusat ione (Principio acusatorio)Nul la accusatio sine probatione (Principio de la carga
de la prueba)Nul la probat io sine defension e (Principio del
contradictorio)
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El Sistema Adversarial
El juzgamiento se desarrolla bajo elprincipio de contradicción.
Las partes deben elaborar su teoría del
caso, hallar las pruebas que las sustenten yrealizar los interrogatorios.
Los jueces tienen la misión de dirigir el
juicio por el cause del debido proceso, sincoartar el ejercicio de la acusación y de ladefensa.
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La Persuasión
Los abogados litigantes deben persuadir alTribunal de adoptar su teoría del casomediante la producción de las pruebas.
Credibilidad: los buenos abogados sonaquellos que mantienen sus promesas
hechas al Tribunal y muestran respeto alos jueces, testigos, peritos, abogados dela contraparte y partes oponentes.Respetan el juego limpio.
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La Persuasión
Empatía: los abogados litigantes debendesarrollar una compenetración en laaudiencia. Deben mostrar respeto, genuinoy sincero, a cada una de las personas.
Carisma: es la habilidad del abogadolitigante de acaparar la atención delTribunal en la audiencia y de mantenerlointeresado.
Primacía: significa que el comienzo dellitigio es sumamente importante.
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La Persuasión
Simplicidad: el enemigo de la comunicaciónefectiva es la complejidad, y el mayor enemigodel abogado litigante es la confusión.
Frecuencia: descansa en una proposición de
sentido común “cuantas mas veces la genteescuche alguna cosa es más probable que lo
recuerde” .
Lógica y coherencia: los abogados debendesarrollar y presentar durante el litigioargumentos coherentes y lógicos, de locontrario, su credibilidad sufrirá un fatal golpe
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ENFOQUE DEL LITIGIO
A través de los juicios, los litigantes ysus abogados convierten en remedios
concretos los derechos abstractosconcebidos por las legislaturas y lostribunales
A menudo se afirma que la defensa en juicio es un “arte”, una habilidadintuitiva.
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Por muy exhaustiva que sea nuestrapreparación, siempre debemos realizaren mitad del curso maniobras basadas enfactores como las respuestas imprevistasde los testigos, las observaciones deltribunal.
Los abogados que se basanrigurosamente en el juicio intuitivopueden intuir con acierto sólo que susclientes perderán el caso.
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Características personales del Abogado litigante
1) Confianza en uno mismo
La confianza que uno manifieste en la
validez de sus reclamos puede inspiraral Juez a sentir la misma confianza
2) Las diferentes especialidades
Para ser un defensor en juiciocompetente, uno debe saber cuál es la“industria” implicada en el juicio
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3) Sentido común
En el juicio, debe demostrar al Tribunal que loque puede ser una serie compleja de hechosse ajusta a unos pocos principios legalesaplicables directamente.
4) Integridad
Uno tiene obligaciones éticas con el Tribunal,
con el adversario y con los futuros clientes, yno debe comprometer sus normas personalesen beneficio de ningún cliente.
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PROPOSICIONES
FÁCTICAS YTEORÍAS JURÍDICAS
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Una proposición fáctica es unaafirmación de hecho, que si el juez lacree, tiende a satisfacer un elemento dela teoría jurídica.
El conocimiento de las teorías jurídicasnos permite identificar quéproposiciones fácticas son necesarias
para el caso.
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Evidencia Evidencia Evidencia
Narración
Proposición(es) fácticas(s) Proposición(es) fáctica(s)
(Elemento 1) (Elemento 2)
Teoría jurídica
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Cada elemento legal puede tenermúltiples proposiciones fácticas.
El Fiscal debe contar con una
proposición para cada elemento.
El Defensor le alcanza con desacreditar
una, con establecer una de lasproposiciones propias.
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EJEMPLO
Juan compra auto usado en una playa devehículos y paga U$S 10.000. Unasemana más tarde es detenido en unabarrera policial por presentar el motor ychasis adulterado. Un peritaje ulteriorpermitió establecer que el automóvil había
sido robado.
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Declaración falsa:
El vendedor dijo que estaba en buenascondiciones. Mostró toda ladocumentación aparentemente enregla. Mostró un certificado denacionalización.
Error:
Juan pagó un precio acorde con losvalores del mercado.
Juan no es experto y actuó con la
diligencia de un hombre medio.
Di i ió t i i l j i i
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Disposición patrimonial- perjuicio: Juan pagó el precio.
Elemento subjetivo: Intención de obtener para sí o para un tercero unbeneficio patrimonial indebido.
Dolo:El vendedor sabía que presentaba anormalidaden los números. Intentó negociar antes, pero el
adquirente desistió porque tenía detalles de otromodelo. El vendedor alteró registros internosasentando que el auto lo recibió enconsignación.
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N LISIS DE LOS
ELEMENTOS
PROB TORIOS
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Evidencias de afirmación.Consiste en los hechos que tienden ademostrar la exactitud de una
proposición fáctica.Ejemplo: “el 26 de agosto, Pedro le dijo a Jorge quetodas las estampillas, que aquél le estaba vendiendoeran originales y auténticas”
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Evidencias de refutación.
La evidencia de refutación tiende a
debilitar la prueba afirmativa deladversario, aunque no es parte denuestra narración afirmativa.
Ejemplo: “Supongamos que estamos acusando derobo a Adan. Adan llama a Sara, para que atestigüeque ambos estuvieron reunidos, fuera de la ciudad,cuando se cometió el robo. Uno acusa a Sara
mencionando una condena anterior por perjurio. Laprueba de esta condena es la evidencia clásicaorientada hacia la refutación”
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Evidencias de credibilidad. La evidencia acerca de la credibilidadafecta la verosimilitud y el carácter más
o menos fidedigno de los relatos.Ejemplo: “Roberto es un ejecutivo de unaCorporación, constituye una evidencia afirmativade la credibilidad si un Tribunal cree que losejecutivos empresarios tienden a merecerconfianza”.
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Evidencias explicativas.
Es una forma de prueba afirmativa que
indica a un Tribunal por qué los hechosde una historia sucedieron como unoafirma que fue el caso.
Ejemplo: “Supongamos que se acusa de robo aVictor. Victor aporta una coartada, y en ella declaraque estaba en su casa, durmiendo, cuando sucedióel robo. El robo fue alrededor de las 19:00 horas, un
momento en que la mayoría de la gente estádespierta” “Yo dormía porque sufrí un ataquealérgico a hora más temprana y el medicamento quetomé me adormeció”
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Evidencias directas e IndirectasLa evidencia directa demuestra unaproposición fáctica sin necesidad de que
haya una inferencia.La evidencia indirecta demuestra unaproposición fáctica por intermedio de
una o más inferencias.
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TEORIA
DEL CASO
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Es el relato de los hechos que sepresenta a los Jueces, que incluye
referencias a la lógica y a la experienciahumana que apoyan la aceptación dedichos hechos.
Responde a las preguntas:- ¿Qué pasó?.- ¿Por qué pasó? y,- ¿Por qué esto significa que debería
ganar mi cliente?.
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El juicio es una cuestión estratégica.
La Teoría del Caso se define como la estrategia,plan o visión que tiene cada parte sobre loshechos que va a probar.
¿Es un ejercicio de averiguación de veracidad.?
En suma, es nuestra versión de lo que“realmente sucedió”, que debe ser simple ypersuasiva.
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Características de la Teoría delCaso:
Una buena teoría del caso debe tener lassiguientes características:
- Ser simple: dar cuenta de la mayor
cantidad de hechos.- Ser lógica.- Ser fácil de creer: de acuerdo a la
experiencia.- Incluir los elementos legales del caso.
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Cómo expresar la Teoría del
Caso:Se debe expresar en un párrafo que
combine un resumen de los hechos con elDerecho, de modo que lleve a laconclusión que su cliente debe ganar.
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¿Cuáles son los elementos de laTeoría del Caso?
Una narración; la historia de los hechos:
- ¿Qué pasó y por qué pasó?.
La teoría legal:
- La razón legal de por qué debería ganar mi
teoría y no la del contrario.
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¿Cuándo se construye la Teoríadel Caso?
Es un proceso que dura toda la preparación delcaso.
Se va refinando de acuerdo al conocimiento queel abogado tenga de los hechos.
Antes de iniciar el juicio se debe tener una teoríadefinitiva.
En el juicio oral, no es conveniente el uso deteorías alternativas.
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Pautas para construir unaTeoría del Caso:
1°) Escuchar el relato de nuestro cliente;
2°) Subsumir dicho relato en una teoría
jurídica favorable a nuestra parte;
3°) Determinar los hechos claves que son
controvertidos;
4°) Revisar la prueba de que disponemos
para probarlos;
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5°) Revisar los elementos de las alegaciones
de la contraparte;
6°) Establecer las fortalezas y debilidades
del caso tanto para acusación como
defensa.
C t í ti d l T í d l
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Características de la Teoría delCaso:
Debe resultar sencilla y comprensible;
Debe ser única;
Debe ser coherente;
Debe explicar la mayor cantidad dehechos de la causa;
Debe estar de acuerdo con la experienciahumana;
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Debe ser una guía práctica para plantear:
- nuestras promesas en la apertura;
- las conclusiones de la clausura;
- para seguir nuestro relato durante losexámenes y contraexámenes.
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Una buena teoría del caso debe proveerun punto de vista cómodo y confortable desde el cual el Tribunal pueda mirar toda
la actividad probatoria, y ser guiadoineludiblemente a fallar a favor de nuestrocliente.
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La Teoría del Caso
El objetivo general es persuadir, convencer.
¿Qué es la Teoría del Caso?
La Teoría del Caso es la tesis o la propuesta de soluciónque las partes dan a los hechos que son objeto decontroversia.
Es, el planteamiento que la acusación o la defensa hacesobre los hechos relevantes, las pruebas que lossustentan y los fundamentos jurídicos que lo apoyan.
¿Cuándo se construye la Teoría del Caso?
La Teoría del Caso se empieza a construir desde elprimer momento en que se tiene conocimiento de loshechos.
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Pasos para construir la Teoría del Caso. Paso 1: Relato de los hechos.
Paso 2: Determinación de la teoría jurídica.
Paso 3: Construcción de la teoría jurídica.
Paso 4: Determinación de las evidencias.
Paso 5: Clasificación de la evidencia con miras al juiciooral.
Paso 6: Identificación de las debilidades del caso.
Paso 7: Se debe generar un tema o una frase.
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Condiciones de la Teoría del Caso
a) Sencillez.
b) Lógica.
c) Credibilidad.
d) Suficiencia Jurídica.
e) Flexibilidad.
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Elementos de la Teoría del Caso
Juríd ico : consiste en el análisis de los elementos de
derecho de lo que queremos establecer. Fáctico : consiste en los “hechos” relevantes, o más
bien, tiene que ver con las afirmaciones fácticas quequeremos que acepte el juzgador para establecer lo
jurídico. Probator io: Cuando se sabe cuales son los hechos
relevantes, viene la determinación y la clasificación delas pruebas que demuestran cada supuesto.
La Teoría del Caso, entonces, está compuesta pro tresniveles de análisis: a) La teoría de los hechos o la teoríafáctica; b) La teoría jurídica o teoría del derechoaplicable al caso; y c) La base probatoria.
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Funciones de la Teoría del Caso
Sirve de objetivo específico para que las partes puedan
planear y ejecutar las actividades de indagación einvestigación y luego las propias del juicio.
Planear y organizar el alegato de apertura
Identifica la materia o el tema del asunto y de los hechos jurídicamente relevantes .
Permite a partir del tema y de los hechos relevantesdeterminar las pruebas.
Organizar la prueba que se presentará.
Permite establecer el orden en que los testigos y peritosserán presentados.
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Funciones de la teoría del caso
Facilita a partir de los hechos jurídicamente relevantes
examinar y contraexaminar a los testigos. Preparar el alegato de clausura.
Adoptar y desechar estrategias.
Define los temas y la organización de los alegatos deapertura y de clausura.
La teoría del caso consiste en subsumir los hechos
(teoría fáctica), dentro de la normal aplicable (teoría
jurídica), según los elementos de convicción recopilados
( teoría probatoria), de modo que permita construir una
historia con significado penal relevante.
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Desde la perspectiva de la acusación, la Teoría del
Caso es una explicación jurídica de por qué ciertos
hechos ocurridos deben dar lugar a una sanción penal
en contra de su autor. Desde la óptica de la defensa, la
Teoría del Caso es la explicación jurídica de por qué no
debe sancionarse a aquel a quien se tiene por autor o
partícipe.
En suma, la Teoría del Caso es el medio ideal para
dirigir la investigación; planificar, direccionar y ejecutar la
práctica de pruebas en el juicio; tener un concepto claro
de la importancia de cada prueba y eliminar la pruebasuperflua e innecesaria; determinar la forma en que se
realizan los exámenes y contraexámenes en el juicio;
preparar los alegatos; entre otros.
Diferencias entre la Teoría del
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Diferencias entre la Teoría delCaso de la Fiscalía y la
Defensa:El Fiscal debe probar cada elemento de
su Teoría del Caso.
Al Defensor le basta derribar sólo un
elemento de la teoría del Fiscal, o puedeafirmar una teoría diferente.
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El Scáner
No hay ningún espacio para laimprovisación o la duda.
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LOS INTERROGATORIOS
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Con el interrogatorio se procura
introducir el respaldo a la versión.
Debe ser como una conversación
sobre las circunstancias del caso.
El juicio aporta a ese diálogocaracterísticas especiales.
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Preparación
Conozca todos los elementos reunidosen la investigación.
Determine los hechos más relevantes
para interrogar. Detecte sus puntos fuertes y débiles.
Prepare las preguntas con un orden
lógico. Anticipe a la contraparte.
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Intermedios Ultimos
TEORIA DEL
CASO
FINES
OBJETIVOS
MEDIOS
- Construcción- Referencias probatorias- Previsión del contra
Interrogatorio
Sujetos
Elementos
Factores
Explícitos
ImplícitosConjuntos de Preguntas
Condiciones
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Credibilidad del Testigo
Conocimiento experto
Su “neutralidad”
Su capacidad de percepciónSu comportamiento
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Reglas de la experiencia. Coherencia interna.
Cotejo con hechos conocidos.
Por los detalles.
Credibilidad del testimonio
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P l d t ll
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Por los detalles:P: ¿Podría usted declarar su nombre y
domicilio al tribunal por favor?
R: Mi nombre es Carlos Suárez, vivo en
Simón Bolivar 1532, Asunción
P: ¿Puede decirnos cual es su actividad?
R: Soy Gerente del Area de Administración de
la Cooperativa Los Amigos
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P:¿Podría explicar brevemente que laboresimplica su cargo?
R: Bueno, me ocupo básicamente de lagerencia de cobros
P: ¿ Tiene usted familia?
R: Sí, señor: mi señora y cuatro hijos
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P: ¿Alguna vez ha declarado en Juicio?
R: No, señor
P: Sr. Suárez, ahora me gustaría centrar suatención en día sábado 3 de agostopasado cerca de las 23 hs. ¿ Recuerdadonde estaba usted?
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R: Sí, por supuesto, me encontraba en laesquina de la Calle Montevideo conWalter Martínez
P: ¿Vio algo que le llamara la atención?
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R: Sí, vi un auto que venía muy rápido
P: ¿Podría usted describir ese vehículopara el tribunal?
R: Bueno, era un Charade rojo, con aleróntrasero negro
P: ¿Pudo usted distinguir la patente?
R: Sí ARD 759
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R: Sí, ARD 759
P: Y cómo es que logra acordarse de undetalle como ese después de tantotiempo?
R: Bueno, después del accidente me fijé enla patente y la noté por si tenia quetestificar, cosa que de hecho ocurrió
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P: Señor Suárez usted ha señalado que elCharade rojo venía “muy rápido” ¿a qué
se refiere?
R: Bueno, que el auto venía a una
velocidad que llamaba la atención poresa calle que tiene un tráfico mas bienlento
RECOMENDACIONES
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RECOMENDACIONES
Hable con voz alta y pausada.
Haga preguntas sencillas y claras.
Mantenga contacto con el testigo y elTribunal.
Use pausas y silencios.
Procure repetir la informaciónimportante.
Cierre con una respuesta fuerte.
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Presentación de evidencia Todos los elementos materiales (objetos,
fotos, planos, etc.) deben ingresar a travésde los testigos.
Los objetos por sí solos no hablan.
Los objetos deben estar debidamente
individualizados.
Presente el documento e interrogue.
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EXAMEN DIRECTO
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El examen directo, que es el que realizael fiscal o abogado que presenta al
testigo, es el corazón y el alma delcaso.
Casi toda la información que una partenecesita transmitir al Tribunal viene delexamen directo.
El testimonio debe poder sustentar laTeoría del Caso en forma concreta yprecisa.
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Un buen examinador directo es comoun director de cine.
Aunque limitado por el guión, el directorpuede aportar su propia perspectiva ala producción.
Puede elegir donde ubicar las cámaras,los ángulos de filmación.Puede utilizar vistas panorámicas o decerca.
Y cuando termina de filmar, puedeeditar la película.
El interrogatorio directo es comparable
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El interrogatorio directo es comparablecon una película. La persona que sesienta a observarla, al principio no sabenada de su trama, pero mientras éstatrascurre se va formando un cuadroclaro de toda la situación
En el juicio esa “película” debe serpresentada de manera clara ycomprensible
El testigo es el “actor principal de laobra” en el momento en que declara
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Pautas
Exactitud: se debe procurar la mayorexactitud para cada una de lasproposiciones fácticas.
Completitud: hay que extraer toda lainformación relevante.
Detalles Tener cuidado, que no distraigansobre el tema principal.
EL EXAMEN DIRECTO¿ Que es el Examen Directo ?
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¿ Que es el Examen Directo ?
Es la manera, el modo, la forma en que laprueba testimonial se presenta y se practicaante el Tribunal de Juicio Oral.
Es la manera, el modo, la forma en que laparte que presenta al testigo, obtiene de esetestigo la información que necesita paraprobar su Teoría del Caso.
El examen directo es el arte de obtenerinformación pertinente, clara, precisa ysencilla.
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Función del Examen Directo.
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La función del examen directo es presentar el
testimonio de una manera EFECTIVA, LÓGICA y PERSUASIVA.
¿ PORQUE EFECTIVA ?
Porque el testimonio, por medio del examen directo,debe lograr comprobar la Teoría del Caso, ¿ Que leaporta este testigo a mi Teoría del Caso ? ¿ Quetemas debo tratar con este testigo ? ¿ Cual debe serel orden del interrogatorio ? ¿ Que debo acreditar deeste testigo para afianzar su credibilidad ?.
Respondiendo a estas preguntas planearemos yharemos un examen directo que presente untestimonio efectivo, que compruebe nuestra Teoría
del Caso. 82
Ó
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¿ PORQUE LÓGICA ?.-
Porque el examen directo debe presentar untestimonio que contenga un relato coherentede los hechos, donde destaquen los puntosclaves del testimonio, para fijarlos claramenteen la memoria del Tribunal.
Un examen directo que no siga una lógica,
un relato coherente de los hechos, en el queel testimonio se refiera a hechos sin ningunaconcatenación, no podrá ser entendido por elTribunal.
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¿ PORQUE PERSUASIVA ?.-
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¿
Porque el testimonio, obtenido por medio del
examen directo, debe persuadir al Tribunal, debeconvencerlo de la veracidad de los hechos queestá narrando el testigo al estar siendointerrogado.
El fin del proceso oral es convencer al Tribunal, através de los testigos, de que los hechos que estostestigos están narrando son la verdad de lo
ocurrido.
Si el examen directo suena improbable oenseñado, no será persuasivo, y no convencerá alTribunal. 84
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¿ QUE SE PERSIGUE CON EL EXAMENDIRECTO ?.
Se persigue CREDIBILIDAD DEL TESTIGO yCLARIDAD EN EL TESTIMONIO.
CREDIBILIDAD: La credibilidad del testigo sedetermina estableciendo, a través delexamen directo, ¿ quien es el testigo ? (suvida), ¿ que dice ? (contenido) y ¿ cómo lodice ? Comportamiento). Por estas razonesen el examen directo el centro de atención esel testigo, la estrella en el examen directo esel testigo.
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CLARIDAD: Los hechos deben ser narrados
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por el testigo de tal manera que se entiendanpor el Tribunal, ello depende de la habilidad
que tenga el litigante al formular suinterrogatorio para obtener esa informaciónclara que desea que el Tribunal conozca.
El Tribunal, desde su perspectiva, sepregunta: ¿ quien es este testigo ?(acreditación), ¿ porqué esta aquí ? (relaciónde hechos) y ¿ porqué debo creerle?
(verosimilitud).
Hay que contestarle al Tribunal esaspreguntas por medio del examen directo quese le ha a al testi o 86
Planeación del Examen Directo.
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La planeación del examen directo debe
basarse, necesaria y fundamentalmente, en laTeoría del Caso, que nos permita saber:
a).- Que le aporta el testigo a nuestra Teoría del
Caso.
b).- Cuales son las fortalezas y debilidades del
testigo y de su testimonio.
c).- Cuales son los temas básicos que se debenexaminar con un testigo determinado.
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Una vez que sabemos lo anterior yapodemos planear el examen directo y
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podemos planear el examen directo ydecidiremos:
a).- En que orden deben presentarse a lostestigos.
b).- Cómo orientar éticamente al testigo.
c).- Cómo acreditar al testigo.
d).- Cómo desarrollar lógica y persuasivamenteel testimonio a través de la narración previa
de los hechos 88
Gran parte de las cuestiones anteriores se
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presuelven en la entrevista con el testigo;es obvio que el litigante deba saber quéhechos le constan al testigo, qué hechospresenció y para ello debe entrevistarlo ydel resultado de la entrevista determinará
en que orden los presenta, cómo debeorientarlos éticamente, cómo acreditarlos,cómo desarrollar el testimonio a través delexamen directo, TODO ELLO CON BASE,SIEMPRE, EN LA TEORIA DEL CASO, enlo que el testigo le puede aportar a nuestraTeoría del Caso.
8989
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No se puede ni se debe poner a hablar a lostestigos de todos los hechos, sinoúnicamente de aquellos hechos que leconstan directamente y que resultanrelevantes e importantes para probar nuestra
Teoría del Caso.
Una vez que se tiene establecido lo que eltestigo aporta a nuestra Teoría del Caso, se
deben determinar los temas y subtemas quehay que tratar con él y la forma de hacerlo.
9090
La preparación del testigo
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p p g
Cuestionar su versión
Asegurarse que le dice la verdad
Familiarizarlo con el sistema procesalpenal
Escuchar su relato y seleccionar laspartes pertinentes
La preparación del testigo
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La preparación del testigo
Explicarle reglas y propósito delexamen directo
Forma de preparación en el juicio
Practicar las preguntas y lasrespuestas
O i ió
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Organización
Organizar el orden de los testigos: Al inicio y al final; orden cronológico; testigo
clave.
Organizar el orden del testimonio,según el hecho o hechos, uno o más
imputados.
Acentuar el punto que más nos interesa(la credibilidad, o una circunstancia
puntual, etc.)
Objetivos del Examen Directo.
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a).- Acreditar al Testigo: Es decir, hacerle ver al Tribunal
que el testigo es digno de crédito.
Objetivo derivado del sistema de Libre Apreciación de laPrueba: En este Sistema de valoración, todos los testigos
“valen”, pero no todos los testigos “pesan”.
“Peso de un testigo”: Es la credibilidad y poder deconvicción que el testigo va a generar en el Tribunal.
¿ Que determina el “peso” de un testigo ?: Suscaracterísticas personales, sus conocimientos,circunstancias en las que apreció los hechos etc.,
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¿ Porqué es objetivo necesario
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¿ Porqué es objetivo necesariodel examen directo acreditar al
testigo ?Porque el Tribunal no conoce al testigo, nosabe nada de él, y el litigante debe ser
capaz de darle información al Tribunalrespecto de la persona del testigo, pormedio del examen directo que se hace alpropio testigo, para que el Tribunal valoreel “peso”, la credibilidad del testigo y de sutestimonio, de no hacerlo así, estaremosdejando esa valoración de la credibilidad
del testigo y de su testimonio a la suerte 95
b).- Acreditar las proposiciones fácticas
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) p p(hechos) de nuestra teoría del caso: Queconsiste en obtener del testigo, por mediodel examen directo, un relato que sustente,apoye, corrobore los hechos que nuestrateoría del caso requiere, es decir, hechos y
detalles que hagan ver que los hechosocurrieron como lo afirmamos en nuestrateoría del caso.
Un testigo es, esencialmente, un medio oinstrumento de información que narra en el
juicio ciertos hechos que conoce.96
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i r S e r v í n En el Sistema Acusatorio Adversarial lo
que no se obtenga de la prueba,
simplemente no puede argumentarse porlas partes ni ser valorado por el Tribunal.
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En otros países que tienen este Sistema escomún escuchar en un juicio que “NO HAY
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SUFICIENTE EXAMEN DIRECTO”, esto refleja loimportante que es el examen directo como una
forma de producir prueba en el juicio; no hay“suficiente examen directo” cuando el litigante nopreguntó todo lo que debía preguntar o que lopreguntado no haya tenido una respuestasuficiente o precisa por parte del testigo, o cuandolas respuestas del testigo no sean suficientes paraacreditar la proposición fáctica (hecho) encuestión; en estos casos prácticamente no hayprueba.
De ahí deviene la importancia del examen directopara demostrar la veracidad de nuestra teoría delcaso, para demostrar que nuestra historia es lo
ue realmente ocurrió 98
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c).- Acreditar e introducir al juicio
evidencia o prueba material: Eltestigo deberá narrar, por medio delexamen directo a que sea sometido,cómo encontró esa evidencia, dónde la
encontró, porqué motivo, en quécircunstancias y de qué manera serelacionan con el caso que se juzga.Este es otro objetivo principal delexamen directo.
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d).- Obtener información relevantepara el análisis de otra prueba:
El testigo puede darnos informaciónque no este relacionada,necesariamente, con los hechosesenciales del caso, pero que permitanvalorar otras pruebas.
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1.- Acreditación del Testigo.
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1. Acreditación del Testigo.
a).- Objetivos de la acreditación: ¿Cualesson los objetivos que se buscan con laspreguntas de acreditación?.Principalmente, tres:
Primero: Que el Tribunal tengainformación que haga que se le crea a
ese testigo, ¿ quien es este testigo ?, ¿porqué debe creérsele ?.
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1.- Acreditación del Testigo. S d Q l T ib l l t d t
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Segundo: Que el Tribunal conozca los antecedentespersonales del imputado, proporcionados por el testigo,para que pueda juzgar el fondo del asunto. (Si el testigoes un ciudadano ejemplar, no hay razón para creer queacaba de iniciar una carrera delictiva)
Tercero: Las preguntas personales de acreditación que
se hacen al testigo, deben hacerlo sentir cómodo, enconfianza, pues se trata de información que le esfamiliar relacionada con su vida, su familia, su trabajoetc.
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Por lo anterior debe tenerse muy en cuenta
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yque es un error que la acreditación semenosprecie, para entrar de lleno al fondo delasunto; las mejores proposiciones fácticasdichas impecablemente por el testigocarecerían de valor si no se ha demostrado la
credibilidad de ese testigo con la informaciónadecuada.
En eso radica la importancia y la necesidad de
la acreditación.
c).- La acreditación debe ser flexible.-
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Para decidir qué debemos acreditar,debemos pensar, también , en elCONTRAEXAMEN, es decir, adelantarse ala contraria en las posibles preguntas que
pueda hacer para desacreditar al testigo y asu testimonio, haciendo esas preguntas en elexamen directo, de manera que no demosoportunidad a la contraria a que nos
destruya a ese testigo y a su testimonio yhacer que el testigo se “sincere”, poradelantado ante el Tribunal.
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2.- Relato de hechos
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J o s é W a l d
i r S e r v í nEl examen directo adecuado para obtener unbuen relato depende del tipo de testigo de que
se trate; puede ser testigo presencial o testigo dereferencia o de “oídas”.
Si es testigo presencial, su relato deberáreferirse a los hechos tal como ocurrieron, segúnsu particular punto de vista; deberá
preguntársele el lugar, fecha, tiempos,descripción del lugar, de situaciones, depersonas que participaron, la identificación deesas personas.
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2.- Relato de hechos
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J o s é W a l d
i r S e r v í nSi el testigo es de referencia o de “oídas”, el relato del testigo deberá referirse no
sólo a los hechos que le fueron referidos,sino también a la fuente de referencia,
quien se los contó o cómo los supo,circunstancias a través de las cuales seenteró de esos hechos.
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i r S e r v í n
El método que se usa en el Sistema
Adversarial para presentar y producir laprueba testimonial, es por medio deinterrogatorio, pues si se permitiera que eltestigo primero dijera a su modo lo quepresenció, podría abundar en hechosirrelevantes y no referirse a hechosvaliosos e importantes para la teoría del
caso.
111
Producción del Examen Directo.
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i r S e r v í n
Una vez que tenemos claros los objetivos básicos y los
elementos centrales para estructurar el interrogatorio,debemos planear la producción de la prueba y suejecución, ¿ cómo ?: debemos: 1.- ORGANIZAR elinterrogatorio y, 2.- Conocer las HERRAMIENTAS que
debemos usar.
1.-ORGANIZACIÓN.- Debe basarse en la estrategiageneral de la teoría del caso; son dos los temas a tratar
para organizar la producción de la prueba y suejecución: EL ORDEN DE PRESENTACIÓN DE LOSTESTIGOS y EL ORDEN DEL TESTIMONIO.
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Lo primero que debe hacer el litigante esestructurar, construir la teoría del caso, esa es labase principal y alrededor de la cual deberá girartodo lo demás; una vez estructurada la teoría delcaso podemos analizar si el testigo es útil o no
para comprobar esa teoría y así llevarlo o no al juicio, es decir, que el litigante debeSELECCIONAR A LOS TESTIGOS para sabercual o cuales le sirven o no; en la selección de
los testigos podemos apuntar las siguientesrecomendaciones:
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Primera: Debemos seleccionar al testigo
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Primera: Debemos seleccionar al testigoteniendo en cuenta sus fortalezas y sus
debilidades.
Segunda: Debe analizarse si la versión de un
testigo es coherente con las versiones de losotros testigos de manera que el conjunto deversiones justifiquen la teoría del caso.
Tercera: Hay que controlar si el testigo escreíble.
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Cuarta: No sobrecargar la prueba testimonial.
Quinta: Utilice solamente los testigos
necesarios, es decir, los de calidad, los fuertes;no utilice testigos débiles, pues si lo haceestará dando oportunidad a la contraparte para
atacar su teoría del caso.
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Sexta: Si sólo tiene prueba débil ,procure buscar una salida alterna o el
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pprocedimiento abreviado; la prueba débil
indica carencia de una buena teoría delcaso.
Séptima: Hay que practicar elinterrogatorio con el testigo, como si seestuviera ya en el juicio.
Octava: Hay que ilustrar al testigorespecto de cómo es la audiencia en laque va a participar y lo que va a
enfrentar
Para poder seleccionar al testigo y prepararlo esnecesario acercarse a él es decir
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necesario acercarse a él, es decir,ENTREVISTARLO para saber que sabe y
conocerlo; para esa entrevista se recomiendatener presentes los siguientes datos:
1.- La entrevista a un testigo debe realizarse en unlugar razonablemente cómodo y amigable para eltestigo.
2.- El entrevistador debe presentarse al testigocon naturalidad, no hosco ni muy amable, yexplicarle cual es el trabajo del entrevistador en elasunto.
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3.- El entrevistador debe explicarle al testigo la formaen como funciona el sistema penal, la etapa procesal
l t d h bli i
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en la que se encuentran, sus derechos y obligaciones.
4.- El entrevistador debe hacerle al testigo preguntasdirectas y sencillas en relación a la información que eltestigo posee, sin forzar conclusiones o terminarfrases, de manera que se pueda determinar
fidedignamente lo que el testigo verdaderamente sabey la forma en que lo expresa.
5.- El entrevistador NO DEBE colocar ideas o frasesarmadas en boca del testigo, pues esto esreprochable éticamente y puede hacer pensar alentrevistado que el interés del entrevistador no eslegítimo.
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6.- El abogado puede empezar laentrevista con preguntas relativas a la
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entrevista con preguntas relativas a lavida personal y profesional del testigo,
así, al mismo tiempo que obtieneinformación para después legitimarloobtiene su confianza, de tal manera que
lo motive a que también le cuenteaspectos de su vida que puedan afectarsu credibilidad, debilidades que deban
anticiparse al contrainterrogatorio y queel entrevistador debe saber: relacionescon la víctima, con el acusado, conotros testigos etc.,
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7.- Después de conocer datos
personales del testigo, debe empezar aentrevistársele en relación con loshechos, aquí es donde debe recabarse
la mayor cantidad de información sobrelo que el testigo sabe del caso y el nivelde certeza de la información (lo vio, looyó, se lo contaron, quien, cómo,porque etc.,
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8.- Hay que reunirse con los testigos
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cuando menos dos ocasiones o más, si
se puede, con el objeto de ver si nos esútil o no, y, en su caso, estarlerefrescando en la memoria los hechosconocidos por él; es necesario tambiénreunir a todos los testigos y confrontarversiones y aclarar determinadosaspectos y para estarlos informando de
cómo va el asunto, de manera que semantenga su interés en suparticipación.
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HERRAMIENTAS: Las herramientas conque cuenta un litigante para obtener
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que cue ta u t ga te pa a obte einformación son las preguntas.
Tipos de preguntas que pueden utilizarseen el examen directo.
1.- Preguntas para completar detalles: Sonaquellas que se refieren a detalles quepermiten apuntalar la credibilidad del testigo,por ejemplo: Si el testigo afirma que loshechos ocurrieron a las once de la noche la
pregunta para completar detalles debe ser: ¿porque lo sabe ?; si el testigo afirma que elacusado no salió de su casa esa noche, lapregunta para completar detalles es ¿ cómo
lo sabe ? 122
2.- Preguntas de transición: Son
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2. Preguntas de transición: Sonaquellas que por medio de las cuales
establecemos el momento en quetermina un hecho y comienza otro, porejemplo: Señor testigo, pasemos ahora
al día de los hechos, el 23 de julio del2007, ¿ qué pasó ?; Señor testigo,precisemos lo que sucedió cuando llegó
el policía, ¿ qué hizo usted ?.
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3.-Preguntas de cierre: Son aquellas
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g qcon las que terminamos el interrogatorio
por haber conseguido el objetivo, debenser impactantes y referirse al temaprincipal que aporta el testigo a la teoría
del caso, ejemplo: Señor testigo, ¿ laofendida le dijo que creía que quien lahabía violado era uno de los sujetosque estaban en el bar ?, respuesta sí; pregunta de cierre: ¿pero no se loaseguró ? No.
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5 Preg ntas cerradas Tienden a
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5.-Preguntas cerradas: Tienden aobtener una respuesta especifica, sinsugerir esa respuesta y también sonmuy útiles en el examen directo,ejemplo: ¿ de que color era el pantalón
del acusado ?, ¿ cuantas personashabía en el lugar de los hechos ?, ¿cual es el nombre de su pareja ?.
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En el examen directo lo recomendable es combinar
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En el examen directo lo recomendable es combinartodo este tipo de preguntas de manera que se vaya
extrayendo del testigo, en forma coherente, lógica,completa creíble y clara, la historia que queremos,por ejemplo: Señor testigo, usted ¿ en que trabaja ?(cerrada) trabajo como policía; ¿En que dependenciatrabaja?, (cerrada) en Orden y Seguridad, ¿Cuál es su
horario de trabajo? (cerrada) veinticuatro horas detrabajo por veinticuatro de descanso; Señor policía,ubiquémonos en el día 23 de julio del 2009 (transición),¿ trabajó usted ese día ? (cerrada), si, ¿ en donde
estuvo usted trabajando ? (cerrada), estuvecomisionado en el parque Caballero, ¿ se percató ustedde alguna novedad durante ese día ? (cerrada), sí,
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Preguntas Sugestivas:
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g g
Art. 390. CPP. INTERROGATORIO.
Ej: ¿Sintió olor a gas cuando a la casa?
¿Tenía el acusado un cuchillo en la mano?
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PREGUNTAS SUGESTIVAS
P. Al llegar al semáforo, ustedse detuvo, ¿no es así?
P. ¿Usted llamó a la policía unavez que ingresó a su casa?
PREGUNTAS NO SUGESTIVAS
P. ¿Qué hizo al llegar alsemáforo?
¿Qué hizo usted cuandoingresó a su casa?
El examen directo como combinaciónde preguntas
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de preguntas
P:Señor Corrales, déjeme ahora centrar suatención en el día en que ocurrieron loshechos (transición) ¿Qué sucedió esamañana? (pregunta abierta)
R:Bueno, yo me había levantado muytemprano porque había decidido ir a ver ami amiga Marta… lo que pasa es que ella
se acaba de separar y estaba muydeprimida,
…///…
…///… por eso yo le dije que yo me ofrecíapara ir a hacerle compañía porque yo
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para ir a hacerle compañía, porque yosoy así, siempre al lado de mis amigas,
porque yo también me separé hacepoco… bueno, entonces llegué a la casade Marta y de inmediato como queempecé a sentir que algo estaba mal,porque cuando abrí la puerta del jardínsalió corriendo un gato negro, y a mi unavez una persona que entiende de estas
cosas me dijo que los gatos negros queaparecían repentinamente predecíandesgracias…
Así que cuando entré vi a Marta tirada en el
suelo
y al señor Gutierrez ( el acusado) que
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suelo y al señor Gutierrez ( el acusado) que
estaba sentado a su lado, llorando…
P:Permítame interrumpirlo aquí un momento,¿notó alguna vez otra cosa particular cuandoentró a la casa (cerrada)
R:Bueno, había un olor terrible. Y entoncesdespués de ver al gato…
P:Señor Corrales, perdone que le interrumpa denuevo… ¿Pudo identificar de que olor setrataba? (cerrada)
R:Había olor como a quemado y como olor a gas.
Apenas se podía respirar ahí adentro.
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p p p
P:Cuando usted dice que sintió olor “como a gas”,
¿quiere decir que tuvo dudas en ese momentode si era efectivamente gas? (sugestiva, peroadmisible según explicaremos en el capítulo V)
R:No, no tuve ninguna duda, era olor a gas. Erainaguantable.
P:Y entonces que pasó? (abierta)
R:bueno, entonces fui a la pieza de Martita, y ahí vi
al acusado, el señor Gutierrez, que estaballorando al lado del cuerpo de ella, que estabatirado en el suelo
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A su vez, el tercer párrafo del citado artículo faculta a
las partes para OBJETAR la formulación de ese tipode preguntas. El litigante sabe que no debe hacerciertas preguntas y que si las hace pueden serobjetadas y esta circunstancia va a crear cierto grado
de desconfianza del Tribunal en ese litigante, poresta razón no deben hacerse y la contraria debeestar atenta para que en el caso de que se haga unade estas preguntas la objete y de proceder laobjeción deje en evidencia al contrario.
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Pregunta capciosa.- Es aquella en la
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g p qque se utiliza el artificio o el engaño
para sacar provecho del testigo,ejemplo: Señor testigo ¿Dónde estabausted cuando el imputado le estaba
pegando al ofendido ?
Pregunta irrelevante o
inconducente.- Es aquella que no tienenada que ver con los hechos, ejemplo:Señor testigo ¿ quien es su dentista?.
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Pregunta Sugestiva.- Es aquella en que sesugiere la respuesta y ESTA PROHIBIDAUNICAMENTE PARA EL EXAMEN
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UNICAMENTE PARA EL EXAMENDIRECTO PERO NO PARA ELCONTRAEXAMEN, ejemplo; Señor testigo ¿el auto en que se dio a la fuga el acusado erade color rojo?.
Pregunta conclusiva.- Es aquella en la cualse pide al testigo que acepte una conclusiónde quien interroga, ejemplo: Señor testigo,
¿la esposa del acusado no permitió que élmanejara el auto para llevarlo a usted a sucasa porque el acusado se encontraba muyborracho?. 137
Pregunta en que se solicita opinión altestigo.- Es aquella en que se le pide
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testigo. Es aquella en que se le pideopinión al testigo respecto de los hechos
del proceso, ejemplo: Señor testigo, en suopinión, ¿ que tipo de problemaseconómicos tiene el acusado ?.
Pregunta confusa, ambigua, vaga,ininteligible.- Es aquella que no se
entiende y confunde, distrae, no precisa elcontenido de la información, ejemplo:Señor testigo, ¿sabe usted el motivo deesta diligencia?.
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Pregunta especulativa.- Es aquella quelleva una hipótesis buscando que el testigola confirme o la niegue ejemplo: Señor
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la confirme o la niegue, ejemplo: Señortestigo, ¿ es posible que el acusado sehubiera salido de la casa cuando usted sequedo dormido?
Pregunta argumentativa.- Es aquella quelleva implícita una inferencia o unadeducción lógica y se busca que el testigo
solo la confirme o la niegue, ejemplo: Señortestigo, ¿ cómo puede usted decir que vioperfectamente al atacante de su vecino yque éste era el acusado, pero no le vio el
lunar que tiene en la nariz?139
Pregunta compuesta.- Es aquella queinvolucra varios hechos, ejemplo: Señor
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testigo, ¿ el día de los hechos, 23 de
julio del 2007, estuvieron ustedes jugando cartas, bailando y tomandolicor toda la noche?.
Preguntas impropias.- Son aquellasque lesionan la dignidad del testigo o de
la contraparte, ejemplo: Señor testigo, ¿usted por ser homosexual acude confrecuencia al bar El conejito?.
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i r S e r v í nPreguntas repetitivas- Es aquella que
se refiere a un hecho que ya ha sidocontestado; para que sea repetida debehacerla la misma parte y en el mismo
estadio procesal; si la hace el quecontraexamina, no es repetitiva,ejemplo: al iniciar el examen directo sele pregunta al testigo donde vive yluego al terminar el examen directo sele vuelve a preguntar donde vive.
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¿Por qué la ley faculta a los litigantes aformular objeciones?.
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Porque las objeciones son el mecanismo jurídico y práctico más adecuado paracontrolar el cumplimiento de las reglas ético-
jurídicas del debate y proteger la teoría delcaso, evitar vicios en la práctica de laspruebas y porque las objeciones son,también, una manifestación del derecho de
contradicción, evitan que entren al debatepruebas ilegales, inconducentes, superfluas,comportamientos indebidos, que afecten losprincipios de buena fe y de lealtad.
142
MECANISMO DE LA OBJECION.
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J o s é W a l d i r S e r v í n Desde antes de iniciar el interrogatorio el
Tribunal deberá hacer saber al testigo que debeesperar un poco para contestar las preguntasque se le hagan y que si escucha la palabra“objeción”, no deberá responder la pregunta
hasta que el Tribunal se lo indique.
El litigante que manifiesta una objeción debefundarla señalando la razón de esa objeción.
En caso de proceder la objeción, se tendrá porno hecha la pregunta; si no procede la objeción,el juez le dirá al testigo que la conteste. 143
TECNICA DE LAS OBJECIONES
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TECNICA DE LAS OBJECIONES.
Credibilidad.-
Ética.-
Atención.-
Oportunidad.-
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Desarrollo
Preguntas de acreditación del testigo.
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g gPreguntas acerca de los hechos. Dieta.No pierda el rumbo.Lenguaje común.Directo al punto.
Escuchar al Testigo. Adelantar debilidades y explicarlas.No lea su examen directo.
Uso de apoyo gráfico.No pregunte lo que no sepa que le van a
contestar.
No haga la pregunta de más
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N° 1
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Sr. García, voy a preguntarle sobre elconocimiento que tiene el acusado.
Ahora, nos centraremos en lo que ocurrióen la madrugada del día....
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N° 3
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Qué le ocurrió el día ...?
Qué sucedió después de salir deltrabajo ?
Y entonces... ?
N° 4
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Cómo reaccionó cuando ingresó elasaltante?
Porqué le llamó la atención el autonegro ?
Notó algún olor extraño al ingresar asu casa ?
Palabras claves
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Quién- Cuándo- Porqué- Qué- Dónde-Cómo- Describa- Explique- Díganos
No leer las preguntas del examendirecto.
Apoyarse en elementos gráficos.
PREGUNTAS:ENCAMINARLAS CONFORME A LA TEORIA DEL CASO
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EXAMEN DIRECTO
OBJETIVOS-FUNCIONES:• Acreditar al testigo y su
testimonio• Extraer información.• Exhibición y conexión, previa
descripción de las evidenciasque servirán para apoyarnuestras proposiciones fácticasdel caso (Reconocimiento deObjeto). Manejo – conexión-exhibición y reconocimiento(prueba documental).
• Apoyo gráfico.
OBJECIONES(Art. 390 C.P.P. 3° Párrafo)
CON EL EXAMEN Y CONTRAEXAMEN SE CONSTRUYE EL ALEGATOFINAL. – QUE OCURRIÓ REALMENTE-.
SIENTA LAS BASES PARA CONSTRUIR LA HISTORIA (HECHOS)Y PARA ARGUMENTAR EL DERECHO (TEORIAS JURIDICAS)
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CONTRAEXAMEN
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La primera pregunta es la que debe
formularse a sí mismo el Abogado:
¿Vale la pena que me arriesgue a
pisar la arena movediza del
contraexamen?.
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Territorio enemigo.
Contraexamen: debido proceso y
contradictoriedad.
Contraexamen y alegato final.
Yo me encargo de destruir al tonto.
REGLAS
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1.- Evitar la repetición del examen directo
2.- No formule una pregunta de más
3.- No pregunte porque
4.- Nunca formule una pregunta cuyarespuesta no conoce
Preguntas a hacerse antes deiniciar un contraexamen:
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1) ¿El testigo ha afectado al caso?.No todos los testigos producen un granimpacto en el juicio.
2) ¿Es un testigo importante?.
3) ¿Fue su testimonio creíble?.
4) ¿Ha aportado menos de lo que se
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) ¿ p qesperaba en el examen directo?.
¿Ha omitido una parte importante de sutestimonio?.Si lo ha hecho, el contraexamen podría darle tiempo
al testigo o a su abogado de darse cuenta del errorque cometió y de repararlo.
5) ¿Cuáles son tus verdaderas
expectativas del contraexamen?.6) ¿Qué riesgos tomarías?.
Para qué?
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Obtener de los testigos de la contraparte untestimonio que apoye, al menos parcialmente,nuestras propias proposiciones fácticas.
Para obtener elementos que corroboren
dichos de nuestros testigos.Conexión de documentos y objetos.
Para poner en crisis su credibilidad.
Para poner en evidencia alguna inconsistencia(interna, con otros testimonios o con otroselementos).
- Primero: obtener un testimoniofavorable.
S d d dit l t ti
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- Segundo: desacreditar al testigo o a
su testimonio.
- ¿Por qué en este orden?.Porque al finalizar el examen directo, muchostestigos gozan de gran credibilidad.Este es el momento de extraer del testigoinformación favorable. Esa información tendrá menos impactofavorable si uno ataca al testigo previamente.
Preparación de su testigo paraf t é it l t
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enfrentar con éxito el contra-
examen de la parte adversa
Si no se toma el tiempo de preparar asu testigo para ello, todo lo positivo quepudiera resultar el examen directo quele ha formulado se podría venir abajocuando el adversario haga su trabajo
Preparación de su testigo paraf t é it l t
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enfrentar con éxito el contra-
examen de la parte adversa
Debe indicarle a su testigo que escuchecon detenimiento las preguntas que sele formulen y responda estrictamente lo
que se le preguntó y nada más
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Preparación de su testigo paraf t é it l t
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enfrentar con éxito el contra-
examen de la parte adversa
Explíquele, aunque sea en formageneral, las reglas que gobiernan elcontraexamen y el objetivo del mismo
Aclárele que debe evitar mirarle cuandoresponda las preguntas del adversario.
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Forma
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a) Un encabezado narrativo(Usted llegó a las puertas del Almacén
después de que el robo había sido
perpetrado...)a) La pregunta en sí, brevemente
expresada
(¿No es cierto?. ¿Verdad?).
El principio de Contradicción más que unprincipio del proceso acusatorio adversarial
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o s é W a l d i r S e r v í n es un presupuesto de validez del proceso; sin
contradicción no existe proceso, por estarazón es indispensable que en el procesopenal acusatorio adversarial el contraexamen
deba ser desarrollado en toda su dimensión.
La contradicción es el método y la esencia
del proceso acusatorio adversarial, y esacontradicción se manifiesta en elcontraexamen
168
El principio de contradicción es el factor que va aproducir la información de calidad que se
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producir la información de calidad que se
requiere para resolver un caso.
El contraexamen, al haber confrontado altestigo con su propio testimonio, ha puesto aprueba la calidad de la información de esetestigo y le ha hecho saber al Tribunal queestaba equivocado al haber aceptado su versión;
si esto es así, el contraexamen ha cumplido consu objetivo de revelar los defectos de latestimonial de la fiscalía.
169
Contraexaminar es tanto como confrontar , yconfrontar es, según el diccionario, “cotejar una
t ” l t t d t
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cosa con otra”; en el contexto de nuestro
Sistema Procesal Penal, contraexaminar oconfrontar es enfrentar al testigo con sus propiosdichos, de manera tal que ese enfrentamiento setraduzca en un examen de la veracidad de susdichos.
Desde este punto de vista, el contraexamen, por
medio del cual se materializa el principio decontradicción, es un “test” de veracidad de laprueba rendida en el juicio.
170
Contraexamen y alegato de clausura.El contraexamen no es una actividad procesal
desordenada y sin una finalidad determinada a
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desordenada y sin una finalidad determinada, a
través del contraexamen trataré de obtenerargumentos que beneficien a mi teoría del casoy que haré valer en el alegato de clausura.
En esta virtud la actividad del quecontraexamina no debe ser la de “destruir altestigo en el contraexamen”, sino la de ver “que
elementos necesito obtener de este testigo parafortalecer mi teoría del caso y que elementosnecesito obtener para debilitar la teoría del casode la contraria”.
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OBJETIVOS DEL CONTRAEXAMEN. 1.-DESACREDITAR AL TESTIGO.
Atacar su credibilidad como persona, como fuente dei f ió d d t t d i t d t
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información; desde este punto de vista podemos atacar
al testigo por sus influencias y prejuicios, sus intereses ymotivos, sus convicciones o sus antecedentespersonales.
Influencias.- Demostrar que el testigo le debe algunos
favores al imputado; que el imputado es patrón deltestigo.
Intereses.- Demostrar que la testigo es concubina delimputado, o es su madre o su hija.
Motivos.- Demostrar que el testigo odia al imputado ylos motivos de ese odio.
Antecedentes personales.- Demostrar que el testigoha faltado a la verdad antes y no hay razón para creerque ahora no lo haga. 172
Las líneas que se usan comúnmente para atacarla credibilidad del testigo son: el interés y laconducta previa
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conducta previa.
Tanto el interés como la conducta previa y losdemás factores que pueden ser causas deataque a la credibilidad del testigo, debendemostrarse en concreto, no en abstracto.Investigarlo.
Hay que darle al Tribunal razones reales que lepermitan estimar que el testigo, como fuente deinformación, no es confiable.
173
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2.-DESACREDITAR EL TESTIMONIO.-En este caso ya no se ataca al testigo porsu persona, sino por lo que dijo, es decir,se ataca su dicho, su testimonio; el testigo
puede ser una persona de buena fe, queno está mintiendo, pero está en un error.
174
Factores relevantes para desacreditar el
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ptestimonio.- Son cuatro: la percepción, la memoria,la narración y el interés.
a).- La percepción.- Se refiere a las condicionessubjetivas en que el testigo se encuentra frente adeterminados sucesos: estado afectivo (estabatemeroso, con pánico), disposición mental (queestaba drogado o borracho), sorpresa (se sorprendiógrandemente al ver el hecho), es miope o sordo (no
puede percibir bien), y a las condiciones objetivaso externas en que se presenta el objeto depercepción, luz, distancia, tiempo, movilidad, ruidoambiental, semejanza en el objeto etc.
175
b).- Memoria.- Comprende la conservación de lasimpresiones sensibles, la reproducción de losrecuerdos, su evocación y ubicación en el tiempo;d b á d t l t ti it
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o s é W a l d i r S e r v í n deberá demostrarse que el testigo o perito no
recuerda bien los hechos, no los ubica.
c).- La comunicación.- La forma como el testigoexpresa su testimonio, ¿el lenguaje utilizado por el
testigo es el adecuado para comunicar lo quepercibió?; en este caso intervienen doscircunstancias: la capacidad de expresar con mayoro menor claridad las percepciones reales recibidas,y la voluntad de reproducirlas fielmente.
d).- Interés.- deberá demostrarse que el testigotiene ese interés en declarar falsamente.
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3.- ACREDITAR NUESTRAS PROPIASPROPOSICIONES FÁCTICAS.-
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4.- ACREDITAR PRUEBA MATERIAL PROPIA
También podemos obtener del testimonio deltestigo que se contraexamina, afirmaciones quenos permitan ingresar evidencia útil a nuestrateoría del caso, ya sea material o de otro testigo.
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5 OBTENER INCONSISTENCIAS CON
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o s é W a l d i r S e r v í n 5.- OBTENER INCONSISTENCIAS CON
OTRAS PRUEBAS DE LA CONTRAPARTE.- Este objetivo consiste en contraexaminar de talmanera que se evidencien inconsistencias enlas declaraciones de los testigos de la contraria;que los testimonios de nuestros testigos seaninconsistentes comparados con los testimoniosde la contraria, es comprensible; pero que las
declaraciones de los testigos de la contrariaresulten inconsistentes entre sí, implica uncoste de credibilidad muy fuerte.
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DOS TÉCNICAS BÁSICAS.El contraexamen se debe formular para obtenerpuntos favorables para nuestra teoría del caso y
ó
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n esto se logra sólo si tenemos el control del
testigo.
En el contraexamen no buscamos el ingreso de todala información al juicio, sino sólo de aquella parte dela información que es útil a nuestra teoría del caso.Para lograr este objetivo y tener el control del testigodebemos respetar y utilizar, necesaria yescrupulosamente, dos técnicas básicas: 1.- Usar
sólo preguntas sugestivas; y 2.- Hacer unapregunta por un hecho.
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1.- USAR SOLO PREGUNTAS SUGESTIVAS.
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n¿Qué es una pregunta sugestiva?.- Aquella quesugiere la respuesta deseada; ejemplo; ¿ la ofendidale dijo que creía que quien la había violado era unode los sujetos que estaban en el bar “La Tranca”?
Respuesta.- Si; pregunta: ¿ Pero no se lo aseguró?.-Respuesta.- No. Como se ve, en estas preguntassugestivas estamos sugiriendo las respuestas quequeremos: un Si, primero, y un No, después
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¿Por qué se permiten preguntas sugestivas en elcontraexamen?.- Porque el testigo es hostil allitigante, no es su testigo, es un testigo enemigo y poreso estará dispuesto a negar los hechos tal cual
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np g
sucedieron y esto se evita con el uso de preguntas
sugestivas; por otro lado, sin el uso de preguntassugestivas en el contraexamen sería imposible que eltestigo hostil fuera enfrentado a otra versión de loshechos.
Recordemos esto: en un examen directo el quedeclara es el testigo, el litigante que hace laspreguntas sólo lo va llevando de la mano en el relatocronológicamente; en el contraexamen el que declaraes el litigante, el testigo sólo se limita a afirmar o negar
lo que le pregunta el litigante; en el examen directo laestrella es el testigo; en el contraexamen la estrellaes el litigante.
181
Razones técnicas que justifican el uso depreguntas
sugestivas en el contraexamen.
19
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n
a).- Si se hacen preguntas sugestivas con unsolo hecho por pregunta, el testigo contestarácon un sí o un no y estará en completo control
de quien lo contraexamina; si se hacenpreguntas abiertas pudiera funcionar en una, doso tres preguntas, pero en la cuarta la respuestapuede perjudicar a nuestra teoría del caso y el
testigo se saldrá de nuestro control; pueden servarias preguntas y varias respuestas, pero cadapregunta deberá referirse a un solo hecho, no avarios hechos. 182
Razones técnicas que justifican el uso depreguntas sugestivas en el
contraexamen
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ncontraexamen.
b).- En el contraexamen el actor principal,la estrella NO ES el testigo, sino el
abogado, quien ingresa la información al juicio y el testigo sólo se limitará acontestar sí o no, lo que le permitirá alTribunal escuchar la pregunta y apuntar elconcepto de la pregunta y anotar larespuesta del testigo, lo que no sucederási hacemos preguntas abiertas.
183
Razones técnicas que justifican el uso depreguntas sugestivas en el
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npreguntas sugestivas en el
contraexamen.
c).- El contraexamen es un desafío
intelectual entre quien contraexamina y eltestigo, una batalla cuerpo a cuerpo, enque sólo por medio de preguntassugestivas se domina al testigo y seimpide que este escape, lo que nosucederá si se hacen preguntas abiertas.
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¿ Cuales son las mejores preguntas sugestivasen un contraexamen?
Son aquellas que declaran la resp uesta.
20
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n Evite empezar su pregunta de la manera siguiente:
¿Estaba usted en la calle de 20 de Noviembre la nochedel incidente?
Es mejor preguntar así:
¿ La noche del incidente estaba usted en la calle de 20 denoviembre, no es cierto?. Esta pregunta no inicia con unverbo, lo que la hace mas declarativa.
185
Las preguntas sugestivas hacen que lainformación ingrese al juicio mediante eltrabajo del abogado sin explicaciones ni
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o s é W a l d i r S e r v í
n trabajo del abogado, sin explicaciones ni
controversia con el testigo, lo que setraduce en un absoluto control sobre eltestigo y sobre la información que se está
ingresando; no debemos ni pedir ni darexplicaciones al testigo y menospelearnos con él, sólo hacer la pregunta y
pedirle que la conteste.
186
OJO: en el contraexamen NO DEBENHACERSE PREGUNTAS QUE
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HACERSE PREGUNTAS QUE
COMIENCEN CON : quién, qué, cuándo,dónde, cómo, por qué, díganos, explique,etc., porque corremos el riesgo de que el
testigo empiece a explayarse y luego yano lo vamos a poder parar, va a salir denuestro control; estas frases se usan en elexamen directo y corresponden apreguntas abiertas, pero no en elcontraexamen en el que deben sercerradas y sugestivas. 187
2.- PREGUNTAR UN SOLO HECHO POR PREGUNTA.
Esta técnica tiene un objetivo específico: el
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control del testigo. Además, con esta técnicase evitan objeciones pues las preguntas al tenercomo contenido un sólo hecho resultan serclaras y precisas y los contraexámenes son
rápidos, claros y específicos.
Un hecho por pregunta, y siendo la preguntacorta, evita que el contraexaminado puedanegar un hecho, pues sus afirmacionesanteriores convierten en poco creíble larespuesta en que niega un hecho que se
d d d t t i188
Los ámbitos o áreas, materia delcontraexamen pueden ser:
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o s é W a l d i r S e r v í na).- Los propios dichos del testigo: Lo que
declaró en el examen directo.
b).- Otras versiones presentadas en el juicio.
El presidente del Tribunal debe vigilar que“ no se ofenda la dignidad del testigo”
189
¿ HAY ALGUNA FORMA PARALIMITAR EL CONTRAEXAMEN?
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d i r S e r v í n Tanto en el examen directo como en elcontraexamen están prohibidas las
preguntas capciosas, impertinentes,
compuestas, que coaccionen al testigo,que ofendan su dignidad, las sugestivasúnicamente para el examen directo,consecuentemente, cuando se formulen
preguntas de esta naturaleza, lacontraparte puede, si quiere, objetarlas yde esta manera limita el contraexamen.
190
¿PUEDE EL TRIBUNAL COARTAR A LASPARTES SU DERECHO ACONTRAEXAMINAR ?
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d i r S e r v í nNo, nunca, porque perdería IMPARCIALIDAD;
en este sistema, acusatorio y adversarial,corresponde a las partes producir la prueba e
introducir información al juicio; a los jueces lescorresponde únicamente recibir esainformación, valorarla y resolver; su papel, encuanto se refiere este aspecto es relativamente
pasivo.
Criterios: extensivo, restrictivo e intermedio.191
Ahora bien, ¿por qué orientar al testigot i d ?
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192
contraexaminado?.Por varias razones:
1- Porque al contraexaminador le interesa
destacar más, en función de los Jueces, elcontenido de lo que exprese el testigo, que laforma en que dé las respuestas.
n
2- Porque al contraexaminador le conviene que elcontraexaminado hable lo menos posible, ya
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193
p y
que cuanto más se extienda en la respuesta,mayor será su comunicación con los Jueces, locual aumenta las posibilidades de la persuación.
3- Porque a través de las preguntas orientadoras,el contraexaminador controla el flujo de
información del testigo contraexaminado.
n
Utilizar declaraciones previas del testigo.
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Utilizar afirmaciones de otros testigosmás creíbles.
Confrontarlo con prueba material.
Ir de pesca (buscar en los temas que
soslayó o se mostró inseguro).
Desordenar el testimonio.
n
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Contraste de testimonioinconsistente con declaración
previa del mismo testigo
nLa práctica tribunalicia
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196
El sistema Adversarial
La Función del Abogado en un Juicio Oral
El Sistema depende de personas
El punto principal es el rol que el abogado juega en el sistema adversarial
196
n
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197
Código Procesal Penal, art. 371“EXCEPCIONES A LA ORAL IDAD ”
“…todo otro elemento de prueba que se
pretenda introducir al juicio por su lectura,no tendrá ningún valor y su inclusión ilegal
producirá la nulidad absoluta de todo el
juicio” .
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n Art. 1º del Código Procesal Penal
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Principios de inmediación y contradicción
Existen usos legítimos que se le pueden dara esas declaraciones en un sistema oral
acusatorio y adversarial
Declaraciones previas no constituyen pruebaen el juicio y la prueba sigue siendo ladeclaración que allí presta el testigo
199
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n
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201
El uso de declaraciones previas paramanifestar inconsistencias tiene un objetivo
sumamente adversarial
201
n Que las contradicciones entre las
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202
Que las contradicciones entre lasdeclaraciones del testigo indiscutiblemente
constituyan inconsistencias y recaigansobre aspectos relevantes
Tres son los desafíos para el abogadolitigante: generar el escenario de
inconsistencia, acreditar la declaraciónprevia y utilizarla efectivamente
202
n
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203
El Abogado litigante no debe discutir con eltestigo ni pedir explicaciones o conclusiones
Construyendo el alegato final
Resaltar ante el Tribunal la falta de
credibilidad del testigo y su testimonio
203
n
MARIO CASILDO fue acusado porHOMICIDIO DOLOSO, resultandovíctima quien en vida fuera ANIBAL
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víctima quien en vida fuera ANIBAL.
En el Juicio Oral y Público uno de los
testigos de la Fiscalía, el Sr. JUANESTEBAN, declara lo siguiente: Quellegó a ver a la víctima ANIBALherida en el tórax e inclusive la
víctima le llegó a decir que fueMARIO CASILDO quien le clavó.-
n
En la fiscalía durante la etapa preparatoria, 5 días después delhomicidio el testigo JUAN ESTEBAN
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homicidio, el testigo JUAN ESTEBANdijo que se estaba bañando y depronto escucho ruidos de un alborotoque provenía de la calle y que al salir
se enteró por versiones de losvecinos que ANIBAL había sidoherido, pero aclaró que él no
presenció el hecho, no vio nada de loocurrido, ni a la víctima.
n
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J
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Ante la contradicción corresponde realizarel contraste:
¿Como se debe realizar durante elcontraexamen, conforme a las técnicas de
litigación penal oral?
n
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En primer término: A) Pedir al testigo que fije cual es su
actual testimonio ( en el juicio) par que
después no se desdiga o expliqueluego que no fue lo que quiso decir oque se le mal interpretó.
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n
B) Trabajamos sobre las condiciones de
credibilidad de declaración previa, (la
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que brindó en la fiscalía en la etapapreparatoria y que consta en acta)
D: Ud. ha sido interrogado por la fiscalíaluego del hecho?
T: Sí.
n
D: Nos
puede decir cuanto tiempo después
del hecho?
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T: Cinco días después del hecho.
D: Ud. tenía bien fresca la memoria en semomento, no es verdad?
T: Sí porque hacía poco tiempo quesucedió.
n
D: Y
quería colaborar con la investigación.
Cierto?
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T: Si, quería colaborar porque se trataba de
un vecino.
D: Cuando terminó de declarar firmó Ud.
algún acta?
T: Sí, firmé.
n
D: Señores Miembros del Tribunal, existeuna contradicción entre la declaración deltestigo en este juicio y la que realizó en
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g j y q
fiscalía. Solicito por tanto se realice elcontraste (o la contrastación) entre ambasdeclaraciones a los efectos de la
valoración del testimonio, por parte delTribunal en el momento oportuno.
F: Objeción, Sr. Presidente
nTRIBUNAL: Fundamente su objeción.
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F: Me opongo a la lectura del acta de ladeclaración brindada por el testigo en lafiscalía, fundado en el Art. 371
(excepciones a la oralidad) y en especialla última parte del mencionado artículoen Concordancia con el Art. 165 del CPPy 353 num. 12) del mismo cuerpo legalpor improcedente,…
n
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…puesto que la defensa pretende introducirpor su lectura un instrumento de prueba (el acta en fiscalía) que no fue ofrecido
como tal, y que no puede ser introducidapor su lectura como prueba, bajo pena denulidad de todo el juicio.
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n pues es uno de los derechos y garantías
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…pues es uno de los derechos y garantíasde la defensa establecido en el Art. 17num.8) -específicamente el de controlare impugnar pruebas, la lectura se hará
sólo al efecto de valorar al testigo y sutestimonio brindado en ésta audiencia de
juicio oral, hoy.
n
TRIBUNAL: Este Tribunal, basado en elprincipio de contradicción, que rige en elsistema acusatorio, que consiste
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esencialmente en el deber que tiene elTribunal de otorgar a todas las partes laoportunidad de ser escuchada, se
complementa ella con posibilidad decontrolar a las otras partes y a laproducción de las pruebas. …
í n
…La lectura que se hace del acta es al sóloefecto de valorar las manifestacionesrealizadas por el testigo en éste juicio, no
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para introducir al juicio el Acta de ladeclaración ante la fiscalía por su lecturacomo medio de prueba.
Finalmente se procede a la lectura de laparte contradictoria que servirá para queel Tribunal valore al testigo y su
testimonio en el Juicio Oral y Público.
í n
El mensaje para el Tribunal es. Cómo
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j ppodrían creer a un testigo que secontradice en el debate – de testigo deoídas de la etapa preparatoria, se
convirtió en presencial en juicio oral,contradiciendo sustancialmente sudeclaración anterior -
í n
PruebaTestimonioProposición fáctica
de fondo
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Credibilidad No prueba
Declaración previa
í n
Conclusión La oportunidad de usar las mismas palabras
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La oportunidad de usar las mismas palabrasdel testigo para contradecir su testimonio enel juicio puede dar un duro golpe a lacredibilidad del testigo.
La “contrastacion” es un acto hostil
El abogado debe realizarla leyendo al testigo
la declaración inconsistente, debe mantenerel control mientras el testigo simplemente lesigue.
221
í n
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¿Así que usted miente ahora?
¿Ante fiscal usted estaba mintiendo?
Termine el contraste con la lectura de larespuesta inconsistente y deje el resto
para el alegato final
222
í n
En nuestra opinión, ante la producción decontradicciones entre la declaración deltestigo en Juicio y sus declaraciones
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rendidas en sede fiscal, debe permitirse larealización de la “contrastación”
Si no será el testigo y no el Tribunal el que
controle el desarrollo del proceso
Que el Sistema comience a funcionar comose espera de él, después de todo es la
credibilidad de la prueba lo que está en juegoen todo proceso penal
223
í n
Por que si así no se hiciera, se estaráviolentando los principios del debidoproceso penal, como ser el deContradicción, Inviolabi l idad de la
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ó ,Defensa, Igualdad de Oportun idadesProcesales, Libertad Probatoria, laregla de la Sana Crit ica y la
Búsqueda de la Verdad , fin de todoproceso penal. Y ello sí acarrearáindefectiblemente la nulidad del Juicio,de conformidad a lo previsto en los
artículos 165 “PRINCIPIO”, y 166“NULIDADES ABSOLUTAS”, delCódigo Procesal Penal.
224
í nUtilizar afirmaciones de otros testigos
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más creíbles.
Confrontarlo con prueba material.
Ir de pesca (buscar en los temas quesoslayó o se mostró inseguro).
Desordenar el testimonio.
í nP:Sra. Natasha Ud. al haber declarado en este juicio que su marido
había abusado de su hija en varias ocasiones ?R: Así es
Estructura del contraexamen en elexamen directo
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R: Así es.P:¿Y eso la impactó mucho?R: Por supuesto... ¡cómo no me iba a impactar¡P: ¿Encaró a su marido con lo que Ana le había contado?.R: NoP: ¿Le hizo saber de alguna manera que Ud. sabía lo que estaba
ocurriendo?R: No.P: ¿Cuántas veces recuerda que Ana le haya dicho, durante 1992, lo que
su padre le hacía?.R: No sé... Tres... quizás cuatroP: En tres, quizás cuatro oportunidades, su hija de 12 años le dice que
está siendo abusada sexualmente por su padre y ¿Ud. no hizo
nada?.R: No.P: ¿No llamó a la policía?.R: No.
í n
P: ¿No pidió ayuda a nadie?.R: Acababa de llegar de Rusia..., y no hablaba bien el español.P: Hablando de eso, Ud. abrió una cuenta corriente en el
Bancomax hacia fines del año 1991. ¿No es verdad?.R: Sí creo que fue alrededor de esa época
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R: Sí, creo que fue alrededor de esa época.P: Y seguramente no supo bien al principio en qué banco le
convenía abrirla. ¿No es así?R. Bueno, pregunté en varios lugares.P: De manera que fue a varios Bancos antes de decidirse por el
Bancomax. ¿Es eso correcto?R: Sí.P: Y los ejecutivos que la informaron no hablaban ruso ¿no es
así?.R: No, no hablaban ruso.P: Hablaban castellano.R. Sí.P: Igual que el ejecutivo que finalmente tramitó su cuenta en el
BancomaxR: Sí.
í n
P: Y usted hizo todo ese proceso sola ¿No es verdad?R: Bien, a veces me acompañaba mi marido...P: Pedro muchas veces no...R: Así es, muchas veces no.
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P: Muchas veces tuvo que lidiar sola con ejecutivos que le pedíandocumentos y datos sobre su persona.R: Sí.P: Y al parecer se pudo entender con ellos, pues le abrieron la
cuenta.R: Sí, supongo.P: Pero seís meses después, hablando mejor el castellano, no fue
capaz de llamar a la policía, ni a un hospital, ni al centrocomunitario de su municipalidad cuando supuestamente Ana ledijo por primera vez que estaba siendo abusada por su padre.
R: Es que usted tiene que entender...
P: Señora, estoy tratando de entender, así que le ruego queresponda a mi pregunta: ¿contactó a alguna persona para quela ayudara con el hecho de que, según Ana, su padre estabaabusando de ella?.
í n
R: No
P: Pasando a otra cosa, Sra. Natasha, ¿cuántas veces tomaronvacaciones Ud y su marido en 1992 ?
R: No lo sé... Creo que dos veces
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P: ¿Y podría decirle al tribunal dónde fueron y aproximadamente en quéfechas?
R: Bien, déjeme pensar... La primera vez salimos en Junio, alquilamos unauto y fuimos al Norte. La segunda vez en Octubre, viajamos a Buenos Aires.
P: Sra. Natasha, ¿no le escuché además decir en su declaración anterior
que su marido la invitó a un crucero por el Caribe en Mayo?.R: Cierto, fueron tres veces entonces las que salimos.
P: ¿Y me parece haberle oído decir que era...cuál fue la expresión ...su“segunda luna de miel”?.
R: Sí, dije eso.
P: ¿Podría explicarnos a qué se refería?.R: Bueno, hacía tiempo que no podíamos tomarnos vacaciones e iban a
ser las primeras en nuestro nuevo país, además cumplíamos ese mes20 años de casados...
í n
P: ¿Era, pues, una situación romántica?.R: Sí, supongo que podría decirse de ese modo.P: ¿Y cómo estuvieron las relaciones con su esposo en ese viaje?.R: Fantásticas.
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P: Déjeme ver si entiendo lo que me dice...su hija de 12 años leconfiesa que su padre está abusando de ella...y un mesdespués ¿Ud. sale con su abusador a una romántica “segunda luna de miel”?.
R: Yo quería proteger a mi hija...P: Ya veo. Y luego, mientras la situación en su hogar se ponía todo
lo tensa que Ud. nos ha referido, se tomó otras dos vacacionescon su marido
R: Sí.P: Que estaba abusando de su hija...R: Bueno... Sí, quizás no debí hacerlo...
P: Yendo a otra cosa, Ud. nos dijo en su declaración anterior quehabía traído a su madre desde Rusia para que protegiera a
Ana. ¿Es eso correcto?.
í n
R: Sí, así es.P: ¿De qué manera se supone que debía ella protegerla?R: Bueno, la idea era que Ana no estuviera en la casa sóla con su
padre, mientras yo hacía mi turno en el negocio.
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P: La protección consistía, pues, en que su madre estuviera con Ana en la casa cuando Ud. no estuviera.R: Sí.P: Sin embargo, con esfuerzo su madre comenzó también a
trabajar en el negocio ¿no es verdad?.
R: Sí. Nos estaba yendo muy bien y yo sola no podía con todo elnegocioP: Así que le pidió a su madre que le ayudara...R: Sí.P: Que compartiera el turno con usted....
R: Sí.P: Y si madre no pudo estar en dos lugares a la vez... ¿me
equivoco?.
í n
P: Sra. Natasha, ¿nos dice Ud. que estaba preocupada porsu hija Ana mientras estos hechos que nos ha relatadotenían lugar ?
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R: Sí, estaba muy angustiada por lo que le estaba pasando ami hija.
P: Y esta situación se extendió durante un año completo.
R: Sí.
P: Pero durante ese año usted no le contó a nadie acerca delo que supuestamente Ana le había dicho...
R: No.
P: Jamás hizo una denuncia ante la Policía...
R: No.P: Nunca llevó a Ana a un hospital para que la examinaran.?
R. No.
í n
P: Tampoco la llevó a algún otro especialista que la pudieraayudar, un psicólogo, u otra ayuda idónea ?
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R: No, no se me ocurrióP: En cambio ese año se fue al Caribe con su marido apasar su “segunda luna de miel”...
R: Pensé que de ese modo podía protegerla...
P: Y luego de ese largo año sin que usted haya hecho nada,finalmente decidió denunciar a su marido precisamenteen el momento en que este le anunció que la dejaría poruna amante ¿es así como ocurrieron los hecho, Sra.Natasha?.
í n
SugerenciasNo pregunte algo sobre lo que ignore la
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respuesta.
Formule preguntas que no inviten a darexplicaciones.
No pida opiniones.
Si el testimonio no lo afecta, no pregunte.
í n
No reitere el examen directo.
Escuche las respuestas del testigo.
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p g
No discuta con el testigo.
Proyecte confianza.
Sea un buen actor. Si recibe respuestasdesfavorables, disimule, siga adelantecomo si nada hubiera ocurrido.
í n
PREGUNTAS:ENCAMINARLAS CONFORME A LA TEORIA DEL CASO
CONTRAEXAMEN
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OBJECIONES(Art. 390 C.P.P. 3° Párrafo)
FUNCIONES:• Desacreditar al testigo y a su
testimonio• Confrontar con otradeclaración previa(contradicción).
• Extraer información para nuestrateoría.
• Conectar con otras pruebasmateriales
• Confrontar con otro testimonio máscreíble.
• Ir de pesca.
CON EL EXAMEN Y CONTRAEXAMEN SE CONSTRUYE EL ALEGATO FINAL-QUÉ OCURRIÓ REALMENTE-. SIENTA LAS BASES PARA CONSTRUIR LA HISTORIA
(HECHOS) Y PARA ARGUMENTAR EL DERECHO (TEORÍAS JURÍDICAS).
í n
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OBJECIONES
í n
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La posibilidad de objetar preguntas dela contraparte tiene su principal
fundamento en la idea decontradictoriedad.
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í n
OBJETIVOS DE LAS OBJECIONES.
En el sistema acusatorio adversarial, las objeciones tienentres propósitos u objetivos:
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J o s é W a l d i r S e r v 1.- Alertan a los jueces de potenciales errores y facultan al
juez para evitar esos errores excluyendo evidencias opreguntas de los intervinientes que contengancontravenciones a la ley que generen esos errores.
2.- Alertan al litigante haciéndole ver que su proceder no escorrecto y lo facultan a cambiarlo.
3.- Es una herramienta eficiente para limitar a aquella parteque no respeta los límites del proceso y le impide actuar deesa manera, incorrecta.
240
í n
FUNDAMENTO DE LASOBJECIONES.
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J o s é W a l d i r S e r vEl artículo 390 del C.P.P. establece límites
a la facultad de los litigantes paraexaminar y contraexaminar a los testigos y
peritos, prohibiendo la formulación dedeterminado tipo de preguntas.
241
í n
TÉCNICA DE LAS OBJECIONESC R E D I B I L I D A D Y É T I C A.
La formulación de las objeciones tiene íntima
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J o s é W a l d i r S e r v relación con la credibilidad del litigante. Elexceso en la formulación de las objeciones tiene
un costo para el litigante: la falta de credibilidad.
Las objeciones son parte del derecho decontradicción, pero eso no quiere decir quepuedan contravenir los principios de lealtadprocesal y éticos. No pueden ser unaherramienta para distraer o cortar el ritmo de lacontraria.
242
í n
A T E N C I Ó N Y O P O R T U N I D A D
ATENCIÓN.- La concentración en el litigio es una regla
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J o s é W a l d i r S e r v
fundamental. El litigante que actúa en el debate oraldebe estar concentrado en el examen o contraexamende la contraparte, pensar en las objeciones que puedansurgir, anticipar puntos para el contrainterrogatorio y
para su alegato de conclusión, y estar atento al Tribunal.Todo simultáneamente. Esto requiere gran preparacióny atención al debate.
OPORTUNIDAD.- La oportunidad para objetar nace enel momento en que se realiza la pregunta.
243
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í n
Formato informal:
Defensor.- Objeción, señor presidente.
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J o s é W a
l d i r S e r v
Ministerio Público.- Retiro la pregunta.
Este formato indica el grado de controlque se tienen tanto el M. P. como el
defensor, pues manejan la objeción sin laintervención necesaria del Tribunal.
246
í n
Formato formal: Ministerio Público.-
Objeción señor Presidente,
Presidente.- Justifique su objeción.
Ministerio Público.- El defensor ha formulado pregunta
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J o s é W a
l d i r S e r v
sugestiva. Presidente.- Traslado al defensor.
Defensor.- Sr. Presidente, en el contraexamen sepermiten las preguntas sugestivas.
Presidente.- Objeción denegada, que conteste eltestigo.
En este formato, se advierte una forma más minuciosade practicar la objeción, pues el juez solicita a laspartes que justifiquen sus intervenciones; para serabsolutamente formal solo falta que les pida a laspartes que digan cuales son los artículos del C.P.P. enque se apoyan sus peticiones. 247
í n
Formato flexible.
Ministerio Público.- Objeción, sugestiva.
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J o s é W a
l d i r S e r v Presidente.- Traslado al defensor.
Defensor .- Estoy contraexaminando.
Presidente.- Objeción denegada, conteste el testigo lapregunta.
Ni tan escueto como el primero, ni tan prolijo como elsegundo.
248
í n
COMO OBJETAR.
La objeción hay que dirigirla al Tribunal, no a lacontraparte que está examinando o contraexaminando,
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J o s é W a
l d i r S e r v
ni al testigo.
Cuando el que esta examinando o contraexaminando esel que recibe las objeciones a sus preguntas, debemos
guardar silencio y esperar a que el juez decida.
Hay que tener un autocontrol para, en su caso, contestarinmediatamente la objeción o reformular la pregunta sin
perder la secuela del examen directo o contraexamen.
No hay que dejarse intimidar por la objeción.249
í n
RECOMENDACIONES ESTRATÉGICAS.
Las objeciones son cuestiones estratégicas; el uso delas objeciones debe obedecer a una determinada
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J o s é W a
l d i r S e r v
estrategia planteada por las partes, de ahí que debanentenderse, perfectamente bien, las siguientesconsideraciones:
1.- Las objeciones son un mecanismo de ARBITRAJE del juego limpio, que tiende a que el examen directo ycontraexamen se ajusten, en su realización, a lasnormas del C.P.P. que lo regulan.
2.- Son, también, una herramienta estratégica paraDEFENDER nuestra teoría del caso y ATACAR la delcontrario. 250
í n
3.- Por medio de las objeciones DEFENDEMOS ANUESTROS TESTIGOS, de manera que no contestenuna pregunta que trata de incorporar información falsa,tergiversada y de esa manera se deforme su dicho.
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l d i r S e r v 4.- ¿Cuándo debo objetar ?, sólo cuando haya una
pregunta mal formulada que PUEDA PERJUDICAR MITEORÍA DEL CASO, y no cada vez que haya una
pregunta mal formulada.
5.- No es conveniente objetar sólo por preservar “el purismo técnico”; lo que me debe importar al objetar es
que no se lesione mi teoría el caso con la preguntairregular que se hace.
251
í n
6.- Por todas estas razones el litigante debe PESARLAS VENTAJAS Y DESVENTAJAS que pueden
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generarse con la objeción.
Las preguntas que se pueden objetar en uncontraexamen son las mismas que se pueden objetar en
el examen directo, EXCEPTO LAS PREGUNTASSUGESTIVAS.
252
í n
Cuestiones que pueden serobjetadas:
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Preguntas capciosas: preguntas que, por el modoen que son elaboradas, inducen a error al testigo,favoreciendo de esta forma a la Parte que lasformula.
Ej: “Señor testigo, le voy a mostrar las siguientesfotos, ¿podría por favor decirnos cuál es el autoen que dice haber visto a mi cliente? (el abogadomuestra las 3 fotos, ninguna de las cuales es elauto en cuestión).
í n
Preguntas sugestivas: cuando contiene su propia
respuesta.- En relación al examen directo: la Parte estátrayendo al testigo, y lo hace porque ese testigo
f i i f bl l
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va a ofrecer un testimonio favorable a la causade la Parte que lo presenta.Es razonable la prohibición de preguntassugestivas respecto de los testigos y peritos que
presenta la propia parte.- En el contraexamen, para mostrar al Tribunalde qué manera el examen directo no mostró sinouna versión de los hechos descritos por el
testigo, se podrían utilizar las preguntassugestivas.
í n
- Pero, en el examen directo todavía los Juecesdeberían tener cierta permisividad para que losabogados pregunten sugestivamente sobre
cuestiones preliminares.
Ej “ S i lid d l bl
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Ej: “¿Su especialidad son los problemasrespiratorios?”.- En el contraexamen los Jueces deberán estaralertas –y prohibir- que las Partes examinen
sugestivamente incorporando informaciónrespecto de la cual no pretenden incorporarningún otro antecedente en absoluto, sino sololos dichos del abogado.Ej: el Fiscal pregunta: “¿no es verdad que usted
suele testificar a favor del acusado en los juiciosque se siguen en su contra?”.
í n
Preguntas por opiniones o conclusiones: Ej: “¿Cree que Juan cometió el delito del
l á d ?”
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que lo están acusando?”.Preguntas repetitivas: en el contraexamen
el abogado vuelve una y otra vez sobre una
misma porción de información respecto lacual el testigo ya declaró, utilizandopreguntas intercaladas, a la espera de queel testigo responda en alguna de ellas de
manera inconsistente con la respuestadada en las demás ocasiones.
í n
Preguntas que tergiversan la prueba: Ej: Fiscal: ¿Podría explicarnos por qué estabasu huella digital en el arma hallada en el sitio delsuceso?.
D f Obj ió ! N h i ú t d tb h ll d til t
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Defensa: Objeción!. No hay ningún antecedentesobre huellas dactilares en este caso.
Preguntas confusas, ambiguas o vagas:
- No se entiende qué es exactamente lo que elabogado quiere del testigo.- Lo que se pregunta no es claro.- La respuesta requerida puede dirigirse en unsentido muy abierto.
í n
Preguntas compuestas: una pregunta enrealidad contiene más de una
pregunta.Ej: “¿Y usted se fue de vacaciones al
C ib l d l tifi l
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Caribe luego de que le notificaron laquiebra?”.Si es que el testigo no ha declarado sobre
ninguna porción de esta información, elabogado en realidad ha realizado variaspreguntas: “¿fue usted de vacaciones?”;“¿fue al Caribe?”, “¿lo notificaron de laquiebra?”, “¿fue de vacaciones despuésde esa notificación?”.
í n
PREGUNTAS: ENCAMINARLAS CONFORME A LA TEORÍA DEL CASO
EXAMEN DIRECTO CONTRAEXAMEN
• Acreditar al testigo y su
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• Acreditar al testigo y sutestimonio.
• Extraer información.• Exhibición y conexión, previadescripción de las evidencias
que servirán para apoyarnuestras proposicionesfácticas del caso(Reconocimiento de objeto).Manejo- conexión- exhibicióny reconocimiento (prueba
documental).• Apoyo gráfico.
OBJECIONES(Art. 390 C.P.P.
3° Párrafo).
Preguntas delTribunal
NO PUEDENSER
OBJETADAS
“TEST DEVERACIDAD”
• Desacreditar al testigo ya su testimonio.
• Confrontar con otradeclaración previa(contradicción).
• Extraer información paranuestra teoría.
• Conectar con otras pruebas materiales.
• Confrontar con otrotestimonio más creíble.
• Ir de pesca.
CON EL EXAMEN Y CONTRAEXAMEN SE CONSTRUYE EL ALEGATO FINAL-QUÉ OCURRIÓ REALMENTE-. SIENTA LAS BASES PARA CONSTRUIR LA HISTORIA
(HECHOS) Y PARA ARGUMENTAR EL DERECHO (TEORÍAS JURÍDICAS).
í n
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260
Prueba Material
260
í n
La información puede provenir también deotras fuentes probatorias, construidasfundamentalmente por objetos ydocumentos; por “cosas” que se exhiben en
l j i i l
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el juicio oral¿Qué tienen en común todas estas pruebas
como para que merezcan ser agrupadas en
una misma categoría?1- Estas Pruebas, por definición son
producidas sin inmediación.
2- Ninguna de estas pruebas está sujeta acontradictoriedad, al menos en la versióntradicional
261
í n
La producción de prueba material en el juicio, se rige por dos lógicas
1- La lógica de la desconfianza:
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“Nadie tiene por que creer que esto es loque la parte que lo presenta dice que es,
simplemente porque ella lo diga”.Exigencia de que los objetos y
documentos deban en general ser
“acreditados”.Los objetos y documentos deben seringresados por lo general a través detestimonio. 262
í n
Mientras el objeto o documento no seaingresado en la prueba, no puede serutilizado en el debate, ni en la
t ió d l t i l
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argumentación de las partes, ni en elrazonamiento judicial.
Las partes deben acreditar la prueba
material. Muy rara vez la prueba “habla por sí
misma”
Queremos evitar también los defectos decredibilidad que vienen aparejados con lafalta de acreditación.
263
í n
2 L ló i d l S tid C ú
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2- La lógica del Sentido Común:Hay objetos documentos cuya naturalezao autenticidad es tan evidente que sus
exigencias de acreditación disminuyenostensiblemente o desaparecen
264
í n
3- La prueba material en el Código Procesal Penala) Documentos: Textos escritos en lo que consta
información relevante acerca del caso a serleídos y exhibidos en la audiencia, con
indicación de sus orígenesb) Obj t S t t d t ibl l l
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indicación de sus orígenes.b) Objetos: Se trata de cosas tangibles, y la reglaestablece que serán exhibidos para sureconocimiento, por testigos, peritos oimputados.
c) Otros medios: Incluye grabaciones, elementosde prueba audiovisuales, computacionales ysimilares.
Las partes y el Tribunal podrán acordar, por
unanimidad la lectura, exhibición oreproducción parcial de estos medios deprueba
265
í n
4 P b “real” b “demostrativa”
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4- Prueba real y prueba demostrativa :Es prueba real aquella que efectivamenteformó parte de los hechos del caso.
Prueba demostrativa, sin formar parte delos hechos del caso, los ilustran o aclaran
266
í n
5- Acreditación de objetos1º paso: Elijo a un testigo idóneo para
reconocer el objeto o documento
2º paso solicito al testigo q e señale las
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2º paso: solicito al testigo que señale lascaracterísticas del objeto
3º paso: Le exhibo el objeto o documento
al testigo, preguntándole si loreconoce
4º paso: Le pido al testigo razones de su
reconocimiento5º paso: Utilizo en objeto o documento
267
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v
í n
Fiscal: (el fiscal toma el arma que se encuentraen una bolsa de polietileno).Oficial Martínez le voy a exhibir el revólveradmitido como prueba de la fiscalía ¿loreconoce?
Ofi i l Sí ñ l ól t b l
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Oficial: Sí, señor, es el revólver que portaba elsospechoso ese día
Fiscal: ¿ Y cómo sabe que se trata del mismo
revólver?Oficial: Porque una vez que lo encontré puse un
autoadhesivo en el marco del gatillodonde dejé marcadas mis iniciales y un
código que relaciona al arma con esadetención. Que conserva hasta ahora(El testigo ha ofrecido razones para elreconocimiento . 269
v
í n
Fiscal: ¿Ese es procedimiento normal?
Oficial: Si, señor, así no confundimos laspruebas de cada caso.
Fiscal: ¿Qué hizo con el arma?
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Fiscal: ¿Qué hizo con el arma?Oficial: La puse en la bolsa plástica deevidencia y la sellé
Fiscal: ¿Para que hizo eso?Oficial: Bueno, ese también es elprocedimiento normal. De esta
manera protejo la prueba decualquier intervención externa,tanto de la naturaleza como deotras personas. 270
v
í n
Fiscal: (El fiscal utiliza el objeto) Oficial
Martínez ¿podría mostrarle alTribunal dónde exactamentellevaba el revólver el sospechoso?(Si el fiscal hubiera partidocon esa pregunta la defensa
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con esa pregunta la defensahabría podido legítimamente deciralgo así como “señor presidente,
no hay ninguna señal de en este juicio que diga que esa arma fuehallada en poder de mi cliente el díade los hechos…”; o bien, lo que es
lo mismo –más corto y resumido- ladefensa podría simplemente haberdicho:”objeción, falta deacreditación” 271
v
í n
Documentos1- Prueba Real vs. Prueba Demostrativa:
En el caso de los documentos la cuestión
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272
En el caso de los documentos, la cuestiónes más bien si éste aporta o no valorprobatorio agregado, independiente deltestimonio.
Si el documento no es ofrecido por su valorprobatorio independiente, sino por su
utilidad para ilustrar el testimonio, entoncesla prueba sigue siendo el testimonio.
272
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v
í n
Fiscal: Sra. Benítez, le voy a mostrar undocumento, ¿Podría usted decirnosque es?
Testigo: Claro, es el balance general de laempresa correspondiente al año
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empresa, correspondiente al año1999
Fiscal: ¿Y cómo usted sabe eso, Sra.Benítez?
Testigo: Bueno, yo soy la contadora de laempresa, yo misma lo confeccioné
Fiscal: Y esa firma que aparece en laúltima página ¿ es la suya?
Testigo: Si 274
v
í n
Fiscal: Sra. Benítez, por favor examinedetenidamente el documento… ¿Ha variado algo desde que usted loconfeccionó?
Testigo: No está igual
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Testigo: No, está igual.Fiscal: Señora Benítez, ¿podría explicarle
al tribunal qué quiere decir las cifras
destacadas en la columna de“egresos”?
Testigo: Bueno, esos son los pagos
realizados por la empresa al señorReyes durante el año 1999…
275
v
í n
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EXAMEN DIRECTO DE
PERITOS
ev
í n
Los peritos son personas que cuentan conuna experticia especial en un área deconocimiento, derivada de sus estudios oespecialización profesional del
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especialización profesional, deldesempeño de ciertas artes o del ejerciciode un determinado oficio.
La categoría de testigos expertos nocorresponde, en cambio, a una que estéreconocida normativamente en nuestro
Código Procesal Penal
277
erv
í n
Un testigo experto es un testigo que, sinser ofrecido como perito tiene, sinembargo, un conocimiento de cierta
especialización en una determinada
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especialización en una determinadamateria.
1- Oficial ¿Tiene usted alguna idea acercade si el arma ha sido recientementedisparada?
2- Oficial ¿Era consistente el orificio en elcuerpo con el calibre del arma?
278
erv
í n
ACREDITACIÓN DEL PERITOLa naturaleza de la proposición que
deseemos probar va a determinar el tipo de
Experto a seleccionar
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Experto a seleccionar.
Nuestro primer objetivo será transmitir alJuzgador el hecho de que estamos en
presencia de cuestiones que ameritan unconocimiento experto para su adecuadacomprensión y, en segundo término, queestamos frente a un verdadero conocedor de
la materia sobre la cual versa el testimonio.
erv
í n
Las primeras preguntas deben dirigirsea que el testigo demuestre su experticiade modo de legitimar su testimonio.
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280
Si este expertizaje se funda en susconocimientos las preguntas deben
dirigirse hacia hechos como susestudios.
Si se funda en su experiencia, laspreguntas se dirigirán a las actividadesque ha desempeñado.
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erv
í n
Nuestra Teoría del caso se puede perdersi luego en el contraexamen nuestro
experto resulta ser literalmente
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experto resulta ser literalmente“destrozado” por una indebidaacreditación de nuestra Parte.
Se requiere una cuidadosa preparaciónantes del juicio y un conocimiento
acabado de los antecedentes de nuestroexperto.
erv
í n
PRODUCCIÓNLo común será que la potencia del
testimonio de un experto esté centrada
en las materias técnicas sobre lascuales tiene conocimiento especial y
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en las materias técnicas sobre lascuales tiene conocimiento especial yque contribuyen a nuestro caso.
La cuestión esencial será que ellenguaje técnico de la experticia,traducido a un idioma comprensible
para el Tribunal, resulte en lasproposiciones fácticas que sustentannuestra teoría del caso.
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erv
í n
P: Doctor Martínez, usted nos acaba dedecir que le fueron entregadas dosmuestras, una recogida del auto del
acusado y otra de al alfombra de lavíctima
¿qué exámenes practicó?
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acusado y otra de al alfombra de lavíctima… ¿qué exámenes practicó?
R: Bueno, se Practicó el Diocipren 19.
P: ¿EN que consiste esa test?R: Consiste en el análisis químico de las
muestras en que se les aplica sulfatos
nitríticos, de manera de determinar suidentidad biológica.
erv
í n
P: ¿Qué significan que esto de que se le
“apliquen sulfatos nitríticos?R: Bueno, en palabras simples, se trata
de un químico que se vierte en lat d ió
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de un químico que se vierte en lamuestra, que produce una reacciónque permite identificar la composiciónquímica de esos elementos.
P: ¿Y a que se refiere usted doctorcuando dice “idoneidad biológica?
R: Es el término técnico que ocupamos
para decir que dos muestras distintascorresponden a la misma entidad f
física
erv
í n
P: Si entiendo bien doctor, eso quieredecir que si hay idoneidad biológica endos muestras, ¿ellas corresponden a
un mismo cuerpo?
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un mismo cuerpo?
R: Exactamente, eso es lo que quiere
decir la idoneidad biológica.
P: Doctor quisiera que ahora…
erv
í nPor más que el Perito conozca la
materia sobre la cual depone, el
examen debe ser dirigido por el
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examen debe ser dirigido por ellitigante, de modo de seguir laestrategia diseñada previamente. Esto
exige de los abogados el conocimientonecesario para guiar el testimonio.Deberán, por lo tanto, haberse
preparado también ellos en la materiaen cuestión.
erv
í n
Las técnicas básicas que el abogado
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Las técnicas básicas que el abogadodebe manejar para la realización delexamen directo y contraexamen de
Peritos son fundamentalmente lasmismas requeridas para examinartestigos.
erv
í n
El punto principal que hay que tener ala vista cuando uno requiere eltestimonio de un Perito es: la adecuadacomprensión de qué debe aportar éste
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comprensión de qué debe aportar éste,de manera de direccionar su testimonioen una forma en que el Juzgador pueda
entenderlo.
Por más idóneo que sea el Perito, elJuzgador puede tender a interpretar eltestimonio y los datos ahíproporcionados desde la óptica de supropia experiencia.
erv
í n Si bien los avances de la ciencia y la
tecnología han fortalecido este tipo de
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tecnología han fortalecido este tipo depruebas, lo más frecuente es quedichas disciplinas alberguen en su
interior importantes diferencias deopinión, por lo que el experto de unaParte puede ser refutado por el experto
de la otra.
erv
í n
Una etapa crítica es: la acreditación delconocimiento
especial que alegan tener.En ciertas categorías de casos, la prueba
pericial será el elemento central de la
discusión.Ej d i l ió i f
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discusión.Ej: en un caso de violación un informepericial indica que se han encontrado restosde semen del acusado.
Dicho informe es rebatido por el de otroPerito que señala que en virtud del examende ADN dichas muestras no corresponden alacusado.
En estos casos la discusión se centra en laidoneidad y credibilidad de cada uno de losPeritos.
erv
í n
OBJETO
El rol del testimonio experto es la
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El rol del testimonio experto es lainterpretación de una información queexige un conocimiento especializado, con
el objeto de explicar sus significados entérminos comunes y exactos dirigidos agenerar la convicción del Tribunal.
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erv
í n
Fiscal: ¿Nos podría explicar en concretoque significa lo que nos acaba dedecir?
Perito: Bueno, es relativamente simple,esto quiere decir que el semen
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esto quiere decir que el semenencontrado en el fluido vaginal dela víctima corresponde al
acusado debido a que el ADN enambas muestras es idéntico.Fiscal: Doctor, ¿es posible que haya dos
personas distintas con el mismo ADN?
erv
í n
Perito: Es imposible, por lo mismo lepuedo asegurar con un cien porciento de certeza que el semen
contenido en la muestra defl id i l d l í ti
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contenido en la muestra defluidos vaginales de la víctimacorresponde al acusado.
Fiscal: Doctor, ¿podría explicarnos cuálfue el procedimiento que utilizópara llegar a esa conclusión?
Perito: Bueno, en primer lugaranalizamos…
erv
í n
A) SELECCION DEL PERITOEl perito debe estar debidamente
calificado, pero eso solo no es
suficiente. El Perito debe ser un buen
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suficiente. El Perito debe ser un buencomunicador para poder hacer llegar elmensaje al Tribunal sobre su punto de
vista.
Puede preguntar a otros abogados que
tuvieron casos parecidos al suyo y quetuvieron que recurrir a peritos como losque Ud. necesita.
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er v í n
C) ORDEN DEL EXAMENDIRECTO
a) Introducción.
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a) Introducción.¿Quién es el Perito?.¿Qué realizó el Perito?.¿Puedo creer en su opinión?.
b) Educación y experiencia.
c) Opinión.d) Fundamentos de dicha opinión.
er v í n
P: Dr. Alvarez, ¿puede usted indicarnossu nombre
completo?
R: Juan Alvarez González
P: ¿Puede indicarnos su profesión?
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J o s é W a
l d i r S e
300
¿ pR: Soy médico experto en temas de
riñón
P: Dr. Alvarez, ¿podría decirnos en queconsiste su especialidad?
R: Bueno, la nefrología es la especialidad
médica encargada del tratamiento delriñón.
er v í n
P: ¿Cuántos años de estudio habilitanpara ejercer esta especialidad?
R: Bueno, luego de siete años de estudio
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J o s é W a
l d i r S
301
, gde la carrera, uno debe realizar losestudios de especialidad que en mi
caso se extendieron por cinco añosmás. Posteriormente viene el periodode especialización mediante una
práctica de tres años adicionales
e r v í n
P: ¿Dónde realizó sus estudios de
especialidad?
R: En la Universidad Católica y
posteriormente obtuve una beca en laUCLA d L A l C lif i
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J o s é W a
l d i r S
302
pUCLA de Los Angeles, California.
P: ¿Cuál es su actual cargo y lugar de
trabajo?R: Soy jefe de la sección para el
tratamiento de la cirrosis del Hospital
Santa Rita.P: ¿Hace cuanto tiempo?
R: Hace 15 años
e r v í n
P: Ahora quisiera realizarle algunas
preguntas relacionadas con suespecialidad, para lo cual le pidocentrar su atención en la presente
radiografía. ¿Cuál es su opiniónacerca de la situación médica
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J o s é W a
l d i r S
303
g ¿ prepresentada por esta radiografía deriñón? ( la radiografía ya está
ingresada en la prueba)
R: Bueno, la radiografía presenta una
irritación crónica, propia de aquellasderivadas del consumo abusivo yprolongado de alcohol, típica en lospacientes con cirrosis.
S e r v í n
P: Dr. Alvarez, según su mejorexperiencia profesional, ¿quésoluciones médicas con idóneas para
tratar la cirrosis?
R El t t i t di i l
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304
R: El tratamiento ordinario es alabstinencia de por vida y la
medicación y, en casos extremos, laextirpación del órgano tratado.
P: Dr. Alvarez, si la radiografía que aquí
se presenta fuera de un pacientesuyo, ¿cuál opción aplicaría?
S e r v í n
R: Si bien es difícil decir, creo que por elnivel de avance del daño que seobserva en la superficie izquierda del
órgano y la falta de compromiso dell d d h i li í t
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J o s é W a
l d i r S
305
g y plado derecho, me inclinaría a recetarun tratamiento de drogas y abstención.
P: ¿No prescribiría la extirpación?
R: No, me parece perfectamente posibleevitarlo todavía.
S e r v í n
CARACTERISTICAS DEL EXAMENPERICIAL
A) Exactitud: Responder a todas laspreguntas que acrediten nuestra teoría
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l d i r S
306
p g qdel caso
B) Concreción: Hacer que el perito sustentesolo los hechos científicos que nos sirven.
C) Detalles: Un buen grado de destalle en laexposición de la pericia beneficiaránuestra teoría del caso.
306
S e r v í n
DESARROLLO DEL EXAMEN PERICIAL
A)La Acreditación del Perito:
1. ¿Para que acreditar al perito?Para hacerle sentir confianza
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l d i r S
307
¿ q pPara hacerle sentir confianza.Demuestra al juzgador y a la
contraparte que se está en presenciade una persona preparada, capaz ysólida.
307
S e r v í n
2. ¿Qué le preguntamos al perito paradit l ?
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l d i r S
308
acreditarlo?
El abogado debe saber las respuestas a
cada pregunta que le va a hacer a superito.
308
S e r v í n
Preguntas acreditadoras:
Peritos Titulados:
- Ocupación laboral.
- Estudios.
- Distinciones académicas.
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309
- Actividades académicas.
- Publicaciones científicas o investigativas
personales o de otros autoresrespetables en que se sostiene loexpresado en la pericia.
- Cuantas Veces ha realizado esta clas de pericias?
- Que ha concluido en esas pericias?309
S e r v í n
Peritos Empíricos:
- Ocupación laboral.
- Durante cuanto tiempo trabaja en esa
Institución.- Anteriores trabajos en otras
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J o s é W a l d i r S
310
- Anteriores trabajos en otrasinstituciones.
- Cuantas veces ha practicado estaclase de pericias.
- Que ha concluido en esas pericias.
310
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S e r v í n
El contraexamen a los testigos expertos sedirige principalmente a desacreditar su
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312
g p pexperticia, o la idoneidad de su testimonio.Para ello el litigante se ve obligado a
interiorizarse de los conocimientos delexperto, de manera de poder direccionaradecuadamente el contraexamen.
S e r v í n
Las vías de ataque del testimonio experto sonbásicamente las siguientes:
Limitaciones del conocimiento experto que él
representa.Poner de manifiesto cuestionamientos
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J o s é W a l d i r S
313
Poner de manifiesto cuestionamientosteóricos acerca de afirmaciones realizadaspor el experto.
Destacar el carácter hipotético de sutestimonio basado en preguntas hipotéticas.
Cuestionar la capacidad técnica del experto ysu falta de rigurosidad científica.
Los honorarios que recibe por su testimonio.Posibles contradicciones entre su testimonio
y su informe escrito.
S e r v í n
PREPARACIÓNUsar al propio experto para entender y
atacar el probable testimonio del peritoque uno debe contraexaminar.
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314
qLeer la literatura sobre la materia, para
familiarizarse con la misma.Obtener una copia de lo que el Perito a
ser contraexaminado haya publicado. Averiguar donde el Perito ha testificado
previamente como experto y obteneruna copia de su testimonio si esposible.
S e r v í n
Revisar el curriculum del Perito pararesaltar cualquier flaqueza en su
educación y experiencia. Determinar siel verdadero área de experiencia del
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J o s é W a l d i r S
315
el verdadero área de experiencia delPerito es otro que el específicoinvolucrado en este caso.
S e r v í n
¿Debería realizar un contraexamen?.No todo Perito necesita ser contraexaminado. Si uno no tiene algún punto queresaltar o si el propio Perito ha sido más
persuasivo, se debe considerar no realizarel contraexamen.
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316
¿Cómo se debe organizar el
contraexamen?Un efectivo contraexamen tiene unaestructura que empieza fuerte, terminafuerte y lo mantiene simple. Mantener elcontrol sobre el Perito haciendo preguntassimples y deteniéndose cuando el punto hasido alcanzado.
S e r v í n
¿Qué contraexámenes quedesacrediten o destruyan el testimonio
uno puede realizar?.
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317
¿Son vulnerables la percepción o
memoria del Perito?.¿El Perito tiene algún interés en elresultado del juicio?
¿El Perito ha demostrado tener algúntipo de prejuicio?.
S e r v í n
Técnicas específicas decontraexamenUna buena preparación para cualquier
contraexamen implica preguntarse a unomismo: ¿Qué diría sobre este Perito en
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318
mismo: ¿Qué diría sobre este Perito enmis alegatos finales?.
a) Cualificaciones: educación yexperiencia.
b) Parcialidad e interés: si el testimonio delperito es a favor de una Parte y en contra
de la otra.
S e r v í n
Líneas clásicas de contraexamen Interés
El perito no es el experto que dice ser: Falta
de profesionalismo y rigurosidad. Declarasobre materias que se encuentran fuera de su
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319
sobre materias que se encuentran fuera de suexperticia.
El perito no puede afirmar con certeza lo quedice: No es posible afirmar con completacerteza una conclusión.
Este perito no está siendo fiel a su propiaciencia: No utiliza los procedimientosacreditados e idóneos.
S e r v í n
CONTRAEXAMEN PERICIAL
El buen abogado litigante no busca en sucontraexamen que el perito termine susustentación afirmando una teoría
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320
totalmente contraria a la expresada en superitaje escrito, dándole la razón en todo lo
que le preguntare.
320
S e r v í n
DESARROLLO DEL CONTRAEXAMENPERICIAL
La desacreditación del Perito.¿Para que desacreditar al perito?
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321
Si el perito no es un profesional confiable ycreíble, tampoco lo será su pericia.
¿ Qué le preguntamos al perito paradesacreditarlo?
El abogado contraexaminador no se puede
dar el lujo de salir a pescar con el peritocontrario.
321
S e r v í n
Preguntas desacreditadoras: dependeráde la clase de
peritos.
Peritos Titulados
- Antecedentes penales.- Ocupación laboral.
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322
p
- Estudios (notas en el área de la pericia
realizada)- Actividades académicas.- Expulsiones de Cátedras.
…///…
322
S e r v í n
…///…
- Publicaciones científicas e investigacionespersonales discordantes con lo que hasostenido en la
pericia.
- Publicaciones científicas e investigaciones
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J o s é W a l d i r S
323
respetables discordantes con lo que hasostenida en la pericia.
- Cuantas veces ha practicado ese tipo depericias?
- Que ha concluido en esas pericias?
323
S e r v í n
DESARROLLO DEL CONTRAEXAMENPERICIAL
¿Cuándo debe el abogado analizar ladesacreditación del perito?
Es durante el alegato final que se analizacada uno de los errores en que se hizo caer al
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324
cada uno de los errores en que se hizo caer alperito durante el contraexamen.
¿Son los honorarios cobrados una fuente dedescrédito para el perito?
El Perito deberá recordarle al abogadocontraexaminador que él cobra por su tiempo,
sus conocimientos y su experiencia, no por sutestimonio.
324
S e r v í n
LOS HECHOS U OBJETOS DE LAPERICIA.
- Resaltar contradicciones entre su periciaescrita y su sustentación oral.
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325
- Exponer la falta de capacidad técnica delperito, de rigurosidad científica de supericia y de que a lo único que ha llegadoes a conclusiones hipotéticas.
325
S e r v í n
RECOMENDACIONES PARA PERITOS.
No se escuden en su currículum vitae.
En caso de que el contraexaminador inicieun ataque sin cuartel contra ustedes, no
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326
q ,contraataquen. Que los ataques no loafecten.
No consideren al perito de la contraparte
como u corrupto o ignorante.
Escuche con atención a toda pregunta. 326
S e r v í n
Hagan un equipo con el abogado que lospropuso.
Espere unos cuantos segundos antes deresponder cada pregunta.
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327
No responda preguntas capciosas eimpertinentes.
No adivine, si no sabe la respuesta dígalocon firmeza.
327
S e r v í n
.
Si el Abogado que lo contraexaminapregunta con rapidez, dése su tiempo paracontestar y no le siga el ritmo.
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328
Solo responda las preguntas que leformulen y hágalo de manera breve ysucinta.
Utilice apoyo audiovisual.
328
S e r v í n
Si cometió un error durante susustentación, corríjalo antes de terminar sutestimonio o ante la primera oportunidadque le brinde el abogado
contraexaminador.
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329
Si el Perito conoce que en su pasado
existe material que lo pudiera descreditar,deberá comunicárselo al abogado que lointrodujo al proceso.
329
S e r v í n
RECOMENDACIONES PARA ABOGADOS.
No lea las preguntas de su examen ocontraexamen pericial.
Conozca bien a los peritos que lleva a laaudiencia del juicio.
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330
audiencia del juicio.
Estudiar técnicas de litigación.
Para poder aplicar con habilidad las técnicas
de litigación es necesario practicar, practicar ypracticar.
330
S e r v í n
En la tarea de los abogados no hay atajos,ni caminos reales para la destreza. Es la
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J o s é W a l d i r
331
pexperiencia lo que causa el éxito.
331
S e r v í n
ALEGATOS
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332
ALEGATOS
S e r v í n
ALEGATOS DE
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333
ALEGATOS DE
APERTURA
S e r v í n
En ellos anunciamos al Tribunal qué eslo que están a punto de ver en el juicio
que se inicia.
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334
Son una actividad fundamental del
litigante en el Juicio Oral puesrepresentan, junto con los alegatos declausura, la oportunidad que tiene elabogado para presentar su teoría delcaso ante el Tribunal que resolverá elasunto.
S e r v í n
Por medio del alegato inicial o de aperturalos Jueces tomarán por primera vez
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335
los Jueces tomarán por primera vezcontacto con los hechos y antecedentes
que fundamentan el caso.
S e r v í n
El alegato de apertura no es:
Un alegato político ni emocional.
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336
Un ejercicio argumentativo.
Una instancia para dar opinionespersonales.
S e r v í n
Elementos para la estructuración delos alegatos de apertura
1) Presentación de hechos y no de
conclusiones: Presentación de los elementos fácticos
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337
Presentación de los elementos fácticosdel caso y su vinculación con las
normas aplicables.
No es el alegato de apertura el
momento para realizar el análisis de unaprueba que aún no se ha rendido.
S e r v í n
Alegato Nº 1Vamos a escuchar en este juicio al señorBustamente, quien nos relatará como el ladrónque entró a robar a su tienda terminóasesinando a su mujer, y oíremos de élademás que pudo ver la cara de dicha
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además que pudo ver la cara de dichapersona; la fiscalía pretenderá hacernos creer
que en este caso hay un reconocimientopositivo por parte del señor Bustamente de mirepresentado como el hombre que dio muertea su mujer; sin embargo, les pido que reserven
su juicio de credibilidad para más adelante,porque ya veremos que tipo de reconocimientofue ese, y que tanto nos podemos fiar de él…
S e r v í n
Alegato Nº 2Vamos a escuchar al señor Bustamantereconocer a mi cliente como el hombre que
dio muerte a su esposa, sin embargo, elseñor Carrasco sólo tuvo algunos instantesl t d i t d
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J o s é W a l d i r
339
para ver el rostro de mi representado,mientras ambos estaban envueltos en un
tiroteo tratando de matarse, y por cierto, elseñor Bustamante cubriéndose tras elmostrador, más preocupado de esquivar lasbalas que de fijar en su memoria los rasgosde quien le estaba disparando… ¿es creíbleque ahora pretenda reconocerlo más allá detoda duda?
S e r v í n
2) La extensión del alegato:Que no exceda de un tiemporazonable.
3) La importancia del primer momento:
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J o s é W a l d i r
340
3) La importancia del primer momento:
Porque en él existe la mayor
atención del Tribunal y, por ende, lamejor posibilidad de influenciar laapreciación que los Jueces tendrán
del caso.
S e r v í n
4) Nada de opiniones personales:La introducción de cualquier opinióndel abogado le quita credibilidad yfuerza a la argumentación.
No utilizar frases tales como: “Creo”, “Pi ”
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341
“Pienso”...
5) Cuidado con exagerar la prueba:
Todo aquello que anunciemos en elalegato de apertura y que no podamos
cumplir en la presentación de la pruebaderivará en una escasa credibilidad delabogado y de la teoría del caso.
S e r v í n
6) Anticipar las propias debilidades: Plantear nuestra teoría en la formamás transparente posible desde elinicio del juicio, sin ocultar
información que puede ser conocidapor la contraparte y podrá ser usada
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342
p p y pen nuestra contra.
7) Cuidado con los detalles:Es preferible entregar la explicaciónde los detalles a los testigos y nodesarrollarlos en los alegatos deapertura.
S e r v í n 8) La importancia de personalizar
(humanizar) el conflicto:
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343
No discutir sólo en abstracto, sino quedar cuenta que en ese caso se juegancuestiones muy concretas paramuchas personas reales.
S e r v í n
Señores jueces, vamos a oír a Don MartínRamírez, un profesional y padre de cincohijos de entre 3 y 12 años. Don Martínantes del accidente era una personacompletamente saludable, que solíapracticar deportes como el fútbol y el tenis
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344
practicar deportes como el fútbol y el teniscon sus amigos e hijos. Hoy día, producto
del accidente del 7 de agosto de 2008, seencuentra en su pierna izquierdaparalizada por completo, impidiéndolerealizar cualquier actividad deportiva y
teniendo dificultades inclusive paracaminar
r S e r v í nLos jueces no conocen el caso.
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345
La credibilidad se construye a partir delalegato de apertura.
r S e r
v í n
Esquema ilustrativo para estructurar
un alegato de apertura1) Introducción del caso:
- Plantear cuál es o son los temas envueltos en el caso.
P t t t í d l d
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346
- Presentar nuestra teoría del caso de
manera clara.
- Demostrar confianza, seguridad y
asertividad acerca de lo que se está
planteando.
r S e r
v í n
2) Identificación de los principalesintervinientes en el caso:las Partes, los testigos importantes...
3) Escena: Descripción clara del lugar dondeocurrieron los hechos
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J o s é W a l d i r
347
ocurrieron los hechos.Si uno cerrara los ojos y escuchara la
descripción sería capaz de formarseuna imagen en la mente.
4) Instrumentos.
5) Fecha, hora, clima, iluminación.
r S e r
v í n
6) Circunstancias.
7) Tema central de discusión:Remarcar cuál es el punto o temacontrovertido que se intentará probar enel juicio.
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J o s é W a l d i r
348
j
8) ¿Qué ocurrió?.Descripción de los hechos.
9) Bases para la absolución o la condena.
10) Conclusiones y peticiones concretas.
r S e r
v í n
ALEGATO DE CLAUSURA
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ALEGATO DE CLAUSURA
r S e r
v í n
Oportunidad de persuadir al Juez deque nuestras proposiciones fácticas hansido probadas.
La solución del caso depende de la
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pevidencia, y nuestra argumentación
debe conectarse estrechamente conella.
La forma de la argumentación esimportante.
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El alegato final comienza y termina con laprueba efectivamente producida en juicio
Consiste en una reconstrucción del
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relato de cara a la evidencia.
Lo que distingue a este alegato con lapresentación inicial es su carácter
argumentativo.
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Se deben ensamblar todas las piezas delrompecabezas.
Se debe mostrar como la pruebacorrobora “nuestra historia”, nuestra teoríadel caso.
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del caso.
Se le “propone” al Juez una forma derazonar.
Se le deben dar razones para la legalidady justicia de nuestra pretensión, del falloque pretendemos.
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Fiscal: ¿Recuerdan a la señora Maldonadodiciendo que había visto a un hombre
arrojando un revólver entre los matorrales desu casa? ¿La recuerdan además diciendo queese joven vestía una chaqueta de cuero
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ese joven vestía una chaqueta de cuerocompletamente roja? Pues bien, recuerden
ahora el informe del laboratorio señalando queel arma encontrada entre los matorrales de laSra. Maldonado fue aquella con la que se
hicieron los disparos. ¿ Y a quien perteneceesa arma?...///…
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...///…Eso también lo sabemos: está registradanada menos que a nombre de Manuel Cruz,según consta en el respectivo registro que
presentamos en la prueba. Ahora bien, laPolicía detuvo dos horas después del crimen
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pen la puerta de su casa, vistiendo nada menos
que esta chaqueta que tenemos aquí,completamente roja…
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Defensa: Si, la Smith & Wesson encontradaentre los matorrales de la Sra. Maldonado esde mi defendido, de eso no cabe duda; dehecho don Manuel mismo la reconoció en elestrado…, pero eso solo prueba que el armaes suya nada más; no prueba que don Manuel
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es suya, nada más; no prueba que don Manuelhaya cometido el homicidio. Recuerden que
cuando le pregunté, en el examen directo,cómo era posible que hubieran encontrado suarma allí, nos dijo que se la habían robado lasemana anterior y, de hecho, presentamos unacopia de la denuncia respectiva…
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recuerden además que la misma testigo –laSra, Maldonado- fue incapaz de reconocer alseñor Cruz como la persona que vio esanoche; y recuerden además que esta defensaha demostrado también que la Sra. en cuestiónes daltónica tanto por las fichas médicas como
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es daltónica, tanto por las fichas médicas comopor su propia admisión de el contraexamen…
de manera que su testimonio acerca del colorde la chaqueta de la persona que vio arrojandoel arma no nos dice mucho acerca de eso,tratándose de una persona que adolece de unapatología que, específica y concretamente,consiste en confundir los colores…
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Claro y directo: resulta importante darleal juzgador luces respecto de la prueba,ti ió t l
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una petición concreta y las razones porlas cuales se pretende tener derecho adicha petición
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Presentación: Resumen corto y conciso de la prueba.
Organización por cargos o elementos. No
por testigos. Enfrentar y discutir los hechos
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conflictivos. Ofrece la posibilidad de
refutar las proposiciones fácticas de lacontraria.
Plantear la credibilidad o falta decredibilidad de los testigos.
Guarde algo para la réplica.
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Tenga en cuenta que el alegatodebe: Ser lógicamente coherente (los hechos
planteados deben conducir naturalmente alas conclusiones).
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Ser verosímil (considerar concesioneshechas por la contraparte, los hechos nocontrovertidos, el sentido común, laexperiencia y la credibilidad de la evidencia).
Poseer suficiencia jurídica.
Instalar el tema de justicia (valor), pero noolvidar que buscamos persuadir y noconmover.
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v í n Conclusiones.
Valor probatorio
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Valor probatorio.
Refutaciones.
El derecho.
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Concesiones:
El propio imputado ha reconocido que
ese día estuvo en un sitio próximo adonde ocurrió el hecho y casi a la mismah ?
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hora?.
El imputado nos dice que ese día nollevaba ningún arma en su poder, peroha admitido que tiene dos revolveres
registrados a su nombre y que uno deellos ha desaparecido sin precisaradecuadamente las circunstancias.
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Hechos no controvertidos:
Es un hecho incontrovertido que el
imputado y su familia fueron de vacacionesen el mes de enero del 2001 a Buzios.
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Podemos, entonces, creerle a la
denunciante y esposa que ya su hija lehabía relatado días antes de la navidad del2000 que venía siendo abusada
sexualmente por su padre?.
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v í n El testigo Gómez recuerda con
llamativa precisión las característicasdel auto y el número de la patente pesel b i l l i
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al breve tiempo que lo tuvo a la vista,
pero no vió el gran abollón que tenía enel sector del baúl de la parte trasera,que es justamente la que afirma habervisto con mayor atención?.
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Tratamiento de los indicios: El alegato final representa la única
oportunidad de analizar y vincular los
indicios. Ej: El médico forense nos ha informado
sobre las características de la lesión su
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sobre las características de la lesión, sudirección, el arma utilizada y la posición del
agresor, considerando que por suexperiencia profesional que el homicida debehaber empleado la mano izquierda paraaplicar la puñalada, y justamente se ha
comprobado por numerosos testimoniosoídos que el imputado es diestro con la manoizquierda y no con la derecha.
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Instalación de aspectosvalorativos (Tema de Justicia):
Ejemplos:
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Fiscal: “En definitiva, lo que hemos podido
comprobar en este juicio es como elacusado, un hombre culto, rico ypoderoso, abusó de una niña de sólo 12
años hija de su esposa”.
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Defensor: “El Fiscal dice..., pero lo que
hemos podido ver en este juicio es comouna mujer codiciosa busca desapoderar a
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j psu marido de sus bienes y utiliza a su hija
como instrumento de su codiciainduciéndola a formular una imputaciónque no tiene ningún sustento serio”.
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Estructura:
Organización temática.
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Estructuras alternativas.
Una historia persuasiva.
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MUCHAS GRACIAS
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a l d i MUCHAS GRACIAS