tarifas portuarias 2012

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TARIFAS PORTUARIAS 2012. TARIFA RECOGIDA DE RESIDUOS AUTORIDAD PORTUARIA DE CASTELLÓN ZONA I TARIFA SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS PROCEDENTES DE BUQUES (MARPOL V) Posicionamiento y retirada de contenedor 1m3………92,81 €/Cont TARIFAS RETIRADA DE AGUAS DE SENTINAS (MARPOL I-C) Servicio 24 horas…………………………….......………43,50 €/m3 Servicios de bombeo : - 135,00 € la 1ª hora - 85,00 € 2ª hora y siguientes TARIFA DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE AGUAS SUCIAS (MARPOL IV) Tarifa: Posicionamiento, recepción, traslado y entrega en la Estación Depuradora……. 50,00 €/m3 Facturación mínima……………………………………..15m3/Buque ZONA I I Exclusivamente en la concesión de BP a través de BP como prestadora y uso de gabarra. TARIFA SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS PROCEDENTES DE BUQUES (MARPOL V) Posicionamiento y retirada de contenedor 1m3……...116,01 €/Cont TARIFAS RETIRADA DE AGUAS DE SENTINAS (MARPOL I-C) Servicio 24 horas ……………………………….............54,38 €/m3

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Tarifas portuarias 2012

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Page 1: Tarifas portuarias 2012

TARIFAS PORTUARIAS 2012. TARIFA RECOGIDA DE RESIDUOS AUTORIDAD PORTUARIA DE CASTELLÓN

ZONA I

TARIFA SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS PROCEDENTES DE BUQUES (MARPOL V)

Posicionamiento y retirada de contenedor 1m3………92,81 €/Cont

TARIFAS RETIRADA DE AGUAS DE SENTINAS (MARPOL I-C)

Servicio 24 horas…………………………….......………43,50 €/m3

Servicios de bombeo :

- 135,00 € la 1ª hora- 85,00 € 2ª hora y siguientes

TARIFA DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE AGUAS SUCIAS (MARPOL IV)

Tarifa: Posicionamiento, recepción, traslado y entrega en la Estación Depuradora……. 50,00 €/m3

Facturación mínima……………………………………..15m3/Buque

ZONA I I

Exclusivamente en la concesión de BP a través de BP como prestadora y uso de gabarra.

TARIFA SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS PROCEDENTES DE BUQUES (MARPOL V)

Posicionamiento y retirada de contenedor 1m3……...116,01 €/Cont

TARIFAS RETIRADA DE AGUAS DE SENTINAS (MARPOL I-C)

Servicio 24 horas ……………………………….............54,38 €/m3

Page 2: Tarifas portuarias 2012

SERVICIOS PORTUARIOS 2012. TARIFA DE PRACTICAJE AUTORIDAD PORTUARIA DE CASTELLÓN

Nueva tarifa plana sin recargos y nueva tarifa para las maniobras náuticas en el pantalán de Infinita, futuros pantalanes y atraques para buques que transporten mercancía a granel líquido IMO 2 y 3 en la Dársena Sur.

ZONA I

GT ENTRADA / SALIDAENTRADA / SALIDA (Pantalán de Infinita)

Hasta 1.000 247€ 308€

de 1.000 a 5.000 247 + 0,0293 x GT 308 + 0,0366 x GT

de 5.000 a 10.000 247 + 0,0306 x GT 308 + 0,0382 x GT

de 10.000 a 25.000 247 + 0,0261 x GT 308 + 0,0326 x GT

de 25.000 a 50.000 247 + 0,0201 x GT 308 + 0,0251 x GT

Para las operaciones de cambio de atraque y cambio de muelle el precio de las tarifas será el 75% y el 100% respectivamente tomando como referencia la tarifa de entrada o salida.

Page 3: Tarifas portuarias 2012

SERVICIOS PORTUARIOS 2012. TARIFA DE AMARRE/DESAMARRE AUTORIDAD PORTUARIA DE CASTELLÓN

ZONA I

PUERTO COMERCIAL

T ( € / MOV ) = 0,0182 * GT + 44,88 €

Embarcación para dar los cabos a tierra = 91,96 € (lancha de amarre)

PANTALAN INFINITA RENOVABLE EN DARSENA SUR

T ( € / MOV ) = 0,037 * GT + 366,84 €

ZONA II

PLATAFORMA DE BP

T ( € / MOV ) = 0,0485 * GT + 659,89 €

CAMPO DE BOYAS DE BP

T ( € / MOV ) = 0,0236 * GT + 1818,59

Las Reglas de aplicación en ambas zonas permanecen invariables.

Page 4: Tarifas portuarias 2012

SERVICIOS PORTUARIOS 2012. TARIFA DE REMOLQUEAUTORIDAD PORTUARIA DE CASTELLÓN

ZONA I

ZONA IGT Euros/GT por maniobra de atraque/desatraque

0-6.000 0,13026.001-7.000 0,18617.001-16.000 0,22200

16.001-19.000 0,2469

A partir de 19.001 se aplicarán las siguientes formulas, donde GT son los GTs del buque, y el resultado de la formula es el coste en euros por maniobra de atraque o desatraque.

ZONA IGT Euros/GT por maniobra de atraque/desatraque

19.001-25.000 0,0107 x (GT) + 4.491,3425.001-30.000 0,083 x (GT) + 2.686,7930.001-35.000 0,3199 x (GT) + -4.425,5835.001-40.000 0,0026 x (GT) + 6.688,7140.001-50.000 0,1588 x (GT) + 432,49

De 50.001 en adelante se añadirá por cada 5.000 GT o fracción 203,94€.

Tarifas aplicable a Infinita Renovables en la Dársena Sur de la Zona I

ZONA I - INFINITA RENOVABLESGT Euros/GT por maniobra de atraque/desatraque

0-6.000 0,23086.001-7.000 0,26237.001-16.000 0,2833

16.001-19.000 0,3043

ZONA I - INFINITA RENOVABLESGT Euros/GT por maniobra de atraque/desatraque

19.001-25.000 0,0133 x (GT) + 5.544,3425.001-30.000 0,1234 x (GT) + 3.992,14Más de 30.000 0,4593 x (GT) - 6.532,85

ZONA II

ZONA II (CAMPO DE BOYAS)GT Euros/GT por maniobra de atraque/desatraque

30.000 – 90.000 0,3811

De 90.001 GT en adelante se añadirá por cada 5.000 GT o fracción la cantidad de 487,52€.

ZONA II (PLATAFORMA)GT Euros/GT por maniobra de atraque/desatraque

1.000 - 13.000 0,680713.001 - 50.000 0,6926

Page 5: Tarifas portuarias 2012

SERVICIOS PORTUARIOS 2012. TARIFA DE REMOLQUEAUTORIDAD PORTUARIA DE CASTELLÓN

De 50.001 en adelante se añadirá por cada 5.000 GT o fracción 331,74€.Reglas de aplicación:

- La base de liquidación de las tarifas será el GT del buque remolcado.

- Estas tarifas serán facturables por maniobra independientemente del número de remolcadores solicitado e incluyen la utilización del cabo de remolque del remolcador.

- Horario de servicio: 24 horas al día, todos los días del año, quedando eliminada la jornada extraordinaria.

- Las operaciones del buque sin máquina, tendrán un recargo del 50%.

- Las operaciones de entrada / salida en dique seco tendrán un recargo del 50%.

- Las operaciones de cambio completo de atraque tendrán un recargo del 50%.

- Los servicios prestados diferentes de los de entrada, salida o remoción incluidos los de espera a disposición, se facturarán a razón de 472,76€ por hora o fracción de hora.

- Tarifas máximas para la prestación del Servicio de Remolque en el Puerto de Castellón (Zona II-Plataforma): Las mismas tarifas que se aplican actualmente a las escalas de los tráficos que operan en la Plataforma de la Zona II, serán de aplicación en los futuros muelles de carga y descarga de productos petrolíferos, derivados del petróleo, productos químicos y gas natural de la Zona I del puerto, que sustituyan a los actuales tráficos y atraques de la Zona II.

Tarifas servicio Contra – incendios

Por remolcador utilizado 2.637,27€ hora o fracciónPor remolcador con Fi-Fi 1 utilizado 3.705,04€ hora o fracción

Tarifas servicio anti-contaminación marina

Por remolcador utilizado 961,36€ hora o fracción

Page 6: Tarifas portuarias 2012

SERVICIOS COMERCIALES 2012. TARIFA DE SUMINISTRO DE AGUA A BUQUESAUTORIDAD PORTUARIA DE CASTELLÓN

EurosM3 de Agua Potable por Línea de Tierra 3,65€

M3 de Agua Potable por Aljibe en Zona I 5,1191€

M3 de Agua Potable por Aljibe en Zona II 7,6735€

Hora extraordinaria 464,4€

SERVICIOS MÍNIMOS

Servicio mínimo de 25 m3 en Zona I

Servicio mínimo de 40 m3 en Zona II (Pantalán)

Page 7: Tarifas portuarias 2012

TARIFAS PORTUARIAS 2012. TARIFA DE RESIDUOSAUTORIDAD PORTUARIA DE CASTELLÓN

Capítulo III. Sección 5ª. Artículos 132 RDL 2/2011, de 5 de septiembre.

Con la finalidad de reducir los vertidos al mar de los desechos generados por los buques, las Autoridades Portuarias cobrarán una tarifa fija a los buques que atraquen, en cada escala en el puerto, hagan o no uso del servicio de recepción de desechos previsto en este artículo. Dicha tarifa fija, dependiente de las unidades de arqueo bruto (GT) del buque les dará derecho a descargar por medios de recogida terrestre en la Zona I del puerto, sin coste adicional, durante los siete primeros días de la escala, todos los desechos líquidos del Anexo I y los desechos sólidos del Anexo V del Convenio Marpol 73/78.Si la recogida se realizara por medios marinos (Gabarra) o tiene lugar en la Zona II del puerto la tarifa fija será un 25 por ciento superior que la establecida para la recogida en Zona I.

Los prestadores del servicio podrán convenir con sus usuarios, a su cargo, descuentos comerciales sobre la tarifa fija, en función, entre otros, de los tipos y volúmenes anuales de los desechos entregados.

La tarifa fija a aplicar a un buque en cada escala en un puerto será la resultante del producto de la cuantía básica R (80 para 2012) por los siguientes coeficientes, en función de las unidades de arqueo bruto del buque (GT).

Tamaño de los buques: Menor o igual a 2.500 GT: 1,50De 2.501 GT hasta 25.000GT: 6*0,0001*GTDe 25.001 GT hasta 100.000GT: 1,2*0,0001*GT)+12Mayor de 100.000 GT: 24

BONIFICACIONES

Se aplicaran las siguientes bonificaciones a la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques:

1. Buques que disponga de un certificado de la Administración marítima en al que se haga constar que se generan cantidades reducidas de los desechos correspondientes: 20%.

2. Cuando el buque que en una escala no efectúa descarga de desechos del Anexo I acredita ante la Autoridad Portuaria mediante certificado expedido por la Administración Marítima, la entrega de desechos de dicho anexo, así como el pago de las tarifas correspondientes, en el último puerto donde haya efectuado escala, siempre que se garantice la recogida de todos los desechos de este tipo en dicho puerto, y que no se haya superado la capacidad de almacenamiento del mismo desde la escala anterior y que tampoco se vaya a superar hasta la próxima escala: 50%.

3. Los buques que operen en tráfico regular con escalas frecuentes y regulares, particularmente los dedicados a tráfico interior, cuando ante la Autoridad Portuaria se acredite, mediante certificado expedido por la Administración Marítima, la existencia de un plan que asegure la entrega de desechos generados por los buques de los Anexos I y V, así como el pago de las tarifas correspondientes en alguno de los puertos situados en la ruta del buque, y que garantice la recogida de todos sus desechos cuando el buque haga escala en dicho puerto de forma que en ninguno de sus viajes supere la cantidad de almacenamiento de cada tipo de desechos: 100*[1-03.0/(n-1)] por ciento, siendo n el número de puertos diferentes en lo que la línea marítima hace escala por semana y siempre que n sea igual o mayor que 2. No obstante en la escala donde realicen descarga deberán abonar el importe total de la tarifa fija. En todo caso, los buques mencionados, no pagarán la tarifa que le corresponde en cada puerto que escalen más de una vez por semana.

En el supuesto 3 cuando el buque posea un plan que únicamente asegure la entrega de desechos sólidos del Anexo V del Convenio MARPOL 73/78, la bonificación será la tercera parte de la que le corresponde de acuerdo con lo dispuesto en dicho supuesto; en caso de que el buque posea un plan que sólo asegure la entrega de desechos líquidos del Anexo I, la bonificación será de las dos terceras partes.