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Taller de Participación Ciudadana (PPT 2) Ministerio de Energía y Minas Oficina General de Gestión Social Proyecto de Reforma del Sector de Recursos Minerales - PERCAN Marzo 2011

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Taller de Participación Ciudadana(PPT 2)

Ministerio de Energía y Minas Oficina General de Gestión Social

Proyecto de Reforma del Sector de

Recursos Minerales - PERCAN

Marzo 2011

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Objetivos:

�Identificar la importancia y objetivos de la PC en las diferentes etapas en la gran y mediana minería�Identificar los factores importantes en los procesos de PC, en las diferentes etapas de la gran y mediana minería�Interiorizar la importancia del rol que juegan las autoridades del sector en la evaluación, seguimiento y vigilancia del cumplimiento de la norma�Uniformizar criterios para una eficaz promoción e implementación de la PC en las diferentes etapas en la gran y mediana minería

Objetivos del Taller de Participación Ciudadana (PC)(PPT 2)

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La PC en la actividad mineraLa PC en la actividad minera

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ContextoContexto

La promoción de la actividad minera ha enfrentado en algunos casos el rechazo de la población, producto de:

•El desconocimiento o de la falta de información•Las experiencias negativas propias o ajenas con los pasivos ambientales•La distorsión interesada de los posibles efectos de la actividad minera•La poca oportunidad de establecer un diálogo oportuno

Algunos de los factores que influencian esta imposibilidad son:�La débil o inexistente participación de las autoridades locales en la canalización de las preocupaciones de la población antes de que se conviertan en conflictos�La falta de conocimiento de la población de los medios e instancias adecuadas para manifestar sus opiniones, preocupaciones y/o descontento respecto al proyecto minero a desarrollar

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5Presencia del Estado

DS Nº 028-2008-EM -Reglamento de Participación Ciudadana en el Subsector MineroR.M.304-2008-MEM/DM - Normas que regulan el Proceso de Participación Ciudadana en el Subsector Minero

� Favorece el fortalecimiento de la presencia del Estado y define su rol como garante del ejercicio del derecho de participación ciudadana

� Forma parte de la política de prevención de conflictos y promoción del desarrollo sostenible del estado

� Promueve su uso como una estrategia de relacionamiento entre Estado, población y titular minero

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Año Norma Descripción participación ciudadana

1993 DS Nº 016-93-EM

“Reglamento sobre protección del medio ambiente”

Se aprueba el Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero

Metalúrgica, el cual regula los EIA y los PAMA.

1996 RM Nº 335-96-EM/SG

“Reglamento de participación ciudadana mediante el

procedimiento de audiencias públicas en la aprobación de

estudios de Impacto Ambiental”.

Se estableció la formalidad del mecanismo (convocatoria, fechas, documentos). En la

audiencia podían participar los representantes de instituciones públicas, privadas y

comunales que lo solicitaban ante el MEM.

1999 RM N° 728-99-EM/VMM

“Normar la intervención de los ciudadanos en el

procedimiento de la documentación técnica en materia

ambiental que resulte necesaria para la autorización de

actividades que regula y supervisa este sector”.

La participación ciudadana es libre, entendida como que no sólo los representantes

de instituciones u organizaciones comunales podían participar en las audiencias

públicas (AP). Asimismo, las AP debían realizarse de “ser posible” en la localidad más

cercana al asentamiento minero.

2002 RM N° 596-2002-EM/DM

“Reglamento de Consulta y Participación Ciudadana en el

Procedimiento de Aprobación de los Estudios Ambientales

en el Sector Energía y Minas”

Norma la participación de las personas naturales, organizaciones sociales, titulares de

proyectos mineros o energéticos y autoridades en el procedimiento de aprobación de

los estudios ambientales siguientes: EIA, EIAsd, PAMA para pequeños mineros y

mineros artesanales, y EA para las actividades de exploración minera.

2002 DS N° 013-2002-EM, Reglamento de la Ley de

Formalización y Promción de la Pequeña Minería y la

Minería Artesanal.

Se aprueba el Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña

Minería y la Minería Artesanal.

2008 DS N° 028-2008-EM

“Reglamento de Participación Ciudadana en el Subsector

Minero”.

Incorpora nuevos mecanismos de participación ciudadana para garantizar el ejercicio

del derecho a la participación y contribuir a la prevención de conflictos

socioambientales.

2008 RM N° 304-2008-MEM/DM

“Normas que regulan el proceso de participación

ciudadana en el sub sector minero”

Se aprobaron las normas que regulan el proceso de participación ciudadana en el

subsector minero para las distintas etapas post concesión, exploración, explotación

y/o beneficio y cierre de minas).

Cronología de la PC en el subsector minero

Fuente: MEM

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Instituto Geológico Minero y Metalúrgico, Investigación Geológica (INGEMMET), responsable de otorgar los títulos de concesión minera.

Ministerio de Energía y Minas (MEM), a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) encargada de la evaluación, aprobación o desaprobación de los estudios ambientales referidos a la Mediana y Gran Minería y de la Oficina General de Gestión Social (OGGS) órgano de asesoramiento encargado de promover las relaciones armoniosas entre las empresas minero energéticas, autoridades y la sociedad civil, el manejo de mecanismos de diálogo y concertación en el Sector en pro del desarrollo sostenible

Organismo de Fiscalización y Evaluación Ambiental (OEFA ), responsable de evaluar, supervisar y fiscalizar los aspectos ambientales de la gran y median minería

Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), responsable de la verificación del cumplimiento de las normas de salud, seguridad e higiene minera

Para el caso de la pequeña minería y minería artesanal son las Direcciones Regionales de Energía y Minas (DREM) las que tienen a su cargo la evaluación, aprobación, desaprobación y fiscalización de los proyectos mineros; excepto en Lima Metropolitana cuyo responsable de la supervisión y evaluación es la DGAAM y de la fiscalización es la Dirección General de Minería (DGM)

Instituciones competentes

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•Esfuerzos permanentes y de largo plazo•Voluntad de compartir, divulgar información con transparencia y oportunamente•Escuchar y valorar opiniones diferentes

Para:

�Construir alternativas, propuestas y consensos de beneficio mutuo�Promover el compromiso de todos los involucrados con el desarrollo sostenible en un marco de excelencia social y ambiental

desarrollo de capacidades en sus funcionariosempoderamiento de la poblacióncontribuir en el desarrollo de una sociedad civil responsable y organizada

Corresponde al Estado garantizar el pleno ejercicio

de la PC, a través de la eficaz implementación del

Reglamento

La implementación de la ParticipaciónCiudadana implica

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• Gran minería.- Cuando la actividad se realiza con una capacidad productiva mayor a 5000 TM

• Mediana minería.- Cuando la actividad se realiza con una capacidad productiva entre 350 y 5000 TM

• Pequeña minería. Cuando la actividad se realiza con una capacidad productiva entre 25 y 350 TM y/o en un terreno que no exceda las 2000 hectáreas

• Minería artesanal. Se realiza con una capacidad productiva menor a 25 TM y/o se realiza en un terreno que no exceda las 1000 hectáreas

Clasificación general estrato

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ParticipaciParticipaci óón Ciudadana n Ciudadana

Gran y Mediana MinerGran y Mediana Miner ííaa

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PC antes del otorgamiento de la concesiPC antes del otorgamiento de la concesióónn

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El cateo y prospección son actividades consideradas “libres”, en tanto no requieren de ningún tipo de permiso o derecho de concesión por parte del Estado y aún no se considera la implementación de mecanismos de PC de acuerdo a la norma

Estas actividades deben realizarse respetando los derechos del titular y/o del usuario del predio por lo cual, por ejemplo, no puede ingresarse a:•terrenos cercados o cultivados, de propiedad individual o comunal o •concesiones pertenecientes a terceros

Según indica La Ley General de Minería, en general, tampoco se puede ingresar a:• zonas urbanas• zonas de áreas naturales protegidas• zonas de amortiguamiento• zonas reservadas o arqueológicas, salvo autorización de la autoridad competente

Cateo y ProspecciCateo y Prospeccióónn

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El INGEMMET es la instancia encargada de aprobar la solicitud de concesiones. El otorgamiento de la concesión no implica el inicio de la actividad minera

En esta etapa no existen obligaciones en relación al desarrollo de algún mecanismo de PC

Sin embargo de acuerdo al Reglamento de Procedimientos Mineros, es parte del proceso publicar en el diario oficial El Peruano y en otro diario de la capital de provincia en la que se encuentra el área solicitada el aviso de solicitud de concesión

Así mismo, de acuerdo al D.S.Nº 042 -2003 – EM y D.S.Nº 052-2010-EM, es requisito presentar un compromiso previo, bajo la forma de una Declaración Jurada

Solicitud y otorgamiento de la concesión

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El D.S. Nº 042-2003-EM, ha sido modificado por el DS Nº 052-2010-EM, el cual pretende un mejor seguimiento y control sobre los compromisos siguientes:

a) Contribución al desarrollo sostenible de la población del área de influenciab) Realizar las actividades mineras en el marco de la política ambiental del Estadoc) Cumplir con los compromisos sociales asumidos, incluyendo estudios ambientales.d) Respetar a las personas e instituciones, autoridades, cultura y costumbres localese) Fomentar la contratación de personal local, preferentementef) Contribuir al desarrollo económico local, a través de la adquisición de bienes y servicios de la localidadg) Mantener un diálogo continuo y oportuno con las autoridades, la población y sus organismos representativos, de conformidad con las normas aplicables de participación ciudadana

Principios del compromiso previo

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PC posterior al otorgamiento de la concesiPC posterior al otorgamiento de la concesióónn

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16Rol del Estado en la implementaciRol del Estado en la implementacióón de la n de la

normanorma

El Estado juega un rol muy importante en la implementación eficaz de la norma, a través de las siguientes acciones :

� Promover el uso de los mecanismos propuestos en la norma con el fin de facilitar una buena relación con la población, las autoridades locales y el titular minero

� Realizar una labor de acompañamiento al titular minero o a las autoridades locales, a fin de facilitar el ejercicio efectivo de la participación ciudadana

� Propiciar que los mecanismos de participación ciudadana sean implementados respetando la norma y las condiciones de la localidad. Esto facilitará el acceso y entendimiento de la información difundida y así una participación propositiva de la población

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� Que la población satisfaga sus interrogantes y despeje sus preocupaciones respecto a las consecuencias del desarrollo de la actividad minera en su vida

� Promover los beneficios que el desarrollo de la actividad minera representa para ella

� Involucrar a la población, desde el inicio, en la identificación de problemas y oportunidades como consecuencia del desarrollo del proyecto minero

� Que la población participe activamente desde las etapas de diagnostico, identificación de proyectos, entre otros.

La implementaciLa implementacióón de la PC debe permitirn de la PC debe permitir

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Brindar información real, imparcial y fácil de entender a la población sobre la concesión minera, en los siguientes temas:

� Alcance del derecho de concesión otorgado por el Estado

� Obligaciones ambientales del titular

� Normativa vigente que regula la actividad

� Derechos y obligaciones de las poblaciones involucradas

� Etapas de la actividad

� Tecnologías a usar

ObjetivosObjetivos

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PC durante la etapa de exploraciPC durante la etapa de exploracióón n

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En esta etapa es muy importante la temprana intervención del Estado a través de la DGAAM para:

� Verificar la idoneidad de la implementación de los mecanismos de participación por parte del titular

� Orientar al titular en la elaboración del Plan de Comunicación y/o Plan de Relacionamiento con las Comunidades, tal como lo estipula el R.M. Nº 167-2008-MEM/DM.-de aprobación de los Términos de Referencia comunes para las actividades de exploración minera Categorías I y II

� Promover la implementación de la participación ciudadana como una estrategia de gestión social

Rol del MEMRol del MEM

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Aspectos importantes que el Aspectos importantes que el funcionario debe verificarfuncionario debe verificar

Durante los procesos de promoción, difusión y verificación del cumplimiento de la norma el funcionario debe verificar:

�Cumplimiento de plazos para la implementación de mecanismos según la norma. Por ejemplo, la carta solicitando la realización del taller participativo a ser presentada al MEM/DREM, se debe entregar por lo menos con 15 días hábiles de anticipación�Eficiente proceso de convocatoria que posibilite la mayor participación de los actores involucrados del área de influencia del proyecto�Uso de un lenguaje fácil y claro adaptado a las características y necesidades de la población�Uso de traductores y facilitadores en caso de ser necesario�Disponibilidad de información pertinente a la etapa de la actividad minera

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Teniendo en cuenta el nivel de desarrollo de la actividad y la información disponible es recomendable tanto los titulares como el Estado vayan elaborando respuestas que permitan atender con sigilo y paulatinamente algunas de las preocupaciones de los grupos de interés involucrados, expresadas en las siguientes preguntas.

¿Es, o no beneficioso que la minería se desarrolle en la localidad?;¿Qué oportunidades de empleo existirán según la etapa de desarrollo de la actividad en la cual se encuentra el proyecto (exploración, explotación y/o beneficio)?; ¿Cuáles son las actividades económicas vinculadas a la actividad minera que podrían desarrollarse según la etapa de desarrollo de la actividad? (exploración, explotación y/o beneficio)?¿Cómo se verán afectadas las actuales fuentes de subsistencia y/o ingreso que existen en la localidad?; ¿De que manera afectará la mina mi vida familiar, la educación de mis hijos, su salud?; ¿Qué tipo de impactos se puede producir en el medio ambiente a consecuencia del desarrollo de la actividad minera?¿Cómo estar seguros de que el titular minero asumirá responsablemente la mitigación de los impactos negativos que se generen por su actividad? Cuando la minera se vaya, ¿quedaré en mejores o peores condiciones?.

Las respuestas que la población pueda obtener en función de la información que reciba influenciará la actitud con la que se relacione en el futuro con la actividad minera en cualquier etapa.

Preguntas a plantearsePreguntas a plantearse

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Para la gran y mediana minería se tienen tres tipos de Estudios Ambientales en esta etapa

•Declaración de Impacto Ambiental - DIA Automática•Declaración de Impacto Ambiental – DIA Evaluación Previa•Estudio de Impacto Ambiental Semi Detallado - EIASd

Tipos de Estudios AmbientalesTipos de Estudios Ambientales

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La aprobación automática de la DIA requiere que se cumpla lo estipulado en los Términos de Referencia Comunes para las actividades de exploración minera

La PC se da a través de la implementación de por lo menos un taller participativo

El titular minero deberá presentar a la DGAAM junto con los cargos de presentación de la DIA a la DREM o a la instancia competente del gobierno regional, la documentación que acredite la realización del taller (lista de participantes, formatos de preguntas, actas, fotos, audios, entre otros)

(Para mayor detalle ver diagrama de proceso de Aprobación Automática en “Manual de Participación Ciudadana” – MEM 2011)

CategorCategor íía Ia I-- DIA AutomDIA Autom ááticatica

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La PC se implementa a través de:•La realización de por lo menos un taller participativo, por lo que el titular deberápresentar la documentación sustentatoría•La puesta a disposición del estudio ambiental en lugares pertinentes; como son las sedes de la autoridad competente, de las autoridades regionales, municipalidades provinciales y distritales del área de influencia del proyecto•La publicación en la página web de la autoridad competente de los estudios ambientales en trámite de aprobación o aprobados, así como los plazos para recibir aportes de la población•La remisión de comentarios u observaciones referentes al estudio ambientalpresentado para la aprobación de la autoridad en el plazo de diez (10) días calendario luego de publicado el estudio en la página web de la instancia competente

Dichos comentarios u observaciones serán considerados por la autoridad competente en la evaluación del estudio ambiental o para las acciones de fiscalización posterior

(Para mayor detalle ver diagrama de proceso de Evaluación Previa en “Manual de Participación Ciudadana” – MEM 2011 )

CategorCategor íía Ia I-- DIA EvaluaciDIA Evaluaci óón Previan Previa

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La PC se implementa a través de:• La implementación de por lo menos un taller participativo y el sustento documentario de

su realización• La puesta a disposición del estudio ambiental en lugares pertinentes, como son las

sedes de la autoridad competente, de las autoridades regionales, municipalidades provinciales y distritales del área de influencia del proyecto. La publicación de los estudios ambientales en trámite de aprobación o aprobados, así como los plazos para recibir aportes de la población en la página web de la autoridad competente

• La emisión de tres avisos radiales por día durante cinco días consecutivos, a partir del quinto día de publicado el aviso en el diario El Peruano

• La remisión de aportes de parte de la población en un plazo no mayor de 25 días calendario, contados a partir de la publicación del aviso de la presentación del estudio ambiental en el diario El Peruano

• La autoridad ameritará y trasladará al titular minero los aportes, comentarios u observaciones recibidos, según resulten pertinentes para que el titular minero presente su absolución

• Acceso por parte de la población a los documentos de absolución de los comentarios u observaciones que la autoridad presento al titular minero

(Para mayor detalle ver diagrama de proceso de Aprobación EIASd en “Manual de Participación Ciudadana” – MEM 2011)

CategorCategor íía IIa II-- EIASdEIASd

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Cuando la modificación implica el desarrollo de nue vas actividades

Si la modificación implica nuevas actividades que inciden sobre poblaciones o localidades no señaladas en el estudio original, se requiere de la realización de los mismos mecanismos de PC previstos para el respectivo EIASd, como son:

•Realización de un taller participativo previo a la presentación del estudio•Facilitar el acceso de la población al estudio, en las sedes de las autoridades locales y regionales•La publicación de avisos en diarios dando cuenta de la presentación del estudio y la entrega de los sustentos respectivos•Tres avisos radiales diarios en una emisora local con cobertura local y provincial, por 5 días consecutivos. Estos avisos serán emitidos al quinto día de la publicación del aviso en los diarios

ModificaciModificaci óón del EIASd (Categorn del EIASd (Categor íía II) a II) por Ampliacipor Ampliaci óón o Modificacin o Modificaci óón de las n de las Actividades de ExploraciActividades de Exploraci óónn

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Cuando la modificación no implica el desarrollo de nuevas actividades

Si la modificación no implica el desarrollo de nuevas actividades que afecten a poblaciones o localidades distintas a las de estudio original, la PC se da través de:

• La realización de un taller participativo antes de presentar la modificación del estudio ambiental

• Poner a disposición de la población el estudio ambiental correspondiente en lugares como las sedes de las autoridades del sector y autoridades locales

• La publicación del estudio ambiental así como el plazo para la presentación de observaciones en la página web de la autoridad competente

…….continuaci.continuaci óónn

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Muchas Gracias!!!

Oficina General de Gestión Social

Telf. 618-8700, anexo: 5210