taller iii ciclo vital de los documentos

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TALLER UNIDAD III: CICLO VITAL DE LOS DOCUMENTOS MARY ANDREA PEÑA ROMERO SONIA ESPERANZA MIRANDA PENAGOS FERNANDO MIRANDA UNIVERSIDAD DEL QUINDÍO FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y BELLAS ARTES PROGRAMA CIENCIA DE LA INFORMACIÓN Y LA DOCUMENTACIÓN,

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Page 1: Taller III ciclo vital de los documentos

TALLER UNIDAD III: CICLO VITAL DE LOS DOCUMENTOS

MARY ANDREA PEÑA ROMERO

SONIA ESPERANZA MIRANDA PENAGOS

FERNANDO MIRANDA

UNIVERSIDAD DEL QUINDÍO

FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y BELLAS ARTES

PROGRAMA CIENCIA DE LA INFORMACIÓN Y LA DOCUMENTACIÓN,

BIBLIOTECOLOGÍA Y ARCHIVÍSTICA

GESTIÓN DOCUMETAL II

BOGOTÁ D.C.

2013

Page 2: Taller III ciclo vital de los documentos

2

TALLER UNIDAD III: CICLO VITAL DE LOS DOCUMENTOS

MARY ANDREA PEÑA ROMERO

SONIA ESPERANZA MIRANDA PENAGOS

FERNANDO MIRANDA

Docente

LUZ MARINA ARIAS GONZALEZ

Profesional en Ciencia de la Información y la Documentación, Bibliotecología y

Archivística.

UNIVERSIDAD DEL QUINDÍO

FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y BELLAS ARTES

PROGRAMA CIENCIA DE LA INFORMACIÓN Y LA DOCUMENTACIÓN,

BIBLIOTECOLOGÍA Y ARCHIVÍSTICA

GESTIÓN DOCUMETAL II

BOGOTÁ D.C.

2013

Page 3: Taller III ciclo vital de los documentos

3

Contenido

INTRODUCCIÓN...................................................................................................................................3

OBJETIVO GENERAL...........................................................................................................................4

OBJETIVOS ESPECÍFICOS...................................................................................................................4

I. ¿Qué es el ciclo vital de los documentos y cuáles son sus fases y etapas?........................................5

II. ¿Qué es una Unidad de correspondencia y cuál es su importancia en una organización?.................6

III. Explique en forma escrita y mediante imágenes o fotografías, cada uno de los procesos de la

Gestión Documental con su definición, normatividad y actividades........................................................6

IV. Compare con el Decreto 2609 de 2012 y establezca que se dice el mencionado decreto sobre los

procesos de la gestión Documental y realice las respectivas observaciones al respecto.........................11

V. Realice un resumen general de lo tratado en el Decreto 2609 de 2012...........................................14

VI. Elabore un resumen sobre la circular 002 de marzo 06 de 2012.................................................17

VII. Identifique como clasifican los archivos teniendo en cuenta el ciclo vital de los documentos y

los procesos de la Gestión Documental que se desarrollan en cada fase (Archivo de Gestión, Central e

Histórico)...............................................................................................................................................18

VIII. Identifique los valores que tienen los documentos en cada una de estas fases o etapas..............19

IX. Destaque los aspectos más importantes a tener en cuenta en los Acuerdos 03, 04, 05 de marzo 15

de 2013...................................................................................................................................................19

CONCLUSIONES.................................................................................................................................30

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS...................................................................................................31

Page 4: Taller III ciclo vital de los documentos

4

INTRODUCCIÓN

Como futuros profesionales de ciencias de la información debemos no solo estar

enfocados al área de bibliotecología si no debemos tener claro los conceptos bases sobre

archivística, en esta ocasión trataremos el tema del ciclo vital de los documentos y

daremos una revisada a la normatividad que la regula.

Veremos un marco teórico básico para comprender las tres edades o etapas que tienen los

documentos que a diario manipulamos en nuestros lugares de labores diarias, estas etapas

son decisivos en la ubicación del archivo de trámite, central e histórico, así como los

valores que tienen los documentos en cada fase, valores primarios tanto en el archivo de

gestión, archivo de central y los valores secundarios en el archivo histórico para poder

determinar su baja o conservación permanente en el archivo.

Page 5: Taller III ciclo vital de los documentos

5

OBJETIVO GENERAL

Adquirir conocimientos básicos para conocer a la perfección el ciclo vital de los documentos y

conceptualizar sobre las fases de un programa de gestión documental por medio de la

normatividad y actividades que en este suceden.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Conocer que es el ciclo vital de los documentos y sus etapas

Tener claridad en los conceptos de un plan de gestión documental

Conocer la normatividad que regula los procesos de gestión documental

Page 6: Taller III ciclo vital de los documentos

6

I. ¿Qué es el ciclo vital de los documentos y cuáles son sus fases y etapas?

Son las etapas por las que debe atravesar un documento desde su realización hasta su

disposición final, en las cuales se hace un determinado proceso de pendiendo de cada una

de ellas.

Primera fase encontramos el Archivo de Gestión o también llamado Archivo

Activo, en el cual los documentos se encuentran vigentes y en trámite.

En la segunda el Archivo Central o Semiactivo, en esta etapa los documentos ya

han terminado con su propósito pero se tiene en esta etapa por un tiempo de

precaución.

Tercera etapa tenemos el Archivo histórico e inactivo, donde reposaran los

documentos que cuentan con un valor secundario y que son de gran importancia

para la ciencia, historia, cultura etc.

II. ¿Qué es una Unidad de correspondencia y cuál es su importancia en una

organización?

La unidad de correspondencia es el lugar donde se recepcionan los documentos recibidos

y enviados de una entidad y es primordial en toda organización ya que gracias a esta

área se lleva un debido orden y control a la información.

Page 7: Taller III ciclo vital de los documentos

7

III. Explique en forma escrita y mediante imágenes o fotografías, cada uno de los

procesos de la Gestión Documental con su definición, normatividad y actividades.

PRODUCCIÓN DOCUMENTAL

DEFINICIÓN: Generación de documentos de las instituciones en cumplimiento de sus

funciones.

ACTIVIDADES

La Producción Documental comprende los

aspectos de origen, creación y diseño de formatos

y documentos, conforme al desarrollo de las

funciones propias de cada entidad o dependencia.

RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS

DEFINICIÓN: Conjunto de

operaciones de verificación y control

que una institución debe realizar

para la admisión de los documentos

que son remitidos por una persona

natural o jurídica

ACTIVIDADES

Recepción de documentos: se debe verificar que estén completos, que correspondan a lo

anunciado y sean competencia de la entidad para efectos de su radicación y registro con el

propósito de dar inicio a los trámites correspondientes.

Page 8: Taller III ciclo vital de los documentos

8

Las comunicaciones y documentos se pueden recibir a través de diferentes medios tales

como: mensajería, correo tradicional, fax, correo electrónico y cualquier otro medio que

se desarrolle para tal fin de acuerdo con los avances tecnológicos en cada entidad y deben

estar regulados en los manuales de procedimientos.

DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS

DEFINICIÓN: Actividades tendientes a garantizar que los documentos lleguen a su

destinatario.

ACTIVIDADES

La distribución se relaciona con el flujo de los

documentos al interior y al exterior de la entidad. Sin

interesar el medio de distribución de los documentos, se

debe contar con mecanismos de control y verificación de

recepción y envío de los mismos.

TRÁMITE DE DOCUMENTOS

DEFINICIÓN: Curso del documento desde su producción o recepción hasta el

cumplimiento de su función administrativa.

ACTIVIDADES

En desarrollo de sus funciones, cada

dependencia genera un conjunto de

documentos objeto de trámites

administrativos, dichos documentos

integran sus respectivas series

documentales.

Page 9: Taller III ciclo vital de los documentos

9

ORGANIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS

DEFINICIÓN: Conjunto de acciones orientadas a la clasificación, ordenación y

descripción de los documentos de una institución, como parte integral de los procesos

archivísticos.

ACTIVIDADES

El conjunto de acciones

encaminadas a la adecuada

organización de los archivos

comprende los procesos

archivísticos de: clasificación

ordenación y descripción

documental.

CONSULTA DE DOCUMENTOS:

DEFINICIÓN: Acceso a un documento o grupo de documentos con el fin de conocer la

información que contienen.

ACTIVIDADES:

La consulta garantiza el derecho que tiene un usuario (entidad, dependencia, persona

natural, Estado Colombiano, etc.) de acceder a la

información contenida en los documentos de archivo

y de ser necesario a obtener copia de los mismos.

Para el cumplimiento de este propósito, los archivos

deben atender los requerimientos y solicitudes de

manera personal, telefónica, correo electrónico o

remitiendo al usuario al funcionario competente.

Page 10: Taller III ciclo vital de los documentos

10

CONSERVACIÓN DE DOCUMENTOS

DEFINICIÓN: Conjunto de medidas preventivas o correctivas, adoptadas para garantizar

la integridad física y funcional de los documentos de archivo, sin alterar su contenido.

ACTIVIDADES:

En este proceso se deben garantizar las condiciones mínimas encaminadas a la protección

de los documentos, el establecimiento y suministro de equipos adecuados para el archivo,

sistemas de almacenamiento de información en sus distintos soportes.

El almacenamiento de documentos consiste en guardar sistemáticamente documentos de

archivo en espacios y unidades de conservación apropiadas.

DISPOSICIÓN FINAL DE LOS DOCUMENTOS

DEFINICIÓN: Selección de los documentos en cualquier etapa del ciclo vital, con miras

a su conservación temporal, permanente, o a su eliminación conforme a lo dispuesto en

las Tablas de Retención Documental y/o Tablas de Valoración Documental.

ACTIVIDADES

Page 11: Taller III ciclo vital de los documentos

11

Dentro del formato utilizado para la presentación de las TRD para la Administración

Pública Colombiana el diligenciamiento de la columna Disposición Final, implica que a

cada serie o subserie se le aplicó previamente el proceso de valoración para definir su

conservación permanente, reproducción a través de tecnologías y soportes, en cuya

aplicación se observen principios y procesos archivísticos, la eliminación cuando

agotados sus valores administrativos no tengan o representen valor para la investigación o

la selección de algunas muestras representativas.

NORMATIVIDAD

Ley 594 de julio 14 de 2000. Por medio de la cual se dicta la Ley General de

Archivos y se dictan otras disposiciones

Decreto 2609 del 14 de diciembre de 2012, “Por el cual se reglamenta el Título

V de la Ley 594 de 2000, parcialmente los artículos 58 y 59 de la Ley 1437 de

2011 y se dictan otras disposiciones en materia de Gestión Documental para todas

las entidades del Estado”.

Acuerdo No. 060 (30 de octubre de 2001). "Por el cual se establecen pautas para

la administración de las comunicaciones oficiales en las entidades públicas y las

privadas que cumplen funciones públicas"

Circular No. 13 de 1999. Producción documental: uso de tintas de escritura

Acuerdo No. 042 (Octubre 31 de 2002). Por el cual se establecen los criterios

para la organización de los archivos de gestión en las entidades públicas y las

privadas que cumplen funciones públicas, se regula el Inventario

Circular Externa No. 002 de 2012 - Adquisición de herramientas tecnológicas de

Gestión Documental.

Acuerdo No. 039 (Octubre 31 de 2002). Por el cual se regula el procedimiento

para la elaboración y aplicación de las Tablas de Retención Documental en

desarrollo del Artículo 24 de la Ley 594 de 2000

Acuerdo No. 048 (5 de mayo de 2000). “Por el cual se desarrolla el Artículo 59

del capítulo 7 “Conservación de Documentos”, del Reglamento General de

Archivos sobre conservación preventiva, conservación y restauración

Page 12: Taller III ciclo vital de los documentos

12

Acuerdo No. 056 (05 de julio de 2000). Por el cual se desarrolla el artículo 45,

“Requisitos para la Consulta” del capítulo V, “ACCESO A LOS DOCUMENTOS

DE ARCHIVO”, DEL REGLAMENTO GENERAL DE ARCHIVOS.

IV. Compare con el Decreto 2609 de 2012 y establezca que se dice el mencionado decreto

sobre los procesos de la gestión Documental y realice las respectivas observaciones al

respecto.

Este Decreto es un avance para el país en lo referente a la gestión documental, y permitirá

a las entidades públicas que hacen parte del Sistema Nacional de Archivos contar con un

instrumento normativo moderno, acorde con las necesidades del país, a partir de los

cambios en aspectos normativos, tecnológicos y de política pública, que han impactado

los procesos de gestión documental del Estado.

Esta norma enfatiza en la responsabilidad de las entidades públicas, en la adecuada

gestión de los documentos públicos, físicos y electrónicos y en la obligación de elaborar

el Programa de Gestión Documental y la normalización de los Procesos Técnicos para

cumplir los objetivos del PGD y brinda los lineamientos para la Gestión Documental

Electrónica en las Entidades el Estado.

La consideración de cualquier tipo documental, incluyendo información en la nube,

como documento de archivo, es decir, sujeto a control archivístico.

La neutralidad tecnológica impuesta a las Administraciones. Parece que terminó la

época en la que se recomendaban ciertas marcas a las organizaciones, algo claramente

contrario a los intereses del propio Estado.

La obligatoriedad del Programa de Gestión Documental para todas las

administraciones, que ya impuesto desde la Ley 594 en 2000, pero que hasta la fecha

ha surtido poco efecto.

Page 13: Taller III ciclo vital de los documentos

13

Posibilidad de uso del soporte electrónico como evidencia para el archivo, algo que ya

estaba regulado, pero que en los últimos decretos del Gobierno se expone cada vez

con mayor claridad y concreción.

COMPARACIÓN DEL DECRETO 2609 DE 2012

Antes del decreto 2609/2012 Después del decreto 2609/2012

PRODUCCIÓN: Recepción o generación de documentos en una unidad administrativa en cumplimiento de sus funciones.

PLANEACIÓN: Conjunto de actividades encaminadas a la planeación, generación y valoración de los documentos de la

entidad, en cumplimiento con el contexto administrativo, legal, funcional y técnico. Comprende la creación y diseño de formas, formularios y documentos, análisis de procesos, análisis diplomático y su registro en el sistema de gestión

documental.

RECEPCIÓN: Conjunto de operaciones de verificación y control de una Institución que debe realizar para la admisión

de los documentos que son remitidos por una persona natural o jurídica

PRODUCCIÓN: Actividades destinadas al estudio de los documentos en la forma de producción o ingreso, formato y

estructura, finalidad, área competente para el trámite, proceso en que actúa y los resultados esperados.

DISTRIBUCIÓN: Actividad del proceso de Gestión Documental, cuyo fin radica en garantizar que los

documentos lleguen a su destinatario

GESTIÓN Y TRÁMITE: Conjunto de actuaciones necesarias para el registro, la' vinculación a un trámite, la distribución incluidas las actuaciones o delegaciones, la descripción

(metadatos), la disponibilidad, recuperación y acceso para consulta de los documentos, el control y seguimiento a los trámites que surte el documento hasta la resolución de los

asuntos.

TRÁMITE: Curso del documento desde su producción o recepción hasta el cumplimiento de su función

administrativa

ORGANIZACIÓN: Conjunto de operaciones técnicas para declarar el documento en el sistema de gestión documental,

clasificarlo, ubicarlo en el nivel adecuado, ordenarlo y describirlo adecuadamente.

ORGANIZACIÓN: Proceso archivístico que consiste en el desarrollo de un conjunto de acciones orientadas a clasificar,

ordenar y signar los documentos de una entidad.

TRANSFERENCIA: Conjunto de operaciones adoptadas por la entidad para transferir los documentos durante las fases

de archivo, verificando la estructura, la validación del formato de generación, la migración, refreshing, emulación o conversión, los metadatos técnicos de formato, los

metadatos de preservación y los metadatos descriptivos.

CONSULTA: Derechos de los usuarios de la entidad productora de documentos y de los ciudadanos en general a

consultar la información contenida en los documentos de archivo y a obtener copia de los mismos.

DISPOSICIÓN DE DOCUMENTOS: Selección de los documentos en cualquier etapa del archivo, con miras a su conservación temporal, permanente o a su eliminación, de

acuerdo con lo establecido en las tablas de retención documental o en las tablas de valoración documental.

Page 14: Taller III ciclo vital de los documentos

14

CONSERVACIÓN: Conjunto de medidas tomadas para garantizar el buen estado de los documentos. Puede ser

preventiva o de intervención directa. Métodos utilizados para asegurar la durabilidad física de los documentos, por medio de controles efectivos incluyendo los

atmosféricos.

PRESERVACIÓN A LARGO PLAZO: Conjunto de acciones y estándares aplicados a los documentos durante

su gestión para garantizar su preservación en el tiempo, independientemente de su medio y forma de registro o

almacenamiento.

DISPOSICIÓN FINAL: Selección de los documentos en cualquiera de sus tres edades, con miras a su conservación

temporal, permanente o a su eliminación.

VALORACIÓN: Proceso permanente y continuo, que inicia desde la planificación de los documentos y por medio del cual se determinan sus valores primarios y secundarios, con el fin de establecer su permanencia en las diferentes

fases del archivo y determinar su destino final (eliminación o conservación temporal o definitiva).

V. Realice un resumen general de lo tratado en el Decreto 2609 de 2012.

EL SITEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL

Gestión de Documentos

CAPITULO 2

CAPITULO 1

Page 15: Taller III ciclo vital de los documentos

15

Programa de Gestión Documental

• Art.10. OBLIGATORIEDAD DEL PROGRAMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL: todas las entidades del Estado deben implementarlo el cual puede ser de Corto -Mediano -Largo plazo

• Art 11. APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL: Este debe ser aprobado por el Comité Administrativo- Comité Interno Archivo entidades de orden territorial.

• Art.12. PUBLICACIÓN DEL PROGRAMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL: Debe ser publicado en la página Web de la entidad luego de 30 días de aprobado

• Art.13. ELEMENTOS DEL PROGRAMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL: Estos obedecen a los establecidos por el Archivo General de la Nación y los que a su vez se consideren para anexar según el AGN.

• Artu.14. PLAN DE CAPACITACIÓN: los planes de capacitación para los PGD deben estar implementados en las entidades públicas o privadas que cumplan funciones públicas

El Sistema de Gestión Documental

• Art.16. GENERALIDADES :Organizar-Establecer-Ejecutar-Garantizar-Mantener-

Permitir y Facilitar- Preservar

• Art17. CARACTERISTICAS DE UN PGD: Conformidad-Interoperabilidad-

Seguridad-Meta descripción-Adición de Contenidos-Diseño y Funcionamiento-Gestión

Distribuida-Disponibilidad y Acceso-Neutralidad Tecnológica.

• Art.18. PRESERVACIÓN DE DOCUMENTOS EN AMBIENTES

ELECTRÓNICOS: se debe garantizar la autenticidad, integridad, confidencialidad y la

conservación a largo plazo de los documentos electrónicos de archivo

• Art.20. INTEGRIDAD DE LA INFORMACIÓN EN LOS SISTEMAS DE

GESTIÓN DE DOCUMENTOS.

CAPITULO 3

CAPITULO 4

Page 16: Taller III ciclo vital de los documentos

16

La Gestión de los Documentos Electrónico s de Archivo

Art.22 ASPECTOS QUE SE DEBEN CONSIDERAR PARA LA ADECUADA GESTIÓN

DE LOS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS: Autenticidad-Integridad-Inalterabilidad-

Fiabilidad-Disponibilidad y Conservación, garantizando el valor durante su ciclo de vida.

Art.23. CARACTERISTICAS DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO: Contenido estable,

Forma documental fija, Vinculo archivístico, Equivalente funcional

Art.27. FIABILIDAD DE LOS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS: Garantizar que el

documento representación completa, fiel y precisa de las operaciones, las actividades o los hechos

que testimonia y por lo tanto, su carácter evidencial asegura que se puede recurrir a estos en el

curso de posteriores operaciones o actividades.

Art.29. REQUISITOS DE PRESERVACIÓN Y CONSERVACION DE LOS

DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS: se deben tener en cuenta los siguientes parámetros de

conservación: Se pueden conservar los documentos de archivo simultáneamente en formato

análogo y digital de acuerdo a criterios jurídicos, restaurar y mantener la accesibilidad de copias,

la conservación de los documentos electrónicos de archivo deben considerar la preservación en el

tiempo, longevidad de los medios de almacenamiento, valoración, vulnerabilidad y

disponibilidad, Proteger la información y los datos personales de conformidad con lo señalado en

la ley 1273 de 2009 y ley 1581 de 2012.

Art.30. METADATOS MÍNIMOS DE LOS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS DE

ARCHIVO: de Contenido, Estructura, Contexto.

Art.31. USO DE MECANISMOS DE PROTECCION Y AUTENTICIDAD DE

DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS: Los sistemas de gestión de documentos electrónicos

deben permitir que los documentos sean gestionados aun cuando hayan sido creados con medidas

de protección como firmas digitales, mecanismos de

encriptamiento, marcas digitales electrónicas y cualquier otro procedimiento informático que se

creen en el futuro.

Art. 32. NEUTRALIDAD TECNOLÓGICA: Se deben usar o utilizar estándares abiertos que

no dependan de una tecnología en particular.

CAPITULO 5

Page 17: Taller III ciclo vital de los documentos

17

Articulación con Otros Organismos y Entidades del Estado

Art.35. RESPONSABILIDAD DE OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS EN EL

DESARROLLO DE LAS NORMAS SOBRE LA GESTIÓN DE DOCUMENTOS:

para las Superintendencias y Ministerios con sus respectivos sectores es responsabilidad

de establecer normas para la formulación, implementación y evaluación del Programa de

Gestión Documental .

Art.37. INSPECCIÓN Y VIGILANCIA : el Archivo General de la Nación realizará

inspecciones sobre la implementación y funcionamiento de los programas de gestión

documental, en medio de las entidades públicas y privadas que cumplen funciones

públicas, así como lo vean conserniente.

VI. Elabore un resumen sobre la circular 002 de marzo 06 de 2012.

La circular 002 de 2012 trata sobre las “herramientas tecnológicas de gestión documental”

en ella nos indican que teniendo la importancia que tiene el querer modernizar los

sistemas en las diferentes entidades y que teniendo en cuenta los sistemas que existen

como por ejemplo el Orfe y otros, el AGN prosigue a realiza un tipo de recomendaciones

entre ellas dice que se debe tener en cuenta como mínimo, los lineamientos consignados

en la circular 004 de COINFO de 2010, que establece los estándares en procesos de

administración de archivos y gestión de documentos electrónicos, conjunto con la guía de

lineamientos para la gestión de archivos electrónicos en la administración pública. Por

otra parte las entidades públicas que quieran gestionar el SGDEA, deben atender las

recomendaciones que haga el AGN, en desarrollo de sus atribuciones legales, todo lo

anterior con el fin de preservar en el tiempo los documentos digitales producidos o

recibidos por las diferentes entidades del estado.

Page 18: Taller III ciclo vital de los documentos

18

VII. Identifique como clasifican los archivos teniendo en cuenta el ciclo vital de los

documentos y los procesos de la Gestión Documental que se desarrollan en cada fase

(Archivo de Gestión, Central e Histórico)

Teniendo en cuenta el ciclo vital de los documentos los archivos se clasifican en:

ARCHIVO DE GESTIÓN: (1-5 años) comprende toda la documentación que es sometida a continua utilización y consulta administrativa por las oficinas productoras y otras que la soliciten. Su circulación o trámite se realizara para dar respuesta o solución a los asuntos iniciados

Los documentos resguardados en la unidad de archivo de trámite y en la unidad de archivo de concentración, tienen valores primarios que se determinan como sigue:

Valor administrativo: es el que se relaciona con el trámite, asunto o tema por el cual se emitió el documento, corresponde a un procedimiento administrativo.

Valor jurídico: valor que tienen los documentos que se refieren a los derechos u obligaciones legales o jurídicas, y le confiere calidad de testimonio ante la ley.

Valor contable: valor de los documentos que sirven de explicación, justificación y comprobación de las operaciones contables y financieras.

ARCHIVO CENTRAL: (15-30 años)En el que se agrupan documentos transferidos por los distintos archivos de gestión de la entidad respectiva, cuya consulta no es frecuente pero que siguen teniendo vigencia y son objeto de consulta por las propias oficinas y particulares en general

Los documentos que son transferidos a este archivo se conocen como documentos semiactivos de valores primarios

ARCHIVO HISTORICO: (30 años-perpetuidad) A partir de este momento, la documentación seleccionada por su valor informativo, histórico y cultural, se conserva a perpetuidad, en condiciones que garanticen su integridad y transmisión a las generaciones futuras, por cuanto constituye parte del patrimonio histórico de las naciones y, por ende, de la humanidad. El archivo histórico maneja documentación de valores secundarios como

Documentos culturales

Page 19: Taller III ciclo vital de los documentos

19

Documentos históricos Documentos científicos

VIII. Identifique los valores que tienen los documentos en cada una de estas fases o etapas.

IX. Destaque los aspectos más importantes a tener en cuenta en los Acuerdos 03, 04, 05

de marzo 15 de 2013

ACUERDO 03 MARZO 15 DE 2013

“Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2578 de 2012, se adopta y

reglamente el Comité Evaluador de Documentos del Archivo General de la Nación y

se dictan otras disposiciones”

La selección de documentos requiere del apoyo en técnicas precisas, acordes con la

naturaleza de los documentos, a efectos de asegurar la calidad y servicios de los archivos

Page 20: Taller III ciclo vital de los documentos

20

en las entidades públicas y privadas con función pública, garantizando el acceso de los

ciudadanos a los documentos cuya conservación se haya definido.

Se hace necesario conformar la instancia que facilite le evaluación de las Tablas de

Retención y Valoración Documental aprobadas por el Comité Interno de Desarrollo

Administrativo o el Comité Interno de Archivo de cada entidad, según el caso, y de los

procesos de trasferencia documental, con miras a salvaguardar el patrimonio documental

del país

El Comité Evaluador de Documentos del Archivo General de la Nación es la instancia

responsable de decidir sobre la valoración y disposición final de los documentos de

archivo con miras a proteger el patrimonio documental del país y propender por su

conservación permanente

Están son algunas de las funciones del Comité Evaluador de Documentos:

Servir de órgano asesor del Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado,

para estudiar los asuntos relativos al valor secundario de los documentos y la

preparación de los lineamientos sobre selección y eliminación de estos

Sugerir el régimen de acceso y transferencias de los documentos de valor secundario,

con base en las tablas de retención documental y tablas de valoración documental

aprobadas por cada organismo, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

Asesorar al Director General del Archivo General de la Nación Jorge Palacios

Preciado en los asuntos relativos a la evaluación de las tablas de retención documental

y las tablas de valoración documental aprobadas por las entidades públicas en los

diferentes niveles territoriales y ramas del poder público.

Pronunciarse cuando así lo considere sobre las listas de documentos para eliminar,

publicadas por las entidades públicas del orden nacional, departamental, distrital y

municipal.

Presentar al Consejo Directivo y al Director General informes periódicos de sus

actividades.

Page 21: Taller III ciclo vital de los documentos

21

El comité Evaluador de Documentos del Archivo General de la Nación se reunirá

ordinariamente una vez al mes, y extraordinariamente cuando sea necesario, a solicitud

del Director General.

ACUERDO 04 MARZO 15 DE 2013

“Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos 2578 y 2609 de 2012 y se

modifica el procedimiento para la elaboración, presentación, evaluación, aprobación

e implementación de las Tablas de Retención Documental y las Tablas de Valoración

Documental”

Que las Tablas de Retención Documental y las Tablas de Valoración Documental de las

entidades del orden nacional, de las Gobernaciones y Distritos, de sus entidades

centralizadas, descentralizadas, autónomas y de las entidades privadas que cumplen

funciones públicas, de los municipios, distritos y departamentos, fueron concebidas en el

marco normativo colombiano como instrumentos archivísticos a través de cuya

implementación se busca garantizar la protección de la información publica y del

patrimonio documental.

Este acuerdo cuenta con 6 títulos y cada uno de ellos tiene ciertas disposiciones.

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º. Ámbito de Aplicación. Las entidades del Estado del orden nacional,

departamental, distrital y municipal, y las entidades privadas que cumplen funciones

públicas deberán elaborar, evaluar, aprobar, implementar y actualizar sus tablas de

retención documental y sus tablas de valoración documental de conformidad con lo

establecido en el presente acuerdo y demás normas que expida el Archivo General de la

Nación.

Artículo 2º Alcance. Las tablas de retención documental se deben elaborar y aplicar

tanto para la organización y disposición de documentos físicos como electrónicos, de

Page 22: Taller III ciclo vital de los documentos

22

conformidad con lo establecido en el Decreto 2609 de 2012. Las Tablas de Valoración

Documental se deben elaborar y aplicar para la organización de Fondos Acumulados.

Artículo 3º Equipo Interdisciplinario para su elaboración. Las TRD y las TVD

deberán ser elaboradas por un equipo interdisciplinario conformado por profesionales en

diferentes disciplinas como la archivística, historia, derecho, administración pública,

ingeniería industrial, entre otras.

Artículo 4º Cuadros de Clasificación Documental. La elaboración de las TRD y TVD

deberá llevarse a cabo a partir de los cuadros de clasificación documental, siguiendo la

estructura orgánico-funcional de cada entidad.

TITULO II

ELABORACION Y APROBACION DE LAS TABLAS DE RETENCION

DOCUMENTAL Y TABLAS DE VALORACION DOCUMENTAL

Artículo 5º Elaboración. Las TRD y las TVD deberán elaborarse teniendo en cuenta las

etapas relacionadas en el instructivo para la elaboración de las tablas de retención

documental y las tablas de valoración documental”, aprobado por el Archivo General de

la Nación.

Parágrafo. El Archivo General de la Nación, podrá complementar el instructivo de que

trata el presente artículo, a través de guidas e instrumentos que faciliten su aplicación, de

acuerdo con la evolución de la función archivística del Estado y la doctrina archivística.

Artículo 6º Criterios para la Elaboración. En el proceso de elaboración de las tablas de

retención documental y tablas de valoración documental se deberán tener en cuenta los

siguientes criterios:

Idoneidad: Elaboración por un equipo interdisciplinario idóneo altamente

calificado

Page 23: Taller III ciclo vital de los documentos

23

Análisis contextual: Evaluación de documentos en donde se debe considerar las

normas legales que le aplican a los documentos en cada sector (contexto legar) y el

contexto institucional e histórico.

Trazabilidad y control: Las entidades de que trata el artículo primero del presente

acuerdo, deberán conservar de manera permanente todos los soportes e

información que sirvieron de base para la elaboración de las tablas de retención

documental y las tablas de valoración documental.

TITULO III

PUBLICACION Y PRESENTACION

Artículo 9º Publicación. Las Tablas de Retención Documental (TRD) y las Tablas de

Valoración Documental (TVD) deberán publicarse en la respectiva página Web de las

entidades públicas y mantenerse en dichos sitios Web permanentemente.

TITULO IV

EVALUACION Y CONVALIDACION

Artículo 11º Evaluación técnica y solitud de ajustes. Los comités evaluador de

documentos del archivo general de la nación y los consejo departamentales o distritales de

archivos, de acuerdo con su competencia y jurisdicción tendrán un plazo máximo de

noventa (90) días contados a partir de su recepción para evaluar las TRD y las TVD

aprobadas por las instancias señaladas en el presente Acuerdo, con el fin de convalidar

que dichos instrumentos archivísticos hayan sido elaborados y aprobados conforme a las

normas expedidas por el AGN y emitir el concepto correspondiente

Artículo 12º Obligatoriedad para la realización de ajustes. Los ajustes y modificación

solicitados por el Comité Evaluador de Documentos del Archivo General de la Nación o

de los Consejos Departamentales o Distritales de Archivos, son de obligatorio

cumplimiento por parte de la entidad respectiva. Si la entidad no realiza los ajustes o

Page 24: Taller III ciclo vital de los documentos

24

modificaciones en el tiempo establecido, podrá ser sujeto de las sanciones de que trata el

artículo 35 de la Ley 594 de 2000.

TITULO V

IMPLEMENTACION Y ACTUALIZACION

Articulo 13º Implementación. Una vez aprobadas y convalidadas o cumplido el plazo de

que trata el artículo 11º del presente Acuerdo, las entidades deberán proceder a su

implementación; si no se ha cumplido este procero, la entidad podrá ser sujeto de las

sanciones de que trata el artículo 35 de la Ley 594 de 2000.

Articulo 14º Actualización. Las tablas de retención documental deberán actualizarse en

los siguientes casos:

Cuando existan cambios en la estructura orgánica de la entidad

Cuando existan cambios en las funciones

Cuando la entidad sufra procesos de supresión, fusión, escisión o liquidación

Cuando se produzcan cambios en el marco normativo del país

Cuando se transformen tipos documentales físicos en electrónicos

Cuando se generan nuevas series y tipos documentales

Cuando se hagan cambios en los criterios de valoración, soportes documentales y

procedimientos que afecten la producción de documentos

Parágrafo 1º La actualización de las tablas de retención documental también debe surtir

el proceso de aprobación por las instancias correspondientes, le evaluación y

convalidación por el Comité Evaluador de Documentos del Archivo General de la Nación

o Consejo Departamental o Distrital de Archivos, y demás procesos señalados en el

presente Acuerdo para su implementación.

Articulo 15º Eliminación de Documentos. La eliminación de documentos de archivo,

tanto físicos como electrónicos, deberá estar basada en las tablas de retención documental

o en las tablas de valoración documental, y deberá ser aprobada por el correspondiente

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Comité Institucional de Desarrollo Administrativo o el Comité Interno de Archivo según

el caso.

TITULO VI

DISPOSICIONE FINALES

Articulo 16º Inspección y vigilancia. El archivo General de la Nación, cuando así lo

considere, podrá revisar las TRD o TVD en cualquier momento, aun después de

aprobadas por el Comité Interno de Archivo y convalidadas por el Consejo Departamental

o Distrital de Archivos, cuando a su juicios existan errores que puedan afectar el

patrimonio documental del país, solicitar ajustes a las mismas y asimismo, realizara

inspección sobre su plan de implementación.

Articulo 18º Uso de tecnologías de información. Las entidades públicas deberán

implementar mecanismos tecnológicos que permitan la automatización de la elaboración,

consulta y actualización de sus tablas de retención documental.

ACUERDO 05 DE MARZO 15 DE 2013

“Por el cual se establecen los criterios básicos para la clasificación, ordenación y

descripción de los archivos en las entidades públicas y privadas que cumplen funciones

públicas y se dictan otras disposiciones”

CAPITULO I

GENERALIDADES

Articulo 1º Ámbito de aplicación. El presente Acuerdo aplica a todas las entidades del

Estado en sus diferentes niveles, nacional departamental, distrital, municipal, de las

entidades territoriales indígenas, y demás entidades territoriales que se creen por Ley, así

como las entidades privadas que cumplen funciones públicas; y demás organismos

regulados por la Ley 594 de 2000

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Articulo 2º Marco conceptual. Las definiciones correspondientes a los términos técnicos

incluidos en el presente acuerdo serán las establecidas en el Reglamento General de

Archivos y demás normas que lo complementen o modifiquen expedidas por el Archivo

General de la Nación.

Articulo 3º Organización de documentos de archivo. Las entidades del Estado están en

la obligación de organizar los documentos de archivo, para lo cual deben desarrollar de

manera integral los procesos de clasificación, ordenación y descripción. De igual forma

deberán implementar procesos de organización para toda la documentación que apoye la

gestión administrativa.

CAPITULO II

CLASIFICACION DOCUMENTAL

Articulo 5º Clasificación documental. Las entidades del Estado deben desarrollar

procesos de clasificación documental, cuyo resultado es el cuadro de clasificación de

documentos, representado en los siguientes niveles y subniveles: fondo, subfondo,

sección, subsección, serie, subserie, unidad documental compuesta, unidad documental

simple

Articulo 6º Clasificación documental en los archivos de gestión. Las diferentes

dependencias de la entidad, con fundamento en el Cuadro de Clasificación Documental y

la Tabla de Retención Documental, deben velar por la clasificación de los documentos

que conforman los archivos de gestión, mediante la identificación de los tipos

documentales producidos en el desarrollo de la gestión administrativa, la agrupación de

los mismos expedientes, subseries y series, atendiendo a los principios de procedencia,

orden original y demás requisitos exigidos en la normatividad que sobre esta materia

expida el Archivo General de la Nación.

Articulo 7º Clasificación documental en el archivo central. Todas las entidades del

Estado están en la obligación de conformar un archivo central institucional, responsable

de recibir, organizar, custodiar, describir, controlar y prestar el servicio de consulta de los

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documentos recibidos en transferencia primaria de los distintos archivos de gestión de la

entidad.

Articulo 8º Clasificación documental en el Archivo General Territorial y en el

Archivo Histórico. La clasificación de los documentos en el Archivo General Territorial

y en el archivo histórico institucional debe responder a la estructura en fondos

documentales compuesto de manera jerárquica, respecto de la estructura orgánico-

funcional de la entidad respectiva, y que está representada de forma que refleje las

secciones, subsecciones, series, subseries y/o asuntos administrativos, resultantes de la

aplicación de la tabla de retención o tabla de valoración documental según se trate de

archivos de gestión o fondos acumulados.

Parágrafo 1º Los Archivos Generales Territoriales y los archivos históricos

institucionales están compuestos por los fondos documentales provenientes de los

Archivos Centrales de las distintas entidades adscritas o vinculadas en el correspondiente

nivel territorial, así como los fondos documentales de valor histórico entregados en

custodia o donación por particulares.

CAPITULO III

ORDENACION DOCUMENTAL

Articulo 9º Ordenación documental: Las entidades públicas deben desarrollar procesos

de ordenación documental, garantizando la adecuada disposición y control de los

documentos en cada una de las fases de archivo, permitiendo su disponibilidad durante el

tiempo de permanencia establecido en las Tablas de Retención Documental y Tablas de

Valoración Documental.

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CAPITULO IV

DESCRIPCION DOCUMENTAL

Articulo 11º Obligatoriedad de la descripción documental. Las entidades del Estado

deberán desarrollar un programa de descripción documental y elaborar diferentes

instrumentos de descripción que permitan conocer y controlar las unidades documentales

que conforman el archivo, apoyar y estimular la difusión de la información y consulta por

el ciudadano así como la investigación a partir de las fuentes primarias, participar en la

recuperación de la memoria, así como en la formación y consolidación de la identidad

cultural.

Articulo 13º Archivo históricos en poder de entidades privadas. El Archivo General

de la Nación podrá establecer convenios o acuerdos de cooperación con Academias de

Historia, entidades académicas o científicas de carácter privado que conserven y

administren archivos históricos de titularidad pública, archivos privados de interés

público o declarados como bienes cultural a través de la Red Nacional de Archivos, de

manera que sus fondos documentales se pongan a disposición de toda la ciudadanía.

Articulo 17º Inventario de documentos transferidos a los archivos generales o

archivos históricos institucionales. Las entidades que por jurisdicción o competencia

transfieran documentos de archivo a los Archivos Generales Territoriales o a los archivos

históricos institucionales, deben publicar en sus respectivas páginas web, el inventario de

los documentos transferidos, con el fin de informar a la ciudadanía y de otra parte definir

responsabilidades en relación con la conservación y servicio de los mismos.

Articulo 19º Pasos para el desarrollo de un proyecto de descripción documental. Para

el desarrollo de proyectos de descripción.

Identificación de la unidad de descripción (fondo, sección, subsección, serie,

subserie o agrupación documental a describir)

Verificación del estado general de organización y conservación documental

Definición del plan de trabajo a seguir sobre la documentación previamente

identificada.

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CAPITULO V

SISTEMAS AUTOMATIZADOS DE DESCRIPCION DOCUMENTAL

Articulo 20º Utilización de medio tecnológicos en la descripción archivística. Las

entidades del Estado deben desarrollar procesos de descripción documental mediante la

implementación de medios tecnológicos apropiados, interoperables y compatibles que

permitan la visualización de los instrumentos de descripción a través de la Red Nacional

de Archivos y los sistemas utilizados por el Archivo General de la Nación.

Parágrafo. Cuando existan documentos reproducidos en otros medios o soportes,

diferentes al original se debe referenciar su ubicación física, de tal manera que se facilite

su recuperación y consulta.

Articulo 22º Transferencia de información. Los sistemas empleados deberán permitir la

transferencia de información al sistema del Archivo General de la Nación y los archivos

generales territoriales, en concordancia con dispuesto en los Decretos 2578 de 2012 y

2609 de 2012

CAPITULO VI

DISPOSICIONES FINALES

Articulo 23º Obligatoriedad de la descripción documental en el desarrollo de

contratos de organización, custodia o administración documental. Cuando las

entidades públicas contraten con empresas privadas servicios de organización,

digitalización, microfilmación, custodia o administración de sus documentos,

independientemente de la modalidad o tipo de contrato, deberán exigir a las empresas

contratistas el uso de sistemas basados en las normas de descripción archivísticas

adoptadas por el Consejo Internacional de Archivos (CIA) dejando consignada dicha

obligación en las clausulas del contrato que suscriban.

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CONCLUSIONES

Es sumamente importante como profesionales en ciencias de la información, estudiar,

leer, analizar y seguir investigando sobre el Programa de Gestión Documental (PGD) y

sobre el Ciclo Vital del Documento, ya que estas normas establecidas serán nuestra

herramienta constante de consulta, para llevar un archivo, unidad de correspondencia,

unidad de información, de la mejor manera posible y sobre todo cumpliendo con los

requisito que emana la Ley General de Archivos

En el desarrollo de este trabajo aprendimos la importancia de conocer la implementar un

buen programa de gestión documental teniendo unas buenas bases sobre los aspectos que

lo conforman

Como futuros profesionales en Ciencia de la Información, Bibliotecología y Archivística,

estaremos en la capacidad y responsabilidad de distinguir las etapas del ciclo vital de los

documentos para desarrollar a cabalidad un programa de gestión documental.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Archivo General de la Nación

Recuperado el 23 de agosto de 2013, de

http://www.archivogeneral.gov.co/?idcategoria=1057

www.archivogeneral.gov.co/?idcategoria=6336#

Revista Gestión Documental

Recuperado el 24 de agosto de 2013, de

http://www.revistagestiondocumental.com/2011/10/25/la-gestion-documental-un-

salvavidas-en-plena-crisis/

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Recuperado el 24 de agosto de 2013, de

http://www.google.com.co/imghp?hl=es&tab=wi

Camaleo

Recuperado el 26 de agosto de 2013, de

http://es.calameo.com/books/002174759fa63b88ce684

Blog Organización de Documentos

Recuperado el 02 de septiembre de 2013, de

http://organizaciondocumentos.blogspot.com/p/principios-deorganizacion-de-

un.html