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Taller Alturas

Taller AlturasAlturas04/03/2014Sebastin Lis, Omar Garzn, Sergio Andrs Rojas.

TALLER ALTURAS3.1.1 No No No No No No

3.2.1: considerando la resolucin 1409/12 cite o enliste las normas que definen a los empleadores como responsables de la seguridad y salud de sus trabajadores: Articulo 348 del cdigo sustantivo del trabajo Articulo 80, 81 y84, ley 9 de 1979 Articulo 2 decreto ley 1295 de 1997 Articulo 26 de la ley 1562/12 Decreto 614 de 1984 artculos 48 inciso 5o de la Constitucin Poltica Ley 100 de 1993 Decreto 1295 de 19943.2.1.2: cite 5 artculos relacionadas con identificacin, evaluacin y control de riesgos 1409/12 1. Realizar las evaluaciones mdicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clnicas ocupacionales conforme a lo establecido en las Resoluciones2346de 2007 y1918de 2009 expedidas por el Ministerio de la Proteccin Social o las normas que las modifiquen, sustituyan o adicionen. 2. Incluir en el programa de salud ocupacional denominado actualmente Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el programa de proteccin contra cadas de conformidad con la presente resolucin, as como las medidas necesarias para la identificacin, evaluacin y control de los riesgos asociados al trabajo en alturas, a nivel individual por empresa o de manera colectiva para empresas que trabajen en la misma obra. 6. Disponer de un coordinador de trabajo en alturas, de trabajadores autorizados en el nivel requerido y de ser necesario, un ayudante de seguridad segn corresponda a la tarea a realizarse; lo cual no significa la creacin de nuevos cargos sino la designacin de trabajadores a estas funciones. 7. Garantizar que el suministro de equipos, la capacitacin y el reentrenamiento, incluido el tiempo para recibir estos dos ltimos, no generen costo alguno para el trabajado. 8. Garantizar un programa de capacitacin a todo trabajador que se vaya a exponer al riesgo de trabajo en alturas, antes de iniciar labores.3.2.1.3 De la ley 1562/08. Artculo 3 y 4. Enuncie lo definido como accidente de trabajo y enfermedad laboral: ART3: Accidente de trabajo. Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasin del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesin orgnica, una perturbacin funcional o psiquitrica, una invalidez o la muerte. Es tambin accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecucin de rdenes del empleador, o contratante durante la ejecucin de una labor bajo su autoridad, an fuera del lugar y horas de trabajo ART4: Enfermedad laboral. Es enfermedad laboral la contrada como resultado de la exposicin a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinar, en forma peridica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relacin de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales sern reconocidas como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes.

3.2.1.4 De la ley 1562/08. Quines son afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales de forma obligatoria y quines de forma voluntaria. Artculo 13. Afiliados. Son afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales: a) En forma obligatoria: 1. Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo escrito o verbal y los servidores pblicos; las personas vinculadas a travs de un contrato formal de prestacin de servicios con entidades o instituciones pblicas o privadas2. Las Cooperativas y Pre cooperativas de Trabajo Asociado son responsables conforme a la ley, del proceso de afiliacin y pago de los aportes de los trabajadores asociados.3. Los jubilados o pensionados, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores pblicos.4. Los estudiantes de todos los niveles acadmicos de instituciones educativas pblicas o privadas que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institucin o cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminacin de sus estudios, e involucra un riesgo ocupacional.5. Los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo. El pago de esta afiliacin ser por cuenta del contratanteb) En forma voluntaria:Los trabajadores independientes y los informales, diferentes de los establecidos en el literal a) del presente artculo, podrn cotizar al Sistema de Riegos Laborales siempre y cuando coticen tambin al rgimen contributivo en salud y de conformidad con la reglamentacin que para tal efecto expida el Ministerio de Salud y Proteccin Social en coordinacin con el Ministerio del Trabajo en la que se establecer el valor de la cotizacin segn el tipo de riesgo laboral al que est expuesta esta poblacin.3.2.1.5 Determine las consecuencias que al empleador y trabajador le genera el incumplimiento de obligaciones definidas en las normas legales vigentes y marco legal de la resolucin 1409/12. Consulte el documento en Power point adjunto, llamado RESPONSABILIDADES EN EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS. Lea las definiciones correspondientes en trminos de responsabilidad laboral, administrativa - disciplinaria, civil, penal y social.

RESPONSABILIDAD LABORAL:Esta responsabilidad es la que el empleador debe asegurar a travs de una institucin administradora de riesgos profesionales (ARL). Al afiliar a sus trabajadores al sistema general de riesgos laborales.

Es la obligacin econmica (prestaciones asistenciales y econmicas), en virtud de la cual los trabajadores estn protegidos de los accidente de trabajo o enfermedad laboral, que se ocasionen con causa o con ocasin del trabajo. RESPONSABILIDAD CIVILEs la obligacin econmica que resulta como consecuencia de la negligencia u omisin del empleador cuando incumple la obligacin de organizar y garantizar el funcionamiento permanente de un programa de salud ocupacional denominado actualmente sistema de gestin de la seguridad y salud en el trabajo. SG-SST. RESPONSABILIDAD PENALCuando la persona ha realizado una conducta que se tiene tipificada como delito en el cdigo penal. Surge de la relacin del titular del delito con el afectado.La responsabilidad es asumida por el causante del hecho (empleador, responsable del S-G.S.S.T, miembros de la junta de calificacin de invalidez, funcionarios de la ARL o trabajador). RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Y DISCIPLINARIALa responsabilidad administrativa surge de la funcin legal de vigilancia de la salud ocupacional y el control que es responsabilidad directa del SGRL Se da cuando el Empleador afilia a sus trabajadores pero no cancela a tiempo las cuotas mensuales obligatorias y entra en morosidad. 3.2.2 IDENTIFICACION DE PELIGROS Y EVALUACION DE RIESGOS.3.2.2.1 Tres trminos nos define el concepto de PELIGRO. Defina entonces:Tres fuentes de peligro con potencial de causar dao en trminos de accidente de trabajo o enfermedad laboral.1- Los trabajadores no tienen equipo de seguridad en la altura.

2- No realizar las inspeccin de seguridad de los dispositivos

3- Cables de voltaje suelto que pueden causar daos.

Tres condiciones de peligro con potencial de causar dao en trminos de accidente de trabajo o enfermedad laboral.1- Las conexiones deben ser analizadas y certificadas por personal experto en el tema

2- Cables con energa elctrica que puede ser peligrosos para las personas

3- Se puede formar un corto circuito y no muestra un aislamiento dielctrico.

Tres actos de peligro con potencial de causar dao en trminos de accidente de trabajo o enfermedad laboral.1- Falta de un equipo de seguridad, poniendo en peligro su vida.

2- Trabajar en condiciones de peligro teniendo cables de alta tensin a su lado

3- Es posible que un viento o una brisa pueda desequilibrar a la persona y correr con una cada que seria fatal.

3.2.2.2 Tres trminos nos define el concepto de RIESGO segn norma (NTC, OHSAS 18001). Defina entonces: PROBABILIDAD: posibilidad de que ocurra un evento o resultado especfico, medida por la relacin entre los eventos o resultados especficos y el nmero total de eventos o resultados posibles. (NTC 5254: Gestin del Riesgo). Ventana de oportunidad de materializarse el peligro. EXPOSICION: Frecuencia con la que se expone al peligro el trabajador o las estructuras que entran en contacto con los factores de riesgo. SEVERIDAD: Nivel de las consecuencias generadas por el riesgo profesional. Alteracin del estado de salud de las personas y los daos materiales resultantes de la exposicin al factor de riesgo.3.2.2.3 Para la identificacin de peligros y evaluacin de riesgos en tareas, oficios y actividades con riesgo de cada en alturas se emplea un formato o matriz para su registro. Realice la siguiente actividad: Revise el formato utilizado en su Empresa o el aportado por el Instructor. Identifique y nombre tres pasos bsicos del proceso: TAREA O ACTIVIDAD DE T.S.A. PASO A PASO, IDENTIFICACION PELIGROS POTENCIALES, EVALUACION NIVEL DE DAO CONTROLES A ESTABLECER. Defina los nombres qu recibe la Matriz: (ATS ARO ART TRES QU).

-Anlisis de Trabajo Seguro (ATS): Es un mecanismo documentado que permite evaluar el trabajo, identificar los peligros y recomendar prcticas de trabajo seguro y medidas preventivas. Para contratistas, subcontratistas, tenedores de espacio y proveedores, el formato de ATS aqu adjunto es nicamente una gua para su gestin.-ARO: anlisis de riesgos operativos-ART: anlisis riesgos de trabajo.3.3.3.4: Debemos reconocer las familias de peligros que pueden causar accidente de trabajo o enfermedad laboral en cada tarea o actividad de trabajo en alturas. De cada familia de peligros identifique los que potencial mente se presentan cuando ejecutamos tareas de trabajo en alturas. Para ello elabore una lista as: Factor de peligro + Tipo de peligro + Nivel de severidad o dao. Ejp: Peligro Fsico, por ruido, causa sordera.PELIGRO: Fuente, situacin o acto con potencial de dao en Fuente, situacin o acto con potencial de dao en trminos de enfermedad o lesin a las personas o una trminos de enfermedad o lesin a las personas o una combinacin de stos.RIESGO: Combinacin de la probabilidad que ocurra un evento o Combinacin de la probabilidad que ocurra un evento o exposicin peligrosa y la severidad de la lesin o exposicin peligrosa y la severidad de la lesin o enfermedad que pueden ser causada por el evento o enfermedad que pueden ser causada por el evento o exposicin.Factor de riesgosTipo de peligroNivel o severidad

FsicoRuido Vibraciones Temperaturas Extremas Presiones Anormales Radiaciones ionizantes: Rayos X, fuentes radiactivas.Sordera Alteracin articulaciones Choque por calor Fatiga, cansancio.

QumicosMaterial particulado: Polvo, neblinas, fibras, humos. Gases Vapores Contacto con sustancias qumicas como: gasolina, ACPM, cidos, disolventes. Afecciones pulmonares Irritacin intoxicacin Quemaduras Dermatitis

ErgonmicosCarga esttica por: posturas inadecuadas durante largos periodos de tiempo. Carga dinmica por: Sobreesfuerzos, sobretensin al realizar manipulacin de objetos, movimientos inadecuados del cuerpo. Movimientos repetitivosFatiga muscular Lumbagos, esquinces, hernias Enfermedades osteomusculares

SicosocialesRutina y monotona Sobrecarga de trabajo Atencin al Pblico Ambiental Laboral (clima) Sobretiempos

Estrs Irritabilidad Accidentes

3.3 Actividades de apropiacin del conocimiento (Conceptualizacin y Teorizacin).3.3.1 Definir el responsable correspondiente empleador y/o trabajador de cada obligacin que aparece en la tabla teniendo en cuenta las definiciones establecidas en la resolucin 1409/12.

OBLIGACIONRESPONSABLE

Garantizar que los sistemas y equipos de proteccin contra cadas, cumplan con los requerimientos de esta resolucin.empleador

Utilizar las medidas de prevencin y proteccin contra cadas que sean implementadas. (?)trabajador

Garantizar que el suministro de equipos, la capacitacin y el reentrenamiento, incluido el tiempo para recibir estos dos ltimos, no generen costo alguno para el trabajador.Empleado

Cumplir todos los procedimientos de salud y seguridad en el trabajo establecidos. (?)Trabajador

Garantizar un programa de capacitacin a todo trabajador que se vaya a exponer al riesgo de trabajo en alturas, antes de iniciar labores.Empleador

Participar en la elaboracin y el diligenciamiento del permiso de trabajo en alturas, as como acatar las disposiciones del mismo.Trabajador

Garantizar de manera obligatoria la afiliacin del trabajador al SGRL.Empleador

Ejecutar permanentemente el sistema de gestin de salud y seguridad en el trabajo.Trabajador

Cancelar oportunamente el valor de cuotas mensuales obligatorias a la ARL.Empleador

3.3.2: Apropiar el programa de prevencin y proteccin contra cadas de alturas de acuerdo a la tarea a realizar y el medio donde se ejecute la actividad.Estimado aprendiz para desarrollar la actividad propuesta lo invito a que:

3.3.2.1 Nombre las medidas individuales y colectivas de prevencin implementadas para evitar la cada del trabajador cuando realice trabajo en alturas definidas en el CAPTULO II. Artculo 8. De la resolucin 1409/12. Informe qu previene cada una de ellas en sitio de trabajo y qu medida de control corresponde: La capacitacin= individual Los sistemas de ingeniera para la prevencin de cadas=fuente Medidas colectivas de prevencin= individuo Permiso de trabajo en alturas=fuente Sistemas de acceso para trabajos en alturas=fuente Trabajo en suspensin individuo Procedimiento para el trabajo en alturas Induccin Capacitacin Entrenamiento y reentrenamiento.3.3.2.2 Cite tres situaciones que amerite la revisin y ajuste de procedimientos para el trabajo seguro en alturas segn tarea a ejecutar y actividad econmica. Cuando hay ingreso de personal nuevo construccin Cuando hay cambio de actividades empresa Cuando las condiciones de trabajo en el lugar han cambiado Evaluacin y elaboracin de lneas de vida y sistema de seguridad Mantenimiento de estructuras, instalaciones, torres y dems. Limpieza en los sistemas de verificacin en ventilacin e instalaciones de gas y sistemas contra plagas.3.4.1 Determine las herramientas, equipos de acceso, materiales a utilizar, personas que conforman el equipo o cuadrilla de trabajo para ejecutar la actividad de trabajo en alturas. Los elementos de proteccin activa y EPP a utilizar en la actividad o tarea de la situacin propuesta. Equipos de acceso: escalera, pretales, arns, eslingas, Materiales: casco dielctrico, botas de seguridad, overol, guantes, gafas, ponchadora, cable, cortadoras, pinzas, alicate, llaves, atornilladores, pelacables, detector de tensin.3.4.2 Clasifique las medidas de prevencin individual o colectiva que usted considera deben ser implementadas en la tarea o situacin propuesta. Capacitacin: curso para el empleado entrenar las habilidades y con ellos este pueda ejecutar la labor en alturas. Reentrenamiento: es un entrenamiento que se debe hacer cada ao, en el cual el trabajador volver a retomar el curso para recordar y mejorar los aspectos enseados Induccin: Es un proceso para adaptar al trabajador al sistema que maneja una empresa.3.4.5.1 Qu es peligro. PELIGRO: Fuente, situacin o acto con potencial de dao en Fuente, situacin o acto con potencial de dao en trminos de enfermedad o lesin a las personas o una trminos de enfermedad o lesin a las personas o una combinacin de stos

3.4.5.2 Qu es riesgo. RIESGO: Combinacin de la probabilidad que ocurra un evento o Combinacin de la probabilidad que ocurra un evento o exposicin peligrosa y la severidad de la lesin o exposicin peligrosa y la severidad de la lesin o enfermedad que pueden ser causada por el evento o enfermedad que pueden ser causada por el evento o exposicin.3.4.6 ANALISIS DE SITUACION. N 2. (60 MINUTOS).Solucionar el estudio de caso propuesto teniendo en cuenta las actividades de apropiacin de conocimiento.

Considere que una Compaa del sector econmico en que usted labora le encarga liderar actividades generales de control del Programa de Salud Ocupacional hoy llamado S.G.SST. En tareas o actividades de trabajo en altura con personal bajo su cargo. El personal enfrenta las siguientes situaciones: Los Seores: Bar Simpson, Mil House y Radamel Falcao. Son tecnlogos SENA. Con contrato firmado el 10 de Febrero/2013. El Seor Simpson no ha sido afiliado al sistema General de Riesgos Laborales. Los seores House y Radamel. Fueron afiliados pero hay morosidad desde el mes de junio. Los seores: Lionel Messi y Jorge Balbn son contratistas independientes para trabajos de obra en alturas, los dos seores no estn afiliados al SGRL. Segn ellos para no perder la afiliacin al SISBEN. Con base en la actividad previa de identificacin de conocimientos, de respuesta a los siguientes interrogantes:

En la situacin N 2. Caso del Seor Simpson, qu responsabilidad se causa.

En el caso de los Seores Lionel Messi y Jorge Balbn, quin es responsable de la afiliacin?

-El responsable es el empleador ya que esta carga de el y no de los contratista

En el caso de los Seores Mil House y Radamel Falcao, qu responsabilidad se genera?

-para ellos como empleadores ningunas, ya que ellos no pagado su afiliacin.

Si los Seores Messi y Balbn no estn afiliados. En caso de un accidente laboral. Quin responde?

-En ese caso responde el empleador.

3.4.7 ANALISIS DE SITUACION. N 3. (60 MINUTOS). Considere que una Compaa del sector econmico en que usted labora le encarga liderar actividades generales de control del Programa de Salud Ocupacional hoy llamado S.G.SST. En tareas o actividades de trabajo en altura con personal bajo su cargo. El personal enfrenta las siguientes situaciones: Los seores Alexis lozano, Pipe Bueno y Michael Jordn. Fueron contratados en marzo. No recibieron induccin. La Empresa tiene un programa de Salud ocupacional (hoy llamado SG.SST) pero a los trabajadores nombrados no les han entregado dotacin y trabajan sin elementos de proteccin personal. No han sido capacitados y certificados para ejecutar trabajo en alturas.Con base en la actividad previa de identificacin de conocimientos, de respuesta a los siguientes interrogantes:

De la situacin N 3. Qu responsabilidad se genera al Empleador.

La responsabilidad del empleador es grave ya que se genera una culpabilidad culposa debido a que este no es responsable de la actividad que los empleadores van a ejecutar-

Qu norma obliga al Empleador a tener y ejecutar permanentemente un programa de Salud ocupacional.

La norma de salud ocupacional es

En la situacin N 3. La conducta que acusa el Empleador es NEGLIGENCIA U OMISION.

La conducta que acusa al empleador es de negligencia ya que este esta desentendido de los trabajadores en su dotacin y en su capacitacin obligatoria para su curso de alturas

En caso que los Seores: Alexis lozano, Pipe Bueno y Michael Jordn, se accidentan a qu tienen derecho si prospera una demanda.

El derecho si prospera una demanda lo tiene la familia en caso tal de que se mueran o en caso de que estos sigan vivos lo tienen los trabajadores ya que ellos no hubo una debida explicacin, capacitacin y elementos solicitados Qu se define como responsabilidad penal en Colombia.

La responsabilidad penal en Colombia se le conocer a aquel acto de irresponsabilidad en el que un empleador por falta de capacitacin u elementos haga que un trabajador se accidente o en el peor de los casos que un trabajador llegue a la muerte. La persona encargada de aquel trabajador recibir una pena la cual se cumplirn en aos en la crcel o con salarios mnimos segn el peor de los casos-

En caso que los Seores: Alexis lozano, Pipe Bueno y Michael Jordn, se accidentan. Qu CULPABILIDAD, se puede determinar.

Culpabilidad Culposa

La culpabilidad culposa tiene tres generadores, cules son.

Si los seores Alexis lozano, Pipe Bueno y Michael Jordn, no estn certificados para trabajo seguro en alturas. Qu culpabilidad podemos catalogar.

Culpabilidad por negligencia

La persona que por indolencia (conducta perezosa, aptica o desidiosa). Deja de realizar una determinada conducta. Fallas por atencin y cuidado, por inadecuada coordinacin y respuesta. No se cumplen las normas o leyes en Salud Ocupacional, no se toman las medidas preventivas, no se realizan mantenimientos preventivos/correctivos a las maquinas, no se proporcionan Elementos de Proteccin adecuados, no se capacita al trabajador.CULPABILIDAD PRETERINTENCIONAL Artculo 38 C.P. Cuando su resultado siendo previsible excede la intensin del agente. Es un punto intermedio entre dolo y culpa. Como ejemplo estn las chanzas que tienen un componente imprudente y doloso.