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MARCO JURÍDICO DE LAS CONTRATACIONES
DEL RÉGIMEN ESPECÍFICO
TALLER A TESTIGOS SOCIALES MÉXICO, D.F., 16 DE ENERO DE 2012
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• El 28 de noviembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la
Ley de Petróleos Mexicanos (LPM), creando un régimen específico de contratación para
Pemex.
• El 4 de septiembre de 2009, fue publicado en el DOF el Reglamento de la LPM.
• El 6 de enero de 2010, se publicaron en el DOF las Disposiciones Administrativas de
Contratación (Disposiciones) y entraron en vigor el 7 de enero de 2010. Las
Disposiciones fueron previamente aprobadas por el Consejo de Administración de
Pemex.
• El 10 de marzo de 2010, se publicaron en el DOF reformas, adiciones y derogaciones a
las Disposiciones.
• El artículo 51 de la LPM establece el régimen ESPECÍFICO de contratación para las
actividades sustantivas de carácter productivo a que se refieren los artículos 3º y 4º de
la LRA27CRP, así como la petroquímica distinta de la básica, las cuales se regirán por lo
dispuesto en la LPM, su Reglamento y las Disposiciones.
Régimen Específico de Contratación
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Ley de Pemex
Régimen específico de contratación
Comités
Atribuciones al Consejo para normar la contratación
La premisa fundamental es la creación de valor económico
Reglamento de la Ley de Pemex
Principios que obligan a alinear las características de los contratos con los
objetivos de los proyectos
Definición de proyecto sustantivo
Permite relacionar el pago con el desempeño
Procesos flexibles
Disposiciones Administrativas de Contratación
Establece reglas generales
Establece las bases para estructurar procesos para que la contratación
responda a los objetivos del proyecto
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Régimen Específico de Contratación
Mayor flexibilidad de contratación
Previa aprobación del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, las DAC
fueron publicadas el 6 de enero de 2010 en el DOF y sus reformas el 10 de marzo
de 2010.
Actividades Sustantivas de
Carácter Productivo: DAC
Actividades NO
sustantivas: LAASSP y LOPSRM
Ley de Petróleos
Mexicanos y su Reglamento
Tratados de Libre Comercio
Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria
Ley Federal de las Entidades Paraestatales
Ley General de Deuda Pública
Otras Disposiciones
• Las DAC son el marco jurídico de observancia
obligatoria para Pemex y sus Organismos
Subsidiarios.
• Tienen por objeto regular las adquisiciones,
arrendamientos, obras y servicios tratándose
de las actividades sustantivas de carácter
productivo1/.
• Las DAC buscan generar mayor
competitividad en las contrataciones de los
proyectos para atraer, en las mejores
condiciones, a proveedores y contratistas
calificados.
• Otorgan flexibilidad a los procedimientos de
contratación y a la operación de los
contratos.
• Consideran como premisa fundamental de las
contrataciones la creación de valor
económico.
1/ Actividades sustantivas: se refieren a las actividades que comprenden la
industria petrolera estatal y la petroquímica distinta de la básica, de
conformidad con lo señalado en el artículo 3 y 4 de la LRA27RP, y se definen en
el artículo 51 de la LPM y 2 del Reglamento de la LPM.
RÉGIMEN JURÍDICO DE PETRÓLEOS MEXICANOS
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Conceptos Clave:
ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO
I
REQUERIMIENTO
DE
CONTRATACIÓN
¿PARA EXPLORACIÓN,
EXPLOTACIÓN,
TRANSPORTE,
ALMACENAMIENTO,
DISTRIBUCIÓN O VENTA DE
PRIMERA MANO DE
PETRÓLEO, GAS,
PETROLÍFEROS O
PETROQUÍMICOS?
¿ESTÁ
DIRECTAMENTE
RELACIONADO O
DA SOPORTE A
LAS ACTIVIDADES
ANTERIORES?
SI NO SE REALIZA,
¿AFECTA LA
EJECUCIÓN DEL
PROYECTO
SUSTANTIVO?
¿CONTRIBUYE
A GENERAR
VALOR PARA
EL PROYECTO
SUSTANTIVO?
¿ESTÁ DENTRO
DE UN
PROGRAMA O
ESTRATEGIA
INSTITUCIONAL
DE PEMEX?
NO ES
ACTIVIDAD
SUSTANTIVA
F
A
C
T
I
V
I
D
A
D
S
U
S
TA
N
T
I
VA
SI
SI
SI
SI
SI
NO NO
NO NO
NO
5
Conceptos Clave:
CONTRATACIÓN BAJO EL MARCO DE LA LOPSRM Y LAASSP
Las actividades no sustantivas se rigen por la LOPSRM y LAASSP
Por ejemplo:
Adquisición de mobiliario y artículos para oficina;
Adquisición de vehículos para actividades no relacionadas directamente con la operación;
Fotocopiadoras o servicio de fotocopiado;
Adquisición o arrendamiento de equipo de cómputo utilizado para fines administrativos;
Servicios y productos de naturaleza médica;
Limpieza y mantenimiento de oficinas e inmuebles, utilizados para fines administrativos;
Construcción y mantenimiento de casas habitación;
Jardinería;
Obras de beneficio a la comunidad, etc.
Esta lista NO es exhaustiva ni limitativa.
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Características
Más efectivo y transparente, por sencillez del régimen y requisitos enfocados
directamente a trabajos petroleros y no sólo a obra civil.
Posibilidad de emplear, dentro de los mecanismos de adjudicación: subasta
inversa, negociación.
Procedimiento de licitación pública más flexible y adjudicación directa por
excepción.
Posibilidad de pago con base en modelos adicionales a los precios unitarios.
Simetría, al permitir pagar el mejor desempeño, y no sólo penalizar.
Paradigma de aplicar un régimen flexible después de un régimen rígido.
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Régimen Específico de Contratación
¿Por qué era necesario un cambio en el marco legal?
• Las leyes anteriores eran aplicables a todas las entidades gubernamentales,
incluyendo a las operaciones de Pemex.
• El desempeño de Pemex se enfoca en la producción, costos y pago de impuestos,
y no únicamente en los procesos administrativos.
• Flexibilidad en presupuestación, administración y contratación.
• Dentro del régimen general, la rendición de cuentas para el área contratante se
basa en el proceso administrativo, pasando a segundo término los resultados
esperados.
• Los criterios, lineamientos y políticas para la contratación no necesariamente
respondían a la realidad de la industria petrolera y, para proteger al servidor
público, imponían mayores trámites que la ley.
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Régimen Específico de Contratación
Anterior Actual
Reglas para construcción Atiende a las necesidades de Pemex
Considera mercados de commodities y
servicios estandarizados
Considera la oferta limitada de servicios
especializados
Actividades, programas y costos
predefinidos
Flexibilidad de actividades técnicas y
presupuesto
Sólo penalizaciones: cumplimiento medido
en tiempo
Penalizaciones e incentivos
Excesivos requisitos administrativos Menores tiempos administrativos, enfoque a
aspectos con mayor incidencia en el negocio
Por ley, las decisiones de contratación y
del proyectos están separadas
El administrador del proyecto está a cargo de
las decisiones técnicas, económicas y de
contratación, con el apoyo de los
especialistas que considere necesarios
Para adjudicar un contrato, los requisitos
técnicos y administrativos tienen el mismo
peso
El proceso de adjudicación permite valorar
cada requisito de acuerdo con su relevancia
Principales Diferencias
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• Subsiste el régimen GENERAL para las contrataciones que no se refieran a estas
actividades, las cuales se regularán por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público (LAASSP), así como la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas (LOPSRM).
• La exposición de motivos de la reforma señala como ejemplos del régimen GENERAL
las compras de material de oficina, construcción de edificios administrativos, etc.
• En este sentido, se reformaron a su vez la LAASSP y la LOPSRM, para establecer que
en las actividades sustantivas de carácter productivo, Pemex y sus organismos
subsidiarios quedan excluidos de la aplicación de dichas leyes, por lo que se regirán
por lo dispuesto en su ley, salvo en lo que expresamente ésta remita a dichos
ordenamientos.
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Régimen Específico de Contratación
• Las Disposiciones atienden a lo dispuesto en los artículos 53 de la LPM y el 48 de su
Reglamento y son la guía de contratación para actividades sustantivas de carácter
productivo.
• Otorgan flexibilidad a los procedimientos de contratación y a la operación de los
contratos.
• Consideran como premisa fundamental de las contrataciones la creación de valor
económico.
• El contenido de las disposiciones es general y evitan regular aspectos particulares,
conforme se establece en el artículo 49 del Reglamento.
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Régimen Específico de Contratación
• Las reglas y condiciones específicas se establecerán en las bases y contratos
correspondientes, atendiendo a la naturaleza y características de cada proyecto.
• Consideran las mejores prácticas internacionales que fueron recomendadas por los
consultores externos, dentro del nuevo marco legal.
• Se busca generar mayor competitividad en las contrataciones de los proyectos para
atraer, en las mejores condiciones, a contratistas calificados.
• Regulan la forma de alinear los contratos con los proyectos sustantivos.
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Régimen Específico de Contratación
Proyecto Sustantivo
• El objeto de un contrato debe estar asociado a un Proyecto Sustantivo,
entendiéndose este último como el conjunto de actividades e inversiones,
incluyendo su diseño y planeación, necesarias para la realización de las
actividades sustantivas de carácter productivo, orientadas a la creación y
preservación de valor económico.
• El Proyecto Sustantivo debe incluir las líneas estratégicas que regirán la
contratación.
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Alineación de las contrataciones con el Proyecto Sustantivo
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Actividades
no Sustantivas
Todas las contrataciones
para ASCP deberán estar
alineadas al Proyecto
Sustantivo al que
correspondan, así como
a los objetivos, retos,
metas y estrategias
establecidos en el Plan
de Negocios de
Petróleos Mexicanos.
El régimen específico de
contratación es
aplicable a contratos
asociados con
actividades sustantivas.
Ejercicio Institucional de Planeación
Plan de Negocios PEMEX
Retos, Objetivos, Metas a
nivel de Pemex
Retos, Objetivos, Metas a
nivel Centro de Trabajo(1)
Metas en Centros de Trabajo:
Valor económico (utilidad o costo)
Producción / proceso
Confiabilidad
Eficiencia
Seguridad, etc.
Centros de Trabajo /
Centros Productivos
Requerimientos
de Inversión
Requerimientos
de Operación
Contratos Contratos
Actividades
no Sustantivas
Actividades
Sustantivas
Actividades
Sustantivas
Modelo económico Modelo económico
Administradoras de
Proyecto (s) Contratos de
desempeño
Actividades para el
logro de los objetivos
y metas del Centro
de Trabajo
(1) Incluye: Activos de PEP, Refinerías, CPGs, CPQs, Terminales de Almacenamiento y Reparto, Terminales de GLP, Sectores de Ductos, etc.
Proyectos de Inversión
- Unidades de inversión
- Elementos / componentes
• Administradora del Proyecto
Toma las decisiones fundamentales de la contratación, apoyada en las áreas de servicios para la contratación
Debe tomar las decisiones basadas en el modelo económico (criterios técnicos, operativos, y económicos)
Es responsable de la administración, eficiencia y efectividad del proceso de contratación para lograr los objetivos y metas del Proyecto Sustantivo
• Áreas de Servicios para la Contratación
Apoyan a la Administradora del Proyecto en el proceso de contratación, para asegurar que las líneas estratégicas se concreten en términos y condiciones contractuales de carácter técnico, económico y legal que aseguren la alineación de la contratación con el Proyecto Sustantivo:
Área Responsable del Procedimiento de Contratación
Área Responsable de la Administración y Supervisión del Contrato
Área Evaluadora de Riesgos
Área Jurídica
Áreas involucradas en la contratación
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Definición de Modelo Económico
Es una herramienta de gestión, que abstrae y emplea variables y relaciones lógicas
entre ellas, a utilizar por Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para
la planeación, programación y ejecución de los contratos, con el fin de generar,
mantener o incrementar valor para Petróleos Mexicanos o sus Organismos
Subsidiarios.
El modelo económico atenderá las características de cada contrato y debe ser
congruente con el proyecto de inversión (Proyecto Sustantivo) de la Entidad,
para favorecer el cumplimiento de los objetivos y metas del Plan de Negocios
de Petróleos Mexicanos, por lo tanto será la base para determinar los alcances
de la contratación, la cual se ajustará a las disposiciones establecidas en el
marco jurídico de los hidrocarburos.
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• El artículo 19 fracción IV inciso k) de la LPM dispone que el Consejo de
Administración de Petróleos Mexicanos tendrá la atribución de aprobar, previa
opinión del comité competente:
Los proyectos y programas de inversión y,
Los contratos que superen los montos que se establezcan en las
disposiciones que se emitan para tal efecto.
• Con fundamento en lo anterior, el Consejo de Administración emitió los
siguientes:
Lineamientos para la aprobación de los programas y proyectos de
inversión de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.
Criterios para definir los proyectos que serán catalogados como de gran
magnitud y alta prioridad.
Lineamientos que establecen los casos y montos para la aprobación de
contratos a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de
la Ley de Petróleos Mexicanos.
• No puede iniciarse un procedimiento de contratación, sin la aprobación
correspondiente.
Aprobaciones del Consejo de Administración
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Lineamientos que establecen los casos y montos para la
aprobación de contratos
TIPO DE
CONTRATO
NIVEL DE AUTORIZACIÓN MONTO O COSTO ESTIMADO
CONTRATOS A Consejo de Administración de
Petróleos Mexicanos, previa
opinión de su Comité de
Adquisiciones, Arrendamientos,
Obras y Servicios, y, aprobación
del Consejo de Administración
del Organismo Subsidiario
correspondiente.
En el caso de los contratos de
Petróleos Mexicanos,
autorización del Director General
Mayor o igual a 200 millones de dólares
americanos, o su equivalente en moneda
nacional para el caso de contratos de los
Organismos Subsidiarios; o mayor o igual a
100 millones de dólares americanos, o su
equivalente en moneda nacional, para el
caso de contratos de Petróleos Mexicanos.
Las cantidades que se ubiquen en dichos
rangos pueden ser el monto definido en el
contrato, o el monto estimado que resulta
del modelo económico para el contrato,
considerando la duración total del mismo.
CONTRATOS B Consejo de Administración del
Organismo Subsidiario
correspondiente.
Mayor o igual a 100 millones de dólares
americanos y menor a 200 millones de
dólares americanos, o su equivalente en
moneda nacional.
Las cantidades que se ubiquen en dichos
rangos pueden ser el monto definido en el
contrato, o el monto estimado que resulta
del modelo económico para el contrato,
considerando la duración total del mismo.
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Lineamientos que establecen los casos y montos para la
aprobación de contratos
TIPO DE
CONTRATO
NIVEL DE AUTORIZACIÓN MONTO O COSTO ESTIMADO
CONTRATOS C Director General del Organismo
Subsidiario que corresponda;
Director General de Pemex para
los proyectos de Petróleos
Mexicanos.
Mayor o igual a 50 millones de dólares
americanos y menor a 100 millones de
dólares americanos, o su equivalente en
moneda nacional.
Las cantidades que se ubiquen en dichos
rangos pueden ser el monto definido en el
contrato, o el monto estimado que resulta
del modelo económico para el contrato,
considerando la duración total del mismo.
CONTRATOS D Titular de la Administradora del
Proyecto
Menor a 50 millones de dólares
americanos, o su equivalente en moneda
nacional.
Las cantidades que se ubiquen en dichos
rangos pueden ser el monto definido en el
contrato, o el monto estimado que resulta
del modelo económico para el contrato,
considerando la duración total del mismo.
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Planeación, programación y presupuestación de las
contrataciones
• El Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios
contendrá, entre otros, las medidas que se adoptarán para apoyar el desarrollo
de Proveedores y Contratistas nacionales.
• El programa de cada Organismo Descentralizado se publicará en su página de
internet a más tardar el 31 de diciembre del año previo al que se pretendan
realizar las contrataciones, con carácter estrictamente informativo.
• En la planeación también se determinarán las etapas de las que constará el procedimiento como pueden ser:
Eventos promocionales para retroalimentación con el mercado
Revisión de pre-bases con terceros
Precalificación de proveedores
Ofertas subsecuentes de descuento
Negociación de precios
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• Los procedimientos de contratación considerarán:
Privilegiar la difusión y publicidad de la información;
Prever la aplicación de los mismos requisitos, criterios, oportunidades y
condiciones para todos los participantes en una licitación pública o
invitación restringida;
Establecer reglas, condiciones y criterios para promover la competencia
entre los interesados y estar en posibilidad de obtener las mejores ofertas
del mercado;
Definir requisitos, criterios, términos y condiciones claros, objetivos y
comparables, evitando reglas que agreguen complejidad innecesaria, y
Contar con procedimientos ágiles y eficientes, evitando etapas o pasos que
se traduzcan en barreras o dilaciones innecesarias.
Procedimientos de contratación
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Procedimientos de contratación
Las bases de contratación
• Contendrán los aspectos que Pemex considere conveniente, siempre bajo
principios de transparencia, igualdad, competitividad, sencillez y eficiencia.
• Deberán establecer los requisitos y la descripción general de los bienes,
arrendamientos, servicios y obras; y se indicará si la adjudicación se hará a un
solo licitante o mediante el procedimiento de abastecimiento simultáneo.
• Cuando proceda, establecerán porcentajes mínimos de contenido nacional, a
fin de cumplir con la estrategia para apoyar el desarrollo de Proveedores y
Contratistas nacionales, que se establezca como parte del Plan de Negocios.
• Podrán establecer una etapa de precalificación de la capacidad técnica y
financiera, así como de la experiencia de los Proveedores y Contratistas
relacionadas con el objeto de la contratación.
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Procedimientos de contratación
• Los Organismos Descentralizados podrán verificar cualquier información
contenida en la declaración bajo protesta de decir verdad de los Proveedores y
Contratistas particularmente la relacionada con el grado específico de
contenido nacional de las obras, bienes y servicios de que se trate,
directamente o por medio de terceros, y en caso de que no corresponda, lo
hará del conocimiento del Órgano Interno de Control para los efectos que
procedan.
• Las dudas, planteamientos y solicitudes de modificación de los licitantes
relacionadas con las bases de contratación, se resolverán de manera clara y
objetiva con la información que cuente el Organismo Descentralizado
convocante.
• Cualquier requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su
contenido, no afecte la solvencia de las propuestas podrá ser aclarado o
subsanado.
• Se señalan como métodos de evaluación de las propuestas el binario (cumple/no
cumple), por precio más bajo, valor presente neto, por puntos y porcentajes,
costo beneficio y cualquier otro método que determine el organismo
convocante.
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Definición del Modelo
Económico
Integración de Bases
Publicación Convocatoria
Junta(s) de Aclaraciones
Precalificación Presentación y
Apertura de Propuestas
1. Definición de
necesidades
2. Definición del
Proyecto
Sustantivo
asociado al Plan
de Negocios
3. Autorización del
CEI y del CA que
corresponda
4. Integración al Plan
Anual de
Adquisiciones,
Arrendamientos
Obras y Servicios
5. Estudio de
mercado y
determinación de
estrategias de
contratación
1. Realización de
Eventos de
Promoción
(opcional)
2. Elaboración de
Bases de
Contratación
Cronograma
(Precalificación, y
Negociación de
Precios
remuneraciones,
Testigo sociales
etc.)
3. Revisión de
Prebases con
Terceros
1. Autorización del
contrato por el
CAAOS y el CA que
corresponda o el
DG, según lo
dispuesto por los
Lineamientos para
casos y Montos.
2. Determinación de si
las bases serán
vendidas
3. Se publica en el
Diario Oficial de la
Federación
4. Las bases serán
publicadas en la
página Web del
Organismo.
1. Se harán las
modificaciones que
procedan y se
entregará una
versión final de las
bases en la fecha
que se establezca
en las mismas
2. En el acta
correspondiente a
la última junta de
aclaraciones
deberá indicarse
expresamente que
es la última.
3. En caso de que se
modifique la
convocatoria
deberá volverse a
publicar en el
Diario Oficial de la
Federación
1. Es una etapa
optativa
2. Aplicación del
esquema de
precalificación
definido conforme
a los criterios y
requisitos
establecidos en las
bases
1. La presentación de
propuestas, se
deberá realizar
cuando menos 10
días naturales
después de la
publicación de la
convocatoria o de
la modificación de
la misma.
2. La apertura de
propuestas, se
deberá llevar a
cabo, cuando
menos 10 días
después de la fecha
de entrega de la
versión definitiva
de las bases de
licitación.
3. Podrá llevarse a
cabo en uno o
varios actos, según
la complejidad que
implique el método
de evaluación
4. Se levantará el acta
correspondiente
Cronología del proceso
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Evaluaciones Técnica y Económica
Negociación de Precios
Fallo Administración
de Contrato
1. Se permite
subsanar o aclarar
las omisiones en
los requisitos que
no sean
indispensables, así
como cualquier
otro requisito cuyo
incumplimiento,
por si mismo, o
deficiencia en su
contenido, no
afecte la solvencia
de las propuestas.
No se subsanan el
precio, las
especificaciones ni
los alcances
2. Se aplican los
métodos de
evaluación
señalados en las
bases de licitación
1. Es una etapa
optativa
2. Se podrá establecer
desde las bases o
después del acto
de apertura de
proposiciones
3. Se pueden negociar
también términos y
condiciones que
impactan el
contenido
económico
1. Se elaborará la
justificación que
sustente la
adjudicación y el
desechamiento de
las propuestas, con
base en la
justificación que
determine la
solvencia de la
ganadora
2. El fallo deberá ser
publicado en la
página Web y en el
Diario Oficial de la
Federación, esto
último dentro de
los setenta y dos
días naturales
siguientes al de su
emisión, conforme
lo establece el
artículo 1015.7 TLC
1. Formalización del
Contrato dentro
del plazo señalado
en bases
2. Ejecución
3. Seguimiento
4. Recepción
5. En su caso
Finiquito
Cronología del proceso
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• Trato nacional y no discriminatorio (art. 1003)
• Prohibición de condiciones compensatorias especiales (art. 1006)
• Obligaciones respecto a la publicación de información Convocatoria y Fallo (art. 1015.7) Diario Oficial de la Federación
Aspectos a Observar en las Contrataciones
bajo la Cobertura de Tratados de Libre Comercio
Procedimientos de contratación
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Adjudicación directa e Invitación a cuando menos tres personas
Los artículos 57 de la LPM, 51 y 52 del RLPM y 38 DAC regulan los supuestos de
excepción a la licitación pública, cuando se justifique que la licitación
pública no satisface las mejores condiciones sobre precio, calidad,
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Los supuestos de excepción a la licitación pública previstos en los artículos 41
y 42 de la LAASSP y 42 y 43 de la LOPSRM, son aplicables también en el
régimen específico de contratación de la LPM, y en el artículo 57 de la LPM
se adicionan nuevos supuestos.
De las excepciones a la Licitación Pública
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Las contrataciones realizadas con fundamento en los supuestos de excepción
a la licitación pública contenidos en los artículos 41 de la LAASSP y 42 de la
LOPSRM, que no requieran dictamen previo de los comités en los términos
de dichas leyes (arts. 22 frac. II LAASSP y 42 LOPSRM), tampoco requerirán
dictamen previo del CAAOS, en términos del artículo 38 de las DAC. Sólo se
deberá informar al CAAOS de las contrataciones realizadas.
LAASSP Art. 41 fracs. II, IV, V, VI, VII, IX primer párrafo, XI, XII y XX.
LOPSRM Art. 42 fracs. II, IV, V, VI Y VII.
De las excepciones a la Licitación Pública
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De las excepciones a la Licitación Pública
• Al procedimiento de invitación restringida le serán aplicables todas las
disposiciones correspondientes a la licitación pública, mientras no se opongan
a la naturaleza del procedimiento.
• En los procedimientos de adjudicación directa sólo se considerará a las personas
con posibilidad de respuesta adecuada, que cuenten con la experiencia en
proyectos de naturaleza y complejidad similar y, en su caso, capacidad
financiera, técnica, operativa, calificación de riesgo, y demás elementos
necesarios para dar cumplimiento a los contratos.
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Contratos
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CONTRATOS
Pueden incluir
cualquier término de la
legislación común que
por materia
corresponda
Reglas flexibles en
temas de:
Garantías
Programas de ejecución
Suspensión
Terminación anticipada
Rescisión
Cesión de derechos
etc…
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Contratos
• Los Organismos Descentralizados deberán estipular en los contratos que los
Proveedores y Contratistas no podrán ceder o transferir de cualquier forma sus
derechos y obligaciones derivados del contrato sin la autorización expresa del
Organismo Descentralizado contratante, para lo cual se deberán preservar las
capacidades técnicas, financieras y demás requeridas para el cumplimiento del
contrato.
• Las variables que se consideren para las remuneraciones en cada contrato,
deberán ser medibles, verificables, cuantificables, auditables y en términos
de los estándares o usos de la industria.
• En ningún caso podrá pactarse como pago: un porcentaje de la producción o del
valor de las ventas de los hidrocarburos ni de sus derivados, ni de las utilidades.
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Contratos
• Las remuneraciones serán establecidas a través de esquemas fijos o fórmulas
predeterminadas, que permitan obtener un precio cierto, de conformidad con
la legislación civil.
• Podrán establecerse en función del grado de cumplimiento de las metas o en
función de indicadores explícitos y cuantificables, expresados en unidades de
medida de uso común en la industria de hidrocarburos, los cuales podrán
referirse a productividad, capacidad, reserva incorporada, recuperación de
reservas, tiempos de ejecución, costos en los que se incurra o ahorro en éstos,
obtención de economías y otros que redunden en una mayor utilidad para
Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios o que contribuyan a mejorar
los resultados del proyecto.
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Contratos
Objeto o descripción;
Plazo o vigencia;
Programas de ejecución y mecanismos
de ajustes;
En el caso de adquisiciones, plazos de
entrega;
Indicadores de cumplimiento;
Remuneraciones y su mecanismo de
ajuste;
Garantías;
Responsabilidad de las partes;
Condiciones para las modificaciones
de los contratos;
Mecanismos de prevención y
resolución de controversias;
Condiciones para llevar a cabo la
cesión;
Representantes de las partes;
Jurisdicción aplicable;
Suspensión;
Recisión administrativa;
Cláusulas de terminación, y
Cláusula anticorrupción.
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El Organismo Descentralizado definirá las cláusulas y términos contractuales. Los
contratos contendrán como mínimo:
Contratos
• Dependiendo de la naturaleza de los trabajos, arrendamientos, bienes o servicios,
los contratos podrán incluir, otros aspectos como:
Bitácora;
Mecanismos para el control de gastos;
Anticipos;
Subcontrataciones;
Disposiciones relativas a la toma de decisiones entre las partes contratantes sobre la
ejecución del contrato respectivo;
Realización de trabajos conjuntamente con otros Proveedores y Contratistas o con el
Organismo Descentralizado;
La prestación de servicios a cargo del Organismo Descentralizado y su reembolso por
parte de los Proveedores y Contratistas;
La realización de estudios ambientales durante la vigencia y conclusión del contrato, y
El mecanismo de financiamiento del contrato.
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Contratos
• Se podrán considerar, para efectos de aplicación de penas convencionales,
incumplimientos de indicadores de oportunidad, tiempo y calidad de los
Proveedores o Contratistas.
• Las garantías que se exijan al licitante considerarán los riesgos involucrados en
la contratación para establecer el tipo de garantías, su monto, forma, vigencia,
los términos que se garantizan y las condiciones para hacerlas efectivas.
• Cuando así se requiera, los contratos podrán prever el otorgamiento de
anticipos a Proveedores y Contratistas.
• Los Contratistas y Proveedores podrán subcontratar actividades o conceptos
durante la ejecución del contrato, que no se hayan previsto en las bases de
licitación o invitación restringida, siempre y cuando aseguren las capacidades
para el cumplimiento del objeto del contrato. El Proveedor o Contratista será
siempre el responsable de las obligaciones del contrato y sin perjuicio de su
obligación de cumplir con el grado de contenido nacional al que se
comprometió en su propuesta.
35
Contratos
• Los Organismos Descentralizados podrán prever que en los contratos se pacten
cláusulas para que los Proveedores y Contratistas establezcan programas de
entrenamiento para el personal de dichos Organismos.
• Los Organismos Descentralizados procurarán que en los contratos se pacten
cláusulas para que los Proveedores y Contratistas establezcan programas de
desarrollo sustentable.
• Dependiendo de la complejidad del objeto del contrato o de las circunstancias
de cumplimiento de algunos contratos de adquisiciones, arrendamientos y
servicios, también se podrá llevar a cabo un finiquito.
• Los contratos de obra serán objeto de finiquito para hacer constar ajustes,
revisiones, modificaciones, reconocimientos, saldos a favor y en contra,
acuerdos, conciliaciones o transacciones.
• En los supuestos que el Organismo Descentralizado determine que un
incumplimiento puede ser subsanable, podrá establecer periodos para subsanar
incumplimientos previo a la determinación de rescisión.
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Contratos
• Las causales de rescisión de un contrato incluyen:
Incumplimiento con sus obligaciones contractuales;
Ser declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos;
Perder las capacidades técnicas, financieras u operativas durante la ejecución del
contrato;
Que se revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización
gubernamental, necesario para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales;
Interrumpir injustificadamente o abandonar los trabajos;
Ceder o transferir las obligaciones y derechos del contrato sin autorización expresa del
Organismo Descentralizado;
Ceder o transferir las acciones, partes sociales e intereses de las personas morales que
sean Proveedores, Contratistas o sus obligados solidarios;
Cambiar la nacionalidad por otra o invocar la protección de un gobierno extranjero;
Ubicarse en los supuestos de la cláusula anticorrupción, o
Cualquier otra estipulada en el contrato.
37
• Los contratos de la LAASSP y LOPSRM podrán modificarse para ajustarse a la Ley
de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y las Disposiciones Administrativas de
Contratación.
• Requisitos:
Estudio de la Administradora del Proyecto en el que se describan las ventajas
y los costos que se generarían por la modificación del contrato;
Que no se modifique sustancialmente el objeto del contrato;
Que las modificaciones consideren el caso de negocio definido para el
contrato vigente;
La celebración de un convenio modificatorio, y
Que se cuente con la autorización del Director General del Organismo
Descentralizado correspondiente.
Aplicación del régimen específico a contratos
vigentes
38
• Se prevé la figura del testigo social en contratos que requieran aprobación de
los Consejos de Administración o resulten importantes o trascendentes:
Darán testimonio sobre la legalidad y transparencia de las licitaciones
públicas.
El Organismo Descentralizado solicitará a la SFP la designación del testigo
social, considerando especialistas, organismos no gubernamentales e
instituciones con conocimiento de la materia
Al final de su participación, los testigos sociales emitirán el testimonio
correspondiente que será publicado en la página de internet del organismo
y enviado al Comité de Transparencia y Rendición de Cuentas.
Los testigos sociales no podrán intervenir en decisiones de negocio que
impacten las líneas estratégicas del Proyecto Sustantivo y las metas de la
contratación.
Mecanismos de Transparencia
39
ESTRATEGIA INSTITUCIONAL DE
GESTIÓN DEL CAMBIO
41
Hacia una operación homologada que transforme el proceso ejercicios internos
Hace un año se inició un proceso de revisión y análisis de las prácticas
internas, para lograr un entendimiento homologado sobre el REC y su
aplicación. Gracias a la experiencia adquirida durante estos meses de
trabajo arduo y creativo, observamos resultados valiosos en tres líneas de
acción:
Homologar y simplificar criterios, lineamientos,
prácticas y documentos de apoyo al REC
Proponer actualizaciones a las
DAC
Homologar contenidos de capacitación
Acciones de Gestión del Cambio
42
1. Actualización del documento de
entendimiento homologado con
participación de todos los actores
involucrados. Adicionalmente: Modelo
Económico-Justificación de la
Contratación y Precalificación.
9 Talleres Institucionales de
homologación
2. Actualización de las Disposiciones
Administrativas de Contratación
12 Talleres Institucionales para proponer
cambios en las DAC que respondan a
las reglas del negocio
Alineación del
Entendimiento
1. Comunicados Internos en la
intranet
2. Reseñas de los eventos en Pemex
TV
3. Entrevistas a actores clave para
Pemex TV y Nosotros los Petroleros
Difusión y
Posicionamiento
1. Talleres Institucionales para compartir
experiencias
2. Buzón [email protected]
3. Apartado de Suministros en DCO
Intranet donde se publican los
materiales
Comunicación
1. Comunicación directa en cada OS a través
del Coordinador EGC-REC nombrado por
cada Director General. Difunden los
resultados de las acciones al interior de
cada OS.
2. Representantes especialistas de los OS
trabajan en la mejora continua y diseñan
reglas de negocio institucionales.
Participación
1. Se comparte la experiencia en la
implementación de nuevas prácticas en sesiones
Institucionales
2. Se gestiona la formación de especialistas en la
función como instructores internos
3. Se gestiona la creación de la Escuela de
Suministros con materiales estructurados de la
función y no estructurados con las mejores
prácticas empleadas
Capacitación
Guía para la contratación conforme a la Ley de Pemex, presentada por
la Subdirección de Suministros de la DCO:
http://intranet.dco.pemex.com/arec/index.php
Repositorio de experiencias compartidas:
http://intranet.dco.pemex.com/arec/talleres.php
Sistema de Consultas del Régimen Especial de Contratación y Modelos-
Guías de Contratos, a cargo de la OAG:
http://oagsistemas.dca.pemex.com/sistemas2/recoes/
Guías y sistemas de consulta
43
MODELO ECONÓMICO JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
45
La Guía para Modelo Económico-Justificación de la Contratación (Guía ME-JC),
al concentrar en un solo documento todos los aspectos relacionados con un
proceso de contratación, cumple con varios propósitos. Es decir, propicia
procesos:
Precisos y ágiles, en tanto que se reduce la posibilidad de asentar datos
equivocados y de tener que manejar varias versiones de diversos
documentos;
Colaborativos y de corresponsabilidad, al promover la participación
conjunta de todas las áreas involucradas;
Integrales, pues las áreas involucradas pueden conocer la totalidad del
proceso, desde la necesidad que se pretende resolver hasta la estrategia
de contratación seleccionada;
Con visión sistémica, al promover la consideración de estrategias
corporativas de suministro que responden a necesidades institucionales y
se alinean a las mejores prácticas de negocio.
Guía de Modelo Económico Justificación de la Contratación
46
Modelo Económico es
“una herramienta de planeación específica para las contrataciones que, plasmada en
un documento, detalla la alineación de la contratación con el proyecto o proyectos
sustantivos a los que incide, y se compone de un conjunto de conceptos técnicos,
administrativos, económicos, comerciales y legales, que define el objetivo y la
contribución a la generación de valor que se pretende lograr con la contratación;
contiene los elementos necesarios para determinar el alcance, las estrategias para la
contratación y su ejecución”
Alcance
1. Datos de identificación
2. Antecedentes
3. Propósito de la contratación y su alineación a los proyectos sustantivos
4. Estudio de Mercado
5. Datos para la contratación
6. Estrategia de contratación
7. Justificación de excepción a la Licitación Pública, en caso de requerirse
Guía de Modelo Económico Justificación de la Contratación
47
Estudio de Mercado
El Estudio de Mercado se comprende como el análisis de la oferta existente en el
momento en que se requiere un bien, servicio u obra, con el objeto de identificar las
diferentes opciones para satisfacer una necesidad.
Se plantea la NO necesidad de llevar a cabo Estudios de Mercado cuando estos ya
consten en soluciones corporativas, y de adecuar su amplitud a cada caso
específico en relación a su complejidad.
Responde a una estructura lógica que atiende, inicialmente, al valor tecnológico de
la solución requerida.
Promueve la coparticipación y corresponsabilidad entre las áreas involucradas.
Justificación de la excepción a la Licitación Pública
Apartado exclusivo para los casos que se resolverán por Invitación Restringida o
por Adjudicación Directa.
Guía de Modelo Económico Justificación de la Contratación
Guía ME-JC: Consideraciones generales
48
Dado que los procedimientos derivados del Régimen Específico de contratación se
basan en una filosofía de trabajo en equipo, con corresponsabilidad en el
logro del objetivo por parte de todas las áreas involucradas en el proceso:
1. El ME-JC se elaborará por el área Administradora del Proyecto con la
aportación de las áreas de servicios para la contratación correspondiente y
otras áreas que se estimen necesarias;
2. El Área Administradora actuará como coordinadora e integradora y será la
responsable de aportar los aspectos técnicos, operativos y presupuestales;
mientras que las Áreas de Servicios para la Contratación apoyarán con los
aspectos comerciales, normativos, legales y administrativos de la contratación.
El ME-JC será firmado por el servidor público encargado del Área Administradora o el
facultado para ello, integrándose al expediente de contratación correspondiente.
El apartado de Justificación de Excepción a la Licitación Pública, cuando aplique, será
firmado por un servidor público que tenga cuando menos nivel de Gerente, de acuerdo
al último párrafo del Artículo 52 del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos.
Guía ME-JC: Consideraciones generales
49
El ME-JC tendrá un fin específico para uno o varios contratos definidos por la
Administradora del Proyecto, por lo que no podrá usarse para ampliar contratos
similares con alcances no definidos en la planeación de la contratación.
La Guía ME-JC se considera un documento dinámico y, por lo tanto, se irá ajustando
de acuerdo a la experiencia que resulte de su uso cotidiano, siendo responsabilidad
de la Subdirección de Suministros mantener su actualización, recopilando las
experiencias y recibiendo propuestas de mejora de los Organismos Subsidiarios y/o el
Corporativo, presentándolas ante el grupo de trabajo para su análisis y aprobación,
respetando siempre el principio de homogeneidad requerido para lograr una operación
integral en Petróleos Mexicanos. Constituye la versión institucional única, la cual es
enunciativa más no limitativa; el alcance sugerido no es obligatorio ni exhaustivo.
No es recomendable que se formulen instructivos ni formularios a partir de las
sugerencias contenidas en la Guía ME-JC. El verdadero valor que se puede obtener al
aplicarla, es lograr un análisis detallado caso por caso, por lo que un ME-JC podrá ser
totalmente distinto a otro, tanto en tamaño como en complejidad.
50
La Guía de Modelo Económico-Justificación de la Contratación se elaboró mediante el
siguiente procedimiento, que hace posible su aplicación institucional en forma inmediata:
Guía de Modelo Económico Justificación de la Contratación
• Participación
interdisciplinaria
(áreas usuarias y
contratantes, de
Adquisiciones y
de Obra, OAG,
Dirección
General)
• Las
necesidades
a las que se
planteó una
solución en
este
documento,
se reflejaron
en la
solicitud de
actualizació
n de los
instrumentos
normativos
internos.
•Administradores de proyecto de los
Organismos Subsidiarios probaron la
aplicabilidad de la Guía en una Clínica
experimental.
•Se hicieron ajustes tales como:
•Ampliar los contenidos referidos a
Obra;
•Hacer hincapié en la corresponsabilidad
de los involucrados;
•Dar más relevancia a las
consideraciones generales;
•Estandarizar términos, eliminar
definiciones innecesarias.
PRECALIFICACIÓN
• La precalificación a los licitantes es la primera etapa de evaluación (optativa)
del procedimiento de contratación.
• El procedimiento para llevar a cabo la precalificación se estipula en las bases de
licitación.
• Se realiza sobre la experiencia, capacidad técnica, y financiera de proveedores y
contratistas, considerando, entre otros:
Experiencia y resultados en proyectos de naturaleza y complejidad similar a
las del contrato.
Antecedentes profesionales, especialización y experiencia del personal.
Acceso a tecnologías, equipos e insumos críticos.
Proyectos en ejecución y asignados que pudieran afectar su capacidad.
Precalificación
52
• Tratándose de consorcios, los requisitos de participación podrán ser cumplidos
en forma conjunta por los integrantes del consorcio.
• Se realiza de manera previa a la presentación y apertura de proposiciones y solo
a aquellos que hayan adquirido bases.
• Los resultados de la precalificación se comunican en acto público.
Precalificación
53
Guía de Precalificación
Al ser esta una práctica nueva, no contamos con amplia experiencia que nos permita
discriminar entre las mejores prácticas. Sin embargo, sí fue posible desarrollar, bajo un
esquema lógico, un compendio de consideraciones que faciliten la aplicación de esta
práctica. Entre lo más relevante, podemos señalar que:
Se clarifican los propósitos de la precalificación y se señala la necesidad de
dedicarle tiempo a su planeación;
Se hace hincapié en la relación directa que deberán tener los requisitos
solicitados con el objeto del contrato;
Se señalan los documentos que se pueden solicitar para valorar el
cumplimiento de los requisitos;
Se complementa esta práctica al sugerir la incorporación de, por ejemplo, la
subsanación de deficiencias en la cumplimentación de los requisitos.
CASOS PRÁCTICOS EJEMPLIFICATIVOS
LPIA: Aseguramiento de Flujo con Sistema Artificial BEC incluyendo el Equipo
Superficial y Subsuperficial.
Precalificación
Experiencia
Licitante
Experiencia
Personal
Instalaciones Capacidad
Financiera
Seguridad, Salud y
Protección
Ambiental
Cinco años de
Experiencia para:
• Instalaciones
BEC.
• Operación de
Variadores de
Frecuencia de
media tensión.
Cartas de
Referencia:
• Tiempo de vida
certificado por
el cliente de los
contratistas.
Cinco años de
Experiencia para:
• Gerente de
Proyecto.
• Coordinador de
Ingeniería.
• Especialistas en
BEC.
• Base Operativa
en Ciudad de
Carmen,
Campeche.
• Acreditar
Capital Neto de
Trabajo
Mínimo.
• Cumplimiento
del formato 4
del Anexo «S»
de Seguridad,
Salud y
Protección
Ambiental.
55
Precalificación
Capacidad Financiera
Acreditar un Capital Contable de $1,000’000,000.00 M.N.
Acreditar Ingresos por ventas de operación igual o superior a $900’000,000.00 en
cada uno de los ejercicios 2008 y 2009.
Experiencia
Acreditar haber ejecutado en los últimos 5 años, al menos un proyecto (contrato)
de obra industrial y de proceso por un importe de $750’000,000.00.
Seguridad, Salud y Protección Ambiental
Acreditar certificación en materia de Calidad, Medio Ambiente y Seguridad y Salud
en el Trabajo, mediante certificados vigentes relacionados con los trabajos objeto
de la Licitación, emitidos por un Organismo de certificación que cumpla con lo
establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización o, tratándose de
extranjeros, las normas equivalentes.
Acreditar haber tenido, al menos 500,000 horas hombre sin accidentes durante el
periodo 2009-2010.
56
CASOS PRÁCTICOS EJEMPLIFICATIVOS
Precalificación
Capacidad Financiera
Acreditar un Capital Contable de $1,000’000,000.00 M.N.
Acreditar Ingresos por ventas de operación igual o superior a
$900’000,000.00 en dos de los tres últimos ejercicios.
Experiencia
Que el licitante acredite haber ejecutado y concluido como contratista
principal, en los últimos 5 años, o bien se encuentre ejecutando como
contratista principal, obra(s) de tipo industrial y de proceso, cuyo
importe sea igual o mayor a $1,000’000,000.00. Para acreditar este
requisito de experiencia y el monto establecido solo se tomarán en
cuenta un máximo de 4 obras en el periodo señalado.
57
CASOS PRÁCTICOS EJEMPLIFICATIVOS
Precalificación
Seguridad, Salud y Protección Ambiental
a) Certificado en materia de calidad vigente relativo a la norma NMX-CC.9001-IMNC-
2008. En el caso de extranjeros, podrán acreditar este requisito mediante la
presentación de certificado de acuerdo a la norma equivalente.
b) Certificado en materia de Medio Ambiente vigente relativo a la norma NMX-SAA-
14001-IMNC-2004; de no contar con este certificado, la evidencia de que se encuentra
en proceso su obtención. En el caso de extranjeros, podrán acreditar este requisito
con la presentación de certificado de acuerdo a norma equivalente.
c) Certificado en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo vigente relativo a la
norma NMX-SAST-001-IMNC-2008. En caso de extranjeros podrán acreditar este
requisito mediante la presentación de certificado de acuerdo a norma equivalente.
En caso de no contar con el certificado relativo a la norma NMX-SAST-001-IMNC-2008,
este requisito se podrá acreditar mediante la presentación de una Carta bajo protesta
de decir verdad, en papel con membrete de la empresa, en donde manifieste haber
tenido, al menos, 500,000 horas hombre sin accidente durante el periodo 2009-2010.
58
CASOS PRÁCTICOS EJEMPLIFICATIVOS
ACLARACIONES Y SUBSANACIÓN DE
OMISIONES
Aclaraciones y subsanación de omisiones
• Cualquier requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su
contenido, no afecte la solvencia de las propuestas podrá ser aclarado o
subsanado, y la inobservancia por parte de los licitantes respecto de dichos
requisitos no será motivo para desechar sus propuestas.
• En ningún caso los Organismos Descentralizados solicitarán que se subsanen
omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la
solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.
• Las aclaraciones no deben implicar modificaciones al precio ofertado ni a las
especificaciones y alcances de las propuestas.
• Es factible establecer la posibilidad de que se subsanen omisiones o realicen
aclaraciones en la precalificación.
60
Aclaraciones y subsanación de omisiones
• Se sugiere que en todos los procedimientos de contratación se establezca la
posibilidad de que los Organismos Descentralizados soliciten que se subsanen
omisiones o realicen aclaraciones.
• Si las bases de licitación no prevén esta posibilidad, es factible modificarlas
para incluir dicha previsión, en términos del artículo 26 de las DAC.
• Los errores de cálculo en las proposiciones presentadas, dan lugar a su
rectificación.
61
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO
Adquisición de tres equipos de perforación de pozos petroleros terrestres con
capacidad nominal mínima de 1500 HP.
• En la etapa de Precalificación se estableció la posibilidad de subsanar
deficiencias y hacer aclaraciones.
• Aspectos de las propuestas que fueron corregidos:
• Montos, por errores de redondeo.
• Omitir sumar subpartidas en el importe total.
• Escribir con letra dos precios unitarios distintos al número.
• Volumetría de algunas subpartidas del mantenimiento.
62
Aclaraciones y subsanación de omisiones
Aclaraciones y subsanación de omisiones
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO
• Un licitante omitió indicar el tipo de moneda en la que ha presentado su
propuesta.
• ¿La solicitud de subsanación o aclaración que se solicite al licitante para que
aclare el tipo de moneda cotizada en su propuesta, contraviene lo señalado en
el penúltimo párrafo del artículo 29 de las DAC?
• Artículo 29, penúltimo párrafo:
“La solicitud que realicen los Organismos Descentralizados deberá formularse
por escrito y versará sobre las propuestas presentadas por los licitantes;
asimismo, exigirán que las respuestas de los Licitantes también sean por
escrito y no podrán modificar los términos y condiciones esenciales de las
propuestas presentadas. En ningún caso los Organismos Descentralizados
solicitarán que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de
requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y
alcances.”
63
Aclaraciones y subsanación de omisiones
• Análisis de los hechos:
• La aclaración no implica la modificación de precios unitarios ni cantidades
en los componentes de cada posición.
• No se establece causal de desechamiento de las propuestas por omitir
señalar la moneda en la que se está cotizando.
• No se está sustituyendo en la propuesta una moneda por otra.
• El organismo convocante contaría con elementos para realizar un análisis
integral de la propuesta y de los precios en el mercado que permitan
determinar que la propuesta se cotizó en alguna de las monedas indicadas
en las bases de licitación, tales como medios electrónicos para acceder a
los portales de internet de los fabricantes o proveedores de los materiales y
equipos, histórico de precios, contratos previamente celebrados, etc.
64
Aclaraciones y subsanación de omisiones
• Considerando lo anterior:
• Resultaría factible que la convocante solicite por escrito al licitante que
subsane la omisión de indicar el tipo de moneda de su cotización, siempre
que i) no se contravenga lo establecido en las bases de licitación en cuanto a
la prohibición de modificar precios unitarios y cantidades en los
componentes de cada posición, lo que afectaría la solvencia de la propuesta,
y ii) que con la información a la que pueda acceder la convocante así como
con la que tenga disponible, el organismo pueda desprender el tipo de
moneda que corresponde a la propuesta, corroborando que se trata sólo de
una omisión del licitante.
• La disposición contenida en el artículo 29 de las DAC es justamente para que el
organismo pueda solicitar que se subsane o aclare algún aspecto de la
propuesta, y pueda ser considerada y evaluada por el organismo y que no
tenga que desecharse porque no cumple con algún requisito que no afecta la
solvencia de la misma, lo que resultará en mayor competencia, a fin de
obtener mejores condiciones en las contrataciones
65
OFERTAS SUBSECUENTES DE
DESCUENTO
67
Ofertas Subsecuentes de Descuentos y otras estrategias institucionales
Ofertas Subsecuentes de Descuentos
Incremento de la transparencia
Incremento de la competencia
Imparcialidad
Igualdad de
oportunidades
Se estima que el 5% de las contrataciones se realicen
a través de OSD
Contratos Marco
Reducción de los tiempos de compra
Combate de prácticas monopólicas
Administración eficiente de inventarios
Atención de operaciones de emergencia
Se estima que el 5% de las contrataciones se realicen
a través de Contratos Marco
Compras Consolidadas
Menos costos administrativos
Fortalecimiento de capacidad de compra
Economías de escala
Simplificación de procesos
Se estima que el 5% de las contrataciones se realicen
a través de Compras Consolidadas
68
¿Cómo funciona la práctica de las OSD?
Consiste en que una vez presentadas las propuestas tanto técnicas como económicas y realizada la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante que oferte el precio más bajo siempre y cuando, la proposición resulte solvente y en donde la puja ganadora sea la más baja
Bajo este esquema los proveedores de bienes o
servicios se obligan a entregar materiales de calidad y a un mejor precio, generando competitividad entre los licitantes
Se pueden adquirir bienes muebles o servicios cuya descripción y características técnicas puedan ser objetivamente definidas y la evaluación legal y técnica de las proposiciones de los licitantes se pueda realizar en forma inmediata, siempre que las dependencias o entidades justifiquen debidamente el uso de dicha modalidad y que constaten que existe competitividad suficiente, previa investigación de mercado
69
Con la práctica de las OSD se fija un precio de referencia por encima del cual se
rechazan las ofertas.
Las OSD, también conocidas como Subastas en Reversa o Subastas Inversas, buscan
generar la mayor competencia posible (entre los licitantes) y ahorros significativos.
Los licitantes pueden proponer un descuento con base en el precio de la oferta
inicial, sin que ello signifique la posibilidad de variar las especificaciones o
características originalmente contenidas en su propuesta técnica.
Requiere de una competencia abierta y honesta por parte de los licitantes.
Aspectos relevantes para tomar en cuenta
Ofertas subsecuentes de descuento
• Se podrán realizar ofertas subsecuentes de descuento para bienes y servicios
estandarizados, atendiendo a lo siguiente:
Exclusivamente para bienes o servicios estandarizados.
Participarán los licitantes que hayan cumplido con la evaluación técnica.
El precio de referencia será el más bajo de entre las propuestas solventes.
Se indicará el número de veces que podrán ofertar y las fechas y horas en
las que inicia y termina el procedimiento.
Se fijarán márgenes mínimos de descuentos.
70
Ofertas subsecuentes de descuento
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO
Premisas del mecanismo
• Se realizan al menos dos pujas, reservándose el organismo el derecho de
convocar a rondas adicionales, si lo considera conveniente.
• Se establece un descuento mínimo para cada ronda o puja.
Consideraciones sobre el mecanismo
• Se determina un porcentaje de descuento solicitado es para cada una de las
partidas, pudiendo ser diferente.
• El precio base de referencia es el mas bajo de las propuestas solventes de cada
partida.
71
Ofertas subsecuentes de descuento
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO
• Cuando la partida esta integrada por “n” subpartidas, el precio base de
referencia es el importe total que resulte de aplicar el precio unitario a las
cantidades especificas o de referencia de cada una de las subpartidas y se aplica
el mismo porcentaje de descuento para cada subpartida.
• Para el caso de cotizaciones que contemplen moneda nacional y dólares
americanos, el precio base de referencia es el importe total homologado en
moneda nacional al tipo de cambio vigente en el DOF, en la fecha que se realizó
la apertura de propuestas.
72
Presentación y apertura de
propuestas
Evaluación de las
propuestas
Notificación de la
Evaluación
1era. Ronda de ofertas
subsecuentes de descuento
2da. Ronda de ofertas
subsecuentes de descuento
Fallo
1. Recepción de
las propuestas
de los licitantes
precalificados,
favorablemente
si se consideró
etapa de
precalificación .
2. Se levanta acta
asentando el
importe de cada
una de las
propuestas y se
establece la
fecha de
notificación del
resultado de la
evaluación.
1. Realiza la
evaluación de
las propuestas
recibidas.
2. Se emite el
resultado de la
evaluación.
1. Se realiza el acto
en la fecha
establecida en el
acta de recepción
de propuestas
2. Se notifica a los
licitantes que
cumplieron y no
cumplieron con
los requisitos
solicitados.
3. De las propuestas
solventes se
determina el
precio base de
referencia a
partir del cual se
realizan las
ofertas
subsecuentes de
descuento.
1. En la fecha
establecida se
recibe de los
licitantes las
ofertas
subsecuentes de
descuento ,
respecto al precio
base de
referencia
establecido.
2. Se levanta acta
asentando el
porcentaje de
descuento
ofertado de cada
licitante.
3. Se establece
fecha para la
notificación del
nuevo precio
base de
referencia para la
segunda ronda o
puja.
1. En la fecha
establecida, se
notifica el nuevo
precio base de
referencia
derivado de la
1era. ronda o
puja, para
proceder a la 2da.
ronda o puja.
2. Se recibe de los
licitantes la 2da.
Oferta
subsecuente de
descuento.
3. Se establece
fecha para
notificación de
fallo.
1. Se realiza la
notificación del
fallo.
Ofertas subsecuentes de descuento
73
Este mecanismo fomenta la competencia entre los licitantes y mejora los precios
en beneficio de PEMEX, sin menoscabo de la calidad, como observa en el siguiente
ejemplo:
Para el caso de la partida 1 en la licitación internacional relativa al “Servicio de
compresión de Gas”, se recibieron dos propuestas y la empresa que cotizó el
precio mas bajo sirvió de base para iniciar con el mecanismo de OSD, al final
después de dos pujas, su propuesta no resultó ser la mas baja, obteniéndose un
ahorro para PEP de 20 millones de pesos.
En las primeras licitaciones de PEP en las que se utilizó este mecanismos se
señalaba como descuento mínimo en cada puja un 5%, porcentaje que se tuvo que
cambiar ya que se recibieron ofertas con porcentajes de descuento menores,
mismas que no pudieron ser tomadas en cuenta, por lo que actualmente el
porcentaje de descuento solicitado es de 0.5%.
PRINCIPALES EXPERIENCIAS
Ofertas subsecuentes de descuento
74
PRODUCTOS Y OPORTUNIDADES
Esta es una selección de productos adquiridos recurrentemente a través de subastas
de descuento electrónicas.
Químicos
Medicamentos
Carbón
Gas L.P.
Acero
Azúcar
Combustóleo
Tubería
Refacciones
Bandas
Baleros
Cadenas
Compresores
Catalizadores
Fletes
Mantenimiento
Construcción
Limpieza
Seguridad
Telecomunicaciones
Hospedaje
Equipo
Maquinaria
Arrendamientos
Vehículos
Tecnología
Estructuras
Equipo de
computo.
Ofertas subsecuentes de descuento
75
NEGOCIACIÓN DE PRECIOS
Negociación de Precios
• El Organismo Descentralizado podrá optar por realizar etapas de negociación
de precios para negociar términos y condiciones de la contratación que
impacten el contenido económico de la propuesta, siempre y cuando se
asegure una adjudicación imparcial, honesta, transparente y los mejores
resultados, atendiendo a lo siguiente:
Se podrá realizar concurrentemente o después de la etapa de evaluación.
Se realizarán de manera separada con cada uno de ellos, en el entendido de
que no se revelará el contenido de las propuestas a los demás Licitantes.
Se determina un plazo razonable para la presentación de su oferta
definitiva.
La decisión final queda en el Área Administradora del Proyecto.
Se debe dejar constancia por escrito de la negociación.
77
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO
Licitación Pública para la contratación de “Trabajos integrales para la
perforación y terminación de pozos para la explotación de yacimientos
mediante la inyección de vapor.”
Criterios de adjudicación previstos en las Bases de Licitación:
• Una vez hecha la evaluación de las proposiciones se adjudicará el contrato al
licitante cuya proposición resulte solvente por reunir las condiciones legales,
técnicas y económicas requeridas por PEP, conforme a los criterios establecidos.
• Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque reúnen la
totalidad de los requerimientos solicitados por PEP, el contrato se adjudicará a
quien presente la proposición cuyo precio sea el mas bajo, una vez concluida la
etapa de negociación de precios (oferta definitiva), de acuerdo con el articulo
32 de las DAC.
Negociación de Precios
78
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO
Etapas previstas en las Bases de Licitación:
• Presentación de proposiciones y Apertura de Propuestas Técnicas (1ª
Etapa).
• Resultado Técnico y Apertura de Propuestas Económicas (2ª Etapa). No se
harán publicas la propuestas presentadas, de las cuales tomara nota un testigo
social.
• Evaluación de las Propuestas Económicas. Se verificará que se cumplan con
los requisitos económicos y financieros solicitados en las bases de licitación.
• Etapa de Negociación de Precios. Una vez obtenido el resultado de la
evaluación de las propuestas, se dará a conocer a los licitantes presentes, que
licitantes participarán en la etapa de negociación.
• Oferta Definitiva. Una vez concluida la etapa de negociación, los licitantes
presentaran su oferta definitiva.
Negociación de Precios
79
• En el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones (1ª Etapa), se recibirán
las propuestas técnicas y económicas, y se comunicará a los licitantes el
mecanismo a seguir para la etapa de negociación de precios.
• En el acto de Resultado Técnico y Apertura de Propuestas Económicas (2ª
Etapa), se abrirán los sobres que contiene las propuestas económicas de los
licitantes (disco DC) que hayan cumplido con los requisitos técnicos y el testigo
social tomará nota del monto de las propuestas económicas sin darlos a conocer
a los licitantes.
• Para efectos de transparencia, se sacará una copia al CD que contiene la
propuesta económica de cada licitante, de éstos, elegirán a uno, que en forma
conjunta con el presidente de la licitación y el licitante correspondiente
rubricarán el CD.
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO
1ª y 2ª ETAPA DE LA LICITACIÓN
Negociación de Precios
80
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO
• En caso que los licitantes no se pongan de acuerdo para elegir a un licitante
para rubricar los CD, el presidente de la licitación elegirá a uno y se guardarán
todos los CD acompañados de la nota que levantó el testigo social que contiene
el monto de la propuestas económicas en cada licitante, el cual se cerrará
firmará y quedará a resguardo a cargo del Área Responsable de la Contratación.
De dicho evento se levantará el acta correspondiente.
• Inmediatamente, en el mismo lugar se dará inicio a la evaluación de las
propuestas económicas, se verificará que cumplan con los requisitos
económicos y financieros solicitados en las bases de licitación.
• Una vez obtenido el resultado de la evaluación de las propuestas que
cumplieron con los requisitos económicos y financieros solicitados, se dará a
conocer a los licitantes presentes, que licitantes participarán en la etapa de
negociación reiterándose los licitantes que no participan en dicha negociación.
Negociación de Precios
81
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO DEL MECANISMO DE NEGOCIACIÓN
• La negociación se llevará a cabo ese mismo día con al menos 3 de los licitantes
que cumplan con los requisitos técnicos, financieros y económicos y cuyo monto
homologado sean los más bajos obtenidos en el documento DE-9 (monto de la
propuesta), este formato lo elabora PEP, al momento de la evaluación
económica, para determinar el monto homologado en moneda nacional de la
propuesta, con la información contenida en los archivos electrónicos DT-
(Análisis de los Conceptos de trabajo (sin costos)” y Documento DE-8 (Listado de
insumos en Moneda Nacional y Moneda Extranjera que intervienen en la
integración de la proposición), así como el formato “DE-SC” porcentaje de
sobrecostos.
• De esta información tomará nota el testigo social, y la comparará con la
información contenida en los CD de las propuestas económicas.
Negociación de Precios
82
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO DEL MECANISMO DE NEGOCIACIÓN
• La etapa de negociación se realizará por la Administradora del Proyecto, el Área
Responsable de la Supervisión y el Área Responsable del Proceso de
Contratación, con la participación del testigo social.
• En ese mismo evento, de manera separada con cada uno de los licitantes
seleccionados en el numeral anterior, sin revelar el contenido de las propuestas
de los demás licitantes, se les solicitará que presenten una oferta definitiva, en
donde podrán ajustar únicamente los costos directos de los insumos, así como
los costos indirectos, financiamiento y utilidad, aclarando que no se deberán
modificar los insumos propuestos originalmente, tales como (descripción, unidad
de medida y cantidades establecidos en el archivo electrónico formato DT 11).
Desechando al licitantes que modifique dicha información.
Negociación de Precios
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CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO DEL MECANISMO DE NEGOCIACIÓN
• En un lapso de 4 horas, los licitantes seleccionados deberán entregar
nuevamente en el evento, el archivo electrónico del listado de insumos en
moneda nacional y dólares americanos, así como el archivo correspondiente a
los porcentajes de sobrecosto modificados, en su caso, que integran la oferta
definitiva.
• La recepción de la oferta definitiva se realizará de manera simultánea, en el
orden en que se abrieron los primeros sobres, en presencia del testigo social, de
este acto se levanta el acta correspondiente.
• La verificación de la oferta definitiva consistirá en verificar los Documentos
DE-SC “Sobrecostos” y DE-8 “Listado de insumos”, conforme a lo señalado en los
criterios de evaluación.
Negociación de Precios
84
CASO PRÁCTICO EJEMPLIFICATIVO DEL MECANISMO DE NEGOCIACIÓN
Notas y sugerencias:
• Para la homologación en moneda nacional, se considerará el tipo de cambio para
solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana publicada en el DOF del día del Acto de presentación y
apertura de propuestas técnicas (Primera Etapa).
• La etapa de negociación se llevara a cabo el mismo día de la segunda etapa del
procedimiento.
• Sólo se acepta la presencia de dos personas de cada licitante como máximo,
(uno de ellos será el representante o apoderado legal o común) y deberán traer
consigo un equipo de cómputo portátil y Discos CD.
• No se aceptarán teléfonos móviles o cámaras.
• La Recepción de propuestas es mediante Disco Compacto de sólo lectura.
• Una vez iniciada la negociación de precios no se permitirá la entrada ni salida
de ningún participante ni servidor público, hasta la conclusión de la misma.
Negociación de Precios
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EXPERIENCIAS OBTENIDAS POR PEP
• Simplificación de la integración de la propuesta económica y financiera.
• Recepción de propuestas mediante Disco Compacto de sólo lectura.
• Agilidad en el proceso de evaluación y disminución del margen de error en la
integración de las propuestas.
• Adjudicación del contrato, el mismo día de la apertura de ofertas económicas.
• Seguridad, transparencia y legalidad en el manejo de la información avalada por
el testigo social.
• Reducción de tiempos en el proceso de licitación.
Negociación de Precios
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CASOS PRÁCTICOS
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Precalificación de las empresas en cuanto a:
capacidad financiera;
experiencia y capacidad técnica;
capacidad legal; y
con posibilidad de subsanar deficiencias y hacer aclaraciones.
Apertura de proposiciones en dos etapas.
Con posibilidad de subsanar y hacer aclaraciones.
Evaluación de las ofertas por método binario, y en caso de contar con dos o
más propuestas solventes, el contrato se adjudica a la oferta solvente con
el VPN más bajo, considerando 10 años de servicio de mantenimiento con
suministro de refacciones y consumo de consumibles
Casos prácticos Ejemplo 1
Numeración conforme al contenido del repositorio de experiencias compartidas
http://intranet.dco.pemex.com/arec/talleres.php
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LPI-TLC que consideró:
Precalificación de las empresas en cuanto a:
experiencia y capacidad técnica;
capacidad legal; y
con posibilidad de subsanar deficiencias y hacer aclaraciones.
Apertura de proposiciones en una etapa.
Con posibilidad de subsanar y hacer aclaraciones.
Evaluación de las ofertas por método combinado (binario con puntos y
porcentajes), estableciendo un precio máximo de referencia para todos los
conceptos que integran el anexo económico.
Aceptación de propuestas conjuntas (consorcio), presentando un convenio entre
ellas, que especifica las obligaciones de cada una.
Adjudicación de contratos independientes para cada uno de los cuatro equipos,
no obstante que resultara adjudicado un mismo proveedor.
El proveedor absorbe los riesgos, con sus seguros, que implican traslado y
operación.
Casos prácticos Ejemplo 2
Numeración conforme al contenido del repositorio de experiencias compartidas
http://intranet.dco.pemex.com/arec/talleres.php
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Precalificación de las empresas en cuanto a:
experiencia;
capacidad financiera;
calificaciones de SSPA.
Casos prácticos Ejemplo 3
Casos prácticos Ejemplo 4
Ofertas subsecuentes de descuento: cuáles son sus bondades, la complejidad
de su aplicación y los recursos que podemos utilizar para aprovecharla.
Contratación de servicio asignando por partida:
El precio base de referencia es el más bajo de las propuestas solventes
para cada partida.
El porcentaje de descuento se establece para cada una de las partidas, pudiendo
ser diferente.
Para el caso de cotizaciones que contemplen monedas diferentes, el precio base
de referencia es el importe total homologado en moneda nacional al tipo de
cambio vigente en el DOF en la fecha en que se realiza la apertura de propuestas.
Numeración conforme al contenido del repositorio de experiencias compartidas
http://intranet.dco.pemex.com/arec/talleres.php
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Casos prácticos Ejemplo 5
Servicios integrales de Exploración y Producción
Estos contratos contemplan la ejecución de todos los servicios para la
evaluación, desarrollo y producción de hidrocarburos dentro de determinadas
áreas geográficas.
El contratista solo tiene derecho a la remuneración en efectivo por los
servicios prestados y no constituyen de ninguna manera una concesión,
ni se comparte la producción de hidrocarburos.
Consideran una gobernanza integrada por PEP y Contratista, quienes
colaboran a través de un Grupo Directivo para asegurar maximizar el valor
económico de los proyectos.
El contrato prevé un programa de apoyo a la comunidad y al medio ambiente
que deberá contribuir al desarrollo humano y a la sustentabilidad ambiental de
las comunidades ubicadas o cercanas al área contractual.
Precalificación de aspectos legales, técnicos y financieros
Criterios de desempate de proposiciones
Numeración conforme al contenido del repositorio de experiencias compartidas
http://intranet.dco.pemex.com/arec/talleres.php
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Casos prácticos Ejemplo 6
LPI con Negociación de precios:
Se estableció la etapa de precalificación
La evaluación se realizará en dos etapas
Se previó la etapa de Negociación de precios y se permite la participación de
consorcios:
Después del acto de apertura de proposiciones se comunica a los licitantes el mecanismo
de Negociación y el método de evaluación.
No se hacen públicas las propuestas presentadas, de las cuales toma nota el testigo
social.
Una vez concluida la etapa de negociación, los licitantes presentan su oferta definitiva,
debiendo incluir los archivos en hoja electrónica tipo Microsoft Excel grabados en un
disco CD-R
Podrán ajustar únicamente los costos directos e indirectos de los insumos, financiamiento
y utilidad. No se deberán modificar los insumos propuestos originalmente , desechando la
propuesta definitiva que modifique dicha información.
Numeración conforme al contenido del repositorio de experiencias compartidas
http://intranet.dco.pemex.com/arec/talleres.php
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Casos prácticos Ejemplo7
LPI Abierta
Se adjudican dos contratos por importes mínimos y máximos, los licitantes
inscritos participan para la asignación de los dos contratos.
La primera etapa de evaluación por precalificación (experiencia del licitante,
experiencia de su personal, instalaciones, capacidad financiera, protección
ambiental) y la segunda etapa de evaluación por puntos y porcentajes
(calidad de la obra, experiencia, capacidad técnica, protección ambiental.
Servicios, renta y compra)
Considera incentivo posterior al cumplimiento de la vida útil mínima de dos
años.
Se otorga con base en la evaluación del desempeño de los dos contratistas.
Podrá otorgarse de forma fraccionada dependiendo del desempeño de los contratistas.
Se otorgará una vez agotado el monto de cualquiera de los contratos, al contratista con
mejor desempeño, mediante convenio modificatorio.
Numeración conforme al contenido del repositorio de experiencias compartidas
http://intranet.dco.pemex.com/arec/talleres.php
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Repositorio para experiencias compartidas
Primer Taller
1. Adquisición de tres equipos de perforación de pozos petroleros terrestres
2. Arrendamiento sin opción a compra de cuatro plataformas autoelevables, incluyendo su mantenimiento integral, para operar en aguas mexicanas del Golfo de México
3. Contratación de “Ingeniería, Procura y Construcción del Sistema de Deshidratación y Desalado, mediante la Modificación de los Tanques TV-5006 Y TV-5008 a Gun Barrel, así como un Sistema de Calentamiento de Crudo Maya” con Etapa de Precalificación
4. Licitaciones de adquisición de bienes o servicios con ofertas subsecuentes de descuento
Segundo Taller
5. Incentivos al desempeño en “Contratos incentivados de campos maduros”
6. Negociación de precios: trabajos integrales para la perforación y terminación de pozos para la explotación de yacimientos mediante la inyección de vapor en la Región Sur
7. Precalificación, evaluación de propuestas por puntos y porcentajes, abastecimiento de más de una fuente de servicios e incentivos por desempeño en el “Aseguramiento de flujo con sistema artificial BEC, incluyendo equipo superficial y sub superficial”
• Presentación de consolidación/colusión
• Las Ofertas Subsecuentes de Descuento como estrategia
• Experiencia del IMMS con Ofertas Subsecuentes de Descuento
http://intranet.dco.pemex.com/arec/talleres.php
PARTICIPACIÓN DE LOS ÓRGANOS
INTERNOS DE CONTROL
Ley de Petróleos Mexicanos:
La vigilancia interna y externa de Petróleos Mexicanos se realizará por:
o El Comité de Auditoría y Evaluación del Desempeño
o Un Comisario
o El Órgano Interno de Control
o La Auditoría Superior de la Federación, y
o El Auditor Externo.
96
Participación de los Órganos Internos de Control
96
• La SFP y los OIC’s de Petróleos Mexicanos y
de sus organismos subsidiarios resolverán
la instancia de inconformidad, en los
siguientes procedimientos:
o Adquisiciones, arrendamientos y contratación
de servicios
o Obras
• Igualmente la SFP y los OIC’s conocerán y
sustanciarán este procedimiento.
97
Participación de los Órganos Internos de Control
97
Inconformidades
Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento:
Conciliaciones
Ambos resolverán en términos de lo dispuesto por las Leyes de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios
Relacionadas con las Mismas.
98
Participación de los Órganos Internos de Control
98
Infracciones
• La SFP y los OIC’s podrán inhabilitar para
participar en procedimientos de contratación o
celebrar contratos, a las personas que se
encuentren en los siguientes supuestos:
o Las que contraten servicios de asesoría
o Consultoría y apoyo de cualquier tipo de personas
en materia de contrataciones gubernamentales, si
se comprueba que todo o parte de las
contraprestaciones pagadas al prestador del
servicio, a su vez, son recibidas por servidores
públicos por sí o por interpósita persona, con
independencia de que quienes las reciban tengan
o no relación con la contratación.
• Inhabilitación que no será menor de tres meses
ni mayor de cinco años y se extenderá a los
procedimientos de contratación de todas las
dependencias y entidades de la APF
.
o
Sanción
99
Participación de los Órganos Internos de Control
99
• Las inconformidades y Conciliaciones:
En términos de lo establecido en el artículo 35 de la Ley, la SFP y los
OIC’s, serán competentes para conocer de las inconformidades, así
como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de
Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales
se sustanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título
Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Se resolverán por parte de la SFP y los OIC’s, basándose en los
principios y disposiciones aplicables establecidos en la Ley,
Reglamento y DAC’s.
Disposiciones Administrativas de Contratación (DAC’s):
Ley de Petróleos Mexicanos:
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios
Asiste un representante de la Secretaría de la Función Pública, como
invitado permanente, con voz pero sin voto.
o Propone al Consejo de Administración las DAC’s.
o Tiene la facultad de interpretar para efectos administrativos
dichas disposiciones.
100
Participación de los Órganos Internos de Control
100
CAAOS Pemex y OS
o Emisión de Reglas de Operación
o Creación de Subcomités
CONCLUSIONES GENERALES
La capacidad de ejecución es la suma de varios factores: recursos
financieros, humanos y flexibilidad en sus operaciones.
La reforma permite a Pemex contratar de manera distinta (fuera de la
Ley de Obras Públicas o la Ley de Adquisiciones); concretamente, todas
las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo se contratarán bajo
la Ley de Pemex, su Reglamento y las Disposiciones.
El régimen específico de contratación reconoce el carácter productivo
de Pemex.
Ahora las contrataciones pueden reconocer el desempeño de los
contratistas y proveedores en actividades que se traducen en
desempeño de Pemex, correspondiendo a criterios de generación de
valor.
102
Conclusiones
102
El nuevo marco ofrece una serie de retos y oportunidades para mejorar
la ejecución de los proyectos.
Para optimizar los recursos hay que definir las brechas de ejecución y,
consecuentemente, lo que conviene contratar y las áreas internas a
fortalecer.
Son enormes los retos y oportunidades; para enfrentarlos, hoy se cuenta
con un nuevo marco jurídico disponible para su instrumentación.
Para materializar los beneficios de la reforma es fundamental la
participación de Pemex, órganos fiscalizadores, testigos sociales,
empresas y especialistas de la industria en el cambio de paradigmas de
la contratación, con un sentido de corresponsabilidad en el logro, en
base a prácticas de compromiso y participación compartidos.
103
Conclusiones
103
MARCO JURÍDICO DE LAS CONTRATACIONES
DEL REGIMEN ESPECÍFICO
TALLER A TESTIGOS SOCIALES MÉXICO, D.F., 16 DE ENERO DE 2012