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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de Registro de Usuario Este documento es propiedad de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica, ACCV. Queda prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa. Fecha: 17/10/2005 Versión: 9.4 Estado: APROBADO Nº de páginas: 76 OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Clasificación: USO INTERNO Archivo: ManProcOPRU.odt Preparado por: Ramón Moreno

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Manual de Procedimiento del

Operador de Punto de Registro

de Usuario

Este documento es propiedad de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica,ACCV.

Queda prohibida su reproducción total o parcial sin autorización previa.

Fecha: 17/10/2005 Versión: 9.4

Estado: APROBADO Nº de páginas: 76

OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Clasificación: USO INTERNO

Archivo: ManProcOPRU.odt

Preparado por: Ramón Moreno

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

Control de Versiones

Versión Autor Fecha Observaciones3.0 Nacho Rodríguez4.0 Ramón Moreno 26/05/2004 Nueva versión XRAO3.15.0 Ramón Moreno 21/02/2005 Nueva versión XRAO3.25.1 Ramón Moreno 17/10/2005 Nueva versión XRAO3.35.2 Encarna Giménez 27/03/2006 OID sin versión

5.3 Encarna Giménez 26/10/2006Procedimiento de Tramitación de Certificadosde Entidad

5.4 Ramón Moreno 22/03/2007 Nueva dirección y fax.5.5 Ramón Moreno 24/07/2008 Nueva dirección y cambios kit y entidad.5.6 Ramón Moreno 01/08/2008 Nueva cuenta del BBVA5.7 Encarna Giménez 04/08/2008 Incluir trámite tarjeta. Eliminar Secretaria5.8 Encarna Giménez 06/08/2008 Cambio Fax5.9 Encarna Giménez 14/12/2008 Tramitación de certificado en Clau-ACCV6.0 Ramón Moreno 10/02/2009 Nuevo procedimiento de entidad.7.0 Ramón Moreno 25/11/2009 Nueva organización del documento7.5 Ramón Moreno 19/01/2010 Nuevo procedimiento para certificados SW8.0 Ramón Moreno 02/08/2010 Nuevos procedimientos vinculados a ARCA.8.1 Ramón Moreno 21/11/2010 Nuevo acceso a ARCA8.2 Ramón Moreno 09/08/2011 Modificaciones ARCA v.1.208.3 Ramón Moreno 14/10/2011 Nuevo procedimiento de envío de tarjetas8.4 Ramón Moreno 21/03/2014 Cambio de dirección (IVF) y eliminación p12s.

8.5 Ramón Moreno 28/10/2015Identificación con carnet de conducir, solicitudde apellido en consulta SVDRI y otros.

8.6 Ramón Moreno 19/07/2015Se añade la generación de certificados deRepresentante de Entidad y el procedimientogeneral.

9.0 Ramón Moreno 06/03/2018 Unificación de manuales

9.1 Ramón Moreno 30/03/2020Verificación e-mail y cambios en altas/bajasoperadores.

9.2 Ramón Moreno 22/06/2020 Caducidad documentos Estado de Alarma.

9.3 Ramón Moreno 13/10/2020Eliminación correo CV y cambio enrevocación.

9.4 Ramón Moreno 03/11/2020Revisión de documentos NIE, incapacidadlegal y anexos documentación.

Revisión de este documento:

Creado por:

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Supervisado por:

Fecha:

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

Est.: APROBADO OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Pág: 2 de 77

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

Tabla de Contenido

1. INTRODUCCIÓN..............................................................................................................................................5

1.1. OBJETO............................................................................................................................................................5

1.2. ÁMBITO Y DEBER DE LECTURA.............................................................................................................................5

1.3. CLASIFICACIÓN..................................................................................................................................................6

1.3.1. Personal autorizado a acceder al contenido del documento.................................................................6

1.4. ARCHIVADO Y PUBLICACIÓN................................................................................................................................6

1.5. RESPONSABILIDADES...........................................................................................................................................6

1.5.1. Responsabilidad de la preparación, la revisión, la aprobación y el mantenimiento del procedimiento

...........................................................................................................................................................................6

1.5.2. Responsabilidad general del cumplimiento del procedimiento.............................................................6

1.5.3. Responsabilidades parciales..................................................................................................................6

1.6. REFERENCIAS....................................................................................................................................................6

1.7. DEFINICIONES....................................................................................................................................................7

1.8. LISTADO DE APÉNDICES.......................................................................................................................................7

2. DESARROLLO..................................................................................................................................................8

2.1. CONCEPTOS BÁSICOS..........................................................................................................................................8

2.1.1. Tipos de certificados emitidos en el PRU..............................................................................................8

2.1.2. Tipos de PRU.........................................................................................................................................9

2.1.3. Ciclo de vida de los certificados............................................................................................................9

2.1.4. Modalidades de emisión de certificados..............................................................................................10

2.2. PROCEDIMIENTO GENERAL EN EL PRU................................................................................................................11

2.3. IDENTIFICACIÓN DE LOS USUARIOS......................................................................................................................13

2.3.1. Ciudadanos de nacionalidad española................................................................................................13

2.3.2. Ciudadanos de nacionalidad extranjera..............................................................................................13

2.3.3. Recoger el certificado por cuenta ajena..............................................................................................14

2.3.4. Menores de edad..................................................................................................................................15

2.3.5. Ciudadanos incapacitados legalmente................................................................................................15

2.3.6. Circunstancias especiales referentes al estado de alarma decretado el 14 de marzo de 2020...........15

2.4. ELECCIÓN DEL TIPO DE CERTIFICADO A TRAMITAR.................................................................................................16

2.5. DATOS NECESARIOS PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS DISTINTOS TIPOS DE CERTIFICADOS................................................17

2.5.1. El SVDI................................................................................................................................................17

2.5.2. Correo electrónico...............................................................................................................................17

2.5.3. Ciudadano............................................................................................................................................18

2.5.4. Representante de Entidad....................................................................................................................19

2.5.5. Empleado Público................................................................................................................................20

2.5.6. Empleado Público con Seudónimo......................................................................................................21

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

Est.: APROBADO OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Pág: 3 de 77

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

2.5.7. Pertenencia a empresa.........................................................................................................................22

2.6. ACCEDER AL PORTAL DE OPERADOR Y A LA APLICACIÓN ARCA...........................................................................22

2.6.1. Conexión a nivel de red.......................................................................................................................22

2.6.2. Portal del Operador de ARCA.............................................................................................................23

2.6.3. Aplicación ARCA.................................................................................................................................25

2.7. REGISTRO DE UNA PETICIÓN WEB O CERTIFICADO EN FICHERO (PKCS#12)................................................................26

2.8. EMISIÓN DE CERTIFICADOS EN TARJETA CRIPTOGRÁFICA..........................................................................................31

2.8.1. Tarjeta NUEVA – tarjeta USADA........................................................................................................31

. Tarjeta Nueva..................................................................................................................... 32

. Tarjeta Usada..................................................................................................................... 33

2.8.2. Emisión de tarjetas con 2 lectores de tarjeta.......................................................................................33

2.8.3. Procedimiento de emisión....................................................................................................................35

2.9. ANULAR UNA PETICIÓN WEB..............................................................................................................................41

2.10. REVOCACIÓN DE CERTIFICADOS........................................................................................................................44

2.11. DESBLOQUEO DE TARJETA CRIPTOGRÁFICA.........................................................................................................50

2.12. RENOVACIÓN DE CERTIFICADOS........................................................................................................................54

2.13. PROCEDIMIENTO DE CONSULTA DE DATOS...........................................................................................................54

2.14. PROCEDIMIENTO DE CANCELACIÓN DE DATOS......................................................................................................57

2.15. TAREAS DE GESTIÓN DE PRU..........................................................................................................................59

2.15.1. Introducción.......................................................................................................................................59

2.15.2. Solicitar soporte.................................................................................................................................59

2.15.3. Gestión de operadores.......................................................................................................................62

. Actualización de datos........................................................................................................62

. Solicitar la baja de operadores...........................................................................................63

. Solicitar el alta de nuevos operadores................................................................................64

2.15.4. Envío de contratos de certificación...................................................................................................65

2.16. OTRAS CIRCUNSTANCIAS.................................................................................................................................65

3. APÉNDICES.....................................................................................................................................................66

3.1. MODELO DE DOCUMENTO QUE SE ENTREGA EN EL PRU PARA LA EMISIÓN DE UN CERTIFICADO DE REPRESENTANTE DE

ENTIDAD EN TARJETA CRIPTOGRÁFICA.........................................................................................................................66

3.2. DOCUMENTOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE EXTRANJEROS.......................................................................................67

3.2.1. Documentos válidos para la identificación por sí mismos..................................................................68

3.2.2. Documentos que necesitan de apoyo, por no contener fotografía o no estar en vigor.......................69

3.3. DOCUMENTOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE ESPAÑOLES..........................................................................................75

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

1. Introducción

1.1. Objeto

Este documento recoge el manual de procedimiento para las principales operaciones a realizar por

los operadores de Punto de Registro de Usuario de la Autoridad de Certificación de la Comunidad

Valenciana:

- Procedimiento de tramitación de certificados digitales en los diferentes soportes.

- Procedimiento de revocación de certificados digitales.

- Procedimiento de desbloqueo de PIN de tarjeta criptográfica de usuario o Entidad.

- Procedimiento de consulta de datos, para un determinado usuario, dando cumplimiento a

la LEY ORGANICA 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y

garantía de los derechos digitales y a su normativa de desarrollo.

- Procedimiento de cancelación de datos, para un determinado usuario, dando

cumplimiento a la LEY ORGANICA 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos

Personales y garantía de los derechos digitales y a su normativa de desarrollo.

Es de vital importancia seguir estrictamente las obligaciones que se reflejan en el documento de

Autorización de Operador de Punto de Registro de Usuario, así como todos los pasos que aparecen

en los procedimientos descritos en este documento. Un paso común a todos ellos y básico para el

correcto desarrollo de estas funciones, es la identificación fiable del usuario que solicite uno de

estos servicios.

Por último, el operador de PRU debe saber que todas las acciones realizadas sobre los formularios

Web que se ponen a su disposición, así como las realizadas a través de la aplicación ARCA,

quedarán registradas. De esta manera siempre se podrá conocer qué acciones ha realizado cada uno

de los operadores y en qué momento se realizaron. Mediante este registro de acciones, se procura

garantizar la calidad del servicio prestado y proteger a los operadores ante quejas de los usuarios o

errores de otros operadores.

1.2. Ámbito y deber de lectura

Es de vital importancia el cumplimiento de los procedimientos descritos en este manual, por lo que

todos los operadores tienen el deber de conocerlos.

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

1.3. Clasificación

La información contenida en este documento se ha clasificado como: USO INTERNO. No contiene

información confidencial o que deba permanecer en secreto, pero no es de uso público y no se va a

publicar. Sólo el personal involucrado en la administración de puntos de registro tendrá derecho de

acceso al documento.

1.3.1. Personal autorizado a acceder al contenido del documento

No aplicable (sólo para documentos confidenciales)

1.4. Archivado y publicación

La ubicación de archivado: RD-ACCV.

El medio de archivo: Electrónico

La fecha de inicio de archivado: 22/02/2005

El periodo de conservación: Hasta próxima versión

La persona responsable: Ramón Moreno

1.5. Responsabilidades

1.5.1. Responsabilidad de la preparación, la revisión, la aprobación y el

mantenimiento del procedimiento

Preparación: Ramón Moreno.

Revisión: Joaquín Galeano.

Aprobación: Joaquín Galeano.

1.5.2. Responsabilidad general del cumplimiento del procedimiento

Deberán cumplir este procedimiento todos los operadores de Punto de Registro.

1.5.3. Responsabilidades parciales

Los detalles relativos a la asignación de responsabilidades especiales se ofrecen en la sección 2:

Desarrollo.

1.6. Referencias

No existen.

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

1.7. Definiciones

Punto de Registro de Usuario (PRU en adelante): Es el lugar donde se gestiona, por parte de un

operador de Punto de Registro de la ACCV, los diferentes certificados personales que esta AC emite.

Para esta gestión es imprescindible la instalación de la aplicación ARCA.

ARCA: Aplicación empleada por los operadores de PRU para tramitar los certificados y la

documentación anexa a éstos.

Operador de PRU (OPRU en adelante): Es la persona que atiende el PRU. Se encarga de la

identificación de los usuarios, de manejar la aplicación que tramita los certificados y de gestionar

correctamente la documentación que estos trámites genera.

Portal del Operador: Entorno Web al que puede acceder el operador de PRU con la finalidad de

instalar y ejecutar la aplicación ARCA, consultar documentos relativos a su tarea como operador,

como este manual, o acceder a la información de soporte.

SVDRI: Sistema de Verificación de Datos de Residencia e Identidad (SVDRI). Permite el acceso a la

consulta y verificación de datos de usuario con el objeto de eliminar la aportación de fotocopias de

documentos de identidad y residencia. El OPRU consultará y verificará la información

telemáticamente, siempre y cuando el ciudadano preste su conformidad. Este servicio depende del

Ministerio, por lo que es externo a la ACCV.

1.8. Listado de apéndices

• Modelo de documento informativo que se presenta al operador de PRU para la emisión de un

certificado de Representante de Entidad en tarjeta criptográfica.

• Documentos para la identificación de extranjeros.

• Documentos para la identificación de españoles.

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

2. Desarrollo

2.1. Conceptos básicos

2.1.1. Tipos de certificados emitidos en el PRU

En este apartado vamos a revisar los diferentes tipos de certificados que se pueden emitir en los

PRUs de la ACCV. En todos los casos se tratará de certificados que irán vinculados a una persona

física (que posea DNI o NIE). Las diferentes políticas a las que se alude en este apartado, estarán

publicadas en la web de la ACCV (www.accv.es). Los operadores podrán generar uno u otro tipo de

certificados en función de los permisos de que dispongan:

1. Certificados de ciudadano: Son los certificados que se ajustan a las Políticas de

Certificación de certificados reconocidos en soporte software para ciudadanos y de

certificados reconocidos en dispositivo seguro para ciudadanos.

Este tipo de certificados tiene como objetivo identificar a los ciudadanos de manera fiable y

asegurar las comunicaciones entre estos y los diferentes organismos, públicos o no, con los

que hagan gestiones. Para tramitar este tipo de certificado es imprescindible disponer de un

número de DNI o NIE.

2. Certificados de Representante de Entidad: Son los certificados que se ajustan a la Política

de Certificación de Certificados Cualificados de Representante de Entidad Jurídica o en la

Política de Certificación de Certificados Cualificados de Representante de Entidad no

Jurídica.

Son certificados que identifican a una persona física como representante de una persona

jurídica. El representante debe ser una persona física con la capacidad legal de actuar

completamente en nombre de esa entidad.

También se pueden emitir en dispositivo seguro o en soporte software.

3. Certificados de Empleado Público: Al igual que los anteriores, se proporcionan en tarjeta

criptográfica o soporte software y están sujetos a las condiciones de uso, limitaciones y

responsabilidades establecidas en la Política de Certificación de Certificados Cualificados de

Empleado Público.

El grupo de usuarios que puede utilizar este tipo de certificado digital está formado por los

empleados públicos que trabajan para cualquier tipo de Administración Pública

(europea, estatal, autonómica y local) así como los empleados de sus entes instrumentales y

los empleados de las Corporaciones y Universidades Públicas.

La solicitud de este tipo de certificados es responsabilidad de la Administración Pública o

entidades de carácter público, la cual deberá comprobar la condición de empleado público de

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

los titulares de los certificados mediante consulta a los registros de personal de la

organización de su competencia.

4. Certificados de Empleado Público con Seudónimo: El grupo de usuarios que pueden

solicitar certificados definidos por esta política está compuesto por los empleados públicos

que trabajen para cualquier tipo de Administración Pública (europea, estatal, autonómica y

local) así como los empleados de sus entes instrumentales, y los empleados de las

Corporaciones y Universidades Públicas, que cuenten con los elementos de identificación

requeridos (DNI, NIE, etc.) y a las que se les pueda asociar un seudónimo. El colectivo de

usuarios formará parte de alguna entidad pública, que se encargará de la gestión de estos

usuarios y de la asignación de los citados seudónimos.

También podrán ser emitidos en dispositivo seguro o soporte software.

5. Certificados de pertenencia a empresa: El grupo de usuarios que puede utilizar este tipo de

certificado digital está formado por los empleados de las empresas de cualquier tipo, los

colegiados de Colegios Profesionales y los asociados de las Asociaciones Profesionales.

Los certificados cualificados de pertenencia a empresa emitidos por la Agencia de Tecnología

y Certificación Electrónica (ACCV) sirven para identificar a dicho personal en el ejercicio de

sus competencias profesionales.

Se expiden tanto en soporte tarjeta criptográfica, como en soporte software, y están

sujetos a las condiciones de uso, limitaciones y responsabilidades establecidas en la política

de certificación de certificados cualificados de pertenencia a empresa.

2.1.2. Tipos de PRU

Clasificaremos los PRUs distinguiendo entre el tipo de usuario al que se atiende:

1. PRUs de acceso público: Atienden a cualquier ciudadano que solicite la emisión de un

Certificado de Ciudadano o de Representante de Entidad.

2. PRUs para servicio interno: Se trata de PRUs que sólo están disponibles para los miembros

del organismo en el que está instalado. Pueden emitir, además de los certificados que emite

un PRU público (ciudadano y representante de entidad), certificados de empleado

público, de empleado público con seudónimo o de pertenencia a empresa.

Los PRUs pueden dar, al mismo tiempo, un servicio público y atender al propio personal de su

organismo.

2.1.3. Ciclo de vida de los certificados

Los certificados digitales tienen un periodo de validez que va desde el mismo momento en que se

emiten hasta su fecha de caducidad. Los certificados personales de la ACCV tienen un periodo de

validez de 3 años.

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

Est.: APROBADO OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Pág: 9 de 77

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

Cuando caducan dejan de ser válidos. Sin embargo, podemos invalidar los certificados antes de

alcanzar su fecha de caducidad. A este procedimiento se le llama REVOCACIÓN. Un certificado

revocado deja de ser válido, aunque no haya superado su fecha de caducidad.

2.1.4. Modalidades de emisión de certificados

La ACCV dispone de varias formas de entregar los certificados al usuario final:

1. PETICIÓN WEB: .

Los certificados emitidos de este modo se ajustan a las políticas de certificados en

soporte software.

El certificado NO SE ENTREGA en el Punto de Registro al usuario, sino que este se

lo generará en su equipo informático, a través de una página Web habilitada por la

ACCV para este propósito.

En el PRU sólo se lleva a cabo la identificación del usuario, el registro de sus datos y

la entrega al mismo de un código que le permitirá la generación del certificado.

2. TARJETA CRIPTOGRÁFICA: Este dispositivo se utiliza para la emisión de certificados

sujetos a las diferentes políticas de certificados en dispositivo seguro.

Este dispositivo tiene coste económico, debido a que el chip tiene una complejidad de

diseño importante con la finalidad de aportar la mayor seguridad al usuario final. Por

lo tanto, no existe la posibilidad de proporcionarlo gratuitamente, debiendo el

solicitante abonar la cantidad especificada en el Catálogo de Productos y

Servicios publicado en la Web de la ACCV (www.accv.es).

El ciudadano que solicite su certificado de Ciudadano o Representante de Entidad en

uno de estos dispositivos, deberá pedirlo a través de la web de la ACCV. En tal caso,

el dispositivo se enviaría siempre a la dirección que proporcione el usuario solicitante.

También aquellos organismos que soliciten sus certificados de empleado público,

seudónimo o pertenencia a empresa en tarjeta, tendrán que asumir el coste de los

dispositivos, además del que pudieran tener los certificados.

Entre uno de los muchos mecanismos de seguridad que implementa, está la

utilización de un PIN para controlar el acceso. El PIN es un número secreto que es

solicitado al usuario para acceder a la tarjeta.

Para impedir que un atacante pueda averiguar este PIN, la tarjeta lo bloquea cuando

detecta que se ha intentado acceder a la misma utilizando un PIN erróneo en 3

ocasines seguidas. De esta manera, bloqueado este parámetro, será imposible

utilizar el dispositivo a menos que usemos el PUK de la tarjeta para desbloquear el

PIN.

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

También contaremos con 3 intentos para utilizar el PUK con la finalidad de

desbloquear el PIN. En caso de que agotemos los 3 intentos, el PUK también se

bloqueará y la tarjeta quedará definitivamente INSERVIBLE.

Ambos valores, PIN y PUK, se proporcionan al solicitante del certificado en tarjeta

en su contrato de certificación. No obstante, desde el PRU también se dispone de

la opción de desbloqueo de este tipo de dispositivos, por lo que será uno de los

procedimientos que expliquemos.

Aspecto de diferentes tarjetas utilizadas para la emisión de certificados de ciudadano:

Aspecto de la tarjeta de Representante de Entidad:

2.2. Procedimiento general en el PRU

• PRUs de acceso público: El procedimiento de atención a los ciudadanos para la emisión de

certificados de Ciudadano o Representante de Entidad, constará básicamente de 3 pasos:

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

Est.: APROBADO OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Pág: 11 de 77

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

1. Identificación del usuario. En el siguiente punto se detallarán los documentos

aceptados para hacer esta identificación.

2. Registro de los datos del usuario y tramitación de la documentación relativa al

certificado solicitado. Para esto se utiliza la aplicación ARCA.

3. Firma de los contratos de certificación y archivo de los mismos. El contrato de

certificación asociado a cada nuevo certificado deberá ser firmado por el usuario

solicitante. Estos contratos constan de 2 copias: una para el solicitante o subscriptor

del certificado y otra para la ACCV. El operador de PRU entregará al ciudadano su

copia y archivará la de la ACCV en un armario cerrado con llave. Estos contratos se

separarán en virtud del tipo de certificado, Ciudadano, Representante de Entidad,

empleado público, etc, y se enviarán al final de cada mes a la dirección postal de la

ACCV.

• PRUs para servicio interno: Para la emisión de certificados de Ciudadano o Representante

de Entidad se seguirá el mismo procedimiento descrito en el punto anterior.

Si se emiten certificados de Empleado Público, Seudónimo o Pertenencia a Empresa,

deberemos tener en cuenta que la autentificación de la identidad del solicitante de un

certificado se realizará mediante su personación en la solicitud o en la entrega del certificado.

Es decir, será imprescindible identificar al empleado público, al menos en el momento de la

entrega el certificado y del contrato de certificación para su firma.

Sin embargo, el Registro queda delegado a la entidad a la que se emiten los

certificados, y con la que se ha instrumentado la prestación del servicio por parte de la

ACCV mediante contrato, convenio u otra fórmula.

Por lo tanto, no será necesaria la personación del empleado público o trabajador de la

empresa para el que se va a generar el certificado si su identidad y condición de empleado

público constara ya en el Registro de Personal de la Administración Pública u Organismo

Público o Corporativo al que pertenezcan y a la que se dirija su solicitud.

La determinación de la condición de empleado público o trabajador es responsabilidad

de la Administración, Entidad pública solicitante, o empresa, la cual deberá comprobar

dicha condición de empleado, bien en su base de datos, si está actualizada, o solicitando el

documento por el que el suscriptor ha adquirido esa condición, si no le constare a la propia

Administración, Entidad Pública solicitante o empresa.

Los contratos correspondientes a estos certificados, también cuentan con 2 copias. El

operador de PRU entregará al empleado su copia y archivará la de la ACCV en un armario

cerrado con llave. Estos contratos se enviarán al final de cada mes a la dirección postal de la

ACCV.

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2.3. Identificación de los usuarios

La identificación de los usuarios se lleva a cabo de manera presencial y está basada en la la Ley

59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, que indica en su "Artículo 13. Comprobación de la

identidad y otras circunstancias personales de los solicitantes de un certificado reconocido", punto 1:

"1. La identificación de la persona física que solicite un certificado reconocido exigirá su personación

ante los encargados de verificarla y se acreditará mediante el documento nacional de identidad,

pasaporte u otros medios admitidos en derecho. Podrá prescindirse de la personación si su firma en

la solicitud de expedición de un certificado reconocido ha sido legitimada en presencia notarial."

También deberemos llevar a cabo esta comprobación en caso de realizar cualquier otro tipo de

trámite, como el desbloqueo de una tarjeta criptográfica o la revocación de un certificado, siempre que

tengamos delante al usuario que nos lo solicita.

Podremos llevar a cabo la identificación con cualquiera de los siguientes documentos. Es importante

señalar que los documentos aceptados son los que se detallan aquí y sólo estos.

2.3.1. Ciudadanos de nacionalidad española

Los documentos aceptados son:

a. DNI, en vigor. Esto incluye casos especiales como mayores de 70 años y cierto tipo

de discapacitados físicos o psíquicos, que tienen DNI con VALIDEZ PERMANENTE.

Aunque estemos en uno de estos casos es necesario que el DNI indique esto.

b. Pasaporte español, en vigor. En este documento figura el número del DNI (aunque

sin la letra, que tendrá que indicar el usuario) y también tiene fotografía del

solicitante.

c. Carnet de conducir en formato tarjeta, en vigor. Dispone de fotografía, del número

de DNI, de los datos del usuario (nombre y apellidos) y de una fecha de caducidad.[1]

2.3.2. Ciudadanos de nacionalidad extranjera

Será imprescindible que el ciudadano extranjero disponga de un número NIE para poder

emitir el certificado.

A) Podrán presentarnos documentos con fotografía y fecha de caducidad, que por sí

mismos sean suficientes para la identificación:

1. La tarjeta de identificación de extranjero (TIE). Lleva fotografía y la fecha de

caducidad.

2. Carnet de conducir español, que incluye el número de NIE. Lleva fotografía y la

fecha de caducidad.

3. Visado incluido en el pasaporte. Lleva fotografía y la fecha de caducidad.

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4. Tarjeta de asilo político (tarjeta roja). Lleva fotografía y la fecha de caducidad.

5. Resguardo de presentación de solicitud de protección internacional. Lleva

fotografía y la fecha de caducidad.

B) También podrá presentarse documentación que acredite la asignación del número NIE,

aunque no contenga la fotografía. Siempre se trataría de documentos proporcionados por el

Gobierno de España, el Ministerio del Interior o por la Policía Nacional. En este caso, sería

necesario presentar, además de este documento:

• El pasaporte en vigor.

• En caso de que el ciudadano pertenezca a la UE, también se podría presentar:

◦ el documento nacional de identidad de su país de origen

◦ o el carnet de conducir del país de origen, en formato europeo de tarjeta [1].

Ejemplos de este tipo de documentos con NIE, son:

1. Documento de asignación del NIE.

2. Certificado de registro de ciudadano de la UE.

3. Permiso temporal de residencia o trabajo.

4. Tarjeta o solicitud de tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE.

5. Certificado de registro de residencia temporal.

C) Si se presentase un documento del apartado A) que no estuviese en vigor, se aceptaría

siempre que se acompañara de los documentos en vigor indicados en el apartado B), es

decir, pasaporte o, en caso de ser de la UE, documento de identidad o carnet de conducir en

formato europeo del país de origen.

En los apéndices de este manual se amplía información sobre este tipo de documentos y se

aporta ejemplos de los mismos.

2.3.3. Recoger el certificado por cuenta ajena

Podrá prescindirse de la personación del solicitante SI Y SOLO SI su firma en la solicitud

de expedición de un certificado reconocido ha sido legitimada en presencia notarial. El

solicitante deberá acudir a un notario para que certifique explícitamente (mediante poder

notarial específico):

◦ La voluntad del titular de obtener un certificado digital de la ACCV.

◦ La autorización del titular para que otra persona recoja el certificado y acepte las

condiciones del contrato de certificación en su nombre, especificando los datos de esta

persona.

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Además, el poder notarial deberá estar actualizado, es decir, certificado o ratificado con un

máximo de 3 meses anteriores a la solicitud.

2.3.4. Menores de edad.

La ACCV, sólo expide certificados digitales a menores de edad si cumplen la condición de

ser mayores de 14 años (edad a partir de la cual es obligatorio disponer de DNI) . No se debe

expedir un certificado digital a un menor de 14 años, aunque disponga de DNI.

La expedición por parte de la ACCV de un certificado digital para un menor, sólo garantiza su

identidad, delegando en el organismo que acepta el certificado la delimitación de la capacidad

de obrar de este.

2.3.5. Ciudadanos incapacitados legalmente.

No se emitirá un certificado digital a un ciudadano que esté incapacitado legalmente. El

ciudadano carece de capacidad de actuación en cualquier ámbito, incluido el electrónico.

Al igual que sucede en ámbitos no electrónicos, será el representante el que haga los trámites

ante terceros en nombre del representado, pero nunca usurpando la identidad del

incapacitado. La sentencia judicial que pudiera presentar habilitándolo como tutor del

incapacitado, lo capacita para hacer trámites en su nombre, pero no para adquirir su

identidad.

2.3.6. Circunstancias especiales referentes al estado de alarma decretado el 14 de

marzo de 2020

Con respecto a los DNI, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, queda

automáticamente prorrogada la validez de todos los Documentos Nacionales de Identidad,

que caduquen a partir de esa fecha: serán válidos hasta el día trece de marzo de dos mil

veintiuno (13/03/2021).

Por lo que se refiere a los documentos expedidos para la identificación de extranjeros,

teniendo en cuenta lo decretado en la Orden SND/421/2020, de 18 de mayo del Ministerio de

Sanidad, deberemos aceptar todos los caducados con hasta 3 meses de anterioridad al

estado de alarma y se consideran automáticamente prorrogados hasta 6 meses después del

día de finalización del estado de alarma. Es decir, que cualquier documento de acreditación

de identidad de extranjeros caducado después del día 14/12/2019, se considera válido hasta

el 21/12/2020.

[1] En la nota informativa de 18 de enero de 2013 de la Comisión Europea, en relación con la tercera Directiva de la UE

(Directiva 2006/126/CE), se informa sobre la posibilidad de que el permiso de conducción puede utilizarse como documento de

identificación pues es casi imposible falsificar y está respaldado por un sistema europeo de intercambio electrónico de datos,

con el que se facilitará la gestión de los permisos de conducción por parte de las administraciones y se contribuirá a una mejor

detección de los fraudes en este ámbito.

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2.4. Elección del tipo de certificado a tramitar.

El funcionamiento general de la aplicación ARCA es muy sencillo:

– Primero, deberemos seleccionar el tipo de certificado con el que vamos a trabajar,

pinchando sobre el botón correspondiente, de entre los disponibles a la izquierda de la

ventana de la aplicación.

– Luego, deberemos elegir el trámite que queremos llevar a cabo, introducir los datos del

usuario y seguir las indicaciones que nos dé la aplicación.

Deberemos tener presente 2 cosas importantes:

1. Una vez seleccionado el tipo de certificados con los que vamos a trabajar (Ciudadano,

Representante, Empleado Público), sólo podremos ver los certificados de ese tipo. Es

decir, si pulsamos sobre el botón Ciudadano e introducimos el DNI de un usuario, sólo

podremos buscar o gestionar los certificados de ciudadano de ese usuario. Si tiene otro tipo

de certificados no se mostrarán en este apartado.

2. La aplicación ARCA funciona igual con independencia del tipo de certificado con el que

se esté trabajando. Esto quiere decir que se genera igual un certificado en tarjeta, con

independencia de que el certificado sea de Ciudadano, Empleado Público, Representante de

Entidad, etc.

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2.5. Datos necesarios para la tramitación de los distintos tipos de

certificados

En este apartado, vamos a ver qué datos son necesarios para la tramitación de cada uno de los tipos

de certificados que se pueden emitir desde la plataforma ARCA. Para ello, nos apoyaremos en la

pantalla de introducción de datos que nos muestra esta aplicación.

2.5.1. El SVDI

La aplicación ARCA se conecta con este servicio, dependiente del Ministerio correspondiente, para

consultar los datos de un ciudadano que ha iniciado un trámite con nosotros. Este servicio servicio

permite obtener los datos de un determinado documento de identidad a partir del número de

identificación del mismo.

Si los datos del usuario no constan en nuestros sistemas, la aplicación conectará con el SVDI para

cargarlos. En tal caso, en el momento de tramitar un certificado, se mostrará una ventana como la

siguiente, en la que se nos solicita el primer apellido del usuario como campo de control:

Si no hay ningún problema en la conexión con este servicio, se cargarán nombre y apellidos del

solicitante del certificado. Verificaremos que se corresponden con los del documento presentado para

la identificación. En este caso, no será necesario fotocopiar este documento.

Si los datos del usuario no se cargasen o no fuesen idénticos a los que aparecen en el DNI,

deberíamos introducirlos nosotros a mano y sería necesario adjuntar al contrato de certificación la

fotocopia de los documentos presentados para la identificación. En este caso, los datos deben

contener LOS MISMOS CARACTERES QUE FIGURAN EN EL DNI o cualquier otro documento que

haya presentado para la identificación, y se pueden introducir haciendo uso de mayúsculas,

minúsculas y acentos donde corresponda. Al contener los mismos caracteres que aparecen en el

DNI, no valdrá ningún tipo de abreviaturas como M. o Mª para María, por ejemplo.

2.5.2. Correo electrónico

Todos los certificados personales (ciudadano, empleado público, representante de entidad,

seudónimo o pertenencia a empresa) emitidos a través de la aplicación ARCA, deben incluir una

cuenta de correo electrónico. Por lo tanto, este dato será imprescindible.

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La ACCV tiene la obligación de verificar la posesión de esta cuenta por parte del usuario que la

aporta para la emisión de su certificado. Con este propósito, cada vez que se solicite un nuevo

certificado se enviará, automáticamente, un correo electrónico a la cuenta que el solicitante aporte,

con un enlace que permita verificarla. El usuario deberá acceder a su correo electrónico y pinchar

sobre el enlace para que se pueda asegurar que tiene control sobre esa cuenta.

Sin la verificación de la cuenta de correo electrónico, no se podrá generar el certificado.

2.5.3. Ciudadano

La emisión de un certificado de ciudadano precisa que éste sea identificado de manera presencial

por parte del operador de PRU, en base a los documentos que se detallan en el apartado de este

manual que trata de la identificación. En estos documentos se podrá comprobar los datos del usuario.

La pantalla de introducción de esta información es la siguiente:

Vemos que cuenta con 3 apartados:

1. Tenemos que seleccionar el soporte en el que queremos emitir el certificado: petición web

(certificado en fichero) o tarjeta criptográfica. En caso de que el PRU cuente con una

impresora de tarjetas y que no figuren en la tarjeta los datos del usuario impresos, deberá

marcarse la opción “Imprimir tarjeta”. Esto permitirá la personalización del dispositivo con los

datos del usuario.

2. Datos obligatorios o imprescindibles para la emisión del certificado.

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3. Datos opcionales. No es necesario cumplimentarlos.

Lo normal será que los datos del usuario (nombre y apellidos) ya estén cargados al llegar a esta

pantalla, bien porque estuvieran ya en posesión de la ACCV o porque se hubiesen cargado a través

del SVDI.

Si no fuese el caso, es decir, que los campos apareciesen en blanco, deberán ser introducidos a

mano de la siguiente manera:

• Deben contener LOS MISMOS CARACTERES QUE FIGURAN EN EL DNI o cualquier otro

documento que haya presentado para la identificación, y se pueden introducir haciendo uso

de mayúsculas, minúsculas y acentos donde corresponda. Al contener los mismos caracteres

que aparecen en el DNI, no valdrá ningún tipo de abreviaturas como M. o Mª para María, por

ejemplo.

• El segundo apellido, aunque aparece en el apartado de campos obligatorios, se puede dejar

en blanco en caso de extranjeros que no lo tienen. Si se es español es indispensable ponerlo.

• LOS CERTIFICADOS CUYOS NOMBRE Y APELLIDOS NO COINCIDAN EXACTAMENTE

CON LOS REFLEJADOS EN EL DNI SERÁN REVOCADOS Y EMITIDOS DE NUEVO CON

LOS DATOS CORRECTOS.

• La cuenta de correo electrónico siempre será introducida por el operador de PRU. Se

escribirá en minúsculas.

2.5.4. Representante de Entidad

Los datos necesarios para la generación de uno de estos certificados, son los que figuran en la

imagen que ilustra este apartado, que es la que mostrará la aplicación ARCA en el proceso de

tramitación (formulario de introducción de datos). Deberemos tener en cuenta que:

• Salvo algún caso que podríamos considerar excepcional, este tipo de certificado siempre se

emitirá en una tarjeta, en el PRU. En caso de que un usuario lo solicitara en fichero, él

mismo podría descargarlo desde la web de la ACCV, por lo que no se emitiría en el PRU..

• Los datos de la entidad siempre se cargarán automáticamente, ya que es imprescindible

que la ACCV haya autorizado la emisión del certificado, con los datos correspondientes,

antes de que el usuario se presente en el PRU para la tramitación del mismo.

• Con respecto al resto de datos que aparecen en el formulario siguen las mismas pautas que

lo explicado en el apartado de ciudadano.

• El usuario solicitante de uno de estos certificados, que debe tener capacidad para

representar a la entidad, se presentará en el PRU con:

1. La tarjeta solicitada a la ACCV, que le habrá llegado a través de mensajería.

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2. Documento acreditativo de su identidad, tal y como se describe en el apartado 2.3

de este manual.

3. Documento en el que se indica que la ACCV ha comprobado los datos necesarios

para la tramitación de este certificado y en el que aparecerán los datos de la

entidad y del representante legal. Existe un ejemplo del mismo en el apéndice de

este manual. El operador de PRU deberá comprobar que la persona que se presenta

ante él es la misma que figura en este documento. Si la ACCV no ha autorizado la

emisión del certificado con estos datos, no se podrá emitir y la aplicación avisará.

2.5.5. Empleado Público

La determinación de la condición de empleado público es responsabilidad de la

Administración o Entidad pública solicitante, la cual deberá comprobar dicha condición de

empleado público, bien en su base de datos, si está actualizada, o solicitando el documento por el

que el suscriptor ha adquirido esa condición, si no le constare a la propia Administración o Entidad

Pública solicitante. También es su responsabilidad proporcionar los datos correctos para la

emisión del certificado.

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Al igual que sucede en el caso de ciudadano, el formulario de datos que debemos rellenar para dar de

alta uno de estos certificados, consta de un apartado en el que seleccionar el soporte de emisión, otro

de datos obligatorios y, finalmente, otro de datos opcionales.

Es importante tener presente que el Cargo, NRP (Número de Registro de Personal) y la Unidad no

son datos obligatorios. Además, se podrán introducir con abreviaturas, dado que existe un máximo de

caracteres para estos campos. En caso de excederse este máximo, aparecerá un mensaje en la

pantalla indicándolo. Deberemos abreviar el texto introducido en estos campos hasta que

obtengamos la longitud adecuada.

2.5.6. Empleado Público con Seudónimo

Lo explicado en el apartado anterior, respecto a la obtención de los datos del empleado público, es

igual de válido en este caso. Este tipo de certificados se podrá expedir a empleados públicos a los

que se les pueda asociar un seudónimo. El colectivo de usuarios formará parte de alguna entidad

pública, que se encargará de la gestión de estos usuarios y de la asignación de los citados

seudónimos.

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Los datos necesarios para la generación de uno de estos certificados serán los siguientes:

En este caso, podemos observar que el Seudónimo es un dato obligatorio, mientras que el resto

de datos reciben el mismo tratamiento que en el caso de los certificados de empleado público.

2.5.7. Pertenencia a empresa

El tratamiento de este tipo de certificados es similar al de empleado público, con la única diferencia de

que el empleado pertenece a una empresa y no a un organismo público.

2.6. Acceder al Portal de Operador y a la aplicación ARCA

2.6.1. Conexión a nivel de red

El acceso al servidor de gestión de certificados de la ACCV no está abierto a todo Internet. Sólo

aquellos organismos con los que la ACCV tiene relación de colaboración, tienen acceso a la

aplicación ARCA. Para identificar la procedencia de la conexión existen 2 mecanismos:

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1. El PRU dispone de una IP pública fija. En tal caso se puede acceder directamente a la

aplicación.

2. El PRU cuenta con una IP pública dinámica. En este caso, será necesario que el PRU

disponga de conexión VPN para acceso al servidor de ARCA. Esta conexión VPN se hace a

través de un cliente VPN (Pulse Secure). En caso de que sea necesario este tipo de

conexión, el operador será debidamente formado en su uso:

Será imprescindible abrir la conexión con el cliente de VPN antes de intentar acceder a la

plataforma ARCA. En caso de no abrirla, será imposible el acceso.

2.6.2. Portal del Operador de ARCA

La aplicación ARCA (Aplicación de Registro de Certificados de la ACCV), es el programa que permite

llevar a cabo los diferentes procedimientos que se realizan en el PRU sobre los diferentes tipos de

certificados. Se accede a ella a través del Portal del Operadora de ARCA, una web en la que se

recoge todo lo necesario para que el operador de PRU pueda ejercer su función: acceso a manuales

como este, teléfonos y correos de soporte, instrucciones de instalación de la aplicación, alta y baja de

operadores, etc.

El operador contará, en su escritorio, con un acceso directo a este portal y será imprescindible

identificarse con su tarjeta criptográfica de ciudadano o empleado público para poder acceder:

En caso de no disponer de este enlace, también se podrá acceder al portal a través de la web de la

ACCV (www.accv.es). Ciudadanos → Generación del certificado digital – ARCA → ARCA –

Acceso para OPRUs:

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Una vez dentro, tendremos acceso a los diferentes apartados. Destacaremos el apartado de

Documentación, desde donde se accede a este manual, el apartado de Soporte, desde donde el

operador podrá consultar el teléfono y correo de soporte, el apartado de operadores para solicitar

altas y bajas, así como el botón Launch, desde donde abriremos la aplicación ARCA:

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2.6.3. Aplicación ARCA

La aplicación ARCA tiene como requisito tener instalado JAVA en nuestro equipo. Cuando pulsemos

el botón Launch empezará a abrirse. Veremos distintas ventanas de Java. Si durante el este proceso

se nos pide aprobación para la ejecución de cualquier componente, deberemos aceptarla. Una vez

cargada la aplicación, se nos pedirá como primer paso que nos identifiquemos:

Introduciremos el PIN de nuestra tarjeta para identificarnos. Sólo si estamos autorizados como

operador de PRU, podremos entrar en la aplicación.

Si antes de llegar a este punto la aplicación nos muestra cualquier mensaje indicando que ha

detectado la falta de un componente necesario para su funcionamiento, lo solucionaremos de la

siguiente manera:

1. Cerraremos la aplicación.

2. Nos dirigiremos al apartado de Instalar ARCA, del Portal del Operador.

3. Ejecutaremos el programa que encontraremos en el apartado de “Requisitos previos” de

ARCA.

4. Volveremos a acceder a la aplicación

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2.7. Registro de una petición Web o certificado en fichero (pkcs#12).

Los usuarios solicitantes de un certificado de la ACCV, del tipo que sea, podrán elegir si desean que

su certificado se emita en fichero o en una tarjeta criptográfica. En el caso de los ciudadanos este

tipo de certificado en fichero es gratuito, dado que no es necesario asumir el coste de la tarjeta

criptográfica. Por eso, para ciudadanos, es el soporte que se elige en la mayoría de los casos.

Una vez elegido el tipo de certificado que queremos emitir, el procedimiento será idéntico, salvo por

los datos que habrá que aportar en cada caso. De ello ya hablamos en el apartado 2.5 de este

manual.

Debemos tener presente que el procedimiento de tramitación de una “petición web”, no implica la

emisión del certificado en el PRU. Simplemente se registra al solicitante y se le entrega el código

necesario para que él mismo genere sus certificados desde su equipo informático. De esta manera

podrá obtener un certificado en formato pkcs#12 o fichero.

Los pasos a dar para llevar a cabo este procedimiento serán:

1. Identificación del usuario tal y como se explica en el apartado correspondiente de este

manual.

2. Pedir al solicitante una cuenta de correo electrónico. Para hacer un certificado es

indispensable aportar una cuenta de correo electrónico. Si no se aporta, NO SE PODRÁ

EMITIR. ARCA enviará un correo electrónico al usuario para comprobar la posesión de esa

cuenta. El usuario tendrá que seguir los pasos del correo enviado antes de generar el

certificado, aunque este proceso no afecta para continuar con el registro de la petición web en

el PRU.

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3. Accederemos a la aplicación ARCA y seleccionar el tipo de certificado que queremos

emitir.

4. Introduciremos los datos del usuario para iniciar la tramitación (DNI y CIF en el caso de

certificados de Representante). La aplicación verifica si estos valores son correctos,

apareciendo un símbolo verde cuando lo sea y un aspa roja si el valor no fuese el

adecuado.

El DNI/NIE/CIF se debe introducir sin espacios o caracteres entre los números y la letra final.

Si se trata de un NIE haremos lo mismo con la X, Y o Z inicial.

Verificaremos que la opción seleccionada en Gestión de Certificados sea Nuevo Certificado

(las capturas de pantalla se corresponden con la tramitación en el caso de ciudadano).

5. Pulsaremos el botón Tramitar para iniciar la tramitación. Se cargarán los datos del usuario tal

y como se explica en el apartado 2.5 de este manual (ejemplo en el caso de ciudadano).

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6. Deberemos rellenar el formulario, tal y como se explicó en el apartado 2.5 de este manual. En

este caso, dado que queremos tramitar una petición web, nos aseguraremos de que en el

apartado Soporte de los certificados, esté marcada la opción Petición Web.

Si nos fuera imposible marcar esta opción, deberemos revisar el mensaje que nos muestra

la aplicación. Lo habitual será que no se pueda emitir un certificado de esta política si el

usuario ya cuenta con otro anterior del mismo tipo.

En tal caso, será necesario revocar el certificado anterior o anular la petición web,

dependiendo de la situación del usuario, para poder emitir otro nuevo. Remitimos a los

apartados de “Revocación de certificados” o “Anular una petición web” para ver cómo se

llevan a cabo estos procedimientos. También podremos utilizar la opción “Buscar

certificados”, de ARCA, para revisar el historial de certificados de este usuario y aclarar el

posible motivo de esta situación.

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Registro de Usuario

Si no encontramos problema para la emisión del certificado, deberemos considerar a la hora

de introducir los datos, que:

El segundo apellido, aunque aparece en el apartado de campos obligatorios, se

puede dejar en blanco en caso de extranjeros que no lo tienen. Si se es español es

indispensable ponerlo.

La cuenta de correo electrónico se debe introducir en minúsculas.

En cuanto a los datos de contacto, no son obligatorios.

7. Al pulsar siguiente, se imprimirá el contrato de certificación que deberá firmar el usuario.

Veremos que nos salen 2 copias del contrato: una para el usuario y otra para la ACCV. Tras

firmar ambas copias, entregaremos la suya al usuario y nos quedaremos con la copia de la

ACCV. Si hemos tenido algún problema con la impresión del contrato, siempre podremos

pulsar el botón Volver a imprimir, que nos mostrará un diálogo que nos permitirá seleccionar

y configurar la impresora por la que queremos que nos imprima el documento.

8. Al pulsar el botón Siguiente se imprimirá el código que se le entregará al usuario para que se

genere el certificado desde su equipo informático. Advertiremos al usuario que es

conveniente que no lleve este documento junto con otros en los que aparezca su DNI/NIE.

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Est.: APROBADO OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Pág: 29 de 77

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Registro de Usuario

También dispondremos en la pantalla final de 2 botones que nos permitirán volver a imprimir

tanto el contrato de certificación como la hoja con el código asignado al usuario, si es que

hemos tenido problemas con la impresión de cualquiera de estos documentos.

9. Si el proceso acaba correctamente, pulsaremos el botón Terminar para volver a la ventana

inicial. Además, deberemos tener en cuenta que la copia del contrato para la ACCV la

guardará el operador en un armario con llave y las enviará a la ACCV al final de cada mes,

por correo certificado. La dirección de envío será:

Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica

Plaza de Nápoles i Sicilia, 6, 3ª planta.

46003 Valencia

Ante cualquier duda o incidencia en este procedimiento se debe llamar al teléfono de soporte a

Operadores de Punto de Registro de Usuario:

902 482 484 (963 985 308)

ó

902 39 39 99, para los PRU de la Conselleria de Sanidad.

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Registro de Usuario

También se puede enviar una consulta a través de la Zona de Comunicación o escribir a la dirección

de correo electrónico para el soporte de Operadores de Punto de Registro de Usuario:

[email protected]

2.8. Emisión de certificados en tarjeta criptográfica

Aunque el proceso de emisión de los certificados en tarjeta criptográfica es bastante parecido al

descrito anteriormente, tiene sus particularidades, que vamos a ver a continuación.

Para empezar, la tarjeta criptográfica es un dispositivo caro que siempre va a requerir del

pago de la tasa correspondiente, tanto si se trata de una tarjeta para un ciudadano, como

de una tarjeta para representante de entidad, empleado público, seudónimo o pertenencia a

empresa.

Salvo excepciones, en los PRUs no se dispone de este tipo de dispositivos, por lo que habrá

un proceso de solicitud distinto, en función del tipo de certificado que se vaya a pedir.

Ciudadano: Se solicita a través de la Web de la ACCV (www.accv.es). La

información se podrá consultar a través del apartado dedicado a ciudadanos.

Representante de Entidad: Se solicita a través de la Web de la ACCV

(www.accv.es). La información se podrá consultar a través del apartado

dedicado a empresas.

Empleado público, seudónimo y pertenencia a empresa: Se solicita a

través de la Web de la ACCV (www.accv.es). La información se podrá

consultar a través del apartado dedicado a la administración pública.

Deberemos tener presente que las tarjetas de ciudadano y representante de entidad se

emiten siempre en el PRU. Esto es así porque estas tarjetas se envían inicialmente vacías y

el certificado sólo se expide cuando el usuario se presenta ante el operador para ser

identificado. Las tarjetas de ciudadano se podrán reutilizar. Las de entidades siempre se

envían nuevas.

Las tarjetas de empleado público, empleado público con seudónimo y pertenencia a

empresa, pueden llegar al organismo de destino con los certificados ya emitidos, si el

organismo ha seleccionado en su petición que se emitan en la ACCV. En tal caso, también

llegarían los contratos de certificación junto con las tarjetas. En el PRU se podrá volver a

emitir nuevos certificados en estos dispositivos cuando caduquen los anteriores, siempre que

se haya asumido previamente el coste correspondiente.

2.8.1. Tarjeta NUEVA – tarjeta USADA

A diferencia de lo que pasaba en el caso anterior (certificados en fichero), cuando seleccionamos

emitir un certificado en tarjeta criptográfica, lo estamos generando en ese mismo momento, es decir,

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cuando acabemos el proceso, el nuevo certificado se encontrará en el interior del chip del dispositivo.

A la hora de emitir un certificado en una tarjeta criptográfica, deberemos tener en cuenta estos

conceptos: ¿qué consideramos una tarjeta NUEVA y qué una tarjeta USADA?.

En el proceso de emisión del certificado en tarjeta, llegado el momento, nos aparecerá un mensaje

como el siguiente:

La aplicación ARCA puede emitir certificados tanto en tarjetas vacías, que están tal y como vienen de

fábrica, como en tarjeta usadas, es decir, tarjetas que ya contienen certificados debido a una anterior

emisión.

Podríamos decir que una tarjeta es USADA cuando contiene certificados y tiene establecido un PIN,

que debe conocer el usuario que la estaba utilizando. Por otro lado, una tarjeta NUEVA es aquella

que está tal y como la envía el fabricante, bien porque acaba de llegar de fábrica, bien porque ha

sufrido un proceso de inicialización que la ha vuelto a dejar tal y como se fabrica.

Si estamos emitiendo un certificado en una tarjeta que acabamos de recibir desde la ACCV, está

claro que la tarjeta será NUEVA, puesto que nunca antes se utilizó para la emisión de certificados. Si,

por el contrario, estamos volviendo a emitir certificados en una tarjeta que un usuario ya ha estado

utilizando con anterioridad y, por lo tanto, contiene certificados, deberemos tratarla como USADA.

Al tratar una tarjeta como usada, ARCA elimina los anteriores certificados e introduce los nuevos,

volviéndola a dejar lista para su uso.

. Tarjeta Nueva

En caso de seleccionar tarjeta nueva, dado que nunca le fue asignado un PIN y un PUK de usuario a

esta tarjeta, la aplicación ARCA imprimirá un contrato de certificación con el PIN y el PUK que se le

asigne a este nuevo dispositivo.

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. Tarjeta Usada

En caso de seleccionar tarjeta usada, puesto que esta ya cuenta con el PIN que maneja el usuario,

ARCA nos pedirá que introduzcamos dicho PIN. De esta manera podrá conectarse con la tarjeta,

borrar los anteriores certificados y emitir en ella los nuevos.

Tras marcar usada, el proceso será el siguiente:

1. Primero nos va a pedir que pongamos la tarjeta usada en el lector y que introduzcamos el PIN

en el siguiente cuadro. Esto permitirá a ARCA conectarse con el dispositivo y verificar que el

PIN que hemos introducido es el correcto.

2. Si el PIN es correcto, entonces nos imprimirá un nuevo contrato de certificación para el nuevo

certificado que se va a emitir. Deberemos tener en cuenta que el nuevo contrato de

certificación sólo mostrará el PIN que acabamos de introducir. No mostrará PUK, puesto que

este ya fue asignado la primera vez que se generó la tarjeta.

2.8.2. Emisión de tarjetas con 2 lectores de tarjeta

La aplicación ARCA está preparada para poder trabajar con uno o dos lectores de tarjeta. Trabajar

con 2 lectores nos va a permitir ir más rápido en el proceso de generación de tarjetas, ya que evita el

intercambio que habría que hacer entre la tarjeta del operador y la que se va a emitir en el caso de

trabajar con un sólo lector. Con 2 lectores, cada tarjeta se inserta en uno diferente, por lo que no hay

que hacer intercambios. Si su PRU emite un gran número de certificados en tarjeta, deberá tener en

cuenta lo que se explica en este apartado.

Para poder trabajar con 2 lectores de tarjetas, deberemos ir al apartado de configuración de ARCA e

indicarlo.

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En este caso, en lugar de aparecernos los sucesivos mensajes que nos guían en el intercambio de

tarjetas, nos aparecerá un único mensaje que nos indicará:

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2.8.3. Procedimiento de emisión

Los pasos a dar para llevar a cabo este procedimiento serán:

1. Identificación del usuario tal y como se explica en el apartado correspondiente de este

manual.

2. Pedir al solicitante una cuenta de correo electrónico. Para hacer un certificado es

indispensable aportar una cuenta de correo electrónico. Si no se aporta, NO SE PODRÁ

EMITIR. En general, el proceso de comprobación de la cuenta de correo se habrá llevado a

cabo antes de la emisión del certificado en tarjeta.

3. Accederemos a la aplicación ARCA y seleccionaremos el tipo de certificado que

queremos emitir.

4. Introduciremos los datos del usuario para iniciar la tramitación (DNI y CIF en el caso de

certificados de Representante). La aplicación verifica si estos valores son correctos,

apareciendo un símbolo verde cuando lo sea y un aspa roja si el valor no fuese el

adecuado.

El DNI/NIE/CIF se debe introducir sin espacios o caracteres entre los números y la letra final.

Si se trata de un NIE haremos lo mismo con la X, Y o Z inicial.

Verificaremos que la opción seleccionada en Gestión de Certificados sea Nuevo Certificado

(las capturas de pantalla se corresponden con la tramitación en el caso de ciudadano).

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5. Pulsaremos el botón Tramitar para iniciar la tramitación. Se cargarán los datos del usuario tal

y como se explica en el apartado 2.5 de este manual (ejemplo en el caso de ciudadano).

6. Deberemos rellenar el formulario, tal y como se explicó en el apartado 2.5 de este manual. En

este caso, dado que queremos tramitar un certificado en tarjeta criptográfica, nos

aseguraremos de que en el apartado Soporte de los certificados, esté marcada la opción

Tarjeta criptográfica.

Si nos fuera imposible marcar esta opción, deberemos revisar el mensaje que nos muestra

la aplicación. Lo habitual será que no se pueda emitir un certificado de esta política si el

ciudadano ya cuenta con otro anterior del mismo tipo.

En tal caso, será necesario revocar el certificado anterior para poder emitir otro nuevo.

Remitimos al apartado de “Revocación de certificados” para ver cómo se lleva a cabo este

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procedimiento. También podremos utilizar la opción “Buscar certificados”, de ARCA, para

revisar el historial de certificados de este usuario y aclarar el posible motivo de esta situación.

Si no encontramos problema para la emisión del certificado, deberemos considerar a la hora

de introducir los datos, que:

• El segundo apellido, aunque aparece en el apartado de campos obligatorios, se puede

dejar en blanco en caso de extranjeros que no lo tienen. Si se es español es

indispensable ponerlo.

• La cuenta de correo electrónico se debe introducir en minúsculas.

• En cuanto a los datos de contacto, no son obligatorios.

7. Pulsaremos siguiente y nos aparecerá un diálogo en el que tendremos que seleccionar el tipo

de tarjeta (USADA o NUEVA) en la que se va a generar el certificado. En los apartados

anteriores de este manual se ha explicado la diferencia.

8. Seguidamente, se imprimirá el contrato de certificación que deberá firmar el usuario. Veremos

que nos salen 2 copias del contrato: una para el usuario y otra para la ACCV. Tras firmar

ambas copias, entregaremos la suya al usuario y nos quedaremos con la copia de la ACCV.

Si hemos tenido algún problema con la impresión del contrato, siempre podremos pulsar el

botón Volver a imprimir, que nos mostrará un diálogo que nos permitirá seleccionar y

configurar la impresora por la que queremos que nos imprima el documento.

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9. Al pulsar el botón Siguiente, se nos pedirá que pongamos la tarjeta del usuario solicitante en

el lector. Si estamos trabajando con 2 lectores de tarjetas, se nos mostrará un mensaje

indicando que introduzcamos la tarjeta en el segundo lector, tal y como se indica en el

apartado “Emisión de tarjetas con 2 lectores de tarjeta”. En este caso, no tendremos que

hacer nada más hasta el final del proceso. Pasaríamos de aquí al punto 15.

Si, por el contrario, trabajamos con un sólo lector, seguiremos los pasos que se indican a

continuación.

Tras la aparición del primer mensaje en pantalla, que se muestra en la siguiente imagen,

sacaremos nuestra tarjeta de operador del lector, pondremos la del usuario y, una vez hecho

el cambio, pulsaremos el botón Aceptar para que continúe el proceso.

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

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12. Hechas las operaciones oportunas, nos solicita que volvamos a poner en el lector nuestra

tarjeta de operador. Efectuado el cambio, volveremos a pulsar Aceptar, para que continúe el

proceso.

13. Cuando acabe, nos volverá a pedir la tarjeta del usuario. Procedemos de manera idéntica a

los casos anteriores.

14. Finalmente, volvemos a poner la tarjeta del operador, que siempre queda en el lector para

poder seguir trabajando con la aplicación, y pulsamos Aceptar.

15. Al finalizar la anterior operación, dispondremos en la pantalla final de un botón que nos

permitirá volver a imprimir el contrato de certificación del usuario, si es que hemos tenido

problemas con la impresión de este documento.

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

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16. Si por alguna razón el usuario no hubiese verificado la cuenta de correo electrónico antes de

la emisión del certificado en tarjeta, el proceso de generación se interrumpirá mostrando un

mensaje como este y no se podría continuar hasta que el usuario siguiera el proceso de

comprobación de su cuenta:

17. Si el proceso acaba correctamente, pulsaremos el botón Terminar para volver a la ventana

inicial. Además, deberemos tener en cuenta que la copia del contrato para la ACCV la

guardará el operador en un armario con llave y las enviará a la ACCV al final de cada mes,

por correo certificado. La dirección de envío será:

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

Est.: APROBADO OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Pág: 40 de 77

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Plaza de Nápoles i Sicilia, 6, 3ª planta.

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Ante cualquier duda o incidencia en este procedimiento se debe llamar al teléfono de soporte a

Operadores de Punto de Registro de Usuario:

902 482 484 (963 985 308)

ó

902 39 39 99, para los PRU de la Conselleria de Sanidad.

También se puede enviar una consulta a través de la Zona de Comunicación o escribir a la dirección

de correo electrónico para el soporte de Operadores de Punto de Registro de Usuario:

[email protected]

2.9. Anular una petición web.

Nos encontraríamos en el caso de que un usuario quisiera anular la petición que hizo en el PRU

para la obtención de un certificado vía web, sin haber obtenido aún dicho certificado digital. Este

caso se podría dar, por ejemplo, si el usuario pierde su código de generación antes de utilizarlo para

la obtención del certificado o si, después de obtener el código, el operador se da cuenta de que

alguno de los datos que se han introducido son erróneos. Los pasos a dar serían:

1. Identificación del usuario tal y como se explica en el apartado correspondiente de este

manual.

2. Accederemos a la aplicación ARCA y seleccionaremos el tipo de certificado con el que

vamos a trabajar.

3. Introduciremos los datos del usuario para iniciar la tramitación (DNI y CIF en el caso de

certificados de Representante). La aplicación verifica si estos valores son correctos,

apareciendo un símbolo verde cuando lo sea y un aspa roja si el valor no fuese el

adecuado.

El DNI/NIE/CIF se debe introducir sin espacios o caracteres entre los números y la letra final.

Si se trata de un NIE haremos lo mismo con la X, Y o Z inicial.

Verificaremos que la opción seleccionada en Gestión de Certificados sea Anular petición

(las capturas de pantalla se corresponden con la tramitación en el caso de ciudadano).

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6. Pulsaremos el botón Tramitar. En caso de que el usuario tenga una petición pendiente de

tramitar nos aparecerá en la ventana siguiente dicha petición con información sobre la fecha

en que se generó y la fecha en la que caduca. Para anularla, pulsaremos sobre el botón

Anular.

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7. Tras pulsar la opción de Anular, se lleva a efecto la anulación y la aplicación nos muestra la

ventana que así lo indica.

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Registro de Usuario

8. Si el proceso acaba correctamente, pulsaremos el botón Terminar para volver a la ventana

inicial. Ante cualquier duda o incidencia en este procedimiento se debe llamar al teléfono de

soporte a Operadores de Punto de Registro de Usuario:

902 482 484 (963 985 308)

ó

902 39 39 99, para los PRU de la Conselleria de Sanidad.

También se puede enviar una consulta a través de la Zona de Comunicación o escribir a la

dirección de correo electrónico para el soporte de Operadores de Punto de Registro de

Usuario:

[email protected]

2.10. Revocación de certificados.

La revocación de los certificados puede ser necesaria por cualquiera de las 2 razones que se

comentan a continuación:

1. Un usuario se presenta ante el operador de PRU y solicita la revocación de uno de sus

certificados. En tal caso, el operador procederá a imprimir una solicitud de revocación, tal

y como se explica en el procedimiento que describiremos a continuación, para que la firme el

usuario.

2. El operador es conocedor de que existe una razón de peso por la que revocar un

certificado. En tal caso, aunque no lo solicite el usuario, el operador siempre podrá revocar

de oficio. Normalmente, este tipo de revocación suele llevarse a cabo cuando pueda estar

comprometida la seguridad, como el caso en el que exista un certificado activo de empleado

público emitido para un usuario que haya dejado de trabajar para esa administración.

El procedimiento a seguir sería el siguiente:

1. Identificación del usuario tal y como se explica en el apartado correspondiente de este

manual.

2. Accederemos a la aplicación ARCA y seleccionaremos el tipo de certificado con el que

vamos a trabajar.

3. Introduciremos los datos del usuario para iniciar la tramitación (DNI y CIF en el caso de

certificados de Representante). La aplicación verifica si estos valores son correctos,

apareciendo un símbolo verde cuando lo sea y un aspa roja si el valor no fuese el

adecuado.

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El DNI/NIE/CIF se debe introducir sin espacios o caracteres entre los números y la letra final.

Si se trata de un NIE haremos lo mismo con la X, Y o Z inicial.

Verificaremos que la opción seleccionada en Gestión de Certificados sea Revocar (las

capturas de pantalla se corresponden con la tramitación en el caso de ciudadano).

6. Pulsaremos el botón Tramitar. Se nos mostrarán a continuación los certificados activos para

este usuario. Seleccionaremos el que queremos revocar pulsando el botón Seleccionar.

En este apartado, debemos tener en consideración que un mismo usuario puede contar con

un certificado en fichero y otro en tarjeta, para cada uno de los tipos de certificados con los

que podemos trabajar. Es decir, un mismo usuario puede tener un certificado de ciudadano

en fichero y otro en tarjeta. También puede tener un certificado de empleado público en

fichero y otro en tarjeta. Lo que no es posible será disponer de más de un certificado del

mismo tipo. Por ejemplo, no se puede tener más de un certificado de ciudadano en tarjeta o

más de uno en fichero. Si tenemos un certificado de un tipo y queremos otro igual, no será

posible emitirlo a menos que revoquemos el anterior. Todo esto lo tiene en consideración la

aplicación ARCA, de manera que no nos va a permitir hacer nada que no se pueda hacer.

En la siguiente imagen, se muestra un caso en el que un mismo usuario dispone de un

certificado en fichero y otro en tarjeta. Seleccionaremos aquel que vayamos a revocar:

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7. A continuación pasaremos a la ventana que nos permite hacer efectiva la revocación. Primero

deberemos seleccionar el motivo de la revocación, que podrá ser:

◦ Generación de nuevo certificado: El usuario solicita que se le revoque el certificado

actual para que se le pueda generar otro nuevo.

◦ Compromiso de la clave: Existe cualquier problema de seguridad que aconseja la

revocación del certificado.

◦ Modificación de datos: Es necesario revocar el certificado porque contiene algún dato

erróneo o que no queremos que figure en él. Una vez revocado, podremos emitir un

nuevo certificado con los datos correctos.

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Una vez marcado el motivo, podremos seleccionar si estamos en el caso 1 ó 2 de los

señalados al principio de este apartado.

• En el caso 1, la opción a seleccionar sería la que indica “Revocación DE OFICIO.

No es necesario imprimir la solicitud”:

• En el caso 2, en el que sea el usuario el que nos solicita la revocación, pincharemos

la opción “El usuario solicita la revocación. Es necesario imprimir la solicitud.” y

pulsaremos el botón Imprimir solicitud para que imprima la solicitud de revocación

que el ciudadano tiene que firmar.

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Registro de Usuario

8. Finalizados todos los trámites señalados, pulsaremos el botón Revocar para que se lleve a

cabo la revocación. La siguiente ventana nos informará del resultado de la operación.

También dispondremos nuevamente de un botón Volver a imprimir la solicitud por si hemos

tenido problemas con la impresión y queremos repetirla.

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Est.: APROBADO OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Pág: 48 de 77

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Registro de Usuario

9. Si el proceso acaba correctamente, pulsaremos el botón Terminar para volver a la ventana

inicial. Además, deberemos tener en cuenta que la copia de la solicitud de revocación para la

ACCV (en caso de imprimirla) la guardará el operador en un armario con llave y las enviará a

la ACCV al final de cada mes, por correo certificado. La dirección de envío será:

Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica

Plaza de Nápoles i Sicilia, 6, 3ª planta.

46003 Valencia

Ante cualquier duda o incidencia en este procedimiento se debe llamar al teléfono de soporte

a Operadores de Punto de Registro de Usuario:

902 482 484 (963 985 308)

ó

902 39 39 99, para los PRU de la Conselleria de Sanidad.

También se puede enviar una consulta a través de la Zona de Comunicación o escribir a la

dirección de correo electrónico para el soporte de OPRUs:

[email protected]

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

Est.: APROBADO OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Pág: 49 de 77

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2.11. Desbloqueo de tarjeta criptográfica

La tarjeta es el dispositivo que mayor nivel de seguridad proporciona para la custodia de las claves

del usuario. Entre los mecanismos de seguridad que tiene y que podemos destacar, se encuentra el

hecho de que la tarjeta se bloquee cuando nos equivocamos 3 veces seguidas al introducir el PIN.

Si se produce esta situación, deberemos proceder al desbloqueo de la misma para poder seguir

utilizándola. El desbloqueo se puede llevar a cabo por 2 mecanismos:

El propio usuario puede desbloquearla, en su equipo informático, utilizando el PUK

que aparece en el contrato de certificación.

Si por la razón que fuese no dispusiera del PUK, siempre puede ir al PRU a solicitar

el desbloqueo. En este caso, será necesario remarcar que para poder llevar a cabo

esta operación a través de la aplicación ARCA, será imprescindible que el usuario no

haya cambiado el PUK de su tarjeta. En caso de hacerlo, no se podrá desbloquear en

el PRU.

Los pasos para llevar a cabo el desbloqueo de la tarjeta en el PRU, son:

1. Identificación del usuario tal y como se explica en el apartado correspondiente de este

manual.

2. Accederemos a la aplicación ARCA y seleccionaremos el tipo de certificado con el que

vamos a trabajar.

3. Introduciremos los datos del usuario para iniciar la tramitación (DNI y CIF en el caso de

certificados de Representante). La aplicación verifica si estos valores son correctos,

apareciendo un símbolo verde cuando lo sea y un aspa roja si el valor no fuese el

adecuado.

El DNI/NIE/CIF se debe introducir sin espacios o caracteres entre los números y la letra final.

Si se trata de un NIE haremos lo mismo con la X, Y o Z inicial.

Verificaremos que la opción seleccionada en Gestión de Certificados sea Desbloquear

tarjeta (las capturas de pantalla se corresponden con la tramitación en el caso de ciudadano).

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6. Pulsaremos el botón Tramitar. Se nos mostrará una ventana con el mensaje que nos indica

que pongamos la tarjeta del usuario que queremos desbloquear en el lector de tarjetas. Una

vez hecha esta operación, pulsaremos el botón desbloquear para que se lleve a cabo el

desbloqueo.

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7. A continuación nos aparecerá un mensaje indicando que pongamos la tarjeta del operador

(OPRU) en el lector de tarjetas. Se nos pedirá seguidamente, que volvamos a insertar la

tarjeta del usuario y, finalmente, la del operador. Nos limitaremos a seguir las instrucciones

que aparezcan en pantalla.

En caso de disponer de 2 lectores de tarjetas, no tendremos más que insertar la tarjeta del

usuario en el lector que nos queda libre, ahorrándonos el intercambio de tarjetas.

Durante este proceso nos saldrá por la impresora el nuevo PIN asignado a la tarjeta, que

se le entregará, junto con esta, al usuario. El documento también dispondrá del PUK, por lo

que, a partir de este momento, el propio usuario podrá desbloquearla, siempre que lo

conserve.

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Registro de Usuario

8. Finalmente llegaremos a la ventana siguiente. En ella se nos vuelve a ofrecer la posibilidad

de imprimir el nuevo PIN asignado a la tarjeta si es que hemos tenido algún problema con la

impresión del mismo.

Ante cualquier duda o incidencia en este procedimiento se debe llamar al teléfono de soporte

a Operadores de Punto de Registro de Usuario:

902 482 484 (963 985 308)

ó

902 39 39 99, para los PRU de la Conselleria de Sanidad.

También se puede enviar una consulta a través de la Zona de Comunicación o escribir a la

dirección de correo electrónico para el soporte de Operadores de Punto de Registro de

Usuario:

[email protected]

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

Est.: APROBADO OID: 1.3.6.1.4.1.8149.1.1.4.4 Pág: 53 de 77

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2.12. Renovación de certificados

Debemos tener en cuenta que renovar el certificado de un usuario no es otra cosa que emitirle un

certificado nuevo. No obstante, si dispone de un certificado anterior activo del mismo tipo, será

necesario revocarlo previamente:

RENOVAR = REVOCAR el actual (Si activo) + NUEVO CERTIFICADO

En ARCA aparecen estas operaciones por separado. No existe una opción de renovar, sino las de

revocar, por un lado, y la hacer un nuevo certificado por otro. Siempre se podrán hacer estas

operaciones para un usuario las veces que se quiera.

Además, también debemos considerar que esto sólo afecta a cada tipo de certificado por separado.

Es decir, nada tiene que ver que un usuario tenga un certificado de ciudadano, por ejemplo, para

renovar uno de empleado público. Tampoco que disponga de un certificado de ciudadano en fichero

para hacer otro en tarjeta. Para emitir un nuevo certificado, sólo nos van a afectar los que ya

tengamos iguales que ese que queremos emitir de nuevo.

En este sentido, debemos tener la tranquilidad de que la aplicación ARCA no permitirá hacer nada

que no se pueda hacer.

Como información adicional para el operador de PRU, aunque no afecta a su operativa, queremos

informar de que existe otra manera de renovar el certificado, es decir, de obtener otro nuevo cuando

esté próxima la fecha de caducidad. Se trata de la renovación on-line, a través de una aplicación

accesible desde la web de la ACCV, llamada Área Personal de Servicios de Certificación (APSC).

Esta aplicación no tiene nada que ver con el PRU. Permite al usuario, desde su casa o puesto de

trabajo, renovarse el certificado cuando esté dentro del periodo que va desde 70 días antes de la

fecha de caducidad hasta que caduca. Sin embargo, este mecanismo de renovación sólo se puede

llevar a cabo una vez, por una imposición legal. Es decir, el usuario puede obtener un certificado en el

PRU, luego puede renovar por APSC y, cuando vuelva a caducar su certificado, no tendrá más

remedio que volver a acudir al Punto de Registro, donde siempre podrá acercarse las veces que

quiera para hacer cualquier operación sobre su certificado. Es decir, la renovación on-line es una

opción más que damos a los usuarios, no una obligación.

2.13. Procedimiento de consulta de datos

Para dar cumplimiento a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos

Personales y garantía de los derechos digitales en lo que respecta al derecho de acceso (derecho

del ciudadano a conocer los datos que de él se disponen), se seguirán los pasos que se describen a

continuación:

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

1. Identificación del usuario tal y como se explica en el apartado correspondiente de este

manual.

2. Accederemos a la aplicación ARCA y seleccionaremos el tipo de certificado con el que

vamos a trabajar.

3. Introduciremos los datos del usuario para iniciar la tramitación (DNI y CIF en el caso de

certificados de Representante). La aplicación verifica si estos valores son correctos,

apareciendo un símbolo verde cuando lo sea y un aspa roja si el valor no fuese el

adecuado.

El DNI/NIE/CIF se debe introducir sin espacios o caracteres entre los números y la letra final.

Si se trata de un NIE haremos lo mismo con la X, Y o Z inicial.

Verificaremos que la opción seleccionada sea, dentro del apartado LOPD, Consultar datos

(las capturas de pantalla se corresponden con la tramitación en el caso de ciudadano).

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4. Pulsaremos el botón Tramitar. Se nos mostrarán a continuación los datos del usuario.

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Registro de Usuario

5. Pulsaremos el botón Imprimir Datos para imprimir la hoja que deberemos entregar al usuario

con los datos que de él disponemos .

Ante cualquier duda o incidencia en este procedimiento se debe llamar al teléfono de soporte a

Operadores de Punto de Registro de Usuario:

902 482 484 (963 985 308)

ó

902 39 39 99, para los PRU de la Conselleria de Sanidad.

También se puede enviar una consulta a través de la Zona de Comunicación o escribir a la dirección

de correo electrónico para el soporte de Operadores de Punto de Registro de Usuario:

[email protected]

2.14. Procedimiento de cancelación de datos

Para dar cumplimiento a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos

Personales y garantía de los derechos digitales, en lo que respecta al derecho de cancelación, se

seguirán los pasos que se describen a continuación:

1. Identificación del usuario tal y como se explica en el apartado correspondiente de este

manual.

2. Accederemos a la aplicación ARCA y seleccionaremos el tipo de certificado con el que

vamos a trabajar.

3. Introduciremos los datos del usuario para iniciar la tramitación (DNI y CIF en el caso de

certificados de Representante). La aplicación verifica si estos valores son correctos,

apareciendo un símbolo verde cuando lo sea y un aspa roja si el valor no fuese el

adecuado.

El DNI/NIE/CIF se debe introducir sin espacios o caracteres entre los números y la letra final.

Si se trata de un NIE haremos lo mismo con la X, Y o Z inicial.

Verificaremos que la opción seleccionada en Gestión de Certificados sea, dentro del apartado

LOPD, Cancelar datos(las capturas de pantalla se corresponden con la tramitación en el

caso de ciudadano).

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

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6. Pulsaremos el botón Tramitar. Se nos mostrarán a continuación los certificados activos para

este usuario. Deberemos informar al usuario de que la cancelación va a suponer la

revocación de todos los certificados que este usuario tenga activos. Si está conforme, se

pulsará siguiente para hacer efectiva la cancelación.

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Registro de Usuario

7. Al pulsar siguiente, además de cancelarse los datos, se imprimirá una solicitud de

cancelación, que deberá firmar el solicitante. Si tenemos cualquier problema con la impresión,

podremos pulsar el botón Volver a imprimir la solicitud, que nos aparece en la ventana. Si

todo sale bien, podremos pulsar Terminar, para volver a la ventana principal de la aplicación.

8. De la solicitud de cancelación una de las copias será para el solicitante y la otra copia se

remitirá a la Autoridad de Certificación de la Comunidad Valenciana, sita en:

Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica

Plaza de Nápoles i Sicilia, 6, 3ª planta.

46003 Valencia

Ante cualquier duda o incidencia en este procedimiento se debe llamar al teléfono de soporte

a Operadores de Punto de Registro de Usuario:

902 482 484 (963 985 308)

ó

902 39 39 99, para los PRU de la Conselleria de Sanidad.

También se puede enviar una consulta a través de la Zona de Comunicación o escribir a la

dirección de correo electrónico para el soporte de Operadores de Punto de Registro de

Usuario:

[email protected]

2.15. Tareas de gestión de PRU

2.15.1. Introducción

Además de los procedimientos que se llevan a cabo en el PRU y que acabamos de explicar en

apartados anteriores, hay una serie de tareas que están relacionadas con el día a día, tales como:

Solicitar soporte.

Actualizar mis datos de contacto con la ACCV

Dar de baja a operadores de PRU ya existentes.

Solicitar el alta de nuevos operadores.

Enviar a la ACCV los contratos de certificación y otra documentación generada en el PRU.

2.15.2. Solicitar soporte

La ACCV proporciona soporte a sus operadores de PRU a través de varios medios:

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

1. Teléfono de soporte. Este mecanismo de soporte, el de la llamada telefónica, está indicado para

los casos en que al operador se le plantee una incidencia que requiera de una solución urgente.

Podemos ajustar a este tipo de incidencias todas aquellas que se produzcan durante el proceso

de tramitación de un certificado, mientras que el solicitante se encuentra en el PRU. Nuestra

intención siempre es solucionar este tipo de problemas en un tiempo razonable, para que el

usuario no tenga que volver otro día. El teléfono de soporte es el:

963 985 308 (902 482 484)2. Zona de comunicación: Esta zona está pensada para solicitar información o dar de alta una

incidencia que no requiera de una solución inmediata. La zona de comunicación se encuentra

dentro la aplicación ARCA, tal y como se muestra en la siguiente imagen:

Si pulsamos sobre el botón que nos lleva a esta zona, llegaremos a la siguiente pantalla:

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

En ella aparecen diferentes campos que tendremos que rellenar:

• El primero de todos es un e-mail de contacto. El operador deberá tener presente que se le

responderá a esta dirección de correo electrónico, por lo que deberá ser un correo que

consulte habitualmente.

• El teléfono de contacto.

• La descripción de la consulta que se desea hacer.

• El apartado relativo a “Enviar logs”, no se tendrá en cuenta. Sólo se utilizará bajo indicación

expresa de los administradores de la aplicación.

El procedimiento para solicitar la información deseada o para poner una incidencia es sencillo. No hay

más que:

Rellenar los campos que aparecen a continuación.

Pulsar el botón "Enviar" que hay en el apartado “Enviar consulta”.

Si todo va bien, aparecerá un mensaje indicando que se recibió correctamente la notificación.

3. Cuenta de correo de soporte al operador de PRU: Al igual que se explica en el apartado

anterior, esta es una cuenta de correo destinada a facilitar la comunicación entre el operador del

PRU y la ACCV. La cuenta es:

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

[email protected]

2.15.3. Gestión de operadores

Existe un apartado en el Portal del Operador de ARCA, que permitirá gestionar el alta y la baja de

operadores asociados a nuestro PRU. Cualquiera de los que esté habilitado, podrá solicitar el alta y la

baja de compañeros/as. También podrá actualizar sus datos de contacto con la ACCV. Se trata del

apartado “Operadores”.

. Actualización de datos

Al ser dado de alta como operador de PRU, la ACCV almacena ciertos datos que permitan la

comunicación futura. De esta manera se podrá notificar aquellos cambios que afecten a la aplicación

o a los procedimientos que se siguen en el Punto de Registro.

Conviene revisar los datos de contacto. Podemos actualizarlos desde el Portal del Operador →

Operadores → Mis datos.

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

. Solicitar la baja de operadores

Si un operador de PRU va a dejar de ejercer esta función, deberá comunicarlo. Podrá hacerlo él

mismo o cualquiera de sus compañeros operadores, a través del Portal del Operador →

Operadores → Baja de operadores:

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Manual de Procedimiento del Operador de Punto de

Registro de Usuario

Para solicitar la baja de un determinado operador, se seleccionará entre aquellos que aparecen en el

listado y se pulsará sobre el botón Enviar. La baja no se lleva a cabo de manera automática. Hay que

esperar que los administradores de ARCA nos respondan por correo confirmándola.

Si fuera imposible solicitar la baja a través de esta vía, siempre se podrá comunicar a través de

cualquiera de los mecanismos de soporte descritos en el apartado anterior de este manual.

. Solicitar el alta de nuevos operadores

El uso de la firma electrónica está cada vez más extendido y es normal que los PRU necesiten

aumentar el personal asignado a la tarea de emisión de certificados. Podemos solicitar el alta de

nuevos operadores desde el Portal del Operador → Operadores → Alta de operadores.

Deberemos completar, por lo menos, todos los campos obligatorios y pulsar sobre el botón Enviar.

Una vez que la ACCV reciba esta petición, hará una preactivación y enviará una notificación por

correo electrónico avisando del alta, que no será efectiva hasta que el operador acceda a la

aplicación ARCA y firme digitalmente su autorización de operador. Para ello, será imprescindible

que cuente previamente con una tarjeta criptográfica que podrá ser de ciudadano o empleado público.

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2.15.4. Envío de contratos de certificación

Es importante tener presente esta tarea que se deberá llevar a cabo, a más tardar, una vez al mes.

El propósito es que los contratos de certificación no permanezcan mucho tiempo fuera de la ACCV.

Simplemente deberemos agrupar todos los documentos que debáis remitir a la ACCV (contratos de

certificación, solicitudes de revocación, tasas de pago de tarjetas, etc), estableciendo una separación

entre distintos tipos de certificados (ciudadano, entidad, empleado público) y enviarlos a través de

correo certificado a la ACCV:

Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica

Plaza de Nápoles i Sicilia, 6, 3ª planta.

46003 Valencia

No es necesario que se guarde ninguna copia de estos contratos en el PRU ni que se haga una

relación de los contratos que se envían. Sólo la ACCV tiene la responsabilidad de almacenarlos. Por

lo tanto, el archivo en el PRU es meramente temporal.

2.16. Otras circunstancias

Cualesquiera otras circunstancias no previstas en este manual de procedimiento, deben ser

consultadas llamando al teléfono de soporte a Operadores de Punto de Registro de Usuario:

902 482 484 (963 985 308)

ó

902 39 39 99 , para los PRU de la Conselleria de Sanidad.

También se puede enviar una consulta a través de la Zona de Comunicación o escribir a la dirección

de correo electrónico para el soporte de Operadores de Punto de Registro de Usuario:

[email protected]

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3. Apéndices

3.1. Modelo de documento que se entrega en el PRU para la emisión de

un certificado de Representante de Entidad en tarjeta criptográfica.

CERTIFICADO DE REPRESENTANTE DE ENTIDAD

Estimado/a Operador/a:

El presente documento acredita que la ACCV ha autorizado la emisión de un certificado deRepresentante de Entidad, con los siguientes datos:

Representante: DNI del representante: Nombre de la Entidad: CIF de la Entidad: Fecha de autorización:

Deberá generar este certificado, tras comprobar que:

1. La persona que tiene ante usted es quien figura en este documento como representante dela entidad. La identificación se llevará a cabo de acuerdo al procedimiento habitual que sesigue en el PRU. Sólo esa persona podrá recoger el certificado y firmar el contrato decertificación.

2. No han pasado más de 30 días desde la fecha de autorización. Si se hubiese pasado elplazo, deberá contactar con nosotros a través del teléfono de soporte que aparece másabajo.

Para emitir el certificado, deberá acceder a la aplicación ARCA y pulsar sobre el botón“Representante”. Luego tendrá que introducir los datos que figuran en este documento y seguir lospasos que le indique la aplicación.

Si tiene cualquier incidencia con la emisión de este certificado, por favor, comuníquese connosotros a través del teléfono de soporte:

902 482 484, o equivalente, 963 985 308

Agradecemos de antemano su colaboración.

Un cordial saludo

Clf.: USO INTERNO Ref.: ManProcOPRU.doc Versión: 9.4

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3.2. Documentos para la identificación de extranjeros.

Los extranjeros que por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con

España, serán dotados, a efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo, de

carácter secuencial: el NIE.

El NIE se otorga automáticamente cuando se inicia un trámite o contacto con la Administración, como

podría ser obtener un permiso de residencia o trabajo en España. Será para siempre, incluso si no se

concede el permiso. Es decir, no hace falta estar en situación regular en el país para tener el NIE.

Presenta las siguientes características:

• El NIE se otorga automáticamente cuando se inicia un trámite o contacto con la

Administración.

• No pueden quitar este número NIE al ciudadano. Un sencillo ejemplo es cuando se comete

algún delito y se pierde el permiso de residencia en nuestro país. No se puede residir

legalmente en España, pero el NIE no se pierde.

• El NIE no acredita residencia legal en España.

• El NIE es únicamente un número que solo tiene efectos a nivel administrativo.

• El número NIE es único y para siempre, es decir, no tiene caducidad.

Por otro lado, según la Policía Nacional, el pasaporte es el documento que acredita la identidad

del ciudadano extranjero en España, pero no acredita por si solo que esté en situación regular. En

el caso de ciudadanos de la UE, los documentos nacionales de identidad o los carnets de conducir,

en formato tarjeta europea, de los diferentes países integrados en la Unión, también sirven para

acreditar la identidad.

Desde la ACCV, concluímos que no es función de la Autoridad de Certificación verificar que el

ciudadano extranjero cuente con los permisos necesarios para su residencia o cualquier otra

circunstancia personal que le afecte y que pudiera aparecer reflejada en la documentación que es

motivo de estudio. Simplemente verificamos su identidad y la vinculación que tiene con su número

NIE.

En base a estas circunstancias, aceptamos los documentos que aparecen en este apéndice para su

identificación, sin perjuicio de que pudieran existir otros que también se pudieran aceptar. Cualquier

documento que contuviera el NIE, proporcionado por Gobierno de España, el Ministerio del Interior o

la Policía Nacional, que son los que tienen la potestad de identificar, serviría para establecer la

vinculación entre el ciudadano y el número NIE que se le ha asignado.

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3.2.1. Documentos válidos para la identificación por sí mismos.

Llevan la fotografía del ciudadano y una fecha de caducidad. No hace falta presentar ningún otro

documento para la identificación, siempre que se encuentren en vigor:

• Tarjeta de identificación de extranjero (TIE).

• Carnet de conducir español.

• Visado incluido en el pasaporte.

• Tarjeta de asilo político.

• Solicitud de protección internacional.

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3.2.2. Documentos que necesitan de apoyo, por no contener fotografía o no estar en

vigor.

Se trata de documentos que acreditan la asignación de un determinado número NIE al ciudadano,

pero que no llevan fotografía para llevar a cabo la identificación completa, no se encuentran en vigor o

no tienen fecha de caducidad. En este caso, será necesario acompañar estos documentos de uno de

los siguientes:

• Pasaporte en vigor. Identifica al ciudadano extranjero. Verificaremos la fecha de caducidad y

que los datos del ciudadano que figuran en este documento se correspondan con los que

aparecen en el documento que contiene el NIE.

• Documento nacional de identidad del país de origen, en caso de que el ciudadano

pertenezca a uno de los estados de la Unión Europea.

• Carnet de conducir del país de origen, en formato europeo de tarjeta, en caso de que el

ciudadano pertenezca a uno de los estados de la Unión Europea [1].

[1] En una nota informativa de la Comisión Europea, fechada el 18 de enero de 2013, víspera de la

entrada en vigor del nuevo permiso de conducción europeo, como consecuencia de la tercera

Directiva de la UE, se declara expresamente que un permiso de conducción no solamente permite

acceder a todo tipo de vehículos en muchos países de la UE, sino que también puede utilizarse como

documento de identificación.

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Ejemplo de este tipo de documentos serían:

1. Cualquiera de los documentos con fotografía del apartado anterior, que estuviese caducado,

se podría aceptar si se acompaña de los documentos en vigor comentados en este apartado:

pasaporte o, en caso de ser ciudadano de la UE, documento nacional de identidad o carnet

de conducir en formato tarjeta europea, del país de origen.

2. Otros documentos justificativos de la posesión de la asignación de un NIE, sin fotografía:

Autorización para residencia temporal y trabajo

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Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea.

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Tarjeta o solicitud de tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE

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Documento de asignación del NIE.

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Certificado de Registro de Residencia Temporal

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3.3. Documentos para la identificación de españoles

El DNI 2.0

El DNI 3.0

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El carnet de conducir

El pasaporte español

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