ta-6-07307 derecho civil iv - obligaciones

Upload: alizon-valencia-chura

Post on 03-Apr-2018

220 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/28/2019 Ta-6-07307 Derecho Civil IV - Obligaciones

    1/8

    1- TA070320123DUED

    0703-07307 | DERECHO CIVIL IV - OBLIGACIONES

    2012-IIIDocente: MENDIZBAL ANTICONA WALTER

    Nota:Ciclo: 6 Mdulo I

    Datos del alumno: FECHA DEENVIO:

    HASTA EL DOM. 07 OCTUBRE 2012A las 23.59 PMApellidos y nombres:

    FORMA DEENVIO:

    Comprimir el archivo original de su trabajoacadmico en WINZIP y publicarlo en elCAMPUS VIRTUAL, mediante la opcin:

    Cdigo de matricula:TAMAO DELARCHIVO:

    Capacidad Mxima del archivocomprimido: 4 MBUded de matricula:

    Recomendaciones:1. Recuerde verificar la correcta publicacin de su Trabajo Acadmico en

    el Campus Virtual.

    Revisar la opcin:

    No se aceptar el Trabajo Acadmico despus del 07 OCTUBRE20122. A las 23.59 PM

    3. Las actividades que se encuentran en el libro servirn para su

    autoaprendizaje mas no para la calificacin, por lo que no debern serremitidas. Usted slo deber realizar y remitir obligatoriamente elTrabajo Acadmico que adjuntamos aqu.

    Gua delTrabajo Acadmico

    4. Recuerde: NO DEBE COPIAR DEL INTERNET, el Internet esnicamente una fuente de consulta. Los trabajos copias de internetsern calificados con 00 (cero).

    5. Estimado alumno:

    El presente trabajo acadmico tiene por finalidad medir los logrosalcanzados en el desarrollo del curso.Para el examen parcial Ud. debe haber logrado desarrollar hasta lapregunta N 2 y para el examen final debe haber desarrollado eltrabajo completo.

    Criterios de evaluacin del trabajo acadmico:

    1 Presentacin adecuada deltrabajoConsidera la evaluacin de la redaccin, ortografa, y presentacin deltrabajo en este formato. Valor: 2 ptos

    2 Investigacin bibliogrfica:Considera la consulta de libros virtuales, a travs de la Biblioteca virtualDUED UAP, entre otras fuentes. Valor: 3 ptos

    3 Situacin problemtica o casoprctico:Considera el anlisis de casos o la solucin de situacionesproblematizadoras por parte del alumno. Valor: 5 ptos

    4Otros contenidosconsiderando los niveles

    cognitivos de orden superior:

    Valor: 10 ptos

    U N I V E R S I D A D A L A S P E R U A N A SDireccin Universitaria de Educacin a Distancia

    0703-Escuela Acadmico Profesional de Derecho

  • 7/28/2019 Ta-6-07307 Derecho Civil IV - Obligaciones

    2/8

    2- TA070320123DUED

    PREGUNTAS DE TRABAJO ACADMICO:

    1.- SEALAR UNA DIFERENCIA Y UNA SEMEJANZA ENTREDERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO.

    (4.5 puntos) DERECHO OBJETIVO DERECHO SUBJETIVO

    FUNDAMENTO

    DOCTRINARIO

    Es un poder o seoro de la

    voluntad, reconocido por el

    ordenamiento jurdico. el

    derecho subjetivo es un inters

    jurdicamente protegido

    Por derecho objetivo

    entendemos el derecho positivo,

    la norma jurdica, expresada en

    normas constitucionales, leyes,

    decretos, costumbres, etc. Es

    decir, la regulacin que la

    sociedad hace sancionando

    determinada conducta o

    valorizando una relacinjurdica.

    Por derecho subjetivo se

    entiende la facultad para

    actuar o potestad que un

    particular tiene,

    sancionada por una

    norma jurdica.

    DIFERENCIA

    Derecho Subjetivo se refiere a

    la facultad, poder o seoro

    individual o subjetivo de ser

    titular y hacer valer determinado

    derecho.

    El Derecho Objetivo es el

    conjunto de normas

    destinadas a reglar la

    conducta de los

    individuos en la sociedad,

    SEMEJANZA La semejanza que existe entre

    el derecho objetivo y subjetivo

    es esencial, debido a que son

    conceptos ligados entre s, ya

    que si bien es cierto que el

    el Derecho subjetivo es

    el que produce la

    accin, es decir, de este

    concepto se parte para

    manifestar que la accin

  • 7/28/2019 Ta-6-07307 Derecho Civil IV - Obligaciones

    3/8

    3- TA070320123DUED

    Derecho objetivo es el que se

    crea con la finalidad de

    obstaculizar el actuar del

    individuo, es decir, es como un

    obstculo externo al que todo

    individuo se encuentra

    sometido con la finalidad

    primordial del Derecho, que es

    la convivencia del hombre en

    sociedad

    solo corresponde al que

    tiene un derecho

    subjetivo, y todo el que

    tiene un derecho

    subjetivo, puede poner

    en movimiento a los

    rganos del Estado para

    poderlo hacer valer

    procesalmente.

  • 7/28/2019 Ta-6-07307 Derecho Civil IV - Obligaciones

    4/8

    4- TA070320123DUED

    2.- Elaborar un mapa conceptual sobre la relacin entreObligacin de hacer y no hacer.

    (4.5 puntos)

    OBLIGACIONES DE

    HACER Y NO HACER

    OBLIGACION DE HACER OBLIGACION DE NO HACER

    Son obligaciones positivas que consisten en

    la realizacin de servicios, en la prestacin

    de trabajo material, intelectual o mixto a

    que se compromete el deudor en beneficio

    del acreedor.

    Las obligaciones de No Hacer, son

    negativas, ya que su prestacin consiste en

    que el deudor se ha de abstener de aquello

    que, de no mediar la obligacin, le ser

    permisible ejecutar o realizar.

    RELACION

    Los sujetos o personas que intervienen en ella; el objeto, o sea la cosa o

    hecho materia de la misma, y el vnculo, es decir, la liga jurdica que

    establece entre deudor y acreedor.

    El objeto o la materia misma de la obligacin. Puede ser una cosa o unhecho.

    EJEMPLO EJEMPLO

    Servicios profesionales, tcnicos, reparacinde maquinas, equipos; mandados, servicios

    de obreros, etc.

    Obligarse mediante un contrato a no vender la

    casa en 6 meses (no hacer).Constituir uncontrato de servidumbre de paso, para que laspersonas puedan pasar por miterreno para que

    lleguen a su destino.

  • 7/28/2019 Ta-6-07307 Derecho Civil IV - Obligaciones

    5/8

    5- TA070320123DUED

    3.- SEALAR UNA SEMEJANZA Y UNA DIFERENCIA ENTRERESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL:

    RESPONSABILIDA

    D CONTRACTUAL

    RESPONSABILIDAD

    EXTRACONTRACTUALPOSICIN

    PERSONAL

    Es El

    incumplimiento de

    una obligacin

    nacida de

    un contrato

    Es aquella que existe cuando una

    persona causa, ya sea por s misma,

    por medio de otra de la que responde,

    por una cosa de su propiedad o de

    que se sirve, un dao a otra persona,

    respecto de la cual no estaba ligada

    por un vnculo obligatorio anteriorrelacionado con el dao producido".

    DIFERENCIA La responsabilidad

    contractual puede

    ser limitada

    mediante una

    clusula limitadora

    de la

    responsabilidad, si

    bien existen

    excepciones.

    En el mbito de la responsabilidad

    extracontractual no existen las

    clusulas de exoneracin de la

    responsabilidad porque no existe

    contrato.

    SEMEJANZA La semejanza

    radica en que en

    ambos sistemas la

    responsabilidad

    surge por la

    violacin de una

    obligacin

    preexistente

    Ambos regmenes son semejantes

    porque en los dos, para que exista

    responsabilidad, debe existir un

    factor de atribucin en virtud del cual

    el responsable tenga la obligacin de

    responder, pues debe haber alguna

    buena razn para obligar a una

    persona a cubrir los daos sufridos

    por el damnificado.

    UN EJEMPLO Pintores que van a

    pintar una

    habitacin y

    daos y perjuicios causados a

    terceros como consecuencia de

    actividades que crean riesgos a

    http://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://es.wikipedia.org/wiki/Da%C3%B1os_y_perjuicioshttp://es.wikipedia.org/wiki/Da%C3%B1os_y_perjuicioshttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtml
  • 7/28/2019 Ta-6-07307 Derecho Civil IV - Obligaciones

    6/8

    6- TA070320123DUED

    queman la

    moqueta.

    personas ajenas a la misma (la

    conduccin de un automvil, el

    desarrollo de una actividad industrial

    (4.5 puntos)4. INVESTIGAR EN DERECHO COMPARADO EL ARTCULOCORRESPONDIENTE EN EL CDIGO CIVIL DE:

    Obligaciones divisibles Obligaciones indivisibles

    CODE CIVIL DES

    FRANAIS

    (Francia)

    El Cdigo Civil Francs

    seala que una

    obligacin ser divisible o

    indivisible segn que

    tenga por objeto, o una

    cosa que en su entrega,

    o un hecho que en su

    cumplimiento, sea o no

    susceptible de divisin,

    bien material, o bien

    intelectual.

    El Cdigo Civil Francs,

    considera que las obligaciones

    pueden ser divisibles o invivibles,

    mas su cumplimiento deber ser

    siempre indivisible.

    Por ello, este artculo define el

    concepto legal de la obligacin

    indivisible de dos maneras,

    cuando no es susceptible de

    divisin y cuando se puede

    cumplir de forma parcial. En el

    primer caso, la definicin

    responde la naturaleza de la

    prestacin; en el segundo, a la

    ley o el acuerdo de las partes.

    BGB Brgerliches

    Gesetzbuch

    (Alemn)

    Las obligaciones sern d

    ivisibles cuando tengan

    por objeto un hecho de

    incumplimiento la

    obligaciones del Cdigo

    civil alemn"

    Las obligaciones indivisibles se

    regiran exactamente por los

    mismos preceptos de las

    obligaciones solidarias, con la

    nica excepcin de que la

    indivisibilidad, a diferencia de la

    solidaridad, hara que aquella

    operara respecto de los

    herederos del acreedor o del

    deudor.

  • 7/28/2019 Ta-6-07307 Derecho Civil IV - Obligaciones

    7/8

    7- TA070320123DUED

    Institui o Cdigo

    Civil BRAZIL. Ley

    N 10.406 de10

    de enerode2002)

    La obligacin es divisible

    o indivisible segn tenga

    o no tenga por objeto una

    cosa susceptible de

    divisin, sea fsica, sea

    intelectual o de cuota.

    As, la obligacin de

    conceder una

    servidumbre de trnsito,

    o la de hacer construir

    una casa, son

    indivisibles; la de pagar

    una suma de dinero,

    divisible.

    La obligacin indivisible cuyo

    incumplimiento se deba a

    causas imputables a alguno o

    algunos de los codeudores. En

    esta hiptesis la obligacin se

    resolver en la de indemnizar

    daos y perjuicios (si estos se

    hubiesen generado). En estos

    supuestos, los codeudores

    responsables ya no estarn

    obligados a pagar el valor

    de la prestacin, sino una

    indemnizacin por los daos y

    perjuicios que le hubiesen

    causado al acreedor o

    acreedores de la misma.

    (4.5 puntos)

    ESTIMADO ALUMNO LOS MEDIO PUNTO DE CADA UNA DELAS 4 PARTES DEL TRABAJO ACADMICO USTED LOS

    OBTENDR CON UNA ADECUADA PRESENTACIN,

    ORTOGRAFA Y REDACCIN.

    Link de consulta:http://www.monografias.com/trabajos27/derecho-publico-privado/derecho-publico-

    privado.shtml

    http://www.monografias.com/trabajos54/obligaciones-hacer/obligaciones-hacer.shtml

    http://www.castillofreyre.com/articulos/valoracion_del_dano_alcances_del_articulo_13

    32.pdf

    http://www.garridocordobera.com.ar/legislacion_online.htm

    Precisiones de forma sobre el trabajo acadmico:

    - Mximo de pginas: 10 (contando cartula y bibliografa).

    - Tipo de letra: Arial nmero 12.

    - Espaciado interlineal: 1.5

    - Formato de grabado: Word 97.

    http://es.wikipedia.org/wiki/10_de_enerohttp://es.wikipedia.org/wiki/10_de_enerohttp://es.wikipedia.org/wiki/10_de_enerohttp://es.wikipedia.org/wiki/10_de_enerohttp://es.wikipedia.org/wiki/2002http://es.wikipedia.org/wiki/2002http://es.wikipedia.org/wiki/2002http://www.monografias.com/trabajos27/derecho-publico-privado/derecho-publico-privado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/derecho-publico-privado/derecho-publico-privado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/derecho-publico-privado/derecho-publico-privado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/obligaciones-hacer/obligaciones-hacer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/obligaciones-hacer/obligaciones-hacer.shtmlhttp://www.castillofreyre.com/articulos/valoracion_del_dano_alcances_del_articulo_1332.pdfhttp://www.castillofreyre.com/articulos/valoracion_del_dano_alcances_del_articulo_1332.pdfhttp://www.castillofreyre.com/articulos/valoracion_del_dano_alcances_del_articulo_1332.pdfhttp://www.garridocordobera.com.ar/legislacion_online.htmhttp://www.garridocordobera.com.ar/legislacion_online.htmhttp://www.garridocordobera.com.ar/legislacion_online.htmhttp://www.castillofreyre.com/articulos/valoracion_del_dano_alcances_del_articulo_1332.pdfhttp://www.castillofreyre.com/articulos/valoracion_del_dano_alcances_del_articulo_1332.pdfhttp://www.monografias.com/trabajos54/obligaciones-hacer/obligaciones-hacer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/derecho-publico-privado/derecho-publico-privado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/derecho-publico-privado/derecho-publico-privado.shtmlhttp://es.wikipedia.org/wiki/2002http://es.wikipedia.org/wiki/10_de_enerohttp://es.wikipedia.org/wiki/10_de_enero
  • 7/28/2019 Ta-6-07307 Derecho Civil IV - Obligaciones

    8/8

    8- TA070320123DUED

    - Caratula: colocar nombre completo, cdigo y UDED de procedencia

    (datos obligatorios).

    BIBLIOGRAFIA

    Dr. LEVI E. BENSHIMOL Q. Didctica de la Introduccin al Derecho.

    NARANJO, Yury. Introduccin al Derecho. Ediciones Librera Destino.

    1985.

    OLASO, Luis Mara. Introduccin al Derecho. Editorial Texto, Tomo II.

    1997. TOSTA, Mara Luisa. Introduccin al Derecho. Publicidad Grfica

    Len, S.R.L. 1996. W.W.W.

    JOSE LUIS AGUILAR GORRONDONA, Cosas, Bienes y Derechos

    reales. Derecho Civil II, Universidad Catlica Andrs Bello

    "INTRODUCCIN AL ESTUDIO DEL DERECHO" Eduardo Garca

    Maynez, Porra, Mxico 1992, Cuadragesimotercera edicin.

    "INTRODUCCIN AL DERECHO Y LECCIONES DE DERECHO CIVIL"

    Edgardo Peniche Lpez, Porra, Mxico 1997, Vigsimocuarta edicin.

    http://www.monografias.com/trabajos14/enfoq-didactica/enfoq-didactica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/discurso/discurso.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/deryper/deryper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teopub/teopub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/evco/evco.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/admuniv/admuniv.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/admuniv/admuniv.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/evco/evco.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teopub/teopub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/deryper/deryper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/discurso/discurso.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/enfoq-didactica/enfoq-didactica.shtml