t-592-13

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    Sentencia T-592/13(Bogot, D.C., agosto 30)

    ACCION D T!T"A CONT#A A"CA"DIA-Procedencia paraobtener certificacin laboral para la emisin del bono pensional

    D#C$O %!NDA&NTA" A" $ABAS DATA-Vulneracincuando empleador niega la expedicin del certificado laboral paraexpedicin del bono pensional

    D#C$O A" $ABAS DATA-Alcance y contenido

    D#C$O A" $ABAS DATA N T#ATA&INTO D DATOS'#SONA"S-Principios y garantas constitucionales/DB#CONSTIT!CIONA" D "A DBIDA (STION AD&INIST#ACION D A#C$I*OS

    Para la Corte los principios del habeas data implica deberes constitucionales

    para las entidades que custodian y administran la informacin contenida en

    archivos y bases de datos. As, dichas entidades deben observar una

    obligacin general de seguridad y diligencia en la administracin y

    conservacin de los datos personales y una obligacin especfica de corregir

    e indemnizar los perjuicios causados por el mal manejo de la informacin. n

    este orden de ideas, debe resaltarse la importancia de que el acopio y la

    conservacin de informacin se haga con sujecin a los principios del habeas

    data con el fin de garantizar su integridad y veracidad y as salvaguardar los

    dem!s derechos de los titulares de la informacin. Con frecuencia esta

    informacin es necesaria para acceder al goce efectivo de otros derechos

    fundamentales, toda vez que los datos personales, laborales, m"dicos,

    financieros y de otra ndole que est!n contenidos en archivos y bases de

    datos, son la fuente de la informacin que se utiliza para evaluar el

    cumplimiento de los requisitos para el reconocimiento de derechos yprestaciones.

    $ABAS DATA-Posibilidad de ejercerlo cuando se presenta inexactituden historia laboral para solicitar pensin de vejez

    $ISTO#IA "ABO#A"-ontenido y finalidad

    n el caso particular de la historia laboral, la Corte ha establecido que la

    informacin que la compone, por ejemplo, tiempo de servicio, salario

    devengado, cotizaciones a la seguridad social, vacaciones disfrutadas,

    consignacin de cesantas, ascensos, licencias, entre otros, es indispensable

    para acceder al goce efectivo de las prestaciones sociales en cabeza del

    trabajador. Por lo anterior es necesario que la informacin laboral contenida

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    en los archivos sea veraz, cierta, clara, precisa y completa #a fin de que, de

    un lado, el trabajador pueda reclamar los derechos que le asisten, y, del otro,

    se protejan en su integridad los dem!s derechos fundamentales de los que son

    titulares.$

    T#A&IT 'A#A "A #CONST#!CCION D +'DINT-Procedimiento y necesidad de reconstruir un expediente cuando ha sidoextraviado o destruido

    n todo proceso o actuacin administrativa debe e%istir un e%pediente con

    base en el cual se pueda determinar lo necesario para proferir una decisin

    de fondo& sin embargo, es posible que por diferentes circunstancias el

    e%pediente o parte del mismo se e%trave. Para dar solucin a esta situacin,

    la legislacin ha establecido el proceso de reconstruccin de e%pediente,normado, en t"rminos generales, en el Cdigo 'eneral del Proceso, artculo

    ()*.

    #CONST#!CCION D +'DINT-!ecesidad de reconstruirexpediente ante autoridades administrativas

    D#C$O %!NDA&NTA" A" $ABAS DATA-Vulneracin pornegativa de iniciar reconstruccin de expediente laboral y negarse aexpedir certificado re"uerido para la emisin del bono pensional

    +ulnera el derecho fundamental al habeas data negar la e%pedicin del

    certificado laboral requerido para la emisin del bono pensional, cuando se

    argumenta que los documentos que soportan los datos no reposan en los

    archivos, sin que se haya adelantado ninguna gestin para reconstruir la

    informacin y sin tener en cuenta que esta informacin reposa en archivos de

    otras dependencias de la misma entidad y que adem!s el titular de los datosofrece prueba suficiente de la misma.

    D#C$O A" $ABAS DATA-#rden a Alcalda iniciar lareconstruccin del expediente$ de no ser posible$ deber% expedir elcertificado laboral para reconocimiento de bono pensional a persona de latercera edad

    &

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    #eeencia expediente ' )*+,-*.+

    %aos e ttea oeto e4isin0 1entencia del 2uzgado Primero ivil delircuito$ artago$ Valle$ del .3 de marzo de &.)$ confirmando lasentencia de primera instancia4 y la sentencia del 2uzgado Promiscuo5unicipal de 6l airo$ Valle$ con funcin de ontrol de 7arantas del )de enero de &.)$ "ue neg el amparo constitucional*

    Accionante 2aime Antonio astrilln 7iraldo*

    Accionao Alcalda municipal de 6l airo$ Valle*

    &agistaos e a Saa Segna e #e4isin 5auricio 7onz%lez

    uervo$ 8uis 7uillermo 7uerrero P9rez y 7abriel 6duardo 5endoza5artelo*

    &agistao 6onente5A:;

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    para presentar la solicitud de pensin frente al

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    .*&*+* Fesde el ao .??+ el accionante y su esposa$ tambi9n de la tercera edad$no cuentan con ingresos estables para subsistir ni vivienda propia$ por"ue

    perdieron su Gnica fuente de ingreso$ un camin de carga "ue fue hurtado amano armada*

    2.#es6esta e ente accionao.

    2.1. &nici6io e Caio, *ae.

    &*.*.*6n su escrito de contestacin$ la alcalda afirm "ue ha dado respuestaoportuna y de fondo a todos los derechos de peticin presentados por elaccionante?$ reiter%ndole al seor astrilln la imposibilidad de emitir lacertificacin laboral solicitada$ por"ue para el cargo de inspector de polica de1an 2os9 del airo durante ese periodo$ en sus archivos Gnicamente reposa el

    acta de posesin de una persona diferente al actor y no hay ningGn tipo dedocumento de nombramiento o posesin a nombre del accionante*

    &*.*&*Agreg "ue al expedir certificaciones sobre documentos inexistentes seincurrira en los delitos de falsedad ideolgica y/o falsedad material endocumentos pGblicos*

    &*.*)* Por Gltimo$ solicit al juez "ue oficiara al accionante solicit%ndole "ueaportara el contrato y/o los actos administrativos "ue prueben su vinculacinen el cargo de inspector de polica*

    &*.*-* 8a alcalda aport como prueba copia del Fecreto !o* - de .?@@ porel "ue se crea el cargo de inspector policial de 1an 2os9 del airo$ copia delacta de posesin de Crancisco 8uis Duitrago$ como inspector de polica paralas fechas planteadas$ y copia de las respuestas dadas a derechos de peticin

    presentados por el accionante de fechas , de diciembre de &..$ &. de enerode &.& y .& de abril de &.& en las "ue reitera "ue no puede expedir elcertificado por cuanto no reposa el acta de posesin en sus archivos*

    &*.*3* A solicitud del juez$ la 1ecretaria de Hacienda municipal manifest."ue no era posible certificar la informacin correspondiente a los archivos denmina del seor 2aime astrilln por"ue las planillas de nminacorrespondientes no reposan en el archivo de la tesorera* Agreg adem%s "uedurante el periodo &-&,$ ejerci el cargo de tesorera municipal y "ue aldejar el cargo$ los archivos se entregaron en orden* 1in embargo$ al iniciar suactual periodo como 1ecretaria de Hacienda con la administracin municipal$constat "ue los archivos actualmente se encuentran en desorden en un garajede la alcalda*

    8uaderno .$ folios -) a 3,*

    98a alcalda aport respuestas dadas a los derechos de peticin solicitando el certificado en noviembre de&..$ enero de &.& y marzo de &.&* uaderno .$ folios 3& a 3,*10uaderno .$ folio 3+*

    3

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    2.2.Teceos 4incaos a 6oceso.

    6l juez de primera instancia vincul al

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    precisamente por no existir tales documentos y la repetida negativa de laalcalda de expedir el certificado "ue acudi a la accin de tutela*

    )*&*)* Por Gltimo$ dijo "ue el error de un funcionario en a"uella 9poca nopuede llevar a "ue se desconozcan sus derechos fundamentales$ especialmentepor"ue existen pruebas "ue 9l ejerci el cargo aun"ue no repose en losarchivos de la alcalda la correspondiente acta de posesin*

    3.3. Sentencia e segna instancia :;gao 'i7eo Ci4i e Cicitoe Catago, *ae, e 15 e 7a;o e 20131=.

    onfirm la sentencia del a7quoconsiderando "ue el accionante pretende ladeclaracin de la existencia de una relacin laboral entre 9l y el municipio$con el fin de ordenar "ue se expida el certificado laboral y en esta medida la

    tutela no es el mecanismo judicial idneo para dar curso a esta pretensin$ sinola jurisdiccin laboral* onsider adem%s$ "ue no se prob la existencia de unperjuicio irremediable por lo "ue tampoco procede la tutela*

    II.CONSID#ACIONS.

    1. Co76etencia.

    8a orte onstitucional es competente para revisar las decisiones judicialesmencionadas$ con base en la onstitucin Poltica artculos +@ y &-.*? y lodesarrollado en el Fecreto &3?. de .??. artculos ). a )@.3*

    2.'oceencia e a e7ana e ttea1>.

    2.1.Aegacin e aectacin e eec?o na7enta. 6l accionante alega"ue la alcalda municipal de 6l airo$ Valle$ est% vulnerando su derechofundamental a la seguridad social en conexidad con el derecho al mnimo vitaly la vida*

    2.2. "egiti7acin acti4a. 8a demanda fue presentada por el seor 2aimeAntonio astrilln 7iraldo mediante apoderado conforme a poder otorgado el.- de abril de &.&.,*

    2.3."egiti7acin 6asi4a. 8a alcalda del municipio de 6l airo es una entidadpGblica y$ en consecuencia$ puede ser demandada a trav9s de accin detutela.+*

    14uaderno &$ folios &, a )@*156n Auto del .3 de abril de &.) de la 1ala de 1eleccin !Gmero uatro de la orte onstitucional$ sedispuso la revisin de la providencia en cuestin y se procedi a su reparto*16onstitucin Poltica$ artculo +@*

    17uaderno .$ folio.*

    18Artculo +@ de la onstitucin Poltica$ Artculo .I del Fecreto &3?. de .??.*

    ,

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    2.=.In7eiate;. 8a accin de tutela debe ser ejercida en un plazo razonablecontado a partir del momento en "ue ocurre la vulneracin del derechofundamental con el fin de asegurar "ue no haya desaparecido la necesidad de

    proteger el derecho fundamental y$ en consecuencia$ evitar "ue sedesnaturalice la accin de tutela.?*

    6n este caso la respuesta presuntamente vulneradora de los derechosfundamentales del accionante fue expedida el .& de abril de &.& y la tutelafue interpuesta aproximadamente mes y medio despu9s$ el ) de mayo de&.&$ lo cual se considera un plazo razonable para intentar la accin*

    2.5.Ssiiaiea. Acorde con el artculo +@&de la onstitucin$ la tutela esuna accin de naturaleza excepcional y subsidiaria* 6s decir$ solo procedecuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial$ o cuando

    existiendo otro medio de defensa judicial 9ste no resulte eficaz ni idneo parala proteccin de los derechos fundamentales constitucionales y sea necesarioadoptar una medida transitoria para evitar un perjuicio irremediable*

    Para determinar la procedibilidad de la accin de tutela$ en primer lugar$ seanotar% "ue en este caso se est% frente a una posible vulneracin del derecho alhabeas datadel accionante$ por"ue el demandado alega "ue en sus archivosno reposa la informacin de la historia laboral del accionante$ es decir$ haycuestionamientos sobre el acceso$ la conservacin$ la correccin$ la integridady la certificacin de los datos de su historia laboral*

    Ahora bien$ de acuerdo con el artculo &@- del digo 1ustantivo del 'rabajo$en los eventos en "ue ha desaparecido la informacin sobre el tiempo deservicio o el salario$ el interesado debe acudir a la jurisdiccin laboralordinaria* 1in embargo$ la jurisprudencia constitucional ha aceptado la

    procedibilidad de la tutela si existen indicios de la existencia de una relacinlaboral o su periodo de duracin$ trat%ndose de casos relacionados con elacceso a la pensin de vejez&.* As$ en este caso$ el accionante ha aportadocomo prueba una certificacin laboral del tiempo servido y los salarios

    devengados expedida por la tesorera de 6l airo$ con la cual solicita laexpedicin de certificados laboral en los formatos re"ueridos por

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    retardara aGn m%s la aclaracin de los datos laborales "ue necesita para paraobtener la certificacin re"uerida para iniciar los tr%mites de la pensin devejez y eventualmente acceder a las pretensiones de seguridad social "ueurgentemente necesita para asegurar la subsistencia y vida digna suya y de sunGcleo familiar*

    3.'oe7a

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    obedecer a circunstancias reales$ no habiendo lugar a la administracinde datos falsos o errneos4 (ivB principio de integridad "ue prohbe "ue ladivulgacin o registro de la informacin$ a partir del suministro de datos

    personales$ sea incompleta$ parcial o fraccionada4 (vB principio definalidad$ por el "ue el acopio$ procesamiento y divulgacin de datos

    personales debe obedecer a una finalidad constitucionalmente legtimadefinida de manera clara y previa4 (viB principio de utilidad$ "ue

    prescribe la necesidad de "ue el acopio$ procesamiento y divulgacin dedatos cumpla una funcin determinada$ como expresin del ejerciciolegtimo del derecho a la administracin de los mismos4 (viiB principio deincorporacin$ por el cual deben incluirse los datos de los "ue derivencondiciones ventajosas para el titular cuando 9ste reGne los re"uisitos

    jurdicos para el efecto$ y (viiiB principio de caducidad "ue prohbe laconservacin indefinida de datos despu9s de "ue han desaparecido las

    causas "ue justificaban su administracin*&@

    -*.*)*Para la orte los principios del habeas data implica deberesconstitucionales para las entidades "ue custodian y administran la informacincontenida en archivos y bases de datos* As$ dichas entidades deben observaruna obligacin general de seguridad y diligencia en la administracin yconservacin de los datos personales y una obligacin especfica de corregir eindemnizar los perjuicios causados por el mal manejo de la informacin&,*

    -*.*-*6n este orden de ideas$ debe resaltarse la importancia de "ue el acopio yla conservacin de informacin se haga con sujecin a los principios delhabeas data con el fin de garantizar su integridad y veracidad y assalvaguardar los dem%s derechos de los titulares de la informacin* onfrecuencia esta informacin es necesaria para acceder al goce efectivo de otrosderechos fundamentales$ toda vez "ue los datos personales$ laborales$m9dicos$ financieros y de otra ndole "ue est%n contenidos en archivos y basesde datos$ son la fuente de la informacin "ue se utiliza para evaluar elcumplimiento de los re"uisitos para el reconocimiento de derechos y

    prestaciones*

    -*.*3* 6n el caso particular de la historia laboral$ la orte ha establecido "ue lainformacin "ue la compone$ por ejemplo$ tiempo de servicio$ salariodevengado$ cotizaciones a la seguridad social$ vacaciones disfrutadas$consignacin de cesantas$ ascensos$ licencias$ entre otros$ es indispensable

    para acceder al goce efectivo de las prestaciones sociales en cabeza deltrabajador* Por lo anterior es necesario "ue la informacin laboral contenida enlos archivos sea veraz$ cierta$ clara$ precisa y completa Ja fin de que, de unlado, el trabajador pueda reclamar los derechos que le asisten, y, del otro, se

    261entencia '.@ de &3* 'ambi9n pueden consultarse$ entre otras las sentencias ',.+ de &3$ '.@, de&,$ '.-- de &.) y ... de &+*271entencias ',.+ de &3 y ... de &+*

    .

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    protejan en su integridad los dem!s derechos fundamentales de los que son

    titulares.$)8

    -*.*@*6sta orporacin tambi9n ha considerado "ue frente a la p9rdida de lossoportes necesarios para la certificacin de datos laborales$ y de acuerdo conlo prescrito el artculo &@- del digo 1ustantivo del 'rabajo$ el peticionario

    puede acudir a los medios de prueba reconocidos por la ley para probar eltiempo de servicio y el salario con el fin de adelantar los tr%mites para elreconocimiento de la pensin de jubilacin&?* Fe ah "ue hayan sido tuteladoslos derechos fundamentales de accionantes cuando las pruebas allegadas alexpediente permiten dilucidar razonablemente los datos re"ueridos para laexpedicin del certificado*

    5. "a necesia e econsti n e@6eiente cano ?a sio e@ta4iao o

    estio.

    6n todo proceso o actuacin administrativa debe existir un expediente conbase en el cual se pueda determinar lo necesario para proferir una decisin defondo4 sin embargo$ es posible "ue por diferentes circunstancias el expedienteo parte del mismo se extrave* Para dar solucin a esta situacin$ la legislacinha establecido el proceso de reconstruccin de expediente$ normado$ ent9rminos generales$ en el digo 7eneral del Proceso$ artculo .&@*

    At. T7ite 6aa a econstccin. 6n caso de p9rdida totalo parcial de un expediente se proceder% as0

    .* 6l apoderado de la parte interesada formular% su solicitud dereconstruccin y expresar% el estado en "ue se encontraba el proceso y laactuacin surtida en 9l* 8a reconstruccin tambi9n proceder% de oficio*&* 6l juez fijar% fecha para audiencia con el objeto de comprobar laactuacin surtida y el estado en "ue se hallaba el proceso$ para lo cualordenar% a las partes "ue aporten las grabaciones y documentos "ue

    posean* 6n la misma audiencia resolver% sobre la reconstruccin*

    )* 1i solo concurriere a la audiencia una de las partes o su apoderado$ sedeclarar% reconstruido el expediente con base en la exposicin jurada ylas dem%s pruebas "ue se aduzcan en ella*-* uando se trate de p9rdida total del expediente y las partes noconcurran a la audiencia o la reconstruccin no fuere posible$ o de

    p9rdida parcial "ue impida la continuacin del proceso$ el juez declarar%terminado el proceso$ "uedando a salvo el derecho "ue tenga eldemandante a promoverlo de nuevo*3* ;econstruido totalmente el expediente$ o de manera parcial "ue noimpida la continuacin del proceso$ este se adelantar%$ incluso$ con

    prescindencia de lo perdido o destruido*

    28',.+ de &3*

    291entencias '..@ de .??,$ '+,3 de &. y ' ..,& de &+$ entre otras*

    ..

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    1i bien este artculo se refiere a la reconstruccin de expedientes dentro de unproceso judicial$ la orte onstitucional lo ha tenido en cuenta en eventos endonde ha sido necesaria la reconstruccin de expedientes ante autoridadesadministrativas*

    omo ejemplos tenemos0 (iB en la sentencia '@ de .??3$ la orte conocide una accin de tutela interpuesta contra una resolucin de la alcaldaaccionada "ue revocaba el amparo policivo de la posesin de un bieninmueble del accionante* 6n esta tutela se presentaba un problema pr%ctico"ue era la p9rdida del expediente "ue contena el amparo policivo* 8o cualimpeda definiciones precisas tanto en el amparo posesorio como en el asunto"ue motivaba la solicitud de tutela* 6n consecuencia$ se consider necesario"ue en el menor tiempo posible se llevara a cabo la reconstruccin delexpediente4 (iiB en la sentencia '&3@ de &,$ la orte conoci un caso en "ue

    los archivos "ue contenan la informacin laboral del actor no se encontrabanpor"ue al parecer fueron destruidos como resultado de tomas guerrilleras4 ladecisin fue ordenar a la Alcalda 5unicipal reconstruir los expedientes "ueresultaron afectados por esta situacin$ pues de no hacerlo$ se constituira unagrave violacin a los derechos de las personas "ue trabajaron al servicio de laadministracin municipal$ pues se impedira el acceso a una futura pensin devejez*

    >.Caso conceto.

    @*.* 6l seor 2aime Antonio astrilln 7iraldo present accin de tutela encontra de la alcalda municipal de 6l airo$ por"ue considera "ue vulner susderechos fundamentales$ al negarse a expedir el certificado laboral "uenecesita para iniciar el tr%mite de solicitud de la pensin de jubilacin frente aolpensiones$ con el argumento de "ue en sus archivos no reposan losdocumentos "ue acreditan su nombramiento ni la posesin en el cargo*

    @*&* 'anto el juez de primera primera instancia como el juez de segundasegunda instancia negaron el amparo considerando "ue accin no era

    procedente* 6l juez de primera instancia concluy "ue se haba probado lavinculacin laboral del actor en el periodo alegado$ pero "ue no seevidenciaba la vulneracin de derechos fundamentales* 6l juez de segundainstancia consider "ue le corresponda a la jurisdiccin laboral ordinariadirimir la existencia de la relacin laboral y adem%s no se evidenciaba laocurrencia de un perjuicio irremediable*

    @*)* 1in embargo$ esta 1ala de revisin llega a conclusiones diferentes* onfundamento en la jurisprudencia constitucional expuesta y las pruebas "ueobran en el expediente$ es evidente "ue al seor astrilln 7iraldo ha sufridola vulneracin de su derecho fundamental al habeas data$ con la consecuenciade "ue no ha podido reunir los documentos necesarios para iniciar el tr%mitede su pensin de jubilacin*

    .&

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    Para la 1ala$ "ue la alcalda no haya manifestado haber adelantado gestinalguna para reconstruir la informacin laboral del seor astrilln 7iraldoaparte de revisar sus propios archivos$ es prueba del incumplimiento de sudeber constitucional de custodiar$ conservar$ administrar y certificar lainformacin cuando as lo solicite el titular4 la alcalda tiene la obligacin dehacer todo lo "ue est9 a su alcance para reconstruir los datos perdidos odestruidos$ especialmente cuando es razonable "ue la informacin re"ueridareposa en los archivos de otras oficinas del municipio$ y adem%s el solicitante

    pone en conocimiento de la entidad la existencia de esos datos en otrosarchivos del ente territorial*

    Por lo tanto$ se ordenar% a la alcalda accionada iniciar la reconstruccin delexpediente$ la cual deber% hacerse dentro de los ) das h%biles a partir de lanotificacin de esta sentencia*

    @*-* Ante tal escenario$ es preciso recalcar lo dispuesto en las consideracionesprecedentes de esta sentencia$ y precisar "ue la reconstruccin de unexpediente debe hacerse de manera %gil$ pues de no ser as puede haber una

    posible afectacin del derecho a la seguridad social y el mnimo vital$ toda vez"ue de esa informacin depende el reconocimiento y pago de la pensin devejez*

    @*3* Adicional a la reconstruccin del expediente$ y con el fin de hacer unaproteccin real y efectiva del derecho al habeas data del accionante$ de noreconstruirse el expediente en el t9rmino establecido$ la entidad accionadadeber% expedir el certificado solicitado tiendo en cuenta "ue0

    @*3*.* 6l accionante tiene en su poder una certificacin de la tesoreramunicipal de 6l airo "ue reza0

    Eue revisados los archivos de !minas "ue reposan en la 'esorera5unicipal se constat "ue el seor 2A

    permitidos bajo la ley*

    @*3*)* Fe la certificacin de la tesorera$ se desprende "ue0 (iB el accionantetrabaj para el municipio$ (iiB las fechas en "ue prest sus servicios$ y (iiiB elsalario y las prestaciones "ue fueron pagadas al accionante en ese tiempo*

    30uaderno .$ folio .@*

    .)

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    @*3*-* !o se ha tachado de falso el documento expedido por la tesorera* 6sm%s$ en su respuesta al derecho de peticin elevado por el accionante el .+ demarzo de &.&).$ la alcalda reconoci la veracidad de la certificacin de latesorera municipal y afirm "ue #en la base de datos de la ecretara de

    /acienda aparecen los pagos hechos al e0or 1aime Antonio Castrilln$$)&

    aun"ue volvi a negar la expedicin del certificado laboral por"ue en susarchivos no reposa #ning2n acto administrativo 345 que demuestre suvinculacin legal, contractual o reglamentaria.$--

    @*@* 6n cuanto a la preocupacin expresada por la alcalda sobre la comisindel delito de falsedad en documento pGblico$ esta 1ala seala "ue$ por lasrazones anteriores$ la alcalda tiene a su disposicin un soporte$ tomado de susarchivos$ para certificar el tiempo de servicio y salario devengado de manera

    veraz$ transparente y cierta*

    @*,* 'odo lo anterior lleva a la 1ala a concluir "ue la alcalda municipal de 6lairo vulner el derecho al habeas datadel seor 2aime Antonio astrilln7iraldo al no iniciar la reconstruccin del expediente laboral y negarse aexpedir el certificado re"uerido para la emisin del bono pensional por"ueincumpli su deber constitucional de ser diligente en la conservacin de susarchivos y la reconstruccin de la informacin perdida$ y traslad alaccionante las consecuencias negativas de sus fallas al imponerle la carga dereconstruir la informacin "ue ella estaba obligada a custodiar$ conservar yreconstruir*

    3*.)* 6n consecuencia$ se ordenar% a la alcalda municipal de 6l airo Valleinicie la reconstruccin del expediente laboral del seor astrilln el cualdeber% culminar dentro de los ) das siguientes a la notificacin de este fallo4de no ser cumplida la orden en el t9rmino previsto$ deber% expedir elcertificado laboral solicitado por el accionante*

    >.#a;n e a ecisin.

    >.1. S

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    1in embargo$ se demostr "ue el accionante aport a la alcalda pruebas de lainformacin re"uerida para el certificado$ "ue las mismas se originaron en losarchivos del municipio y no fueron controvertidas ni tachadas de falsas$ y "ueadem%s la alcalda no adelant ninguna gestin para reconstruir la informacin

    bajo su custodia*

    >.2. #ega e a ecisin.

    Vulnera el derecho fundamental al habeas data negar la expedicin del

    certificado laboral re"uerido para la emisin del bono pensional$ cuando se

    argumenta "ue los documentos "ue soportan los datos no reposan en los

    archivos$ sin "ue se haya adelantado ninguna gestin para reconstruir la

    informacin y sin tener en cuenta "ue esta informacin reposa en archivos de

    otras dependencias de la misma entidad y "ue adem%s el titular de los datosofrece prueba suficiente de la misma*

    III. DCISIN

    6n m9rito de los expuesto$ la orte onstitucional de la ;epGblica deolombia$ administrando justicia en nombre del pueblo y por mandato de laonstitucin Poltica$

    #S!"*

    '#IO.- ;6V#A; la sentencia proferida por el 2uzgado Primero ivildel ircuito de artago$ Valle$ el .3 de marzo de &.)$ "ue confirm la

    sentencia proferida por 2uzgado Promiscuo 5unicipal de 6l airo$ Valle$ con

    funcin de ontrol de 7arantas el ) de enero de &.) "ue neg la tutela

    solicitada por el seor 2aime Antonio astrilln 7iraldo$ y en su lugar

    CONCD#la tutela del derecho al habeas data del seor 2aime Antonio

    astrilln 7iraldo*

    S(!NDO.- #;F6!A; a la alcalda municipal de 6l airo$ Valle$ "ue en elt9rmino de cuarenta y ocho (-+B horas posteriores a la notificacin de la

    presente sentencia inicie la reconstruccin del expediente donde reposaba la

    informacin del seor 2aime Antonio astrilln 7iraldo$ adoptando una

    decisin definitiva dentro de los treinta ()B das siguientes a la notificacin de

    este fallo* 1i la administracin accionada no cumple con lo previsto en el

    t9rmino sealado$ deber% expedir el certificado laboral solicitado$ en los

    formatos re"ueridos por olpensiones para la emisin del bono pensional del

    seor*

    .3

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