suplemento judicial arequipa la república 1 corte superior ... · con 11/100 dólares americanos)...

16
La República Corte Superior de Arequipa Miércoles, 26 de diciembre del 2018 EDICTOS EDICTO Ante el Noveno Juzgado Especializado Civil de Arequi- pa, Juez José Antonio Meza Miranda, Especialista Carla Villanueva Rosas, Expediente 3034-2018-0-0401-JR-CI-09 sobre nulidad de acto jurídico, demandante Norma Leo- cadia Choquehuayta Cayllahua y Noemi Erlinda Arequipa Choquehuayta en contra de Isaac Donald Arequipa Vilca, Mariela Elsa Delfina Sallica Pérez de Arequipa, Roberto Arequipa Mamani, Donata Leónidas Arequipa de Condori y Germanicio Hilario Arequipa Mamani, mediante Resolu- ción N° 5 de 6 de diciembre del 2018 se resolvió “suspen- der el proceso por el plazo de treinta días a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del que en vida fue el codemandado Germanicio Hilario Arequipa Mamani, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, se dispone se efectúe las notificaciones por edicto”. Arequipa, 2018 diciembre 17. CARLA VILLANUEVA ROSAS SECRETA- RIA JUDICIAL. (26-27-28 diciembre) B/E 031-13429. EDICTO Ante el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha la Juez Dra. Shelah North Gala- garza Perez con la especialista Dra. Yuly Elizabeth Márquez Ticona, en el expediente N° 00613-2018-0-0401-JR-CI-01, la Sra. Vivían María Celia Ricketts Escomel de Muncher ha interpuesto demanda de impugnación de herencia en contra de los Sres. Susan Isabel Ricketts Escomel, José Manuel Rafael Guillermo Ricketts Escomel, Jaime Edmun- do Ricketts Escomel. En dicho proceso, se ha ordenado la notificación por edictos a los sucesores del codemandado JOSÉ MANUEL RAFAEL GUILLERMO RICKETTS ESCOMEL de la resolución Nro. 08-2018 recaída en este proceso. En ese sentido, en cumplimiento del mandato, se procede conforme a lo indicado por el juzgado: Resolución Nro. 08-2018. Arequipa, dos mil dieciocho, noviembre, nueve. - Vistos y considerando: el fallecimiento del codemanda- do José Manuel Rafael Guillermo Ricketts Escomel. SE RESUELVE: SUSPENDER por TREINTA DÍAS, e! trámite del presente proceso que sobre IGUALACIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS, seguidos por VIVIAN MARIA CELIA RICKETS ESCOMEL, en contra de JAIME EDMUNDO RICKETTS ESCO- MEL, SUSAN ISABEL RICKETTS ESCOMEL y JOSÉ MANUEL RAFAEL GUILLERMO RICKETTS ESCOMEL, a fin que los sucesores del codemandado JOSÉ MANUEL RAFAEL GUI- LLERMO RICKETTS ESCOMEL se apersonen al proceso en el plazo señalado, bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. TOMESE RAZÓN Y HAGASE SABER. Arequipa, 22 de noviembre de 2018.- YULY E. MARQUEZ TICONA SECRETARIA JUDICIAL . (26-27-28 diciembre) B/E 031-13429. REMATES REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVO- CATORIA En el proceso único de Ejecución de Garantías que se tramita con expediente judicial Nº04704-2011-0-0401-JR- CI-01 seguido por ANDRES MARIO ALVAREZ PINEDA en contra de ROSA VASQUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ, con la intervención de los terceros MARIA LAURA ALAR- CON MEDINA, GABI ADELINA MOSTAJO MOSTAJO DE RIOS y VICTOR MANUEL RIOS SANZ; y terceros acreedores no ejecutantes JAVIER EDUARDO CUTY COAQUIRA, JOSÉ MIGUEL RIVAS GIANNETTI, BRENDA BARREDA NEYRA, CAROL VANESSA GUARDIA RAFAEL, ALFREDO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, y MILTON MONTIEL MONTIEL; el PRIMER JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA que despacha SHELAH NORTH GALAGARZA PEREZ, con la asistencia de la Especialista Legal ARLETY GIULIANA MARQUEZ ROMERO, ha dispuesto sacar a remate público judicial en PRIMERA convocatoria la siguiente propiedad: INMUEBLE URBANO ubicado en la Calle CALLEJÓN CALIENES N° 107 y 109, Zona San Lázaro (Barrio), distrito, provincia y depar- tamento de Arequipa, de propiedad de ROSA VASQUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral Nº01160507 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa y se encuentra valorizado en la cantidad de USD$ 1’452,111.11 (un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento once con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO- BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil setenta y cuatro con 07/100 dólares americanos), cantidad equivalente a las dos terceras partes del valor por el cual fue valorizado. AFECTACIONES DEL BIEN.- Se- gún Certificado de Gravámenes y Cargas de la referida partida registral: 1.- Asiento D00002.- Hipoteca a favor de María Laura Alarcón Medina, hasta por la suma de US$. 40,000.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública (EP) N°2462 del 07.AGO.2009 y EP de aclaración N°2633 del 25.AGO.2009 ambas extendidas ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 2.- Asiento D00003.- Hi- poteca a favor de Andrés Mario Alvarez Pineda, hasta por la suma de US$. 25,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 26.AGO.2009 extendida ante Notario de Arequi- pa Fernando Denis Begazo Delgado; 3.- Asiento D00004.- Hipoteca a favor de Víctor Manuel Rios Sanz y Gabi Ade- lina Mostajo Mostajo de Rios, hasta por la suma de US$. 16,000.00 Dólares Americanos, según EP N°3306 de fecha 27/10/2009 extendida ante Notario de Arequipa Fernan- do Denis Begazo Delgado; 4.- Asiento D00005.- Hipoteca a favor Javier Eduardo Cuty Coaquira, hasta por la suma de S/. 160,000.00 Nuevos soles, según EP N°977 de fecha 01/03/2013 y EP de aclaración N°1843 de fecha 25-04-2013 ambas extendidas ante Notario Público de Arequipa Jose Luis Concha Revilla; 5.- Asiento D00006.- Hipoteca a favor de José Miguel Rivas Giannetti y Brenda Barreda Neyra, hasta por la suma de S/. 120,000.00 Nuevos soles, según EP de fecha 24.JUN.2013 extendida ante Notario Público de Arequipa César Fernández Dávila Barreda. 6.- Asiento D00007.- Hipoteca a favor de Carol Vanessa Guardia Rafael, hasta por la suma de US$ 45,000.00 Dólares Americanos, según EP N°4449 de fecha 28/08/2015 extendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda; 7.- Asiento D00008.- Hipoteca a favor de Carol Va- nessa Guardia Rafael, hasta por la suma de US$ 35,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 12.MAY.2016 ex- tendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernán- dez Dávila Barreda. 8.- Asiento D00009.- Hipoteca a favor de ALFREDO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, hasta por la suma de US$ 50,000.00 Dólares Americanos, se- gún EP de fecha 29.NOV.2016 y EPs aclaratorias de fechas 06.DIC.2016 y 14.DIC.2016 otorgadas ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda. 9.- Asiento D00010.- Hipoteca a favor de MILTON MONTIEL MONTIEL, hasta por la suma de US$ 70,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 11.MAR.2017 otorgada ante Notario Pú- blico de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate es- tará a cargo del Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Martillero Público con Registro Nº 227 (teléfono N°952390320) el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS AM y se llevará a cabo en la SALA DE REMATES DE LA SEDE CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA ubicada en el Palacio de Jus- ticia, Plaza España s/n, Cercado de Arequipa. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo, depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación del bien a rema- tar (USD$ 145,211.11 dólares americanos). Este depósito deberá de ser presentado ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los pos- tores deberán presentar el pago del arancel judicial por participar en remate judicial de bien inmueble (Código N°07153 por S/ 830 soles y reintegro si corresponde), de- biendo consignar en el mismo el número de expediente, el acto procesal a realizar (remate judicial de bien inmueble) y a la orden del juzgado respectivo, suscribiéndolo y ad- juntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Arequipa, 14 de diciembre del 2018. ARLETTY MARQUEZ ROMERO ESPECIALISTA LEGAL. JUAN P. K. EYZAGUIRRE MARTI- LLERO PUBLICO N° 227 ABOGADO.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13424. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N°04267-2011-0-0401-JR-FC-03 en los autos seguidos por RIGABY XIOMARA JARA ZUÑIGA, en contra de la FISCALIA DE FAMILIA, JOSE MARIA GUTIERREZ RO- JAS, sobre Divorcio por causal; la Juez del Tercer Juzgado de Familia, Dra. Julia María Fátima Montesinos y Montesi- nos Hartley, con la Especialista Legal Dra. Angela Briseida Mostacero Rosas, mediante Resolución N° 46 han encarga- do al Martillero Público ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS, y dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVO- CATORIA el inmueble ubicado en Calle Teniente Rodríguez N°1025 del Distrito Miraflores, provincia y departamento de Arequipa; inscrito en la Ficha Registral N° P06224914 Sede Registral N° XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: US$ 83,349.79 (Ochenta y Tres Trescientos Cuarenta y Nue- ve con 79/100 dólares americanos). PRECIO DE BASE DE REMATE: US$ 55,566.53 (Cincuenta y Cinco Mil Quinien- tos Sesenta y Seis con 53/100 Dólares Americanos) que representa las dos terceras partes del Valor de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: No presenta. La orden del remate Judicial se encuentra contenida en la Resolución N° 46-2018. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Enero del 2019 a las 14.00 horas de la tarde. LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates, sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina de la Calle Colón con Siglo XX, distrito, provincia y departamento de Arequipa. POS- TORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante deposito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Pre- sentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, N° de expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá de- positar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del re- mate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario y se cancelaran al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-jus) y están afectos al IGV.- Arequipa, 19 de Noviembre del 2018. ANGEL RUBEN GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO N° 265. DRA. ANGELA B. MOSTA- CERO ROSAS. ESPECIALISTA LEGAL.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13427. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL.- Expediente N° 3028-2016.- Por disposición del Juez del Octavo Juzgado Civil de Arequipa- Corte Super ior de Justicia de Arequipa: Dr. AURELIO RONALD VALENCIA DE ROMAÑA y Especialista Legal: JIMMY MARCELO LUNA MAZUELOS, en los Autos seguidos sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK con WILBERT ROBERTO RIVAS ARRE- DONDO, interviniendo como Terceros: Scotiabank Perú S.A.A., Cámara de Comercio e Industria de Arequipa y Ga- mero Gomes Norica Amparo (por ser la actual propietaria), con intervención del Martillero Publico de Registro Nacio- nal Noventa y cinco: JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del siguiente Inmueble: Lote 5, de la Manzana 36, de La Zona C, del Pueblo Joven “ALTO DE SELVA ALEGRE”, del Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, con un Área de 288.40 m2., cuya área, linderos y medidas perimétricas, se encuentran inscritos en la Partida N° P06015417 (Antecedente Regis- tral: P06012593), Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa- SUNARP.- Con una TASACION aprobada de: S/ 452,134.60 (Cuatrocientos cincuenta y dos mil, ciento treinta y cuatro y 60/100 Soles) y con una BASE DE REMATE (deducida conforme a Ley), de: S/ 301,423.07 (Trescientos un mil, cua- trocientos veintitrés y 07/100 Soles).- AFECTACIONES: 1) EMBARGO.- Medida Cautelar en forma de Inscripción del predio inscrito en esta Partida, de Propiedad de WILBERT ROBERTO RIVAS ARREDONDO, hasta por la suma de S/. 86,000.00, por orden del Octavo Juzgado Especializado Ci- vil de Arequipa, a favor BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK, del Exp. N° 3028-2016-45-0401-JR-CI-08, so- bre Obligación de dar Suma de Dinero (Asiento N° 000020 de la Partida N° P06015417).- DIA y HORA DEL REMATE: El 14 de Enero del 2019, a las 12.30 de la Tarde.- LUGAR DEL REMATE: En la SALA DE REMATES, ubicada en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequi- pa, esquina de la Av. Siglo XX y Plaza España S/N, Distrito Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa.- POSTO- RES: Oblarán (Garantía) el 10 % de Tasación en efectivo o cheque de gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indican- do N° de Expediente, Juzgado y DNI/RUC).- De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo señalado por el Artículo 739° del Código Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado código.- HONORARIOS: Del Martillero, por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Art. 17 y 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS- Reglamento de la Ley N° 27728- Ley del Martillero Publi- co.- Inf. Al # 998084468.- JORGE LUIS MANTILLA HUER- TAS- Martillero Publico- Registro Nacional N° 95.- Jimmy M. LUNA MAZUELOS SECRETARIO JUDICIAL. (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031- EDICTO DE PRIMER REMATE JUDICIAL En el expediente Nº 05015-2017-0-0401-JR-CI-06, sobre Ejecución de Garantías seguido por BANCO INTERNA- CIONAL DEL PERU INTERBANK en contra de SARCCO TAPARA, GREGORIA, como TERCERO Edward Jesús Pinto Salas y Karla María Gonzales Villagra, la señora Juez del Sexto Juzgado Especializado en lo Civil Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, con intervención de la Especialista Legal Alicia Dolores Trujillo Pérez, se ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO de los inmuebles que a continuación se detalla: PRIMER INMUEBLE: VIVIENDA DUPLEX (DEPARTAMENTO Nº601 Sexto y Séptimo Piso) ubicada en el Conjunto Res. El Mirador de la Alameda II Etapa MZ 1R Bloque 5 Sección 21 Urb. Alameda de Sala- verry, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Nro. 11302533, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. AREA OCUPADA 95.22m2.- TASACIÓN: US$ 62,917.71 (Sesenta y dos mil novecientos diecisiete con 71/100 Dólares ameri- canos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 41,945.14 (Cuarenta y un mil novecientos cuarenta y cinco con 14/100 Dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de la tasación. - GRAVÁMENES: Asiento D00002 Hi- poteca a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERBANK hasta por la suma de US$86,819.27 dólares americanos (incluyendo otro mueble inscrito en la partida nº11303642), según consta en escritura pública de fecha 21/02/2014 ante Notaria de Arequipa María Emilia Ladrón de Guevara Zuzunaga. SEGUNDO INMUEBLE: ESTACIONA- MIENTO (Exterior 35 PRIMER PISO) ubicado en CON.RESID. El Mirador de la Alameda III-A ETAPA BLOCK 6 SECCION EE-35 Urb. Alameda de Salaverry, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyas áreas y lin- deros se detallan en la Partida Nro. 11303642, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. AREA OCUPADA 12.00m2.- TASACIÓN: US$ 4,968.00 (Cuatro mil novecientos sesenta y ocho con 14/100 Dólares ameri- canos).- PRECIO BASE DE REMATE: US$ 3,312.00 (Tres mil trescientos doce con 00/100 Dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de la tasa- ción. - GRAVÁMENES: Asiento D00002 Hipoteca a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERBANK hasta por la suma de US$86,819.27 dólares americanos, según escritura pública de fecha 21/02/2014 ante Notaria de Are- quipa María Emilia Ladrón de Guevara Zuzunaga. Asiento D00003 Anticresis a favor de la sociedad conyugal confor- mada por EDWARD JESUS PINTO SALAS y KARLA MARIA GONZALES VILLAGRA, por el plazo de un año contado a partir de la inscripción de la anticresis, estableciendo como renta e interés la suma de S/800.00 nuevos soles según escritura pública de fecha 27.12.2016 y fecha 02.02.2017. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate se efectuará en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Sede Corte ubicada en Calle Siglo XX, esquina con Plaza España, Arequipa, el día MARTES 15 de ENERO del año 2019, Hora de Inicio 14:00 horas y será efectuado por la Martillera Pública Pamela Marisol Alva Rivera. LOS POSTORES: los postores deberán depositar en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación por cada inmueble, además se deberá adjuntar la tasa judicial pagada en el BN por cada inmueble por derecho de participación en remate del bien inmueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. En caso el postor ofrezca adquirir los inmuebles conjuntamente se aplicará el Art.736 del C.P.C. LA COMISION de la Martillera Pública será por cuenta del Adjudicatario de acuerdo a los rangos establecidos en el DS N°008-2005-JUS mas el IGV, de- biendo ser cancelado al finalizar el acto del Remate. Mar- tillera Pública Pamela Alva Rivera cel. 987508700. PODER JUDICIAL- Especialista Legal Alicia Dolores Trujillo Pérez. Arequipa, 14 de Diciembre de 2018.- PAMELA ALVA RIVE- RA MARTILLERA PUBLICA .- (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031- PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO (EXP. Nº 00234-2017-0-0407-JM-CI-01) En el proceso ju- dicial de EJECUCION DE GARANTIAS seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA en contra FORTUNATA NILDA CALATAYUD CACERES DE JI- MENEZ y EDGAR HERMILIO OSBALDO JIMENEZ CAYPA, el JUZGADO MIXTO- Sede Islay, a cargo del Juez Dr. CARLOS ALVARO CARY CHOQUE y el Especialista Legal Dr. JUAN BERLY RUELAS CHAUCAYANQUI, ha ordenado sacar a RE- MATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble denominado como Centro Poblado Las Tres Cruces, Man- zana E, Lote 05, ubicado en el Distrito de Mollendo, Provin- cia de Islay, Departamento de Arequipa, inscrito en la Par- tida N° P06223440 del registro de propiedad Inmueble de SUNARP, Zona Registral Nro. XII- Sede Arequipa. CARGAS Y GRAVAMENES Asiento 00003 Inscripción de Hipoteca: Hipoteca: El Propietario de predio inscrito en esta partida constituyen hipoteca a favor de la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Arequipa, debidamente representado; hasta por la suma de US$ 40 745.00 dólares americanos, para garantizar el crédito asumido por la suma de US$ 27 000.00 a un plazo de 180 meses y las obligaciones asumi- das con la caja que obran de la Escritura Pública Nº 476 de fecha 03/08/2012 otorgada por ante Notario Público Dr. Roberto Carlos Delgado Valdivia la ciudad de Mollendo. VALOR DE TASACION : s/. 127 772.04 soles BASE DEL REMATE: s/. 85 181,36 soles DIA Y HORA DEL REMATE: El día 11 de Enero del 2019 a las 15:45 horas del día LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Espera del local del Juzgado Mixto Sede Islay- Mollendo ubicado en esquina calle Co- mercio-Plaza Grau s/n- Mollendo. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de las tasación que en este caso sería de s/. 12 777.20 soles en efectivo o che- que de gerencia a su nombre; adjuntar Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial, consignando número de expediente y generales de ley, mostrar DNI y tratándose de personas jurídicas deberán además entre- gar la Vigencia de Poderes correspondiente.(traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vigencia de poderes de ser el caso); el adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma deposita- da sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Públi- co son por cuenta del adjudicatario más el IGV de acuerdo a Ley y serán cancelados al concluir el remate. Juez Dr. CARLOS ALVARO CARY CHOQUE y el Especialista Legal Dr. JUAN BERLY RUELAS CHAUCAYANQUI, Ives Andrés Na- varrete Castro Martillero Público Reg. 290.- (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031.- SEGUNDO REMATE EN EL PROCESO SOBRE PAGO DE BENEFICIOS ECONOMI- COS, EXPEDIENTE Nº01749-2000-0-0401-JR-LA-01, SEGUI- DO POR JUAN LARICO QQUEA, EN CONTRA DE EDITORIAL COROFFSET S.A., EDITORIAL EL PUEBLO S.A., Y COMO TERCEROS: GIULIANA JUANA FLORES GUILLEN, MARIA ANA D’ORNELLAS REZOLA DE PARDO, JUANA LEGUIA GUTIERREZ DE PARDO, PERCY ROLANDO LINAREZ ALVA- REZ, JOSE PARDO ESCANDON, JAIME ENRIQUE PARDO ESCANDON, Y PASTOR ARCE ROMAN, COMO APODERA-

Upload: others

Post on 14-Aug-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 26 de diciembre del 2018

La República

Corte Superior de Arequipa

Miércoles, 26 de diciembre del 2018

EDICTOS EDICTO

Ante el Noveno Juzgado Especializado Civil de Arequi-pa, Juez José Antonio Meza Miranda, Especialista Carla Villanueva Rosas, Expediente 3034-2018-0-0401-JR-CI-09 sobre nulidad de acto jurídico, demandante Norma Leo-cadia Choquehuayta Cayllahua y Noemi Erlinda Arequipa Choquehuayta en contra de Isaac Donald Arequipa Vilca, Mariela Elsa Delfi na Sallica Pérez de Arequipa, Roberto Arequipa Mamani, Donata Leónidas Arequipa de Condori y Germanicio Hilario Arequipa Mamani, mediante Resolu-ción N° 5 de 6 de diciembre del 2018 se resolvió “suspen-der el proceso por el plazo de treinta días a efecto de que se apersonen los sucesores procesales del que en vida fue el codemandado Germanicio Hilario Arequipa Mamani, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, se dispone se efectúe las notifi caciones por edicto”. Arequipa, 2018 diciembre 17. CARLA VILLANUEVA ROSAS SECRETA-RIA JUDICIAL. (26-27-28 diciembre) B/E 031-13429.

EDICTO

Ante el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha la Juez Dra. Shelah North Gala-garza Perez con la especialista Dra. Yuly Elizabeth Márquez Ticona, en el expediente N° 00613-2018-0-0401-JR-CI-01, la Sra. Vivían María Celia Ricketts Escomel de Muncher ha interpuesto demanda de impugnación de herencia en contra de los Sres. Susan Isabel Ricketts Escomel, José Manuel Rafael Guillermo Ricketts Escomel, Jaime Edmun-do Ricketts Escomel. En dicho proceso, se ha ordenado la notifi cación por edictos a los sucesores del codemandado JOSÉ MANUEL RAFAEL GUILLERMO RICKETTS ESCOMEL de la resolución Nro. 08-2018 recaída en este proceso. En ese sentido, en cumplimiento del mandato, se procede conforme a lo indicado por el juzgado: Resolución Nro. 08-2018. Arequipa, dos mil dieciocho, noviembre, nueve. - Vistos y considerando: el fallecimiento del codemanda-do José Manuel Rafael Guillermo Ricketts Escomel. SE RESUELVE: SUSPENDER por TREINTA DÍAS, e! trámite del presente proceso que sobre IGUALACIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS, seguidos por VIVIAN MARIA CELIA RICKETS ESCOMEL, en contra de JAIME EDMUNDO RICKETTS ESCO-MEL, SUSAN ISABEL RICKETTS ESCOMEL y JOSÉ MANUEL RAFAEL GUILLERMO RICKETTS ESCOMEL, a fi n que los sucesores del codemandado JOSÉ MANUEL RAFAEL GUI-LLERMO RICKETTS ESCOMEL se apersonen al proceso en el plazo señalado, bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. TOMESE RAZÓN Y HAGASE SABER. Arequipa, 22 de noviembre de 2018.- YULY E. MARQUEZ TICONA SECRETARIA JUDICIAL . (26-27-28 diciembre) B/E 031-13429.

REMATESREMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVO-

CATORIA

En el proceso único de Ejecución de Garantías que se tramita con expediente judicial Nº04704-2011-0-0401-JR-CI-01 seguido por ANDRES MARIO ALVAREZ PINEDA en contra de ROSA VASQUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ, con la intervención de los terceros MARIA LAURA ALAR-CON MEDINA, GABI ADELINA MOSTAJO MOSTAJO DE RIOS y VICTOR MANUEL RIOS SANZ; y terceros acreedores no ejecutantes JAVIER EDUARDO CUTY COAQUIRA, JOSÉ MIGUEL RIVAS GIANNETTI, BRENDA BARREDA NEYRA, CAROL VANESSA GUARDIA RAFAEL, ALFREDO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, y MILTON MONTIEL MONTIEL; el PRIMER JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA que despacha SHELAH NORTH GALAGARZA PEREZ, con la asistencia de la Especialista Legal ARLETY GIULIANA MARQUEZ ROMERO, ha dispuesto sacar a remate público judicial en PRIMERA convocatoria la siguiente propiedad: INMUEBLE URBANO ubicado en la Calle CALLEJÓN CALIENES N° 107 y 109, Zona San Lázaro (Barrio), distrito, provincia y depar-tamento de Arequipa, de propiedad de ROSA VASQUEZ ZUÑIGA VIUDA DE SANCHEZ cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral Nº01160507 del Registro de Propiedad

Inmueble de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa y se encuentra valorizado en la cantidad de USD$ 1’452,111.11 (un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento once con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil setenta y cuatro con 07/100 dólares americanos), cantidad equivalente a las dos terceras partes del valor por el cual fue valorizado. AFECTACIONES DEL BIEN.- Se-gún Certifi cado de Gravámenes y Cargas de la referida partida registral: 1.- Asiento D00002.- Hipoteca a favor de María Laura Alarcón Medina, hasta por la suma de US$. 40,000.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública (EP) N°2462 del 07.AGO.2009 y EP de aclaración N°2633 del 25.AGO.2009 ambas extendidas ante Notario de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado; 2.- Asiento D00003.- Hi-poteca a favor de Andrés Mario Alvarez Pineda, hasta por la suma de US$. 25,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 26.AGO.2009 extendida ante Notario de Arequi-pa Fernando Denis Begazo Delgado; 3.- Asiento D00004.- Hipoteca a favor de Víctor Manuel Rios Sanz y Gabi Ade-lina Mostajo Mostajo de Rios, hasta por la suma de US$. 16,000.00 Dólares Americanos, según EP N°3306 de fecha 27/10/2009 extendida ante Notario de Arequipa Fernan-do Denis Begazo Delgado; 4.- Asiento D00005.- Hipoteca a favor Javier Eduardo Cuty Coaquira, hasta por la suma de S/. 160,000.00 Nuevos soles, según EP N°977 de fecha 01/03/2013 y EP de aclaración N°1843 de fecha 25-04-2013 ambas extendidas ante Notario Público de Arequipa Jose Luis Concha Revilla; 5.- Asiento D00006.- Hipoteca a favor de José Miguel Rivas Giannetti y Brenda Barreda Neyra, hasta por la suma de S/. 120,000.00 Nuevos soles, según EP de fecha 24.JUN.2013 extendida ante Notario Público de Arequipa César Fernández Dávila Barreda. 6.- Asiento D00007.- Hipoteca a favor de Carol Vanessa Guardia Rafael, hasta por la suma de US$ 45,000.00 Dólares Americanos, según EP N°4449 de fecha 28/08/2015 extendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda; 7.- Asiento D00008.- Hipoteca a favor de Carol Va-nessa Guardia Rafael, hasta por la suma de US$ 35,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 12.MAY.2016 ex-tendida ante Notario Público de Arequipa César A. Fernán-dez Dávila Barreda. 8.- Asiento D00009.- Hipoteca a favor de ALFREDO MANUEL DELFIN BARREDA PONCE, hasta por la suma de US$ 50,000.00 Dólares Americanos, se-gún EP de fecha 29.NOV.2016 y EPs aclaratorias de fechas 06.DIC.2016 y 14.DIC.2016 otorgadas ante Notario Público de Arequipa César A. Fernández Dávila Barreda. 9.- Asiento D00010.- Hipoteca a favor de MILTON MONTIEL MONTIEL, hasta por la suma de US$ 70,000.00 Dólares Americanos, según EP de fecha 11.MAR.2017 otorgada ante Notario Pú-blico de Arequipa Fernando Denis Begazo Delgado. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate es-tará a cargo del Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Martillero Público con Registro Nº 227 (teléfono N°952390320) el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A LAS ONCE HORAS AM y se llevará a cabo en la SALA DE REMATES DE LA SEDE CENTRAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA ubicada en el Palacio de Jus-ticia, Plaza España s/n, Cercado de Arequipa. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo, depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación del bien a rema-tar (USD$ 145,211.11 dólares americanos). Este depósito deberá de ser presentado ante el Martillero Público. A los postores no benefi ciados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los pos-tores deberán presentar el pago del arancel judicial por participar en remate judicial de bien inmueble (Código N°07153 por S/ 830 soles y reintegro si corresponde), de-biendo consignar en el mismo el número de expediente, el acto procesal a realizar (remate judicial de bien inmueble) y a la orden del juzgado respectivo, suscribiéndolo y ad-juntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Arequipa, 14 de diciembre del 2018. ARLETTY MARQUEZ ROMERO ESPECIALISTA LEGAL. JUAN P. K. EYZAGUIRRE MARTI-LLERO PUBLICO N° 227 ABOGADO.- (20-21-26-27-28-31

diciembre) B/E 031-13424.

CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL

Expediente N°04267-2011-0-0401-JR-FC-03 en los autos seguidos por RIGABY XIOMARA JARA ZUÑIGA, en contra de la FISCALIA DE FAMILIA, JOSE MARIA GUTIERREZ RO-JAS, sobre Divorcio por causal; la Juez del Tercer Juzgado de Familia, Dra. Julia María Fátima Montesinos y Montesi-nos Hartley, con la Especialista Legal Dra. Angela Briseida Mostacero Rosas, mediante Resolución N° 46 han encarga-do al Martillero Público ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS, y dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA el inmueble ubicado en Calle Teniente Rodríguez N°1025 del Distrito Mirafl ores, provincia y departamento de Arequipa; inscrito en la Ficha Registral N° P06224914 Sede Registral N° XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: US$ 83,349.79 (Ochenta y Tres Trescientos Cuarenta y Nue-ve con 79/100 dólares americanos). PRECIO DE BASE DE REMATE: US$ 55,566.53 (Cincuenta y Cinco Mil Quinien-tos Sesenta y Seis con 53/100 Dólares Americanos) que representa las dos terceras partes del Valor de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: No presenta. La orden del remate Judicial se encuentra contenida en la Resolución N° 46-2018. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Enero del 2019 a las 14.00 horas de la tarde. LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates, sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina de la Calle Colón con Siglo XX, distrito, provincia y departamento de Arequipa. POS-TORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante deposito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Pre-sentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, N° de expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá de-positar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del re-mate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario y se cancelaran al fi nalizar la diligencia del remate, al fi rmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-jus) y están afectos al IGV.- Arequipa, 19 de Noviembre del 2018. ANGEL RUBEN GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO N° 265. DRA. ANGELA B. MOSTA-CERO ROSAS. ESPECIALISTA LEGAL.- (20-21-26-27-28-31 diciembre) B/E 031-13427.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

JUDICIAL.-

Expediente N° 3028-2016.- Por disposición del Juez del Octavo Juzgado Civil de Arequipa- Corte Super ior de Justicia de Arequipa: Dr. AURELIO RONALD VALENCIA DE ROMAÑA y Especialista Legal: JIMMY MARCELO LUNA MAZUELOS, en los Autos seguidos sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK con WILBERT ROBERTO RIVAS ARRE-DONDO, interviniendo como Terceros: Scotiabank Perú S.A.A., Cámara de Comercio e Industria de Arequipa y Ga-mero Gomes Norica Amparo (por ser la actual propietaria), con intervención del Martillero Publico de Registro Nacio-nal Noventa y cinco: JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA, del siguiente Inmueble: Lote 5, de la Manzana 36, de La Zona C, del Pueblo Joven “ALTO DE SELVA ALEGRE”, del Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, con un Área de 288.40 m2., cuya área, linderos y medidas perimétricas, se encuentran inscritos en la Partida N° P06015417 (Antecedente Regis-tral: P06012593), Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa- SUNARP.- Con una TASACION aprobada de: S/ 452,134.60 (Cuatrocientos cincuenta y dos mil, ciento treinta y cuatro y 60/100 Soles) y con una BASE DE REMATE (deducida conforme a Ley), de: S/ 301,423.07 (Trescientos un mil, cua-trocientos veintitrés y 07/100 Soles).- AFECTACIONES: 1) EMBARGO.- Medida Cautelar en forma de Inscripción del predio inscrito en esta Partida, de Propiedad de WILBERT ROBERTO RIVAS ARREDONDO, hasta por la suma de S/.

86,000.00, por orden del Octavo Juzgado Especializado Ci-vil de Arequipa, a favor BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK, del Exp. N° 3028-2016-45-0401-JR-CI-08, so-bre Obligación de dar Suma de Dinero (Asiento N° 000020 de la Partida N° P06015417).- DIA y HORA DEL REMATE: El 14 de Enero del 2019, a las 12.30 de la Tarde.- LUGAR DEL REMATE: En la SALA DE REMATES, ubicada en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequi-pa, esquina de la Av. Siglo XX y Plaza España S/N, Distrito Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa.- POSTO-RES: Oblarán (Garantía) el 10 % de Tasación en efectivo o cheque de gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indican-do N° de Expediente, Juzgado y DNI/RUC).- De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo señalado por el Artículo 739° del Código Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado código.- HONORARIOS: Del Martillero, por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Art. 17 y 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS- Reglamento de la Ley N° 27728- Ley del Martillero Publi-co.- Inf. Al # 998084468.- JORGE LUIS MANTILLA HUER-TAS- Martillero Publico- Registro Nacional N° 95.- Jimmy M. LUNA MAZUELOS SECRETARIO JUDICIAL. (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031-

EDICTO DE PRIMER REMATE JUDICIAL

En el expediente Nº 05015-2017-0-0401-JR-CI-06, sobre Ejecución de Garantías seguido por BANCO INTERNA-CIONAL DEL PERU INTERBANK en contra de SARCCO TAPARA, GREGORIA, como TERCERO Edward Jesús Pinto Salas y Karla María Gonzales Villagra, la señora Juez del Sexto Juzgado Especializado en lo Civil Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, con intervención de la Especialista Legal Alicia Dolores Trujillo Pérez, se ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO de los inmuebles que a continuación se detalla: PRIMER INMUEBLE: VIVIENDA DUPLEX (DEPARTAMENTO Nº601 Sexto y Séptimo Piso) ubicada en el Conjunto Res. El Mirador de la Alameda II Etapa MZ 1R Bloque 5 Sección 21 Urb. Alameda de Sala-verry, Distrito de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Nro. 11302533, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. AREA OCUPADA 95.22m2.- TASACIÓN: US$ 62,917.71 (Sesenta y dos mil novecientos diecisiete con 71/100 Dólares ameri-canos). PRECIO BASE DE REMATE: US$ 41,945.14 (Cuarenta y un mil novecientos cuarenta y cinco con 14/100 Dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de la tasación. - GRAVÁMENES: Asiento D00002 Hi-poteca a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERBANK hasta por la suma de US$86,819.27 dólares americanos (incluyendo otro mueble inscrito en la partida nº11303642), según consta en escritura pública de fecha 21/02/2014 ante Notaria de Arequipa María Emilia Ladrón de Guevara Zuzunaga. SEGUNDO INMUEBLE: ESTACIONA-MIENTO (Exterior 35 PRIMER PISO) ubicado en CON.RESID. El Mirador de la Alameda III-A ETAPA BLOCK 6 SECCION EE-35 Urb. Alameda de Salaverry, Distrito de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyas áreas y lin-deros se detallan en la Partida Nro. 11303642, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. AREA OCUPADA 12.00m2.- TASACIÓN: US$ 4,968.00 (Cuatro mil novecientos sesenta y ocho con 14/100 Dólares ameri-canos).- PRECIO BASE DE REMATE: US$ 3,312.00 (Tres mil trescientos doce con 00/100 Dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de la tasa-ción. - GRAVÁMENES: Asiento D00002 Hipoteca a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERBANK hasta por la suma de US$86,819.27 dólares americanos, según escritura pública de fecha 21/02/2014 ante Notaria de Are-quipa María Emilia Ladrón de Guevara Zuzunaga. Asiento D00003 Anticresis a favor de la sociedad conyugal confor-mada por EDWARD JESUS PINTO SALAS y KARLA MARIA GONZALES VILLAGRA, por el plazo de un año contado a partir de la inscripción de la anticresis, estableciendo como renta e interés la suma de S/800.00 nuevos soles según escritura pública de fecha 27.12.2016 y fecha 02.02.2017. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate se efectuará en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Sede Corte ubicada en Calle Siglo XX, esquina

con Plaza España, Arequipa, el día MARTES 15 de ENERO del año 2019, Hora de Inicio 14:00 horas y será efectuado por la Martillera Pública Pamela Marisol Alva Rivera. LOS POSTORES: los postores deberán depositar en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación por cada inmueble, además se deberá adjuntar la tasa judicial pagada en el BN por cada inmueble por derecho de participación en remate del bien inmueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. En caso el postor ofrezca adquirir los inmuebles conjuntamente se aplicará el Art.736 del C.P.C. LA COMISION de la Martillera Pública será por cuenta del Adjudicatario de acuerdo a los rangos establecidos en el DS N°008-2005-JUS mas el IGV, de-biendo ser cancelado al fi nalizar el acto del Remate. Mar-tillera Pública Pamela Alva Rivera cel. 987508700. PODER JUDICIAL- Especialista Legal Alicia Dolores Trujillo Pérez. Arequipa, 14 de Diciembre de 2018.- PAMELA ALVA RIVE-RA MARTILLERA PUBLICA .- (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031-

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO

(EXP. Nº 00234-2017-0-0407-JM-CI-01) En el proceso ju-dicial de EJECUCION DE GARANTIAS seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA en contra FORTUNATA NILDA CALATAYUD CACERES DE JI-MENEZ y EDGAR HERMILIO OSBALDO JIMENEZ CAYPA, el JUZGADO MIXTO- Sede Islay, a cargo del Juez Dr. CARLOS ALVARO CARY CHOQUE y el Especialista Legal Dr. JUAN BERLY RUELAS CHAUCAYANQUI, ha ordenado sacar a RE-MATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble denominado como Centro Poblado Las Tres Cruces, Man-zana E, Lote 05, ubicado en el Distrito de Mollendo, Provin-cia de Islay, Departamento de Arequipa, inscrito en la Par-tida N° P06223440 del registro de propiedad Inmueble de SUNARP, Zona Registral Nro. XII- Sede Arequipa. CARGAS Y GRAVAMENES Asiento 00003 Inscripción de Hipoteca: Hipoteca: El Propietario de predio inscrito en esta partida constituyen hipoteca a favor de la Caja Municipal de Aho-rro y Crédito de Arequipa, debidamente representado; hasta por la suma de US$ 40 745.00 dólares americanos, para garantizar el crédito asumido por la suma de US$ 27 000.00 a un plazo de 180 meses y las obligaciones asumi-das con la caja que obran de la Escritura Pública Nº 476 de fecha 03/08/2012 otorgada por ante Notario Público Dr. Roberto Carlos Delgado Valdivia la ciudad de Mollendo. VALOR DE TASACION : s/. 127 772.04 soles BASE DEL REMATE: s/. 85 181,36 soles DIA Y HORA DEL REMATE: El día 11 de Enero del 2019 a las 15:45 horas del día LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Espera del local del Juzgado Mixto Sede Islay- Mollendo ubicado en esquina calle Co-mercio-Plaza Grau s/n- Mollendo. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de las tasación que en este caso sería de s/. 12 777.20 soles en efectivo o che-que de gerencia a su nombre; adjuntar Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial, consignando número de expediente y generales de ley, mostrar DNI y tratándose de personas jurídicas deberán además entre-gar la Vigencia de Poderes correspondiente.(traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vigencia de poderes de ser el caso); el adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma deposita-da sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Públi-co son por cuenta del adjudicatario más el IGV de acuerdo a Ley y serán cancelados al concluir el remate. Juez Dr. CARLOS ALVARO CARY CHOQUE y el Especialista Legal Dr. JUAN BERLY RUELAS CHAUCAYANQUI, Ives Andrés Na-varrete Castro Martillero Público Reg. 290.- (21-26-27-28 diciembre 03-04 enero) B/E 031.-

SEGUNDO REMATE

EN EL PROCESO SOBRE PAGO DE BENEFICIOS ECONOMI-COS, EXPEDIENTE Nº01749-2000-0-0401-JR-LA-01, SEGUI-DO POR JUAN LARICO QQUEA, EN CONTRA DE EDITORIAL COROFFSET S.A., EDITORIAL EL PUEBLO S.A., Y COMO TERCEROS: GIULIANA JUANA FLORES GUILLEN, MARIA ANA D’ORNELLAS REZOLA DE PARDO, JUANA LEGUIA GUTIERREZ DE PARDO, PERCY ROLANDO LINAREZ ALVA-REZ, JOSE PARDO ESCANDON, JAIME ENRIQUE PARDO ESCANDON, Y PASTOR ARCE ROMAN, COMO APODERA-

Page 2: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miercoles, 26 de diciembre del 2018

DO SERGIO FERNANDO TEJADA PEREZ; LA SEÑORA JUEZ DEL DECIMO JUZGADO DE TRABAJO DE AREQUIPA, DRA. MIRIAN CATHERINE VARGAS CHAVEZ, ESPECIALISTA LE-GAL SILVIA HUACARPUMA GONZALES, QUIEN NOMBRO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, QUIEN CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SE-ÑALADO LA DILIGENCIA DEL SEGUNDO REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 14 DE ENERO DEL 2019 A LAS 10:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA, EN LAS INSTALA-CIONES DEL CDM DE LOS JUZGADOS LABORALES DE LA CORTE SUPUERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, PLAZA ESPAÑA S/N, 2DO. PISO MODULO LABORAL. SOBRE EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE: INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE VILLALBA NRO.211, 215, 217, 223 SUB LOTE 1, DISTRITO AREQUIPA, PROVINCIA Y REGIÓN DE AREQUI-PA. AREA 690.84 M2, CUYAS MEDIDAS, COLINDANCIAS, LINDEROS Y DEMAS CARACTERISTICAS SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA N°11003128 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA SUNARP. TASACION TOTAL:S/1’908,445.50 SOLES; PRECIO BASE:S/1’081,452.45 SOLES, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION, EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE MAS ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR EN REMA-TE JUDICIAL. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO DE REMATE. AFECTACIONES: 1).- TRASLADO DE MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/100,00.00 SOLES A FAVOR DE GIULIANA JUA-NA FLORES GUILLEN ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0002 DE LA PARTIDA N°11003128, 2).- MEDIDA CAUTE-LAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/100,00.00 NUEVOS SOLES A FAVOR DE GIULIANA JUANA FLORES GUILLEN ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0003 DE LA PARTIDA N°11003128, 3).- VARIACION DE MEDIDA CAUTELAR DONDE SE REDUCE EL MONTO DE AFECTACIÒN CONTEIDA EN EL ASIENTO 3 DEL RUBRO D, HASTA POR LA SUMA DE S/60,000.00 SO-LES, POR DISPOSICION DE LA SALA ESPECIALIZADA EN LO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0004 DE LA PARTIDA N°11003128, 4).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/65,00.00 SOLES A FAVOR DE JUAN LARICO QQUEA ORDENADA POR EL JUEZ DEL 4TO. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0005 DE LA PARTIDA N°11003128, 5).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE US$60,000.00 DOLARES AMERICANOS A FA-VOR DE JUAN LARICO QQUEA ORDENADA POR EL JUEZ DEL 4TO. JUZGADO LABORAL, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0006 DE LA PARTIDA N°11003128, 6).- ME-DIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIP-CION HASTA POR LA SUMA DE S/55,00.00 SOLES A FAVOR DE PASTOR ARCE ROMAN ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO DE TRABAJO TRANSITORIO LIQUIDADOR, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0007 DE LA PAR-TIDA N°11003128, 7).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/100,00.00 SOLES, ORDENADA POR EL JUEZ DE TRABAJO LIQUIDADOR, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0008 DE LA PARTIDA N°11003128, 8).- RECTIFICACION DE OFI-CIO DONDE SE RECTIFICA EL ASIENTO D0008 Y SE SEÑA-LA QUE EL BENEFICIARIO ES A FAVOR DE JUAN LARICO QQUEA CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D0009 DE LA PARTIDA N°11003128, 9).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBAR-GO EN FORMA DE INSCRIPCION HASTA POR LA SUMA DE S/40,00.00 SOLES A FAVOR DE PERCY ROLANDO LINAREZ ALVAREZ ORDENADA POR EL JUEZ DEL 1ER. JUZGADO DE TRABAJO TRANSITORIO LIQUIDADOR, CONFORME LO SEÑALA EL ASIENTO D00010 DE LA PARTIDA N°11003128, SE DESCONOCENB OTRAS AFCETACIONES. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263, RPM: #959648263. AREQUIPA, 2018-12-19.- SILVIA HUACARPUMA GONZALES SECRETARIA JUDI-CIAL.- (26-27-28 diciembre) B/E 031-13426.

EDICTOS PENALES NOTIFICACION POR EDICTO

En el Exp. N° 00033-2018-25-0409-JR-PE, seguido en con-tra de ESTELA PALOMINO MOLINA en agravio de Eduardo Urquía Tuanama y otros, por el delito Homicidio Culposo. Se sigue en el JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATO-RIA DE ACARÍ, JUEZ MILLIAM JAVIER VERA BEDREGAL, se ha dispuesto notifi car por edicto a la sucesión legal de quienes en vida fueron Eduardo Urquía Tuanama, Luis Alberto Huaraca Núñez, Gilber Llantoy Ayala, Alberto Huamán Jiménez, Anthony Becker Lovón Mercado, Hus-sein Yelssen Flores Poico y Eduardo Laura Chiclla con el Acuerdo Provisional de Terminación Anticipada, con la Resolución Nro. 03 de fecha tres de diciembre del dos mil dieciocho que dispone señalar fecha de Audiencia de Ter-minación Anticipada para el DIEZ DE ENERO DEL DOS MIL

DIECINUEVE A LAS DIEZ HORAS a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acarí NOTIFÍQUESE a la sucesión legal de quienes en vida fueron Eduardo Urquía Tuanama, Luis Alberto Huara-ca Núñez, Gilber Llantoy Ayala, Alberto Huamán Jiménez, Anthony Becker Lovón Mercado, Hussein Yelssen Flores Palco y Eduardo Laura Chiclla, mediante edictos judiciales en el diario “La República”, para lo cual debe cursarse los Mamani; distrito de ACARI 03 DE DICIEMBRE DEL 2018.- (21-26-27 diciembre)

EDICTO JUDICIAL

JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE HUANCANÉ En el Expediente N° 83-2018, sobre Violencia Familiar, tramitado por ante El Juzgado Mixto de La Provincia de Huancané, que despacha la Magistrada Sandra Suni Huaracha, con intervención del secretario judicial Jhon Jefersson Ylaquita López, mediante resolución siete, de fecha cinco de di-ciembre de dos mil dieciocho, se ha dispuesto citar a Oscar Raúl Mamani Quispe, en presentación de la menor Daysi Anahi Mamani Mamani (presunta agraviada) y a Reme-dios Mamani Mamani (presunta agresora), a la audiencia de medidas de protección que se realizara el día diecisiete de enero de dos mil diecinueve a horas quince, en el salón de audiencias del Juzgado Mixto de Huancané. Huancané, 05 de diciembre del 2018.- (20-21-26 diciembre)

PROCESO N° 2170-2017 EDICTO El señor Magistrado Sus-tanciador de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Arequipa, OMAR DEL CARPIO MEDINA, en el proceso disciplinario N° 2170-2017-Q, ha dispuesto la notifi cación por edictos a don CARLOS BENITES MACHU-CA, a efecto de notifi carle LA RESOLUCIÓN N° 11-2018: de fecha 10 de diciembre del 2018, que tiene el siguiente tenor: Al Registro N° 3825-2018: Téngase presente la infor-mación dada por la Coordinadora de Servicios Judiciales. Agréguese a sus antecedentes los edictos judiciales. Al Registro N° 3910-2018: Téngase presente el informe pro-porcionado por el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Acari. DE OFICIO: Para mejor resolver: Cursar Ofi cio al se-ñor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Acari, a fi n que en el plazo de 3 días REMITA el reporte de seguimiento del SIJ del proceso N° 123-2017-0-0409-JP-FC-01; asimismo INFORME sobre: & Si se ha recompuesto el proceso N° 123-2017-0-0409-JP-FC-01 sobre Filiación seguido por Libia Iñigo Sánchez en contra de Dionicio Quispe Huall-pa; & El Estado actual del proceso, adjuntando copias de los actuados correspondientes; bajo apercibimiento de remitirse copias a la Jefatura en caso de incumplimiento. 3) Notifi quese al investigado por edictos por el plazo de 3 días hábiles, adicionalmente notifíquese la dirección proporcionada por la Ofi cina del área de personal y fi cha reniec,- (20-21-26 diciembre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CUS-CO � SEDE CHUMBIVILCAS EDICTO JUDICIAL JUZ. DE INVES. PREPARATORIA � Sede Chumbivilcas EXPEDIENTE: 00364-2017-0-1008-JR-PE-01 JUEZ: JOSE OBLEA MAMANI ESPECIALISTA: DIAZ ANTEZANA DEVORA SISARA Se pone en conocimiento de la señora SAUL VEGA GUE-RREROS, que la Fiscalía Provincial Penal De Chumbivilcas. ha requerido PROCESO INMEDIATO contra SAUL VEGA GUERREROS, por el delito contra la Familia en su modali-dad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de las menores de iniciales J.L.V.M. y L.L.V.M., representados por su progenitora ISABEL PRESENTACION MANCHEGO PA-LLO; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLU-CIÓN N° 01 de fecha once de septiembre del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el PROCESO INMEDIATO requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Chumbivilcas contra el imputado SAUL VEGA GUERRE-ROS. 2. CITAR a Audiencia Única de INCOACION DE PRO-CESO INMEDIATO (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de ofi cio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratifi car al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incum-plimiento y llevarse acabo la audiencia con asistencia del Defensor Público: por ser una audiencia inaplazable a quien deberá nortifi carse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que se ha repro-gramado la audiencia de control de requerimiento de acusación directa mediante resolución N° 05 de fecha 05 de diciembre del 2018, para el ONCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TAR-DE (15:30pm). el mismo que se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Chumbivilcas - Santo Tomas.- Chumbivilcas, 06 de diciem-bre del 2018. (20-21-26 diciembre)

Causa N° 2016-114-08-040801-JR-PE-01 EDICTO JUDICIAL

Expediente: 2016-000114-08-040801-JR-PE-01. ElJuzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de La Unión- Cotahuasi, Jueza Dra. Karina Cjuno Mendoza, por interme-dio del presente se notifi ca al inculpado AGAPITO JACINTO HEREDIA HUAMANI con el Auto de Enjuiciamiento- Reso-lución número 005-2018 de fecha 18 de octubre del 2018, que tiene el siguiente extracto: “SE RESUELVE: DECLARAR SANEADA la acusación fi scal y la existencia de una relación jurídica procesal válida. DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIEN-TO en contra de AGAPITO JACINTO HEREDIA HUAMANI, identifi cado con DNI 10332324, nacido el 18 de Agosto de 1966, hijo de Serafín y Concepción, natural de Charcana- La Unión - Arequipa; en calidad de AUTOR, de la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR previsto en el artículo 173°, primer párrafo, inciso I del Có-digo Penal, y por el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 2 del Código Penal,ambos en agravio de la menor de iniciales Y.R.R.CH. representada por su madre Rosalía Cha-vez Gaspar, EN CONCURSO REAL con el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 2 del Código Penal, ambos en agravio de la menor de iniciales L.Y.G.G. representada por su madre Dilma Gaspar Huamani; ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 2 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales E.D.G.G. representada por su madre Dilma Gas-par Huamani, ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 1 del Có-digo Penal, en agravio de la menor de iniciales L.M.G.G. re-presentada por su madre Dilma Gaspar Huamani; ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 3 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales A.F.C.C. representada por su madre Agustina Feliciana Cahuana Acapana, y ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES, previsto en el artículo 176-A primer párrafo inciso 2 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales C.B.C.C. representada por su madre Agustina Feliciana Cahuana Acapana; para lo cual el Ministerio Pú-blico solicita se imponga al acusado la PENA DE CADENA PERPETUA, y para las agraviadas no constituidas en actor civil de iniciales L.Y.G.G., E.D.G.G. Y L.M.G.G. la suma de TRES MIL SOLES para cada una, haciendo un total de nueve mil soles como monto de reparación civil. (...)”. Sec. Jud. Abog. Oscar Alberto Salas Gallegos. Cotahuasi, 05 de noviembre del 2018.- (20-21-26 diciembre)

Causa N° 2015-00128-01-040801-JR-PE-01 EDICTO JUDI-CIAL Expediente: 2015-000128-0-04080 l-JR-PE-01-PE-01 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de La Unión- Cotahuasi, Jueza Dra. Karina Cjuno Mendoza, por intermedio del presente se notifi ca a los inculpados WELLIAN CONDORI SAVINA, SEGUNDINO MENDOZA SA-BINA y ROLANDO MOTTE QUISPE por el delito ABIGEATO AGRAVADO, previsto en el artículo 186- C primer y segun-do párrafo del Código Penal, y a los agraviados: Salvador Girón Asto, Elias Asto Machaca, Leandro Asto Oscata, y Mercedes Machaca Canri de Asto con el extracto del con-tenido de la Resolución N° 01: “Poner en conocimiento la acusación fi scal a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efecto de que puedan presentar por escrito los medios de defensa que conside-ren pertinentes para su debate en la audienciapreliminar de control de acusación”. NOTIFÍQUESE”. Secre-tario Judicial: Oscar Alberto Salas Gallegos. Cotahuasi, 11 de diciembre del 2018-.- (20-21-26 diciembre)

EXPEDIENTE: N° 6340-2018 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO IUZCADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA- COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUE-VA RIVEROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte agraviada BELSY ROSALINA ALANIA ARRIETA y a la parte imputada ERIBERTO MILTON OBISPO AREZANO con la RESOLUCIÓN NUMERO cuatro de fecha veintiocho de noviembre del dos mil dieciocho: QUE RESUELVE: DE OFICIO: Estando a la constancia del secretario cursor que antecede y los actuados del presente proceso se DISPONE REPROGRAMAR la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 05 DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE A LAS 08:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Pa-lacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - interior de la Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: ERIBERTO MILTON OBISPO AREZANO con su respectivo abogado, bajo apercibimien-to de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia. Y la parte agraviada BELSY ROSALINA ALANIA ARRIETA en calidad de quere-llante particular deberá concurrir con su respectivo abo-gado, en este proceso por faltas, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el Archivo Provisional del proceso. Haciendo presente que los apercibimientos están dirigidos a las partes procesales más no así a los abogados. Asimismo las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir

preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPON-GO: Que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace sa-ber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próxi-mos. Debiendo notifi carse mediante edictos a ambas par-tes procesales, ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, (20-21-26 diciembre)

Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Cerro Colo-rado. Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Cerro Colorado, notifi ca a AMELIA CCOLQUE TTITO, como parte del presente proce-so, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N° 04, por la que SE RESUELVE: Declarar el DESISTIMIENTO TÁCITO de la parte agraviada AMELIA CCOLQUE TTITO, en el presente proceso por Faltas Contra la Persona en la mo-dalidad de Lesiones Dolosas seguido en contra de RENZO MIGUEL RODRIGUEZ CASTRO Y RAQUEL ACO VILCA; en consecuencia, por concluido el presente proceso. DISPON-GO: el archivo defi nitivo del presente expediente. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Arequipa, 06 de diciembre de 2018.- (20-21-26 diciembre)

EXPEDIENTE : 05118-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Richard Hugo Camargo Nuñez, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 05 DE MARZO DE 2019 A LAS 12:00 HORAS; en el lo-cal del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: RICHARD HUGO CAMARGO NUÑEZ, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparescencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; Y la parte agraviada: FRIDA NUR-MI CASTRO DE VILCA, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia; en este proceso por faltas. Haciendo presente que los apercibimientos señalados son única-mente aplicables a las partes procesales. Además las par-tes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para lapostulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPON-GO: Que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace sa-ber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próxi-mos. Regístrese y comuniqúese.- (20-21-26 diciembre)

Expediente: 2836-2018 Secretaria: ELIANA GUTIERREZ CHACON. Segundo Juzgado de Paz Letrado - Cerro Colo-rado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Se-gundo Juzgado de Paz Letrado - Cerro Colorado-ubicado en Calle Túpac Amaru 464 La Libertad Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifi que a la agra-viada DELIA VICTORIA CCONISLLA MATAQQUE con la re-solución No. 04. Parte resolutiva: RESUELVE: 1.- ARCHIVAR PROVISIONALMENTE las actuaciones en torno al proceso seguido, en contra de JUAN NEPTALI FLORES FLORES y en agravio de DELIA VICTORIA CCONISLLA MATAQQUE; por faltas contra la persona en la modalidad de maltrato por violencia familiar; dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de revivir el proceso en caso la parte agraviada lo considere pertinente y necesario (conforme lo señalado al segundo considerando). 2.- DEJAR VIGENTES LAS MEDI-DAS DE PROTECCION emitidas por el Segundo Juzgado de Familia de Cerro Colorado (conforme lo señalado al tercer considerando). TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Arequi-pa 26 de noviembre de 2018. (20-21-26 diciembre)

Expediente: 1700-2018 Secretaria: ELIANA GUTIERREZ CHACON. Segundo Juzgado de Paz Letrado - Cerro Colora-do de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Segun-do Juzgado de Paz Letrado - Cerro Colorado-ubicado en Calle Túpac Amaru 464 La Libertad Distrito de Cerro Colo-

rado de Arequipa ha dispuesto se notifi que a la agraviada LIZ ANGELA ORURO ANCCOTA con la resolución No. 07. Parte resolutiva: RESUELVE: 1.- ARCHIVAR PROVISIONAL-MENTE las actuaciones en torno al proceso seguido, en contra de ALBERTO MEDINA PAMPA y en agravio de LIZ ANGELA ORURO ANCCOTA; por faltas contra la persona en la modalidad de maltrato por violencia familiar; dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de revivir el proceso en caso la parte agraviada lo considere pertinente y nece-sario (conforme lo señalado al segundo considerando). 2.- DEJAR VIGENTES LAS MEDIDAS DE PROTECCION emi-tidas por el Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado (conforme lo señalado al tercer considerando). TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Arequipa 26 de noviembre de 2018. (20-21-26 diciembre)

En el expediente número 14550-2018-0-0401-JR-FT-13, so-bre proceso de violencia familiar e integrantes del grupo familiar, se ha dispuesto mediante resolución número tres de fecha seis de diciembre del año en curso, que se noti-fi que mediante edicto la resolución número dos a CLE-MENTE CALLATA MAMANI, por los días 26, 27 y 28, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: “SE RESUELVE:» DICTAR como medidas de protección a favor de la parte agraviada, las siguientes: 1.- La prohibición para don CLEMENTE CALLATA MAMANI de ejercer actos de agre-sión física y/o psicológica (insultos, agravios, vejámenes, humillaciones, amenazarla de muerte y demás actos de similar naturaleza) en contra de la agraviada doña SADITH CCASA AROSQUIPA; 2.- Prohibir al denunciado CLEMENTE CALLATA MAMANI el comunicarse con ¡a agraviada vía oral, epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía chai, redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de comunicación: 3.- Tratamiento psicológico al que deberá someterse el denunciado don CLEMENTE CA-LLATA MAMANI y doña SADITH CCASA AROSQUIPA, por ante el Centro de Salud más cercano a su domicilio, previa programación, dejando constancia que de acuerdo con la Ley 30364 dicha terapia es gratuita, la cual se coordinará con el citado centro de salud con la sola presentación de la presente acta en atención a los principios de celeridad, informalidad y economía procesal, bajo responsabilidad del citado centro de salud en caso de denegarse. Debien-do el denunciado acreditara este Juzgado en el plazo de quince días, con haber iniciado el tratamiento psicológico ordenado. 4.- Se Requiere a SADITH CCASA AROSQUIPA para que ponga en conocimiento de éste Despacho en el término de TRES DIAS, la dirección del denunciado; sin perjuicio de notifi carlo con la presente en el domicilio que obra en su fi cha Reniec. II) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones, al no existir certe-za sobre la comisión de un ilícito penal o Faltas Contra la Persona; III) DISPONGO: Que se REMITA ofi cio a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23-A de la Ley número 30364, modifi cada por el Decreto Legislativo 1386 y la ley 30862, debiendo elaborar un mapa gráfi co y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se fes pongan en conocimiento y asimismo habilitar un canal de comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo: IV) Se requiere a la parte denunciada para que cumpla con las medidas de protección dictadas en esta audiencia, bajo apercibimiento ser denunciadas por el delito de desobediencia a la autoridad. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER”- Arequipa, 06 de diciembre del 2018.- (18-19-20 diciembre)

Especialista Legal del Modulo Judicial Integrado de Violen-cia Contra las Mujeres e Integrantes de Grupo Familiar En el expediente número 13039-2018-0-0401-JR-FT-11, sobre proceso de violencia familiar e integrantes del grupo fami-liar, se ha dispuesto mediante resolución númerodos de fecha tres de diciembre del dos mil dieciocho, que se notifi que mediante edicto la resolución número uno a JULIO FLORES ARONE, por los días 18 a 21 de diciembre, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: “SE RE-SUELVE: I) DICTAR como medidas de protección a favor de la parte agraviada, las siguientes: 1.- LA PROHIBICIÓN a JULIO FLORES ARONE, de agredir físicamente ¡patadas, puñetes, empujones, golpes en cualquier parte del cuerpo entre otros), asi como psicológicamente (insultos, impro-perios, palabras soces) en contra de la denunciante doña YANET CHAHUA MORTIJO, tanto en su domicilio, vía pú-blica o centro de trabajo, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento y en fl agrancia de ser detenido por laPolicía Nacional del Perú en donde se encuentra la agra-viada, hasta por veinticuatro horas. 2.- PROHIBO el acer-camiento a JULIO FLORES ARONE a menos de doscientos metros de la denunciante, asi como la prohibición de co-municación con ella, vía telefónica, chai, Facebook u otro medio electrónico de comunicación, siendo que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad! Salvo citación judicial ].3.-ORDENO : Que el denunciado JULIO FLORES ARONE cumpla con someterse a un terapia psicológico obligatorio en el centro de salud mas cercano a su domicilio, concediéndole el plazo de diez

Page 3: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 26 de diciembre del 2018

días para acreditar el inicio de dicha terapia, ¡a misma que se llevará a cabo con la sola presentación de esta acta ante la entidad de salud correspondiente. DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones, al no existir certeza sobre la comisión de un ilícito penal o Faltas Contra la Persona: III) DISPONGO: Que se REMITA ofi cio a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23-B de la Ley Número 30364 modifi cada por el Decreto Legislativo 1386, debiendo elaborar un mapa gráfi co y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en conocimiento y asimismo habilitar un canal de comu-nicación para atender efectivamente sus pedidos de res-guardo; DEBIENDO además la Policía Nacional del Perú cumplir con informar a este Juzgado el cumplimiento de las medidas de protección, en los plazos que dispone el artículo 23-C de la Ley 30364, bajo responsabilidad. IV) Se requiere a las partes para que cumplan con las medidas de protección dictadas en esta audiencia bajo apercibimiento ser denunciadas por el delito de desobediencia a la auto-ridad. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER” Arequipa, 03 de diciembre del 2018.- (18-19-20 diciembre)

El señor magistrado sustanciador de la ODECMA de Are-quipa, Oscar Calle Vera, en el Proceso Disciplinario Nro. 2017-2802, ha dispuesto la notifi cación por edictos de don Pedro Eduardo Canales Gallardo, a efecto de notifi carle la Resolución 09 del diez de diciembre del dos mil diecio-cho, por la que: SE RESUELVE: SE RESUELVE: No habiendo mérito sufi ciente para abrir proceso Administrativo disci-plinario se DISPONE: 1) Declarar IMPROCEDENTE la queja interpuesta por don Pedro Eduardo Canales Gallardo. 2) EL ARCHIVODEFINITIVO de la presente investigación prelimi-nar, debiendo remitirse al Archivo Central de la Corte Su-perior de Justicia de Arequipa, una vez quede consentida o ejecutoriada la presente Resolución. 3) REMITIR copias de los actuados pertinentes al Ministerio Público a fi n de que actué conforme a sus atribuciones. 4) SE DISPONE: Notifi car al quejoso Pedro Eduardo Canales Gallardo con la presente resolución en el diario La República, por tres días hábiles. Regístrese y Comuniqúese.- (18-19-20 DICIEMBRE)INVESTIGACIÓN N°: 2017-207.- INVESTIGADO: CARLOS BENITES MACHUCA En la Investigación N° 2017-207 seguida en contra de Carlos Benites Machuca, la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas, a dis-puesto se notifi que al mismo, lo siguiente:.-.- RESOLUCIÓN N° 12-2017 del 12 de diciembre del 2018:-.-.E1 magistrado Cario Magno Cornejo Palomino, Jefe de la Unidad de In-vestigaciones y Visitas, resuelve: AVOCAR al conocimiento delpresente proceso disciplinario, debiendo atender el inves-tigado que puede solicitar informar oralmente dentro del plazo del tercer día de notifi cado, debiendo además tomar en consideración que se le notifi cará por correo electróni-co en mérito a lo dispuesto en la Res. N° 011-2017-OCMA-PJ. H.S.

EDICTO

Expediente 479-2017-0-2801-JP-FC-02, en el Segundo Juz-gado de Paz Letrado de la Provincial de Mariscal Nieto-Mo-quegua, que sigue HORENCIA MERCEDES CHAMBI ARANA a CLAUDIO JESUS MANUEL MESTAS, sobre ALIMENTOS, que despacha el Doctor Percy Flores Ramos, Especialista Legal: Cesar David Huanca Maquera, ha expedido la Re-solución 01, Moquegua, primero de setiembre del año dos mil diecisiete.- SE RESUELVE 1. ADMITIR, vía proceso UNICO, la demanda sobre ALIMENTOS, interpuesta por HORENCIA MERCEDES CHAMBI ARANA, quien actúa en representación de su menor hija Yoselin Medaly Manuel Chambi, seguido en contra de CLAUDIO JESUS MANUEL MESTAS. 2. TRASLADO la demanda al demandado por el término de CINCO días a fi n de que absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de DECLARARSE SU REBELDIA. 3. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordena agregar a los autos los anexos que se acompañan. RESOLUCION 5, Moquegua, cuatro de abril del dos mil dieciocho- SE RESUELVE: La notifi cación edictal con extracto de la demanda y admisorio, en el dia-rio LA REPUBLICA y en la tablita del juzgado, por el plazo de ley bajo apercibimiento de nombrársele un curador procesal en caso de no contestar la demanda. REGISTRECE Y HAGASE SABER. Moquegua, 12 de diciembre del 2018. Abog. Karina Eleana Carbajal Aparicio REG, CAM N°004 – Defensor Público – Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Diciembre)

EDICTO

El señor Magistrado Sustanciador de la Ofi cina Descon-centrada de Control de la Magistratura de Arequipa, OMAR DEL CARPIO MEDINA, en el proceso disciplinario N° 401-2018-Q, ha dispuesto la notifi cación por edictos a don CARLOS BENITES MACHUCA, a efecto de notifi carle LA

RESOLUCIÓN N° 14 de fecha seis de diciembre del 2018: que tiene el siguiente tenor: Al Registro N° 3826-2018: Agréguese a sus antecedentes los edictos adjuntos. DE OFICIO: 1) Conforme se advierte del suplemento Judicial de la República, la notifi cación por edictos ha sidoefectuada los días 13, 14 y 15 de noviembre del presente año, y la cédulas dirigida al domicilio real ha sido efectuada el 21 de noviembre del 2018; considerando el plazo otor-gado (5 días) al investigado Carlos Benites Machuca, éste no ha presentado informe de descargo pese al tiempo transcurrido; Por lo que debe tenerse presente. debiendo continuarse con el trámite del proceso. 2) Conforme el estado del proceso, ingresen los autos a despacho para emitir el informe y/o resolución correspondiente 3) No-tifi quese al investigado por edictos y en la dirección pro-porcionada por el área de personal.- (13-14-17 diciembre)

EPX. N° 00073-2016-3-1010-JR-PE-01. JUZGADO DE IN-VESTIGACION PREPARATOTIA - Sede de Echarati ESPECIA-LISTA JUDICIAL: LUIS CARLOS CARRANZA CARDENAS. Se emplaza al señor FRANCISCO DE LA CRUZ AYALA, con un extracto de la Resolución N° 01 más la Resolución N° 04. Resolución Nro. 01 Echarati, cinco de octubre Del dos mil dieciocho.- DADO CUENTA.- Con el requerimiento Fiscal de Fiscalía Mixta de Echarati, de conformidad a lo previsto y establecido en el numeral dos literal a) del artículo 344° del Código Procesal Penal vigente y en aplicación de lo previs-to en el numeral 1o del artículo 345° del Código Procesal Penal, este Órgano Jurisdiccional SE DISPONE 1. CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que dentro del mismo puedan por escrito: formular oposición a la solici-tud de archivo: de conformidad al numeral 2 del artículo 345° del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar para debatir los funda-mentos del requerimiento de sobreseimiento a señalarse en su oportunidad PRECÍSESE que la carpeta fi scal con todos los elementos de convicción se encuentran en este Despacho Judicial, para los fi nes que correspondan. 2.PRE-CÍSESE que la resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notifi cada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16o, incisos 10 y 2o del Reglamento de Notifi caciones, Citaciones y Comunica-ciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, apro-bado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 3. REQUIÉRASE AL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO. A LOS ABOGADOS SE LAS PARTES PROCESALES. SEÑALAR DOMICILIO PROCESAL DENTRO DEL RADIO URBANO’.4. OFICIESE a la Coordinación de la Defensa Pública del MINJUS Quillabamba, a fi n de que designen un abogado defensor a efectos de asumir el derecho de defensa de los acusados AVELINO PAUCAR PACHECO, PEDRO NORGAN DURAND ZAMALLOA, ANGEL MOISES HUAYLLANI TINOCO y WILFREDO BENITO SALA-ZAR LOVATON. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señala-dos en autos, incluida a la parte agraviada, encarguese del trámite a la especialista Judicial por Disposición Superior. H.S. RESOLUCION N° 04 Echarate, catorce de noviembre Del año dos mil dieciocho. VISTOS Y OIDOS: Respecto de la constancia dejada por este despacho Judicial. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESO-LUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO - DISPON-GO DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por defectos de la notifi cación dirigida al im-putado Abelino Pauccar Pacheco. SEGUNDO - DISPONGO REPROGRAMAR la presente diligencia para ser tramitada el DÍA LUNES DIECISIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias, con la presencia del señor fi scal y siendo facultativa la concurrencia de los demás sujetos procesales. TERCERO.- DISPONGO exhortar al abo-gado Edwin Lechuga Mora, a efectos de que cumpla con los mandatos judiciales emitidos por este despacho, y en caso de no poder asistir a las audiencias programadas por este despacho deberá llevara adelante las coordinaciones para las medidas necesarias a fi n de garantizar el derecho de defensa de su patrocinado. CUARTO - DISPONGO se libre exhorto al Juez de Paz Letrado de Chiguata - Arequi-pa, a fi n de garantizar la notifi cación al imputado Avelino Paucar Pacheco, adicionalmente a efectos de garantizar el conocimiento de. Djcha persona respecto del requeri-miento formulado en su contra per el Ministerio Publico, DISPONGO se notifi quen través de edictos judiciales en el diario judicial de la Corte superior de Justicia de Arequipa. H.S. (13-14-17 diciembre)

El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Puno, a car-go de la señora Jueza Jackeline Reyna Luza Cáceres, con la intervención de la Especialista de Causas Juris-diccionales Rosario Carlos Villán, en el expediente N° 03025-2018-0-2101-JR-PE-01, ha dispuesto la Notifi cación mediante Edicto al acusado VICTOR HUGO MUCHICA MA-MANI, en la presente causa, que se le sigue como AUTOR de la comisión del delito Contra la Familia, en la modali-dad de Omisión a la Asistencia Familiar y en su forma de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA,

en agravio de ROYER DENILSON MUCHICA PILCO repre-sentado por su madre NELY DORIS PILCO PERCA, siendo el extracto de la parte pertinente a notifi car, el siguiente: “RESOLUCION N° 08-2018.- Puno, veintinueve de noviem-bre del año dos mil dieciocho.- Estando a que se advierte que el acusado tiene consignados dos domicilios reales en el requerimiento acusatorio realizado por la fi scal, uno en el Jr. Ausangate N° 427 de Juliaca y otro en el Módulo C, Sector 2, Majes Mz.D-12, Lote 05, distrito de Majes pro-vincia de Caylloma y departamento de Arequipa, ninguna de las dos notifi caciones ha regresado, sin embargo se ha verifi cado una notifi cación vía edictal en el diario de ma-yor circulación de la región; sin embargo en el Diario de mayor circulación de Arequipa no se ha efectuado, razón por la cual este juzgado a efecto de evitar causar indefen-sión al acusado, es que considera prudente reprograma la presente audiencia para una fecha conforme a la agenda del juzgado, la misma que se verifi cará el día DIECIOCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, quedando notifi cadas las partes para su concurrencia a dicho acto; SE DISPONE se GENERE las cédulas respectivas y se realice la notifi cación al acu-sado VICTOR HUGO MUCHICA MAMANI en su domicilio real esto es en Juliaca Jr. Ausangate N° 427 así como en el Módulo C, Sector 2, Majes Mz.D-12, Lote 05, distrito de Majes provincia de Caylloma y departamento de Arequipa; sin perjuicio de que realicen las publicaciones VÍA EDICTOS en el Diario de mayor circulación de la región de Puno, así mismo SE DISPONE SE CURSE el OFICIO correspondiente a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a efecto de que mediante su área de Imagen Institucional pueda realizar la publicación edictal en la página web de dicha Corte Superior de Justicia, para efectos de que se tenga por notifi cado al acusado, losapremios subsisten”. (13-14-17 diciembre)

EXPEDIENTE : 03641 -2017-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que al imputado Milagros Esperanza Romero Salas, con la siguiente resolución N° 04. Parte re-solutiva. RESUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número tres y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: 1) Milagros Esperanza Romero Salas con DNI 48939917 con domicilio en Zona A, Atalaya, Manzana LL, Lote 18 distrito de Mariano Melgar de la provincia de Are-quipa, a fi n de que sea puesto a disposición de este Juzga-do el DIA 20 DE DICIEMBRE DE 2018, A LAS 14:30 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose ofi ciar al Ministerio de Justicia para que designe un aboga-do defensor de ofi cio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Eliana del Carmen Duran Salas, en su calidad de querellante particular deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de declarar su desistimiento tácito, conforme autoriza el Ar-tículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los ofi cios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos y mediante edictos conforme aparece de los antece-dentes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que sopor-ta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asu-mido este despacho conocimiento respecto de los proce-sos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (13-14-17 diciembre)

EXPEDIENTE: N° 5246-2018 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA- COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVE-ROS dispone que se notifi que mediante edictos a La parte agraviada LUIS YARINGAÑO REBAZA con la RESOLUCIÓN NUMERO uno de fecha dos de Julio del dos mil dieciocho: QUE RESUELVE: SE RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños en agravio de LUIS FERNANDO YA-RINGAÑO REBAZA y PIERINA CAVERO MUÑOZ, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener los propietarios de los vehículos dañados o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia SE DISPO-NE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa. Tómese Razón y hágase Saber.- ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, (13-14-17 diciembre)

EXPEDIENTE: N° 6101-2018 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE

PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA- COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVE-ROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte agraviada NILTON DAVID TICONA PARISACA con la RESO-LUCION NUMERO uno de fecha dos de agosto del dos mil dieciocho: QUE RESUELVE: 1) Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la mo-dalidad de daños en agravio de EDWARD ALEXIS LAURA UNTAMA y NILTON DAVID TICONA PARISACA, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener los propietarios de los vehículos dañados o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente, disponiendo su ARCHIVO en dicho extremo. 2) Tener por DESISTIDA a la parte agraviada Darcy Nereyda Cáceres Chura representada legalmente por NILTON DAVID TICONA PARISACA, en cuanto a las le-siones culposas sufridas, disponiendo su archivo defi nitivo también en dicho extremo. Tómese Razón y hágase Saber, ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, (13-14-17 di-ciembre)

EXPEDIENTE: N° 2143-2017 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA- COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVE-ROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte imputada EDW1N LEONEL JARA MIRANDA y la parte agra-viada EDWIN LEONEL JARA con la RESOLUCIÓN NUMERO cinco de fecha diez de octubre del dos mil dieciocho: QUE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS a las persona de EDWIN LEONEL JARA MIRANDA por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODA-LIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de WILSON CHOQUE CHO-QUE . 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada: EDWIN LEONEL JARA MIRANDA. 3) FIJAR fecha teniendo en cuen-ta la excesiva carga procesal que soporta el Juzgado por los hechos derivados de violencia familiar, para la realiza-ción de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA ONCE DE ENERO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada EDWIN LEONEL JARA MIRANDA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: asimismo en su condición de agravia-da WILSON CHOQUE CHOQUE, deberá concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de dictarse su desistimiento tácito en su calidad de querellante particu-lar conforme a lo dispuesto en el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. Además, las partes procesales, de-ben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible, por lo que los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones en agravio de EDWIN LEONEL JARA MIRANDA Y OLGA LIVIA CUCHO CAHUANA, conforme a los fundamentos expuestos en el noveno considerando. 5) DISPONGO: que por Secre-taría de Juzgado se notifi que debidamente con la presen-te a las partes. Se hace saber a las partes, que el señala-miento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita se-ñalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese, ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ. (13-14-17 diciembre)

Secretario Judicial del Décimo Tercer Juzgado de Familia Permanente Sub Especialidad en Violencia Familiar Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. Por medio de la presente, el señor Juez del Décimo Tercer Juzgado de Familia Permanente Sub Especialidad en Violencia Fa-miliar Contra las Mujeres e integrantes del Grupo Familiar, notifi ca a EDGAR MIGUEL MACEDO MACEDO, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°01, por laque SE RESUELVE: I) DICTAR medidas de protección a favor de la parte agraviada: 1.- La prohibición para el denunciado EDGAR MIGUEL MACEDO MACEDO, de ejercer cualquier tipo de violencia económi-ca o patrimonial (sustracción de bienes de propiedad de la agraviada), en contra de SARA DIOCELINA EDEN DE MACE-DO, dejando a salvo el derecho de la parte denunciante de recurrir a la vía legal que corresponde: 2.- La prohibición para el denunciado EDGAR MIGUEL MACEDO MACEDO, de acercarse al domicilio de la agraviada SARA DIOCELI-NA EDEN DE MACEDO, cuando esta no se encuentre en el mismo: 3.- Se recomienda a la agraviada haga cambiar

la chapa de ingreso a su domicilio para evitar los riesgos denunciados: II) DISPONGO: Que se REMITAN los actua-dos a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones, al no existir certeza sobre la comisión de un ilícito penal o Faltas Contra la Persona; III) DISPONGO: Que se REMITA ofi cio a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23- B de la Ley Número 30364 modifi cada por el Decreto Legislativo 1386, debiendo elaborar un mapa gráfi co y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en cono-cimiento y asimismo habilitar un canal de comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo; DE-BIENDO además la Policía Nacional del Perú cumplir con informar a este Juzgado el cumplimiento de las medidas de protección, en los plazos que dispone el artículo 23-C de la Ley 30364, bajo responsabilidad. IV) Se requiere a las partes para que cumplan con las medidas de protección dictadas en esta resolución, bajo apercibimiento ser de-nunciadas por el delito de desobediencia a la autoridad. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- (13-14-17 diciembre)

7o JUZGADO DE FAMILIA SUB ESPEC VIOL CONTRA MU-JER E INTGR GF EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALIS-TA: 13214-2018-0-040 l-JR-FT-07 :VIOLENCIA FAMILIAR : FIGUEROA TEJADA LIZ EVERLYN : CHOQUE AGUILAR LIZBETH FIORELLA TERCERO : COMISARIA PNP INDEPEN-DENCIA , DEMANDADO: HILACAMA QUISPE, GENARO AGRAVIADO : CHAHUAYO ÑAHUI, REYNER JESUS CH-AHUAYO ÑAHUI, YDOY Notifi cación por Edicto - Dra. LIZ EVERLYN FIGUEROA TEJADA Jueza del Sétimo Juzgado del Módulo Básico de Justicia de Violencia Familiar Por medio de la presente, el señor Juez del Sétimo Juzgado de Familia, Subespecialidad de violencia familiar, notifi ca a GENARO HILACAMA QUISPE, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESO-LUCIÓN N°01, por la que SE RESUELVE: I) DICTAR como medidas de protección a favor de la parte agraviada, las siguientes: 1.- La prohibición para el denunciado GENARO HILACAMA QUISPE de ejercer actos de violencia física (gol-pes, patadas, jalóneos y demás actos de similar naturaleza) en contra de YDOR CHAHUAYO ÑAHUI y REYNER JESUS CHAHUAYO ÑAHUI. II) DISPONGO: Que se REMITAN los ac-tuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proce-da conforme a sus atribuciones, al no existir certeza sobre la comisión de un ilícito penal o Faltas Contra la Persona; III) DISPONGO: Que se REMITA ofi cio a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23-B de la Ley Número 30364 modifi cada por el Decreto Legislativo 1386, debiendo elaborar un mapa gráfi co y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en cono-cimiento y asimismo habilitar un canal de comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo; DE-BIENDO además la Policía Nacional del Perú cumplir con informar a este Juzgado el cumplimiento de las medidas de protección, en los plazos que dispone el artículo 23-C de la Ley 30364, bajo responsabilidad. IV) Se requiere a las partes para que cumplan con las medidas de protección dictadas en esta audiencia bajo apercibimiento ser de-nunciadas por el delito de desobediencia a la autoridad. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.- Ello en el proceso N° 013214-2018-0-0401-JR-FT-07, por violencia familiar. Are-quipa, 2018, noviembre 29.- (13-14-17 diciembre)

EDICTO - SUCESION INTESTADA

Expediente:00242-2018-0-0401-JP-CI-02.- Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. En el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, ubicado en la CALLE TUPAC AMARU NRO. 464 DEL DISTRI-TO DE CERRO COLORADO. Ha dispuesto se efectúen las publicaciones de ley sobre Sucesión Intestada de quien en vida fue GUMERCINDA CALAPEÑA BEJARANO, fallecida en el distrito de Cerro Colorado - Arequipa con fecha 03 de Diciembre de 2017, proceso iniciado por sus presuntos herederos que serían Luisa Irene Valencia Calapeña, Carlos Enrique Valencia Calapeña, Eva Evangelina Valencia Cala-peña, Adrián Víctor Valencia Calapeña, Leandro Octavio Valencia Calapeña, GumercindaEufemia Valencia Calapeña, Ricardo Zeballos Valencia y Emigdio Carlos ZeballosVásquez. (13-14-17 diciembre)

Por ante el Señor Juez del Segundo Juzgado de Familia del Módulo de Justicia de Paucarpata, Dr. Javier Edmun-do Calderón Beltran, con la intervención de la Especialista Legal Liliana Zarely Tito Mollepaza, se tramita el expedien-te 8860- 2018-0-0412-JR-FT-02, sobre Violencia Familiar, seguido por el Centro de Emergencia Mujer en contra del menor de iniciales A.A.A. representado por su progenitor Gilberto Aldude Ticona, donde se ha dispuesto notifi car por edictos, con la Resolución N°: 02, de fecha nueve de agosto del año dos mil dieciocho, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medida de protección las siguientes: a) La prohibi-ción de todo maltrato Psicológico y Sexual o hechos que constituyan violencia familiar de parte del denunciado

Page 4: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miercoles, 26 de diciembre del 2018

menor de iniciales A.A.A., hacia la menor de iniciales L.Z.A., tanto en su hogar, centro de trabajo, vía pública o cual-quier lugar donde se encuentre; ello bajo apercibimiento de ser denunciado por la infracción del delito a la desobe-diencia a la autoridad, b) El impedimento de todo tipo de acoso por parte del denunciado A.A.A. hacia la niña de iniciales L.Z.A.; asimismo la parte denunciada se encuentra impedido de acercarse a la menor de iniciales L.Z.A., o a su domicilio, a una distancia no menor de 200 metros; salvo para alguna diligencia judicial o acudir a la citación dealguna autoridad competente e impedido de comuni-carse con la parte agraviada ya sea por vía telefónica, celular, chat, redes sociales u otros análogos, ello bajo apercibimiento de ser denunciado por infracción al delito de desobediencia a la autoridad.— c) Se dispone que am-bas partes, realices una terapia de orientación psicológica por ante la Psicóloga adscrita a este Módulo de Justicia, debiendo las partes presentar copia de la presente reso-lución para su atención, d) Se dispone que la Asistenta Social adscrita a este Módulo de Justicia realice de mane-ra inmediata una visita social en el domicilio de la parte agraviada, para lo cual deberá notifi cársele con copia de la presente acta, debiendo informar a la brevedad posible, e) Se dispone remitir copia de todo lo actuado a la UNIDAD DE PROTECCIÓN ESPECIAL a fi n de que actúe conforme a sus atribuciones, f) Se dispone remitir copia de todo lo actuado a la Fiscalía Civil y Familia del Módulo básico de Paucarpata. 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda confor-me a sus atribuciones de conformidad con lo establecido por el artículo 48 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364. 3) DISPONGO: Que se REMITAN copias certifi cadas de la presente resolución a la Policía Nacional del Perú, siendo los responsables de eje-cutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley N° 30364, debiendo elaborar un mapa gráfi co y georreferencial de registro de las víctimas con medidas de protección que se les pongan en conocimiento y asimismo habilitar un canal de comunicación para atender efectivamente sus pedidos de resguardo; debiendo actuar además conforme a lo establecido por el artículo 47 del D.S. N° 009-2016-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364; asimismo SE DISPONE que la Policía Nacional del Perú haga rondas permanentes, y que un efectivo policial, por lo menos una vez al mes acuda al domicilio de la denunciante y verifi que que no se hayan producido nuevos hechos de violencia, en tanto se encuentren vigentes las medidas de protec-ción dictadas, debiendo informar lo conveniente a la Fisca-lía Penal de Paucarpata correspondiente. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. (13-14-17 diciembre)

NOTIFICACION POR EDICTO

En el expediente N° 00086-2018-17-0406-JR-PE-01, segui-do en el Juzgado Unipersonal de Condesuyos, que despa-cha el José Eduardo Rodríguez Lujan, Especialista Legal Oliver Concha Castro, en los seguidos contra RICARDO CARDENAS CJUNO, por la presunta comisión del delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRAN-TES DEL GRUPO FAMILIAR en agravio de ALICIA MUÑOZ ANDRADE; por lo que a mérito de lo dispuesto en la au-diencia de Juicio Inmediato de fecha tres de Diciembre del año dos mil dieciocho, SE DISPONE: Notifi car a Ricardo Cárdenas Cjuno con la reprogramación de audiencia de Juicio Inmediato a realizarse el día VEINTIUNO de ENERO del año dos mil diecinueve a horas CATORCE con TREIN-TA, en la sala de audiencias del Juzgado Unipersonal de Condesuyos, sito en avenida Alameda los Tres Errantes N° 500 distrito de Chuquibamba, bajo apercibimiento en caso de inasistencia del acusado Ricardo Cárdenas Cjuno de declararlo contumaz. OLIVER JESUS CONCHA CASTRO ESPECIALISTA LEGAL.- (13-14-17 diciembre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAY-LLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MA-CHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 02978-2017-0-0405-JR-PE-01, SE NOTI-FICA a SILVERIANA LLACHO CALLO (AGRAVIADA); a fi n de que tome conocimiento de del auto de enjuiciamiento de fecha nueve de agosto del dos mil dieciocho; siendo un extracto de la presente. PARTE RESOLUTIVA: PRIMERO.- Declarar SANEADA LA ACUSACION FISCAL, LA EXISTENCIA DE LA RELACIONJURIDICA PROCESAL VALIDA, en consecuencia dicto auto de enjuiciamiento en contra de Hilario Llacho Flores iden-tifi cado con DNI Nro. 30651003, fecha de nacimiento 13 de diciembre del 66, lugar de nacimiento Caylloma, casado, con dirección en la calle Calvario Nro. 122 del distrito de Caylloma, por la presunta comisión del delito de Tentativa de Feminicidio previsto y sancionado en el artículo 108-B numeral 1 concordado con el artículo 16 del Código Penal en agravio de Silveriana Llacho Cayo.(12-13-14 diciembre)JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAY-LLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MA-CHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP: 05301-2018-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA al acusado de EDUARDO FLORENCIO HUAMAN MONTES (acusado) y FELICITA TICLLASUCA HUAMAN (agraviado); a

fi n de que tome conocimiento de la SOLICITUD DE CONS-TITUCION DE ACTOR CIVIL presentado por laProcuraduría Publica del Poder Judicial. Y se le concede el plazo de 03 días a fi n de que puedan expresar lo estipula-do conforme a ley. .(12-13-14 diciembre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLO-MA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHA-CA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pi-zarro, en el EXP.: 05301-2018-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a la PERSONA de EDUARDO FLORENCIO HUAMAN MONTES (acusado) y de la agraviada FELICITA TICLLASUCA HUA-MAN; en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el 122- B y el artículo 368° respectivamente del Código Pe-nal; a fi n de que tome conocimiento REQUERIMIENTO DE ACUSACION, Y LA RESOLUCION uno que otorga el plazo de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal. .(12-13-14 diciembre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLO-MA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHA-CA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Piza-rro, en el EXP.: 06840-2016-87-0405-JR-PE-01, SE NOTIFICA CITA Y EMPLAZA a la acusada VERONICA SHUPINGAHUA IPUSHIMA; a fi n de que tomen conocimiento de la resolu-ción cinco de fecha cinco de noviembre que fi ja fecha de audiencia de control de acusación para el dia diecinueve de marzo del dos mil dieciocho a las cat9orce horas; au-diencia que se llevara cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Caylloma Chivay sito en Plaza de Armas 203 interior-Chivay. .(12-13-14 di-ciembre)

EDICTO

El señor Magistrado de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Oscar Francis Calle Vera, en el Proceso Disci-plinario Nro. 2017-2546-VO, ha dispuesto la notifi cación por edictos a don Carlos Benites Machuca, a efecto de no-tifi carle la resolución N° 06 de fecha 19 de noviembre del año 2018, por la que: Res. 06: (...) SE RESUELVE: ABSOLVER a don CARLOS BENITES MACHUCA, en su actuación mcomo Especialista Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Acari, respecto al cargo atribuido en la resolución N°1 de fecha 30 de enero del 2018 (folios 316 a 319). 2. EXHORTAR a don CARLOS BENI-TES MACHUCA, en su actuación como Especialista Secre-tario Judicial del Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Acari, CUMPLA con la remisión de copias al Ministerio Publico y/o al órgano de control de forma cé-lere cuando sea ordenado en los expedientes a su cargo debiendo verifi car que los respectivos cargos de remisión obren en el expediente. 3. SE DISPONE notifi car la presente resolución y una vez consentida se ARCHIVE Arequipa veintiuno de noviembre del año dos mil dieciocho,.- os-car francis Calle Vera Magistrado SUSTANCIADOR.- .(12-13-14 diciembre)

EXPEDIENTE: N° 5543-2018 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA- COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte agraviada e imputada JUANA CALISAYA FLORES Y LINA GARCIA HUAMAN con la RESOLUCIÓN NUMERO dos de fecha tres de setiembre del dos mil dieciocho: QUE RESUELVE: 1] CITAR A JUICIO EN PROCESO POR FALTAS a la persona de JUANA CALISAYA FLORES y LINA GARCIA HUAMAN por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSO-NA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de JUANA CALISAYA FLORES y LINA GARCIA HUAMAN. 2] CITAR A JUICIO EN PROCESO POR FALTAS a la persona de LINA GARCIA HUAMAN; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de la menor de edad KEYDI GIULIANNA FLORES CALISAYA debidamente representada por su progenitora JUANA CALISAYA FLORES. 3] SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de las imputadas: JUANA CALISAYA FLORES y LINA GARCIA HUA-MAN 4]SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIEN-CIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el día VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir los imputados JUANA CALISAYA FLORES y LINA GARCIA HUAMAN , con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública; si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de ofi cio; asimismo, JUANA CALISAYA FLORES

y LINA GARCIA HUAMAN y la menor de edad KEYDI GIU-LIANNA FLORES CALISAYA debidamente representada por su progenitora JUANA CALISAYA FLORES, en su calidad de querellantes particulares, deberán concurrir con abogado defensor, balo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Articulo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Haciendo presente que los apercibimientos están dirigidos a las partes proce-sales más no así a los abogados. Asimismo, las partes pro-cesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia [Artículo 155° del NCPPJ. Y la resolución N° 03 que resuelve: A los escritos N° 7846-2018, 7848-2018 v 7847-2018: Estando a la devolución de las cédulas de notifi cación de Lina Gar-cía Huamán y Juana Calisaya Flores. Notifíquese median-te edictos sin perjuicio de notifi car a sus domicilios que obran en su fi cha RENIEC con la reprogramación de la au-diencia y DE OFICIO.- Con vista de la constancia que ante-cede y conforme al estado del proceso SE DISPONE: FIJAR nueva fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 29 DE ENERO DE DOS MIL DIECINUEVE A ALAS 08:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Pa-lacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: JUANA CALISAYA FLORES Y LINA GARCIA HUA-MAN, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparescencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: Y la parte agraviada: JUANA CALISAYA FLORES Y LINA GARCIA HUAMAN y la menor de edad KEYDI GIULIANNA FLORES CALISAYA debidamente representada por su progenitora JUANA CALISAYA FLO-RES, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia: en este proceso- por faltas. Además las partes procesales deberan tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible por ello los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompaña-dos de los medios probatorios que pretendan hacer valer, ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 11, 12 y 13 de diciembre del 2018

EXPEDIENTE: N° 6771-2018 TURNO “A” COMISARIAS SE-CRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA- COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVE-ROS dispone que se notifi que mediante edictos a la parte imputada CINTHYA MACHACA PACCO con la RESOLUCIÓN NUMERO dos de fecha veinte de setiembre del dos mil die-ciocho: QUE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de CYNTIA JACKELIN MACHACA PACCO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo pre-visto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cua-renta y uno del Código Penal, en agravio de ANA ÁLVAREZ DE OROS. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada CYN-TIA JACKELIN MACHACA PACCO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA CINCO DE MARZO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS NUEVE CON TREINTA HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubi-cado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada CYNTIA JACKELIN MACHACA PACCO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular ANA ÁLVAREZ DE OROS, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia Siendo aplicable los apercibimientos únicamente a las partes del proceso. Además, las partes procesales, debe-rán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretenden hacer valer Especialista Legal RAUL RAMOS PERES (11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE : 04501-2018-0-040 l-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : RAUL RAMOS PEREZ 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequi-pa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a la parte imputada- agraviada MARIA CLEOFE CONDORI GUEVARA. Con la siguiente resolución N° 07-2018. Parte resolutiva SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTI-DO TÁCITAMENTE a la parteagraviada FELICITAS MAMANI

APAZA Y MARIA CLEOFE CONDORI GUEVARA; del presen-te proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de FELICITAS MAMANI APAZA Y MARIA CLEOFE CONDORI GUEVARA; en conse-cuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente pro-ceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notifi cada mediante edictos. Regís-trese y notifíquese.- (11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE : 04787-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : RAUL RAMOS PEREZ 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequi-pa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a la parte imputada JOSE LUIS ROSAS HUAYTA. Con la siguiente resolución N° 04-2018. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada ASUNCION ROJAS ARANYA; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de JOSE LUIS ROSAS HUAYTA; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENE-CIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notifi cada mediante edictos. Regístrese y notifi quese.- (11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE : 06484-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cer-cado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Thania Lucero Rajo Astovilca, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RE-SUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso iniciado por denuncia de THANIA LUCERO RAJO ASTO-VILCA, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto contra persona no identifi cada, dejando a salvo su derecho de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identifi car al autor. Tómese Razón y Hágase Saber.- (11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE : 06257-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cer-cado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Manuel Flores Flores, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños en agravio de MANUEL TEODORO FLORES FLORES, FLORENCIO PU-MACAJIA CHAVEZ y FRANCISCO AYÑAYANQUE ZARATE, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener los pro-pietarios de los vehículos dañados o algún tercero para ha-cerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa. Tómese Razón y hágase Saber.- (11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE : 06368-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Víctor Puma Allasí, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva SE RESUELVE: 1) Declarar NO HABER LUGARA CITAR A JUICIO por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de daños en agravio de VÍCTOR PUMA ALLASI y JIMMY OSCAR HUAMANÍ FE-RIA, dejándose a salvo el Derecho Mque pudieran tener los propietarios de los vehículos dañados o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente, 2) Tener por FENECIDO el presente proceso de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones culposas por TRANSACCIÓN entre la parte agraviada ARASELLY YANET FLOREZ CHEJE con el imputado VÍCTOR PUMA ALLASI; en consecuencia: DISPONGO: El archivo defi nitivo del presente proceso. Tó-mese razón y hágase saber.- (11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE : 06354-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Jordán Edwin Yauri Faura, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RE-SUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños en agravio de JORDAN EDWIN YAURI y ANAXÍMINES VENERO SALCEDO, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener los propietarios de los vehículos dañados o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa. Tómese Razón y Hágase Saber.-(11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE : 06227-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz

Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Daren Andreina Diaz Faneite, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUEL-VE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra la persona en la modalidad de maltrato psicológico, en agravio de DAREN ANDREINA DÍAZ FANEITE y en contra de MIGUEL RUEDA BUSTOS. SE DISPONE: El ARCHIVO DE-FINITIVO de la presente causa, en consecuencia. Tómese Razón Hágase Saber.- (11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE : 06166-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LE-TRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a José Luis Angeles Barreros, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso iniciado por denuncia de JOSE LUIS ANGELES BARREROS, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto contra per-sona no identifi cada, dejando a salvo su derecho de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identifi car al autor.REGÍSTRESE V NOTIFÍQUESE.- (11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE : 06158-2018-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LE-TRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Paúl Mariat Guillemo Mogrovejo Huamani , con la siguiente resolución N° 01. Parte resolu-tiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada PAUL MARIAT GUILLERMO MOGROVEJO HUAMANI del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio; en con-secuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE : 06185-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALIS-TA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Christian Miguel Valdez Salinas, con la siguiente resolución N° 01. Parte resoluti-va. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada CRISTHIAN MIGUEL VALDEZ SALINAS del presente pro-ceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hágase saber. (11-12-13 diciembre)

EXPEDIENTE: 04156-2018-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LE-TRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Luciano Llicahua Charccahuana, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. RESUEL-VO: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número uno y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, del imputado: 1) Luciano Llicahua Charccahuana con DNI 45260559 con domicilio en Las Flores, Zona 03, L - 07, distrito de Cerro Co-lorado de la provincia de Arequipa, a fi n de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 19 DE DICIEMBRE DE 2018. A LAS 12:00 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose ofi ciar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de ofi cio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Gabriela Condor Roque por sí y en representación de la menor Nataly Llica-hua Condo, deberán concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcurrencia, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la au-diencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para pre-sentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO 1) Que la Policía Ju-dicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los ofi cios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos y mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. Se hace sa-ber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próxi-mos. Regístrese y comuníquese.-(11-12-13 diciembre)

Page 5: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 26 de diciembre del 2018

CRONICAS JUDICIALES

CRONICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA SALA CIVIL

MES DE ABRIL

JUEVES 26 DE ABRIL DEL 2018

SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez198 CR Reg. Nro. 052-2014 Ca-talina Tejada Llanquecha con Oscar Tejada Llan-quecha y otro sobre interdicto de recobrar. CON-FIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devol-vieron. 1 JECMBJM Melgar – Madariaga Condori – Gonzales Aroquipa.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez199 CR Reg. Nro. 951-2011 Liz-beth Carpio Concha con Erick Díaz Lajo y otro so-bre divorcio. CONFIRMARON LA SENTENCIA que de-clara fundada en parte la demanda, infundado en cuanto al monto indemnizatorio, la REVOCARON en cuanto a la sociedad de gananciales, reformándola, DECLARARON que la deuda se incluya y el bien no corresponde por ser bien propio; y, los devolvieron. 3 JEF – Montesinos y Montesinos Hartley – Mosta-cero Rosas. SV JSP En discordia Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes López200 Reg. Nro. 081-2017 Ci-priano Calcin Quispe con Oficina de Normalización Previsional sobre proceso de amparo. CONFIRMA-RON LA SENTENCIA que declara improcedente la demanda, con lo demás que contiene; y, los devol-vieron. VDC: Revoque la sentencia. J Constitucional – Apaza del Carpio – Ortiz Chávez.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez201 CR Reg. Nro. 1907-2012 Ser-vicios, Cobranzas e Inversiones Sociedad Anónima Cerrada con Distribución, Servicios y Representa-ciones Comerciales sobre acción pauliana. REVO-CARON LA SENTENCIA que resuelve con costas y costos, reformándola, la DECLARARON sin costas ni costos; y, los devolvieron. 2 JEC – Dueñas Triviños – Ampuero Villegas.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez202 CR Reg. Nro. 2003-2016 Nu-rimar Paredes Chávez de Calienes con Esther Calie-nes Chávez y otro sobre declaración de herederos. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los de-volvieron. JEC Islay – Loaiza Callata – Chapilliquen Tason.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez203 CR Reg. Nro. 14221-2016 Francisca Bernedo Vilca con Sucesión de Simón Flores Tuana sobre reconocimiento de unión de he-cho. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEFMBJ Paucar-pata – Talavera Zapana – Bautista Peña.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez204 CR Reg. Nro. 1536-2015 Flor Chura Ccalla con Jeorge Chambi Chambi y otro so-bre divorcio. APROBARON LA SENTENCIA CONSUL-

TADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEFMBJM Melgar – Tantaleán Odar – Castro Villena.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez335 CR Reg. Nro. 052-2014 Ca-talina Tejada Llanquecha con Oscar Tejada Llan-quecha y otro sobre interdicto de recobrar. RE-VOCARON la resolución que admitió los medios probatorios de la demandada descritos en la reso-lución. 1 JECMBJM Melgar – Madariaga Condori – Gonzales Aroquipa.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez336 CR Reg. Nro. 1764-2014 Ana Paulina Aguirre Vargas con Nicolás Ovalle Ro-dríguez y otro sobre prescripción adquisitiva de dominio. CONFIRMARON la resolución que rechaza el ofrecimiento de medios probatorios extemporá-neos consistentes en los procesos indicados en la resolución. 8 JEC – del Carpio Medina – Acabana Mamani.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez337 CR Reg. Nro. 1764-2014 Ana Paulina Aguirre Vargas con Nicolás Ovalle Rodrí-guez y otro sobre prescripción adquisitiva de do-minio. CONFIRMARON la resolución que resuelve disponer la acumulación de los procesos indicados en la resolución. 8 JEC – del Carpio Medina – Aca-bana Mamani.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez338 CR Reg. Nro. 10444-2017 Marcelino torres Vargas con Gumercinda Charres Colque sobre impugnación de paternidad. CONFIR-MARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. 1 JEF – Aquize Cáce-res – Valdeiglesias Chambizea.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez339 CR Reg. Nro. 9928-2017-25 Jordán Jáuregui Meza y otro con Gonzalo Jáuregui Meza y otros sobre violencia familiar. CONFIRMA-RON la resolución que establece las medidas de protección. 2 JEF – Valdivia Talavera – Gasca Moli-na.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez340 CR Reg. Nro. 3910-2017-69 Loreanna Romero Ríos y otro con Carlos Cabrera Zevallos sobre violencia familiar. CONFIRMARON la resolución que establece las medidas de protec-ción. 1 JEFMBJ Cerro Colorado – de Mendoza Quis-pe.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez341 CR Reg. Nro. 10700-2017-1 Romina Cazorla Pastor con Christian García Ari sobre violencia familiar. REVOCARON la resolución que no dicta las medidas de protección, reformán-dola, otorgaron dichas medidas, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEFMBJ Paucarpata – Talavera Zapana – de la Gala Orihuela.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez342 CR Reg. Nro. 5276-2017-36 Elsa Huayta Sánchez con Juan Humire Cárdenas y otro sobre nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la medida

cautelar; y, los devolvieron. 6 JEC – Valdivia Franco – Trujillo Pérez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez343 CR Reg. Nro. 951-2011 Liz-beth Carpio Concha con Erick Díaz Lajo y otro sobre divorcio. CONFIRMARON la resolución que rechaza el ofrecimiento de medios probatorios extempo-ráneos de la demandada; y, los devolvieron. 3 JEF – Montesinos y Montesinos Hartley – Mostacero Rosas. AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez219 CR Reg. Nro. 12167-2016 Luisa Huahuachampi Pacheco de Salas con Francis-co Salas Mario y otro sobre divorcio. DISPUSIERON la interpolación del folio 86-A. 1 SC – Martínez Vil-ca. AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez220 FDM Reg. Nro. 11114-2016 Octavio Aréstegui García con Carmen Pinto Molina de Aréstegui sobre divorcio. DISPUSIERON la inter-polación del folio 59-A. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez221 CL Reg. Nro. 935-2013-67 Fortunata Apaza Lampa y otro con Tito Abanto Vera y otros sobre obligación de dar suma de di-nero. DISPUSIERON la devolución del presente pro-ceso al Juzgado de origen para que a la brevedad se cumpla con subsanar las omisiones advertidas, y una vez hecho sea elevado en la forma de Ley; bajo apercibimiento de remitirse las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Descon-centrada de Control de la Magistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondiente, sin perjuicio de ponerse en conocimiento de la Ofi-cina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar, y, por esta vez, RECOMENDARON al Especialista Legal Milton Red Gonzáles Aroquipa, mayor cuidado en el cumplimiento de sus obliga-ciones. 1 JECMBJM Melgar – Madariaga Condori – Gonzales Aroquipa.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez039 CL Reg. Nro. 3538-2017 Rocío Cori Huanca con Municipalidad Distrital de Paucarpata sobre acción contenciosa administra-tiva. DISPUSIERON la devolución del expediente al Juzgado de origen para que se cumpla con sub-sanar los defectos anotados, y una vez hecho, sea elevado a la brevedad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Descon-centrada de Control de la Magistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondiente, sin perjuicio de ponerse en conocimiento de la Ofi-cina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar. Por esta vez, RECOMENDARON a la Especialista Legal Sheyla Magaly Sandoval Loay-za, tener mayor cuidado en el cumplimiento de sus obligaciones. 1 JECMBJ Paucarpata – Zuñiga Porto-carrero – Sandoval Loayza.

VIERNES 27 DE ABRIL DEL 2018

AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez222 CR Reg. Nro. 8559-2014 Kel-mi Portugal de Viveros con Mariela Huanca Colque-

huanca sobre desalojo. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez223 CR Reg. Nro. 205-2017 Mu-nicipalidad Provincial de Arequipa con Poder Judi-cial y otro sobre proceso de amparo. CONCEDIERON el recurso de agravio constitucional, DISPUSIERON se remitan los autos al Tribunal Constitucional en la forma, estilo y plazo de ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes Ló-pez224 CL Reg. Nro. 649-2017 Hugo Salas Ortiz con Universidad Nacional de San Agustín sobre acción popular. SUSPENDIERON el llamado de autos para resolver, una vez que se ac-túe los medios probatorios pertinentes y adiciona-les que se consideren necesarios. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Cervantes López225 FDM Reg. Nro. 744-2010-23 Banco de Crédito del Perú con Cavalli ICV sociedad Anónima sobre nulidad de acto jurídico. DECLARA-RON fundada la abstención efectuada por el señor Juez Superior Francisco Carreón Romero; DISPUSIE-RON que se conforme Sala con el señor Juez Supe-rior llamado por ley. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas, Cervan-tes López226 CR Reg. Nro. 744-2010-23 Banco de Crédito del Perú con Cavalli ICV Sociedad Anónima sobre nulidad de acto jurídico. DISPUSIE-RON la devolución del presente cuaderno al Juz-gado de origen para que cumpla con subsanar la omisión advertida; bajo apercibimiento de remitir-se copias certificadas de los actuados a la ODECMA. Debiéndose compaginar debidamente y en orden cronológico los actuados citados en el tercer con-siderando supra. Por ésta vez, RECOMENDARON al Especialista Legal Milton Red Gonzales Aroquipa, mayor cuidado y diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones. 1 JECMBJM Melgar – Madariaga Condori – Gonzales Aroquipa.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez227 CL Reg. Nro. 6855-2007-92 Ernesto Gonzales Arismendi y otra con Gustavo Ro-zas Vals y otro sobre nulidad de contrato. DECLA-RARON improcedente el recurso de reposición. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez344 CR Reg. Nro. 3796-2007-29 Carlos Quiroz Paulet con Constructora Sudamerica-na Sociedad Anónima Cerrada sobre obligación de dar suma de dinero. NULA la resolución que hace efectivo el apercibimiento que impone multa de 1 URP al demandante. 3 JEC – Chávez Mamani – Ylla Velásquez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez345 CR Reg. Nro. 3328-2016-24 Rafael Hilario Merma con Percy Flores Cuno sobre obligación de hacer. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la devolución de la cé-dula de notificación. 10 JEC – Salas Flores – Cahua-na Cahuana.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-

pez346 CR Reg. Nro. 3691-2011-68 Edpyme Nueva Visión Sociedad Anónima con Transportes y Servicios sobre ejecución de garan-tías. CONFIRMARON la resolución que hace efectivo el apercibimiento e impone multa de 1 URP al de-mandado. 7 JEC- Polanco Gutiérrez – Risco Berro-cal.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez347 CR Reg. Nro. 2876-2010-53 Fidela Velarde cárdenas con Sucesión de Nolber-to Velarde Cárdenas y otro sobre división y parti-ción de bienes. CONFIRMARON la resolución que declara infundada las observaciones y aprueba el dictamen pericial. 4 JEC – Quispe Apaza – Mendoza Marín.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez348 CR Reg. Nro. 3634-2017-52 Edgar Ramírez Flores con Martha Pongo Paucar so-bre violencia familiar. CONFIRMARON la resolución que establece las medidas de protección. 2 JEFMBJ Cerro Colorado – Torreblanca Gonzales – Cayllahua Quiróz.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez349 CR Reg. Nro. 669-2017 Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa con Pedro Hancco Pino y otro sobre obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON la resolución que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 5 JEC – Maraza Borda – Puma Martínez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Valencia Don-go Cárdenas350 FDM Reg. Nro. 328-2017 Ofi-cina de Normalización Previsional con Juez del Quinto Juzgado Civil sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara improce-dente la demanda; y, los devolvieron. J Constitucio-nal – Apaza del Carpio – Cuba Ramos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez351 CL Reg. Nro. 2628-2017-55 Mariela Gallegos Gallegos con Maritza Sanabria Quispe y otro sobre violencia de género y familiar. CONFIRMARON la resolución que no dicta las me-didas de protección. 2 JEFMBJ Cerro Colorado – To-rreblanca Gonzales – Cayllahua Quiróz.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez352 CL Reg. Nro. 4887-2016-99 Jaime Cáceres Romero con Paúl Cáceres Abarca y otro sobre división y partición de bienes. CONFIR-MARON la resolución que declara improcedente la devolución de cédula de la demandada. 3 JEC – Chávez Mamani – Ylla Velásquez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez353 CL Reg. Nro. 10914-2017-3 Sonia Chávez Mamani con Katy Oliver Carranza so-bre violencia de género y familiar. CONFIRMARON la resolución que establece las medidas de pro-tección. JEFMBJ Hunter – Soncco Valencia – Vargas Morán.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez354 CL Reg. Nro. 7955-2014-49 Atilio Espinoza Olivares con Reynaldo Muñoz Neyra

Page 6: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miercoles, 26 de diciembre del 2018

y otro sobre nulidad de acto jurídico. CONFIRMA-RON la resolución en el extremo que declara infun-dada la excepción de cosa juzgada, con lo demás que contiene. 6 JEC – Valdivia Franco – Gutiérrez Hancco.

LUNES 30 DE ABRIL DEL 2018

S JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez004 FDM Reg. Nro. 034-2018 Em-manuel Lajo Manrique con Erika Merino Urquijo so-bre exequátur. DECLARARON FUNDADA la deman-da de reconocimiento de divorcio; por tanto tiene fuerza legal en el Perú; y, DISPUSIERON se expida los partes dobles, sin costas ni costos del proceso. 1 SC – Martínez Vilca.AV JSP Con los Sres. Marroquín Mogrovejo, Rivera Dueñas, Cervantes López355 CL Reg. Nro. 2836-2016 Yenny Díaz Cárdenas y otra con Jueza Mixto de Islay sobre proceso de amparo. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente la resolución; y, los devolvieron. JC Islay – Cary Choque – Loaiza Callata – Chapilliquen Tason.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez359 CL Reg. Nro. 3156-2013-31 Olanda Vera Bravo con Roberto Barrionuevo Gag-giotti y otro sobre división y partición de bienes. CONFIRMARON la resolución que declara improce-dente la nulidad, con lo demás que contiene.1 JEC – Galagarza Pérez – Márquez Ticona.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez360 CL Reg. Nro. 3156-2013-31 Olanda Vera Bravo con Roberto Barrionuevo Gag-giotti y otro sobre división y partición de bienes. CONFIRMARON la resolución que declara improce-dente la nulidad del codemandado, con lo demás que contiene.1 JEC – Galagarza Pérez – Márquez Ticona.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez361 FDM Reg. Nro. 3169-2017-91 Gaby Hartley Murillo con Julia Hartley Murillo sobre petición de herencia. CONFIRMARON la reso-lución que rechaza la medida cautelar; y, los devol-vieron. 4 JEC – Quispe Apaza – Quispe Flores.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez362 CL Reg. Nro. 2647-2016 Scotiabank Perú Sociedad Anónima Abierta con Viajeros Sur Perú y otro sobre obligación de dar bien mueble. CONFIRMARON la resolución que de-clara infundada las excepciones de representación insuficiente de la demandante, oscuridad en el modo de proponer la demanda, con lo demás que contiene. 5 JEC – Maraza Borda – Puma Martínez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez363 CL Reg. Nro. 2647-2016 Scotiabank Perú Sociedad Anónima Abierta con Viajeros Sur Perú y otro sobre obligación de dar bien mueble. CONFIRMARON la resolución que de-clara improcedente el pedido de nulidad del auto final, con lo demás que contiene. 5 JEC – Maraza Borda – Puma Martínez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez364 CL Reg. Nro. 1899-2015 Héctor Flores Concha y otra con Elvia Barrios Al-varado y otro sobre proceso de amparo. CONFIR-MARON la resolución que declara improcedente la demanda; y, los devolvieron. 8 JEC – del Carpio Medina – Ramírez Neyra.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez365 CL Reg. Nro. 1326-2017 Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco con Manuel Araos Ulloa y otro sobre ejecución de ga-rantías. CONFIRMARON la resolución que declara infundada la contradicción y fundada la demanda, ORDENARON el remate del bien dado en garantía, con costas y costos; y, los devolvieron. 1 JEC – Gala-garza Pérez – Márquez Ticona.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez

366 CL Reg. Nro. 6449-2013-15 Irma Luz Cosi Laura con Teodoro Candiotti Vivanco y otro sobre desalojo. CONFIRMARON la resolu-ción que declara improcedente la nulidad. 3 JEC – Chávez Mamani – Ylla Velásquez.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez367 FDM Reg. Nro. 1603-1998-44 Joseline Guillén Gómez y otro con Leandro Guillén sobre alimentos. CONFIRMARON la resolución que aprueba la liquidación de pensiones devengadas. 3 JEF – Montesinos y Montesinos Hartley – Zambrano Acuña.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez228 FDM Reg. Nro. 1125-2017 Odoaldo Molina Rodríguez y otro con Donato Mo-lina Peralta y otro sobre nulidad de acto jurídico. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez229 CL Reg. Nro. 4796-2014 Ne-lly Roque Turpo con Celestino Jiménez Huamaní sobre declaración de unión de hecho. DISPUSIE-RON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez230 FDM Reg. Nro. 1106-2013 Rubén Alemán Gonzales y otra con Natividad Con-dori Quispe sobre desalojo. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Jus-ticia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez231 CL Reg. Nro. 1766-2017 Sedapar Sociedad Anónima con Municipalidad Provincial de Arequipa sobre obligación de dar suma de dinero. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respec-tiva calificación. 1 SC – Martínez Vilca.AT JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez232 CR Reg. Nro. 1724-2015 Gladys Ccapatinta Mamani con Josefina Macedo Ilasaca sobre interdicto de recobrar. DISPUSIERON se eleven los autos a la Sala Civil de la Corte Supre-ma de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. 1 SC – Martí-nez Vilca.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez205 FDM Reg. Nro. 146-2014 Os-car Llosa Palacios con Alejandro Cornejo Ballón sobre indemnización de daños y perjuicios. CON-FIRMARON LA SENTENCIA que declara infundada la demanda; y, los devolvieron. J M Islay – Cary Cho-que – Ruelas Chaucayanqui.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cárdenas Tico-na206 CT Reg. Nro. 2483-2016 Francisca Alcca Toribio con Jesús Pacheco Escobe-do sobre otorgamiento de escritura pública. CON-FIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devol-vieron. 5 JEC – Maraza Borda – Puma Martínez.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes Ló-pez207 CL Reg. Nro. 2001-2015 Erika Olarte Enríquez con Erika Abril Chávez y otro sobre desalojo. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, ORDENARON que los demandados hagan dejación del inmueble en el plazo de seis días, con costas y costos para la code-mandada Zulema Escudero Carpio; y, los devolvie-ron. 5 JEC – Maraza Borda – Puma Martínez.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez208 FDM Reg. Nro. 333-2015 Mi-nisterio Público con Edward Flores Chalco sobre violencia familiar. APROBARON LA SENTENCIA

CONSULTADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEF – Aquize Cáceres – Salas Becerra.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Valencia Dongo Cárdenas, Cervantes Ló-pez209 CL Reg. Nro. 244-2015 Víc-tor Espinoza Andrade con Rímac Seguros y Rease-guros sobre proceso de amparo. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara improcedente la demanda; y, los devolvieron. J Constitucional – Apaza del Car-pio – Ortiz Chávez.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez210 FDM Reg. Nro. 353-2017 Ciri-lo Quicara Jilapa con Corporación Global de Tele-comunicaciones Sociedad Anónima Cerrada sobre convocatoria a asamblea general. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara infundada la contradic-ción y fundada la demanda, y, los devolvieron. JM Islay – Cary Choque – Ruelas Chaucayanqui.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez211 FDM Reg. Nro. 1772-2015 Ju-liana Escalante Lupa con Sucesión de Julián Coila Chura y otro sobre caducidad de testamento y de-claración de heredero. APROBARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda; y, los devolvie-ron. 1 JECMBJM Melgar – Madariaga Condori – Pa-checo Tejada.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez212 CL Reg. Nro. 2056-2014 Juan Huayta Cahuana con Herederos de Juan Pa-blo Samayani Vilcahuamán sobre nulidad de acto jurídico. APROBARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda; y, los devolvieron. JM Cayllo-ma – Salas Valdivia – Mamani Mamani.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez213 FDM Reg. Nro. 431-2017 Ale-jandro Duran Carrasco con Juana Talavera de Du-ránd y otro sobre divorcio. DECLARARON NULA E INSUBSISTENTE LA SENTENCIA que declara impro-cedente la demanda, ORDENARON emitir nuevo pronunciamiento; y, los devolvieron. 1 JEFMBJM Melgar – Tantaleán Odar – Cossio Rondón.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez214 FDM Reg. Nro. 5486-2016 Evelyn Rivera Ordoñez con Gobierno Regional de Arequipa sobre acción contenciosa administrativa. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara infun-dada la demanda en todos sus extremos, sin costas ni costos; y, los devolvieron. 1 JECMBJ Paucarpata – Zuñiga Portocarrero – Sandoval Loayza.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez368 FDM Reg. Nro. 3674-2017-60 Julio Zamata Traverso con Bety Choco Paz sobre violencia familiar. CONFIRMARON la resolución que establece las medidas de protección. JEFMBJ Hun-ter – Soncco Valencia – Vargas Morán.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez369 CL Reg. Nro. 3192-2017 Carmelo Chúa Huanca con Eleana Alfaro Zuñiga y otro sobre desalojo. DECLARARON NULA la re-solución que declara improcedente la demanda; DISPUSIERON que se vuelva a calificar la demanda, teniendo en cuenta los fundamentos de la presen-te resolución; y, los devolvieron. 8 JEC – del Carpio Medina – Montañez Ludeña.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez370 FDM Reg. Nro. 5137-2016-22 Germán Frisancho Rubio con Jesús Frisancho rubio sobre petición de herencia. CONFIRMARON la resolución que declara improcedente el pedido de intervención como litisconsorte necesario y lo haga valer en la vía correspondiente, DISPUSIERON continuar con el trámite conforme a su estado. 1 JEC – Galagarza Pérez – Márquez Ticona.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez371 CL Reg. Nro. 1236-2017-7 Giovanna Morales Meza con Raúl Paco Liviano so-bre separación de cuerpos por causal. CONFIRMA-RON la resolución que fija los puntos controverti-

dos, con lo demás que contiene. 2 JEFMBJM Melgar – Pinto Flores – Vargas Gamarra.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez372 CL Reg. Nro. 045-2017-48 Vivien Gutiérrez de Lazo y otro con El Coloso Are-quipa Asociación de Comerciantes sobre ejecución de garantías. CONFIRMARON la resolución que rechaza la nulidad de actuados, con lo demás que contiene. 1 JECMBJM Melgar - Madariaga Condori – Gonzales Aroquipa.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez373 CL Reg. Nro. 6676-2017-92 Narcisa Cutipa Pampa con Fortunato Ramos Arenas y otro sobre violencia familiar. CONFIRMARON la resolución que establece las medidas de protec-ción. 3 JEF – Montesinos y Montesinos Hartley – Mostacero Rosas.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez374 FDM Reg. Nro. 1279-2015-55 Marcos Bejarano Chambi con Wilson Ramos Col-quehuanca y otro sobre nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON la resolución que declara improce-dente el desistimiento de la prueba de ADN. 2 JEC – Dueñas Triviños – Zapata Coaguila.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez375 CL Reg. Nro. 5472-2014-20 Tula Zuñiga Quiroz con Servicios Inmobiliarios Mi-das 211 sobre nulidad de acto jurídico. DECLARA-RON NULA la resolución en el extremo que fija los puntos controvertidos por las razones expuestas, DISPUSIERON se emita nueva resolución teniendo en cuenta lo señalado en la parte considerativa. 2 JEC – Dueñas Triviños – Gómez Campos.AV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez376 CL Reg. Nro. 5472-2014-20 Tula Zuñiga Quiroz con Servicios Inmobiliarios Midas 211 sobre nulidad de acto jurídico. CONFIR-MARON la resolución que declara improcedente la nulidad. 2 JEC – Dueñas Triviños – Gómez Campos.

MES DE MAYO

MIERCOLES 02 DE MAYO DEL 2018

AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez040 CR Reg. Nro. 7041-2016 Irene Mamani Aima con Francisco Maraza Maraza sobre violencia familiar. DISPUSIERON la devolu-ción del expediente al Juzgado de origen para que se cumpla con subsanar los defectos anotados, y una vez hecho, sea elevado a la brevedad posible en la forma de Ley; en caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcentrada de Control de la Ma-gistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondiente, sin perjuicio de ponerse en cono-cimiento de la Oficina de Administración Distrital para los efectos a que hubiere lugar. Por esta vez, RECOMENDARON a la Especialista Legal Patricia del Carmen Cayllahua Quiróz, tener mayor cuidado en el cumplimiento de sus obligaciones. 2 JEFMBJ Cerro Colorado – Torreblanca Gonzales – Cayllahua Quiróz.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez041 CR Reg. Nro. 046-2018 José Sisa Mamani con Municipalidad Provincial de Are-quipa sobre revisión judicial. RECHAZARON la de-manda, DISPUSIERON la devolución de anexos. 1 SC- Martínez Vilca.AD JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez042 FDM Reg. Nro. 2413-2017 Eli-zabeth Riveros Malpartida con Miguel Lllanllaya Chaco sobre desalojo. DECLARARON inadmisible el recurso de apelación, NULO el concesorio de apela-ción, DISPUSIERON la devolución del expediente al juzgado de origen. 1 SC – Martínez Vilca.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez215 CR Reg. Nro. 1347-2014

Empresa Manuel Muñoz Nájar con Essalud sobre acción contenciosa administrativa. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 5 JEC – Maraza Borda – Zegarra Cárdenas.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez216 CR Reg. Nro. 2066-2015 Pa-blo Cueva Quispe con Aldo Cueva Quispe sobre in-terdicción civil. APROBARON LA SENTENCIA CON-SULTADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JEFMBJM Melgar – Tantaleán Odar – Castro Villena.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez217 CR Reg. Nro. 6650-2017 An-selmo Florez Zegarra con María Huayasi Olarte y otro sobre divorcio. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara sin lugar a pronunciamiento respecto de la indemnización o adjudicación de bienes, al no haberse probado que exista cónyuge perjudica-do; y, los devolvieron. 1 JEFMBJ Paucarpata – Tala-vera Zapana – Bautista Peña.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez218 CR Reg. Nro. 1535-2016 Carmen rosa del Castillo Gutiérrez de Gallegos con René Torres Torres sobre suspensión de patria po-testad. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara infundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 2 JEFMBJM Melgar – Pinto Flores – Vargas Gamarra.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez219 CR Reg. Nro. 6591-2015 José Cano Llaza con Julia Huamaní Funes y otro so-bre divorcio. APROBARON LA SENTENCIA CONSUL-TADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 2 JEFMBJ Cerro Colorado – Torreblanca Gonzales – Torres Ve-lásquez.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez220 FDM Reg. Nro. 4676-2016 Pa-mela Huamán Carbajal con Cristian Segovia Colque y otro sobre divorcio. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que declara fundada en parte la de-manda, con todo lo demás que contiene; y, los de-volvieron. 3 JEF – Montesinos y Montesinos Hartley – Zambrano Acuña.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez221 FDM Reg. Nro. 2499-2012 Lady Baños Acosta con Sucesión de Juan Luis Pres-bítero Palma y otro sobre desalojo. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 3 JEC – Gonzales Ramos – Ylla Velás-quez.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez222 FDM Reg. Nro. 051-2014 Hugo Esquivel Zevallos con Municipalidad Distri-tal de Mariano Melgar sobre acción contenciosa administrativa. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara infundada la demanda, con lo demás que contiene; y, los devolvieron. 1 JECMBJM Melgar – Madariaga Condori – Márquez Galarza. SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez223 FDM Reg. Nro. 1179-2016 José Torres Centty con Milagros Torres Centty y otro sobre interdicción civil. APROBARON LA SENTENCIA CONSULTADA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 4 JEF – Delgado Cárdenas – Chávez Cervantes.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez224 CR Reg. Nro. 1347-2016 Paola Cáceres Cáceres con Max Ríos Amado y otra sobre ineficacia de acto jurídico. CONFIRMARON LA SENTENCIA que declara fundada la demanda, con todo lo demás que contiene; y, los devolvieron. 7 JEC – Polanco Gutiérrez – Risco Berrocal.SV JSP Con los Sres. Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado, Cervantes Ló-pez225 CR Reg. Nro. 2387-2015

Page 7: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 26 de diciembre del 2018

Page 8: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miercoles, 26 de diciembre del 2018

Page 9: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 26 de diciembre del 2018

Page 10: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miercoles, 26 de diciembre del 2018

Page 11: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 26 de diciembre del 2018

Page 12: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miercoles, 26 de diciembre del 2018

Page 13: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 26 de diciembre del 2018

Page 14: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miercoles, 26 de diciembre del 2018

Page 15: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles, 26 de diciembre del 2018

Page 16: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... · con 11/100 dólares americanos) y SERÁ REMATADO SO-BRE LA BASE DE USD$ 968,074.07 (novecientos sesenta y ocho mil

La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miercoles, 26 de diciembre del 2018