sumilla 31 01 2012 - faofaolex.fao.org/docs/pdf/per111340.pdf · 2013-01-16 · que, mediante er...

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y su vincutacen conetRegistro de Predios, de acuerdc con los IIlerales b) y el l del referido articulo. Que. er literal s) del articulo 3 del Reglamenlo de la ley N"28294, aprobado cor Decreta Supremo N'OO5- 2006-JUS, define al venncadcr calaslral como las personas naturales. prctesionales eciecieoce ylo pers onas [urldicas cce ceteotes. inscritos. de existir. en el Indice de vermcaccres a cargo de las municipalidades y en er Reglstro de veonceecree ee SUNARP, Que,erReglamenlo dellndice del verecacor cet eetret aprobado por ResoluCi6n W OJ.201o.SNCPJCNC y modificado por ResoluCi6n N'OJ.20 11·SNCP!ST, regula er funclOn amlenlo del lndlCedel Venficador Catastral que asi a integraclo por los profesiOnales de Arquilecto, Ingeniero Ge6grafo. lngemero Agricola, Ingen.efO AgrOnomo, Ingeniero Civi e Ingen.ero Forestal, Que . el Coleg IO de Ge6grafos d!!'I Peo:I ha soIicrtado Ia inclusi6n de los geOgralos en el lrece del Verificador ceteseer acompanando Ia documentaci6n sustentatoria, Ia cual ha sdo analizada pol' Ia 5eaetaria Tecoca a traves del irIlofme l ea.ico N" 47·2011-$TJ$NCP-GR 'I el informe legal N"01 -2011-eGAA, dete nnNndoseque los ge6grafos QJITIPIen conel perliI y formac:i6n academica receseoa. ees aUn si se mmpara coneI plan cumcutar de otras profesiones como lngen.ero Agronomo e lngen ero Foresta l que estan conslderados como venficadotes catastJales Que , er Consejo Nacional de Catasfrc, en eI marco de sus competencies ccoiencas en el art iculo 8 de la l ey N" 28294 , en su sesi6n de fecha 09 de enerc de 2012 ha aprobado ta propuesta de modificaciOn de los articulos 3, literal a), 'I 6 del Regla mento del Indice del Verificador Catasuar, en los teemmos que se indICan en Ia parte resolutiva de Ia present e ResolUCiOn: Que , mediante Resol uci6 n SUPfema N'88-2011-JUS publicada el 07 de oct ubre de 201 1. se da cor concluida ta designaoon del cargo de Superinlendente Nacional de los Reg islros Public:os Que , er Estatuto de Ia SUNARP , articulo 13" lderaJc), aprobado par ResoluciOn Suprema N" 139-2002-JUS, disponen que el Superiotendente AdJunto Ilene, como una de sus alnbuaooes , Ia de remplazar al Superintendente Nacional, en case de ausencia 0 impedimento temporal. asl como por delegaci6n de aquel Que, estando a 10 ac:ordado por el Consejo NacionaI de CatastJO Yde COI,lonnidad coo 10 dispueslo en el artieukl 7, Ubno pa rrafo, de Ia Lev N" 28294, en COIlC:Oniancia COIl Ia Ley26366 y eIartiCUlo 1j "literal c) del Estatuto de Ia SUNARP. SE RESUEl VE: Arti cul o 1,- Moo,ficar el articulo 3', literal a), de la p ire d iva N'01·2010-SNCP!CNC del Reg lamento del Indlce del Verifica dor Cataslral, el cual queda redadado de Ja sig uiente forma : a. Profesionales:Alquitedo, Ge6Qrafo, Agri oola, Ingenlero AQr6nomo, Crvil. Forestal 'J Ge6grafo: debidamente y habllitados Arti cul o 2.- Modiflca r e! artIculo 6 de la Dired lva N'Ol · 201Q.SNCPICNC del Reglamento dellndice del Verificador Catastral , el cual queda redactado de la siguiente forma ' INDlCE VERIFICAOQR CATASTRAl EI Indite estara integrado per los profes ionales de Alq uitedo, Ingeniero InQeniero Agricola, Agronomo, Ingenle ro Civil, Ingemero Forestal y GeOgrafo: debidamente colegiados y habilitados, con una experie ncia minima de Cinco (05) anos en aetrvidades catastrales Art ic ul o 3- la presenle resoluci6n sera publicada en la p.illg ina 'Neb de Ia SUNARP. del Sistem a NaCional lntegrado de InformaCion Catastral Predial · SNCP y en el portal del Estado Peruano Art icul o La Pfesente resOluCi6nentra en vigencia a pa rtlr de l d ia sigUlenle de su publlCaei6n en el Ciano Oficlal EI Peruan o. Registrese. comunlquese y publ lquese , JORGE ANTONIO MARTiN ORTIZ PASCO Superint endente AcIjunto de los Regislros PUblicos - SUNARP Presidente del Consejo Nacional de Catastro del SNCP 741396-3 13 Instituyen a nivel nacional los Comites de Jefes Zonales a cargo de la Gerencia General de la SUNARP RESQlUCION OEl SUPERINTENPENTE AD JUN TO DE l OS REG ISTROS PUBl lCQS NO 026·2012-SUNA RPISA Lima. 26 de enero de 20 12 CONSIDERANOO: Que. as funciOn de la Superintendencia Nacionat de los Reg iSlros Publicos , pla nlficar, organizar, dirig ir, ejecutar y controlar las acnvc aoes de caracter tecncc y administrativo del siStema; Que , en tal sentoc. et literal m) del articulo 7" del Reglamenlo de Organizaci6n y Funciones de Ia Superintendencia Nacional de los Reg lstros Publicos - SUNARP, aprobado por Resoluei6n Suprem a N" 139- 2OO2-JUS, y del Estaluto de Ia Superintendencia Naciona l de los Registros PUblicos - SUNARP, aPfobado per Resoluci6n Suprema N" 135-2002-JUS, deponen que el Superint endente Nacional teoe Ia facull.ad de didar las mecc as de organizaci6n intema que se requeran ; Que, as merro. er Irteral v) del art icu lo r del Reg l ament o de QrganlZ3ci6n y Funciones de Ia SUNARP , asi como del Eslatuto, astablecen que el Superintendente Nacional IIBne Ia facullad de expedir las resoluciones de su competeooa. Que , res ulta necesariO lormalizar y reforzar Ia coordinaei6n entre los J6fes de las trace Zonas Registrales que conforman la SUNARP; para 10 w ar se ha VlstO per corwenente instaurar los Comites de Jefes z cnees . cuya organizaci6n estera a cargo del Gerente General de Ia SUNARP y que se Uellaran a cabo una vez per semana: Que . medi ante ResoluciOn Su prema N" 188-2011 .JUS publicada eI era 07 de octubre de 20 11, se da por concluida la designa ciOn de l cargo de SUperinlendenle Nacional de los Reg rstros Publicos - SUNARP; Que. en tal contexto, el literal c) del articulo 12" del Reglame nto de Organ iZaciOn y Funciones y el literal c) del articulo 13" del Estaluto, disponen que er Superinlendente Adjunto bene . como una de sus atribuciooes , Ia de reemplaz ar aJ Superirllendeole Nacion al. en case de ausencia 0 lmped mento temporal. asl como por deleg aciOn de aquel; De conformidad con 10 dlSpuesto per fa l ey de Creaci6n del SIStema Nacional y Ia Superintendencia NaClOllalde los RegiStros PUblicos, ley N' 26366 , el Estatuto de la SUNARP, aprobado per Resotuci6n Suprema N" 135-2002-JUS , 'J el Reglamento de Organizaci6n y Funciones de la SUNARP, aprobado ResoIuci6n Suprema N°139-2002-JUS; SE RESUE l VE : Arti cul o Pri mero,- Instituir a nivel nacional los Comites de Jeles Zonales a cargo de la Gerencia General de la SUNARP . Arti cul o Segundo. - Disponer que el Gerente General de la SUNARP se encargue de organizar 'J programar los Comites de Jefes Zonales; los mismos que se lIevaran a cabo una vez por semana: Reglstrese, com uniquese 'J publlquese JORGE ORTIZ PASCO Supe rinte nde nle Adjun to de los Registros Publicos 747 223-1 Aprueban Directiva .que regula la inscripci6n de las Areas Naturales Protegldas y demas aetos tns cribtbles relativos a estas en el Regtstro de Areas Naturales N" 028-2012-$UNARP/SA Una, 30 de enero de 2012 Vistos el Informe Tecn ic:o NO 008-2012-SUNARPI GR, eI Informe N" 077-2012-SUNARPlGl del 181112012

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Page 1: SUMILLA 31 01 2012 - FAOfaolex.fao.org/docs/pdf/per111340.pdf · 2013-01-16 · Que, mediante er Informe Tecnico N' 008-2012 SUNARP/GR, la cereoce Registral de Ia SUNARP na elevado

y su vincutacen con et Registro de Predios, de acuerdc conlos IIlerales b) y ell del referido articulo.

Que. er literal s) del articulo 3 del Reglamenlo de laley N"28294, aprobado cor Decreta Supremo N'OO5­2006-JUS, define al venncadcr calaslral como laspe rsonas naturales. prctesionales eciecieoce ylo pers onas[urldicas cce ceteotes. inscritos. de existir. en el Indicede vermcaccres a cargo de las municipalidades y en erReglstro de veonceecree ee SUNARP,

Que,erReglamenlo dellndice del verecacor ceteetretaprobado por ResoluCi6n W OJ.201o.SNCPJCNC ymodificado por ResoluCi6n N'OJ.2011·SNCP!ST, regula erfunclOnamlenlo del lndlCedel Venficador Catastral que asiaintegraclo por los profesiOnales de Arquilecto , IngenieroGe6grafo. lngemero Agricola, Ingen.efO AgrOnomo,Ingeniero Civi e Ingen.ero Forestal,

Que . el ColegIO de Ge6grafos d!!'I Peo:I ha soIicrtadoIa inclusi6n de los geOgralos en el lrece del Verificadorceteseer acompanando Ia documentaci6n sustentatoria , Iacual ha sdo analizada pol' Ia 5eaetaria Tecoca a travesdel irIlofme lea.ico N" 47·2011-$TJ$NCP-GR 'I el informelegal N"01 -2011-eGAA, detennNndoseque los ge6grafosQJITIPIen conel perliIy formac:i6n academica receseoa. eesaUn si se mmpara coneI plan cumcutar de otras profesionescomo lngen.ero Agronomoe lngen ero Foresta l que estanconslderados como venficadotes catastJales

Que , er Con sejo Nacional de Catasfrc , en eI marco desus competencies ccoiencas en el art iculo 8 de la l eyN" 28294, en su sesi6n de fecha 09 de enerc de 2012 haaprobado ta propuesta de modificaciOn de los art icu los 3,literal a), 'I 6 del Regla mento del Indice del VerificadorCatasuar, en los teemmos que se ind ICan en Ia parteresolutiva de Ia present e ResolUCiOn:

Que, mediante Resoluci6n SUPfema N'88-2011-JUSpublicada el 07 de oct ubre de 201 1. se da corconcluida tadesignaoon de l cargo de Superinlendente Nacional de losReg isl ros Public:os

Que, er Estatuto de Ia SUNARP, articulo 13" lderaJc),aprobado par Reso luciOn Suprema N" 139-2002-JUS,disponen que el Superiotendente AdJunto Ilene , como unade sus alnbuaooes, Ia de remplaz ar al SuperintendenteNacional, en case de ausencia 0 impedimento tempo ral.as l como por delegaci6n de aquel

Que, estando a 10 ac:ordado por el Consejo NacionaI deCatastJO Yde COI,lonnidad coo 10 dispueslo en el artieukl 7,Ubno parrafo, de Ia Lev N" 28294, en COIlC:Oniancia COIl IaLey26366 y eIartiCUlo 1j"literal c) delEstatuto de Ia SUNARP.

SE RESUEl VE:

Articulo 1,- Moo,ficar el articu lo 3', literal a), de lap ired iva N'01·2010-SNCP!CNC del Reg lamento de lInd lce de l Verificador Cataslral , el cual queda redadadode Ja sig uiente forma :

a. Profesionales:Alquitedo, I ngen~ro Ge6Qrafo, Ingen~roAgrioola, Ingenlero AQr6nomo, i ngen~ro Crvil. lngen~roForestal 'J Ge6grafo: debidamente CO~iados y habllitados

Articul o 2.- Modiflca r e! artIculo 6 de la Dired lva N'Ol ·201Q.SNCPICNC del Reg lamento dellndice del Verif icadorCatastral , el cual queda redactado de la siguiente forma '

INDlCE VERIFICAOQR CATASTRA l

EI Indite estara integrado per los profes ionales deAlq uitedo, Ingeniero~rafo, InQeniero Agricola , Ingen~roAgronomo, Ingenle ro Civil, Ingemero Forestal y GeOgrafo:debidamente colegiados y habilitados, con una experie nciaminima de Cinco (05) anos en aetrvidades catastrales

Articul o 3- la pre senle resoluci6n sera publicadaen la p.illg ina 'Neb de Ia SUNARP. de l Sistem a NaCionallnteg rado de InformaCion Catastral Pred ial · SNCP y en elportal del Estad o Peruano

Articul o 4 ~. La Pfesente resOluCi6n entra en vigencia apa rtlr de l dia sigUlenle de su publlCaei6n en el Ciano OficlalEI Peruan o.

Reg istrese. com unlquese y publlquese,

JOR GE ANTONIO MA RTiN ORTIZ PASCOSuperintendente AcIjunto de losReg islros PUblicos - SUNARPPresidente del Consejo Nacionalde Catastro del SNCP

741396-3

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Instituyen a nivel nacional los Comitesde Jefes Zonales a cargo de la GerenciaGeneral de la SUNARP

RESQlUCION OEl SU PERINTENPENTEAD JUNTO DE l OS REG ISTROS PUBllCQS

NO 026·2012-SUNA RPISA

Lima. 26 de enero de 20 12

CONSIDERANOO:

Que . as funciOn de la Superintendencia Nacionatde los Reg iSlros Pub licos , pla nlficar, organizar, dirig ir,ejecutar y controlar las acnvcaoes de caracter tecncc yadminist rativo de l siStema;

Que , en tal sentoc. et literal m) de l art iculo 7"de l Reglamenlo de Organizaci6n y Funciones de IaSupe rintendencia Nacional de los Reg lstros Publicos- SUNARP, aprobado por Resoluei6n Suprema N" 139­2OO2-JUS, y del Estaluto de Ia Superintendencia Naciona lde los Registros PUblicos - SUNARP, aPfobado perReso luci6n Suprema N" 135-2002-JUS, deponen que elSuperintendente Nacional teoe Ia facu ll.ad de didar lasmeccas de organizaci6n intem a que se requeran ;

Que, asmerro. er Irteral v) de l art icu lo r delReg lamento de QrganlZ3ci6n y Funciones de Ia SUNARP,as i como de l Eslatuto, astablecen que el SuperintendenteNacional IIBne Ia facu llad de expedir las resoluciones desu competeooa.

Que , resulta necesariO lormalizar y reforzar Iacoordinaei6n entre los J6fes de las trace Zonas Reg istralesque conforman la SUNARP; para 10 w ar se ha VlstO percorwenente instaurar los Comites de Jefes z cnees . cuyaorganizaci6 n estera a cargo del Gerente General de IaSUNARP y que se Uella ran a cabo una vez pe r sem ana:

Que . mediante ResoluciOn Suprema N" 188-2011.JUSpublicada eI era 07 de octubre de 20 11, se da por concluidala designa ciOn de l cargo de SUperinlendenle Nacio nal delos Reg rstros Publicos - SUNARP;

Que . en tal contexto, el literal c) del articulo 12" delReglamento de OrganiZaciOn y Funciones y el literal c) delarticu lo 13" del Estaluto, disponen que er SuperinlendenteAdjunto bene .como una de sus atribuciooes , Ia de reemplaz araJ Superirll endeole Nacional. en case de ausencia 0lmpedmento temporal. asl como por delegaciOnde aquel;

De conformidad con10 dlSpuesto per fa l ey de Creaci6ndel SIStema Nacional y Ia Superintendencia NaClOllalde losRegiStros PUblicos , ley N' 26366 ,el Estatuto de la SUNARP,aprobado per Resotuci6n Suprema N" 135-2002-JUS , 'J elReglamento de Organizaci6n y Funciones de la SUNARP,aprobado ResoIuci6n Suprema N°139-2002-JUS;

SE RESUEl VE :

Articulo Pri mero ,- Institu ir a nivel nacional los Comitesde Je les Zon ales a cargo de la Gerencia General de laSUNARP.

Articulo Seg undo.- Disponer q ue el Gerente Generalde la SUNARP se encargue de organizar 'J programar losComites de Jefes Zonales; los mismos que se lIevaran acabo una vez por semana:

Reg lstrese, com uniquese 'J publlquese

JORGE ORTIZ PASCOSupe rinte nde nle Adjun to de los Reg istros Publicos

747223-1

Aprueban Directiva .qu e regula lainscripci6n de las Areas NaturalesProtegldas y demas aetos tnscribtblesrelativos a estas en el Regtstro de AreasNaturales

A~~~t~~~~8i~:~rs~~~~~'tJ°Bl~J6sN" 028-2012-$ UNARP/SA

Una, 30 de enero de 2012

Vistos el Informe Tecn ic:o NO 008-2012-SUNARPIGR, eI Informe N" 077-2012-SUNARPlGl de l 181112012

REAL TIME EIRL
REAL TIME EIRL
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y et proyecto de directiva elevado at Directorio de laSuperintendencia Nacional de los Reg islros Pcbucos: 'I,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los RegistrosPublicos as er organismo publico tecmcc especia lizadocreede par la Ley NO 26366, encargado de planificar,orqanizar, normar. dirigir, cooroinar y supervisar lainscripcon y publicidad de los actos y contratcs en losRegislros Pubucos que integran et Sistema Nacional;

Que, el articulo 68" de la ConstituciOn PolJlica delPeru estab lece que at Estado esta obl igado a promoverta ccnservacon de la cfversioao biol6gica y de las areasnaturales pro legidas;

Que, en concordancia con Ia citada norma ccosnoconeual eyOroanca para eIaprovechamiento sosteoeede losrecrrsosnaturales, LeyN°26821. ceccoequees obfigaci6n del Estadofomeotar Ia conservaci6n de areas naturales que cuentan conm portante divernidad boeqca, paisajes Y otros compooentesdelpa!rmonic natural de IaNaci6n en lonna de Areas NaturalesProtegidas, en cuyo ambito el aprovechamiento sosieoce delos recursos naturales esta sujeto a noonativdad especial;

Que. la Quinta Disposici6n 'rransitcna, Complementaria yFinal de la ley General delAmbiente. ley N"28611 estableci619 obIigaci6n de Ia SUNARP de m plernentar er Registro deAreas Naturales Protegidas y ecrcoer la normativa pertinente;

Que , en cumplimiento de tal disposk:i6n, medianteResoluci6n N"36D-2006-SUNARP/SN, se eorobcia directiveW 004-2006-5 UNARP/sN. 1a cual regul61a inscripci6n de lasAreas Naturales Protegidas en el Regist rodel mismo nombre ;no obstante , se ha advertido en seoe registral dencenctasque han generado diticultades at accesc de ceres areas a!ReglStro, canoe lugar que a ra ecre se neven inscnto muypocas . reoenoose inscrito alqunas inclusive en el Registrode Predios , 10cual es necesano corregir ;

Que, en er marco de la politica de mejora continua deta prestacicn de services reqistrales emprendida por taSUNARP, corresponde establecer reg las claras y masprecisas a fin de facilitar y propiciar la inscripci6n de lasareas naturales protegidas y de los ados vincu lados a elias,sin penucc de ta seguridad juridica que er Regis tro estaob ligado a cautelar, generando uniforrnidad y pred ictibilidaden las decis iones de las instancias regis trales :

Que, mediante er Informe Tecnico N' 008-201 2­SUNARP/GR, la cereoce Registral de Ia SUNARP naelevado a la Superintendencia Adjunta un proyecto demcorncacon de ta directiva antes aludida, proyecto queintegra las opiniones de la Ge rencia l egal, forrnulada atraves del lnforrne N"077-2012-5UNARPIGl del 181112012,de los representantes de las instancias calificadores, siendopub licado en la pag ina web de la SUNARP y pues to enconocimiento de las entidades vinculadas a !a materia;

Que , atend iendo a que el proyecto aludido contemplatodos los aspectos regulados en la direct iva primigenia,resu lta conveniente disponer la derogaci6n expresa de ladirectiv a N"004-2006-SUNARPISN;

Que, med iante Res01uci6n Suprema N'188-2011-JUS ,publ icada el d ia 07 de octubre de 2011 , se da por concluida!a designaci6n del cargo de Superintendente Nacional delos Registros Pub1icos - SUNARP;

Que, el literal c) del articulo 12' de! Reglamento deOrganizaci6n y Funciones de la Superintendencia Naciona l delos Registros Publicos -SUNARP, aprobado por Resoluci6nSuprema N" 139-2002-JUS Y et articulo 13° del Estatutode la Superintendencia Nacional de los Registros PUblicos-SUNARP, aprobado por Resoluci6n Suprema N'135-2002­JUS. disponen que el Superintendente Adjunto tiene comouna de sus atribuciones, la de reemplazar al SuperintendenteNacional. en caso de ausencia 0 impedimento temporal, asicomo por delegaci6n de aque!:

Que , et Directorio de la SUNARP, en su sesi6n NO 276de fecha 26 de enero del presente af'io, en ejercicio deIa alribuci6fl conferida por b) del Articulo 18' de Ia l ey N"26366 Y Irteral b) del articulo 12°del Estatuto de IaSUNARP,aprobado par Resoluci6n Suprema N" 135-2002-JUS, acord6por unanimidad, aprobar la Directiva que regula la inscripci6nde las Areas Naturales Protegidas y demas actos inscribiblesrelativos a estas en el ReglStro de Areas Naturales

Estando a 10 acordado porel Directorioy de conformidadcon 10 dispuesto en ell iteral v) de l Articulo 7"del Estatu tode fa SUNARP, aprobado por Resoluc i6n Suprema NO 135­2002-JUS;

SE RESUElVE:

A rticulo Primer o,- Aprobar la Directiva N" 01-4012­SUNARP/SA , que regula la inscripci6n de las Areas

14Natura les Protegidas y demas actos inscribibles relatives aes tes en el Reg istro de Areas Naturales ,

Articulo Segu ndo.- Deroga r la Directiva N" 004-2006­SUNARPISN, aprobada por Resoluci6n del SuperintendenteNaconat de los Registros Pcbrcos N° 36D-2006-SUNARPISN.

Reqtsnese, comunrquese y pubtlquese.

JORGE ORTIZ PASCOSuperintendente Adjunto de los Registros PUblicos

DIRECT IVA N° 01-20 12-SUNA RP/SA

1.- A NTECEDENTES Y CO NSIDERAC IONES

EI articulo 68 " de la Constitucicn Pcnuca del Perues tablece que el Estado eeta obligado a promover laconservacion de la diversicad biol6gica y de las areasnaturales peoteqioas.

En concordance con la cteoe norma consutuconatla ley orcaoce para et aprovechamien to sostenbie delos recursos naturales , ley N" 2682 1, dispone que esobfigaci6n del Estaooromentar ta conservacrcn de las areasnaturales que cuentan con importante diversidad biol6gica,patsaies y otros ccmponentes del cemmcnc natural de laNaci6n en forma de Areas Naturales Protegidas, en cuyoambito et aprovechamiento sostenible de los recursosnaturales esta sujeta a no rmatwidac especial.

Asimismo. la ley de Areas Naturales Proteg idas ,ley N" 26834 y su Reg lamento aprobado por DecretaSupremo N'038-2001-AG. en concordancia con fa normaccnstitucicnat y legal ctadas. definen a las Areas Natu ralesProtegidas como los espacios continentales 0 marinos delterri torio nacio nal. reconccccs. es taorecoos y protegidospor el Estado, per su importancia para la conservaci6nde ta diversidad biol6gica ' y oemas vacres asociaoos deinteres cul tural , paisajlstk:o 'I cient ifico . asl como por sucontribuci6n al desarrollo sostenible del cere.

Laadecuada protecci6n de las Areas Naturales Protegidas,en aoelante ANP, perrnite no 5610 ta conservaci6n y eIdesarrollo de la biodrversidad cultural, paisajishca y ceouncasino et m oolsc del desarrollo sostenible del pals a naves dela integraci6n de la biodiversidad al turismo de naturaleza aecoturismo , poes el crecimiento sostenido de esta es un factorclave para Iaeconomia peruana, maxime cuando actualmenteelturismo hacia los centros de biodiversidad del mundo 0 a lasareas con concentraciones alias de especies unicas de plantasy vida silvestre, como es el caso del Pen} que se encuentraentre !os seis paises mas rcos en biodiversidad del mundo, seha incrementado ostensiblemente.

En efecto, actualmente hay mayores cantidadesde turistas vis itando los parques nacionales, areasprotegidas y ecosistemas unicos, siendo que segun unreporte elaborado por SERNANP, el numero de visi tantesnacionales y extranjeros que in~resaron a las AreasNatura les Protegidas del Pen} crecl6 en el primer trimestredel2011 en un 44.92% respecto al primer trimestre del af'ioanterior, ademas de ser el mas a~o registrado para elsistema de areas natur ales en los ultimos 04 af'ios.

No oostante, como la expansi6n rapida y desordenada deoperaciones turisticas (construcei6n no regulada de haleles ,vias de acceso y alros ) puede traer consecuencias nefastas adk:ha biodrversidad,tales como la contaminaci6n ,1a destrucci6nde ecosistemas y habitat de especies unicas, entre otros,resulla necesario no 5610 el reconocimiento 0 establecimientode dichos espacios como Areas Naturales Protegidas, sinotambien su ifIscripci6n en un RegiStro JUridico, pues auncuando las ANP, con excepci6n de las areas de conservaci6nprivada constrtuyen bienes de dominic pUblico, pueden incluiren su ambito predios de propiedad privada preexistentes cuyoejercicio" debe ir en armonia con los objetivos y fines del ANPY su caracter de patrimonio natural de la naci6n. ademas de

Y es que las Areas Naturales Proteg,c\as alt>ergan imponantes rocursosnarurales~e ademas cIe se.....ir cIe alimentoy malaria prima paradiveosospfOductos. sirven. entre Ol'OS, para regular el clima. cont,arrestanoo €Iefectomvemaderoproducidoparlaconta~nadoo ambienta!,captaraguas,cenlralizarenergia, prooucir biomasa ymanlenerat~i l:brio ecol6gico.De ~ClIerdo con el articulo 44.1 del Aeglamento cIe la Ley N' 2&834, Leyde Areas Nalurales Proteg,C\as" €I ejercicio del derect\o 00 prop;edaaproe<islentea lacreaci6n deunArea Narural Protegic\a aeoo se, ro:TljlatlbieCOIl SlJ caracte< cIe PallimoolO de laNaCloo ,

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eoetarse a las restricciones y ~mrtaciooes cer tcusree queeventualmente puedenestablecersecoocaraetel'particular enIa norma de creaciOn de las ANP, en el Plan Maestro 0 en Iarespediva Resoluci6nPresidencialdel SERNANP,lJnrtacionespartiCularesque requieren serconoddospar terceros a eledosde su oponibilidad.

Asimismo.sibienc:omose seflalaencs coosiderandosdelaResoIuciOn Presidentia l N·2 17·2lXl9-SERNANP,paraefeclosde su oponililidad a ierceee no es necesaria la insclipci6nde las I(nitaciones 0 C3f9aS ambiefltalesestableciclas por IaLey de Areas Naturales Prolegidas al deredlo de propiedacIde los predios utlicados al inIeriofde Ia ANp, tales como suconcIiciOn de Patrimonio Natural dela NaciOn. Ia calegOlia yzonificaciOn 3S1gnadas. y la obIigacl6n de otrecer al EstadoIa pnmefa opci6n de cornpra en case de venta: n:t.Iso enestos casos. en aras de Ia segumad Jurldica Que eI Registrodebe cautelar, resu.a necesanoaden'Ias de nsatlif eI ANP,exlender Iaan0taci6n de correIaOOn respectiva en Ia partXla delos predios de propiedacI privacla Ibcados al interior de esta.a efectos de que los evertuales adquirentes de tales prediospuedan conocerque estos se encuentran dentrode I.rl AniJ YportantoSU)elos a las mencionadas rmrtaciones,

19ualmeole. de acueroo con Ia Ley de Areas NaturalesPrGegidas. Ley ~26834 . el Estado reconoc:e 'I promueye Iapartq)aOOn privada enIagesb6n deANP.00;Jrga000 paraeta.eotre otros.conlJatos de adlTWll$lra<iOn delarea.concesionespara IapresladOn de servic:ios econ6mic:osdentrodel area 'Jrontratos para el aprOYeCharmeoto de reaJl'SOS del see«. bsque IM1bien requerenset publicitados.

En ese sentco . se hace necesaria Ia intervenoon delRegistro para publicrtar y dotal de efedos jurldicos a Ian formaci6n relevanle de las ANP: precisamente la QuintaDisposici6n Transltooa. Com Plementarial: Final de laLey General del Ambiente. ~28611 I$pUSO Que laSUNARP debia implementar~egislrode reas NaturalesPr()(la9idas y establecer la normatiYidad pertinente

En <UfllIinent;l del mandato <XlI'Wer'Q) en ta ciadadIsposaciOn, mediante ResokJciOn N"~/SN.se aprob6 tadrectMI N"004-2005-SLNARP1SN. tacuaI reguIOta Ilso1XXln de las ANP en eI Registro del mismonombl'e; noctlstare,pese aQuesegUn eIreporte de SERNAf'I' aduaizadoaI 00-01.2012, se nan aprobado 74 ANP de DninislJaci6nnacional. 15 areas de oonservaci6n legional y 42 areas deconsefVaCi6n priYada, a Iafed1a senanII'lSCrtOmuypocas An?e,lnClJso.alQunas nose nan inSCTWen eI RegistrodeANP SI'1OeneI ReglSlrode PJedios, 10 cual es nec:esario c:nrregir.

AsmlSmO, como la dtredlVa vgente al regular laIflSalx:i6nde lasANP en el ReglStrode Areas Naturales Protegidas omttedi5poner IaextensiOn de asientos de correlaci6n en Iapartidade los predios de propiedad privada ubicados dentro del ANP,omisi6n Que resta eficacia a ta protecciOn Que eI Registroblinda a lasANP Inscntas. En electo , si en Iapartida delprec:honoseencuentra publicitada Ia CircunstanciaQue seencuentraubicado dentro de unANP, eI interesadoen adQuiririonotendrafonna de oooocer tal MuaCiOn 0, en eilTlejOf de los cases, Ieresuftara sumamente oneroso conocel1o,y coosecuentementesujetarse a las limrtaciones 0 cargas ambientales establecidaspor la Ley de Areas Naturales Protegidas; por 10 Que comoya se sel'ialO, en aras de la 5el;luridad jurldica q ue el Registrodebe cautelar, resufta necesano ademas de msaibif eI ANPen el Registro de Areas Naturales Protegidas, extender faanotaci6n de correlaci6n respectiva en la partida de losprediosde propiedad privada ubicados al JrteriOr del ANP.

Iguamente, como al interiOr delANP pueden existiftambienderechos 0 roncesiones mineras 0 Iorestales 0, ejecutarseconcesiones de obras publicas de maestrudura 0 de serviciospUblicos, tambien es nec:esario extendef las anolaciones decorrelaci6n respediva en las parti:las de dichas roncesiones,a fin Que sus titulares se sUJelen a las Iimilaciones Y cargasambientales estabiecdas por Ia Ley de Ateas NaturalesProtegidas. su Reglamento Vdemas dlSpOSlciones pertnentes

De otro !ado, se ha actvertido tanto en sede legistralcomo en las propias entidades encargadas de gestionar la1lSCf1x:i6n de ANP el considerar como una drficultad para talinscr«i6n la acunstancia Que eI ANP comprenda prediosde propiedad privada 0 derechos de posesiOn preexistentesinscritos , habiendose en algunos casos obsefvado inclusiveIa exiSlencia de supefpOSic::Kln registral entre Ia extenSiOnsuperliaal del ANP con J)fed1OS II'lSCflIOS, observaci6nmotivada del numeral 56 de Ia Direcbva N" 004-2006­SUNARP/SN que exige Ia inlervencK>n del area de CatastropaI'8 venficar Si en el Registro de Predios se encuentrainmalriculado totar0 paroalmente el ANP Y si tal situaci6n seencuentra desaCa en Ia resotuciOn de creaciOn respedivaAI respedo, si bien resufta neoesario que el area de conastrovenfiQue Siel ANP oomprende predios ins<:ri:osen el Regl5tJo

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de predcs. dicha veonceccn no teoe por objeto ccntrastarlccon la norma de creaci6n del ANP ni impedir Ia nscrcconde esta en el Registro de Areas Naturales Protegidas, sinooenntcer los predos nseeos con antenorietad, a electos deQue una vez insarta el ANP puedan exterderse los asientosde oorrelaci6n respectivos en la partda de tales pecos.

En atenci6n a las consueracones expuestas, resultanecesarc estatsecer las reglas pert inentes a fin depropiciar Ia inscripci6n de dichas ANP V de los eernasactos veeneccs a estas en el Registro de Are as Nat uralesProtegidas. as! como et frastaoc a ecee Reg istro de lasANP inscritas en el Rla9istro de PrediOs.

2. FINAllDAD DE LA DIRECTlVA

Dictar las normas Queregulen Iainscripci6n de las AreasNaturales Prolegidas Vdemasactos inscnblbles reratvce aestes en el Registro de Areas Naturales Protegidas creadopor Ia Qu inta DispositiOn Transitoria , ComplementariaV Final de Ia LeV General del Ambienle, Ley N" 28611 ycemas ncrmas reg lamenlanas

3. A LCANCE DE LA DIRECTlVA

Los Oraanos Desconcentrados de Ia SUNARP queintegran erSistema Nacional de los Reg ,stros PubllCOS.

4 . BASE LEGAL

• ConsbtUCiOnPcutca de l Peru ," Ley N"26366, Ley de CreaciOn del Sistema Neccnat

de los Reg istros PlibliCOS V de la SUNARP," Decreto Legistativo N" 757, Ley Marco para la

InversiOn Prillada (articu lo 54'" Ley 26821 , Ley Ofganica para el Aprovechamlef1to

Sostenib!e de los Recursos Naturales" Ley N"26834. Lev de Areas Natu rales Protegidas." Ley 26839, Ley sobre la conservaci6n V

aprovechamiento sos tenible de Ia diversidad bioIOgica" COdigo Civ~

" Ley N" 28611 , Ley General de Ambiente (crea elReg istro de ANP ).

" Decreto Legislatlvo N" 1013 Que a ea el SERNANPcomo ente rector del SINANPE V autoridad tecniCOnormativa (2da DI$p Comp. Y FInal) ,

" Reg lamento de la Ley de Areas Naturales Protegidasaprobado por Decreto Supremo N"038-2001 ·AG,

" Reglamenlo de Usa TurlstiCO en Areas NaturalesProleg idas, aproba do por Decrelo Supremo N"01S·2009­MINAM.

" Decreto Supremo N"OO8-2009-MINAM,que establecedisposiciones para la elabo racion de los Planes Maestrosde las Areas Naturales Protegidas

Decre to Supremo N" Q04·201Q.MINAM . Queestablece la obligaciOn de las entidades de nivel nacional.regional 0 local de solicitar opiniOn tecn ica previavinculante al SER NANP, en las actividades orientadas alaprovecha miento de reCUf50S naturales 0 a la habilitaciOnde infraestructuras Que se rea licen dentro de las AreasNatura les Proteg idas.

" Res olucion Presiden cial N"217·2009·SERNANP,queprec isa que las lim rtacion es al de recho de propiedad de lospredios ubica dos en ANP, no requieren de su inscr ipcionpara su opo nibilidad a terceros V establece Que taleslimitaciones se inscr iben siempre Que el dispositivo legalQue las estab lece 10 ordene expresamente

" Resol uciOn Presidencial N" 144·20 1o-SE RNANP,Que establece disposiiYiones complementarias p ara elReco noc im .ento de las Areas de Conservaci6n Prrvada,

" TUO del ReglamentoGeneral de los Registros Publicos ,aprobado par Resoluci6n N"079-2005-SUNARPfSN .

5. CO NTENIDO DE LA DIRECTl VA

En atenci6n a los antecedentes y consideracionesexpuestos, seestablecen las siguientes reglas '

5.1 Registro V lugar de Inscri pci6n de las AreasNat urales Proteg id as

Las Are as Naturales Protegidas. con excepci6n de lasarea.s de conservaciOn pnvada . se inscnben en el ReglStrode Are as Naturales Protegidas de la Oficina Registraldonde se encuentren ubicadas.

Si el Area Natural PrOlegida se encuentra ubicada enel ambito territorlal de dos 0 mas Oficinas ReglStrales seracompetente para efectuar ta inscripci6n aQuella en la quese encuenlre Ia mayor extensi6n de la misma.

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EI reconocimiento de las areasde conservacon privadav las condiciones especeles de usa establecidas en laresoluci6n ministerial detal reconccmentc se nscnten enerRegistro de Predios, como carqa. en la partida del respectiveprecic Cuando debe reconocmeotc solo afecte parte delpredio no se requerea la independizaciOn previa, bastandoqueen ellitulo aparezcaclaramenle determinada Iasuoerftciereccoccoecomoarea de ccnservacon pnveoa.

5.2 a cres lnsc rlbtbles en el Registro de las AreasNaturales Prot egid as

En el Reqrstrc de Areas Naturales Protegidas seinscriben los siguentes aetas:

a) La creacton 0 eslablecimienlo del Area NaturalProteqida: ast como ta ceteccneecrcn definitive de laZonas Reservadas.

b) Los aetos que rnodmquen 0 extingan los derechosque sabre ella recaigan.

c} los derechos de usa y aprovechamiento del ANPotorgados a terceros a !raves de coocesceee, cootratos,coovenos. actcrtaaco-es, permisos 0 acuerdos conpobladoresocaes; asrcomo los ados que los Ir-nilen, ampllen 0 extingan,

d) Las medidas cautelares administrat ivas 0 judicialesque reca igan score las areas naturales prcteqioas.

e) Las resoiocrcnes jud iciales 0 adminislrativasque restnnjan er ejercrcc del oerecoc que otorga erestablecimiento de Area Natura l Protegida u ctras querecaigan score dicho derecho

f) Las Iimilaciones at ejercicio de la propiedad vcemascerecnos reales en los predios ubicados ar interior de lasANP, establecidos con caracter part icular en la norma decreaccn de estas. en et Plan Maestro 0 en la ResclccicnPresidencial del SERNANP respective .

g) Los laudos arbitrales referidos a actos inscribiblesen el Registro de Areas Naturales Proteqioas.

h) Otros establecidos por normas legales .

5.3 Titulo qu e da mernc a la ms crtpcton en elRegi stro de Areas Naturales Protegi das

5.3.1 Creaci6 n 0 establecim iento del ANPLa creacon del ANP de administraciOnnacional 0 regional

se inscribe como oatrimono de la naccn, a sojctco delfuncionariocompetente del SERNANP 0 del gobiemo regional,respectivamente, en merdo a la copia simple de la publicaci6nefeduada en el d'ario ofic'al "EI Peruano·~ DecretoSupremoo ResoluciOn Ministerial que Iacrea, acompanada, en fisico yen formate digital. de l mapa respectivo georeferenciado condatum y proyecci6n en coordenadas oficiales emitidas por laentidad generadora del catastro de Areas Naturales Prolegidasy adJuntando Iamemoria descriptiva correspondiente,

EI mapa y memoria descriptiva presentados en fis icodeben estar debidamenle suscritos y sel lados por elpro fesional que los elaborO y por el funcionario competentedel SERNANP.

Sin perjuicio de !o ser'\alado precedentemente, no seraobjelo de observaciOn la circunslancia que el mapa estereferido a un datum y proyecciOn no vigentes a la fecha dela inscripciOn, si el datum ulilizado es el que correspondiaa la fecha de emisi6n del Decre to Supre mo 0 ResoluciOnSuprema que crea et ANP.

5.3.2 Establ ecimiento y catego rizac iOn de una ZonaReservada

EI establecimiento de una Zona Reservada se anotapreventivamente a sol icitud del funcionario competente delSERNANP, en meri lo a la cop ia simple de la publ icaciOnefectuada en el diario oficial "El Peruano' de la ResolucionMinisterial de l Ministerio del Ambiente que la establece

La calegoriZaciOn de findiva de las Zonas Reservadasse inscribe en merdo de la copia simple de la publica ciOnefectuada en el diario oficial "EI Peruano" de! DecretoSupremo que las categoriza, acompar'\ada del maparespectivo georeferenciado con datum y proyecciOn encoordenadas oficiales emdidas por la entidad ~eneradorade catastro de Areas Naturales Protegidas y adJuntando lamemo ria descriptiva correspondiente , los cuales deben estardebidamente suscritos y sel1adospor el profesional que loselaborOy por el funciona rio competente del SERNANP.

5.3,3 Derechos de usa y aprovec ham iento del ANPotorg ados a ter ceros

Los derechos de uso y aprovechamienlo del ANPotorgados a terceros se inscribiran en merdo al respect iveacuerdo, convenio 0 conlrato 0 a la resoluciOn que auloriza

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u otorga et permiso suscnto y emmoo . respectivarnente.por el funcionano cornpetente .

5.4 Contenido del sseotc de inscripciOn de las ANPEI asiento de ioscnpcon de las ANP debe contener,

edemas de los requisltos generales establecidos en etarticulo 50· del Reglamento Gene ral de los Reg istrosPubucce , los siquientes:

a) La denominaciOn del ANP.b) La norma de su creecon . esteblecsmentc 0

cateqonzacicn y la fecha de la misma.c) Extension superficial expresada en hectareasd) Los datos de utncacrcn geql rafica del ANP.e} Los derecnosde terceros. Si los hubere. precisandc

el tipo de derecho, el numero de la partida respect iva encase de tratarse de prediosmscrttcs.

f) Las reslricciones 0 limitaciones al usa de los prediosde prop iedad privada ubicados en el ANP, dispuestas enta norma de su creacion, en et respectivo Plan Maestroo en la resotuclcn pres idenc ial especifica de SERNANP,as! como los cemas datos reievantes para conccim.en tode terceros.

5.5. Interv enclcn del area de catastroLos tltulcs en virtud de los cuaes se scscee Ia lnscroccn

de un ANP requen-en previo informe del area de Catastrode ta Zona 0 Zonas Regislrales en cuyo ambito terrdorial seubque 0 abarque el ANP. D1Cho mforme (s) se pecnu-ciara:

a} Si en el Regislro de Pred ios se ercuentrainmatriculado en todo 0 en parte la extension superficial queaoerca et ANP. preceanoc en su caso las partidas de lospredios afectados.de acueroc al avance de la actualizaciOnde la Base arance de las enemas de catastro.

b) Si en el Registro de Areas Naturales Protegidas seencuentra reqistrado otra ANP Que se superpone total 0parcialmente a! ANP cuva inscripciOn se soacna.

c) Si en er Registro de Concesiones se encuentraregistrado una concesiOn forestal. de cores publicas deinfraestructura 0 para la explotacicn de services publiccsQue se superpone total 0 parcaenente al ANP cuyainscripciOn se soucna.

Si el ANP esta localizada en el ambi to terrdorial de masde una zona reqisfral, er qerente de area 0 gerente registrairespectivo , a solicJtuddel registrador, concedera la pr6rrogaa que se refiere el segundo parrafo del articulo 27' del TUOdel Reglamenlo General de los Regislros Publicos,

No ser~ imped imento para la inscripciOn del ANP iae)(istencia de discrepancias en la descriptiOn del areaadvertida por el ~rea de catastro. En caso de discrepanciaent re el mapa y la respect iva memo ria descriptiva, prima10 establecido en el mapa Que estara respaldado con lainformaciOn digital ent regada en el momenlo de su registro .

SOlo impedira la inscripciOn del ANP el informe decalas tro que advierta la existencia de una inscripciOnanterior incompatible en el Registro de Areas NaturalesProtegidas. La inscripciOn de un ANP de uso indirecloexcluye fa inscripciOn posterior de un ANP de uso direcloQue abarQue parcial 0 totalmente su extensiOn superficial

Inscrita el ANP se comunicara al area de Catastro de laZona 0 Zonas Registrales cuyo ambito territorial abarque afin Que actualice 0 actua licen su base de dalos,

5.6 De la co r relac i6 n de part idasSi denlro de! ANP pree)(istieran derechos de propiedad

pnvada y estos estuvieran inscrilos en el Registrode Predios, alinscrtlir el ANP se extenderan anolaciones de correlaciOn en lapartda de lospredios afectados, en las Quese hara constarQueeIpredio se encuentracomprendidodentro de unANPy a:mo talsujeto a las lr-nitaciones y cargas iegales ambientales previslasen \a Ley deAreas NaturalesProtegidas, su Reglamento u otrasde carader publico, asl como a las restoc.ciones 0 lIn itacionesde usc de car~cter particular inscritasen la partidadel ANP, OJnprecisiOn del nUrnerode esta

Lo dispuesto en el parra fo anterior se aplica tambiencuando dentro del ANP preexistan concesiones forestales ,de obras publicas de infraestructura, 0 para la explotaciOndeservicios publicos inscrdas en sus respect ivos Registros.

5.7 A reas Natu rales Protegidas in scri tas com opatrimonio de la naci6n en el Regi str o de Pred ios

Cuando como consecuencia de la califlcaeiOn registral elRegistrador advierta que un ANP se encuentra inscrita comopatrimonio de la naciOnen e! Regislro de Predios pero no enel Registro deANP,proceder~ a e!ectuar el cierre de Iapartida

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del Regislro de Precos y su traslado respecnvo 31 Regislrode ANP, eoeooeoecse las correepoodentes anotaciones decorrelaci6nen Ia partc a de los credos arecteooe

5.8 Verificaci6n de la Opinion Tecn ica previafavorable del SERNA NP

Los inlonnElS tecoccs emilidos par e r a rea de cata strcpara Ia inmatricu laciOn de un predio deben consignar,cuando corresponda. Ia circunstenca de enccntrarseoer ure de un ANP WlscritO.

En ca se eIpredio obtelo de inm atriculaciOn odedaraloriade fabrica regular se encceotre comprendido denlro de unANP mscnto. el RegrslradOf requerea ad lClOrlalmente a losrequlSilos e.igidos para ta inscripciOn de tales ados. IaOpIOi6n Teena PreY13 favorable del SERNANP,

Pata Ia~ de COI'ICeSIOI"le brestales. de obrasp(bIicas de infraestruc:tuf 0 para Ia elCpllXaOOn de seMCiOS~ OJya e,ecuci6n pudiera afedar a I.Wl ANP nsailo. eIRegistrador requer'ra aI area de eatastro que Ie ntorme si IaconcesiOn OJya~ sesoIicta seencuentra CXlI ' ipiel didademode unA/'P merta.DeYerificarse didla cirtunstanda,paraIa~ de tales roncesiones se reqveml adieionalrnenteIaOpiniOn Tecnca Previa favorabledel SERNANP.

5.9 Indi ce de Areas Naturales Prol 8g ldasLa Gerencia de Informatica de la SUNARPImplementar3

enelSIR unmOdulo delJndicede AreasNaturalesProtegklasn ecreas a nivel nacional, que permfe cbterer o romaconrelative a estas. utilizando dis tintos cnteros de accesctales como eenorreecon. ubcacon, nurrerc de norma decre aci6n, etc, En dicho Indice deben aparecer tamblen lospredios de propiedad privada ubicados denlro del ANP,

6. RasponsabiUdad

Son responsables del cump!imienlo de Ia presenleDireetrva , los Jefes de los O~anos DesconcentradO$, losReglStrad ores y demas servidOfes InlefVIne nles segunsea el casc.

747396-1

Aprueban Directiva MProcedim ien topara que los Registradores PUblicossoliciten las acJaraciones a losMagistrados del Poder Judicial encumplimlento de 10 dispuesto en elarticulo 2011 0 del COdigo Civil"

RESOLUC IO N OEL S UPERINTENOENTEA OJUNTO DE L OS RE GISTR QS PUBLICO S

N° 029 ·2012-SUNARP/S A

Lima, 30 da enero de 201 2

Vis to , el Info rme N° Tecnico N" 007-20 12-SUNARP­GR, emit ido por la Gerencia Reg istr al de la Sede Cenlraly el Informe N' 090-2012-SUNARP/GL em ltldo por laGerencia Legal de la Sed e Central ;

CONS IDERA NDO :

Que. la S uperintend encia Nacional ,de los Reg lstrosPubllCOs • SUNARP, Organismo TecnlCO Espeaatizadodel Secto r Justieia , liene por obfeto dictar las po lilicastecnlCOadmlllstratrvas de los Reglstros Publicos, estandoencargada de p1anifica r, o rga nizar, normar, dlngir, coon:M ary super'VIsa r Ia inscnpci6n y publiCidad de los aetos ycontratos en los ReglStros Pubticos que Integra n eI SIStemaNacional. en e l ma rco de un proceso de sirn pli ficaciOn.integraci6n y m odem iZaCiOn de los Reg isl ros ;

Que, la SU NARP, para eum plir adecuadamente surol 'f runCiones, debe es ta r corredamente org anizada ydebidame nte dotada de los inslrumentO$legales. y de olreord en, que resulten necesariOs para penmllr el desarro llode un sIStem a ag il. con coslos razonable$ y acome con eldesarrollo econOmico:

Que, la cal lflcaciOl'l registral conslltuye un principiaeser'lClal en el SIStema Reglstral. que supone, e l examen deIa leQalidad de los documenlos, capacidad de losotorganlesy validez de los aetos, materializado en un procedlmMlnlOtecnlCO formal qu e permlte al Reglstrador PublICO, establecefsi el acto rogado es objeto de acce so al Reg istro:

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Que, actualmente IaSUNARP hadelerminado Iaexistendade una problemabca, respecto de Iacal ifK:adOn de resoludonesjudlCiales , debidoa que los ReglStradores en eIE!JefCIOO de sufunci6n reglStral. reoueren IaadaraciOn de los partes judoalesde eceereo con eImarcolega l vgenle,kl que enalgunos casas,genera que los juec::es decrelen eperceenemos, con forme eIartiOJIo g·de Ia LeyOrganica delPoderJudicial, generando unconflido entre dos enbdades del EstadoaJYO obfeIJ'IO es seMde me;or manera a Ia ClUdadanIa:

Que, la s soIici udes de aclaraciOn formuladas par losReglStradore$ PUbIIcos,ena lgunos casas ceeoecena lafa~ade I"IformaciOn adecuada y reevame de los Magistr3dos,que descoo<X:iendo la WlformaciOn reg lStral aaualizadaeneen pronur'lClamlE!f1lOS. generando incompatbilidad conreseectc de los antecedentes reglStrales;

Que, los R~l$lradores . a l efectua r tas ca ltflca oonesde resoluciones judlCiales , te nen Ia obligaciOn de adverttra los Magl$trad O$ loS .obstaculos que se presenta n encuanlo a Ia Incompatcllidad entre Ia resolutiOn JUdICial ylos anteced entes reglsl rales y otras causas:

Que, asimismc, es necesaro regular no rm alivamenleun peccedimentc que perm~a poner a d isposlClOn de losMagisl rado s del Pooer Jud icia! la informaciOn registrar quecoadycve en la loma de las decisiones jurisd icc ionales:

Que , astrmsmc . se ne prevrsto et procedsmentomtemc en ta SUNARP, a fin que ta Procuradurla de laSUN A RP, pu eda tomar ccnccmentc que la acuraccndel R~lst rado r rue ejercca POf m andato reueracc 0acercornentc del Juez 0 Magistrado, y en consecuencia,se cuen te con lodos los elementos qu e Ie permitan tomarlas dec'ac nes adecuadas en el caso que los Registradoressean denunciados CiVIIl penalmente por haber extendidolos as ientos a pesar de as defiCl8nClas advertidas;

Que, dicho proc:edirniento debe guardar coherencia con10previsto en e l art iculo 2011 ·del COd90Civil, eI cual dISponeque los R~lStradores pueden sotiCllar al juez las acla rilClOOeSo iflformaCiOn~na que precISe Ia so licitud. SWlperjudicar Ia prioridad del ingreso al Registro. Slfl que elo.-nplique el desacato a las decisiones ;urisdiccionales;

Que , as rmlSffiO. se ha p revislo Ia implementaciOn delMOdu lo InformatiCaque permlta dar a conocera los usuariesa !raves de delermmada pu bilCidad registr al que se haexte nclido e l asenlo baJO apercibmento del MaglStrado, ya su vez Ia instltuQOn cue nte conel respecl:rvo ms lrumenlode gesliOn estadisllCOque Ie permila ClJantJficar y re allZa rlas COOroWlaoones con el Poder JudICIal , a fin de unifica rcnteries enlre ambas inst ltuciones:

Que. a su ...ez. es necesario deJar constancia que lasdisposoones reccgdas en ta presente Di'eaiYa. resuIanapIicabIes de manera~ a10regutado enelleroerIIIecedeI lte R:orporado enel Ouinto PIeoodei Trb.I"IaI Registral.respecto de tacakflCaCiOn de rescb:iones jIXlieiales:

Que. mediante el lnforme Tecnico N· 007-2012­SUNARP-GR, emitido par Ia Gerencia Reg istral de Ia 5edecentraly el lnforme N· 090-2012-SUNARPIGL emltido por laGerenCla Legal de la 5ede central , se ha oplnado respectode la p rocedencia de Ia emisi6n de Ia presente Directiva,

Que , m ed ian te la ResoluciOn S uprem a N" 188-2011 ·JUS p ublicada al d la 07 de octubre de 20 11, se da parcon clu ida la designaci¢n del ca rgo de S uperintendenteNa ciona l de los Registros Pu blk:os-SUNARP:

Que, el literal c) del articulo 12· de l Reglamento deOrg anizaciOn y FunClones. aprobado par ResoluciOnSuprema N" 139-2002-JUS, el a rt iculo 7"1 el literal C) delartiClJIo 13· de l Estatuto aprobado por ResoIuci6n SupremaN'135-2002-JUS, disponen que e l Superintendente Adjunlo ,bene como una de sus atribuciones, Ia de reemplazara l Superintendente Nacional. en caso de ausencia 0impedimento temporal: as i como par delegaciOn de &que! :

Que, el D1reetorio de Ia SUNARP. en su ses iOn N" 276del presenle al'lo , acordOparunanirnidad aprobar eIProvedode Direct lVa presentado par ta Gerenoa ReglStral. deCXlfIformidad con 10 estabIeOdo en el inaso b) delArticulo 18·de Ia Lev ,.,. 26366 e inciso b) del Articulo 12 del Estatulode Ia SliNARP, aprobado per ResoIuciOn Suprema NO 135­2002-JUS, del 11 de juliode 2002;

Contando con la visaciOn de Ia Gerencia ~al ,Gerencia de Informatica y GererlCia ReglSlral de la seoeCentral de Ia SUNARP;

SE RESUELVE :

A rticulo Primero.- Aprooar Ia Direcliva N" 02-2012­SUNARP/SA, 'Procedimienlo para qu e los RegislradoresPubllcoS sol icllen las adarac iones a los Magrstrados delPoder Jud icial en cumptimiento de 10 dispuesto en ela rticu lo 2011 ·de! COdigo Civi r .

REAL TIME EIRL
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