sumario decretos - eldial.com · 2014-03-14 · ministerio de ciencia, tecnologia e innovacion...

40
PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.154.675 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 4,00 Buenos Aires, viernes 14 de marzo de 2014 Año CXXII Número 32.846 Pág. Continúa en página 2 DECRETOS SERVICIO EXTERIOR Decreto 288/2014 Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la República Francesa. ......................................................................................................................... 1 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. ..... 2 Decreto 260/2014 Designación en la Dirección General de Proyectos con Financiamiento Externo........................... 2 MINISTERIO DE EDUCACION Decreto 275/2014 Dase por prorrogada designación en la Unidad de Auditoría Interna............................................. 3 MINISTERIO DE SEGURIDAD Decreto 274/2014 Recházanse recursos interpuestos contra la Resolución Nº 371/2011. ........................................ 3 DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Decisión Administrativa 196/2013 Autorízase contratación............................................................................................................... 4 Decisión Administrativa 197/2013 Autorízase contratación............................................................................................................... 4 Decisión Administrativa 198/2013 Autorízanse contrataciones en la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda......................... 5 Decisión Administrativa 141/2014 Autorízase contratación en la Dirección Nacional de Arquitectura. ............................................... 5 MINISTERIO DE TURISMO Decisión Administrativa 142/2014 Apruébase y adjudícase Licitación Pública Nº 14/2012................................................................ 6 RESOLUCIONES CULTO Resolución 75/2014-MREC Reconócese Obispo Auxiliar de la Diócesis de San Martín. .......................................................... 7 CONCURSOS OFICIALES Nuevos. ...................................................................................................................................... 7 REMATES OFICIALES Anteriores ................................................................................................................................... 31 Primera Sección Sumario DECRETOS #I4534982I# SERVICIO EXTERIOR Decreto 288/2014 Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la Repú- blica Francesa. Bs. As., 13/3/2014 VISTO el Expediente Nº 6843/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, lo dispuesto por el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, y CONSIDERANDO: Que en virtud de lo establecido en el artículo mencionado en el Visto, los funcionarios de las categorías “B” y “C” del Servicio Exterior de la Nación pueden ser acreditados temporalmente como Jefes de Misión con rango de Embajador Extraordinario y Plenipo- tenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen. Que oportunamente el Gobierno de la REPUBLICA FRANCESA concedió el plácet de estilo a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Da. María del Carmen SQUEFF, para su designación como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante dicho país. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTE- RIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia. Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE CO- ORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la REPUBLICA FRANCESA a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Da. María del Carmen SQUEFF (D.N.I. Nº 11.911.571). Art. 2° — Acredítase a la funcionaria mencionada en el artículo anterior, mientras dure la mi- sión encomendada, con el rango de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de conformidad con el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957.

Upload: others

Post on 14-Jul-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

PRESIDENCIA DE LA NACION

SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoÓDirector nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 5.154.675

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 4,00

Buenos aires,viernes 14de marzo de 2014

año CXXiinúmero 32.846

Pág.

Continúa en página 2

DECRETOS

serViCio eXteriorDecreto 288/2014Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la República Francesa. ......................................................................................................................... 1

Ministerio De CienCia, teCnologia e innoVaCion ProDuCtiVaDecreto 276/2014Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. ..... 2

Decreto 260/2014Designación en la Dirección General de Proyectos con Financiamiento Externo. .......................... 2

Ministerio De eDuCaCionDecreto 275/2014Dase por prorrogada designación en la Unidad de Auditoría Interna............................................. 3

Ministerio De seguriDaDDecreto 274/2014Recházanse recursos interpuestos contra la Resolución Nº 371/2011. ........................................ 3

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

Ministerio De PlaniFiCaCion FeDeral, inVersion PubliCa Y serViCiosDecisión Administrativa 196/2013Autorízase contratación. .............................................................................................................. 4

Decisión Administrativa 197/2013Autorízase contratación. .............................................................................................................. 4

Decisión Administrativa 198/2013Autorízanse contrataciones en la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. ........................ 5

Decisión Administrativa 141/2014Autorízase contratación en la Dirección Nacional de Arquitectura. ............................................... 5

Ministerio De turisMoDecisión Administrativa 142/2014Apruébase y adjudícase Licitación Pública Nº 14/2012. ............................................................... 6

RESOLUCIONES

CultoResolución 75/2014-MRECReconócese Obispo Auxiliar de la Diócesis de San Martín. .......................................................... 7

CONCURSOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 7

REMATES OFICIALES

Anteriores ................................................................................................................................... 31

Primera Sección

Sumario DECRETOS

#I4534982I#SERVICIO EXTERIOR

Decreto 288/2014

Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la Repú-blica Francesa.

Bs. As., 13/3/2014

VISTO el Expediente Nº 6843/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, lo dispuesto por el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo mencionado en el Visto, los funcionarios de las categorías “B” y “C” del Servicio Exterior de la Nación pueden ser acreditados temporalmente como Jefes de Misión con rango de Embajador Extraordinario y Plenipo-tenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Que oportunamente el Gobierno de la REPUBLICA FRANCESA concedió el plácet de estilo a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Da. María del Carmen SQUEFF, para su designación como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante dicho país.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTE-RIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE CO-ORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la REPUBLICA FRANCESA a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Da. María del Carmen SQUEFF (D.N.I. Nº 11.911.571).

Art. 2° — Acredítase a la funcionaria mencionada en el artículo anterior, mientras dure la mi-sión encomendada, con el rango de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de conformidad con el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957.

Page 2: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes 14 de marzo de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 2

Pág.AVISOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 10

registro naCional De arMasArmas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. ................................................................ 10

Anteriores ................................................................................................................................... 31

ASOCIACIONES SINDICALES

Estatutos. ................................................................................................................................... 32

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 34

Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

#F4534982F#

#I4533058I#MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

Decreto 276/2014

Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia, Tecnología e Innovación Pro-ductiva.

Bs. As., 6/3/2014

VISTO el Expediente Nº 3188/2011, la Resolución Nº 910 de fecha 19 de septiembre de 2011, la Resolución Nº 1063 de fecha 25 de octubre de 2011 y la Resolución Nº 331 de fecha 17 de mayo de 2013 del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa Nº 224 de fecha 02 de septiembre de 2009, la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda desig-nación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentra-lizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 224/09 se incrementó la dotación del MI-NISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA en el marco de lo establecido por el artículo 6°, segundo párrafo de la Ley Nº 26.422, posibilitando la cober-tura de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN (391) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.

Que por la Resolución Nº 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Perso-nal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.

Que por la Resolución Nº 910/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNO-VACION PRODUCTIVA se designaron los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de NOVENTA Y CUATRO (94) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal precedentemente citado, a las personas que se detallan en los Anexos I a XXIV, que forman parte integrante de la referida Resolución.

Que por la Resolución Nº  1063/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E IN-NOVACION PRODUCTIVA se aprobaron las Bases y Condiciones de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados por Resolución MINCYT Nº 910/11.

Que los integrantes del correspondiente Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº 2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Resolución Nº 331/13 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVA-CION PRODUCTIVA se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección II A respecto de los postulantes para el cargo con sus respectivos puntajes, que se consignan en el Anexo de la citada Resolución.

Que la asignación del Grado 4 del agente Luciano CUBILLA quien revista en la Planta Permanente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, se ajusta al artículo 31 párrafo 4°, incisos b) y c) y párrafo 5° del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordina-rio alguno.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y 1° del Decre-to Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRO-DUCTIVA de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 al solo efecto de posibilitar la cober-tura del cargo vacante financiado, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto.

Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA que se determina.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — José L. S. Barañao.

ANEXO

DEPENDENCIA: SUBSECRETARIA DE POLITICAS EN CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

SECRETARIA PRIVADA

Apellido y Nombre D.N.I. Nº Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Código

CUBILLA, Luciano 20.481.713 GENERAL INTERMEDIO C 4

Responsable de Area

Administrativa

2010-000415-MINCIT-G-SI-X-C

#F4533058F#

#I4531237I#MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

Decreto 260/2014

Designación en la Dirección General de Proyectos con Financiamiento Externo.

Bs. As., 5/3/2014

VISTO el Expediente Nº 3220/2011, la Resolución Nº 910 de fecha 19 de septiembre de 2011, la Resolución Nº 1063 de fecha 25 de octubre de 2011 y la Resolución Nº 253 de fecha 03 de mayo de 2013 del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa Nº 224 de fecha 02 de septiembre de 2009, la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda desig-nación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentra-lizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 224/09 se incrementó la dotación del MI-NISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA en el marco de lo establecido por el artículo 6°, segundo párrafo de la Ley Nº 26.422, posibilitando la cober-tura de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN (391) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.

Que por la Resolución Nº 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Perso-nal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.

Que por la Resolución Nº 910/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNO-VACION PRODUCTIVA se designaron los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de NOVENTA Y CUATRO (94) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal precedentemente citado, a las personas que se detallan en los Anexos I a XXIV, que forman parte integrante de la referida Resolución.

Que por la Resolución Nº 1063/11 se aprobaron las Bases de las Convocatorias dicta-das por los Comités de Selección designados por Resolución MINCYT Nº 910/11 y los llamados a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, y Extraordinaria y Abierta establecidos por el Régimen de Selección del Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por la Resolución ex SGP de la JGM Nº 39/10.

Que los integrantes del respectivo Comité de Selección han actuado en un todo de acuer-do con el Decreto Nº 2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Resolución Nº 253/13 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVA-CION PRODUCTIVA se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección

Page 3: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes 14 de marzo de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 3IV - K respecto de los postulantes para el cargo de Auxiliar de Cafetería o Mozo con sus respectivos puntajes, que se consignan en el Anexo de la citada Resolución.

Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2098/08 dispone que todo ingreso del perso-nal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento corres-pondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.

Que en el Acta Nº 8 del 5 de septiembre de 2012 el Comité recomienda la incorporación en el grado UNO (1) del nivel escalafonario correspondiente, para aquellos postulantes que, calificados en el Orden de Mérito como consecuencia de las condiciones de ido-neidad especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situación que se ha visto reflejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que componen el proceso de selección.

Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordina-rio alguno.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y 1° del Decre-to Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRO-DUCTIVA de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 al solo efecto de posibilitar la cober-tura del cargo vacante financiado, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto.

Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA que se determina.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — José L. S. Barañao.

ANEXO

DEPENDENCIA: AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA Y DE IN-NOVACION

DIRECCION GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO

Apellido y Nombre D.N.I. Nº Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Código

BRITO, Nancy del Carmen

32.635.119 GENERAL GENERAL E 1Auxiliar de Cafetería o

Mozo2010-000373-MINCIT-G-S1-X-E

#F4531237F#

Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDUCA-CION el término fijado en el artículo 1° del mencionado Decreto Nº 400 del 11 de abril de 2013.

Que el cargo citado no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDU-CACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de confor-midad con las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITU-CION NACIONAL y 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir del 29 de octubre de 2013, fecha de su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada en los términos del Decreto Nº  467/11 y prorro-gada por sus similares Nros. 33/12, 1.551/12 y 400/13, de la Contadora Pública Nacional Car-men Liliana FARIÑA (D.N.I. Nº  13.481.038), en la función de Supervisora de Auditoría Opera-cional (Nivel B Grado 9 con Función Ejecutiva IV), dependiente de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE EDUCACION, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homo-logado por el Decreto Nº 2.098/08.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 29 de octubre de 2013.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTE-RIO DE EDUCACION.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alberto E. Sileoni.

#F4533057F#

#I4533056I#MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 274/2014

Recházanse recursos interpuestos contra la Resolución Nº 371/2011.

Bs. As., 6/3/2014

VISTO el Expediente Nº 9095/2012 del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, y

CONSIDERANDO:

Que el ex-Prefecto de la PREFECTURA NA-VAL ARGENTINA D. Nicolás Oscar VALDEZ (D.N.I. Nº 17.059.247) y el ex-Oficial Auxiliar de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA D. Dante Martín ARRUA (D.N.I. Nº 28.019.839) efectuaron distintas presentaciones contra la Resolución del MINISTERIO DE SEGURI-DAD Nº 371 del 9 de junio de 2011, median-te la cual se los sancionó disciplinariamen-te con Baja por Cesantía, acto que les fuera notificado el 21 de julio de 2011 y el 29 de junio de 2011, respectivamente.

Que en el aspecto formal, dichas presen-taciones son admitidas como el recurso previsto en el artículo 051.001 de la Regla-mentación del Personal de la Ley General

de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Nº  18.398 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 6242 del 24 de diciembre de 1971, correspondiendo la resolución de los presentes acorde el artículo 051.002 de dicha Reglamentación.

Que el acto resolutorio supra mencionado fue el corolario del Sumario Administrativo Nº 434-“C”-/2009 (Expte., D-66-“C”-/2010) caratulado “PERSONAL DE LA PREFEC-TURA GENERAL LAVALLE AV/SUS CON-DUCTAS”, del registro de la PREFECTURA BUENOS AIRES (División Investigación Penal Administrativa), en el que se resol-vió dar de “Baja por Cesantía” al enton-ces Prefecto de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA D. Nicolás Oscar VALDEZ de conformidad con lo previsto en los artícu-los 63, inciso e) y 71, inciso d) de la Ley General de la PREFECTURA NAVAL AR-GENTINA Nº 18.398 y sus modificatorias y en los artículos 050.205, inciso a), 050.301, inciso b) y 050.306 de la Reglamentación del Personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, por “Ser negligente en los deberes impuestos por los reglamentos y en el cumplimiento de las órdenes de sus superiores, al no ejercer el debido control y supervisión como Titular de la PREFECTU-RA GENERAL LAVALLE permitiendo y fa-cilitando con ello que en la Sección Policía de Seguridad de la Navegación y Comuni-caciones (POLINAVE) de esa dependencia, se concreten maniobras antirreglamen-tarias al tramitar irregularmente diversos expedientes para la obtención de habilita-ciones náutico deportivas, certificados de seguridad de embarcaciones destinadas a la pesca artesanal, construcción de embar-caciones de numeral cúbico menor a 15 m3 realizadas en forma individual, entre otros, accionar que trascendió el marco adminis-trativo con intervención judicial”, conduc-ta encuadrada en los artículos 050.204 y 050.206, inciso d), apartado 23 de la Re-glamentación mencionada.

Que asimismo, se resolvió dar de “Baja por Cesantía” al entonces Oficial Auxiliar de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA D. Dante Martín ARRUA de conformidad con lo previsto en los artículos 63, inciso e) y 71, inciso d) de la Ley General de la PREFEC-TURA NAVAL ARGENTINA Nº 18.398 y sus modificatorias y en los artículos 050.205, inciso a), 050.301, inciso b) y 050.306 de la Reglamentación del Personal de la PRE-FECTURA NAVAL ARGENTINA, por “Ser negligente en los deberes impuestos por los reglamentos y en el cumplimiento de las órdenes de sus superiores, al no efectuar el correcto control y supervisión como Ofi-cial de la Sección Policía de Seguridad de la Navegación y Comunicaciones (POLINA-VE) de la PREFECTURA GENERAL LAVA-LLE, permitiendo y facilitando con ello que personal subordinado a su mando concre-te maniobras antirreglamentarias al trami-tar irregularmente diversos expedientes para la obtención de habilitaciones náutico deportivas, certificados de seguridad de embarcaciones destinadas a la pesca arte-sanal, construcción de embarcaciones de numeral cúbico menor a 15 m3 realizadas en forma individual, entre otros, accionar que trascendió el marco administrativo con intervención judicial”, conducta encuadra-da en los artículos 050.204 y 050.206, in-ciso d), apartado 23 de la Reglamentación mencionada.

Que frente a ello el ex-Prefecto VALDEZ promovió el recurso previsto en el artículo 051.001 de la Reglamentación del Perso-nal de la PREFECTURA NAVAL ARGEN-TINA antes citada, ello fundado en que se afectó su derecho de defensa, enten-diendo que se habría perjudicado su po-sibilidad de ser oído, de tomar vista de las actuaciones, de contar con asistencia letrada, de producir prueba y de obtener una resolución fundada.

Que en respuesta a los citados plantea-mientos, debe indicarse que el encartado tuvo amplias oportunidades de ejercer su derecho de defensa, de ser oído y ofrecer prueba, tanto al tiempo de prestar decla-ración indagatoria administrativa, como al ser notificado de la disposición de formu-lación de cargos y de la propia Resolución en cuestión.

#I4533057I#MINISTERIO DE EDUCACION

Decreto 275/2014

Dase por prorrogada designación en la Unidad de Auditoría Interna.

Bs. As., 6/3/2014

VISTO los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 467 del 18 de abril de 2011, 33 del 9 de enero de 2012, 1.551 del 29 de agosto de 2012 y 400 del 11 de abril de 2013 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 estableció que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentra-lizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PO-DER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 467 del 18 de abril de 2011 se cubrió en el MINISTERIO DE

EDUCACION el cargo de Supervisora de Auditoría Operacional dependiente de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.

Que en el artículo 2° del citado decreto se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de se-lección previstos y requisitos según lo es-tablecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del pla-zo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de diciembre de 2010.

Que por el Decreto Nº  33 del 9 de enero de 2012 se prorrogó por CIENTO OCHEN-TA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 1.551 del 29 de agosto de 2012 y 400 del 11 de abril de 2013 se hizo lo propio por otras CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso.

Que por razones operativas no ha sido po-sible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Page 4: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes 14 de marzo de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 4Que de los antecedentes agregados al Su-mario Administrativo, se desprende que en la substanciación de las actuaciones no se pro-cedió con arbitrariedad, irrazonabilidad o en violación a normas reglamentarias en vigen-cia que puedan desvirtuar la sanción disci-plinaria que originó la separación del agente.

Que en cuanto a la Resolución por la cual se dispusiera su separación de la Fuerza, el causante plantea la nulidad de la misma por haberse afectado todos sus derechos de defensa, la cual lejos de ser arbitraria se encuentra fundada en los hechos cuanto en el derecho, siendo la conclusión lógica de un procedimiento en el cual se señala que se respetaron todos sus derechos.

Que además de ello, se reunieron los ele-mentos técnicos de juicio para dar por acreditada la grave falta disciplinaria co-metida por el ex-Prefecto VALDEZ.

Que asimismo, el ex-Oficial Auxiliar ARRUA promovió el recurso previsto en el artículo 051.001 de la Reglamentación del Personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA antes citada, ello fundado en que solicitó el sobreseimiento por entender que, toda vez que la falta que se le atribuye contemplada en el artículo 50.206, inciso d) apartado 23 de la Reglamentación del Personal sería de naturaleza leve la acción por la falta dis-ciplinaria se encontraría prescripta por el transcurso de UN (1) año.

Que en respuesta a los citados plantea-mientos debe indicarse que, si bien “pri-ma facie” la mencionada falta se encuadra dentro de las establecidas por el artículo 50.205, inciso c) de la mencionada Re-glamentación, en el caso del recurrente fue agravada por la aplicación del artículo 50.204, por lo tanto, el plazo de prescrip-ción no es de UN (1) año, sino de DOS (2) estipulado para las faltas graves, de acuer-do a las previsiones del artículo 50.208 de la aludida Reglamentación.

Que de los antecedentes agregados al Su-mario Administrativo, se desprende que en la substanciación de las actuaciones no se procedió con arbitrariedad, irrazonabilidad o en violación a normas reglamentarias en vigencia que puedan desvirtuar la sanción disciplinaria que originó la separación del agente.

Que en cuanto a la Resolución por la cual se dispusiera su separación de la fuerza, debe señalarse que si bien los hechos se detectan con fecha 07/08/2009, en el tras-curso de tramitación de estas actuaciones han tenido lugar una serie de actos que tie-nen virtualidad interruptiva del curso de la prescripción.

Que entre ellos cabe mencionar la primera citación a prestar declaración indagatoria de fecha 21/09/2009, la Disposición de For-mulación de cargos de fecha 01/02/2010, su notificación de fecha 15/04/2010, la Re-solución MS Nº 371/11 y el acuse de recibo de fecha 05/07/2011.

Que respecto a las presentaciones reali-zadas por el ex-Prefecto VALDEZ y el ex-Oficial Auxiliar ARRUA, las cuales dieron origen a los Expedientes Nº  9095/12 y 18454/12 del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD respectivamente, siendo este último agregado al primero, corresponde declararlas admisibles desde el punto de vista formal y rechazar el fondo de las mis-mas, acorde con los fundamentos vertidos en el presente.

Que han tomado intervención la Aseso-ría Jurídica de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARIA LE-GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades atribuidas en el artículo 051.002, inciso c), apartado 3, de la Reglamentación del Personal de la Ley General de la PREFECTURA NAVAL AR-GENTINA Nº  18.398 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 6242/71.

DECISIONESADMINISTRATIVAS

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Recházanse los recursos inter-puestos por el ex-Prefecto de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA D. Nicolás Oscar VALDEZ (D.N.I. Nº  17.059.247) y por el ex-Oficial Auxi-liar de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA D. Dante Martín ARRUA (D.N.I. Nº 28.019.839) contra la Resolución del MINISTERIO DE SE-GURIDAD Nº 371/11, acorde con los fundamen-tos vertidos en los considerandos.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — María C. Rodríguez.

#F4533056F#

#I4533068I#MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Decisión Administrativa 196/2013

Autorízase contratación.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0198899/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 25.164 Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacio-nal de Empleo Público (SINEP), homolo-gado por el Decreto Nº  2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Ad-ministrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modifica-torias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 25.164 se aprobó el mar-co de regulación de Empleo Público Nacio-nal y se establecieron los deberes y dere-chos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 se aprobó la reglamenta-ción de la Ley Marco de Regulación de Em-pleo Público Nacional Nº 25.164.

Que los artículos 7° y 9° del Anexo a la citada Ley, reglamentada por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciem-bre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modifica-torias norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de ser-vicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que el Señor Guillermo Antonio NIKLIÑSKI (D.N.I. Nº 26.392.998) ha sido afectado ex-clusivamente a la realización de activida-des de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al ob-jetivo de las funciones asignadas y acredi-

tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede autorizar dicha contratación con carácter de excepción a lo establecido en el Inciso c), Punto II del Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que se han cumplimentado, en lo pertinen-te, las prescripciones referidas a la asigna-ción de grado contenidas en las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de ene-ro de 2004, 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que el Señor Guillermo Antonio NIKLIÑSKI (D.N.I. Nº 26.392.998) ha dado cumplimien-to a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRE-TARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDEN-CIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION GENERAL DE RECUR-SOS HUMANOS dependiente de la SUB-SECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SE-CRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete en orden a lo dispuesto por el Artículo 8° del Decreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS dependiente de la SUB-SECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la inter-vención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del Ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PU-BLICA Y SERVICIOS para contratar, por el pe-ríodo comprendido entre el 1° de diciembre de 2013 y el 31 de diciembre de 2013, al Señor Gui-llermo Antonio NIKLIÑSKI (D.N.I. Nº 26.392.998) con carácter de excepción al Inciso c), Punto II del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C, Grado 3 del Sistema Nacional de Empleo Públi-co (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Jorge M. Capitanich. — Julio M. De Vido.

#F4533068F#

#I4533069I#MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Decisión Administrativa 197/2013

Autorízase contratación.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0124822/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 25.164 Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacio-nal de Empleo Público, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, 1.151

de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 25.164 se aprobó el mar-co de regulación de Empleo Público Nacio-nal y se establecieron los deberes y dere-chos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 se aprobó la reglamenta-ción de la Ley Marco de Regulación de Em-pleo Público Nacional Nº 25.164.

Que los artículos 7° y 9° del Anexo a la citada Ley, reglamentada por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modifi-catorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de ser-vicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que la agente Debora Celeste SPERANZA (DNI Nº 31.725.220) ha sido afectada exclu-sivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al ob-jetivo de las funciones asignadas y acredi-tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede autorizar dicha contratación con carácter de excepción a lo establecido en el Inciso c), Punto II del Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que se han cumplimentado, en lo pertinen-te, las prescripciones referidas a la asigna-ción de grado contenidas en las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de ene-ro de 2004, 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la agente Debora Celeste SPERANZA (DNI Nº 31.725.220) ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION GENERAL DE RECUR-SOS HUMANOS dependiente de la SUB-SECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SE-CRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete en orden a lo dispuesto por el Artículo 8° del Decreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS dependiente de la SUB-SECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la inter-vención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del Ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PU-BLICA Y SERVICIOS para contratar a la agente Debora Celeste SPERANZA (DNI Nº 31.725.220)

Page 5: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes 14 de marzo de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 5por el período comprendido entre el 1° de di-ciembre de 2013 y el 31 de diciembre de 2013, con carácter de excepción al Inciso c), Punto II del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos para el acceso al Nivel C Grado 1 del

Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Jorge M. Capitanich. — Julio M. De Vido.

#F4533069F#

ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000000343 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Código de Control: 0000018195

Listado de Contrataciones

Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 ARGUINDEGUY RENATA DNI 40374865 D0 01/10/2013 31/12/2013 10 1 100%

2 CORTESMARIA ELIZABETH

DNI 27026137 D0 01/10/2013 31/12/2013 10 1 100%

3 FITTIPALDI JUAN IGNACIO DNI 34843716 D0 01/10/2013 31/12/2013 10 1 100%

4 IBAÑEZRODRIGO EZEQUIEL

DNI 35363422 D0 01/10/2013 31/12/2013 10 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 4

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 56

#F4533070F#

#I4533071I#MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Decisión Administrativa 141/2014

Autorízase contratación en la Dirección Nacional de Arquitectura.

Bs. As., 7/3/2014

VISTO el Expediente Nº S01:088605/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FE-DERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINE-TE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 se aprobó la reglamentación de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que los artículos 7° y 9° del Anexo a la citada Ley, reglamentada por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que la persona detallada en el ANEXO que forma parte integrante de la presente medida ha sido afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que el Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los niveles escala-fonarios, previendo para el Nivel B la exigencia de título universitario.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes a los objeti-vos de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar dicha contratación con carácter de excepción a lo establecido en el Punto II Inciso c), del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las prescripciones referidas a la asig-nación de grado contenidas en las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la persona detallada en el ANEXO que forma parte integrante de la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSE-CRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete en orden a lo dispuesto por el Artículo 8° del Decreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRE-TARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Artículo 100 inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y del último párrafo del Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

#I4533070I#MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Decisión Administrativa 198/2013

Autorízanse contrataciones en la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0425043/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 25.164 Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus mo-dificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 25.164 se aprobó el marco de regulación de Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 se aprobó la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que los artículos 7° y 9° del Anexo a la citada Ley, reglamentada por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que las personas indicadas en el ANEXO adjunto a la presente medida han sido afec-tadas exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuer-do con los términos del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que los antecedentes curriculares de los agentes propuestos resultan atinentes al obje-tivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede autorizar dichas contrataciones con carácter de excepción a lo establecido en el Inciso c), Punto II del Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que los agentes detallados en el ANEXO que integra la presente medida han dado cum-plimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRE-TARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSE-CRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete en orden a lo dispuesto por el Artículo 8° del De-creto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRE-TARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLI-CA Y SERVICIOS para contratar a las personas indicadas en el ANEXO adjunto a la medida en trámite, conforme a los Niveles, Grados y plazos que allí se consignan, con carácter de excepción al Inciso c), Punto II del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel D del Sistema Nacional de Empleo Pú-blico (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Jorge M. Capitanich. — Julio M. De Vido.

Page 6: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes 14 de marzo de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 6Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PU-BLICA Y SERVICIOS para contratar por el período comprendido entre el 1° de septiembre y el 31 de diciembre de 2012, a la persona detallada en el Anexo de la presente medida con carácter de excepción al Punto II Inciso c), del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B - Grado - 0, del Sistema Na-cional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Jorge M. Capitanich. — Julio M. De Vido.

ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000000361 DIRECCION NACIONAL DE ARQUITECTURA

Código de Control: 0000017138

Listado de Contrataciones

Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 CAPPA LAUREANA EVA DNI 31561591 B0 01/09/2012 31/12/2012 25 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 56

#F4533071F#

#I4533072I#MINISTERIO DE TURISMO

Decisión Administrativa 142/2014

Apruébase y adjudícase Licitación Pública Nº 14/2012.

Bs. As., 10/3/2014

VISTO el Expediente Nº STN:0002396/2012 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública Nacional Nº 14/12 para la realización de la obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LOS MUNICIPIOS DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE Y DINA HUAPI, MODULO DE RELLENO SANITARIO, PROVINCIA DE RIO NEGRO”, en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Munici-pios Turísticos”, Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 1.868/OC-AR aprobado por el Decreto Nº 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007.

Que el procedimiento licitatorio resulta ajustado a las normas establecidas por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) en las “Políticas para la Adquisición de Bie-nes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, que como Anexo II forman parte integrante del citado decreto, y cuenta con la no objeción del referido Banco.

Que a través de la Resolución Nº 268 de fecha 2 de noviembre de 2012 del MINISTERIO DE TURISMO se aprobó el Convenio de Adhesión suscripto con el Municipio de San Car-los de Bariloche (Provincia de RIO NEGRO), con el objeto de establecer las condiciones de ejecución de las obras y actividades previstas en el “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos” en jurisdicción de ese Municipio.

Que se procedió a la publicación de la citada licitación en DOS (2) diarios de amplia cir-culación nacional con fecha 6 de octubre de 2012, en cumplimiento de la normativa del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que con fecha 6 de noviembre de 2012 se realizó el Acto de Apertura de las Ofertas con la intervención de la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION.

Que las ofertas que se presentaron fueron realizadas por las siguientes empresas: 1) E.V.A. SOCIEDAD ANONIMA, 2) OPS S.A.C.I., 3) MILICIC SOCIEDAD ANONIMA, y 4) DESLER SOCIEDAD ANONIMA.

Que la Comisión Evaluadora designada al efecto elaboró el correspondiente informe por el que recomendó preadjudicar la referida licitación a la empresa DESLER SOCIEDAD ANONIMA por un importe de PESOS VEINTITRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ONCE CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 23.587.611,49).

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) prestó su no objeción a la adjudicación propuesta.

Que han tomado la intervención de su competencia la Coordinación Unidad Ejecutora de Préstamos Internacionales y la Dirección General de Administración, ambas dependien-tes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO.

Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURIS-MO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Con-trol del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto, Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, modificado por el Decreto Nº 1.039 de fecha 29 de julio de 2013.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Apruébase lo actuado en el marco de la Licitación Pública Nacional Nº 14/12 denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LOS MUNICIPIOS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y DINA HUAPI, MODULO DE RELLENO SA-NITARIO, PROVINCIA DE RIO NEGRO”.

Art. 2° — Adjudícase a la empresa DESLER SOCIEDAD ANONIMA la ejecución de la obra mencionada, por un monto de PESOS VEINTITRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ONCE CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 23.587.611,49), en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, par-cialmente financiado por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) mediante el Prés-tamo BID Nº 1.868/OC-AR, conforme el Modelo de Contrata que como Anexo integra la presente medida.

Art. 3° — La Contrata cuyo modelo se aprueba por el artículo precedente será suscripta por el señor Ministro de Turismo, conforme lo dispuesto por los Artículos 4° y 5° del Decreto Nº 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007, aprobatorio del Contrato de Préstamo anteriormente indicado.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 53 - MINISTE-RIO DE TURISMO.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos E. Meyer.

ANEXO

MODELO DE CONTRATA

Entre el MINISTERIO DE TURISMO, representado en este acto por el señor Ministro de Tu-rismo D. Carlos Enrique MEYER (M.I. Nº 10.286.346), con domicilio en la calle Suipacha Nº 1.111, Piso 20, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (en adelante el “CONTRATANTE”), por una parte y por la otra DESLER SOCIEDAD ANONIMA, adjudicataria de la Licitación Pública Nacional Nº 14/12 denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SO-LIDOS URBANOS EN LOS MUNICIPIOS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y DINA HUAPI, MO-DULO DE RELLENO SANITARIO, PROVINCIA DE RIO NEGRO”, representada en este acto por el señor…………………… (M.I. N°…………………..) en su carácter de Representante Legal/Apode-rado, con domicilio constituido a todos los efectos del presente en la calle Agüero Nº 97 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (en adelante el “CONTRATISTA”), se conviene en ce-lebrar la presente Contrata, en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, parcialmente financiado por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) mediante el Préstamo BID Nº 1.868/OC-AR, la cual se regirá por las siguientes Cláusulas:

CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO.

El CONTRATISTA se obliga a llevar a cabo los trabajos correspondientes a la obra denominada “PROYECTO DE GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN LOS MUNI-CIPIOS DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y DINA HUAPI, MODULO DE RELLENO SANITARIO, PROVINCIA DE RIO NEGRO” (en adelante denominada “LA OBRA”), sita en el Municipio de San Carlos de Bariloche (Provincia de RIO NEGRO), mediante el sistema de ajuste alzado.

CLAUSULA SEGUNDA: PRECIO DE LA CONTRATA.

El monto que el CONTRATANTE pagará por la ejecución de LA OBRA por parte del CON-TRATISTA asciende a la suma total de PESOS VEINTITRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ONCE CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 23.587.611,49).

CLAUSULA TERCERA:

En consideración a los pagos que el CONTRATANTE hará al CONTRATISTA, éste se compro-mete con el CONTRATANTE a ejecutar y completar LA OBRA y a subsanar cualquier defecto de ésta, de conformidad con los documentos que integran la Contrata y demás normas complemen-tarias, subsidiariamente.

CLAUSULA CUARTA:

El CONTRATANTE se compromete por este medio a pagar al CONTRATISTA como retribución por la ejecución y terminación de LA OBRA y la subsanación de sus defectos, el Precio del Con-trato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones de la Contrata, en el plazo y en la forma establecidas por ésta.

CLAUSULA QUINTA:

El CONTRATISTA llevará a cabo la ejecución de LA OBRA en un plazo de OCHO (8) meses, contados desde la suscripción del acta de inicio.

CLAUSULA SEXTA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO.

Forman parte integrante del Contrato:

a) El Procedimiento y Documento Licitatorio y las Circulares emitidas por la Autoridad de Aplicación.

b) La presente Contrata.

c) La oferta del CONTRATISTA, el Plan de Trabajo y la Curva de Inversiones aprobados, así como el detalle de la Metodología y la Planificación presentadas.

CLAUSULA SEPTIMA: GARANTIAS.

En cumplimiento de lo establecido en el Numeral 35.1 de la Sección I (Instrucciones a los Ofe-rentes) de los Documentos de Licitación, el CONTRATISTA afianza la contratación mediante la pre-sentación, en este acto, de la Garantía de Cumplimiento por un monto de PESOS…………………….. ($.......................), mediante…………………………de…………………….

Asimismo, acompaña Póliza de…………………N°……………..de………………por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva, según lo previsto en el Artículo 22 de la Ley General de Ambiente Nº 25.675.

Page 7: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes 14 de marzo de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 7En prueba de conformidad con las Cláusulas de la presente Contrata, se firman DOS (2) ejem-

plares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. (REPUBLICA ARGENTINA), a los………días del mes de…………..de……

#F4533072F#

RESOLUCIONES

CONCURSOS OFICIALESNuevos

#I4534448I#Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto

CULTO

Resolución 75/2014

Reconócese Obispo Auxiliar de la Diócesis de San Martín.

Bs. As., 28/2/2014

VISTO el Expediente Nº 4935/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto Nº 2109 de fecha 8 de octubre de 1990, y

CONSIDERANDO:

Que por nota de la Nunciatura Apostólica de fecha 3 de febrero de 2014 se comunica que Su Santidad FRANCISCO ha nombrado Obispo Auxiliar de la Diócesis de SAN MARTIN al Presbítero Han Lim MOON.

Que por Decreto Nº 2109/90 este Ministerio se encuentra facultado para reconocer a los Obispos Auxiliares de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA.

Que la Dirección de Presupuesto, la Dirección General de Administración, la SUBSECRE-TARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE CULTO han tomado la interven-ción que les compete.

Que, a los fines civiles y administrativos, es necesario el reconocimiento de la designación efectuada.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 18, apartado XXXVII) de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTORESUELVE:

Artículo 1° — Reconócese Obispo Auxiliar de la Diócesis de SAN MARTIN al Presbítero Han Lim MOON (D.N.I. Nº 92.312.057).

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Héctor M. Timerman.

#F4534448F#

#I4533675I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

CENTRO REGIONAL CORDOBA

DIRECTOR

EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIAAGROPECUARIA, CENTRO REGIONAL CORDOBA

POR DISPOSICION Nº 12/2014 SELECCIONA:

UN INGENIERO AGRONOMO (Profesional de Gestión Externa, Extensionista)

Lugar de trabajo: Agencia de Extensión Rural Huinca Renancó, dependiente de la Estación Experimental Marcos Juárez

I) Nivel de puesto de trabajo y rango de grados escalafonarios aplicables: Profesional Nivel 5 - grado escalafonario en el rango de 13 a 20

II) Métodos de merituación y selección a emplear: según lo establecido en Disposición de la Dirección Nacional Nº 111 del 6 de marzo de 2006

III) Condiciones generales y particulares exigibles: Ser argentino nativo o extranjero natu-ralizado, con formación profesional universitaria no menor a cuatro años y experiencia laboral en extensión rural.

IV) Lugar donde obtener las bases de la selección: En Centro Regional Córdoba Calle Ri-vera Indarte 72 - 2° piso oficina 216 - 5000 Córdoba. Teléfono (0351) 4256414 - 4221076, [email protected]

En EEA Marcos Juárez Ruta Provincial Nº 12 Km 2 y 1/2 .Teléfono (03472) 425001

En sitio WEB de INTA. www.inta.gov.ar

V) Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

Lugar: Centro Regional Córdoba UNICAMENTE.

Plazo: Se recibirán las solicitudes entre el 1 y el 11 de abril de 2014 a las 15 hs.

Las presentaciones enviadas por correo con sello del día 11 de abril o anterior, se recibirán hasta el 22 de abril de 2014.

VI) Integración de la junta de selección: según lo establecido en Disposición de la Dirección Nacional Nº 111 del 6 de marzo de 2006.

Dr. ALEJANDRO L. PUCHETA, Administrador (Int.).

e. 14/03/2014 Nº 15081/14 v. 14/03/2014#F4533675F#

#I4534562I#MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA

DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION

Ministerio Público de la DefensaDefensoría General de la Nación

LA DEFENSORA GENERAL DE LA NACIONRESUELVE:

CONVOCAR a concurso para cubrir el cargo de:

a) Defensor Público ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de General Pico, pro-vincia de La Pampa (CONCURSO Nº 79 MPD).

UNIFICAR el trámite del Concurso Nº  79 MPD con aquellos convocados para cubrir los cargos de Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Tartagal, provincia de Salta (CONCURSO Nº 74, MPD), de Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 con asiento en la ciudad de Santiago del Estero, provincia de Santiago del Estero (CONCURSO Nº  75, MPD), de Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe (CONCURSO Nº 76, MPD), de Defensor Público Oficial ante el Juz-gado Federal de Primera Instancia Nº 3 con asiento en la ciudad de San Miguel de Tucu-mán, provincia de Tucumán (CONCURSO Nº 77 MPD) y de Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de San Ramón de la Nueva Orán, provincia de Salta (CONCURSO Nº 78 MPD).

PERIODO DE INSCRIPCION para el CONCURSO Nº 79 MPD, el comprendido entre los días 13 de marzo al 16 de abril de 2014, ambos inclusive, y —en virtud de la unificación de trámites precedentemente dispuesta—, EXTENDER EL PERIODO DE INSCRIPCION establecido a través de la Resolución DGN Nº 1469/13 para los CONCURSOS Nº 74, 75, 76, 77 y 78 MPD, hasta el día 16 de abril de 2014.-

Durante dicho período, se recibirán las inscripciones bajo la modalidad prevista en el Art. 18, Inc. a) del Reglamento de Concursos (remisión del Formulario Uniforme de Inscripción —FUI— por correo electrónico). Vencido dicho período, se iniciará un nuevo plazo de veinte (20) días hábiles (Art. 18, Inc. b) del Reglamento), para presentar personalmente —en la Secretaría de Concursos de la Defensoría General de la Nación, sita en Avda. Callao 289, 6º piso, C.P. 1022, Capital Federal, en días hábiles y en el horario de 8.00 a 15.30 horas— o remitir por vía postal a dicha Secretaría, la documentación acreditante de los antecedentes declarados, junto con la declaración jurada y demás documentación personal a que se refiere el Art. 19, Inc. c) del Reglamento. Esta documen-tación también podrá ser presentada o enviada durante el período de inscripción.

El plazo establecido en el Art. 18, Inc. b) del Reglamento, vencerá el día 20 de mayo de 2014 en todos los casos.

HACER SABER que los postulantes que al comienzo del plazo de inscripción del presente CONCURSO Nº 79 MPD, ya se hubieran inscripto en los CONCURSOS Nº 74, 75, 76, 77 y 78 MPD, quedarán automáticamente incluidos en el concurso abierto mediante la presente convocatoria, salvo manifestación expresa en contrario; será considerada notificación suficiente la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Nación (art. 10, tercer párrafo, Reglamento de Con-cursos).

REQUISITOS PERSONALES: para todos los casos, ser ciudadano argentino, tener veinticin-co (25) años de edad y contar con cuatro (4) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado o de cumplimiento —por igual término— de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial con por lo menos cuatro (4) años de antigüedad en el título de abogado (Cf. Art. 7, 3er. párr., Ley 24.946).

FORMA DE INSCRIPCION: Los aspirantes llevarán a cabo sus inscripciones de la manera prevista en el Capítulo IV de la Res. DGN Nº 602/13 y deberán constituir domicilio en la Capital Fe-deral a los efectos del concurso, no pudiendo hacerlo en dependencias del Ministerio Público de la Defensa. Asimismo, deberán denunciar una dirección de correo electrónico a la que se remitirá

Page 8: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes 14 de marzo de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 8todo el material que dé cuenta de los actos que deban ser notificados a los efectos del concurso. Será obligación del postulante verificar que las condiciones de seguridad de su casilla no impidan la recepción de los correos electrónicos institucionales. En virtud de lo establecido en el Art. 20, inc. d) del Reglamento aplicable, las inscripciones recibidas durante el período de inscripción, res-pecto de las cuales no se haya recibido la documentación exigida por el Art. 19 inc. c) apartados 1, 2, 3 y 4, se considerarán no realizadas.

APROBAR el “Formulario Uniforme de Inscripción”, a tenor de lo dispuesto por la Resolución DGN Nº 602/13, el que se encuentra publicado en la página web de la Defensoría General de la Nación.

ESTABLECER que el “Formulario de Declaración Jurada” y el “Instructivo para la Inscripción”, a tenor de lo dispuesto por el Art. 19, Inc. a), Res. DGN Nº 602/13, sean aquellos aprobados me-diante Resolución DGN Nº 227/12, que se encuentran publicados en la página web de la Defenso-ría General de la Nación, desde donde podrán obtenerlos los interesados.

INTEGRACION DEL TRIBUNAL DE CONCURSO: Los sorteos por los cual se desinsaculará el Tribunal que intervendrá en los Concursos Nº 74, 75, 76, 77 y 78, MPD —unificados— y el co-rrespondiente al Concurso Nº 79 MPD, se llevarán a cabo el día 30 de abril de 2014, a las 10:00 horas, en la sede de la Secretaría de Concursos.

PUBLICACION DE LISTADOS: Las listas de inscriptos y de los miembros titulares y suplentes del Tribunal de Concurso, se publicarán en la cartelera de la Secretaría de Concursos indicada anteriormente y en la página web del Ministerio Público de la Defensa por cinco días (Art. 22 del Reglamento citado).

Para la presente convocatoria rige el NUEVO REGLAMENTO DE CONCURSOS confor-me Resolución DGN Nº 602/13, B.O. 17/06/13.-

JORGE R. CAUSSE, Director General, Defensoría General de la Nación.

e. 14/03/2014 Nº 15649/14 v. 14/03/2014#F4534562F#

#I4533420I#INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Llama a convocatoria abierta para cubrir el siguiente puesto

PROFESIONAL COORDINADOR ENSEGUIMIENTO Y EVALUACION DE PROYECTOS

CIENTIFICO TECNOLOGICOS Y DE GESTION

Gerencia de Seguimiento y Evaluación - Sede funcional: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Condición de revista: Ingreso en la Planta Permanente, en el Grupo Profesional, Nivel 8.Grado Escalafonario de 13 a 20, según antecedentes del postulante seleccionado.Junta de Selección DNA de Planificación, Seguimiento y Evaluación y dos Gerentes.Método de Selección: Evaluación de antecedentes, pruebas y entrevistas a criterio de la Junta.

Mayores Informes y requisitos: http://inta.gob.ar/sobre-el-inta/trabajar-en-intaPresentación de postulaciones: Rivadavia 1439, PB, Mesa de Entradas, CP 1033, CABA.

Inscripciones: del 31 de marzo al 14 de abril de 2014 - 12 horas

ROSA A. PEREZ, Jefa del Departamento Contrataciones y Patrimonio.

e. 14/03/2014 Nº 14972/14 v. 14/03/2014#F4533420F#

#I4533144I#ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución Nº 2832/2014

Bs. As., 10/3/2014

VISTO el Expediente Nº  23244 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos Nº 1023/2001 y Nº 893/2012 y en la Resolución ENAR-GAS Nº I/2278 del 24 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que en autos tramita el Concurso Público Nº 01/2014, cuyo objeto es la contratación de una Consultoría sobre Proceso de Medición y Determinación de Energía Entregada, de acuerdo a las ESPECIFICACIONES TECNICAS detalladas en el ANEXO I del PLIEGO DE BASES Y CONDICIO-NES PARTICULARES.

Que mediante un Requerimiento de Compra, de fecha 24 de febrero de 2014, la GERENCIA DE DISTRIBUCION, la GERENCIA DE TRANSMISION y la GERENCIA DE REGIONES solicita-ron a la GERENCIA DE ADMINISTRACION del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, la contratación de un Servicio de Consultoría externa para asistir al ENARGAS en los procesos de medición y determinación de la energía entregada, conforme las Especificaciones Técnicas que adjuntaron.

Que las Gerencias mencionadas presentaron en dicho requerimiento un presupuesto, del que surge que el monto estimado de la contratación será de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES ($ 5.504.963,00).

Que en autos obra la Solicitud de Gastos Constancia de Afectación Preventiva Nº 28, del 26 de febrero de 2014, por la suma de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL NOVE-CIENTOS SESENTA Y TRES ($ 5.504.963,00), correspondiente a este procedimiento de contrata-ción, que cuenta con la debida autorización del AREA DE PRESUPUESTO.

Que se encuentra incorporado en el Expediente un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CON-DICIONES PARTICULARES.

Que el art. 34 del Decreto Nº  893/2012 (monto estimado de los contratos), establece que: “Cuando el monto estimado del contrato sea el parámetro que se utilice para elegir el procedimiento de selección, se deberá considerar el importe total en que se estimen las adjudicaciones incluidas las opciones de prórroga previstas y se aplicará la siguiente escala: [...] c) Licitación pública o concurso público más de OCHOCIENTOS MODULOS (M 800).” y que el artículo 35 de ese mismo plexo normativo fija el valor del módulo en PESOS UN MIL ($ 1.000,00).

Que, como el monto total estimado de la contratación bajo análisis es de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES ($ 5.504.963,00), co-rresponde que a esta contratación se le imprima el procedimiento de Concurso Público, de acuerdo a lo indicado en el inciso c) del art. 34 del Decreto Nº 893/2012 (monto estimado de los contratos).

Que analizado el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES no surgen obser-vaciones que realizar, por lo que corresponde que sea aprobado.

Que no existiendo observaciones para que se imprima a la presente contratación el pro-cedimiento de Concurso Público, corresponde instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que, dentro de un plazo razonable, implemente todas las medidas procedimentales esta-blecidas en la normativa aplicable y fije lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres.

Que esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo de convocatoria, dado que el mismo constituye un paso previo e ineludible para que el ENARGAS pueda contar con un servicio de gran importancia para el desarrollo de las funciones y facultades que le otorga el Marco Regulatorio de la Industria del Gas.

Que el Servicio Jurídico Permanente del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ha to-mado la intervención que por derecho corresponde.

Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Admi-nistración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº 1023/2001 y Decretos Nº 571/2007, 1646/2007; 953/2008; 2138/2008; 616/2009; 1874/2009; 1038/2010; 1688/2010; 692/2011; 262/2012; 946/2012, 2686/2012; 1524/2013 y 222/2014.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GASRESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar la convocatoria al Concurso Público Nº 01/2014, cuyo objeto es la contratación de un servicio de Consultoría para asistir al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS en los procesos de medición y determinación de la energía entregada, de acuerdo a las ESPECIFICACIONES TECNICAS detalladas en el ANEXO I del PLIEGO DE BASES Y CON-DICIONES PARTICULARES.

ARTICULO 2° — Aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que como Anexo integra la presente Resolución.

ARTICULO 3° — Instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que, dentro de los CINCO (5) días de aprobada la convocatoria al Concurso Público Nº 01/2014, implemente to-das las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable y determine el lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres.

ARTICULO 4° — Notificar, publicar, dar a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archivar. — Ing. ANTONIO L. PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 14/03/2014 Nº 14773/14 v. 14/03/2014#F4533144F#

#I4533340I#MINISTERIO PUBLICO FISCAL

PROCURACION GENERAL DE LA NACION

Resolución Nº 327/2014

Bs. As., 10/3/2014

VISTO:

Las misiones y funciones asignadas por el artículo 120 de la Constitución Nacional y por la Ley Orgánica (Nº 24.946) a este Ministerio Público Fiscal de la Nación.

Y CONSIDERANDO QUE:

A fin de velar por el desempeño eficaz y oportuno de las obligaciones constitucionales y legales en cabeza del Ministerio Público Fiscal de la Nación, resulta necesario llamar a con-curso para cubrir: una (1) vacante de Fiscal ante los Juzgados Federales de Lomas de Zamora (Fiscalía Nº 2); una (1) vacante de Fiscal Federal ante los Juzgados Federales de San Isidro (Fis-calía Nº 1); una (1) vacante de Fiscal ante el Juzgado Federal de Campana; una (1) vacante de Fiscal ante los Juzgados Federales de Bahía Blanca (Fiscalía Nº 2) —todos ellos de la provincia de Buenos Aires—; y una (1) vacante de Fiscal ante el Juzgado Federal de Santa Rosa, provin-cia de La Pampa; una (1) vacante de Fiscal ante el Juzgado Federal de San Rafael, provincia de Mendoza; una (1) vacante de Fiscal ante los Juzgados Federales de Tucumán, provincia homónima (Fiscalía Nº 3); y una (1) vacante de Fiscal ante el Juzgado Federal de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz.

Cabe recordar, en primer lugar, los requisitos exigidos por la Ley Orgánica del Ministerio Público para acceder al cargo vacante de Fiscal Federal, previstos en el artículo 7; así como el Reglamento para la Selección de Magistradas/os del Ministerio Público Fiscal, aprobado mediante la Resolución PGN Nº 751/13, que define los principios que deben regir la elección a un nuevo perfil de fiscal, más ágil, menos burocratizado, más creativo y eficiente y que sea capaz de intervenir en procesos cada vez más orales, pero también más complejos jurídica y técnicamente.

Page 9: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes 14 de marzo de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 9Asimismo, teniendo en cuenta la reciente reforma al artículo 4 del Reglamento para la Se-

lección de Magistradas/os del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobada por Resolución PGN Nº 307/14, se comunicará a las personas interesadas que cada postulante debe optar, al momento de la inscripción, por un máximo de tres (3) vacantes.

Por lo expuesto, y de conformidad a lo normado por el art. 120 de la Constitución Na-cional, los arts. 5, 6, 7 y 33 inc. h) de la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Nación (ley nº 24.946) y el Reglamento de Selección de Magistrados/as del Ministerio Público Fiscal de la Nación (Resolución PGN Nº 751/13),

LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIONRESUELVE:

ARTICULO 1° — CONVOCAR a concurso abierto y público de oposición y antecedentes para proveer una (1) vacante de Fiscal ante los Juzgados Federales de Lomas de Zamora (Fis-calía Nº 2); una (1) vacante de Fiscal Federal ante los Juzgados Federales de San Isidro (Fis-calía Nº 1); una (1) vacante de Fiscal ante el Juzgado Federal de Campana; una (1) vacante de Fiscal ante los Juzgados Federales de Bahía Blanca (Fiscalía Nº 2) —todos ellos de la provincia de Buenos Aires—; y una (1) vacante de Fiscal ante el Juzgado Federal de Santa Rosa, provin-cia de La Pampa; una (1) vacante de Fiscal ante el Juzgado Federal de San Rafael, provincia de Mendoza; una (1) vacante de Fiscal ante los Juzgados Federales de Tucumán, provincia homónima (Fiscalía Nº 3); y una (1) vacante de Fiscal ante el Juzgado Federal de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz. CONCURSO Nº 103 del M.P.F.

ARTICULO 2° — DISPONER la publicación de esta convocatoria, durante tres (3) días en el Boletín Oficial de la República Argentina; por un día —en forma resumida— en al menos un diario de circulación nacional; y su difusión amplia mediante el sitio web y las cuentas insti-tucionales de las redes sociales del Ministerio Público Fiscal de la Nación, hasta la fecha de cierre del período de inscripción del concurso.

ARTICULO 3° — ESTABLECER el día 25 de abril de 2014, como fecha de cierre del pe-ríodo de inscripción.

ARTICULO 4° — HACER SABER que el formulario de inscripción podrá presentarse per-sonalmente o por tercera/o autorizada/o, en la Secretaría de Concursos (Libertad 753, Capital Federal), los días hábiles de 09:00 a 15:00 hs., o remitirse por correo postal a esa dirección o por correo digital a [email protected] hasta el día 25 de abril de 2014 —en estos casos, hasta las veinticuatro (24) horas de ese día—.

La documentación que acredite los antecedentes laborales y académicos invocados po-drá presentarse o remitirse hasta el día 13 de mayo de 2014 en soporte papel o digital, utili-zándose al efecto una copia del formulario de inscripción como índice de la documentación respaldatoria que se acompañe.

El formulario de inscripción y la información relacionada al concurso se podrá solicitar en la Secretaría de Concursos (Libertad 753, Capital Federal), a los teléfonos (011) 4372-4972 y

(011) 4372-4993, a través del correo electrónico [email protected] y también estará dis-ponible en el sitio web www.mpf.gov.ar.

La lista definitiva de inscriptos/as se publicará durante los días 26, 27 y 28 de mayo de 2014, en la cartelera de la Secretaría de Concursos, en el sitio web indicado y en las redes sociales institucionales.

ARTICULO 5° — HACER SABER que conforme lo establecido en el artículo 4 del Re-glamento de Concursos vigente (modificado por Resolución PGN Nº 307/14), cada postulante debe optar, al momento de la inscripción, por un máximo de tres (3) vacantes.

ARTICULO 6° — DESIGNAR como Tribunal titular, a los fines del presente Concurso, a las/os siguientes magistradas/os:

Presidenta: doctora Alejandra GILS CARBÓ, Procuradora General de la Nación.

Vocal 1: Hernán SCHAPIRO, Fiscal General.

Vocal 2: Carlos GONELLA, Fiscal General.

Vocal 3: Francisco José MALDONADO, Fiscal General.

Vocal 4: Mario SABAS HERRERA, Fiscal General.

ARTICULO 7° — DESIGNAR en calidad de Tribunal suplente y en el orden de prelación que se indica, a los siguientes magistrados:

Vocal 1: Jorge AUAT, Fiscal General.

Vocal 2: Francisco Santiago SNOPEK, Fiscal General.

Vocal 3: Adrián GENTILI, Fiscal General.

Vocal 4: Carlos Alberto DULAU DUMM, Fiscal General.

Vocal 5: Miguel Angel OSORIO, Fiscal General.

ARTICULO 8° — DESIGNAR a Jose Milton PERALTA (profesor titular de cátedra de la Univer-sidad Nacional de Córdoba e investigador del CONICET) y a Leonardo PITLEVNIK (profesor regular de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y de grado y posgrado de la Universi-dad de Palermo), como juristas invitados —titular y suplente, respectivamente—, quienes reúnen la calidad humana, funcional y académica para desempeñar dicha tarea —atento sus amplias y reco-nocidas trayectorias—, para dictaminar acerca de las capacidades demostradas en las pruebas de oposición por cada concursante (conf. arts. 7, 33 y 39 del Reglamento de Concursos citado).

ARTICULO 9° — Protocolícese, publíquese y hágase saber. — ALEJANDRA GILS CARBÓ Procuradora General de la Nación.

e. 14/03/2014 Nº 14925/14 v. 18/03/2014#F4533340F#

Page 10: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 10

AVISOS OFICIALESNuevos

#I4533842I#REGISTRO NACIONAL DE ARMAS

Armas de Fuego.

En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH Nº 373/13, se detalla a conti-nuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cual-quier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés, puedan oponerse a dichas solicitudes:

SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 7603007 ABALOS DAVID JORGE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27116049 ABALOS EMILIANO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 10126689 ABASOLO JOSE ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28058357 ABINAL ARIEL DAMIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21985710 ACTIS MAXIMILIANO CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23862265 ADAMO LUCIANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20336108 AGON NESTOR DANIEL sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 7664778 AGUERA RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16953314 AGUERO VICENTE DARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7504032 AGUILAR BAEZ EUGENIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 14559442 AGUILAR GABRIEL OSMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26761264 AGUILERA JORGE LEANDRO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 28269520 AGUIRRE LUCAS JORGE sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 16628162 AGUIRRE NOBELL ALEJANDRO JAVIER sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 29967015 AGUIRRE RODRIGO JAVIER sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 22322347 AIMAR OMAR HORACIO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 25422678 ALANIZ RODRIGO GASTON sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12123259 ALARCON JUAN JORGE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29016173 ALFARO JOSE MARIA MANUEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 28041843 ALFIERI FABRICIO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26773783 ALMIRON WALTER OSCAR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 22257051 ALOIA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29404083 ALONSO RICARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35047248 ALTAMIRANO SEBASTIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27043716 ALVAREZ MARCOS ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25524701 AMADEO CARINA BEATRIZ sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 27858041 AMATO CRISTIAN ARIEL sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 23938315 AMERIO DIEGO CARLOS JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17604960 ANELLI HECTOR ALCIDE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14839546 ANGELINO RODOLFO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26293883 ANIBOLI NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16978202 ANTOLINI MARCELO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 14665577 ANTUNEZ EDUARDO FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29494263 APARICIO MAZA DARIO REINALDO sobre PISTOLON calibre 36 UAB

DNI 31860064 ARCE ALCORTA MARIANO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16965259 ARCE FRANCISCO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21406685 ARGUELLO MARTIN LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94333773 ARNHOLD LEANDRO ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 35906680 ARTAZA ROBERTO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12634163 ASTORINO ROBERTO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25953766 ATAIDEZ CLAUDIO ANIBAL sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 10950843 AVARO CARLOS SIMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35419971 AYALA NERI RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25957181 BALBUENA GONZALEZ JUAN MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33000390 BARCIA JONATHAN JESUS sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 31242213 BARRERA LEONARDO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14840478 BARRETO CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 24236209 BARRIENTOS JUAN JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28175800 BARRIONUEVO HECTOR ARMANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10953719 BARRIOS MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 5319754 BEHERAN GUILLERMO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 7698403 BELOCCHIO JULIO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 25297670 BELTRAMO CALCAGNI JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27787795 BENAVIDEZ GASTON EZEQUIEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 26725316 BERARDI RAMIRO DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7897973 BERGAGNO FRANCISCO ERNESTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8209640 BERJANO RAUL ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28341629 BEVILACQUA FLAVIO DAMIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 30395728 BIBBO JORGE EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20084456 BISIO FABIAN ALFREDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28632058 BISSO OSCAR ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25738712 BLANCO ALEJANDRO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11146602 BLANCO NICOLAS GABRIEL sobre CARABINA calibre .32-20 PLG

DNI 28801273 BOADA ORTIZ IGNACIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12186525 BOLOQUI MARIA ELENA sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16121581 BORGES CARLOS ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32531661 BORTOLAMEDI JORGE NICOLAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 11002253 BREA GUILLERMO ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25720758 BRIONES MARIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30691482 BRIZUELA ELIAS YAMIL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7678807 BROSS JORGE RICARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17042816 BRUERA ELVIO CARLOS sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 28378742 BRUERA MARCELO ANIBAL sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 21719214 BRUNETTO NELSON ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33996903 BRUNO PABLO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 33996903 BRUNO PABLO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 17460079 BRUSA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18843966 BRYK JAIRO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26240686 BUDA JUAN NICOLAS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 32742063 BUTTERI PABLO SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 18453357 CABALLERO GUSTAVO ALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18453357 CABALLERO GUSTAVO ALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18453357 CABALLERO GUSTAVO ALDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 18453357 CABALLERO GUSTAVO ALDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 18453357 CABALLERO GUSTAVO ALDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 24260273 CABEZAS GABRIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33237903 CABO ESTEBAN FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20638844 CACURRI LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 10089934 CALDERA JORGE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10121708 CALTANA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24827043 CAMARGO LUIS MARIA JAVIER sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 14172101 CAMPOS JORGE MILAGRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12444995 CAÑEDO JORGE HORACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 11487208 CANIZO OSCAR ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 18815754 CANO TEODORO sobre ESCOPETA calibre 32 UAB

DNI 21633240 CANTERO JUAN ALEJANDRO RAFAEL sobre REVOLVER calibre 12 MM

DNI 12792192 CAO JOSE IGNACIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30789962 CAPITANICH BRANCO IVAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17438438 CARABAJAL DANIEL ROBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28990148 CARBAJAL JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29573773 CARMONA FERNANDO RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28686911 CARO BORDON RAMON JONAS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 12001723 CAROLO JORGE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21967301 CARRANZA PIROVANO MARTIN A. sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 34948734 CARRERA JOSE MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22523933 CARRERA OCTAVIO ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8358783 CARRERAS CARLOS HUGO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13107136 CARRIZO CLAUDIO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23280020 CARRIZO JAVIER HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29151886 CASCASI ALFREDO JAVIER sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 13614115 CASTELLINI EDUARDO VICTOR sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 20496283 CASTILLO MARCELO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 22862274 CATANZARO SALVADOR VICENTE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 31338214 CAVOLO SANTIAGO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27266662 CEIRANO SEBASTIAN ANDRES sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 18096502 CEJAS ANGEL RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25574543 CENA EDUARDO JULIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16250746 CENTENO RODOLFO ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16633250 CENTURION JOSE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 7604001 CERIANI ALFREDO LUIS sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 22080341 CERMENARO CLAUDIO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29685287 CERRI DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23953488 CHAGRA LOPEZ SERGIO FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 23953488 CHAGRA LOPEZ SERGIO FEDERICO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 21495122 CHALLIOL DIEGO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 32369480 CHAMAS ELIAS OMAR sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 24507911 CHAMORRO HUGO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 36021541 CHAVEZ SANTILLAN EDGAR ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28737195 CHAZARRETA LORENA SOLEDAD sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12549377 CHIALVO CLAUDIO HECTOR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29254494 CHIARAMONTE JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27334982 CHIAVASSA EMILIANO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 32591572 CHIAVASSA ESTEBAN GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22498431 CIMMINO MARCOS ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5292648 CIRIGLIANO GENARO ROBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20236132 CLAVE JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20561986 COLALONGO ADRIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 14593324 COLOMBI JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23153850 CONDORI JUAN MARTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14352334 CORIA JOSE RICARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 29605695 CORRADINI OSCAR EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16308521 CORVALAN JOSE SANTIAGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 21928638 COSTANZO JUAN ROBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 5665049 CROSETTO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25778763 CULACCIATI MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 4967202 CURA LUIS PEDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17686954 D'AMICO JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27677303 D'ONOFRIO JUAN MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27070812 DA ROCHA JUAN MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27244182 DALMAZZO DIEGO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27310610 DAMIANO MAURICIO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23344588 DANIELE CARLOS ARIEL sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 4138858 DE BARY PEREDA ERNESTO JUAN MARIA sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 16869609 DE BOURGOING FERNANDO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20714599 DE LA CRUZ GUILLERMO OMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11635426 DE LA FUENTE CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27458825 DE STEFANO ELIO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8586273 DEL VALLE EDUARDO ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29833432 DELFABRO JOSE MARIA sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 29833432 DELFABRO JOSE MARIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13020335 DELGADO ARMANDO NESTOR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 8083451 DELGADO OSVALDO GERARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30678484 DELLAGNOLO FABRICIO ABEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30881010 DENICOLAY MATIAS DAVID sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

Page 11: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 11Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 10591636 DEPAOLI RUBEN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17774536 DI BIASE ITALO HORACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26333754 DI GIACOMO NICOLAS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33234231 DIAZ CORTEZ JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23761019 DIAZ DANIEL OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10244245 DIAZ JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24110445 DIAZ LUIS FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7961427 DIAZ PEDRO ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 18009591 DIB HAMAD MOHAMAD sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32425359 DIEZ BERNARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 35574970 DOMINGUEZ FRANCO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30456598 DOMINGUEZ MARCOS sobre FUSIL calibre .357 PLG

DNI 20717970 DOMOÑI PABLO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22365022 DORIA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22365022 DORIA MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13769948 DUHALDE LUIS ANGEL sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 25649212 DUMANDZIC HRVOJE FEDERICO M. sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26073818 ECHEVARRIA JAVIER IGNACIO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 28476743 ELLI MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28476743 ELLI MARIO ALBERTO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 28476743 ELLI MARIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28476743 ELLI MARIO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 22909364 ESTRUC EDGARDO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21638380 ETCHEVERRY DOMINGO CESAR A. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23995523 FABBRICATORE GABRIEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 36071799 FABBRO JAVIER HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30267511 FELIPE ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 30267511 FELIPE ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30267511 FELIPE ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 14225073 FENIK CLAUDIO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16541412 FENIK GUSTAVO DIEGO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 8187637 FERNANDEZ CASIMIRO OSMAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 14856258 FERNANDEZ HECTOR NICOLAS sobre CARABINA calibre .22 PLG

LE 8150414 FERNANDEZ JORGE CARLOS sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 33045402 FERNANDEZ JULIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24344079 FERNANDEZ MARTIN ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 25037957 FERRERO OSCAR CONSTANCIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 35883126 FIGUEROA JUAN ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13476768 FLEITA PEDRO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23758533 FLORES JORGE MACIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31876065 FOLLONIER SERGIO FERNANDO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 26380928 FRAGA LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 18045500 FRANCAVILLA GUSTAVO ARIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18543982 FRANCO MARIO ERNESTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 28197304 FRIAS ADOLFO MARTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 31118293 FUCHINECCO HUGO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12424376 GAITE LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13053498 GALANT ARMANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32713427 GALARZA ORLANDO FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17548647 GALEANO CORINO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26489180 GALLARDO GUILLERMO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23435615 GALLEGO ALBERTO GUSTAVO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 30035750 GALLO ESTEBAN MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30931137 GALMES LUIS MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7790766 GALVEZ ANTONIO ALFONSO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12982754 GAMBINA FERNANDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94938713 GAMBOA AÑEZ CRUZ ALEXANDER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16206769 GANZ RODOLFO FELICIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7364740 GARCIA ALBERTO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30906614 GARCIA ENZO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30529986 GARCIA FEDERICO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 4551218 GARCIA OSCAR FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 4551218 GARCIA OSCAR FABIAN sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 4551218 GARCIA OSCAR FABIAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 4551218 GARCIA OSCAR FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 94556409 GARCIA Y RODRIGUEZ CAMILO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94556409 GARCIA Y RODRIGUEZ CAMILO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23115542 GARGARO EDUARDO RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23519463 GARROCHO JOSE HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 6548176 GARRONE ROQUE JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27514400 GASPARINI JUAN FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29402383 GAUMET LUCAS ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22316228 GAUNA RICARDO ARIEL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 20024393 GAZIA HERNAN GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16424483 GENTINETTI ADRIAN RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18358497 GIANNONE HECTOR ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22332962 GIL CARLOS MARIANO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 12869803 GIL ROLANDO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 34831763 GIMENEZ JORGE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14509005 GOLIN GUSTAVO MARCELO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 10758553 GOMEZ CLAUDIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10320836 GOMEZ DOMINGO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 34409552 GOMEZ FERNANDO FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 33778683 GOMEZ JESUS RAIMUNDO sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 23357597 GOMEZ JOSE ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29812596 GOMEZ JULIAN DANIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 26923817 GOMEZ MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17169269 GOMEZ PATRICIO ERIBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14465389 GOMEZ SERGIO GUILLERMO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 14465389 GOMEZ SERGIO GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 14465389 GOMEZ SERGIO GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18424149 GOMEZ SONIA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23572555 GONZALEZ DIEGO GASTON sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 8449811 GONZALEZ EDUARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 33923524 GONZALEZ ELIAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30463711 GONZALEZ OSIO FERNANDO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25906670 GONZALEZ ROBERTO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31811053 GOY PAOLO JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16883171 GOYTIA CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 28173473 GRECCO GERMAN GUILLERMO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13872300 GREGORIO CLAUDIO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27345179 GUANCHIALE CESAR JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16157388 GUERIN CARLOS JAVIER MARTIN sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 21802722 GUTIERREZ CLAUDIA ALEJANDRA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25344075 GUZMAN HUGO SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 16766980 HAYES CONI ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 16766980 HAYES CONI ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 22597574 HEREDIA EDGARDO MAURICIO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25087614 HERNANDEZ FERNANDO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29086599 HERNANDEZ HECTOR MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28483759 HERRERA JORGE OSMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24067540 HIGONET CARLOS DANIEL sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 31842881 IACONO FRANCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31882510 IBARRA CRISTIAN ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21594851 IBARRA EDUARDO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13719457 INSAURRALDE LUIS ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27723569 IPARRAGUIRRE MARCELO M. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10645056 IRAMAIN RAMON SERAPIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21785891 ISASI GARCIA DIEGO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23979218 ISSLER SEBASTIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 34566958 IVAN ELVIO LIONEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 13561655 JAIME ISMAEL REINALDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 32785791 JALIL MARIANO ELIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7687836 JORDAN ALBERTO GUSTAVO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 14561709 JURI ALBERTO AMADO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16176263 KALJA FELIX ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27690201 KOKAYCHUK PABLO JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24735923 KOZAK EDUARDO GABRIEL sobre FUSIL calibre .223 PLG

LE 7837782 KRAUSS JUAN GUILLERMO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 4579963 KREIMER DANIEL SAMUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22114136 KRENZ DIEGO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24438098 LARGAYOLI GUSTAVO GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7800433 LARRAMENDI MANUEL ALBERTO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 21952395 LARRARTE CARLOS ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32508732 LASCA AGUSTIN EMMANUEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 30792844 LATYN JORGE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28316670 LAURENS EMILIO MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13192649 LAZZARIN ADRIAN FEDERICO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28215941 LEGUIZAMON PABLO FELIPE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13079619 LEITON MARIO ELOY sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 92931668 LEZCANO BENITEZ RAMON ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28661289 LEZCANO BERNAL VICTOR OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23105876 LIENDO HECTOR ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28401569 LIGORRIA MARCOS GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14375451 LIVA GABRIEL ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30364108 LLORENS MAXIMILIANO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18106867 LOBOS RODOLFO MARTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 34814965 LONDERO GIANNI EFREN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24251949 LONGO ALEJANDRO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29728167 LOPEZ ALEJO GUILLERMO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 17202500 LOPEZ EMILIO EUGENIO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 26371896 LOPEZ JORGE JUAN MARCELO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 34177117 LOPEZ JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 10059269 LOPEZ JUAN RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28297787 LOPEZ MATIAS DAMIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 14034887 LORENZO TORTOSA VICENTE LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 33254074 LUCERO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25753161 LUNA ALVAREZ FRANCISCO JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12348783 LUTRI ROBERTO RICARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18129068 MACALUSO WALTER DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32766072 MACEK SERGIO HERNAN sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 32766072 MACEK SERGIO HERNAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 32766072 MACEK SERGIO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33272305 MACELLARO EZEQUIEL IVAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 5055394 MACIAS JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22375871 MACRINA CRISTIAN ALBERTO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 24597139 MALAGUEÑO CARLOS RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23120789 MALERBA RICARDO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21816211 MANDRILLI FLAVIO AUGUSTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23258488 MANO LUIS MARIA sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 10513477 MANSILLA GANEM ORLANDO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24413120 MANZINI JORGE HUMBERTO sobre PISTOLA calibre .44 PLG

DNI 24413120 MANZINI JORGE HUMBERTO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 28133209 MARASINI CRISTIAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14991688 MARCHISONE GERMAN DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33633802 MARGUELICHE LUIS MIGUEL sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 28086076 MARIN SERGIO MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27935076 MARLIA EMANUEL LEANDRO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 28522949 MARMOL MARCELO RAFAEL sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 17007316 MARQUEZ DOMINGO FEDERICO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

Page 12: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 12Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 13677337 MARSICO DANIEL HECTOR sobre FUSIL calibre .243 PLG

DNI 14870475 MARTIN NESTOR HUGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

LC 5699702 MARTINEZ FONTES MARIA V. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23221969 MARTINEZ GUSTAVO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26482782 MARTINEZ JAVIER GONZALO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20562037 MARTINEZ JUAN MARTIN PASCUAL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16580961 MARTINEZ MOSQUERA GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18523928 MARTINEZ PEDRO IGNACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 33468115 MARTINEZ RODRIGO EMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 93124058 MARTINEZ VIDAL ROSA sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26616440 MARTORELL PABLO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26177958 MARTY MARCONETTO JAVIER ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7821872 MASQUELET CARLOS SANTIAGO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14393916 MASSI EMILIO JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24592320 MEDEOT ARIEL EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20455075 MEDINA ESTEBAN HORACIO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 20707225 MEDRANO DE LA SERNA JUAN A. sobre REVOLVER calibre .45 PLG

DNI 11194347 MELIAN RAFAEL MANUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 18320624 MENA MARIO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 8497887 MENALDI LUIS ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 26149446 MENDOZA FERNANDO MARTIN sobre CARABINA calibre .243 PLG

DNI 25136608 MENOSSI MAXIMILIANO DUILIO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 35526940 MENOYO IGNACIO JOAQUIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24952067 MERELE MARCELO RAFAEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24665504 MESSINA JUAN JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21484654 MEYER ARANA CRISTIAN EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17094984 MIGLIORE CARLOS MARCELO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 14799517 MIKULAS JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 29483022 MIRANDA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34213995 MOLA CLAUDIO TOMAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27294761 MOLINENGO ALDO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32437930 MONTEIRO AUGUSTO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34653834 MONTENEGRO CARLOS MARIO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 7062007 MONTES CARLOS ROQUE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 32797054 MORA AUGUSTO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22632799 MORALES CLAUDIO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7662622 MORENO CARLOS MARTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26830266 MORENO CRISTIAN MARTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25110813 MORENO HECTOR RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13163065 MORENO JORGE MARIANO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 30171406 MORICONI ESTEBAN DAMIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28264014 MORLACCHI RICARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 94533219 MOSKOT ROMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24042487 MOUNIER SANTIAGO ALBERTO sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 20784137 MOYA RICARDO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21966962 NAPOLI DIEGO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21966962 NAPOLI DIEGO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26398700 NAVARRO EMANUEL JULIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14293971 NAVARRO RENE ARNOLDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 4250280 NAVEIRA DE CASANOVA JORGE ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 4250280 NAVEIRA DE CASANOVA JORGE ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 16062392 NELLA CASTRO SERGIO ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17769280 NIETO RODOLFO MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22625717 NIEVAS MARCOS ADOLFO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 22272836 NIZ ROQUE OSMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10591048 NOGALES PABLO DAMASO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 35844266 NUÑEZ OSCAR JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27430017 OCON MARISA VERONICA sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26971733 OJEDA JORGE RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24333853 OJEDA RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17410607 OLAIZ EDUARDO HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31687538 OLLER ARIEL RICARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 22274409 ORDEN MARCOS LEONARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 21782082 ORELLANA GUSTAVO ANTONIIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

LE 5061863 ORIOZABALA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 4367222 ORSI ARMANDO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27594177 ORTIZ DAMIAN AUGUSTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25812487 ORTIZ OSCAR OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25812487 ORTIZ OSCAR OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21355227 OYARZO PABLO ANDRES sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 25156805 OYENE CHRISTIAN EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25766568 PADILLA ALEJANDRO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 35637607 PAGANI DAMIAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28192191 PAGANI PABLO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29462652 PAIS RUBEN EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 7803772 PALACIO JOSE EDUARDO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 17880186 PALACIOS CLAUDIO MARCELO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 27245849 PALACIOS MIGUEL ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25581471 PALADINO ANDRES HERNAN sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 18433910 PALAZZO PROSPERO ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4746834 PALERMO DOMINGO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25641529 PANDO EMILIO MIGUEL JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32394621 PANZERI CARLOS DANIEL CESAR sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 26458000 PAOLINI NORBERTO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6642412 PAPALIA VICENTE DOMINGO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 31404614 PARMENTIER DIFILIPPO FLAVIO ARIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25652947 PASQUERO LUCAS FERNANDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 17638575 PEDRAZA ADRIAN ISIDRO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 20460222 PEIRA ANA MARIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 20460222 PEIRA ANA MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 32364234 PELLICCIOTTI LUCAS EMANUEL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 24699213 PEÑA SEBASTIAN OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31839890 PEÑALOZA CRISTIAN DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10847074 PENAYO JULIO ARGENTINO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31076840 PEREIRA WALTER FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14268244 PEREZ MANUEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25920853 PEREZ RAMIREZ MANUEL ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25920853 PEREZ RAMIREZ MANUEL ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25920853 PEREZ RAMIREZ MANUEL ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 92704459 PEREZ RIFFO JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 25464993 PERTILE ENRIQUE JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22349904 PESTARINO VICTOR CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31809437 PETRA ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24299878 PEZZELATTO JUAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33107120 PICCININI DAVID EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28368406 PINO ELIAS MAURICIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30367143 PITESSA JUAN HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12840453 POOL DANIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25614423 PORTILLO DIEGO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20761274 PRIMO NESTOR ADRIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24111610 PSENDA ERICO SABEL sobre CARABINA calibre .45-70 PLG

DNI 31870641 PUCA LEONARDO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22408867 PUIG SERGIO OMAR sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 14784496 PULTI JORGE EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20957013 PUNGITORE VICTOR HUGO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 14665356 QUEVEDO RUBEN ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8180394 QUINTANA LORENZO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 94140984 RAMIRES RAPHAEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20393307 REBOLLO JORGE MIGUEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 13337024 REBOREDO RUBEN OSVALDO sobre FUSIL calibre .303 PLG

DNI 24438038 REBOYRAS ADRIAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31274512 REÑE DAMIAN ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28839448 RESTUCCIA CANAVESE FEDERICO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 11540325 RETAMAR SALVADOR EDMUNDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12718388 RIHL CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 14985655 RINSFLEISCH AVELINO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 32497404 RIOS SILVIO LEONARDO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17941925 RIQUELME HECTOR ALCIDES sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 25605476 RIVERA PATRICIO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25605476 RIVERA PATRICIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 8533005 RIVERO VERSARI RODOLFO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 13988149 ROBERT ESTEBAN EUGENIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17021034 RODRIGUEZ CLAUDIO ARIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12858875 RODRIGUEZ CLAUDIO MARTIN sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 25420540 RODRIGUEZ CRISTIAN EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 16630374 RODRIGUEZ DANIEL ENZO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25015575 RODRIGUEZ DIEGO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 26854154 RODRIGUEZ EDUARDO DANIEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 18370592 RODRIGUEZ ERNESTO FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 1682743 RODRIGUEZ GUALDA PURA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 1682743 RODRIGUEZ GUALDA PURA sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 18077441 RODRIGUEZ HORACIO MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 35499442 RODRIGUEZ MARIANO ADONIS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24811492 RODRIGUEZ RICARDO ALFREDO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 12850499 ROEMMERS ALFREDO PABLO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14720139 ROJAS ADRIAN ROLANDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 37058069 ROJIDO ADRIAN FERNANDO FACUNDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26346170 ROLDAN JAVIER EMILIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 25456567 ROMANISIO OSVALDO ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 4527191 ROMANO GUILLERMO AUGUSTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 28114489 ROMERO DIEGO MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12149457 ROMERO HECTOR EDMUNDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18385554 ROMERO JESUS ISMAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23463746 ROMERO MAXIMILIANO DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23463746 ROMERO MAXIMILIANO DARIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 31111606 ROSA HECTOR RUBEN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 23081488 ROSAS FRANCISCO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22269040 ROSAS HERNAN ROGELIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 17223513 ROSAS RUBEN DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17223513 ROSAS RUBEN DARIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 17223513 ROSAS RUBEN DARIO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 23001152 ROSSO GUIÑAZU MAURO JUAN A. sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 16653099 ROSSO NESTOR FABIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31881913 ROTUNDO RAFAEL ALCIDES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13983648 RUA MARIO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5395424 RUBIO CARLOS EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27885339 RUEDA WALTER RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10051863 RUGGERI RICARDO HUMBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 21534618 RUIZ ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12937952 RUIZ FRANCISCO RUBEN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12919079 RUIZ JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30433248 RUIZ LUIS MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20140947 RULLO GUILLERMO HECTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16841746 RUMINAHUEL JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 20355795 SACK ERNESTO CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27180698 SAIN RAUL EDUARDO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 16034300 SAINT ANTONIN ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16034300 SAINT ANTONIN ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 28437016 SALAS EDUARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 28846113 SALAS JOAQUÍN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

Page 13: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 13Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 26959673 SALAS TOMAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14281090 SALINELLI MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27014285 SALVA WECKESSER PAOLA VALERIA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28623784 SAMBUEZA OSCAR NORBERTO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 35086142 SANCHEZ MATIAS MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30114655 SANFELICE GABRIEL NATALIO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 14190504 SANTA CRUZ MARCELO OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16593645 SANTIAGO JOSE RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21993472 SANTOS JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20231689 SARKIS RODOLFO ISIDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 20231689 SARKIS RODOLFO ISIDRO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 27491288 SASSETTI FRANCO FABRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10728828 SAUMA OSCAR ALFREDO S. sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 7708983 SCALI RUBEN EDGARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32900685 SCHAMBERGER GISELA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12850893 SCHIAVONI LUIS EUGENIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 17061849 SCHMEISSER ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 24332489 SCHOUABS CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12065406 SCMIDTCHEN MUÑOZ OSVALDO EFRAIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16337102 SCUFFI NESTOR FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23640786 SEARA SEBASTIAN ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29554965 SEGOVIA VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27938535 SERNA EMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6045825 SERRA JUAN ALBERTO JAVIER AUGUSTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 6045825 SERRA JUAN ALBERTO JAVIER AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28693866 SHILTON NICOLAS JORGE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 28693866 SHILTON NICOLAS JORGE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 12885623 SILVA HECTOR DANIEL sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 35227278 SILVA SILVA MATIAS BALTASAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10877396 SILVERA HORACIO GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 5525746 SIMON JORGE ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10892384 SOPRANO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 24385591 SORIA JAVIER ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 7071205 SORIA JULIO MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22380883 SOTO MANUEL ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 22148113 STAZONE JULIO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22623694 SUELDO PABLO ALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24982559 SVALUTO FERRO MAURO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31104522 TABORDA ROLANDO ARTURO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16050412 TEJADA ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29155091 TELLERIA MARTIN IGNACIO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 29155091 TELLERIA MARTIN IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27803976 TESONE MAXIMILIANO DANIEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 11534923 TESTINO CARLOS MARIA sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 18549779 TEVEZ GUSTAVO FABIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20999491 TISERA ARIEL ALCIBIADES sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 23870326 TIZON CESAR ARIEL sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 13737608 TOMASELLI DANIEL ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30210113 TORRES GERARDO NICOLAS sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 12675454 TORRES MIGUEL OMAR sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 22800903 TORRES RICARDO IRINEO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27266654 TORRES WALTER ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31942303 TOSELLI JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 17061156 TOVO GUILLERMO FABIAN sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 10762633 TRAVAGLIA ROBERTO MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27025408 TREJO MARIANO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33313341 TREMBECKI HABERKORN MARIO E. sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 93473192 TREUTEL BERND HERIBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6051305 TRIDELLA ANTONIO LORENZO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16991881 TROVATO RAFAEL SALVADOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17331763 UBERTONE ALBERTO HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16460007 URRUTIA JULIO CESAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13682882 VACA DELFOR OSCAR sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 24956259 VACHINO JUAN SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 31246303 VALLEJOS MARCO ANTOMIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26237640 VALOR JUNCOS SERGIO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 26471908 VATTUONE PABLO SEBASTIAN sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 24553364 VERA CESAR AUGUSTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27218260 VERGARA CARLOS GABRIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 26219432 VERGARA JOSE GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21772607 VERGARA RAUL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30938479 VERHAGEN FABRICIO DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22795319 VERNOCCHI FEDERICO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 5298522 VERTI IDELFONSO ALCIDES sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 27657186 VERTIER PONS JUAN PEDRO sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 12773130 VIDAL MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22793630 VIDELA SERGIO OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11968234 VIDOSEVICH ALDO BARTOLO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 37207203 VIGNOLO FACUNDO NAHUEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 37207203 VIGNOLO FACUNDO NAHUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 27746402 VILA GONZALO MARTIN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 21710492 VILADEVALL LUIS FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22690041 VILLA MILTON EFREN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31490517 VILLAGRA JORGE RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 92618947 VILLALBA FERNANDEZ ABEL CONSTANTINO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25039189 VILLARRUEL ROBERTO JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30681218 VINCIGUERRA ALEJANDRO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30681219 VINCIGUERRA ALEXIS MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26770179 VISINTINI DIEGO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27190464 WENDT PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 26582084 WINITZKY EMANUEL DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25528478 YACHIANSKY PEDRO FABIAN GUSTAVO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 28780760 YAPURA ANTONIO ARMANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8496157 ZABALA ALBERTO OSVALDO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 23263230 ZALAZAR BLAS EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17112869 ZALAZAR CESAR DARIO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 34126713 ZALAZAR REINALDO DARIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 36985244 ZANCHI GINO YURI sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 21428381 ZANETTI ANTONIO RUBEN sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 17457647 ZANOTTI DANIEL VICTOR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16623044 ZAPATA ALFREDO RAUL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 34096196 ZAPATA JUAN MARIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 10594907 ZAPATA OMAR RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31476427 ZAPIOLA SANTIAGO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 4978582 ZISSU JORGE ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 32908948 ZORZON GERARDO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 20282636 ABALLAY CARLOS ALBERTO MARTIN ámbito de GRUPO COPINCO S.A. 33708552599

DNI 28121204 ABALO FRANCISCO CARLOS ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 17816150 ABRAMO FABIAN ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10291674 ACEVEDO ELEUTERIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25404366 ACOSTA LUIS ALEJANDRO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 26768739 ACOSTA WALTER EDUARDO ámbito de CI 5 S.A. 30679488593

DNI 17227069 AGUILAR ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31107333 AGUILAR CARLOS ROBERTO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 27437901 AGUIRRE GUILLERMO HERNAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 27437901 AGUIRRE GUILLERMO HERNAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 17259405 AGUIRRE RAMON JOAQUIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20086925 AGUIRRE RAUL HORACIO ámbito de SECURUS S.A. 30632109942

DNI 22829618 ALBORNOZ SERGIO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14288048 ALBORNOZ TELESFOR CALAZAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13267308 ALEGRE HUGO ERNESTO ámbito de CONTROL PREV. Y SEG. S.R.L. 30707617574

DNI 11787685 ALMARAZ JORGE RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26328516 ALMIRON DIEGO RAMON ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817

DNI 35218557 ALMIRON LEANDRO EZEQUIEL ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 26230601 ALOI GASTON GABRIEL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 32958507 ALOMO DIEGO SEBASTIAN ámbito de CI 5 S.A. 30679488593

DNI 31003151 ALVAREZ GONZALO MAXIMILIANO ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817

DNI 27043716 ALVAREZ MARCOS ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28675665 ALVEZ JAVIER ELIAS ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 22207533 AMESTOY ANDRES OSCAR ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 12154824 AMIN RODOLFO EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16521036 AMORIN MARCELO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22975821 ANDRADA ROBERTO MARCELO ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858

DNI 14665577 ANTUNEZ EDUARDO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24070709 APURIL GUILLERMO ámbito de F.P.I.COMPAÑIA DE SEGURIDAD SA 30709020273

DNI 13604544 ARANDA EDUARDO MERCEDES ámbito de SECURUS S.A. 30632109942

DNI 24456475 ARAUJO GUSTAVO ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10354295 ARCHUVI HORACIO HUGO ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 24247416 AREVALO ARIEL ESTEBAN ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 28242771 AROCHA SERGIO SEBASTIAN ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 14778354 ARREDONDO JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20225107 ARRIGO MILTON ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12657024 AUDANO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17817241 AVACA NESTOR RICARDO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 16106269 AYALA JOSE MANUEL ámbito de EXES S.R.L. 30590089873

DNI 6072866 AYALA JUAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10087952 BAIGORRIA OSVALDO AVELINO ámbito de GRUPO COPINCO S.A. 33708552599

DNI 17217294 BAIS IVAN RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11097062 BALBUENA DANIEL HUGO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 28415602 BAREIRO JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4994720 BARRALES ADOLFO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24636935 BARRAZA DANIEL ALBERTO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 22134440 BARREIRO JORGE ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12423558 BARRERA HUGO RENATO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30890732 BARRERA LUCIANO HERNAN ámbito de CODECOP S.R.L. 30664021435

DNI 16020727 BARROS OSCAR ZENON ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 22791109 BARROSO ADRIAN MARTIN ámbito de SERV.DE INV.LA PRINCIPAL S.A. 30707436103

DNI 8386955 BAZAN OSCAR DANIEL ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 13250733 BAZANO SAMMARTINO LEANDRO E. sobre PISTOLA calibre 9 MM

Page 14: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 14Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 25731630 BEISEL SERGIO FABIAN ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 22371563 BERGER MARTIN NORBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16603822 BIERY EDUARDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17691139 BLINOFF MARCELO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30308586 BO IGNACIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 17747224 BOBADILLA OMAR ámbito de F.P.I.COMPAÑIA DE SEGURIDAD SA 30709020273

DNI 23708455 BOLOGNINI ARIEL ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27151277 BONIFACIO CHRISTIAN GASTON ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 26979332 BRITOS SERGIO DAMIAN ámbito de SERV.DE INV.LA PRINCIPAL S.A. 30707436103

DNI 21990759 BURONE CARLOS ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12146370 CABRERA LUIS ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25142752 CACCAVALLO DIEGO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16238206 CALISAYA RODOLFO HIPOLITO ámbito de TECNOSEG S.A. 30709576700

DNI 21837079 CAMACHO DIONILDO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 8269743 CAMBARERI LUIS MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16036058 CANDEDO ANIBAL ARIEL ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 20710032 CAPPELLINI CARLOS FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14884437 CAPPETTO JORGE ALBERTO ámbito de A.V.C. S.R.L. 30662138157

DNI 21870900 CARABAJAL CARLOS CESAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 28061741 CARABAJAL CRISTIAN DAMIAN ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 20825343 CARABAJAL RUBEN RENEE ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 22393650 CARDOZO CLAUDIO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 18272029 CARRANZA CARLOS HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23806728 CARRANZA RAUL ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12709514 CARROZZI CARMELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16259236 CASAS JUAN RAMON ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 36790515 CASERES MARTIN ALEJANDRO ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 22222385 CASTELLANOS RUBEN ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17805655 CATRI MARCOS ALEJANDRO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 24229380 CELERY SEBASTIAN RODRIGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7604001 CERIANI ALFREDO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17014289 CHAPARRO JUAN RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8294339 CHAUQUE CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 36021541 CHAVEZ SANTILLAN EDGAR ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26473347 CHERENCIO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14891490 CISNEROS OMAR OCTAVIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17043543 COLMAN SERGIO OSCAR ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 10657765 CORIA ROSA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20231655 CORNEJO MARCELO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24779190 CORNEJO VALERI MAURICIO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12022587 CORONEL CARLOS ENRIQUE ámbito de SECURUS S.A. 30632109942

DNI 13554401 CORRAL JOSE MARIA ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 13024772 CORTEZ ARMESTO CAYETANO ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 13406081 COSTILLA RICARDO ALBERTO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 22245055 CUENCA JORGE EGIDIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11373504 D'ERRICO EGIDIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34584429 DE LA TORE MATIAS EZEQUIEL ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 23090557 DEL GIORNO DIEGO MAXIMILIANO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 35152364 DERIS LEONARDO FABIAN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 21584916 DERPIC CARLOS VLADIMIR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 20496264 DI IENNO DANIEL ALEJANDRO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 11455821 DIAZ CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10880693 DIAZ MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30632411 DIAZ PIZARRO ESTEBAN HERNAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 27508933 DOMINGUEZ ANIBAL MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32254416 DOMINGUEZ CAMILO ABEL ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 28880582 DOMINGUEZ DIEGO MARTIN ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 27072320 DURE FERNANDO JOEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5314073 ECHEVARRIA GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5823145 ENGELBART MOISES ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17839924 ENRIQUEZ RAMON GUSTAVO ámbito de CONSULTORA VIDECO S.A. 30691574772

DNI 26322788 ESCOBAR MIGUEL ARGENTINO ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858

DNI 20717598 ESCOBAR TELMO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20793137 ESCRIVA OMAR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29250617 ESPECHE GERMAN DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25805406 ESPINOLA MIGUEL ANGEL ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 21794052 ESPINOSA JOSE SILVIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 26447885 FARIAS ANGEL DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11572269 FERNANDEZ ALFREDO ámbito de F.P.I.COMPAÑIA DE SEGURIDAD SA 30709020273

DNI 29438335 FERNANDEZ BRITEZ HUGO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25328660 FERNANDEZ CRISTIAN RAMON ámbito de CODECOP S.R.L. 30664021435

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 23333550 FERNANDEZ DANIEL ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 14539588 FERNANDEZ JULIO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4075494 FERNANDEZ PEÑA HECTOR EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13483212 FERNANDEZ RUBEN DARIO ámbito de BROCAL S.A. 30707145532

DNI 21339254 FERRAZZANO JUAN ANTONIO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 31583584 FERREIRA ALBERTO DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23524685 FERREIRA RICARDO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23155811 FERREYRA DAVID DANIEL ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 25748189 FIGUEROA ARIEL EDUARDO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 20881797 FIGUEROA JOSE LUIS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 23929831 FINOS MAURICIO ATILIO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 25344720 FIORIO MARTIN ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5058777 FIRMAPAZ FRANCISCO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13476768 FLEITA PEDRO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14548620 FLORES EDUARDO ARGENTINO ámbito de GRUPO COPINCO S.A. 33708552599

DNI 29094487 FLORES VICTOR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21801080 FLOREZ GUSTAVO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17404964 FRANCO DANIEL ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20548654 FRETES CARLOS ALBERTO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 31983373 FRIAS JULIO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 32789658 FRIAS MARCELO ADRIAN ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 27770092 FUCCI MAURO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13736245 FUENTES EDUARDO ORLANDO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 10314953 FUNES LUCIO OMAR ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 30129307 GAETANI FRANCISCO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13030696 GALLO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13297626 GALLO ROBERTO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 8267790 GALVAN JOSE ROLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24680682 GALVE GUILLERMO MANUEL ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 13798309 GAMARRA SECUNDINO OSCAR ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 8649047 GAMBOA JORGE NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 94305728 GARAY CAVAGNERI MARCO ANTONIO ámbito de COOP.TRAB.SEG.INT.U.F.A. LTDA. 30679535346

DNI 32466274 GARCIA CRISTIAN SEBASTIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 24904529 GARCIA DARIO FERNANDO E. ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30634936439

DNI 24232313 GARCIA ELIO JOSE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 14693367 GARCIA HUGO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21157460 GARNICA MARIO HUMBERTO ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 26116183 GAUTO WALTER ARIEL ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 16849372 GIMENEZ ROBERTO FABIAN ámbito de ORGANIZACION PARANA S.A. 30708107200

DNI 25187835 GIMENEZ SCHMIED JUAN DAVID ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 31034359 GIOVAZZINO OSCAR JUAN BAUTISTA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20832510 GODOY CARLOS ROBERTO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 28321843 GODOY HEBER JULIAN ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 26817463 GOMEZ DANIEL NELSON HERNAN ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 29285835 GOMEZ ECHEVERRIA JORGE ISMAEL ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 16617247 GOMEZ FEDERICO EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25915706 GOMEZ MARTIN DAMIAN ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 22591961 GOMEZ PABLO GUILLERMO AUGUSTO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 34091882 GOMEZ RAMON ELIZARDO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 25269072 GONZALEZ ABEL HORACIO ámbito de SECURUS S.A. 30632109942

DNI 32422317 GONZALEZ ANGEL RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30141533 GONZALEZ CRISTIAN JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32245759 GONZALEZ HECTOR EDUARDO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 28488611 GONZALEZ MOYANO NICOLAS ARIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 35606299 GONZALEZ ROBERTO EZEQUIEL ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 14771879 GONZALEZ RODOLFO RENE sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 22923139 GRAMIGNA MARTIN EDUARDO ámbito de GAMAPOL S.R.L. 30682869565DNI 14195068 GUACCI CARLOS DANIEL ámbito de MURATA S.A. 30641063378DNI 30866787 GUTIERREZ FACUNDO DAVID ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.

LTDA 30634936439DNI 29498812 GUTIERREZ JAVIER ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 24943258 GUTIERREZ RAMON LUIS ámbito de MACO TRANSPORT.DE

CAUDALES S.A 30650468380

DNI 29570030 IBAÑEZ MEDINA GERARDO MARCELO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 14518084 IBARRA MARIO DANIEL ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 20832878 IGLESIAS MISSIATI GABRIEL O. ámbito de SICURANZA S.R.L. 30660696306

DNI 28762321 INGRASSIA CARLOS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11090929 JARA DOMINGO ADRIAN ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749

DNI 29523918 JARA GERARDO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre

Page 15: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 15Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 30599272 JUAREZ ARIEL DAVID ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 17156533 JUAREZ WALTER DANIEL JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8498721 JUNOD HECTOR DANTE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4581189 KAMMERER JORGE RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24735923 KOZAK EDUARDO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24205247 LANESTOSA ANGEL ALFREDO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 24680781 LASANTA CRISTIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 7738595 LAUDELINO CARLOS ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14390837 LEDESMA MANUEL BENICIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34248694 LEGARRETA VICTOR ABEL ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 14277321 LEIRA DANIEL ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12624405 LEIVA FRANCISCO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 29468417 LEIVA LUIS SEBASTIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 25152270 LISTO LUIS GERMAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14747886 LO RE SERGIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24251949 LONGO ALEJANDRO AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7867836 LOPEZ ALFREDO MARCELINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25474623 LOPEZ DIEGO ANDRES ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 10055723 LOPEZ EDUARDO SERAPIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26412521 LOPEZ HECTOR RAUL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 30098666 LOPEZ NELSON EZEQUIEL ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 24582790 LOVERA EDUARDO CRISTIAN ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 30479399 LUCERO DANIEL HORACIO ámbito de SECURUS S.A. 30632109942

DNI 23774375 LUGONES OSVALDO FRANCISCO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 26075594 LUGOS LILIANA ESTHER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21065684 LUNA EDUARDO HUMBERTO ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285

DNI 31351533 LUNA RUBEN DARIO ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 31800661 LUQUE GABRIEL EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18200710 MACHUCA MARCELO JORGE ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 25805153 MACIEL JUAN MARCELO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 26619963 MAIDANA EMILIANO GASTON ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 26689995 MAJUL JULIO EUGENIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11357844 MALDONADO LUIS FERNANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 10513477 MANSILLA GANEM ORLANDO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23368580 MARIN RODOLFO ISMAEL ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 5192381 MARTINEZ PASS ALBERTO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33468115 MARTINEZ RODRIGO EMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28018709 MARTINEZ VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23618441 MARTINS GILBERTO HUGO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 20461809 MASCARELLA PABLO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13018650 MASSIMINO ANTONIO FERNANDO ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 24230466 MATAR JUAN ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13529970 MATZKIN HUGO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28996011 MEDINA RENE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13363189 MENDEZ ANTONIO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32075766 MENDOZA JUAN IGNACIO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 23365972 MEZA ROLANDO MARTIN ámbito de SPEED CENTRE S.R.L. 30658897833

DNI 11699623 MINA JORGE OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10231637 MINKEVICH OSVALDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17110451 MIRANDA JULIO CESAR ámbito de A.V.C. S.R.L. 30662138157

DNI 12361475 MISILIO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12599135 MOJICA OSCAR ALBERTO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 24177368 MOLINA DANIEL HORACIO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 16668698 MOLINA EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14408992 MOLINA JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25503807 MORALES WALTER FABIAN ámbito de BLINSER S.R.L. 30709277444

DNI 23166443 MORE CRISTIAN DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14165886 MOREIRA SERGIO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16184622 MORELLI JORGE NORBERTO ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L. 30708950994

DNI 24781530 MORINIGO JORGE RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16126435 MUÑOZ EDUARDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14293971 NAVARRO RENE ARNOLDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22256294 NIEVA GUSTAVO NICOLAS ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 17010814 NIGRO MARCELO ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21466849 NUÑEZ OSCAR ALBERTO ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 35976216 OLIVERA LEANDRO EZEQUIEL ámbito de PROSEGUR VIGILANCIA ACTIVA S.A. 30616512672

DNI 12976966 ORDOQUI CLAUDIO MARCELO ámbito de GRUPO COPINCO S.A. 33708552599

DNI 26990858 ORELLANA CRISTIAN JAVIER ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 12774349 ORELLANA ERLINDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21782082 ORELLANA GUSTAVO ANTONIIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11549095 ORONA GUSTAVO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29746915 ORREGO FRERES CRISTIAN ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24481290 PAILLAMILLA ADRIAN JESUS ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30634936439

DNI 29462652 PAIS RUBEN EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16313407 PALACIOS CARLOS ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27251067 PALOMEQUE JOSE GABRIEL ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 12773050 PANIAGUA ISABELINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26186215 PAPATOLIOS JUAN PABLO ámbito de ASIPROF SEGURIDAD S.A. 30709505501

DNI 28083368 PAPIO SERGIO LEONARDO ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817

DNI 32214546 PAREDES ADAN ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726

DNI 12119116 PARERA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31688286 PARRA BERNARDO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27434610 PASSAMANI HECTOR PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7792305 PASTRAN BARI NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30989686 PEDROZO HERNAN PATRICIO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 33113747 PENELA JONATAN HOMERO GABRIEL ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 31789933 PENSOTTI WILTON EDGAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 29440671 PERALTA LEANDRO WILFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13104487 PERALTA NICOLAS MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26995719 PERCARA CRISTIAN EMILIANO ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 13510627 PEREYRA RAMON ANGEL ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523

DNI 25041991 PEREZ ALBERTO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 94187616 PEREZ GARCIA GABRIEL ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 28122011 PEREZ JAIME MARCIAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13749175 PEREZ JORGE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31299682 PEREZ LUIS FERNANDO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 26230098 PEREZ ROBERTO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18453607 PERIN CARLOS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 35960016 PESOA JONATHAN EMANUEL ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 17148994 PETIT MARCELO ALFREDO ámbito de CODECOP S.R.L. 30664021435

DNI 29139926 PETRAUSKAS DAVID ALEJANDRO D ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817

DNI 22400170 PINTO RAMON GUSTAVO ámbito de SICURANZA S.R.L. 30660696306

DNI 22244315 PISTONE ARISTIDES ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30367143 PITESSA JUAN HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26518820 PLANTEZ PABLO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 4603940 POCZTARUK PABLO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33346431 PONCE CLAUDIO ALBERTO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 8298937 PUCHETA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17526698 QUINTANA GUSTAVO CALIXTO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 11822434 QUIROGA ROBERTO ESTEBAN ámbito de TECNOSEG S.A. 30709576700

DNI 26730806 QUIROZ OSMAR ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12176092 RAMIREZ BENITO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23575047 RAMIREZ JAVIER ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 12171795 RAMIREZ JORGE ámbito de SICURANZA S.R.L. 30660696306

DNI 22994114 RAMIREZ SAMUEL EDUARDO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 16532624 RAPPI RICARDO WALTER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11700734 REPPETTO MARCELO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11540325 RETAMAR SALVADOR EDMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24513742 REYES JUAN DOMINGO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 24028313 RICCOBALDI MONICA CRISTINA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12720012 RIOS LUIS CANDIDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14240466 RIQUELME FELIX ANIBAL ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817

DNI 20845397 RIQUELME HECTOR OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17154871 RIVADERO WALTER ROLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 8533005 RIVERO VERSARI RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30824619 RIVEROS LAURA DANIELA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10983405 RIZZO GUSTAVO ALEJANDRO ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 17602076 RIZZUTO HECTOR OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20216460 ROCABADO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20632800 RODRIGUEZ CEFERINO ARMANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 17383936 RODRIGUEZ CLAUDIO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20386465 RODRIGUEZ ELEUTERIO RAMON ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 10326787 RODRIGUEZ FELIX OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13876222 RODRIGUEZ GUILLERMO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12143518 RODRIGUEZ MARTIN ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 29542498 RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL ámbito de CI 5 S.A. 30679488593

DNI 30888444 RODRIGUEZ ROBERTO RAUL ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

Page 16: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 16Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 24739366 ROJAS ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10016920 ROJAS ERNESTO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13492187 ROJAS JULIO CESAR JAVIER ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 22144355 ROMANO PABLO MARTIN ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30634936439

DNI 27926682 ROMERO HORACIO JAVIER ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817

DNI 12770865 ROMERO MANUEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12366522 ROSSI NESTOR ROBERTO ámbito de ASIPROF SEGURIDAD S.A. 30709505501

DNI 7681008 ROTOLO BENITO ITALO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31881913 ROTUNDO RAFAEL ALCIDES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28146671 RUBIDO JUAN EDUARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 10550350 RUBIO MARTIN JUSTINIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20725375 RUFF FABIO ANDRES ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 20411946 RUIZ CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13056216 RUIZ DIAZ CARLOS ENRIQUE ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 14816650 RUIZ DIAZ MARCELINO PABLO ámbito de GRUPO COPINCO S.A. 33708552599

DNI 30975205 RUIZ EBER JUAN ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 18360893 RUIZ HECTOR RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10428117 RUIZ VICTOR OSCAR ámbito de A.V.C. S.R.L. 30662138157

DNI 21762900 SALTO DIEGO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8076913 SANCHEZ HORACIO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24650720 SANCHEZ HUALTER DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 5412384 SANCHEZ JOSE MANUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 24021784 SANCHEZ WALTER ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 10711432 SANTACECILIA MIGUEL ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12795634 SANTILLAN RICARDO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 10558309 SANTUCHO EDUARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23960367 SCHMIDT ANGEL OSCAR ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 31277157 SCHWEIGEL GERARDO MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 17148383 SCOTTO WALTER OMAR ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 29554965 SEGOVIA VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21442677 SENATORE CLAUDIO DANIEL ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 36512978 SEQUEIRA ELIAS DAVID ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 17102771 SERRANONE NESTOR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22404122 SIGHEL CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17695769 SILVA MANUEL OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11192280 SISTERNA RICARDO SATURNINO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33312355 SOLIS DANIEL GUSTAVO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 29038401 SORIA CESAR GERMAN ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724

DNI 32550313 SOSA PABLO JAVIER ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 13872869 SOTO ESCUDERO ALFREDO RAMON ámbito de CORNEL Y ASOCIADOS S.R.L. 30634936439

DNI 22326223 SPAGNA EDGARDO ARIEL ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 12058010 SPILOTTI EDUARDO MARCELO ámbito de GRUPO COPINCO S.A. 33708552599

DNI 22148113 STAZONE JULIO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21584063 SULTAIS JORGE HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31104522 TABORDA ROLANDO ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10691825 TANTUCCI RUBEN DARIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 21960271 TAVARES MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25402995 TERUEL PABLO DANIEL ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30634936439

DNI 32475854 TOLABA RENZO ROQUE ámbito de LIRGER S.R.L. 30710425031

DNI 21804438 TORRES JOSE HECTOR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 18751355 TORRES LIMBER WALDEMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17184882 TORRES MANUEL ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 25677893 TORRES ROBERTO FELIPE ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 13018393 TOSCANO ROBERTO ámbito de PROIN PROTECC.INTEGRAL S.R.L. 30697634092

DNI 12696985 TOSSELLO PEDRO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16624479 TULA LIDIA ELISABET ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 14636425 UMBERT OSVALDO MARTIN ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 22195300 URTIAGA NORBERTO JOSE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 20534237 VACA JULIO ANTONIO ámbito de GRUPO COPINCO S.A. 33708552599

DNI 16044818 VALDEZ VICTOR OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28073158 VALENTE DIEGO HORACIO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 33272538 VALIENTE WALTER NICOLAS ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817

DNI 21087043 VALLEJOS RAMON JESUS LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10890481 VARELA LUIS MERCEDES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26239723 VEGA GUSTAVO JAVIER ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 26630499 VELAZQUEZ MARCELO FABIAN ámbito de GRUPO COPINCO S.A. 33708552599

DNI 17392165 VERA JUAN CARLOS ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 27859035 VERDUGUEZ ALBERTO FELIX ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 12105211 VERON PABLO VICENTE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26004108 VICENTE PABLO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27688309 VILAR FERNANDO DAMIAN ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 22167449 VILLAGRA CESAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8575303 VILLAGRA MARIO ERNESTO ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286

DNI 34518164 VILLAGRA MATIAS ALEJANDRO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 29521519 VILLALBA DARIO RICARDO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 25733859 VILLALBA REINALDO OSMAR ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 26806734 VILLANUEVA RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23548432 VILLEGAS ALBERTO MARTIN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 10740808 VITABILE VICTOR JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14973957 VIVAS JORGE AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25563564 VORANO GUSTAVO MARTIN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 35001869 WENDRELL EMANUEL ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 22108681 ZACARIAS GERARDO ESTEBAN ámbito de SECURUS S.A. 30632109942

DNI 23263230 ZALAZAR BLAS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30655488 ZANOR TORRES DANTE EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13436656 ZAPATA FERNANDO ROBERTO ámbito de EMP.SEG.INV.PRIV.CONDUCTA SRL 30634936439

DNI 20618562 ZAPIOLA MARCELO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29955170 ZARATE ANGEL LUIS ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858

MATIAS MOLLE, Director Nacional, Registro Nacional de Armas.e. 14/03/2014 N° 15201/14 v. 14/03/2014

#F4533842F#

Page 17: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 17#I4533281I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723; 10-3-2014

Expediente

5157290 Obra Publicada Género: LETRA Título: ANZUELO Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157291 Obra Publicada Género: LETRA Título: RASTA NO PALIDECE Autor: NESTOR RAUL RAMLJAK

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP

5157292 Obra Publicada Género: MUSICA Título: RASTA NO PALIDECE Autor: NESTOR RAUL RAMLJAK

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP

5157293 Obra Publicada Género: LETRA Título: HERENCIA Autor: NESTOR RAUL RAMLJAK

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP

5157294 Obra Publicada Género: MUSICA Título: HERENCIA Autor: NESTOR RAUL RAMLJAK

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP

5157295 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALGO EN QUE CREER Autor: NESTOR RAUL RAMLJAK

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP

5157296 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALGO EN QUE CREER Autor: NESTOR RAUL RAMLJAK

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP

5157297 Obra Publicada Género: LETRA Título: EXCUSAS Autor: NESTOR RAUL RAMLJAK

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP

5157298 Obra Publicada Género: MUSICA Título: EXCUSAS Autor: NESTOR RAUL RAMLJAK

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP

5157299 Obra Publicada Género: LETRA Título: GUARANIA AMANECIDA Autor: JUAN MANUEL MELERO

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157300 Obra Publicada Género: MUSICA Título: GUARANIA AMANECIDA Autor: MATIAS SCHURJIN

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157301 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MACHINGO Autor: RAMIRO GALLO

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157302 Obra Publicada Género: MUSICA Título: LA LORENZIANA Autor: RAMIRO GALLO

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157303 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SONG FOR GEORGE GARZONE Autor: ANDRES HAYES

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157304 Obra Publicada Género: MUSICA Título: EL ELOGIO DE LA SOMBRA Autor: ANDRES HAYES

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157305 Obra Publicada Género: MUSICA Título: TE MENTIRE Autor: VERONICA ANALIA AVILA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: PUBLITRACK SRL

5157306 Obra Publicada Género: LETRA Título: TE MENTIRE Autor: VERONICA ANALIA AVILA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: PUBLITRACK SRL

5157307 Obra Publicada Género: LETRA Título: LA CONSERVADORA Autor: SERGIO OSCAR PETROLI

Autor: HILDA DEL CARMEN MARTINEZ

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: PUBLITRACK SRL

5157308 Obra Publicada Género: MUSICA Título: LA CONSERVADORA Autor: SERGIO OSCAR PETROLI

Autor: HILDA DEL CARMEN MARTINEZ

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: PUBLITRACK SRL

5157309 Obra Publicada Género: MUSICA Título: JUEGO DE RELOJES (GAME OF CLOCKS) Autor: DIEGO SCHISSI

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157310 Obra Publicada Género: LETRA Título: LA VENTANA Autor: MARCO SANGUINETTI

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: ACQUA RECORDS SRL

5157311 Obra Publicada Género: MUSICA Título: LA VENTANA Autor: MARCO SANGUINETTI

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: ACQUA RECORDS SRL

5157321 Obra Publicada Género: MUSICA Título: AMOR DIVINO Autor: SEBASTIAN MATIAS BUSTOS

Autor: ESTEBAN EMMANUEL CALDERON

Autor: JUAN DANIEL PAREDES

Autor: LUCAS DAMIAN PAREDES

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Autor: IVAN EZEQUIEL ACOSTA

Autor: GASTON ARIEL CORONEL

Autor: LUCIANO IVAN PEDRO SANCHEZ

Autor: SERGIO OMAR MEDINA

5157322 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM LA MAGNISIMA GRONDA Autor: EDUARDO JOAQUIN VIÑALES

Autor: CHRISTIAN MARTIN SILVOSA

Autor: MAURO SAINI

Autor: IGNACIO GULIAS

Autor: LORENZO MARTIN GULLER FRERS

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157323 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM LA MAGNISIMA GRONDA Autor: EDUARDO JOAQUIN VIÑALES

Autor: CHRISTIAN MARTIN SILVOSA

Autor: MAURO SAINI

Autor: IGNACIO GULIAS

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Autor: LORENZO MARTIN GULLER FRERS

Page 18: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 185157324 Obra Publicada Género: MUSICA Título: UN MAMBONEGRO Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157325 Obra Publicada Género: LETRA Título: SOLO VOS Y YO Autor: ANDREA CORINA BLACHER

Autor: ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

Editor: EXTREMUSIC DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

5157326 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SOLO VOS Y YO Autor: ANDREA CORINA BLACHER

Autor: ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

Editor: EXTREMUSIC DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

5157327 Obra Publicada Género: LETRA Título: EN TRANCE Autor: ANDREA CORINA BLACHER

Autor: ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

Editor: EXTREMUSIC DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

5157328 Obra Publicada Género: MUSICA Título: EN TRANCE Autor: ANDREA CORINA BLACHER

Autor: ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

Editor: EXTREMUSIC DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

5157329 Obra Publicada Género: LETRA Título: WALKING Autor: ANDREA CORINA BLACHER

Autor: ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

Editor: EXTREMUSIC DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

5157330 Obra Publicada Género: MUSICA Título: WALKING Autor: ANDREA CORINA BLACHER

Autor: ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

Editor: EXTREMUSIC DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT

5157331 Obra Publicada Género: LETRA Título: SABES QUE ME GUSTAS Autor: JONATHAN ANGEL CWIRKALUK

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5157332 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SABES QUE ME GUSTAS Autor: JONATHAN ANGEL CWIRKALUK

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5157335 Obra Publicada Género: LETRA Título: POR QUE ME MIENTES Autor: JONATHAN ANGEL CWIRKALUK

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5157336 Obra Publicada Género: MUSICA Título: POR QUE ME MIENTES Autor: JONATHAN ANGEL CWIRKALUK

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5157337 Obra Publicada Género: LETRA Título: LOS SOLTEROS DE ESTE BAILE Autor: JONATHAN ANGEL CWIRKALUK

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5157338 Obra Publicada Género: MUSICA Título: LOS SOLTEROS DE ESTE BAILE Autor: JONATHAN ANGEL CWIRKALUK

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5157339 Obra Publicada Género: LETRA Título: DIME DONDE ESTAS Autor: JONATHAN ANGEL CWIRKALUK

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5157340 Obra Publicada Género: MUSICA Título: DIME DONDE ESTAS Autor: JONATHAN ANGEL CWIRKALUK

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5157341 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SRES PAPIS CUES II Autor: PABLO NICOLAS PERERA

Editor: TEVEFE COMERCIALIZACION SA

5157342 Obra Publicada Género: LETRA Título: CRIMINAL Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157343 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CRIMINAL Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157344 Obra Publicada Género: LETRA Título: MAS QUE VOS Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157345 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MAS QUE VOS Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157346 Obra Publicada Género: MUSICA Título: EL JINETE Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157347 Obra Publicada Género: LETRA Título: PERDEDOR Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157348 Obra Publicada Género: MUSICA Título: PERDEDOR Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157349 Obra Publicada Género: LETRA Título: FAROS DE ODIO Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157350 Obra Publicada Género: MUSICA Título: FAROS DE ODIO Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157351 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MAL DEL DESIERTO Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

5157354 Obra Publicada Género: LETRA Título: NO HABLES Autor: ALEJANDRO GABRIEL COLLADOS

Autor: LEONARDO AGUSTIN MOSCOVICH

Autor: MARTIN ZARAGOZI

Editor: FYN SA

Page 19: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 195157358 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA VIDA REAL Autor/Editor: HERNAN FEDERICO BRIDAROLLI

5157359 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: ENTRADAS FRIAS Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157360 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: COCINANDO CON LOS CHICOS Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157361 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: COCINA DULCE PARA CUMPLEAÑOS Y REUNIONES Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157362 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: COCINA SALADA PARA LAS FIESTAS Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157363 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: COCINA PARA CHICOS Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157364 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: RECETAS PARA LLENAR EL FREEZER Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157365 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: VIANDAS PARA EL COLEGIO Y LA OFICINA Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157368 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: VARIEDADES DE COCINA VEGETARIANA Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157370 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: COCINA DULCE PARA LAS FIESTAS Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157371 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: COCINA DULCE LIGHT Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157372 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: COCINA SALADA LIGHT Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157373 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: COCINA PARA PRINCIPIANTES ADULTOS Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157374 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: TODO CON ARROZ Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157375 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: LOCOS POR EL QUESO Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157376 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: DULCES, CONSERVAS Y LICORES Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157377 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: REPOSTERIA PARA LA MERIENDA Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157378 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: TARTAS Y PASTELES DULCES Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157379 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: PANES SALADOS EN CASA Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157380 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY: PANES DULCES EN CASA Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157381 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA COCINA PRACTICA DE CHOLY:TORTAS SIMPLES Y DIVERTIDAS Autor: CHOLY BERRETEAGA

Autor: ADRIANA NARVAEZ

Autor: LAURA PERGOLA

Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES

5157405 Obra Publicada Género: MUSICA Título: FLACA Autor: DIEGO MIZRAHI

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157406 Obra Publicada Género: LETRA Título: FLACA Autor: DIEGO MIZRAHI

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157408 Obra Publicada Género: LETRA Título: BUSCANDO A JESSICA Autor: DIEGO MIZRAHI

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157409 Obra Publicada Género: MUSICA Título: BUSCANDO A JESSICA Autor: DIEGO MIZRAHI

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Page 20: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 205157410 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MAS ALLA Autor: SEBASTIAN MATIAS BUSTOS

Autor: ESTEBAN EMMANUEL CALDERON

Autor: JUAN DANIEL PAREDES

Autor: LUCAS DAMIAN PAREDES

Autor: IVAN EZEQUIEL ACOSTA

Autor: GASTON ARIEL CORONEL

Autor: LUCIANO IVAN PEDRO SANCHEZ

Autor: SERGIO OMAR MEDINA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157411 Obra Publicada Género: LETRA Título: PASAN LAS OLAS Autor: MARIANO ESTEBAN BOTTO

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157412 Obra Publicada Género: LETRA Título: KRI KRI Autor: LUCRECIA CARRIL

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157413 Obra Publicada Género: MUSICA Título: KRI KRI Autor: LUCRECIA CARRIL

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157414 Obra Publicada Género: MUSICA Título: FANTASIA II (A VALERIA) Autor: LUCRECIA CARRIL

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157415 Obra Publicada Género: MUSICA Título: FANTASIA I (CALESITA) Autor: LUCRECIA CARRIL

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157416 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SER O NO SER Autor: LUCRECIA CARRIL

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157417 Obra Publicada Género: LETRA Título: SER O NO SER Autor: LUCRECIA CARRIL

Autor: VALERIA PAOLA KRUMECADYK

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157418 Obra Publicada Género: MUSICA Título: HISTORIA DE UN ADIOS Autor: EDUARDO GUERSCHBERG

Autor: NICOLAS GUERSCHBERG

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157419 Obra Publicada Género: LETRA Título: HISTORIA DE UN ADIOS Autor: MATIAS MAURICIO

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157420 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SAN PUGLIESE Autor: EDUARDO GUERSCHBERG

Autor: NICOLAS GUERSCHBERG

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157421 Obra Publicada Género: LETRA Título: SAN PUGLIESE Autor: MATIAS MAURICIO

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157422 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM BELTRE Y LOS CONQUISTADORES Autor: EMILIANO JORGE BELTRE

Autor: LEANDRO MARTIN ORTEGA

Autor: LEONARDO FEDERICO ORTEGA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: BRANO MEDIA DE ALBERTO GERMAN HORST

5157423 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM BELTRE Y LOS CONQUISTADORES Autor: EMILIANO JORGE BELTRE

Autor: LEANDRO MARTIN ORTEGA

Autor: LEONARDO FEDERICO ORTEGA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: BRANO MEDIA DE ALBERTO GERMAN HORST

5157424 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM LAS TORPES BONDADES Autor: LORENA RIZZO

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: ACQUA RECORDS SRL

5157425 Obra Publicada Género: LETRA Título: AMOR DIVINO Autor: SERGIO OMAR MEDINA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157426 Obra Publicada Género: LETRA Título: MAS ALLA Autor: SERGIO OMAR MEDINA

Autor: LUCAS DAMIAN PAREDES

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157427 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM JMT Autor: JUAN MARIANO TABOADA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157428 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM JMT Autor: JUAN MARIANO TABOADA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157429 Obra Publicada Género: LETRA Título: A CERATI Autor: JESSICA SCHULTZ

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157430 Obra Publicada Género: MUSICA Título: A CERATI Autor: DIEGO MIZRAHI

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5157507 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: TRIPPER Productor: WALTER JAVIER FORTIN

5157524 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: FANSWORLD TV Autor/Titular: ALBERTO MARCELO SIMONIAN

5157526 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: CALLE SIEMBRA REVOLUCION Productor: MARTIN KOGAN

5157565 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: RENGLONES DESPROLIJOS Autor: RODOLFO VIRGINIO LEIRO

Editor: CREADORES ARGENTINOS DE PATRICIA MABEL QUINTERO

5157566 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: UNA CHICA DE LA CALLE Autor: RODOLFO VIRGINIO LEIRO

Editor: CREADORES ARGENTINOS DE TEODOSIO LUIS PAZ

5157567 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EXTRAÑAS AVENTURAS DE UNO MISMO Autor: MARIA XIMENA SAUTER

Editor: CREADORES ARGENTINOS DE PATRICIA MABEL QUINTERO

5157568 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LAS GEMELAS Autor: RODOLFO VIRGINIO LEIRO

Editor: CREADORES ARGENTINOS DE PATRICIA MABEL QUINTERO

5157569 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: HISTORIAS ENCERRADAS Autor: LAURA VIRGINIA FERNANDEZ

Editor: CREADORES ARGENTINOS DE PATRICIA MABEL QUINTERO

5157570 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: COLISIONES ASONANTES Autor: RODOLFO VIRGINIO LEIRO

Editor: CREADORES ARGENTINOS DE PATRICIA MABEL QUINTERO

5157571 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TIEMPO MASCULINO Autor: EMMA PERARNAU

Editor: CREADORES ARGENTINOS DE PATRICIA MABEL QUINTERO

5157592 Obra Publicada Género: MUSICA Título: TU AMOR Y TU AMIGO Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Autor: LUIS V KONING

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157593 Obra Publicada Género: LETRA Título: TU AMOR Y TU AMIGO Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Autor: LUIS V KONING

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157594 Obra Publicada Género: MUSICA Título: NO VOLVERAS Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Autor: JOSE A MENDOZA

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157595 Obra Publicada Género: LETRA Título: NO VOLVERAS Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Autor: JOSE A MENDOZA

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157596 Obra Publicada Género: MUSICA Título: NO TE CREO NO Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157597 Obra Publicada Género: LETRA Título: AQUELLO QUE PASO Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Autor: CARLOS M CENTURION

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

Page 21: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 215157598 Obra Publicada Género: LETRA Título: NO TE CREO NO Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157599 Obra Publicada Género: LETRA Título: ME QUEDAN TUS BESOS Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Autor: MILTON N J MENDOZA

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157600 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ME QUEDAN TUS BESOS Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Autor: MILTON N J MENDOZA

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157601 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ESPERANDO POR VOS Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Autor: LUIS V KONING

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157602 Obra Publicada Género: LETRA Título: ESPERANDO POR VOS Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Autor: LUIS V KONING

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157603 Obra Publicada Género: MUSICA Título: AQUELLO QUE PASO Autor: SEBASTIAN MENDOZA

Autor: CARLOS M CENTURION

Editor: PEERMUSIC ARGENTINA EDICIONES Y PRODUCCIONES MUSICALES SA

5157611 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: EL INVENTOR DE JUGUETES Autor: SILVANA ANDREA GARCIA

Autor: SHHH ILUSTRADORES (I)

Editor: PEQUEÑOS ASTROS DE GARCIA SILVANA ANDREA

5157612 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LA BRUJITA DEL CINTURON BRILLANTE Autor: SILVANA ANDREA GARCIA

Autor: SHHH ILUSTRADORES (I)

Editor: PEQUEÑOS ASTROS DE SILVANA ANDREA GARCIA

Dra. GRACIELA H. PEIRETTI, Directora de Coordinación y Asuntos Internacionales en Materia de Propiedad Intelectual, Dirección Nacional del Derecho de Autor.

e. 14/03/2014 Nº 14866/14 v. 14/03/2014#F4533281F#

#I4534754I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415, art. 1013, inc. H).

Por ignorarse el domicilio, se corre vista a la firma que más abajo se menciona, para que dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles comparezca a presentar su defensa y a ofrecer pruebas, por la imputación de falta grave en el Ejercicio de su Actividad (Art. 97 Ap. 2° del Código Aduanero), bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina adua-nera (Art. 1001 del Código Aduanero), bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). FDO. Abog. María del Carmen RAMIREZ, Firma Responsable del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

SUMARIO: SIGEA 12192-446-2006/2 en trámite ante la División Sumarial y Repeticiones, sita en Hipólito Yrigoyen 440, Piso 1°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

INCONDUCTA: art. 97 ap. 2° del Código Aduanero.CAUSANTE: VILMAX S.A.C.I.F.CUIT: 34-54681813-8

Abog. SILVIA N. COSTAS, Jefe (Int.), Div. Sumarial y Repeticiones, Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 14/03/2014 Nº 15809/14 v. 14/03/2014#F4534754F#

#I4534757I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415, art. 1013, inc. H).

Por ignorarse el domicilio, se corre vista a la firma que más abajo se menciona, para que dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles comparezca a presentar su defensa y a ofrecer pruebas, por la imputación de falta grave en el Ejercicio de su Actividad (Art. 97 Ap. 2° del Código Aduanero), bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina adua-nera (Art. 1001 del Código Aduanero), bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). FDO. Abog. María del Carmen RAMIREZ, Firma Responsable del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

SUMARIO: SIGEA 13705-146-2009 en trámite ante la División Sumarial y Repeticiones, sita en Hipólito Yrigoyen 440, Piso 1°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

INCONDUCTA: art. 97 ap. 2° del Código Aduanero.CAUSANTE: ANGEL FLORENTINO BERTUOLCUIT: 20-12417513-6

Abog. SILVIA N. COSTAS, Jefe (Int.), Div. Sumarial y Repeticiones, Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 14/03/2014 Nº 15812/14 v. 14/03/2014#F4534757F#

#I4534758I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415, art. 1013, inc. H).

Por ignorarse el domicilio, se corre vista a la firma que más abajo se menciona, para que dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles comparezca a presentar su defensa y a ofrecer pruebas, por la imputación de falta grave en el Ejercicio de su Actividad (Art. 97 Ap. 2° del Código Aduanero), bajo

apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina adua-nera (Art. 1001 del Código Aduanero), bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). FDO. Abog. María del Carmen RAMIREZ, Firma Responsable del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.-

SUMARIO: SIGEA 13666-81-2008/2 en trámite ante la División Sumarial y Repeticiones, sita en Hipólito Yrigoyen 440, Piso 1°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

INCONDUCTA: art. 97 ap. 2° del Código Aduanero. CAUSANTE: RED LUAX S.A.CUIT: 30-70966022-1

Abog. SILVIA N. COSTAS, Jefe (Int.) Div. Sumarial y Repeticiones, Depto. Procedimientos Le-gales Aduaneros.

e. 14/03/2014 Nº 15813/14 v. 14/03/2014#F4534758F#

#I4533393I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Arts. 1013, Inc. h), y 1112).

Por ignorarse el domicilio de la firma HECTOR GUSTAVO DE CARLI, CUIT 20-13285633-9, dispónese la notificación por edicto de la Resolución DE PRLA Nº 5717/2010 de fecha 17/08/2010 dictada en la Actuación Nº 12039-1301-2007 (ADGA 607.537/2002), cuya parte pertinente dispone: “ARTICULO 1°: DECLARAR la extinción de la acción penal aduanera en estas actuaciones seguidas contra HECTOR GUSTAVO DE CARLI, CUIT 20-13285633-9, por la infracción tipificada en el artículo 968 del Código Aduanero en los términos de lo dispuesto por los artículos 930/932 del Código Adua-nero por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta. ARTICULO 2°: FORMULAR CARGO por el importe de la multa impuesta cuyo monto asciende a la suma de $ 105,81 (pesos ciento cinco con 81/100), teniéndolo por cancelado con lo depositado en autos, conforme surge del comprobante de pago de la Liquidación Manual glosado a fs. 47. ARTICULO 3°: CONDENAR al importador HECTOR GUSTAVO DE CARLI, CUIT 20-13285633-9, al pago de una multa sustitutiva del comiso, cuyo impor-te total asciende a la suma de $ 16.027,64 (pesos dieciséis mil veintisiete con 64/100) por la comisión de la infracción al artículo 965, inciso a) del Código Aduanero y en orden a lo previsto en el artículo 922 del mencionado texto legal, respecto de la Destinación Nº 00 001 IC04 030133 U... NOTIFIQUE-SE. Firmado: Abog. Marcelo F. Mignone, Jefe (Int.) Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros”.

Abogada PAULA L. DIASPRO, Firma Responsable (int.), División Secretaría de Actuación Nº 4, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 14/03/2014 Nº 14945/14 v. 14/03/2014#F4533393F#

#I4533031I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE RIO GALLEGOS

(Art. 1101 y 1013, inc. “h” C.A.)

Se notifica a los interesados que abajo se detallan de las Resoluciones DECLARAR extinguida la ACCION PENAL por la presunta comisión de la infracción prevista y reprimida en el Código Aduanero, en los términos de los artículos 930/932 del citado cuerpo legal, no registrándose antecedentes infrac-cionales en su contra. Notifíquese. Fdo. Marcelo Manzotti - Administrador Aduana de Río Gallegos.-

ACTUACION CAUSANTE INFRAC. DNI/CI/CUIT/RUT RESOL.

14997-54-2013 PAULETICH GUSTAVO JORGE 977 17904800 710-13

12783-12-2013 HALLIBURTON ARGENTINA SA 994 inc. a) 30-50361098-8 588-13

MARCELO MANZOTTI, Administrador (Int.) Div. Aduana de Río Gallegos.

e. 14/03/2014 Nº 14707/14 v. 14/03/2014#F4533031F#

Page 22: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 22#I4533032I#

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE RIO GALLEGOS

(Art. 1101 y 1013, inc. “h” C.A.)

Se notifica a los interesados que abajo se detallan de las Resoluciones DECLARAR extingui-da la ACCION PENAL por la presunta comisión de la infracción prevista y reprimida en el Código Aduanero, en los términos de los artículos 930/932 del citado cuerpo legal, no registrándose ante-cedentes infraccionales en su contra. Notifíquese. Fdo. Marcelo Manzotti - Administrador Aduana de Río Gallegos.

ACTUACION CAUSANTE INFRAC. DNI/CI/CUIT/RUT RESOL.

14997-54-2013 PAULETICH GUSTAVO JORGE 977 17904800 710-13

12783-12-2013 HALLIBURTON ARGENTINA SA 994 inc. a) 30-50361098-8 588-13

MARCELO MANZOTTI, Administrador (Int.) Div. Aduana de Río Gallegos.

e. 14/03/2014 Nº 14708/14 v. 14/03/2014#F4533032F#

#I4533033I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE RIO GALLEGOS

(Art. 1101 y 1013, inc. “h” C.A.)

Se notifica a los interesados que abajo se detallan, de las resoluciones de condena dictadas por esta Administración, detallándose los importes en concepto de multa y tributos que deben abonar dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la presente publicación. Vencido el mismo, los importes indicados serán exigidos con más los accesorios que prevén los Art. del Código Aduanero. Que conforme lo instruido mediante la I.G. 05/2010 (AFIP) los interesa-dos deberán tener presente lo establecido en el artículo 1025 del Código Aduanero. Fdo. Marcelo Manzotti - Administración Aduana Río Gallegos.

SUMARIO RESOL CAUSANTE DNI/CI/CUIT/RUN/PAS/CI MULTA TRIBUTO C.A

ARTPENA

ACCESORIA

14235-40-2010 753-13 MARIN GOMEZ NELSON 10231284-8 $ 1.139,78 947 COMISO

14235-11-2010 770-13 MARIN GOMEZ NELSON 10231284-8 $ 7.265,80 947 COMISO

14997-59-2011 771-13 BONILLA MARTINEZ CARLOS A. 14.539.277 $ 3.363,83 $ 3.363,83 978

12388-39-2008/1 012-14 SANHUEZA

COLPIHUEQUE 13312009-2 $ 3.034,53 970 COMISO

14690-20-2012 015-14 TURIBUS CARGA LTDA 78396430-9 $ 5.986,89 962 COMISO

14690-20-2012 015-14 CABEZAS MUÑOZ 17633317-0 $ 5.986,89 962 COMISO

14997-57-2013 018-14 CARDENAS LEVICOY JOSE A. 11929093-7 $ 787,23 977 COMISO

14997-30-2013 016-14 GARCIA NADIA PENELOPE 32.382.549 $ 321,58 $ 394,60 978

MARCELO MANZOTTI, Administrador (int.), Div. Aduana de Río Gallegos.

e. 14/03/2014 Nº 14709/14 v. 14/03/2014#F4533033F#

#I4533034I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE RIO GALLEGOS

(Art. 437 C.A.)

Se notifica mediante actuación 14235-50-2010 al Sr. DE GOYCOCHEA JAVIER ANDRES DNI 20380232 el siguiente PROVEIDO de fecha 12/012/2013: “Visto el estado de los presente actuados y la notificación infructosa cursada al domicilio real de la parte, y conforme a lo establecido en el art. 437 del Código Aduanero, itimase a la persona en autos a los efectos que en un plazo de diez días hábiles, se presente a retirar la mercadería a contar desde la fecha de la intimación, bajo apercibimiento de lo establecido en el art. 442 del Código Aduanero cuyo texto expresa: „„”Transcurrido el plazo previsto en el artículo 437 sin que el interesado se hubiere presentado a ritar la mercadería, el servicio aduanero dispondrá su venta, previa verificación, clasificación y valoración de oficio de la misma, no admitiéndose luego, deferente destinación que la definitiva que se fijara en el acto que ordenare la venta, caducando los derechos que el interesado hubiere dejado de ejercer respecto de los actos ya practicados”. — MARCELO MANZOTTI, Administrador (int.), Div. Aduana de Río Gallegos.

e. 14/03/2014 Nº 14710/14 v. 14/03/2014#F4533034F#

#I4533407I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Disposición Nº 95/2014

Asunto: Designación de Representante del FISCO NACIONAL (AFIP) para actuar ante los Tri-bunales del Interior del país.

Bs. As., 6/3/2014

VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 11791-123-2013 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO y en virtud de las necesidades funcionales del área, la Dirección Regional Tucumán propone designar una nueva representante del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS), para actuar en esa jurisdicción.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que de acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, procede a disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERALDE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVADISPONE:

ARTICULO 1° — Desígnase a la abogada Ana Laura MOLINA (D.N.I. Nº 26.890.532 - Legajo Nº 42.155/89) para que represente al FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRE-SOS PUBLICOS) en los siguientes casos:

a) En los juicios contra el FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PU-BLICOS) que se promuevan o se hayan promovido ante los tribunales del interior del país de cual-quier fuero o instancia a raíz de demandas o recursos contenciosos autorizados por las disposi-ciones legales que rigen los impuestos y las contribuciones previsionales, actualizaciones, multas, recargos, intereses, contribuciones y/o aportes sobre la nómina salarial y demás gravámenes cuya aplicación, percepción y fiscalización estén a cargo de la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA.

b) En los incidentes de cualquier naturaleza, que se promuevan para ejecutar o proveer lo conducente a la ejecución de las sentencias dictadas en los juicios antes mencionados y sus ac-cesorios, ejerciendo toda clase de acciones tendientes a tal fin.

c) En todo otro juicio o incidente en que se dé intervención o corra vista al FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS), por cuestiones relacionadas con la aplicación, percepción o fiscalización de las obligaciones referidas en el inciso a).

d) En las demandas o recursos presentados ante el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, en oportunidad de constituirse el mismo en el interior del país.

e) En los juicios en que sea parte la Repartición en materia no impositiva ni previsional.

f) En los recursos de apelación y/o extraordinarios que, de acuerdo con lo previsto en el Artícu-lo 78 de la Ley Nº 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones) pudieren deducirse contra las sanciones de clausura aplicadas en jurisdicción del interior del país.

g) En todo juicio o incidente en que se dé intervención o corra vista al FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS), por cuestiones contempladas en la Ley Nº 23.898 y su modificatoria, de Tasas Judiciales y en la Ley Nº 22.610 y su modificatoria, de Tasa de Actuación ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

ARTICULO 2° — La representante del FISCO NACIONAL no podrá allanarse, desistir total o parcialmente, transar, percibir, renunciar o efectuar remisión o quita de derechos, salvo autoriza-ción expresa y por escrito de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

ARTICULO 3° — Sin perjuicio de las facultades de esta DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA para certificar la personería, ésta también podrá certificarse por el Director Regional de la Direc-ción Regional Tucumán.

ARTICULO 4° — La Representación Judicial que se atribuye en esta Disposición no revoca la personería de los funcionarios anteriormente designados para actuar como representantes del FISCO NACIONAL en la expresada jurisdicción.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Cont. Púb. ANGEL R. TONINELLI, Director General, Dirección General Impositiva.

e. 14/03/2014 Nº 14959/14 v. 14/03/2014#F4533407F#

#I4534473I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DIRECCION REGIONAL CENTRO

DIVISION REVISION Y RECURSOS II

Resolución Nº 21/2014

Conste que en las actuaciones administrativas relacionadas con la responsable “CALENO S.A.” CUIT 30-70906867-5, s/Determinación de Oficio, Impuesto a las Ganancias” se ha dictado el acto del 06/03/2014; Resolución Nº 21/2014 (DV CRR2): Visto... Considerando... Resuelve. ARTICULO 1°.- De-terminar de oficio, con carácter parcial por conocimiento cierto y presunto de la materia imponible, la obligación tributaria de la responsable CALENO S.A. en el Impuesto a las Ganancias por el período fiscal 2006, determinando una base imponible de PESOS TRES MILLONES CIENTO NOVENTA MIL SETECIENTOS VEINTICINCO CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 3.190.725,92) y un impuesto a ingresar de PESOS UN MILLON SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.078.217,64). ARTICULO 2°.- Imponerle a la responsable CALENO S.A., la obligación de ingresar en el Impuesto a las Ganancias, por el período fiscal 2006, la suma de PESOS UN MILLON SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.078.217,64) conforme a lo dispuesto en el artículo 1°. ARTICULO 3°.- Imponerle a la responsable CALENO S.A., la obligación de ingresar en concepto de intereses resarcitorios la suma de DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 2.198.845,18), calculados a la fecha del presente pronunciamiento sobre el saldo de impuesto a ingresar mencionado en el artículo 2°, conforme el artículo 37 de la Ley 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones) y las Resoluciones Nº 492/06 (MEyP) y 841/2010 (MEyP), sin perjuicio de los que corresponden hasta la fecha de su efectivo pago. ARTICULO 4°.- Conforme surge del Dictamen Jurídico, corresponde hacer expresa reserva de la eventual aplicabilidad de las

Page 23: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 23sanciones a las que hubiere lugar por las infracciones constatadas, en el Impuesto a las Ganancias, por el período fiscal 2006, una vez que se dicte sentencia definitiva en sede Penal, por imperio del artículo 20 de la Ley 24.769. ARTICULO 5°.- Intimar para que dentro de los quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación de la presente, ingrese los montos consignados en los artículos 2° y 3°, de la presente, más los intereses que correspondan hasta la fecha de su efectivo pago, conforme las normas vigentes, debiendo comunicar en igual plazo la forma, fecha y lugar de pago a la Agencia donde se encuentra inscripta. ARTICULO 6°.- Hacerle saber que, efectuados los pagos conforme a las normas vigentes, deberá comunicar en igual plazo, forma y fecha de pago a esta Dependencia. ARTICULO 7°.- Dejar expresa constancia que, a los efectos de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley 11.683 (texto ordenado en 1998 y modificaciones), la Resolución es parcial y sólo abarca los aspectos contemplados y en la medida que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permiten. ARTICULO 8°.- Poner en su conocimiento que la presente Resolución podrá ser recurrida en los términos del artículo 76 incisos a) o b) de la Ley 11.683 (texto ordenado en 1998 y modificaciones), dentro del plazo de quince (15) días de la pertinente notificación. Si el recurso fuera articulado ante el Tribunal Fiscal de la Nación, deberá informar tal presentación a esta División Re-visión y Recursos II de la Dirección Regional Centro, sita en Rosario 50, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 9.00 a 17.00 horas, de acuerdo a lo previsto en el artículo 166 del citado plexo legal. ARTICULO 9°.- Notifíquese a la responsable CALENO S.A., mediante la publica-ción de edictos durante 5 (cinco) días, conforme artículo 100 último párrafo de la Ley 11.683 (texto ordenado en 1998 y modificaciones), a través de la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y resérvese. — Cont. Púb. PABLO E. A. GRECO, Jefe (Int.) División Revisión y Recursos II, Dirección Regional Centro.

e. 14/03/2014 Nº 15593/14 v. 20/03/2014#F4534473F#

#I4533409I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 85/2014

Asunto: Representante de esta Administración Federal ante la “Comisión Especial de Se-guimiento y Fiscalización”. Su designación.

Bs. As., 7/3/2014

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13288-1448-2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 177/13 del Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz creó la Co-misión Especial de Seguimiento y Fiscalización que tendrá como fin primordial velar por el cum-plimiento de lo establecido en el Decreto Nº 1.388 del 12 de septiembre de 2013 del Poder Eje-cutivo Nacional, que restituye a la Provincia de Santa Cruz las Zonas Francas de Río Gallegos y Caleta Olivia.

Que mediante Nota Nº 243-HCD-2013 del 26 de septiembre de 2013, la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz, solicita a esta Administración Federal la designación de un representante del Organismo para conformar la citada Comisión Especial.

Que, en tal sentido, la Dirección General de Aduanas promueve la designación como repre-sentante de esta Administración Federal al Señor César Eduardo BALCEDA (Legajo Nº 27923-4), Subdirector General de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que la Dirección de Asuntos Legales Administrativos emitió el Dictamen Nº 237/14.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Secre-taría General, la Subdirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERALDE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOSDISPONE:

ARTICULO 1° — Desígnase como representante de la Administración Federal de Ingresos Públicos al Señor César Eduardo BALCEDA (Legajo Nº 27923-4), Subdirector General de la Sub-dirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, para conformar la Comisión Especial de Seguimiento y Fiscalización creada por Resolución Nº 177/13 del Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz.

ARTICULO 2° — Regístrese. Notifíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

e. 14/03/2014 Nº 14961/14 v. 14/03/2014#F4533409F#

#I4533359I#ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 99/2014

Bs. As., 26/2/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0174222/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita el retiro de la autorización otorgada a ALAS DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA, mediante la Resolución Nº 1079 de la ADMINISTRA-CION NACIONAL DE AVIACION CIVIL de fecha 30 de diciembre de 2010, para explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo y carga exclusiva con aeronaves de reducido porte.

Que el presente proceso administrativo es impulsado por el Informe Nº 2963 de la Dirección de Explotación de Servicios Aerocomerciales de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL de fecha 24 de noviembre de 2011, en el que el director a cargo manifiesta que la empresa no contaba con capacidad técnica,

encontrándose acreditado el extremo previsto en el Artículo 135 incisos 2 y 8 del Código Aeronáu-tico, correspondería retirar dicha autorización.

Que previo al inicio del procedimiento, se remitieron las actuaciones a la Dirección de Estu-dios de Mercado de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO, quien informó por Nota Nº 389 de fecha 2 de octubre de 2012 que la Empresa acreditaba capacidad económica financiera para el desarrollo y normal cumplimiento del objeto del contrato societario.

Que a los efectos de dar cumplimento con el recaudo previsto en el Artículo 137 del Código Aeronáutico, el día 31 de octubre de 2012 se notificó a la citada transportadora del inicio del trámite de retiro de la autorización oportunamente otorgada, en virtud de las causales consagradas en los incisos 2 y 8 del Artículo 135 del Código Aeronáutico.

Que la interesada contestó su descargo argumentando que el día 5 de julio de 2012 fue afec-tada a sus servicios la aeronave CESSNA, Modelo C 501, Serie Nº 501-0179 Matrícula LV-CHF y acompañó copia.

Que en atención a lo manifestado por la transportadora aérea se remitieron las actuaciones a la Dirección de Explotación de Servicios Aerocomerciales de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO para que se expidiera sobre el descargo citado.

Que dicha Dirección de Explotación de Servicios Aerocomerciales, mediante Nota D.E.S.A. / D.A.P. Nº 143, de fecha 23 de enero de 2013 respondió que de conformidad con sus registros no contaba con antecedentes que demostrasen que la Empresa hubiere acreditado actividad alguna.

Que por Nota de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO Nº 970, de la de fecha 13 de mayo de 2013 se resolvió otorgar a la transportadora aérea un plazo de SESENTA (60) días para que acreditase capacidad técnica y el inicio de las operaciones autorizadas oportunamente.

Que la Dirección de Explotación de Servicios Aerocomerciales de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO por Nota D.E.S.A. / D.A.P. Nº 1252, de fecha 5 de junio de 2013, informó que la sumariada contaba con capacidad técnica y acompañó copia de la afectación de la aerona-ve CESSNA matrícula LV-CFH a los servicios que tenía autorizados.

Que la Dirección de Estudios de Mercado y Estadísticas de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO por Informe D.E.M.E. Nº 81, de fecha 10 de junio de 2013, acompañó copia del Expediente S01:0105694/2013 por medio del cual la Empresa adjuntó copias de facturas emi-tidas hasta el 17 de mayo de 2013 en concepto de transporte de pasajeros llevado a cabo con la aeronave afectada a sus servicios.

Que teniendo en cuenta los informes citados se han extinguido las causales que dieron origen al procedimiento sumarial, por ello corresponde dejar sin efecto las actuaciones y proceder al archivo de las mismas.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y el Decreto Nº 326 de fecha 10 de febrero de 1982.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVILRESUELVE:

ARTICULO 1° — Déjese sin efecto el procedimiento iniciado a ALAS DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA por carecer de capacidad técnica, conforme lo normado por el Artículo 135 incisos 2 y 8 del Código Aeronáutico.

ARTICULO 2° — Notifíquese a la transportadora aérea que la presente resolución agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma los recursos de reconsideración o de alzada, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 84 y 94 del Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991) reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ofi-cial para su publicación en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil.

e. 14/03/2014 Nº 14944/14 v. 14/03/2014#F4533359F#

#I4533229I#ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

Resolución Nº 8/2014

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expediente Nº 2017-14 la Resolución ERAS Nº 8 de fecha 7/03/14, mediante la cual se adjudica a la firma RABASA PROYECTO Y CONSTRUCCION de RAUL R. BRACCHI la contratación de los trabajos necesarios para la reparación de la aislación hidrófuga del techo de la sala de máquinas del ascensor chico del edificio, transcribiendo a continuación los artículos:

“ARTICULO 1°.- Adjudícase a la firma RABASA PROYECTO Y CONSTRUCCION de RAUL R. BRACCHI la contratación de los trabajos necesarios para la reparación de la aislación hidrófuga del techo de la sala de máquinas del ascensor chico del edificio de Av. Callao Nº 976/82 de la Ciudad de Buenos Aires, lugar donde tienen sus sedes este ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) y la AGENCIA DE PLANIFICACION (APLA), por un importe total de PESOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS ($ 22.500,00.-) IVA incluido; de conformidad con el documento de bases y condiciones y la oferta de fecha 18 de febrero de 2014 presentada por la citada firma adjudicataria, en los térmi-nos del artículo 16° del Reglamento de Contrataciones aprobado por la Resolución ERAS Nº 44/13.

ARTICULO 2°.- La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directo-rio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).

ARTICULO 3º.- Autorízase al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO a emitir la correspondiente orden de contratación.

ARTICULO 4°.- Regístrese, tome intervención el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO para que prosiga con las tramitaciones correspondientes, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.”

Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente. e. 14/03/2014 Nº 14858/14 v. 14/03/2014

#F4533229F#

Page 24: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 24#I4534568I#

INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION

Resolución Nº 22/2014

Bs. As., 11/3/2014

VISTO las Leyes Nº 22.250, 24.624, 24.629, los Decretos Nº 1.342/81 y Nº 1.309/96 y el Artículo 13 de la norma citada en primer término y el Artículo 4 del Decreto Reglamentario Nº 1.342/81 y Estatutos del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción y Resoluciones IERIC Nº 16 y 17 del 2009 y las Nº 18 del 2011 y 20 del 2013.

Y CONSIDERANDO que el plazo de traspaso hacia el nuevo régimen de registración labo-ral establecido por la Resolución IERIC Nº 16/2009 cuya vigencia fue dispuesta por Resolución Nº 17/2009 y prorrogada por Resoluciones Nº 18/2011 y Nº 20/2013 finaliza el próximo 13 de marzo.

Que el BCRA por Comunicación BCRA “B” 9516 de fecha 07/04/09, puso en conocimiento de las entidades del sistema bancario argentino el nuevo sistema, los formatos vigentes de Libretas en sus dos versiones de soporte papel y soporte digital y los términos de vigencia de la primera. Que habiendo transcurrido prácticamente la totalidad del período de caducidad, y por lo tanto de reemplazo de un sistema por otro, no se ha logrado el mismo en forma completa por dificultades de implementación que el Instituto se encuentra abocado a superar a partir de la experiencia ad-quirida.

Que los principales factores que motivan un mayor tiempo de implementación son: a) el ámbi-to de aplicación de la Ley 22.250, que abarca todo el país, lo que hace más compleja la distribución e implantación del nuevo sistema de emisión de la credencial; b) la movilidad laboral propia de la industria, que conlleva que en muchos casos las tarjetas deban ser devueltas por el empleador bajo cuya dependencia prestaba tareas el trabajador al momento de la emisión para volver a emi-tirla bajo la relación laboral con un nuevo empleador y c) el crecimiento de la mano de obra ocu-pada en el sector de la construcción que ha potenciado las situaciones descriptas anteriormente.

Que en orden a lo expuesto resulta necesario prorrogar el plazo de caducidad originalmente previsto y extendido oportunamente mediante Resolución IERIC Nº 20/2013, ampliándolo razona-ble y definitivamente en un término de cumplimiento posible.

EL DIRECTORIODEL INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRODE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIONRESUELVE:

ARTICULO 1° — Se prorroga hasta el 13.03.2015 inclusive el plazo de caducidad de las li-bretas del sistema anterior en soporte papel previsto por el Artículo 1° “in fine” de la Resolución Nº 20/2013 del IERIC.

ARTICULO 2° — Se ratifica lo dispuesto por los artículos 2° y 3° de la Resolución IERIC Nº 18/2011.

ARTICULO 3° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a las entidades representativas del sector y archívese. — Dr. HUGO E. SCAFATI, Presidente, IERIC.

e. 14/03/2014 Nº 15655/14 v. 14/03/2014#F4534568F#

#I4534625I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, Capital Federal, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: “COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO VIRGEN DESATANUDOS LTDA.”, EXPTE. Nº 1796/13, MATRICULA Nº 25.065 (C.A.B.A.), “COOPERATIVA AGROPECUARIA INDEPENDEN-CIA LTDA.”, EXPTE. Nº 1690/13, MATRICULA Nº 18.096 (PCIA. DE CORRIENTES), “COOPERA-TIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO LTDA.”, EXPTE. Nº 698/13, MATRICULA Nº  10.934 (PCIA. DE SALTA), “COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS DE FAENA PARA MATARIFES Y COMERCIANTES DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS COFAIN LTDA.”, EXPTE. Nº 3008/13, MATRICULA Nº 13.486 (PCIA. DE SALTA), “COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO ZAPALA LTDA.”, EXPTE. Nº 299/13, MATRICULA Nº 23.245 (PCIA. DE NEUQUEN), “COOPERATIVA DE TRABAJO UNION Y ESFUERZO LTDA.”, EXPTE. Nº  2493/13, MATRICULA Nº 25.385 (PCIA. BS. AS.), “COOPERATIVA DE CONSUMO, VIVIENDA Y SERVICIOS SOCIALES TODOS LTDA.”, EXPTE. Nº 2056/13, MATRICULA Nº 24.449 (C.A.B.A.), “COOPERATIVA DE PRO-VISION DE OBRAS Y SERCICIOS PUBLICOS LA UNION LTDA.”, EXPTE. Nº 2047/13, MATRICULA Nº 23.068 (PCIA. BS. AS.), “COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION CALCHAQUI LTDA.”, EXPTE. Nº 1685/13, MATRICULA Nº 22.277 (PCIA. DE SALTA), designándose a la suscripta como Sumariante.

De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días con más los am-pliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art. 1 inc. f) de la ley Nº 19.549, que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibiendo de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991).

El presente deberá publicarse, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamen-tario Nº 1759/72 (T.O. 1991). — Dra. BLANCA S. REVOREDO, Instructora Sumariantes, I.N.A.E.S.

e. 14/03/2014 Nº 15712/14 v. 14/03/2014#F4534625F#

#I4533223I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 517/2014

Bs. As., 11/3/2014

VISTO el Expediente Nº 5904/2013/INCAA y la Resolución Nº 3103/2013/INCAA y; la Resolu-ción Nº 93/2013/INCAA y;

CONSIDERANDO:

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN, en adelante UNSAM, firmó un nuevo Convenio de Cooperación con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA, con fecha 30 de junio de 2011, a los fines que el INCAA organice el llamado a con-cursos de alcance nacional correspondiente a la nueva edición del Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos Audiovisuales Digitales.

Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso que resulten será responsabilidad del INCAA.

Que por Resolución Nº 3103/2013/INCAA se llamó a Concurso para la producción de SIETE (7) CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES dirigidos al público infantil, con la finalidad de que es-tas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional y contribuyan al desarrollo de contenidos de calidad destinados a la infancia. Cada PROGRAMA INFANTIL, cuyos destinatarios serán niños y niñas de entre 6 a 12 años deberá tener una duración total mínima diaria de VEINTICUATRO (24) minutos, y máxima de NOVENTA Y SEIS (96) minutos (incluidos títulos y rodantes) a emitirse de lunes a viernes durante un período no inferior a SEIS (6) MESES corridos completos o CIENTO VEINTE (120) PROGRAMAS, a realizarse con un presupuesto máximo por CICLO de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000).

Que la finalidad del mencionado Concurso tiene como objetivos desarrollar las capacidades profesionales de directores, productores y guionistas independientes del país; fomentar la produc-ción de PROGRAMAS INFANTILES que retraten las diversas miradas de los temas relevantes re-lacionados con la infancia; promover la producción de contenidos dirigidos al público infantil que respeten la base de los catorce (14) criterios acordados por las instituciones y organizaciones nu-cleadas en el Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia (CONACAI); promover la diversidad cultural de las diferentes regiones del país y contribuir a la formación de un acervo de contenidos audiovisuales para televisión digital que integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA) administrado y coordinado por el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.

Que por Resolución Nº 93/2013/INCAA se designó al jurado para la selección de los ganado-res del mencionado llamado a Concurso.

Que el Jurado seleccionado se expidió en su acta del día 10 de enero de 2014 sobre los gana-dores titulares del llamado a Concurso.

Que la mencionada selección se hizo dentro de lo dispuesto en el propio Llamado a Concurso por Resolución Nº 3103/2013/INCAA.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 17.741, el Decreto Nº 1536/02 y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTADEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese GANADORES del llamado a Concurso por Resolución Nº 3103/2013/INCAA “CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES” a los siguientes proyectos:

“LA JUGUETERIA”, Presentante: Canal 10 de Córdoba

“MORANDI”, Presentante: Leonardo Marengo

“CIRCO YASÍ YATERÉ”, Presentante: Esmelda Riveros

“BRAULIO Y EL MILENARIO TESORO”, Presentante: Cooperativa de Trabajo Animadores de Rosario

“TAMARINDA”, Presentante: Cooperativa de Trabajo GF Producciones

“JUGANDO CANTANDO”, Presentante: Bigmole SRL

“SABES QUIÉN SOY”, Presentante: Universidad Nacional de Río Negro

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 14/03/2014 Nº 14852/14 v. 14/03/2014#F4533223F#

#I4533317I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la Dirección General Técnica Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edi-ficio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica a la sumariada Huafang CHEN, con DNI Nº  94.219.432, la Apertura de Sumario, dispuesta en el Expediente CUDAP: EXPDNM-S02:0011396/2012, que dice: “Buenos Aires, 3 de mayo de 2013. VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Migratoria obrante a fs. 3/4, de fecha 26/06/2012, en el cual el funcionario interviniente constató que la siguiente persona extranjera: Dingfang WANG, de nacionalidad china, se encon-traba trabajando “prima facie” en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a Huafang CHEN, DNI Nº 94.219.432, con domicilio en Sarmiento Nº 1987, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo previsto por el art. 15 inc. a) del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto Nº 616/2010. Notifíquese en los términos del art. 16 del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones, haciéndose saber que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder”. Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales —Dirección Nacional de Migra-ciones—; “Buenos Aires, 7 de febrero de 2014. Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese a la sumariada, la Apertura de Sumario, dispuesta a fojas 23 mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial”. Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones.

Dr. GUILLERMO MAZARS, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte, Disposición DNM Nº 522/12.

e. 14/03/2014 Nº 14902/14 v. 18/03/2014#F4533317F#

Page 25: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 25#I4533170I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución Nº 108/2014

Bs. As., 10/3/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0024373/2012, Cuerpos I al X, del Registro de este Ministerio, Expediente original Nº 343/2010 del registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NA-CIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SE-CRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública destinada a la ejecución de la obra “Provisión, Instalación y Puesta en marcha de SIETE (7) Centros de Potencia Eléctrica que serán instalados en el Aeropuerto de PASO DE LOS LIBRES de la Provincia de CORRIENTES; en el Aeropuerto “COMODORO PIERRESTEGUI” de la ciudad de CONCORDIA de la Provincia de ENTRE RIOS; en el Aeropuerto de JUNIN de la Provincia de BUENOS AIRES; en el Aeropuerto de SANTA TERESITA de la Provincia de BUENOS AIRES; en el Aeropuerto de VILLA GESELL de la Provincia de BUENOS AIRES; en el Aeropuerto de NECOCHEA de la Provincia de BUENOS AIRES y en el Aeropuerto “Dr. ARTURO HUMBERTO ILLIA” de la Ciudad de GENERAL ROCA de la Provin-cia de RIO NEGRO, en el marco de la Ley Nº 13.064, cuyo llamado fuera aprobado por Resolución Nº 961 de fecha 24 de junio de 2011 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por un presupuesto oficial de PESOS SIETE MILLONES ($ 7.000.000.-) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, bajo la modalidad de Ajuste Alzado.

Que asimismo, por la citada resolución se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Parti-culares y Especificaciones Técnicas y se autorizó al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FE-DERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a conformar la COMISION EVALUADORA DE OFER-TAS (CEO) y a efectuar todos los trámites atinentes al proceso de licitación, quedando a cargo del referido Ministerio la adjudicación de la obra.

Que mediante Reunión Abierta del Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) de fecha 27 de julio de 2011, a través del Acta Nº 13/2011, se designó a los integrantes de la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS (CEO) para la presente licitación.

Que habiéndose cumplido con las normas de publicidad que rigen la presente licitación, el día 8 de septiembre de 2011 se realizó el Acto de Apertura, con la presencia de UN (1) funcionario de la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO DE LA NACION, presentándose en la oportunidad UN (1) solo oferente, la empresa CPC SOCIEDAD ANONIMA.

Que tomó intervención la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS (CEO) para analizar el cum-plimiento por parte del oferente respecto de los requisitos exigidos por los Pliegos que rigen la mencionada Licitación, considerando que la propuesta presentada por la empresa CPC SOCIE-DAD ANONIMA resulta en principio elegible, por haber presentado su propuesta cumpliendo con el requerimiento de los pliegos desde el punto de vista administrativo, legal, técnico y económico-financiero.

Que el informe de la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS (CEO) procedió a la preadju-dicación de la obra conforme lo determina el artículo 20 del Pliego de Cláusulas Especiales a la empresa CPC SOCIEDAD ANONIMA, por la suma de PESOS OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CON CUARENTA Y CUATRO CEN-TAVOS ($ 8.354.937,44) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido.

Que las áreas técnicas del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AE-ROPUERTOS expresaron que, tomando como base el mes de septiembre del año 2011, el monto de la licitación de PESOS OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVE-CIENTOS TREINTA Y SIETE CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 8.354.937,44) ascendió a la suma de PESOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 12.279.428,80) conforme la aplicación del Indice del Costo de la Construcción, nivel general, base junio 2013 suministrado por el INDEC.

Que esta estimación del incremento del precio de la licitación es de un valor comparativo cercano al CUARENTA Y SIETE POR CIENTO (47%) del valor original presupuestado, en atención del tiempo transcurrido desde el dictado del acto administrativo que aprobó el llamado a licitación hasta la actualidad.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS de acuer-do a los relevamientos efectuados y a tenor de la normativa vigente en la materia, informó que en la actualidad son ONCE (11) los aeropuertos del grupo de aeropuertos no concesionados que requieren de ese equipamiento, mientras que el objeto del presente procedimiento licitatorio son sólo SIETE (7) equipos.

Que, es decir que de acuerdo a los informes técnicos presentados, el equipamiento objeto de la presente licitación no sólo no se ajusta en número a las necesidades del ORSNA sino que su valor se incrementó en un valor cercano CUARENTA Y SIETE POR CIENTO (47%) del valor original.

Que las necesidades operativas de los aeropuertos no concesionados del SISTEMA NACIO-NAL DE AEROPUERTOS no se encuentran satisfechas con el objeto de la presente licitación, por lo que resulta oportuno pues, adecuar el mismo a fin que la adquisición de equipamiento resulte el adecuado para el funcionamiento de las mencionadas aeroestaciones.

Que resulta procedente descartar la posibilidad de propiciar la modificación del objeto a li-citar, toda vez que las ofertas han sido presentadas y han sido calificadas, procediéndose a la preadjudicación.

Que todo intento de modificación de los pliegos licitatorios conllevará dejar sin efecto el pre-sente procedimiento licitatorio e iniciar uno nuevo en concordancia con las nuevas bases, dado que las ofertas presentadas fueron realizadas de acuerdo a los requisitos efectuados en los ac-tuales pliegos licitatorios.

Que la modificación de los pliegos, encontrándose ya iniciado el procedimiento de selección del contratista y presentadas las ofertas por parte de las empresas, es condenado por la jurispru-dencia y la doctrina especializada, atento a que de esta manera se estaría violando el principio de igualdad, principio rector de las contrataciones estatales.

Que la más prestigiosa doctrina administrativista “Jurídicamente el caso debe considerarse como de un nuevo llamado a licitación, pues la comparecencia anterior de los oferentes tuvo en consideración los pliegos primitivos. Ante el cambio de pliegos, la actitud de la Administración Pú-blica debe considerarse similar al supuesto en que la licitación es dejada sin efectos. Los oferentes

pueden, entonces, retirar su oferta y cualquier depósito de garantía que hubieren efectuado” (cfr. MARIENHOFF, Santiago Miguel “Tratado de Derecho Administrativo”, Tomo III-A, páginas 212/3, BUENOS AIRES, 1994).

Que igual valoración fue sostenida por la jurisprudencia al indicar que “Las condiciones ex-presamente establecidas en el Pliego, son inamovibles, máxime si fueron abiertos los sobres, pues de otro modo la licitación resultaría viciada al alterarse intempestivamente los términos en los que los diversos concurrentes formularon sus propuestas” (CNCom., sala A, 6/12/94, “Papel del Tucu-mán”, LA LEY, 1995-D, 69).

Que la decisión de revocación del llamado a la Licitación Pública implica el desistimiento por licitante, la misma se podrá tomar durante todo el procedimiento de selección hasta el momento de la adjudicación, no afectando en modo alguno los derechos de los oferentes.

Que, acorde con este principio, se ha expresado la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION manifestando que “En cualquier estado del trámite, previo a la adjudicación el organismo licitante podrá, por causas justificadas, dejar sin efecto la licitación. La simple anulación de la lici-tación o el hecho de que sea dejada sin efecto no puede ser cuestionada por las partes, ya que es una facultad que todos los regímenes de contrataciones públicas reservan en favor del organismo licitante”. (cfr. Dictámenes 174:78).

Que la revocación de un acto por oportunidad, mérito o conveniencia es un modo de extinguir un acto administrativo que se encuentra vigente y dio lugar a una relación jurídica. La revocación debe ser dispuesta por la Administración a través de un nuevo acto, dictado en ejercicio de facul-tades que le son propias.

Que en el presente caso se basa fundamentalmente, como ya ha sido mencionado en la adecuación del objeto a las necesidades operacionales de los aeropuertos no concesionados del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que por el Decreto Nº 874 de fecha 6 de junio de 2012 se sustituyó la denominación del MI-NISTERIO DEL INTERIOR por la de MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a quien compete entender en la elaboración y ejecución de la política nacional de transporte aéreo, fluvial, marítimo y terrestre, así como en su regulación y coordinación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de los atributos conferidos por la Ley Nº 13.064, el Decreto Nº 874/12, Decreto Nº 875/12 y el Decreto Nº 2148 de fecha 7 de noviembre de 2012.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTERESUELVE:

ARTICULO 1° — Déjase sin efecto el llamado a Licitación Pública Nacional para la realización de la obra: “Provisión, Instalación y Puesta en marcha de SIETE (7) Centros de Potencia Eléctrica que serán instalados en el Aeropuerto de PASO DE LOS LIBRES de la Provincia de CORRIENTES; en el Aeropuerto “COMODORO PIERRESTEGUI” de la ciudad de CONCORDIA de la Provincia de ENTRE RIOS; en el Aeropuerto de JUNIN de la Provincia de BUENOS AIRES; en el Aeropuerto de SANTA TERESITA de la Provincia de BUENOS AIRES; en el Aeropuerto de VILLA GESELL de la Provincia de BUENOS AIRES; en el Aeropuerto de NECOCHEA de la Provincia de BUENOS AIRES y en el Aeropuerto “Dr. ARTURO HUMBERTO ILLIA” de la Ciudad de GENERAL ROCA de la Pro-vincia de RIO NEGRO, en el marco de la Ley Nº 13.064, bajo la modalidad de Ajuste Alzado, por la suma de PESOS OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($  8.354.937,44) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, aprobada por medio de la Resolución Nº 961 de fecha 24 de junio de 2011 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en virtud de las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. ANIBAL F. RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

e. 14/03/2014 Nº 14799/14 v. 14/03/2014#F4533170F#

#I4533307I#PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

DIRECCION DE POLICIA JUDICIAL, PROTECCION MARITIMA Y PUERTOS

DIVISION BUQUES NAUFRAGOS E INACTIVOS

La Prefectura Naval Argentina NOTIFICA al propietario, representante legal y a toda otra per-sona física o jurídica con interés legítimo sobre una “CHATA SIN NOMBRE NI MATRICULA” visi-bles y de bandera desconocida, hundida a la altura del Km. 28,850 del Río Luján, en su margen derecha, sobre la costa, que acorde Disposición DJPM,DV1 Nº 01/2014, conforme Artículo 17 bis Ley 20.094 (Modificada por Ley 26.354), se declaró el abandono a favor del ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA de la citada chata. Firmado: LUIS ALBERTO HEILER - Prefecto General - PREFECTO NACIONAL NAVAL.

JORGE F. BOLADERES, Prefecto Principal, Jefe de la División Buques Náufragos e Inactivos.

e. 14/03/2014 Nº 14892/14 v. 18/03/2014#F4533307F#

#I4533308I#PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

DIRECCION DE POLICIA JUDICIAL, PROTECCION MARITIMA Y PUERTOS

DIVISION BUQUES NAUFRAGOS E INACTIVOS

La Prefectura Naval Argentina NOTIFICA al propietario, representante legal y a toda otra per-sona física o jurídica con interés legítimo sobre una “CHATA SIN NOMBRE NI MATRICULA” visi-bles y de bandera desconocida, hundida a la altura del Km. 28,850 del Río Luján, en su margen

Page 26: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 26izquierda, sobre la costa, que acorde Disposición DJPM, DV1 Nº 02/2014, conforme Artículo 17 bis Ley 20.094 (Modificada por Ley 26.354), se declaró el abandono a favor del ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA de la citada chata. Firmado: LUIS ALBERTO HEILER —Pre-fecto General— PREFECTO NACIONAL NAVAL.

JORGE F. BOLADERES, Prefecto Principal, Jefe de la División Buques Náufragos e Inactivos.

e. 14/03/2014 Nº 14893/14 v. 18/03/2014#F4533308F#

#I4534736I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Resolución Nº 42/2014

Bs. As., 4/2/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0055222/2013 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Leyes Nº 23.724 y Nº 23.778, la REPUBLICA ARGENTINA aprobó el CON-VENIO DE VIENA PARA LA PROTECCION DE LA CAPA DE OZONO —ratificado el 18 de enero de 1990—, y el PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO —ratificado el 18 de septiembre de 1990—, respectivamente.

Que el PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO establece plazos, límites y restricciones a la fabricación, comercialización y consumo de SAOs.

Que asimismo, a través de la Leyes Nº 24.167, Nº 24.418, Nº 25.389 y Nº 26.106, la REPUBLICA ARGENTINA aprobó las Enmiendas de Londres, Copenhague, Montreal y Beijing al PROTOCOLO DE MONTREAL, acordadas en la segunda, cuarta, novena y onceava Reunión de las Partes del PROTOCOLO DE MONTREAL, respectivamente.

Que mediante la Ley Nº 24.040, de la cual esta SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE es autoridad de aplicación, la REPUBLICA ARGENTINA reguló internamente el control de producción, utilización, comercialización, importación y exportación de sustancias que agotan la capa de ozono.

Que mediante el Decreto Nº 265 de fecha 20 de marzo de 1996 se creó la OFICINA PROGRA-MA OZONO (OPROZ), en el ámbito de la entonces SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO actualmente SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, integrada asimismo, por la SECRETARIA DE INDUSTRIA DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA y el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que la Ley Nº  24.040 fue reglamentada parcialmente mediante el Decreto Nº  1609 de fecha 17 de noviembre de 2004, por el que entre otras cosas, se creó el REGISTRO DE IM-PORTADORES Y EXPORTADORES DE SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO (RIE-SAO) y se estableció un Sistema de Licencias de Importación y Exportación de las sustancias controladas de los cuales esta SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE es autoridad de aplicación.

Que el SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, en uso de las facul-tades conferidas por la Ley Nº 24.040, dictó la Resolución Nº 296 de fecha 9 de diciembre de 2003, por la que se estableció que quedan comprendidas en las disposiciones de dicha norma los compuestos químicos incluidos en los Anexos B, C y E del PROTOCOLO DE MONTREAL y las Enmiendas de las que la REPUBLICA ARGENTINA es Parte.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 953 de fecha 6 de diciembre de 2004 se complementó el Decreto Nº 1609 de fecha 17 de no-viembre de 2004, estableciéndose la metodología para el reparto de las cuotas.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 1813 de fecha 21 de diciembre de 2012 se modificó parcialmente la Resolución SAyDS Nº 953/04 introduciendo, entre otras modificaciones, la asignación de cuotas por sustancia, incorporándose las comprendidas en el Anexo C Grupo I y modificándose los porcentajes de distribución de cuo-tas para generadores nuevos y eventuales y los casos extraordinarios.

Que conforme surge del calendario de eliminación descripto en el artículo 15 de la Resolución SAyDS Nº 953/04, modificada por la Resolución SAyDS Nº 1813/12, sólo corresponde distribuir cuotas con relación a los cupos asignados para las sustancias comprendidas en el Anexo B Grupo III, Anexo C Grupo I y Anexo E Grupo I del PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUS-TANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO.

Que asimismo, atento lo establecido por el artículo 25 de la Resolución 953/04, modificada por la Resolución SAyDS Nº 1813/12, corresponde determinar la cantidad máxima que podrán importar los importadores nuevos o eventuales.

Que con fecha 10 de diciembre de 2013 fue publicada la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 1414 de fecha 18 de noviembre de 2013 que modi-ficó parcialmente la Resolución SAyDS Nº 953/04 reduciendo el cupo para la asignación de cuotas de bromuro de metilo, comprendido en el Anexo E Grupo I.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el Anexo B Grupo III (1,1,1-tri-cloroetano) del PROTOCOLO DE MONTREAL no fueron solicitadas cuotas de importación.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el Anexo C Grupo I R22 (HCFC-22) del PROTOCOLO DE MONTREAL, han solicitado cuotas de importación las empresas Dupont Argentina S.R.L., Giacomino S.A., Ansal Refrigeración S.A., Refrigeración Omar S.R.L., Johnson Controls BE Argentina S.R.L., Tecunion S.A., lndura Argentina S.A., Uriarte Taldea S.A., Quimex Sudamericana S.A. y DPMG S.A.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el Anexo C Grupo I R123 (HCFC-123) del PROTOCOLO DE MONTREAL han solicitado cuotas de importación las empresas Dupont Argentina S.R.L, Johnson Controls BE Argentina S.R.L., Melisam S.A. y Quimex Sudamericana S.A.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el Anexo C Grupo I R124 (HCFC-124) del PROTOCOLO DE MONTREAL han solicitado cuotas de importación las empresas Dupont Argentina S.R.L. y Quimex Sudamericana S.A.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el Anexo C Grupo I R141b (HCFC-141b) del PROTOCOLO DE MONTREAL han solicitado cuotas de importación las empresas Dupont Argentina S.R.L., Giacomino S.A., Dow Química Argentina S.A., Ansal refrigeración S.A., Química del Caucho S.A., BASF Argentina S.A., Johnson Controls BE Argentina S.R.L., Tecunion S.A., Uriarte Taldea S.A., Quimex Sudamericana S.A., Eco Pur 96 de Argentina S.A., Huntsman Argentina S.R.L. y DPMG S.A.

Que con relación a las sustancias controladas comprendidas en el Anexo C Grupo I R142b (HCFC-142b) del PROTOCOLO DE MONTREAL han solicitado cuotas de importación las empresas Dupont Argentina S.R.L., Giacomino S.A., Ansal Refrigeración S.A., Uriarte Taldea S.A., Quimex Sudamericana S.A. y DPMG S.A.

Que en relación con las sustancias controladas comprendidas en el Anexo E - Grupo I (Bromu-ro de Metilo) del PROTOCOLO DE MONTREAL han solicitado cuotas de importación las empresas Brometan S.R.L. y Benoc Argentina S.R.L.

Que a fin de adjudicar las cuotas para cada sustancia controlada y para el período de control correspondiente al año 2014, se han tenido presentes los cupos establecidos en el citado artículo 15 de la Resolución SAyDS Nº 953/04, modificada por la Resolución SAyDS Nº 1813/12, la cantidad de interesados en obtenerlas, las cantidades solicitadas por ellos, así como también, el registro histórico de los peticionantes.

Que a fin de establecer la cantidad máxima que podrán importar los importadores nuevos o eventuales se han tenido presentes las cantidades adjudicadas a los importadores con registro histórico, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Resolución SAyDS Nº 953/04, modificada por la Resolución SAyDS Nº 1813/12.

Que son antecedentes del presente acto, la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 17 de fecha 14 de enero de 2005 por la cual se procedió a la ad-judicación de cuotas para el año 2005, la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESA-RROLLO SUSTENTABLE Nº 1253 de fecha 26 de diciembre de 2005 mediante la cual se procedió a la adjudicación para el año 2006; la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 646 de fecha 28 de diciembre de 2006 que adjudicó las cuotas para el año 2007, la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 2166 de fecha 26 de diciembre de 2007 por la que se adjudicaron las cuotas correspondientes al año 2008, la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 54 de fecha 24 de febrero de 2009 que adjudicó las cuotas correspondientes para el año 2009, la Re-solución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 1195 de fecha 30 de diciembre de 2009 por la que se adjudicaron las cuotas correspondientes para el año 2010, la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 53 de fecha 18 de enero de 2011 por la que se asignaron las cuotas para el año 2011, la Resolución de la SECRE-TARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 202 de fecha 2 de febrero de 2012 por la que se adjudicaron las cuotas correspondientes para el año 2012 y por último, la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 7 de fecha 14 de enero de 2013 por la que se adjudicaron las cuotas correspondientes al año 2013.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 24.040 y el Decreto Nº 1609/04.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Adjudícanse las cuotas de importación de Sustancias que Agotan la Capa de Ozono para el año 2014 que se indican a continuación:

A. Anexo C Grupo I - R22 (HCFC-22):

1. Dupont Argentina S.R.L. 24,449 Tn PAO.

2. Giacomino S.A. 2,351 Tn PAO.

3. Ansal Refrigeración S.A. 0,872 Tn PAO.

4. Refrigeración Omar S.R.L. 0,345 Tn PAO.

5. Johnson Controls BE Argentina S.R.L. 0,726 Tn PAO.

6. Tecunion S.A. 0,310 Tn PAO.

7. Indura Argentina S.A 4,349 Tn PAO.

8. Uriarte Taldea S.A. 1,661 Tn PAO.

9. Quimex Sudamericana S.A. 2,294 Tn PAO.

10. DPMG S.A. 1,094 Tn PAO

B. Anexo C Grupo I - R123 (HCFC-123):

1. Dupont Argentina S.R.L. 0,918 Tn PAO.

2. Johnson Controls BE Argentina S.R.L. 0,013 Tn PAO.

3. Melisam S.A. 0,233 Tn PAO.

4. Quimex Sudamericana S.A. 0,182 Tn PAO.

C. Anexo C Grupo I - R124 (HCFC-124):

1. Dupont Argentina S.R.L. 0,946 Tn PAO.

2. Quimex Sudamericana S.A. 0,004 Tn PAO.

D. Anexo C Grupo I - R141b (HCFC-141b):

1. Dupont Argentina S.R.L. 37,178 Tn PAO.

2. Giacomino S.A. 6,578 Tn PAO.

3. Dow Química Argentina S.A. 1,616 Tn PAO.

4. Ansal Refrigeración S.A. 0,064 Tn PAO.

5. Química del Caucho S.A. 13,107 Tn PAO.

6. BASF Argentina S.A. 17,357 Tn PAO.

Page 27: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 277. Johnson Controls BE Argentina S.R.L. 0,227 Tn PAO.

8. Tecunion S.A. 0,117 Tn PAO.

9. Uriarte Taldea S.A. 0,344 Tn PAO.

10. Quimex Sudamericana S.A. 2,962 Tn PAO.

11. Eco Pur 96 de Argentina S.A. 4,026 Tn PAO.

12. Huntsman Argentina S.R.L. 18,250 Tn PAO.

13. DPMG S.A. 0,249 Tn PAO.

E. Anexo C Grupo I - R142b (HCFC-142b):

1. Dupont Argentina S.R.L. 0,325 Tn PAO.

2. Giacomino S.A. 2,201 Tn PAO.

3. Ansal Refrigeración S.A 0,181 Tn PAO.

4. Tecunion S.A. 0,316 Tn PAO.

5. Uriarte Taldea S.A. 3,378 Tn PAO.

6. Quimex Sudamericana S.A. 3,621 Tn PAO.

7. DPMG S.A. 5,666 Tn PAO.

F. Anexo E - Grupo I (Bromuro de Metilo)

1. BROMETAN S.R.L. 111,320 Tn PAO.

2. BENOC ARGENTINA S.R.L. 54,640 Tn PAO.

ARTICULO 2° — Establécese las cantidades máximas que podrán importar los importadores nuevos o eventuales durante el período 2014:

a. Anexo B - Grupo III (1,1,1-tricloroetano): 0,0980 Tn PAO.

b. Anexo C Grupo I - R22 (HCFC-22): 0,1060 Tn PAO.

c. Anexo C Grupo I - R123 (HCFC-123): 0,0050 Tn PAO.

d. Anexo C Grupo I - R124 (HCFC-124): 0,0030 Tn PAO.

e. Anexo C Grupo I - R141b (HCFC-141b): 0,0630 Tn PAO.

f. Anexo C Grupo 1 - R142b (HCFC-142b): 0,0400 Tn PAO.

g. Anexo E - Grupo I (Bromuro de Metilo): 0,4600 Tn PAO.

ARTICULO 3° — La presente Resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su publica-ción en el BOLETIN OFICIAL.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. OMAR V. JUDIS, Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

e. 14/03/2014 Nº 15791/14 v. 14/03/2014#F4534736F#

#I4532235I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución Nº 125/2014

Bs. As., 7/3/2014

VISTO el Expediente Nº S05:0563848/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.218, el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, las Re-soluciones Nros. 466 del 9 de junio de 2008, 401 del 14 de junio de 2010, 805 del 9 de noviembre de 2010 y 121 del 15 de marzo de 2012, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Ley Nº 25.218 se aprobó la CONVENCION INTERNACIONAL DE PROTEC-CION FITOSANITARIA (CIPF), adoptada en la ciudad de Roma, REPUBLICA ITALIANA el 17 de noviembre de 1997.

Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, el SERVICIO NACIONAL DE SANI-DAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) es competente sobre el control del tráfico federal, importaciones y exportaciones de los productos, subproductos y derivados de origen vegetal.

Que la Dirección Nacional de Protección Vegetal, como Organización Nacional de Protección Fitosanitaria en el marco de la CIPF, acordó protocolos y planes de trabajo para la exportación, importación y tránsito internacional con otros Organismos Nacionales de Protección Fitosanitaria.

Que por la Resolución Nº 805 del 9 de noviembre de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SA-NIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Dirección de Certificación Fitosanitaria, dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal, tiene definidas entre sus acciones diseñar e imple-mentar los protocolos especiales para la certificación fitosanitaria de productos de exportación de origen vegetal, en cumplimiento de los acuerdos firmados con terceros países.

Que resulta necesario contar con un marco legal amplio y dinámico que pueda determinar la obligatoriedad hacia el sector privado de los requisitos y obligaciones acordadas mediante los documentos mencionados ut supra.

Que se requiere que este marco legal se adecue a lo instrumentado en las Resoluciones Nros. 466 del 9 de junio de 2008 donde se crea el Programa de Reordenamiento Normativo y 401 del 14 de junio de 2010 donde se aprueba el Indice Temático del Digesto Normativo, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que por Resolución Nº 121 del 15 de marzo de 2012 del citado Servicio Nacional, se aprueba el LIBRO IV del Indice Temático correspondiente al Sistema de Clasificación Normativa del Digesto Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, con su co-rrespondiente contenido normativo.

Que conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 4/7 y 9/10, en el expediente citado en el visto, la Dirección Nacional de Protección Vegetal ha propiciado el dictado del pre-

sente acto, a fin de aprobar los acuerdos bilaterales para la exportación, importación y tránsito internacional de productos y subproductos de origen vegetal, que son firmados entre el SENASA y las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria.

Que por el carácter de la norma que se propicia en el presente acto, no se requiere su remisión a la consulta pública de normas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALI-MENTARIA.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encon-trando reparos de índole legal que formular.

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8°, inciso f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIARESUELVE:

ARTICULO 1° — Obligatoriedad de los acuerdos bilaterales: Se establece la obligatoriedad, por parte de quienes pretendan exportar, importar o realizar tránsitos internacionales de produc-tos y subproductos de origen vegetal, de cumplir con las exigencias establecidas en los acuerdos bilaterales que suscribe la Dirección Nacional de Protección Vegetal, como autoridad fitosanitaria.

ARTICULO 2° — Se aprueba el “Plan de Trabajo para la exportación de manzanas y peras de Argentina a México, con un tratamiento cuarentenario frío”, que como Anexo I forma parte inte-grante de la presente.

ARTICULO 3° — Se aprueba el “Plan de Trabajo para la exportación de manzana y pera de Argentina a México bajo un enfoque de sistemas”, que como Anexo II forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 4° — Se aprueba el “Adendum al Acuerdo en Materia Fitosanitaria del 15 de octu-bre de 1992, entre la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de la REPUBLICA ARGENTINA y la SECRETARIA DE AGRICULTURA Y RECURSOS HIDRAULICOS DE MEXICO, para establecer el procedimiento y los requisitos fitosanitarios para la importación de arroz (Ory-za sativa) descascarillado y pulido para consumo, originarios de Argentina a México”, que como Anexo III forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 5° — Se aprueba el “Plan de Trabajo para el programa de pre-embarque en origen de arándanos de Argentina, con tratamiento de fumigación con bromuro de metilo con destino a Estados Unidos USDA-APHIS/SENASA/COPEXEU”, que como Anexo IV forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 6° — Se aprueba el “Plan de Trabajo para el programa de pre-embarque en origen de cerezas de las áreas libres de mosca de la fruta de Argentina con destino a Estados Unidos US-DA-APHIS-PPQ/SENASA/COPEXEU”, que como Anexo V forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 7° — Se aprueba el “Plan de Trabajo para el programa de pre-embarque en origen de manzanas, peras, ciruelas, nectarines y duraznos de las áreas libres de mosca de la fruta de Argentina con destino a Estados Unidos USDA-APHIS/SENASA/COPEXEU”, que como Anexo VI forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 8° — Se aprueba el “Protocolo Fitosanitario para la importación de semilla de papa procedente de Argentina hacia la República Bolivariana de Venezuela”, que como Anexo VII forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 9° — Se aprueba el “Plan de Trabajo para la exportación de fruto de palto Persea americana variedad ‘Hass’ de la República Argentina con destino a Chile del 14 de agosto del 2008 y su adendum del 10 de marzo del 2011”, que como Anexo VIII forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 10. — Se aprueba el “Protocolo Sistema de Tránsito de artículos vegetales regla-mentados entre Argentina/Chile”, que como Anexo IX forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 11. — Se aprueba el “Plan de Trabajo para la exportación de cítricos frescos argen-tinos hacia Filipinas”, que como Anexo X forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 12. — Se aprueba el “Protocolo de Requisitos Fitosanitarios para la exportación de fruta fresca cítrica entre la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS de la REPUBLICA ARGENTINA y la ADMINISTRACION GENERAL DE SUPERVISION DE CALIDAD, INSPECCION Y CUARENTENA de la REPUBLICA POPULAR CHINA” y su adenda del 19 de julio de 2011, que como Anexo XI forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 13. — Se aprueba el “Protocolo de Requisitos Fitosanitarios para la exportación de peras y manzanas de Argentina a China (ENG) entre la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANA-DERIA, PESCA Y ALIMENTOS de la REPUBLICA ARGENTINA y la ADMINISTRACION GENERAL DE SUPERVISION DE CALIDAD, INSPECCION Y CUARENTENA de la REPUBLICA POPULAR CHI-NA” del 16 de noviembre de 2004 y su adenda del 13 de julio de 2010, que como Anexo XII forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 14. — Se aprueba el “Acuerdo de Requerimientos Fitosanitarios para la introduc-ción de hojas de tabaco de Argentina a China, entre la ADMINISTRACION GENERAL DE SUPER-VISION E INSPECCION DE CALIDAD Y CUARENTENA de la REPUBLICA POPULAR CHINA y la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS de la REPUBLICA ARGEN-TINA” del 3 de octubre de 2006, que como Anexo XIII forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 15. — Se aprueba el “Protocolo de Requisitos Fitosanitarios para la exportación de maíz desde Argentina a China entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de la REPUBLICA ARGENTINA y la ADMINISTRACION GENERAL DE SUPERVISION E INSPECCION DE CALIDAD Y CUARENTENA de la REPUBLICA POPULAR CHINA” del 15 de febrero de 2012, que como Anexo XIV forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 16. — Se aprueba el “Protocolo sobre Requisitos Fitosanitarios para la Exporta-ción de Cebada desde Argentina a China entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de la REPUBLICA ARGENTINA y la ADMINISTRACION GENERAL DE SUPERVISION E INSPECCION DE CALIDAD Y CUARENTENA de la REPUBLICA POPULAR CHINA” del 30 de no-viembre de 2010, que como Anexo XV forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 17. — Se aprueba el “Acuerdo Bilateral Cuarentenario entre el SERVICIO DE PRO-TECCION E INSPECCION VEGETAL de Israel (PPIS) y el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y

Page 28: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 28CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) del MINISTERIO DE ECONOMIA de Argentina Condi-ciones para la importación de Manzanas, Peras y Membrillo (Malus domestica, Pyrus communis y Cydonia oblonga) entre Argentina e Israel” del 22 de febrero de 2008, que como Anexo XVI forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 18. — Creación de nuevo título en el Indice Temático: Se crea el Título “Acuerdos Bilaterales para la exportación, importación y tránsito internacional de productos y subproductos de origen vegetal”, como Parte Segunda del Libro IV del Indice Temático correspondiente al Sis-tema de Clasificación Normativa del Digesto Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprobado por Resolución Nº 401 del 14 de junio de 2010, con su correspondiente contenido normativo, aprobado por Resolución Nº 121 del 15 de marzo de 2012, ambas del citado Servicio Nacional.

ARTICULO 19. — Incorporación: Se incorpora la presente Resolución, al Libro IV, Parte Se-gunda, del Digesto Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMEN-TARIA aprobado por Resolución Nº 121 del 15 de marzo de 2012, del citado Servicio Nacional.

ARTICULO 20. — Incumplimiento: En caso de constatarse incumplimientos o transgresiones a la presente resolución, el infractor será pasible de las sanciones establecidas por el Capítulo VI del Decreto 1.585 del 19 de diciembre de 1996 sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Sin perjuicio de ello, preventivamente, se podrán adoptar las acciones previstas en la Resolución Nº 38 del 3 de febrero de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

ARTICULO 21. — Incorporación: Se incorpora la presente norma al Indice Temático Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprobado por Resolu-ción Nº 401 del 14 de junio de 2010 y su complementaria Nº 31 del 28 de diciembre de 2011, ambas del citado Servicio Nacional, al Libro Tercero, Parte Segunda, Título V, Capítulo II.

ARTICULO 22. — Vigencia: La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publica-ción en el Boletín Oficial.

ARTICULO 23. — De Forma: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Re-gistro Oficial y archívese. — Ing. Agr. DIANA M. GUILLEN, Presidenta, Servicio Nacional de Sani-dad y Calidad Agroalimentaria.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 14/03/2014 Nº 14412/14 v. 14/03/2014#F4532235F#

#I4533174I#MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE ENERGIA

SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA

Se comunica a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) que PAR-QUE EOLICO PAMPA S.A. solicita su ingreso al MEM en carácter de Agente Generador para su Parque Eólico, con una potencia total de 80 MW, instalada en el Departamento de Escalante, Pro-vincia del Chubut. El Parque Eólico se conectará al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) en barras de 33 kV de la ET 132/33/13,2 kV Pampa del Castillo, jurisdicción de TRANSACUE S.A.

NOTA: Se hace saber a los interesados que el expediente EXP-S01:0089031/2013 se encuentra disponible para tomar vista en Av. Paseo Colón 171, 4° Piso, oficina 401, de Lunes a Viernes de 10 a 12 y 15 a 17 hs, durante 10 (diez) días corridos a partir de la fecha de la presente publicación.

Ing. LUIS A. BEURET, Subsecretario de Energía Eléctrica.

e. 14/03/2014 Nº 14803/14 v. 14/03/2014#F4533174F#

#I4533341I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 6/2014

Bs. As., 10/3/2014

VISTO el Expediente Nº 1.543.722/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.377, el Decreto Nº 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008 y la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 40 de fecha 20 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº  26.377 y su Decreto Reglamentario Nº  1.370/08 facultó a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y las entidades empresarias de la actividad rural, suficientemente representativas, sean o no integrantes del entonces REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a celebrar entre sí Convenios de Co-rresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social.

Que el Decreto Nº 1.370/08 estableció la competencia de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, para los casos de ho-mologación de los Convenios celebrados en el marco de la Ley Nº 26.377.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 6 de fecha 19 de marzo de 2012 se homologó el Convenio de Corresponsabilidad Gremial para la actividad de cosecha de uva para vitivinificar de la Provincia de SAN MENDOZA, suscripto por la FEDERACION DE OBRE-ROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES (FOEVA) y diversas entidades representativas de la producción vitivinícola de la citada provincia.

Que en virtud de la complejidad de armonizar el mecanismo de recaudación de los aportes y contribuciones en materia de Seguridad Social de la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario

Nº 1.370/08 con la naturaleza jurídica del contrato de cobertura de riesgos del trabajo de la Ley Nº 24.557, por medio de la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 40/12 se estableció que, para el cálculo de la tarifa sustitutiva a que hace referencia el artículo 2° de la Ley Nº 26.377, correspondiente a los Convenios de Corresponsabilidad Gremial homologados por las Resoluciones de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 7 de fecha 5 de octubre de 2010, Nros. 5 y 6 ambas de fecha 19 de marzo de 2012 y Nº 34 de fecha 12 de diciembre de 2012, deberá excluirse la cotización destinada a financiar los beneficios y prestaciones del subsistema de ries-gos del trabajo de la Ley Nº 24.557.

Que en virtud de los avances alcanzados en la Comisión de Seguimiento del Convenio de Co-rresponsabilidad Gremial para la actividad de cosecha de uva para vitivinificar de la Provincia de MENDOZA y en las reuniones mantenidas con los sectores y organismos de Riesgos del Trabajo, corresponde el dictado de una nueva resolución exceptuando del mecanismo previsto la Resolu-ción de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 40/12 al precitado Convenio de Corresponsa-bilidad Gremial, en tanto se han acreditado los extremos necesarios para garantizar la cobertura de riesgos del trabajo mediante el procedimiento de inclusión de la prima de riesgos del trabajo en la tarifa sustitutiva, en el marco del sistema previsto en la Ley Nº 24.557, sus modificatorias y complementarias.

Que a fs. 56 y 57, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3 de la Ley Nº 26.377 y artículo 10 del Decreto Nº 1.370/08.

Por ello,

LA SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Exceptúase del mecanismo previsto en la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 40 de fecha 20 de diciembre de 2012, al Convenio de Corresponsabili-dad Gremial para la actividad de cosecha de uva para vitivinificar de la Provincia de MENDOZA, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 6 de fecha 19 de marzo de 2012.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. OFELIA M. CÉDOLA, Secretaria de Seguridad Social, M.T.E. y S.S.

e. 14/03/2014 Nº 14926/14 v. 14/03/2014#F4533341F#

#I4534735I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución Nº 503/2014

Bs. As., 12/3/2014

VISTO el Expediente Nº 77.416/12 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.587, Nº 24.557, los Decretos Nº 779 de fecha 20 de noviem-bre de 1995, 170 de fecha 21 de febrero de 1996, Nº 911 de fecha 5 de agosto de 1996, Nº 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003, las Resoluciones S.R.T. Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996, Nº 51 de fecha 7 de julio de 1997, Nº 35 de fecha 31 de marzo de 1998, Nº 319 de fecha 9 de septiembre de 1999, Nº 552 de fecha 7 de diciembre de 2001, Nº 953 de fecha 2 de Julio de 2010, Nº 550 de fecha 26 de abril de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1°, apartado 2, inciso a), de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.), estableció como uno de sus objetivos fundamentales la reducción de la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.

Que del mismo modo, el artículo 4°, apartado 1 de la Ley de Riesgos del Trabajo dispone que tanto las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), como los empleadores y sus trabajadores, se encuentran obligados a adoptar medidas tendientes a prevenir eficazmente los riesgos del trabajo para lo cual deben asumir compromisos concretos a fin de cumplir con las normas de seguridad e higiene en el trabajo.

Que asimismo el artículo 19 del Decreto Nº 170 de fecha 21 de febrero de 1996, facultó a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) a determinar la frecuencia y condicio-nes en la realización de las actividades de prevención y control, teniendo en cuenta las necesida-des de cada una de las ramas de actividad.

Que el Decreto Nº 911 de fecha 5 de agosto de 1996, aprobó el reglamento de Higiene y Se-guridad para la Industria de la Construcción atendiendo a las particularidades de dicha industria, destacándose entre ellas, la coexistencia dentro de una misma obra de personal dependiente del comitente y de uno o más contratistas o subcontratistas, lo que genera situaciones especiales respecto a la determinación de la responsabilidad en el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene en el trabajo.

Que asimismo, el artículo 7° del Anexo del referido decreto estableció entre las obligaciones del empleador, la de implementar las acciones y proveer los recursos materiales y humanos ne-cesarios para el mantenimiento de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo que aseguren la protección física y mental y el bienestar de los trabajadores.

Que mediante las resoluciones S.R.T. referidas a la industria de la construcción se han imple-mentado distintas acciones de prevención de infortunios laborales en el ambiente de trabajo que ocupan a los empleados del sector de la mencionada industria.

Que esta industria genera riesgos específicos cuya variedad y secuencia, exige un tratamiento diferenciado.

Que la práctica en la materia ha demostrado que donde se ejecutan trabajos de movimiento de suelos, excavaciones manuales o mecánicas a cielo abierto superiores a UN METRO VEINTE (1,20 m) de profundidad para la ejecución de canales, zanjeos, pozos, subsuelos que no posean submuraciones, compactación del suelo, o rellenos, existen situaciones de riesgos que pueden derivar en accidentes graves para los trabajadores.

Page 29: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 29Que por sus características particulares, corresponde implementar métodos diferenciados

para estas actividades.

Que en el contexto señalado, resulta necesario establecer un mecanismo de intervención más eficiente en la ejecución de tales tareas, con el fin de mejorar las medidas de seguridad preventiva, correctiva y de control en las obras de construcción.

Que estas disposiciones facilitarán el control del cumplimiento de las medidas de seguridad adoptadas en el programa de seguridad y de la normativa vigente para realizar los trabajos de excavaciones a cielo abierto en forma segura.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el inciso a), apartado 1°, artículo 36, de la Ley Nº 24.557, en el artículo 19 del Decreto Nº 170/96 y en el artículo 3° del Decre-to Nº 911/96, sustituido por el artículo 3° del Decreto Nº 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Establécese que cuando se ejecuten trabajos de movimiento de suelos, ex-cavaciones manuales o mecánicas a cielo abierto superiores a UN METRO VEINTE (1,20 m) de profundidad, para la ejecución de zanjas y pozos y todo otro tipo de excavación no incluida en la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 550 de fecha 26 de abril de 2011, el Empleador debe adoptar las medidas de prevención que se detallan en el Anexo de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Apruébense las acciones establecidas en el Anexo, para los trabajos des-criptos en el artículo 1° de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Estipúlase que la documentación resultante, en razón de la aplicación de la presente resolución debe incorporarse al Legajo Técnico de la obra, prescripto en el artículo 3° del Anexo I de la Resolución S.R.T. Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996.

ARTICULO 4° — Establécese que todas las excavaciones menores de UNO CON VEINTE METROS (1,20 m) de profundidad, respetarán las medidas de seguridad estipuladas en el Decreto Nº 911 de fecha 5 de agosto de 1996, en sus distintos capítulos.

ARTICULO 5° — Determínase que esta resolución no se aplica a los trabajos de túneles, ga-lerías subterráneas y minería.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

ANEXO

ACCIONES PREVENTIVAS GENERALES

EXCAVACIONES A CIELO ABIERTO

1) El empleador debe analizar, previo al inicio de los trabajos, las características físicas y me-cánicas, clasificación y tipo de suelo, capacidad portante, nivel freático, contenido de humedad, posibilidad de filtraciones incluyendo aquellas que incorporen riesgos biológicos, estratificacio-nes, alteraciones anteriores del terreno, grado sísmico del emplazamiento de la obra, en toda su extensión, terrenos naturales o de relleno, etc., para definir un método constructivo seguro. Toda esta documentación formará parte del Legajo Técnico de la obra.

2) Para los trabajos de excavaciones el empleador debe tener en cuenta la cercanía de edifi-caciones y características de sus fundaciones, así como posibles sobrecargas en las proximida-des de las paredes de la excavación; la existencia de fuentes de vibraciones (carreteras, calles, fábricas, vías férreas, subterráneos, etc.); la inmediación a instalaciones y conducciones de agua, gas, electricidad, telefonía y desagües pluviales, cloacales, sistema de alcantarillado y demás instalaciones.

3) El empleador debe realizar, previo al inicio de los trabajos de excavación, las averiguaciones necesarias con las empresas de servicios de electricidad, de gas, de agua desagües, de cable, de telefonía, etc., con las autoridades municipales y con el propietario del terreno donde se desa-rrollen las tareas, acerca de los planos que posean sobre el tendido de cableados e instalaciones existentes en el lugar y las debe demarcar en forma visible con banderines, estacas o marcas pintadas en el piso.

Se deben realizar planos/esquemas con las interferencias detectadas. Toda esta documenta-ción formará parte del Legajo Técnico de la obra.

4) El empleador debe tener en cuenta que aunque existan planos, puede haber cables o ins-talaciones que no se encuentren indicados en aquellos o que estando indicados no sigan un reco-rrido exacto. Además deberá definir la traza precisa del tendido de las instalaciones subterráneas para lo cual realizará los sondeos necesarios supervisados por personal técnico especializado. Se debe dejar constancia de esta información en el Legajo Técnico.

5) Se deben emplear herramientas de mano o cualquier otro medio eficaz para detectar su ubicación, extremando los cuidados para evitar contactos directos o acciones que interfieran con las instalaciones pudiendo generar accidentes. Una vez establecida la ubicación de las instalacio-nes, cables, cañerías de gas, agua, etc., se debe notificar al responsable técnico y a los demás trabajadores. Estos trabajos deberán estar supervisados por el responsable de la tarea con parti-cipación del Servicio de Higiene y Seguridad (responsable o un auxiliar según lo establecido en el artículo 17 del Decreto Nº 911 de fecha 5 de agosto de 1996).

6) Se deben adoptar las medidas de seguridad necesarias para evitar contactos directos con las interferencias detectadas, y se solicitará a la compañía que corresponda, adecuar las instala-ciones involucradas, antes de iniciar los trabajos. Las solicitudes de corte de los servicios forma-rán parte del Legajo Técnico. Se deben adoptar dispositivos de seguridad, como apantallamientos o interposición de obstáculos que impidan todo acercamiento peligroso y por lo tanto, contactos accidentales.

7) La perforación de cañerías no identificadas o desconocidas o con pérdidas preexistentes, que se puedan encontrar al excavar, pueden ocasionar accidentes originados por emanaciones de gases tóxicos inflamables o explosivos. En tales circunstancias se deben suspender las tareas e informar a la empresa proveedora del servicio de la situación para solicitar el corte y la reparación correspondiente. Una vez que se haya asegurado el corte o la reparación y se haya obtenido por

medio fehaciente el permiso de la empresa proveedora y previo al descenso de los trabajadores a la excavación, el Servicio de Higiene y Seguridad debe solicitar al empleador la realización de las mediciones de oxígeno y otros gases con el fin de detectar la presencia de los mismos y garantizar una ventilación suficiente (Normas Higiénico ambientales en obra, artículos 117 a 125 del Decreto Nº 911/96), en todos los lugares de trabajo, de manera que se mantenga una atmósfera respirable que no sea peligrosa o nociva para la salud. En función de los resultados obtenidos el Responsable de Higiene y Seguridad dispondrá de ser necesario, la utilización de los Elementos de Protección Personal (E.P.P.) adecuados.

Los trabajadores de las empresas de servicio que deban reparar las instalaciones deteriora-das deberán adoptar antes y durante la ejecución de los trabajos las medidas de seguridad esta-blecidas en el Decreto Nº 911/96, lo señalado en esta resolución y lo establecido en los protocolos de trabajo seguro que las empresas de servicio tengan para ejecutar esta tarea.

8) No se debe comenzar a trabajar hasta que la compañía suministradora haya dejado fuera de servicio las líneas aéreas de energía que atraviesan la zona de trabajo o las haya elevado lo su-ficiente, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 911/96, en relación a las distancias mínimas y condiciones de seguridad.

9) No se deben usar equipos o maquinarias pesadas encima o cerca de los caños de gas, agua, cables, etc., para prevenir su rotura. Se debe asegurar que no existan focos de combustión cercanos a las instalaciones de gas u otros combustibles inflamables.

10) Los cables y caños que hayan quedado expuestos al abrir la excavación deben ser sos-tenidos con soportes, apuntalamientos u otro medio eficaz que impida el desplome de las insta-laciones y no se deben usar, en ninguna circunstancia, para apoyar equipos o como escalones para bajar y subir de la excavación. Se debe asegurar que el relleno de tierra donde se encuentren caños de gas, o de agua u otros fluidos, esté bien afirmado debajo de ellos, para evitar roturas o rajaduras cuando se asienten.

11) Los bordes de las excavaciones, deben estar libres de obstáculos y materiales para evitar la caída de los mismos al interior. Se debe mantener el orden y la limpieza. Los materiales no deben colocarse al borde de las mismas para no crear una sobrecarga adicional que pueda dar lugar a desprendimientos o corrimientos de tierras. Se debe adoptar como mínimo, una distancia de Se-guridad, igual o mayor a la profundidad de la excavación, o la que la empresa indique en función de las características del estudio del suelo, la que nunca será inferior a DOS METROS (2,00 m). No se debe acumular tierra, escombros y/o equipos dentro del área definida como distancia de Seguridad medida desde el borde de la excavación.

12) Se deben tomar precauciones para la circulación de maquinaria al borde de la excavación, sobre todo en el caso de lluvia reciente, puesto que esta sobrecarga puede afectar la estabilidad parcial del talud o del entibamiento. En estos casos la distancia de circulación de vehículos o ma-quinaria, debe ser incrementada por el servicio de Higiene y Seguridad demarcando la misma en forma efectiva y categórica.

13) Los muros, cimientos, soportes de líneas eléctricas aéreas, etc., que se encuentren próxi-mos a la excavación deben ser convenientemente apuntalados y/o submurados, con el fin de evitar que se produzcan deterioros en las construcciones más próximas.

14) El empleador de acuerdo a lo establecido en el estudio de suelos debe programar un mé-todo constructivo que garantice la estabilidad de las paredes de la excavación, como por ejemplo la realización de taludes, u otros sistemas de contención de la tierra realizados mediante entiba-mientos, tablestacados, pilotajes, cajones, u otros métodos especiales que la ingeniería determine para prevenir los riesgos de derrumbe por desprendimiento del suelo.

15) El empleador debe adoptar las medidas de seguridad necesarias para prevenir la irrupción accidental de agua dentro de las excavaciones en las que se encuentren desarrollando tareas, mediante sistemas o medidas adecuados para su desagote. Se debe disponer de bombas de achi-que suficientes por cada frente de trabajo con la potencia necesaria para un desagote seguro en función del volumen de la excavación. La ejecución de trabajos en días de lluvia debe estar limitada a aquellas tareas de seguridad que fueran impostergables.

16) El servicio de Higiene y Seguridad adoptará las medidas de seguridad necesarias para permitir que los trabajadores puedan ponerse a salvo en caso que se produzca un incendio, irrup-ción de agua o la caída de materiales en el interior de las excavaciones. Asimismo deben preverse vías seguras para entrar o salir de las mismas mediante la utilización de escaleras reglamentarias u otro medio efectivo que garantice la seguridad de los trabajadores.

17) Se deben usar escaleras, para el ingreso y salida a las excavaciones que superen UN ME-TRO (1,00 m) de profundidad. Estas escaleras deben colocarse desde el fondo de la excavación hasta UN METRO (1,00 m) por encima del nivel de ingreso, correctamente arriostradas.

18) El servicio de Higiene y Seguridad debe verificar las condiciones de seguridad de las máquinas, previo al ingreso de las mismas a la obra. No se deben superponer los trabajos de las máquinas con el de los trabajadores en el interior de las excavaciones, debiéndose mantener la distancia de seguridad establecida en el inciso d) artículo 150 de Decreto Nº 911/96.

19) Se deben apuntalar o eliminar aquellos elementos, postes, árboles, etc., que estén próxi-mos a las excavaciones y puedan desplomarse, arrastrando paredes laterales de las mismas. Cuando la profundidad sea igual o mayor de UN METRO VEINTE (1,20 m) y no sea posible emplear taludes como medida de protección contra el desprendimiento de tierra en la excavación y cuando éstas se deban realizar mediante el corte vertical de sus paredes, se deben entibar, apuntalar, usar tablestacas, u otro medio eficaz para evitar derrumbes en las zonas donde haya operarios expues-tos o cuando se observen construcciones o cosas que estén próximas a las excavaciones que se puedan deteriorar o derrumbar como consecuencia de las mismas.

20) El personal técnico responsable designado por el empleador conjuntamente con el Ser-vicio de Higiene y Seguridad, debe realizar una revisión minuciosa y detallada del estado de las excavaciones, después de heladas o un régimen de lluvias. Previo a reanudar los trabajos se debe realizar el achique de las aguas. Se debe también revisar el estado de cortes o taludes en forma diaria y en especial en los casos en los que puedan recibir empujes exógenos, por proximidad de caminos, carreteras, calles, transitados por maquinarias, vehículos, ferrocarriles, etc.; o si se utilizaron martillos neumáticos, compactadoras por vibración, etc. Cuando se detecte la evidencia de una situación que pueda resultar peligrosa para los trabajadores que estén expuestos, éstos deben ser retirados del área de riesgo hasta que se tomen las medidas de seguridad necesarias que garanticen su seguridad, quedando registrado y rubricado por el responsable de la tarea en el Legajo Técnico.

21) Se deben colocar barandas, travesaños y zócalos reglamentarios de suficiente estabilidad y resistencia cuando exista riesgo de caída de personas o de materiales existentes en la superficie a distinto nivel, en todos los bordes de las excavaciones. Se deben instalar pasarelas o puentes, cuando el personal o equipos deban cruzar una excavación, que deben soportar el máximo peso de la carga y estar provistos de barandas y zócalos de acuerdo a la normativa vigente.

Page 30: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 30La distancia mínima entre el borde de la excavación y las protecciones contra la caída desde

altura será determinada por el Servicio de Higiene y Seguridad, de acuerdo a las características físicas del suelo.

22) Se debe mantener una persona de retén por cada frente de trabajo en el exterior de las zanjas y pozos de profundidad mayor a UN METRO VEINTE (1,20 m), siempre que haya personal trabajando en su interior. Esta persona puede actuar como ayudante en el trabajo y dará la alarma en caso de producirse alguna emergencia.

En este mismo sentido, los operarios que ejecuten trabajos en el interior de las excavaciones de zanjas y pozos a una profundidad mayor a UNO CON OCHENTA METROS (1,80 m), deben estar sujetos con arnés de seguridad y cabo de vida amarrado a puntos fijos ubicados en el exterior de las mismas.

Se debe adoptar la misma medida de seguridad para los casos en que los operarios ejecuten trabajos en los bordes de las excavaciones con riesgo de caída, cuya diferencia de nivel sea supe-rior a DOS CON CINCUENTA METROS (2,50 m).

23) Cuando sea imprescindible que un vehículo de carga, se acerque al borde de la excava-ción, se dispondrán topes de seguridad y el responsable de la tarea comprobará previamente la resistencia del terreno y el peso del mismo.

24) El empleador debe proveer protecciones colectivas: señalización interior y exterior de las obras (diurna y nocturna) vallas de contención para protección de peatones, entibaciones, baran-das, pasarelas e iluminación que respete las normas vigentes de trabajo en la vía pública y protec-ciones personales acordes a los trabajos que se realizan; de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 911/96, la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 y a lo que el Servicio de Higiene y Seguridad considere necesarios.

25) El empleador debe previamente a hacer un desmonte o excavación una revisión en las la-deras que queden por encima evitando que las piedras sueltas puedan rodar y adoptando además todas las medidas de seguridad que considere necesarias, para evitar accidentes.

26) El desentibado, suele ser una operación con mayor riesgo que el propio entibado, ya que las condiciones del terreno pueden ser peores que las iniciales, dado que al descomprimirse el mismo pueden producirse derrumbes rápidos. Debe hacerse en etapas, procurando no quitarlo todo a la vez, esto depende del sistema adoptado por la empresa para entibar. Esta actividad debe estar supervisada por el responsable de la tarea y el responsable del Servicio de Higiene y Seguridad.

27) El empleador debe contar con la presencia permanente, en cada uno de los frentes de obra, de personal técnico responsable, considerando las características y riesgos que conllevan estos trabajos. Diariamente y antes de iniciar las tareas, se deben confeccionar los Permisos de Trabajo Seguro (P.T.S.), los cuales estarán rubricados por el responsable de la tarea, el responsa-ble del Servicio de Higiene y Seguridad o un Auxiliar del mismo, Técnico en Higiene y Seguridad con título habilitante reconocido por la autoridad competente; artículo 17 del Decreto 911/96, pa-sando a integrar el Legajo Técnico de la Obra.

28) Los responsables de las tareas deben brindar una charla diaria de seguridad de CINCO (5) minutos a los trabajadores que realizan las tareas en la que se informe sobre los riesgos a los que están expuestos y las condiciones de seguridad en que se deben ejecutar los trabajos. Estas charlas deben documentarse fehacientemente y se deben incluir en el Legajo Técnico de la Obra.

29) Cuando se ejecuten pozos cuya profundidad predomine sobre el ancho, largo o diámetro, como por ejemplo para la ejecución de cámaras de inspección cloacales, pluviales o de otros servicios y cualquier otra construcción de similares características, además de los requisitos de seguridad anteriormente indicados, se debe contar también con un equipo de izaje con la capa-cidad portante acorde al peso de un operario (para el uso exclusivo en casos de accidentes) y de los materiales a cargar. Los cables/cuerdas de estos equipos de izar deben estar separados por medios eficaces de las escaleras de acceso de los trabajadores.

No se debe trabajar simultáneamente en distintos niveles de la misma vertical.

Al finalizar la jornada o en interrupciones largas, se deben proteger las bocas de los pozos con un tablero resistente, perfectamente anclado para evitar su desplazamiento, red o elemento equivalente.

ACCIONES PREVENTIVAS PARTICULARES

AMBIENTES PELIGROSOS

30) En las excavaciones o en todo lugar de trabajo en el que se efectúan procesos que produz-can la contaminación del ambiente con gases, vapores, humos, nieblas, polvos, fibras, aerosoles

o emanaciones de cualquier tipo, se debe disponer de dispositivos destinados a evitar que dichos contaminantes alcancen niveles que puedan afectar la salud del trabajador.

Si existiera contaminación de cualquier naturaleza o condiciones ambientales que pudieran ser per-judiciales para la salud, tales como carga térmica, vapores, gases, nieblas, polvos u otras impurezas en el aire, la ventilación debe contribuir a mantener permanentemente en la obra las condiciones ambientales y en especial la concentración adecuada de oxígeno y la de contaminantes dentro de los valores admisi-bles para evitar la existencia de zonas de estancamiento. Cuando la ventilación natural sea insuficiente, se debe instalar un sistema de ventilación forzada antiexplosiva que asegure condiciones atmosféricas respirables de acuerdo a la normativa vigente. La iluminación debe ser acorde a las tareas a realizar, con elementos protegidos del agua, antiexplosiva y alimentados con muy baja tensión (24/12 volt).

El servicio de Higiene y Seguridad debe solicitar al empleador las mediciones de contami-nantes. En función de los resultados obtenidos el servicio de Higiene y Seguridad debe adoptar las medidas de seguridad correspondientes. En estas situaciones, se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución S.R.T. Nº 953 del 2 de julio de 2010 referida a espacios confinados.

DOCUMENTACION PARA LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS

31) Los estudios preliminares realizados por el empleador para el desarrollo de los trabajos de ex-cavaciones a cielo abierto incluidas en la presente resolución, deben quedar perfectamente definidas en la memoria descriptiva. Los planos de instalaciones existentes (agua, gas, electricidad u otros), los estudios de suelo, los planos de ejecución de los trabajos, determinación del tipo de excavación, el mé-todo de entibado, de tablestacado, u otro medio eficaz para evitar derrumbes de las excavaciones, in-cluyendo la etapa de desentibado, los cálculos estructurales para el cumplimiento de las tareas; deben ser realizados y rubricados por profesionales matriculados en sus respectivos ámbitos de competen-cia. Toda esta documentación necesaria para la ejecución de los trabajos en forma segura, forma parte del Legajo Técnico de la Obra, complementando los requerimientos señalados en el artículo 20 del Decreto Nº 911/96 y en el artículo 3° de la Resolución S.R.T. Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996.

El responsable del Servicio de Higiene y Seguridad toma como base todos los datos del Legajo Técnico y debe confeccionar el PROGRAMA DE SEGURIDAD adoptando las medidas de seguridad correspondientes, de acuerdo a las características de cada etapa de la obra hasta su terminación y realizará el seguimiento y verificación de su cumplimiento en la obra.

El Servicio de Higiene y Seguridad debe realizar un PROGRAMA DE CAPACITACION a todos los niveles de la empresa; superior, intermedio y operativo, específico para estas tareas, que debe formar parte del Legajo Técnico de la obra. Indicando en el mismo: tiempo de ejecución de las actividades por etapa de obra, objetivos de las actividades, duración y contenidos.

La empresa no puede iniciar los trabajos si no tiene en obra el Programa de Seguridad apro-bado por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo correspondiente.

32) La empresa debe implementar en las distintas etapas de obra, la ejecución de los Análisis de Trabajo Seguro (A.T.S.), para identificar los riesgos potenciales relacionados con cada etapa de las tareas y desarrollar las soluciones que eliminen o controlen estos riesgos. Estos documentos debidamente firmados por los participantes; deben formar parte del Legajo Técnico.

33) Es obligación del empleador mantener toda la documentación en la obra, perfectamente ordenada, incluyendo las constancias de visitas de las aseguradoras, de modo tal que los Orga-nismos de control puedan verificar que los trabajos se han realizado de acuerdo a lo planificado.

AVISOS DE OBRA

34) Todo empleador que ejecute tareas de excavación a cielo abierto, encuadradas en esta resolución, en el campo de observaciones del Aviso de Obra debe indicar qué tipo de excavacio-nes superiores a UN METRO VEINTE (1,20 m) de profundidad ejecutará: excavaciones de zanjas, pozos y todo otro tipo de excavaciones a cielo abierto que no se encuentren incluidas en la Resolu-ción S.R.T. Nº 550 de fecha 26 de abril de 2011. Cuando las empresas realicen trabajos repetitivos y de duración menor de SIETE (7) días, en el AVISO DE OBRA, deben indicar que se trata de obras incluidas en la Resolución S.R.T. Nº 319 de fecha 9 de septiembre de 1999 y deben ejecutar un úni-co Aviso de obra que contemple el período de SEIS (6) meses donde se señalan las zonas de tra-bajo. Además deben informar en forma diaria y fehaciente a su A.R.T., mediante correo electrónico, la ubicación precisa de las obras y fecha de inicio y terminación de las tareas que está realizando.

ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.)

35) Cuando los empleadores presenten a las A.R.T. Avisos de Obra y Programas de Seguridad que indiquen trabajos en excavaciones a cielo abierto superiores a UN METRO VEINTE (1,20 m), las A.R.T. deben realizar obligatoriamente un Plan de Visitas que contemple como mínimo UNA (1) visita dentro de los SIETE (7) días corridos al inicio de los trabajos y luego UNA (1) visita cada QUINCE (15) días corridos, con el fin de verificar el cumplimento de dicho Programa.

e. 14/03/2014 Nº 15790/14 v. 14/03/2014#F4534735F#

Page 31: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 31

REMATES OFICIALESAnteriores

#I4532150I#BANCO DE LA NACION ARGENTINA

SUCURSAL CAMPO LARGO

Banco de la Nación Argentina, hace saber por tres publicaciones, en el Boletín Oficial de la Nación y un diario local, que el Martillero José De Jesús Fernández - M.F. 18 - CUIT. 20-07911507-0, REMATARA día viernes 28 de Marzo 2014, a las 10 horas en el Salón del Colegio de Mar-tilleros del Chaco, sito en calle Roque Sáenz Peña N°: 570, de la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco, dos bienes inmuebles ubicados en la localidad de Campo Largo, Provincia del Chaco, con todo lo edificado, clavado plantado y adherido al suelo que los mismos tuvieren; 1)- ubicado sobre acceso pavimentado al pueblo de Campo Largo, que conforme plano de mensu-ra y subdivisión se designa como: Circunscripción IX, Sección B, quinta 17, manzana 1, Parcela 33, cuya superficie es de 108,13 m2 (8,65 X 12,50). Inscripto Matrícula N°: 1.707 Dpto. Independencia. Inmueble baldío, sin ocupantes. 2) ubicado sobre calle: Remedio de Escalada, de Campo Largo, que conforme plano de mensura y subdivisión se designa como: Circunscripción: IX, Sección B, Quinta 17, manzana: 1, Parcela: 29, cuya superficie es de 420,62 m2 (12,50 X 33,65) Inscripto Matrícula N°: 685 Dpto. Independencia. En el mismo se halla construido un galpón totalmente cerrado, con paredes de mampostería de ladrillos, techo de chapas parabólicos sobre cabreadas metálicas, dos portones, con pisos de cemento y ladrillos existiendo en su interior una construc-ción de 72 m2, con entrepiso de las mismas dimensiones, con piso de mosaicos calcáreos en ambas plantas, techo de losa en la planta baja, cielo raso de machimbre en la planta alta, con revoque interno, acceso a la planta alta por medio de escalera de madera. Con ocupante. Deudas: Municipalidad: 1) $ 963,52; 2) $ 1225,70 al 16-01-2014; Sameep.: 1) y 2, no registran deudas al 16-01-2014; Secheep: 1) $ 1.100,46; 2) $ 2.157,05; al 16-01-2014. BASE: Inmueble: 1) $ 47.048,33; y 2) $ 380.663,81 (Valor Deuda Hipotecaria actualizada de Cada uno), siendo la venta al contado y mejor precio. Comisión: 3% a cargo del comprador Seña 20% en el acto de remate; saldo del precio dentro de los diez días de aprobada la subasta por el Banco Nación. El saldo de precio se actualizará por tasa de cartera general, hasta el efectivo pago; no así la seña, que se retornará en su importe nominal, en caso de no aprobación de la subasta. Plazo para escriturar 45 días corridos a partir de la aprobación del remate. Escribano designado por Banco Nación. Gastos de escritura-ción y honorarios a cargo del comprador. En ambos casos a falta de postores por las bases con-signadas y transcurrida una hora de la señalada para el remate, se efectuará un segundo remate con una reducción del 25%, en cada base fijada. Quedando todo sujeto a la ulterior aprobación del remate por parte del Banco de la Nación Argentina. Siendo esta liquidación realizada conforme lo previsto en el Art. 29 de la Carta Orgánica del Banco de la Nación Argentina, Ley 21.799 y Ley 22.232; carta orgánica del Banco Hipotecario Nacional Causa tramitada por ante el Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de PRS. Peña, caratulada “Herrero, Juan Carlos c/Le Favi, Ramón s/pedido de Quiebra”, Expte.: 2.719/00. Las deudas que gravan los bienes de-tallados son a cargo de la quiebra, de existir montos que deban ser reconocidos y abonados, son ellos por cuenta exclusiva del comprador. Remate ordenado en autos: “Banco Nación Argentina c/Le Favi, Luis Ramón y Le Favi, Juana Alegre de s/Liquidación Administrativa de Inmuebles urbanos Hipotecados, por Res. de Gcia. Zonal de fecha 23/10/03. El Banco no responde por evicción ni saneamiento de títulos ni planos. Recibimiento de ofertas en sobre cerrado: deberá ser entregado, hasta 48 horas antes de la fecha fijada para la subasta para lo que deberán consultar y tramitarse en Gerencia de Sucursal del Banco Nación Campo Largo, Provincia del Chaco. La apertura de los sobres estará a cargo del Martillero actuante y se realizará 15 minutos antes del horario fijado para la subasta en el mismo acto del remate. El Remate no se suspende por lluvia. Informes: Banco Na-ción, Sucursal Campo Largo TE: 0364-4495002/4495032 y/o Martillero actuante: 0362-154649882.

Campo Largo (Chaco), 28 Febrero 2014.

Sr. SANTIAGO A. AYALA, Gerente, Sucursal Campo Largo, Chaco.

e. 13/03/2014 Nº 14327/14 v. 17/03/2014#F4532150F#

AVISOS OFICIALESAnteriores

#I4526017I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor Carlos Desiderio Knotek (L.E. Nº 8.320.086), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a estar a derecho en el Expediente Nº 100.950/09, Sumario Nº 5116, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — CAROLINA E. PICÓ, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 10/03/2014 Nº 13036/14 v. 14/03/2014#F4526017F#

#I4526027I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al Señor Alberto Enrique Díaz Rodrí-guez (D.N.I. Nº 93.938.625) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Su-mario Cambiario Nº 4676, Expediente Nº 101.505/07, caratulado “Bimbo de Argentina S.A. y otros”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley Nº 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

PAULA L. CASTRO, Analista Sr, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — ANALIA G. TACCONE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 10/03/2014 Nº 13046/14 v. 14/03/2014#F4526027F#

#I4526028I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina notifica en el Sumario Nº  4848, Expedien-te Nº 100.295/11 a la firma BIOCROM S.A. y Otros, al señor JUAN DOMINGO MANNARA (DNI Nº 30.664.717) la instrucción de las presentes actuaciones, en los términos del artículo 8° de la Ley 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), haciéndole saber que en el plazo de diez (10) días hábiles ban-carios deberá presentar su descargo, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía. Publíquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial.

MARIA G. BRAVO, Analista Sr, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 10/03/2014 Nº 13047/14 v. 14/03/2014#F4526028F#

#I4526032I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles banca-rios a la firma Lisboa S.A. (C.U.I.T. Nº 30-70860415-8), para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8602”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente Nº 100.269/09, Sumario Nº 4560, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

HERNAN F. LIZZI, Analista Sr de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 10/03/2014 Nº 13051/14 v. 14/03/2014#F4526032F#

#I4526035I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina intima a la señora Andrea Verónica Muiños (D.N.I. Nº 23.509.398), en el Sumario Nº 5522, Expediente Nº 101.454/11, a que presente descargo que haga a su derecho de defensa dentro del quinto día hábil de notificada mediante la publicación de edicto, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sito en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, en el horario de 10:00 a 13:00 hs. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

HERNAN F. LIZZI, Analista Sr, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 10/03/2014 Nº 13054/14 v. 14/03/2014#F4526035F#

#I4526037I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina notifica a los señores Hugo Gualberto Ramón (D.N.I. Nº 12.277.456) y Gustavo Dante Milanese (D.N.I. Nº 14.010.348), en el Sumario Nº 4404, Expediente Nº 100.009/06, la resolución de fecha 9 de diciembre de 2013 se dispuso: 1. Declarar la clausura del período probatorio de conformidad con el procedimiento previsto en el articulo 8° inciso c) de la Ley del Régimen Penal Cambiario (t.o. por Decreto Nº 480/95). 2. Intimar a los Su-mariados —Hugo Gualberto RAMON y Gustavo Dante MILANESE— para que en el plazo de 5 días constituyan domicilio en el radio de Capital Federal, bajo apercibimiento de tenerlos por constitui-do en esta dependencia. 3. Notifíquese por Boletín Oficial.

HERNAN F. LIZZI, Analista Sr, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 10/03/2014 Nº 13056/14 v. 14/03/2014#F4526037F#

#I4526038I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina intima a la firma Frodi S.A. (C.U.I.T. Nº 30-69445617-7), en el Sumario Nº 4381, Expediente Nº 101.688/09, a que presente descargo dentro del quinto día hábil de notificada mediante la publicación de edicto, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sito en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, en el horario de 10:00 a 13:00 hs. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

HERNAN F. LIZZI, Analista Sr, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 10/03/2014 Nº 13057/14 v. 14/03/2014#F4526038F#

#I4532231I#ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Nº 66/2014

ACTA Nº 1299

Expediente ENRE Nº 39.783/2013

Bs. As., 27/2/2014

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Dar a publicidad la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pú-blica para la obra consistente en la construcción de la nueva Subestación Nº 129 “Aguas” 132/13,2 kV - 2x40 MVA más 1x20 MVA, y DOS (2) electroductos de 250m de longitud en 132 kV, durante DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar donde la obra se va a realizar, o pueda afectar eléctricamente.

Page 32: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 322.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar a CAMMESA

que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días, en el que deberá consignarse que se otorgan DIEZ (10) días hábiles administrativos a partir de la última publicación para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses eco-nómicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.

3.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación justificada, vencido el plazo señalado en el considerando precedente se considerará otorgado el Certificado de Conve-niencia y Necesidad Pública para la obra referida en el Artículo 1.

4.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir a “EDENOR S.A.” contestar las mismas y exponer sus argumentos. — RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presi-dente.— LUIS M. BARLETTA, Vicepresidente. — FEDERICO B. RICHARDS, Vocal Primero. — EN-RIQUE G. CARDESA, Vocal Segundo. — VALERIA MARTOFEL, Vocal Tercera.

e. 13/03/2014 Nº 14408/14 v. 14/03/2014#F4532231F#

ASOCIACIONES SINDICALES

#I4533343I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL (S.U.T.E.R. Y H.), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. N° 479/08.

ARTICULO PRIMERO: En la Ciudad de Villa Gesell, Partido de Villa Gesell, Provincia de Bue-nos Aires, a los 2 (dos) días del mes de octubre de 1986, se constituye el Sindicato Unico de Tra-bajadores de Edificios de Renta y Horizontal (S.U.T.E.R. Y H.), con domicilio en Avenida Buenos Aires entre Avenidas 7 y 8, Galería del Pinar, Local 11, de la Ciudad de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO SEGUNDO: El Sindicato Unico de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizon-tal agrupará a todos los trabajadores —cualquiera fuera su categoría— que presten servicios en edificios, inmuebles, barrios y/o emprendimientos urbanísticos comprendidos en el Régimen de Propiedad Horizontal, en el de Rentas y demás emprendimientos urbanísticos y/o inmobiliarios cualquiera sea la forma jurídica que los regule, incluso cuando la prestación de servicios sea ter-cerizada a través de particulares o empresas para tareas de mantenimiento, cuidado, limpieza o vigilancia.

ARTICULO TERCERO: El S.U.T.E.R. y H. tendrá como zona de actuación todo el partido de Villa Gesell.

ARTICULO DECIMOQUINTO: La Comisión Directiva estará integrada por nueve (9) miembros titulares y tres (3) suplentes, con los siguientes cargos: 1) un Secretario General; 2) un Secretario Adjunto; 3) un Secretario Gremial; 4) un Tesorero; 5) un Protesorero; 6) un Secretario de Acción Social; tres (3) Vocales Titulares y (3) Vocales Suplentes.

ARTICULO DECIMOCTAVO: Los miembros de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de cuentas durarán cuatro (4) años en sus cargos, pudiendo ser reelectos.

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.#F4533343F#

#I4533344I#SINTESIS DEL ESTATUTO DEL SINDICATO DE EMPLEADOS DEL ESTADO MUNICIPAL Y PROVINCIAL (SEMUP), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. N° 1236/13.

ARTICULO 1°: Denomínase “Sindicato de Empleados del Estado Municipal y Provincial” en adelante S.E.MU.P., fundada en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; a los 19 (diecinueve) días del mes de diciembre del año 2011 por Resolución de Asamblea General Extraordinaria y por voluntad de los trabajadores.

ARTICULO 2°: El “Sindicato de Empleados del Estado Municipal y Provincial” constituye su domicilio legal en la calle Gdor. Paz N° 928 Local “B” de la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina. Asimismo, contará con sec-cionales en la ciudad de Río Grande y la Localidad de Tolhuin, la que quedará condicionada su funcionamiento ad referéndum de la Comisión Directiva.

ARTICULO 3°: El ámbito de actuación del sindicato es la Provincia de Tierra del Fuego, Antár-tida e Islas del Atlántico Sur, por lo cual se podrá disponer la apertura de Delegaciones en todo el Territorio de la Provincia, las cuales serán autorizadas por Asamblea.

ARTICULO 14°: El Sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva com-puesta por 11 (once) Miembros Titulares.

Habrá además un Vocal Suplente que sólo integrará la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.

• SECRETARIO GENERAL

• SECRETARIO ADJUNTO

• SECRETARIO GREMIAL

• SECRETARIO DE FINANZAS

• SECRETARIO DE POLITICAS GENERALES

• SECRETARIO DE PRENSA Y ORGANIZACION

• SECRETARIO DE ACTAS

• SECRETARIO DE VIVIENDA

• SECRETARIO DE DEPORTE Y TURISMO

• SECRETARIO DE ACCION SOCIAL

• 1° VOCAL TITULAR

• 1° VOCAL SUPLENTE

ARTICULO 17°: El mandato de los Miembros de la Comisión Directiva durará 4 (cuatro) años. Los Miembros de la Comisión Directiva podrán ser reelectos.

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.#F4533344F#

#I4533345I#SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MERCEDES BUENOS AIRES, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. N° 1533/13.

ARTICULO 1

Bajo la denominación de Agrupación de Empleados y Obreros de la Energía Eléctrica, quedó constituida en la ciudad de MERCEDES (Bs. As.) a los trece días del mes de agosto de mil nove-cientos cuarenta y cuatro una institución formada por trabajadores, sin distinción de sexos, del Servicio Eléctrico de la República Argentina y que, a partir de la vigencia del presente Estatuto, se denominará “SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MERCEDES BUENOS AIRES”, constituyendo su Sede Central y fijando su domicilio legal en la calle 25 Nro. 351 de la ciudad de Mercedes (Bs. As.), sin perjuicio de los cambios que eventualmente se produzcan.

ARTICULO 2

Integran este Sindicato los núcleos de trabajadores organizados en distintos partidos, depar-tamentos y/o localidades del país, llamadas Seccionales.

Se deja constancia que en ninguna localidad del país podrá existir más de una Seccional de-pendiente de este Sindicato.

Inciso a) Aquellas localidades con menos de 10 trabajadores activos se integrarán a las Sec-cionales que son Cabeceras de partidos, departamentos o localidades.

ARTICULO 3

La zona de actuación del SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MERCEDES BUENOS AIRES es la siguiente:

PROVINCIA DE BUENOS AIRES:

Agote, Agustina, Agustín Roca, Alberti, Algarrobo, Altamirano, Ameghino, América, Antonio Carboni, Arrecifes, Arribeños, Arroyo Dulce, Ascensión, Atalaya, Ayacucho, Azcuénaga, Bandera-ló, Barker, Berutti, Bolívar, Bragado, Brandsen, Cañada Seca, Capitán Sarmiento, Carhué, Car-los Casares, Carmen de Areco, Carmen de Patagones, Castelli, Castilla, Colón, Comodoro Py, Copetonas, Coronel Charlone, Coronel Dorrego, Coronel Mon, Coronel Pringles, Coronel Seguí, Cucullú, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Dolores, Dudignac, Egaña, El Arbolito, El Dorado, El Socorro, Emilio V. Bunge, Ferré, Fortín Olavarría, Fortín Tiburcio, Francisco Madero, Franklin, French, Gahan, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Conesa, General La-madrid, General Madariaga, General O’Brien, General Paz, General Villegas, Gobernador Ugarte, González Moreno, Gorostiaga, Guaminí, Guanaco, Henderson, Inés Indart, Irala, Iriarte, Jeppener, José Guisasola, Juan B. Alberdi, Juan José Almeyra, Juan José Paso, Juan N. Fernández, Juárez, Junín, La Agraria, La Angelita, Las Carabelas, La Dulce, La Niña, Laplacette, La Plata, Laprida, Las Heras, Las Marianas, Las Martinetas, Leandro N. Alem, Lezama, Líbano, Lobería, Lobos, Manuel Ocampo, Mar del Sur, Mariano Alfonso, Mercedes, Micaela Cascallares, Miramar, Moctezuma, Moll, Mones Cazón, Monte Hermoso, Moquehuá, Morea, Morse, Navarro, Necochea, Norberto de la Riestra, Nueve de Julio, O’Higgins, Oriente, Patricios, Pearson, Pedernales, Pehuajó, Pellegrini, Piedritas, Pigüé, Pila, Pipinas, Pirovano, Punta Indio, Quenumá, Quiroga, Rafael Obligado, Ramón Biaus, Rauch, Rawson, Rivas, Rojas, Roque Pérez, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Andrés de Gi-les, San Antonio de Areco, San Cayetano, San Jorge, San Manuel, Sansinena, Santa Eleodora, Santa Regina, Suipacha, Tandil, Tedín Uriburu, Todd, Treinta de Agosto, Trenque Lauquen, Tres Al-garrogos, Tres Lomas, Urdampilleta, Vedia, Veinticinco de Mayo, Vela, Villa Gesell, Villa Lía, Villars, Villa Ruiz, Villa Saboya, Villa Sauze, Warnes.

PROVINCIA DEL CHACO:

Barranqueras, Basail, Colonia Baranda, Colonia Benítez, Capitán Solari, Fontana, General San Martín, Isla del Cerrito, La Eduvigis, Makallé, Margarita Belén, Pampa Almirón, Puerto Bastiani, Puerto Tirol, Resistencia, Vilelas.

PROVINCIA DE CORDOBA:

Laboulaye.

PROVINCIA DE ENTRE RIOS:

Colonia Elías, Concordia, Conscripto Bernardi, Crespo, Federal, General Galarza, General Campos, Gualeguay, Gualeguaychú, Ibicuy, Los Charrúas, Islas del Ibicuy, San Jaime, San Salva-dor, Sauce de Luna y Villa Larroque:

PROVINCIA DE LA PAMPA:

Adolfo Van Praet, Alpachiri, Alta Italia, Anguil, Arata, Bernardo Larroudé, Bernasconi, Caleufú, Casa de Piedra, Catriló, Ceballos, Colonia Barón, Colonia 25 de Mayo, Conhello, Coronel Hilario Lagos, Doblas, Dorila, Eduardo Castex, Embajador Martini, General M. Campos, General Pico, Guatraché, Ingeniero Luiggi, Intendente Alvear, La Maruja, Lonquimay, Luan Toro, Macachín, Mai-sonnave, Metileo, Miguel Cané, Miguel Riglos, Monte Nievas, Parera, Puelches, Quemú-Quemú, Quetrequén, Rancul, Realicó, Rolón, Santa Isabel, Santa Rosa, Santa Teresa, Sarah, Speluzzi, Telén, Trenel, Uriburu, Vértiz, Victorica, Villa Mirasol, Winifreda.

PROVINCIA DE SAN LUIS:

Arizona, Balde, Buena Esperanza, Concarán, Fortuna, Fraga, Justo Daract, La Toma, Merce-des, Merlo, Naschel, Quines, San Francisco, San Gerónimo, San Luis, San Martín, Santa Rosa, Tilisarao, Unión, Villa del Carmen.

Page 33: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 33PROVINCIA DE SANTA FE:

Las Rosas, Teodelina.

Inciso a) Esta zona de actuación está sujeta a las ampliaciones que se soliciten al órgano competente. Autorizada la ampliación, se incorporará de pleno derecho a las zonas originarias, sin que ello signifique modificación del presente Estatuto.

ARTICULO 26

Integración de la Comisión Directiva Central

La Comisión Directiva Central estará compuesta por dieciocho (18) miembros titulares y cua-tro (4) vocales suplentes de la siguiente forma:

- Secretario General

- Prosecretario General

- Secretario Gremial

- Tres (3) Prosecretarios Gremiales

- Secretario de Organización e Interior

- Prosecretario de Organización e Interior

- Secretario de Hacienda, Construcción y Vivienda

- Dos (2) Prosecretarios de Hacienda, Construcción y Vivienda

- Secretario de Previsión Social y Actas

- Prosecretario de Previsión Social y Actas

- Secretario de Prensa, Cultura, Propaganda, Relaciones Públicas, Asuntos Energéticos y Capacitación

- Prosecretario de Prensa, Cultura, Propaganda, Relaciones Públicas, Asuntos Energéticos y Capacitación

- Secretario de Servicios Sociales

- Prosecretario de Servicios Sociales

- Secretario de Turismo

- Cuatro Vocales Suplentes.

Los miembros suplentes no forman parte del Organo Directivo hasta tanto no ocupen los cargos titulares vacantes.

ARTICULO 27

Duración de su Mandato

Los miembros de la Comisión Directiva Central durarán en sus funciones cuarenta y ocho (48) meses pudiendo los mismos ser reelectos, total o parcialmente.

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.#F4533345F#

#I4533347I#SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA UNI-VERSIDAD NACIONAL DE QUILMES (ATUNQ), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. N° 1339/13.

ARTICULO 1°: En la Ciudad de Quilmes a los dos (2) días del mes de septiembre de dos mil tres, se constituye la “Entidad Gremial de Primer Grado denominada ASOCIACION de TRABAJA-DORES de la UNIVERSIDAD NACIONAL de QUILMES” (ATUNQ), que agrupa a los trabajadores NO DOCENTES de planta permanente, transitoria y contratados, en todas sus categorías y agrupa-mientos y a los jubilados, siempre que al momento de acogerse al beneficio jubilatorio se hubiesen encontrado afiliados a la entidad; sin distinción de sexos, nacionalidad o ideas en la Universidad Nacional de Quilmes, con domicilio legal en calle Roque Sáenz Peña 352 de la Ciudad de Bernal, Provincia de Buenos Aires. Tendrá como zona de actuación la totalidad de las unidades acadé-micas de la Universidad Nacional de Quilmes, independientemente de su localización geográfica en el territorio de la República Argentina constituyendo una Asociación Gremial con carácter de permanente para la defensa de los intereses gremiales de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

Objeto

DE LOS OBJETIVOS Y FINES DE LA ASOCIACION

ARTICULO 2°: Constituye la misión de esta Asociación el ejercicio de todos los derechos y acciones tendientes al mejoramiento de las condiciones de trabajo y de vida de los trabajadores que representa y la defensa de sus intereses sindicales, mutuales, educacionales, sociales y eco-nómicos. A título meramente enunciativo, son sus fines principales:

a) Defender sus intereses gremiales y sociales de los que agrupa, y representarlos ante empleadores, autoridades y demás personas o entidades ante las cuales sea necesario ejercer dicha representación; garantizando la adopción de medidas tendientes a elevar las condicio-nes laborales, económicas, sociales y culturales de los trabajadores NO DOCENTES de la UNQ.

b) Fomentar la unión y agremiación de los trabajadores comprendidos en su zona de actua-ción.

c) Gestionar, ante las autoridades públicas y demás organismos correspondientes, la adop-ción de medidas tendientes a elevar las condiciones laborales, económicas, sociales y culturales de los asociados.

d) Velar por el fiel cumplimiento de las leyes del trabajo y seguridad social, cooperando con las autoridades públicas en el estudio y mejoramiento de las mismas, y denunciando las infracciones a la legislación vigente en la materia.

e) Promover la incorporación de trabajadores contratados e interinos que presten servicios en forma continua a la planta permanente de la Universidad.

f) Proporcionar y concretar mejoras salariales y de otra índole, en forma justa y equitativa en beneficio de los trabajadores que agrupa y bregar por la igualdad de oportunidades.

g) Propiciar y concretar convenciones colectivas de trabajo.

h) Mantener la más estrecha relación de solidaridad con los distintos sindicatos y otras insti-tuciones profesionales, culturales, tanto en el orden nacional como continental y mundial, cuyos fines y objetivos concuerden con los principios sustentados por esta asociación, intercambiando información, promoviendo acciones conjuntas y experiencias que generen un aporte al fortale-cimiento de la unidad y superación de los trabajadores.

i) Trabajar para la elevación cultural, profesional y social de los afiliados, impulsar el hábito al estudio, al trabajo, a la economía y previsión, inculcar el concepto a la responsabilidad, respeto mutuo, y conciencia de los derechos y deberes de los trabajadores y sus familias.

j) Promover mejorar la instrucción general, cultural y profesional de los afiliados mediante obras y programas apropiados, tales como biblioteca, conferencias, publicaciones, escuelas, cur-sos técnicos y de capacitación, talleres y exposiciones, y considerar aquellos que los afiliados propongan.

k) Tender a la formación y organización de sociedades cooperativas, mutuales, campos depor-tivos, proveedurías, seguros colectivos y subsidios entre los afiliados, de acuerdo a la legislación vi-gente.

l) Realizar toda otra acción —por medios propios o por convenios con otras asociaciones— que concurra a ampliar el grado de bienestar que gozan sus representados, abarcando aspectos de descanso en colonias de vacaciones, turismo de esparcimiento, planes de vivienda y de toda otra actividad que persiga idénticas finalidades.

m) Establecer cuotas o contribuciones a sus afiliados, mediante resolución de Asamblea Ex-traordinaria.

n) Realizar toda actividad lícita que tenga por fin conquistar mejoras de toda índole para todos los trabajadores NO DOCENTES de esta Universidad.

o) Afiliarse o desafiliarse a federaciones, confederaciones y entidades gremiales, cuando así lo resuelva la Asamblea Extraordinaria de afiliados, convocada a tal efecto.

p) Bregar por la participación de todos los NO DOCENTES sin discriminación de ningún tipo.

q) Bregar por la participación de los NO DOCENTES en el control de la Obra Social.

r) Bregar por la integración de la Universidad con la comunidad.

s) Crear y organizar seccionales y delegaciones en su zona de actuación cuando el número de afiliados y las necesidades del lugar así lo requieran, mediante la aprobación de la Asamblea Extraordinaria.

t) Bregar por la defensa irrestricta de los derechos humanos.

u) Defender los comunes intereses de los NO DECENTES universitarios que agrupa, sin dis-criminación alguna.

v) Participar en encuentros, asambleas o congresos de orden nacional e internacional, cuando estos debatan problemas que interesen a los NO DOCENTES en particular o a los trabajadores en general.

w) Promover y luchar para garantizar la transparencia de los actos administrativos de la Uni-versidad.

x) Garantizar la transparencia de la información a los afiliados haciéndola pública a todo el personal de la Universidad Nacional de Quilmes.

y) Luchar permanentemente por la vigencia de las instituciones y el orden constitucional, la soberanía popular y por el mejoramiento de toda legislación sobre el particular, defendiendo el imperio de aquella que interprete en verdadero sentir de los trabajadores.

ARTICULO 3°: La Asociación encuadra dentro de su representación a los trabajadores en relación de dependencia con la Universidad descriptos en el artículo 1º sean estos administrati-vos, profesionales, técnicos y de maestranza; también en todo el ámbito del servicio que presta la Universidad Nacional de Quilmes.

ARTICULO 42°: La Comisión Directiva está integrada por miembros titulares con los siguien-tes cargos:

Un Secretario General

Un Secretario Adjunto y de Actas

Un Secretario de Asuntos Gremiales

Un Secretario de Finanzas

Un Secretario de Acción Social y Derechos Humanos

Un Secretario de Comunicación Social

Un Secretario de Organización y Asuntos Legales

Dos Vocales Titulares y dos Suplentes, que cubrirán los cargos vacantes en caso de renuncia, fallecimiento o impedimento de los titulares.

Sus mandatos durarán tres (3) años y podrán ser reelectos sólo una vez.

Cantidad de compañeros afiliados: 160

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.#F4533347F#

Page 34: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 34#I4533349I#

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION DE DOCENTES, EXTENSIO-NISTAS E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL ARTURO JAURETCHE (ADEIUNAJ), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. N° 1237/13.

ARTICULO 1.- A los 13 días del mes de diciembre de 2011, se constituye el SINDICATO Aso-ciación de Docentes, Extensionistas e Investigadores de la Universidad Nacional Arturo Jauretche (ADEIUNAJ) como entidad de primer grado, que agrupará a los trabajadores Docentes, Investiga-dores y Extensionistas que presten servicios en relación dependiente en la Universidad Nacional Arturo Jauretche, en adelante UNAJ. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación la totalidad de las unidades académicas y sedes de la UNAJ, independientemente de la localización geográfica en el territorio de la República Ar-gentina, siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en Avenida Calchaquí N° 6200, Partido de Florencio Varela CP 1888, Provincia de Buenos Aires.

COMISION DIRECTIVA

ARTICULO 29.- El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compues-ta por once (11) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:

Secretaría General

Secretaría General Adjunta

Secretaría de Organización

Secretaría Gremial

Secretaría de Finanzas y Administración

Secretaría de Acción Social

Secretaría de Capacitación, Cultura y Difusión

Secretaría de Derechos Humanos

Secretaría de Política de Género

2 Vocales Titulares.

Habrá además dos (2) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.

El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años. Los car-gos de Secretaría General, Secretaría General Adjunta y Secretaría de Finanzas podrán ser reelegidos sólo por un período consecutivo. Los titulares de las mencionadas Secretarías no podrán ser reelegidos para un tercer mandato consecutivo en ninguno de los tres cargos mencionados.

ARTICULO 48.- La Comisión Revisora de Cuentas se integra con tres miembros titulares e igual número de suplentes, quienes deberán reunir las condiciones legales y estatutarias que se exigen para integrar la Comisión Directiva.

Cantidad total de trabajadores: 300

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.#F4533349F#

#I4533350I#SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION SINDICAL DE OBREROS Y EM-PLEADOS MUNICIPALES DE SAN JAVIER, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. 923/13.

ARTICULO 1º: Con el nombre de ASOCIACION SINDICAL DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE SAN JAVIER se constituye con fecha 21 de junio de 2011 la Entidad Gremial de primer grado, que agrupará a todos los trabajadores municipales, ya sea de planta perma-nente, transitoria o contratados, que presten servicios, cualquiera sea la función o la situación de revista, para la Municipalidad de San Javier, Comuna de Alejandra, Comuna de La Brava, Co-muna de Romang, Comuna de Colonia Duran, todas del Departamento San Javier y Comuna de Colonia Macias perteneciente al Departamento Garay (Provincia de Santa Fe), exceptuándose a las autoridades municipales.

ARTICULO 2º: El Sindicato constituye domicilio en la calle Gral. López 1124 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, y tendrá como zona de actuación territorial el ámbito compren-dido por la Municipalidad de San Javier, Comuna de Alejandra, Comuna de La Brava, Comuna de Romang, Comuna de Colonia Duran, todas del Departamento San Javier y Comuna de Colonia Macias perteneciente al Departamento Garay (Provincia de Santa Fe), exceptuándose a las auto-ridades municipales y comunales.

ARTICULO 3º: Constituyen los fines gremiales, sociales, y culturales del Sindicato:

a) Defender los intereses individuales y colectivos de los trabajadores municipales que agru-pa, representándolos ante el empleador, autoridades comunales o entidades ante las cuales sea menester ejercer dicha representación, no pudiendo la Entidad establecer diferencia alguna por razones ideológicas, de nacionalidad, raza, sexo, credo o religión, debiéndose abstener de dar un trato discriminatorio a sus afiliados. Cuando los superiores e irrenunciables derechos o intereses de la clase trabajadora municipal así lo impongan. El sindicato no perseguirá fines políticos parti-darios quedando terminantemente prohibido cualquier acto y/o manifestación y/o propaganda al respecto que involucre a la Institución.

b) Contribuir a la vigilancia del cumplimiento de la normativa laboral imperante, promo-viendo su perfeccionamiento y cambios tendientes a mejorar las condiciones de trabajo del sector.

c) Crear y fomentar vínculos solidarios entre sus asociados, y con organizaciones hermanas del país y del extranjero, lo mismo que la ayuda mutua entre sus afiliados, todo ello sin fines de lucro.

d) Concertar convenios colectivos de trabajo, preservando las conquistas logradas.

e) Promover la elevación cultural y el perfeccionamiento de la instrucción general de sus afilia-dos, mediante obras apropiadas tales como bibliotecas, conferencias, dictados de cursos, talle-res, y toda otra actividad que persiga idéntica finalidad.

f) Fomentar toda acción que concurra a ampliar el grado de bienestar de sus afiliados, abar-cando aspectos de descanso en colonias de vacaciones, turismo, esparcimiento, planes de vivien-das, promoción de mutuales y cooperativas, y toda otra actividad que persiga idéntica finalidad.

ARTICULO 32º: El Sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva com-puesta por 10 miembros titulares quienes ocuparán los siguientes cargos, un Secretario General, un Secretario Adjunto, un Secretario Gremial y de Organización, un Secretario de Finanzas, un Secretario Administrativo y de Actas, un Secretario de Prensa y Difusión, un Secretario de Re-creación, Deportes y Previsión Social, 3 vocales Titulares. Asimismo, se preverá la elección de 3 vocales suplentes, los que sólo ocuparán un cargo titular en los casos de vacancia de un cargo titular. La distribución de los cargos titulares será la siguiente: 7 miembros titulares en funciones de Secretarios, y tres (3) vocales titulares.

El mandato de la Comisión Directiva durará 4 años, pudiendo sus miembros ser reelectos.

La cantidad de afiliados a la fecha de aprobación del estatuto es de 185 (Ciento Ochenta y Cinco) afiliados.

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.#F4533350F#

CONVENCIONESCOLECTIVAS DE TRABAJO

#I4524906I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 14/2014

Tope N° 92/2014

Bs. As., 27/1/2014

VISTO el Expediente N° 1.429.270/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1962 del 11 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente N°  1.563.135/13 agregado como fojas 125 al Expediente N° 1.429.270/11, obra la escala salarial pactada entre la ASOCIACION DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS, por la parte sindical y la empresa LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 861/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRE-TARIA DE TRABAJO N° 1962 del 11 de diciembre de 2013 y registrado bajo el N° 1559/13, confor-me surge de fojas 136/138 y 141, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 149/154, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1962 del 11 de diciembre de 2013, y registrado bajo el N° 1559/13, suscripto entre la ASOCIACION DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS, por la parte sindical y la empre-sa LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

Page 35: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 35ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial

y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente N° 1.429.270/11

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LA REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

ASOCIACION DE PILOTOS DE LINEAS AEREASC/LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

- Fuselaje Ancho 01/01/2011 $ 20.842,50 $ 62.527,50

01/04/2011 $ 21.323,50 $ 63.970,50

- Fuselaje Angosto 01/01/2011 $ 16.906,50 $ 50.719,50

01/04/2011 $ 17.292,50 $ 51.877,50

CCT N° 861/07 “E”

Expediente N° 1.429.270/11

Buenos Aires, 28 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 14/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 92/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordi-nación - D.N.R.T.

#F4524906F#

#I4524912I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 15/2014

Tope N° 93/2014

Bs. As., 27/1/2014

VISTO el Expediente N° 226.475/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modi-ficatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1992 del 13 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente N° 226.475/13, obra la escala salarial pactada entre la ASO-CIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por el sector sindical, y la empresa ENERGIA DE ENTRE RIOS SOCIEDAD ANONIMA (ENER S.A.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 935/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1992 del 13 de diciembre de 2013 y registrado bajo el N° 1586/13, conforme surge de fojas 18/20 y 23, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 31/35, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Reso-lución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1992 del 13 de diciembre de 2013, y registrado bajo el N° 1586/13, suscripto entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por el sector sindical, y la empresa ENERGIA DE ENTRE RIOS SO-CIEDAD ANONIMA (ENER S.A.), conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente N° 226.475/13

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICAC/ENERGIA DE ENTRE RIOS SOCIEDAD ANONIMA (ENER S.A.)

CCT N° 935/07 “E”

01/01/2013 $ 9.034,61 $ 27.103,83

01/03/2013 $ 9.470,02 $ 28.410,06

01/06/2013 $ 10.222,01 $ 30.666,03

Expediente N° 226.475/13

Buenos Aires, 28 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 15/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 93/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordi-nación - D.N.R.T.

#F4524912F#

#I4524914I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 16/2014

Tope N° 94/2014

Bs. As., 27/1/2014

VISTO el Expediente N° 226.474/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modi-ficatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1993 del 13 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente N° 226.474/13, obra la escala salarial pactada entre la ASO-CIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por el sector sindical, y la empresa ENERGIA DE ENTRE RIOS SOCIEDAD ANONIMA (ENER S.A.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 935/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1993 del 13 de diciembre de 2013 y registrado bajo el N° 1585/13, conforme surge de fojas 18/20 y 23, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 31/33, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N°  1993 del 13 de diciembre de 2013, y registrado bajo el N° 1585/13, suscripto entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por el sector sindical y la empresa ENERGIA DE ENTRE RIOS SOCIEDAD ANONIMA (ENER S.A.), conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo,

Page 36: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 36a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente N° 226.474/13

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICAC/ENERGIA DE ENTRE RIOS SOCIEDAD ANONIMA (ENER S.A.)

CCT N° 935/07 “E”

01/09/2012 $ 8.604,37 $ 25.813,11

Expediente N° 226.474/13

Buenos Aires, 28 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 16/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 94/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordi-nación - D.N.R.T.

#F4524914F#

#I4524915I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 17/2014

Tope N° 95/2014

Bs. As., 27/1/2014

VISTO el Expediente N° 1.045.129/01 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 1024 del 20 de noviembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente N°  1.551.590/13 agregado como fojas 328 al Expediente N° 1.045.129/01, obra la escala salarial pactada entre la UNION FERROVIARIA, por el sector gre-mial, y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 24/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Ne-gociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la Disposi-ción D.N.R.T. N° 1024/13 y registrado bajo el N° 1392/13, conforme surge de fojas 391/393 y 396, respectivamente.

Que a fojas 5 del Expediente N°  1.564.320/13 agregado como fojas 378 al Expediente N° 1.045.129/01, obran las escalas salariales pactadas entre la UNION FERROVIARIA, por el sector gremial, y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, por el sector emplea-dor, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 24/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 3° de la Disposición D.N.R.T. N° 1024/13 y registrado bajo el N° 1394/13, conforme surge de fojas 391/393 y 396, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la pre-sente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 404/408, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N°  20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el

artículo 1° de la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N°  1024 del 20 de noviembre de 2013 y registrado bajo el N° 1392/13 suscripto entre la UNION FE-RROVIARIA, por el sector gremial, y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, por el sector empleador, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 3° de la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 1024 del 20 de noviembre de 2013 y registrado bajo el N° 1394/13 suscripto entre la UNION FERROVIARIA, por el sector gremial, y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, por el sector empleador, con-forme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Regis-tro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resul-tante.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO I

Expediente N° 1.045.129/01

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTEUNION FERROVIARIAC/CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA

Acuerdo N° 1392/13

CCT N° 24/75

01/09/2012 $ 13.045,31 $ 39.135,93

ANEXO II

Expediente N° 1.045.129/01

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

UNION FERROVIARIAC/CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA

Acuerdo N° 1394/13

CCT N° 24/75

01/01/2013 $ 14.502,10 $ 43.506,30

01/07/2013 $ 16.005,57 $ 48.016,71

Expediente N° 1.045.129/01

Buenos Aires, 28 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 17/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 95/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordi-nación - D.N.R.T.

#F4524915F#

#I4524916I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 18/2014

Tope N° 96/2014

Bs. As., 27/1/2014

VISTO el Expediente N° 1.555.535/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1421 del 10 de octubre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 40, ratificada a fojas 95, del Expediente N° 1.555.535/13, obra la escala sala-rial pactada entre el SINDICATO DE OPERADORES CINEMATOGRAFICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la ASOCIACION CINEMATOGRAFICA DE EXHIBIDO-RES INDEPENDIENTES y la ASOCIACION DE EMPRESARIOS CINEMATOGRAFICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte empresaria, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 484/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRE-TARIA DE TRABAJO N° 1421 del 10 de octubre de 2013 y registrado bajo el N° 1164/13, conforme surge de fojas 123/125 y 128, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Page 37: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 37Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina

triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 136/139, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1421 del 10 de octubre de 2013, y registrado bajo el N° 1164/13 suscripto entre el SINDICATO DE OPERADORES CINEMATOGRAFICOS DE LA REPUBLICA AR-GENTINA, por el sector sindical, y la ASOCIACION CINEMATOGRAFICA DE EXHIBIDORES IN-DEPENDIENTES y la ASOCIACION DE EMPRESARIOS CINEMATOGRAFICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte empresaria, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente N° 1.555.535/13

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE OPERADORES CINEMATOGRAFICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINAc/la ASOCIACION CINEMATOGRAFICA DE EXHIBIDORES INDEPENDIENTES, ASOCIACION DE EMPRESARIOS CINEMATOGRAFICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

CCT N° 484/07

01/05/2013 $ 4.945,80 $ 14.837,40

01/09/2013 $ 5.575,40 $ 16.726,20

Expediente N° 1.555.535/13

Buenos Aires, 28 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 18/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 96/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordi-nación - D.N.R.T.

#F4524916F#

#I4524957I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 37/2014

Tope N° 104/2014

Bs. As., 28/1/2014

VISTO el Expediente N° 1.582.600/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1581 del 28 de octubre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 18/19 del Expediente N° 1.582.600/13, obra la escala salarial pactada entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO, por la parte sindical y la CAMARA DE EMERGENCIAS MEDICAS Y MEDICINA EXTRAHOSPITALARIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, por la parte empresaria, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 657/12, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRE-TARIA DE TRABAJO N° 1581 del 28 de octubre de 2013 y registrado bajo el N° 1230/13, conforme surge de fojas 27/29 y 32, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 40/43, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1581 del 28 de octubre de 2013, y registrado bajo el N° 1230/13 suscripto entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO, por la parte sindical y la CAMARA DE EMERGENCIAS MEDICAS Y MEDICINA EXTRAHOSPITA-LARIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, por la parte empresaria conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente N° 1.582.600/13

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIOC/CAMARA DE EMERGENCIAS MEDICAS Y MEDICINA EXTRAHOSPITALARIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

CCT N° 657/12

01/01/2014 $ 5.832,23 $ 17.496,69

01/04/2014 $ 6.390,09 $ 19.170,27

Expediente N° 1.582.600/13

Buenos Aires, 29 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 37/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el núme-ro 104/14 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4524957F#

#I4524968I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 38/2014

Tope Nº 114/2014

Bs. As., 28/1/2014

VISTO el Expediente N° 1.558.778/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1639 del 5 de noviembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5 del Expediente N° 1.558.778/13, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa MINA PIRQUI-TAS INC., en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 38/89, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1639 del 5 de noviembre de 2013 y registrado bajo el N° 1268/13, conforme surge de fojas 105/107 y 110, respectivamente.

Page 38: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 38Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,

le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 122/125, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1639 del 5 de noviembre de 2013, y registrado bajo el N° 1268/13, suscripto entre el la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA, por el sector sindical, y la em-presa MINA PIRQUITAS INC., conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente N° 1.558.778/13

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS

REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

ASOCIACION OBRERA MINERAARGENTINAC/MINA PIRQUITAS INC.

CCT N° 38/89

01/03/2013 $ 9.920,25 $ 29.760,75

01/03/2014 $ 11.138,52 $ 33.415,56

Expediente N° 1.558.778/13

Buenos Aires, 29 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 38/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el núme-ro 114/14 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4524968F#

#I4524970I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 39/2014

Tope N° 103/2014

Bs. As., 28/1/2014

VISTO el Expediente N° 174.876/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modi-ficatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1802 del 27 de noviembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5 del Expediente N° 174.876/13, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical y BAHIA VERDE SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SE-CRETARIA DE TRABAJO N° 1802 del 27 de noviembre de 2013 y registrado bajo el N° 1418/13, conforme surge de fojas 34/36 y 39 respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación

de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que según surge de las presentes actuaciones, el incremento salarial pactado será aplicable a los trabajadores dependientes de la empresa BAHIA VERDE SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA que cumplen funciones en la PLANTA PROFERTIL.

Que en consecuencia, el promedio de las remuneraciones que se fija por la presente, del cual surge el respectivo tope indemnizatorio, resultará limitado al ámbito de aplicación personal del acuerdo de marras.

Que a fojas 47/51, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1802 del 27 de noviembre de 2013 y registrado bajo el N° 1418/13, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical y la empresa BAHIA VERDE SERVICIOS SO-CIEDAD ANONIMA, para los trabajadores dependientes de esta firma, que cumplen funciones en la PLANTA PROFERTIL, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente N° 174.876/13

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN

VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA C/ BAHIA VERDE SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA

-PLANTA PROFERTIL 01/04/2013 $ 11.952,62 $ 35.857,86

01/09/2013 $ 12.472,30 $ 37.416,90

01/01/2014 $ 13.095,91 $ 39.287,73

Acuerdo N° 1418/13

Expediente N° 174.876/13

Buenos Aires, 29 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 39/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el núme-ro 103/14 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4524970F#

#I4524973I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 40/2014

Tope N° 102/2014

Bs. As., 28/1/2014

VISTO el Expediente N° 174.921/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1790 del 27 de noviembre de 2013, y

Page 39: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 39CONSIDERANDO:

Que a fojas 6/7 del Expediente N° 174.921/13 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical y la empresa SERINT SUR S.R.L., conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1790/13 y registrado bajo el N° 1445/13, conforme surge de fojas 43/45 y 48, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que según lo establecido en el precitado acuerdo, el incremento salarial pactado será aplica-ble a los trabajadores dependientes de la empresa SERINT SUR S.R.L. que cumplen funciones en las PLANTAS PROFERTIL y DOW.

Que en consecuencia, el promedio de las remuneraciones que se fija por la presente, del cual surge el respectivo tope indemnizatorio, resultará limitado al ámbito de aplicación personal del acuerdo de marras.

Que a fojas 56/63, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1790 del 27 de noviembre de 2013 y registrado bajo el N° 1445/13, suscripto entre SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETRO-QUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical y la empresa SERINT SUR S.R.L., para los trabajadores dependientes de esta firma, que cumplen funciones en las PLAN-TAS PROFERTIL y DOW, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente N° 174.921/13

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA C/ SERINT SUR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

-PLANTAS PROFERTIL 01/04/2013 $ 8.299,05 $ 24.897,15

01/09/2013 $ 8.661,44 $ 25.984,32

01/01/2014 $ 9.094,43 $ 27.283,29

-PLANTAS DOW 01/04/2013 $ 11.013,47 $ 33.040,71

01/09/2013 $ 11.492,32 $ 34.476,96

Acuerdo N° 1445/1301/01/2014 $ 12.066,94 $ 36.200,82

Expediente N° 174.921/13

Buenos Aires, 29 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 40/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el núme-ro 102/14 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

#F4524973F#

#I4524975I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 41/2014

Tope N° 121/2014

Bs. As., 28/1/2014

VISTO el Expediente N° 1.583.423/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1905 del 5 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/2 vuelta y 3 del Expediente N° 1.583.423/13, obran las escalas salariales pacta-das entre la UNION EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION ARGENTINA - CORDOBA, por el sec-tor gremial, y la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION, el CENTRO DE ARQUITECTOS, INGENIEROS, CONSTRUCTORES Y AFINES, y la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCION, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 151/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1905 del 5 de diciembre de 2013 y registrado bajo el N° 1519/13, conforme surge de fojas 23/25 y 28, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 40/44, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONALDE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1905 del 5 de diciembre de 2013, y registrado bajo el N° 1519/13, suscripto entre la UNION EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION ARGENTINA - CORDOBA, por el sector gremial, y la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION, el CENTRO DE ARQUITEC-TOS, INGENIEROS, CONSTRUCTORES Y AFINES, y la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDA-DES DE LA CONSTRUCCION, por el sector empleador, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente N° 1.583.423/13

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

UNION EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION ARGENTINA - CORDOBA C/CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION, CENTRO DE ARQUITECTOS, INGENIEROS, CONSTRUCTORES Y AFINES, FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCION

CCT N° 151/75 - Provincia de Córdoba

01/04/2013 $ 5.511,53 $ 16.534,59

01/06/2013 $ 6.498,76 $ 19.496,28

01/09/2013 $ 6.888,82 $ 20.666,46

Expediente N° 1.583.423/13

Buenos Aires, 30 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 41/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el núme-ro 121/14 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación –D.N.R.T.

#F4524975F#

Page 40: Sumario DECRETOS - elDial.com · 2014-03-14 · MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 276/2014 Designación en la Subsecretaría de Políticas en Ciencia,

Viernes14demarzode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.846 40#I4524976I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 42/2014

Tope N° 120/2014

Bs. As., 28/1/2014

VISTO el Expediente N° 1.555.198/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1781 del 27 de noviembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 25/25 vuelta del Expediente N° 1.555.198/13 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION DE TRABAJADORES SOCIEDADES DE AUTORES Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y AADI-CAPIF ASOCIACION CIVIL RECAUDADORA, en el marco del Convenio Co-lectivo de Trabajo N° 41/89, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1781/13 y registrado bajo el N° 1405/13, conforme surge de fojas 49/51 y 54, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 62/66, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1781 del 27 de noviembre de 2013 y registrado bajo el N° 1405/13 suscripto entre la UNION DE TRABAJADORES SOCIEDADES DE AUTORES Y AFINES DE LA RE-PUBLICA ARGENTINA y AADI-CAPIF ASOCIACION CIVIL RECAUDADORA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Regis-tro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resul-tante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente N° 1.555.198/13

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA EN VIGENCIA

PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES

TOPE INDEMNIZATORIO

RESULTANTE

UNION DE TRABAJADORES SOCIEDADES DE AUTORES Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ AADI-CAPIF ASOCIACION CIVIL RECAUDADORA.

CCT N° 41/89

01/03/2013 $ 8.950,50 $ 26.851,50

01/07/2013 $ 9.666,58 $ 28.999,74

01/01/2014 $ 9.845,83 $ 29.537,49

Expediente N° 1.555.198/13

Buenos Aires, 30 de Enero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 42/14, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el núme-ro 120/14 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4524976F#