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  • boletn oficial de la provincia

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    C.V.E.: BOPBUR-2014-09584

    nm. 8 mircoles, 14 de enero de 2015e

    diputacin de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

    burgos

    V. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

    SODEBURSOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS

    Convocatoria pblica de la Sociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgos (Sodebur) para la concesin de subvenciones para Entidades Locales de la provincia de Burgos con poblacin inferior a 20.000 habitantes con destino a la renovacin de las instalaciones elctricas municipales para el cumplimiento de la normativa vigente

    BASES

    Segn acuerdo del Consejo de Administracin de Sodebur de fecha 3 de diciembrede 2014, se han elaborado las siguientes Bases:

    Primera. Objeto y finalidad de la subvencin.

    La presente Convocatoria tiene por objeto la mejora de la seguridad, la funcionalidady la adaptacin a la normativa vigente de las instalaciones elctricas bajo la titularidad delos municipios de la provincia de Burgos.

    Este programa de subvenciones pretende fomentar la renovacin de instalacioneselctricas municipales para que cumplan el Reglamento Electrotcnico para Baja Tensin(REBT-RD842/2002) o el Decreto 2413/1973 del Reglamento de Baja Tensin (en vigorhasta septiembre de 2003), segn corresponda, y tramiten el correspondiente Certificadode Inspeccin de Baja Tensin cuando ste sea obligatorio por ley, segn la OrdenEYE/236/2005 de la Junta de Castilla y Len.

    Segunda. Requisitos de los beneficiarios.

    2.1. Podrn ser beneficiarios de la presente Convocatoria las Entidades Locales dela provincia de Burgos con poblacin inferior a 20.000 habitantes.

    2.2. Adems, a las Entidades Locales, que habiendo sido beneficiarias de unasubvencin para la renovacin de instalaciones elctricas municipales para el cumplimientode la normativa vigente en la Convocatoria anterior y que no las haya ejecutado, no se lesvalorarn las solicitudes para las presentes ayudas hasta pasadas dos Convocatorias,contadas a partir de la siguiente a la que se les concedieron y no realizaron.

    Tercera. Procedimiento de concesin.

    La concesin de estas subvenciones se efectuar en rgimen de concurrenciacompetitiva mediante Convocatoria y procedimiento selectivo nicos.

    Cuarta. Solicitudes. Plazo y lugar de presentacin.

    Las solicitudes se presentarn en el plazo de cuarenta y cinco das naturales a contardesde el siguiente al de la publicacin de esta Convocatoria en el Boletn Oficial de laProvincia.

    Si este plazo finalizase en da inhbil, se trasladar al siguiente da hbil. Lassolicitudes presentadas fuera de plazo sern archivadas.

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    4.1. Quienes deseen tomar parte en esta Convocatoria debern formular su solicituden el modelo nico de solicitud, junto con el resto de documentos indicados a continuacin,dirigidas al Presidente de la Junta General de Sodebur y se presentarn en el RegistroGeneral de la Diputacin o en cualquiera de las formas establecidas en el artculo 38.4 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicasy del Procedimiento Administrativo Comn o en la sede de Sodebur (paseo del Espoln, 14,09003 Burgos).

    4.2. Las solicitudes irn acompaadas de la documentacin exigida en estaConvocatoria:

    1. Modelo nico de solicitud.

    2. Presupuesto detallado de cada programa o actividad que se pretende realizarpreparado por un instalador y/o profesional competente.

    3. Y cuanta documentacin acredite los mritos valorables en correlacin con laBase sexta que fija los criterios objetivos que regirn el otorgamiento de subvenciones.

    4.3. La comprobacin de que la solicitud rene los requisitos exigidos en estaConvocatoria y de que se aporta la documentacin se realizar por los Tcnicos de laSociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgos, encargada de la subvencin.

    Quinta. Cuanta de la subvencin, compatibilidad o incompatibilidad.

    5.1. El presupuesto destinado a esta Convocatoria, por un total de 90.000 euros,est condicionado a la partida presupuestaria que se aprobar con el presupuesto 2015de la Sociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgos, as como podr incluirremanentes de aos anteriores.

    5.2. Para las actuaciones seleccionadas la cuanta subvencionable ser de hasta un50% del importe total de la actuacin, con un lmite de 5.000 euros.

    5.3. Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas concedidas a la entidadcon la misma finalidad, otorgadas por cualesquiera Administraciones Pblicas o Entidadesde naturaleza pblica o privada, si bien en ningn caso la suma de las ayudas recibidasser superior al 100% del importe del proyecto. En todo caso, se acreditar en elexpediente que el importe de las subvenciones recibidas no supera el coste de la actividadsubvencionada. La cuanta asignada en ningn caso originar derecho o constituirprecedente alguno para futuras concesiones.

    Sexta. Criterios objetivos que regirn el otorgamiento de subvenciones.

    Para el otorgamiento de la subvencin convocada cada Entidad Local podrpresentar tantas solicitudes de ayuda como instalaciones elctricas municipales tenga(normalmente cada instalacin viene definida por un contrato de suministro elctrico).

    Cada una de las instalaciones de cada Entidad Local se puntuar individualmente,de tal manera que si una Entidad Local tiene varias instalaciones, cada una de ellas recibiruna puntuacin segn los criterios fijados a continuacin. Con esto nos aseguramos queaquellas instalaciones elctricas municipales que sumen, individualmente, un mayornmero de puntos y por lo tanto estn ms deterioradas sern las que se prioricen a la horade otorgar las ayudas.

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    En todo caso se subvencionar una instalacin elctrica por cada Entidad Local,excepto si existe disponibilidad presupuestaria para aumentar el nmero de instalacionesque puedan ser apoyadas.

    Los criterios de valoracin para cada instalacin son los siguientes:

    Presencia de defectos muy graves segn ITC BT-05 del R.D. 842/2002 o defectoscrticos segn la MI BT043 del Decreto 2413/1973, segn corresponda, cuya definicin enambos casos es la siguiente: Todo aquel que la razn o la experiencia determina queconstituye un peligro inmediato para la seguridad de las personas o bienes. Cada uno delos defectos de este tipo se valora en 5 puntos.

    Presencia de defectos graves segn ITC BT-05 del R.D. 842/2002 o defectosmayores segn la MI BT043 del Decreto 2413/1973, segn corresponda, cuya definicinen ambos casos es la siguiente: Todo aquel que no supone un peligro inmediato para laseguridad de las personas o bienes, pero puede serlo al originarse un fallo en la instalacin.Se incluye tambin dentro de esta clasificacin aquel defecto que pueda reducir lacapacidad de utilizacin de la instalacin elctrica. Cada uno de los defectos de este tipose valora en 3 puntos.

    Presencia de defectos leves segn ITC BT-05 del R.D. 842/2002 o defectos menoressegn la MI BT043 del Decreto 2413/1973, segn corresponda, cuya definicin en amboscasos es la siguiente: Todo aquel que no supone un peligro para la seguridad de laspersonas o bienes, no perturba el funcionamiento de la instalacin y en el que la desviacinde lo reglamentado no tiene valor significativo para el uso efectivo o el funcionamiento dela instalacin. Cada uno de los defectos de este tipo se valora en 0,5 puntos.

    Estos defectos se presentarn en el Anexo A, pudindose utilizar los siguientesdocumentos:

    Certificado de inspeccin de Baja Tensin del OCA (Organismo de ControlAutorizado).

    Informe de ingeniera o empresa instaladora sealando los defectos presentes enla instalacin por categoras, cuando el Certificado de Inspeccin de Baja Tensin no seaobligatorio por Reglamento.

    En ambos casos, cuando se subsanen los defectos se deber comunicar a Sodeburmediante el Anexo B incluyendo uno de los siguientes documentos:

    Certificado de correccin de defectos del OCA.

    Informe de ingeniera o empresa instaladora declarando que los defectos presentesen la instalacin se han corregido, cuando el Certificado de Inspeccin de Baja Tensin nosea obligatorio por Reglamento o Boletn aprobado por la Delegacin de Industria deCastilla y Len con las modificaciones realizadas en la instalacin.

    Certificado de instalacin elctrica (boletn) aprobado por la Delegacin deIndustria de Castilla y Len con las modificaciones realizadas en la instalacin, si estasmodificaciones han sido de importancia tal como se seala en los Reglamentos Elctricosde Baja Tensin correspondientes.

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    Sptima. rganos competentes para ordenacin, instruccin, resolucin y plazos.

    7.1. La valoracin de las solicitudes ser realizada por una Comisin formada porlos Tcnicos de la Sociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgos.

    7.2. El rgano de resolucin es el Consejo de Administracin de la Sociedad parael Desarrollo de la Provincia de Burgos (Sodebur).

    Octava. Publicidad y aceptacin de la subvencin.

    8.1. Los beneficiarios estn obligados a aceptar la subvencin y comunicarlo a laSociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgos en quince das hbiles, contados apartir del siguiente en que reciban la notificacin de la concesin de la subvencin (modeloaceptacin/renuncia). Si no se recibe comunicacin en este sentido, se entender porrechazada la subvencin.

    Novena. Gastos subvencionables, importe a justificar.

    Los beneficiarios debern justificar el importe total del proyecto para el que seconcedi la subvencin, aportando la documentacin exigida en esta Convocatoria.

    Gastos subvencionables:

    A. Realizacin de actuaciones de renovacin de las instalaciones elctricasmunicipales. Podrn ir dirigidas a la consecucin de los siguientes objetivos: Correccinde defectos muy graves, graves o leves en instalaciones ya sometidas al ReglamentoElectrotcnico para Baja Tensin (REBT-R.D. 842/2002) o el Decreto 2413/1973 delReglamento de Baja Tensin (en vigor hasta septiembre de 2003), segn corresponda.

    Se considera gasto subvencionable aquel que de manera indubitada responda a lanaturaleza de la actividad subvencionada, y se realice en el plazo establecido por estasBases reguladoras.

    Gastos no subvencionables.

    No sern objeto de subvencin los siguientes gastos:

    a) Gastos y costes financieros, como consecuencia de la inversin.

    b) Gastos y costes de adquisicin de terrenos.

    c) Gastos o costes que no estn claramente definidos o que no tengan por finalidadactuaciones de adaptacin al Reglamento Electrotcnico de Baja Tensin o a la correccinde errores muy graves, graves o leves en instalaciones en el alumbrado pblico.

    9.1. De acuerdo con lo dispuesto en el artculo 19 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, los beneficiarios debern justificar el importe totaldel proyecto para el que se concedi la subvencin, aportando la documentacin exigidaen esta Convocatoria.

    9.2. El importe de subvencin se ver disminuido proporcionalmente, si no seaportan justificantes por el total aprobado.

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    Dcima. Obligaciones de los beneficiarios.

    Los beneficiarios se vern obligados a remitir a Sodebur cualquier documentacino justificante que se considere necesario, precisndose que cualquier alteracin de lascondiciones tenidas en cuenta inicialmente para la concesin de la subvencin podr darlugar a la modificacin de los trminos de la concesin.

    Undcima. Justificacin de la subvencin.

    El pago de la subvencin se realizar previa justificacin por el beneficiario del totaldel proyecto para el que se solicita la subvencin (vindose minorado proporcionalmenteen caso de que no se justificara el total importe solicitado), teniendo en cuenta lostrminos establecidos en esta Convocatoria, mediante la presentacin de la siguientedocumentacin:

    a) Modelo nico de justificacin.

    b) Ficha de alta de terceros, debidamente cumplimentada.

    Si la documentacin presentada no reuniese los requisitos exigidos, se requerir alinteresado, mediante correo certificado, para que subsane la falta o acompae losdocumentos preceptivos, en un plazo de diez das hbiles contados a partir de la recepcindel requerimiento.

    No obstante lo cual, el rgano concedente comprobar a travs de las tcnicas demuestreos que se acuerden los justificantes que estime oportunos, a cuyo fin podrrequerir al beneficiario la remisin de los justificantes del gasto seleccionados.

    Duodcima. Inspecciones.

    Con posterioridad a la emisin de una resolucin de otorgamiento de subvencin y,en su caso, de abono de la ayuda, la Sociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgospodr realizar in situ inspeccin tcnica o econmica para la comprobacin efectiva dela ejecucin de la inversin correspondiente. Si tras la realizacin de los trabajos hay unacertificacin de instalaciones favorable por parte de un Organismo de Control Autorizado(O.C.A.) por la Junta de Castilla y Len no ser necesaria la inspeccin por parte de lostcnicos de Sodebur.

    Los beneficiarios cuya renovacin sea objeto de inspeccin tendrn conocimientode esta situacin mediante comunicacin previa.

    La realizacin de la inspeccin tiene carcter obligatorio para el solicitante, debiendosometerse a la misma.

    Si una vez comunicada por la Sociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgosal beneficiario la intencin de realizar in situ la inspeccin tcnica para la comprobacinefectiva de la ejecucin de la inversin objeto de la ayuda dentro de las dos semanassiguientes a la comunicacin, y por causas ajenas a la Sociedad para el Desarrollo de laProvincia de Burgos esta no pudiera realizarse, se notificar por escrito al beneficiarioque dispone de quince (15) das hbiles para concertar una nueva fecha y facilitar lainspeccin.

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    En caso contrario, la Sociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgosproceder a la incoacin de un expediente de revocacin total del importe de la misma.

    Una vez contrastada la informacin tomada durante la inspeccin con ladocumentacin presentada en la solicitud, si se concluyera que el importe de subvencininicialmente otorgado debiera ser inferior o no procediese otorgar subvencin, la Sociedadpara el Desarrollo de la Provincia de Burgos proceder a incoar un expediente derevocacin total o parcial de la ayuda y, en su caso, a solicitar el reintegro total o parcialde la misma, sin perjuicio de las acciones legales y sanciones que pudieran corresponder.

    Al contrario, en aquellos casos en que se concluyera que el importe de subvencina otorgar debiera ser mayor al inicialmente otorgado, no se proceder a la emisin de unanueva resolucin por parte de la Sociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgos,puesto que la presencia de errores y/o faltas en la informacin aportada por el beneficiarioy que afecte directamente a la determinacin de la cuanta de la ayuda a otorgar por laSociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgos, no en cuanto a su correctatramitacin, ser responsabilidad nica del beneficiario.

    Decimotercera. Plazo lmite para justificar el pago de la subvencin.

    13.1. Se establece como periodo y fecha lmite para la ejecucin el 1 de octubrede 2015.

    13.2. Se establece como plazo mximo para presentar la justificacin de lasubvencin el 31 de octubre de 2015.

    Burgos, 22 de diciembre de 2014.

    El Secretario de la Sociedad para el Desarrollode la Provincia de Burgos,

    Jos Luis M. Gonzlez de Miguel

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    SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS

    SOLICITUD

    Convocatoria pblica para la concesin de subvenciones para Entidades Locales de la provincia

    de Burgos con poblacin inferior a 20.000 habitantes con destino a la renovacin de las instalaciones elctricas municipales para el cumplimiento de la normativa vigente, en el 2015.

    DATOS DEL BENEFICIARIO

    Entidad local (Ayto., Junta Vecinal):

    CIF: DIRECCIN:

    Telf: E-mail:

    DATOS ADMINISTRATIVOS Y JURDICOS

    D./Da. como representante acreditado del municipio de EXPONE:

    Que reuniendo los requisitos establecidos en la Convocatoria para la concesin de Subvenciones a .., para .. durante el ao ., conforme al acuerdo o resolucin adoptado por la a la que represento, de fecha , de acudir a la presente convocatoria.

    Y que ACEPTA en su totalidad las Bases de la Convocatoria y asume, en el caso de resultar beneficiaria de la ayuda solicitada, los siguientes COMPROMISOS: 1. Aportar Aceptacin, o en su defecto Renuncia expresa, de la subvencin en el plazo establecido. 2. Destinar la subvencin a la finalidad para la que sea concedida e incluir en el presupuesto la financiacin necesaria para ello. 3. Presentar, dentro del plazo sealado, la documentacin exigida por las Bases de la Convocatoria para la justificacin de la subvencin.

    Asimismo DECLARA: a) No tener impagada deuda vencida por ningn concepto con la Diputacin Provincial de Burgos. b) No haber sido condenado o sancionado mediante sentencia o resolucin firme a la pena de prdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas pblicas. c) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. d) No haber solicitado la declaracin de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, haber sido declarado en concurso, estar sujeto a intervencin judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal.

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    e) No haber sido declarado culpable por la resolucin firme de cualquier contrato celebrado con la Administracin o estar incurso en algn supuesto de incompatibilidad de acuerdo con la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidad del Personal al Servicio de las Administraciones Pblicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos de la Ley de Rgimen Electoral General. f) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los trminos que reglamentariamente se determinen. g) No haber sido sancionado mediante resolucin firme con la prdida de la posibilidad de obtener subvenciones segn esta ley o la Ley General Tributaria

    AUTORIZA NO AUTORIZA A la Diputacin Provincial o a la Sociedad de Desarrollo de la Provincia de Burgos u otros organismos de la dependientes de la Diputacin para obtener los datos necesarios de la Administracin Tributaria y de la Seguridad Social. Adems SE COMPROMETE:

    ! A destinar el importe de la subvencin a la inversin/gasto/proyecto, en su caso, que se ha expresado en la solicitud.

    ! A poner a disposicin de SODEBUR la documentacin que pueda sta solicitar o demandar como comprobante del gasto, del pago de la inversin y de cualquier otra que considere necesario.

    DATOS RELATIVOS A LA CONCESIN DE OTRAS AYUDAS

    DECLARA

    Que SI ha solicitado/recibido las siguientes ayudas para el mismo proyecto o fase de ejecucin para el que se solicita esta subvencin.

    ! Organismo: ! Fecha de Solicitud: ! Importe concedido: ! Pendiente de concesin:

    Que NO ha solicitado/recibido ayuda alguna para los proyectos/iniciativa o gastos para los que se solicita la subvencin. Y que el importe de estas ayudas no supera, en ningn caso el coste total de la inversin realizada. Y SE COMPROMETE A comunicar a SODEBUR, cualquier solicitud, concesin o pago que se produzca con posterioridad a la presente declaracin.

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    IDENTIFICACIN DE LA ACTUACIN

    LNEA DE ACTUACIN: Correccin de defectos muy graves, graves o leves en instalaciones elctricas de propiedad municipal segn ITC BT-05 del RD 842/2002 o defectos crticos, mayores o menores segn la MI BT043 del Decreto 2413/1973, segn corresponda.

    Breve descripcin de la actuacin a ejecutar:

    INFORMACIN TCNICA DE LA ACTUACIN:

    Correccin de defectos muy graves, graves o leves en instalaciones segn ITC BT-05 del RD 842/2002 o segn la MI BT043 del Decreto 2413/1973, segn corresponda. Para cada instalacin objeto de esta ayuda se puede incluir Certificacin de la inspeccin de Baja tensin realizado por el organismo de control autorizado correspondiente, o bien informe de ingeniera o empresa instaladora sealando los defectos presentes en la instalacin por categoras, cuando el Certificado de Inspeccin de Baja Tensin no sea obligatorio por Reglamento:

    Denominacin de la instalacin:

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    Relacin de defectos muy graves o crticos:

    Relacin de defectos graves o mayores:

    Relacin de defectos leves o menores:

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    RESUMEN INVERSIONES.

    Denominacin de la instalacin: Euros

    Instalaciones elctricas (cuadros elctricos, conductores...)

    Obra civil (en caso de ser necesaria)

    Ingeniera y legalizaciones (en caso de ser necesarias)

    Otros:

    SUBTOTAL:

    I.V.A.

    INVERSIN TOTAL:

    En a . de .. de .

    EL/LA SOLICITANTE

    Fdo.:

    D.N.I.:..

    Cargo:.. NOTA INFORMATIVA: - Se debe incluir en todo caso: PRESUPUESTO PREPARADO POR UN PROFESIONAL ACREDITADO de la actividad objeto de la subvencin coherente con los datos recogidos en esta memria. EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL DE LA SOCIEDAD DE

    DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS.-

    El /la Secretario/a Fdo.: .

    D.N.I..

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