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10161/15 mmp/MMP/psm 1 DG G 2B ES
Consejo de la Unión Europea
Bruselas, 22 de junio de 2015 (OR. en) 10161/15 FISC 81 ECOFIN 529 CO EUR-PREP 29
NOTA De: Secretaría General del Consejo A: Delegaciones Asunto: Informe del Consejo ECOFIN al Consejo Europeo sobre cuestiones
fiscales
1. El Consejo Europeo encomendó al Consejo de Asuntos Económicos y Financieros (Ecofin)
que le informara sobre diferentes cuestiones fiscales mencionadas, en particular, en sus
Conclusiones de marzo y junio de 2012 y de 22 de mayo de 2013.
2. El 4 de junio de 2015, el Grupo de Alto Nivel del Consejo sobre cuestiones fiscales elaboró
un proyecto de informe del Ecofin al Consejo Europeo sobre cuestiones fiscales, para que se
remitiera al Consejo por conducto del Coreper.
3. El 19 de junio de 2015, el Consejo Ecofin refrendó el informe que figura en el anexo y acordó
transmitirlo al Consejo Europeo de los días 25 y 26 de junio de 2015.
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10161/15 mmp/MMP/psm 2 ANEXO DG G 2B ES
ANEXO
INFORME DEL CONSEJO ECOFIN AL CONSEJO EUROPEO
SOBRE CUESTIONES FISCALES
1. El presente informe abarca varias cuestiones mencionadas en las Conclusiones del Consejo
Europeo de los días 1 y 2 de marzo de 20121, dedicado al crecimiento, así como en las
Conclusiones del Consejo Europeo de los días 28 y 29 de junio de 2012 y en las Conclusiones
pertinentes del Consejo sobre el futuro del IVA y sobre la lucha contra el fraude y la evasión
fiscales2. Proporciona una visión general de la marcha de los trabajos del Consejo relativos a
algunas propuestas legislativas fundamentales, que se citaban específicamente en las
Conclusiones mencionadas, como la base imponible consolidada común del impuesto sobre
sociedades, el impuesto sobre las transacciones financieras y las negociaciones de acuerdos
sobre el ahorro con terceros países.
2. Más recientemente, los Consejos Europeos del 22 de mayo de 20133, 24 y
25 de octubre de 20134, 19 y 20 de diciembre de 20135, y 20 y 21 de marzo de 20146
determinaron los expedientes fiscales en los que era preciso avanzar rápidamente. Dichos
expedientes, que responden a la creciente necesidad de garantizar el carácter equitativo y
eficaz de los sistemas fiscales, son el objeto del presente informe.
1 EUCO 4/3/12 REV 3 (apartados 9 y 21). 2 Docs. 9586/12 FISC 63 OC 213 y 14877/12 ECOFIN 864 FISC 136 OC 579. 3 EUCO 75/1/13 REV 1 de 22 de mayo de 2013. 4 EUCO 169/13 de 24 y 25 de octubre de 2013. 5 EUCO 217/13 de 19 y 20 de diciembre de 2013. 6 EUCO 7/1/14 REV 1 de 20 y 21 de marzo de 2014.
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10161/15 mmp/MMP/psm 3 ANEXO DG G 2B ES
3. En consonancia con la petición más reciente del Consejo Europeo del
18 de diciembre de 20147, durante la Presidencia letona el Consejo ha centrado sus trabajos
en la lucha contra la elusión fiscal y la planificación fiscal abusiva, tanto a escala mundial
como de la UE, lo que se ha realizado fundamentalmente sobre la base de una hoja de ruta
sobre los futuros trabajos relativos a la competencia fiscal desleal, y la erosión de las bases
imponibles y deslocalización de beneficios en el contexto de la UE 8. Al realizar esta tarea, la
Presidencia ha prestado especial atención a la coherencia entre los trabajos de la UE y las
medidas de la OCDE en el ámbito de la erosión de las bases imponibles y la deslocalización
de beneficios. Asimismo, el Consejo ha empezado a trabajar rápidamente en la propuesta de
la Comisión sobre el intercambio automático de información sobre resoluciones fiscales en
la UE presentada al Consejo en marzo de 2015. Algunos Estados miembros también han
expresado su deseo de intensificar el debate sobre el fraude en materia de IVA en la UE y de
buscar soluciones eficaces y oportunas.
4. En el ámbito de la fiscalidad indirecta, han proseguido los trabajos del Consejo durante la
Presidencia letona con objeto de mejorar el sistema del IVA para hacerlo más resistente y
sencillo para los operadores económicos, y de procurar avanzar en lo referente al impuesto
sobre las transacciones financieras en el marco de la cooperación reforzada.
5. El presente informe ofrece una visión general de los importantes avances conseguidos durante
la Presidencia letona en una serie de expedientes, mientras que en otros la Presidencia letona
ha trazado claramente la trayectoria que deberán seguir las futuras presidencias.
7 EUCO 237/14 de 18 de diciembre de 2014. 8 Véase el anexo del ANEXO.
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10161/15 mmp/MMP/psm 4 ANEXO DG G 2B ES
A. Expedientes legislativos
Modificación de la Directiva sobre sociedades matrices y filiales
1. El 25 de noviembre de 2013, la Comisión presentó una propuesta de modificación de la
Directiva 2011/96/UE relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y
filiales de Estados miembros diferentes («Directiva sobre sociedades matrices y filiales»). La
propuesta tenía la finalidad de hacer frente a la doble exoneración fiscal derivada de los
mecanismos de financiación híbridos e introducir una norma general contra las prácticas
abusivas para evitar abusos respecto de la Directiva.
2. En sus Conclusiones de 19 y 20 de diciembre de 2013, el Consejo Europeo declaró que
«también habría que avanzar rápidamente hacia un acuerdo de modificación de la Directiva
sobre sociedades matrices y filiales».
3. Durante la Presidencia griega, el Consejo convino en escindir la propuesta y adoptar en
primer lugar la parte relativa a las asimetrías en los mecanismos de financiación híbridos. Esa
parte de la propuesta se adoptó el 8 de julio de 2014. Conforme a la declaración en el acta del
Consejo en la que se subrayaba «la necesidad de seguir trabajando en la parte restante de la
propuesta de modificación», la Presidencia italiana prosiguió los trabajos sobre la disposición
general contra las prácticas abusivas, y se alcanzó un acuerdo político sobre esa segunda parte
en el Consejo (ECOFIN) del 9 de diciembre de 2014.
4. La modificación por la que se completa la Directiva sobre sociedades matrices y filiales con
una «norma común mínima contra las prácticas abusivas» se adoptó posteriormente en el
Consejo (ECOFIN) del 27 de enero de 2015. Dicha norma aportará un nivel mínimo común
de protección contra el abuso de las ventajas otorgadas por la Directiva sobre sociedades
matrices y filiales y elevará la norma de la UE destinada a hacer frente a las prácticas
abusivas. Esta nueva norma tendrá que transponerse cuando el Estado miembro en cuestión
no disponga de disposición alguna contra las prácticas abusivas de al menos un «nivel
mínimo» equivalente.
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10161/15 mmp/MMP/psm 5 ANEXO DG G 2B ES
Directiva sobre intereses y cánones
5. En noviembre de 2011, la Comisión presentó una propuesta de refundición de la
Directiva 2003/49/CE del Consejo relativa a un régimen fiscal común aplicable a los pagos de
intereses y cánones efectuados entre sociedades asociadas de diferentes Estados miembros
(«Directiva sobre intereses y cánones»). Dado que la Directiva sobre intereses y cánones se ha
modificado varias veces, esta propuesta tiene por objeto, en primer lugar, refundirla en aras de
la claridad. Además, la propuesta introduciría algunas modificaciones de fondo respecto de la
Directiva actual, en especial las siguientes: ampliación de la lista de sociedades a las que se
aplica la Directiva; reducción (del 25 % al 10 %) de los umbrales de participación que deben
alcanzar las sociedades para ser consideradas asociadas; inclusión de un requisito de
«sujeción al impuesto» para la exención fiscal.
6. A raíz de la adopción de la modificación mencionada de la Directiva sobre sociedades
matrices y filiales, una amplia mayoría de Estados miembros subrayó la necesidad de
progresar rápidamente dividiendo la propuesta y concentrando los trabajos en primer lugar en
la inserción de una disposición similar general contra las prácticas abusivas en la Directiva
sobre intereses y cánones, y dejar para más adelante las deliberaciones sobre el resto de las
disposiciones. No obstante, algunos Estados miembros consideraron que el debate debería
afectar a la propuesta en su conjunto.
7. Teniendo en cuenta estas posturas, la Presidencia letona ha iniciado un debate general sobre la
propuesta en las reuniones del Grupo «Cuestiones Fiscales» de los días 4 de marzo y
8 de abril de 2015, basado en el texto transaccional de la Presidencia danesa de
marzo de 2012 y en los resultados del debate que se mantuvo durante la Presidencia italiana.
A juicio de la Presidencia, este debate mostró sin embargo que no cabía esperar que se
alcanzase un acuerdo sobre la propuesta completa en un plazo razonable. De hecho, varios
Estados miembros insistieron en que se incluyera una disposición que estableciera un nivel
mínimo efectivo de imposición, algo que requeriría considerables trabajos técnicos y que
otros Estados miembros no vieron como una prioridad.
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10161/15 mmp/MMP/psm 6 ANEXO DG G 2B ES
8. En consonancia con la hoja de ruta sobre erosión de las bases imponibles y deslocalización de
beneficios en el contexto de la UE, la Presidencia letona ha propuesto posteriormente al del
Grupo de Alto Nivel en su reunión del 16 de abril de 2015 que centre los trabajos en el
Consejo en la cláusula de prevención de prácticas abusivas y otras cuestiones técnicas, como
la actualización del anexo de sociedades que pueden participar. Ulteriormente, entre los
puntos del orden del día de las reuniones del Grupo «Cuestiones Fiscales» de los días
6 de mayo y 9 de junio de 2015, se examinó una propuesta transaccional de la Presidencia que
contenía dos declaraciones (una sobre la continuación de los trabajos y otra sobre la
notificación) para el acta del Consejo. Esta propuesta transaccional fue apoyada por una
amplia mayoría de los Estados miembros. Algunos Estados miembros expresaron la opinión
de que la Directiva debe incluir una disposición sobre el nivel mínimo efectivo de imposición.
9. El expediente se remitió al Coreper el 12 de junio de 2015 con objeto de llegar a un acuerdo
político sobre la primera parte de la Directiva sobre intereses y cánones refundida en el
Consejo Ecofin del 19 de junio de 2015. Los trabajos sobre este expediente proseguirán
durante la Presidencia entrante.
Aumento de la transparencia fiscal
a) Resoluciones fiscales transfronterizas
10. La propuesta de Directiva del Consejo por la que se modifica la Directiva 2011/15/UE sobre
cooperación administrativa en lo que se refiere a la obligatoriedad del intercambio automático
de información en el ámbito de la fiscalidad fue presentada por la Comisión al Consejo en
marzo de 2015. Se ha presentado junto con una propuesta de derogación de la Directiva sobre
el ahorro, así como con una comunicación de la Comisión en la que se presentan las líneas
generales de una serie de iniciativas diferentes con el propósito de aumentar la transparencia
fiscal.
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10161/15 mmp/MMP/psm 7 ANEXO DG G 2B ES
11. La Directiva sobre cooperación administrativa actualmente en vigor prevé el intercambio
espontáneo de información sobre resoluciones fiscales, pero solo en determinadas
circunstancias. El objetivo de la nueva propuesta legislativa es incorporar a la Directiva sobre
cooperación administrativa existente nuevas normas sobre el intercambio automático
obligatorio entre las administraciones tributarias de todos los Estados miembros de la UE de
información relativa a las resoluciones fiscales previas transfronterizas y a los acuerdos
previos sobre precios de transferencia (un tipo especial de resolución fiscal previa utilizado en
el ámbito de la fijación de precios de transferencia). Entre otras cosas, la propuesta también
prevé la creación de un repertorio central seguro en la Comisión relativo a la información
comunicada en el marco de esta propuesta.
12. Durante la Presidencia letona se celebraron cuatro reuniones de grupos cuyo objetivo
principal era completar el análisis técnico de la propuesta de la Comisión y hacer avanzar las
negociaciones sobre este expediente lo máximo posible. Aunque ya se han abordado varias
cuestiones técnicas, será necesario seguir estudiando la propuesta de la Comisión a fin de
alcanzar un acuerdo entre todos los Estados miembros. Al hacerlo, la UE seguirá colaborando
estrechamente y de forma coordinada con la OCDE.
13. El expediente se presentó al Coreper el 12 de junio, con vistas a la presentación del estado del
los trabajos al Consejo el 19 de junio de 2015. Se prevé la adopción formal de esta propuesta
legislativa para el segundo semestre de 2015, a la luz de los avances realizados a nivel de
expertos.
b) Derogación de la Directiva sobre fiscalidad del ahorro
14. El 18 de marzo de 2015 la Comisión también presentó una propuesta de Directiva del Consejo
destinada a derogar la Directiva sobre fiscalidad del ahorro (Directiva del
Consejo 2003/48/CE). La Directiva sobre fiscalidad del ahorro se solapa actualmente con lo
dispuesto en la Directiva relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad,
que se modificó en diciembre de 2014 y se aplicará a partir del 1 de enero de 2016. La
propuesta también establece una serie de medidas transitorias, en particular con respecto a la
excepción otorgada a Austria.
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10161/15 mmp/MMP/psm 8 ANEXO DG G 2B ES
15. En la reunión del Grupo «Cuestiones Fiscales» del 31 de marzo de 2015, los Estados
miembros aprobaron el proyecto de Directiva del Consejo sin modificaciones. Cabe prever la
adopción formal de esta propuesta legislativa tenga lugar este mismo año.
16. La cuestión de las implicaciones de la derogación de la Directiva sobre la fiscalidad del
ahorro para los acuerdos bilaterales en materia de ahorro con los territorios dependientes y
asociados del Reino Unido y los Países Bajos se debatió en la reunión del Grupo «Cuestiones
Fiscales» del 31 de marzo de 2015 y en la reunión del Grupo de Alto Nivel del
16 de abril de 2015. El Reino Unido y los Países Bajos han mantenido informados a los
Estados miembros de los avances realizados hasta la fecha y continuarán su trabajo sobre esta
cuestión conforme a los compromisos ya asumidos por los territorios dependientes y
asociados.
Base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades
17. La Comisión Europea presentó el 16 de marzo de 2011 la propuesta de Directiva del Consejo
sobre una base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades, como
contribución a una fiscalidad que sea más favorable al crecimiento, tal como propugna la
Estrategia Europa 2020. Desde entonces, los aspectos técnicos de la propuesta han sido objeto
de intensos debates en los órganos preparatorios del Consejo.
18. En consonancia con la hoja de ruta sobre erosión de las bases imponibles y deslocalización de
beneficios en el contexto de la UE, la Presidencia hizo balance del estado de los trabajos en
relación con los distintos ámbitos de la propuesta y estudió las posiciones de los Estados
miembros en la reunión del Grupo «Cuestiones Fiscales» del 12 de marzo de 2015. También
se abordaron el estado de los trabajos y la forma de proceder con respecto a los aspectos
internacionales de la propuesta de base imponible consolidada común del impuesto sobre
sociedades, teniendo en cuenta los trabajos ya realizados sobre estos aspectos durante
Presidencias anteriores, así como los documentos preparatorios y los borradores distribuidos
por la OCDE y el marco jurídico de la UE. Asimismo, se mantuvo un debate preliminar sobre
la cuestión del nivel efectivo de imposición con distintas opciones posibles que considerar
para los artículos pertinentes de la propuesta relativa a una base imponible consolidada común
del impuesto sobre sociedades.
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10161/15 mmp/MMP/psm 9 ANEXO DG G 2B ES
19. Que puedan realizarse más avances técnicos sobre la mayoría de los aspectos internacionales
(definición de establecimiento permanente, normativa sobre SEC, cláusula de inversión y
limitación de intereses) depende de la disponibilidad de los informes definitivos de la OCDE
sobre estas cuestiones, que se esperan para septiembre, pero los Estados miembros acordaron
que los expertos podrían proseguir los debates sobre la imposición de salida, la norma general
contra las prácticas abusivas y los mecanismos híbridos asimétricos.
Negociaciones sobre fiscalidad del ahorro con terceros países europeos
20. El 17 de junio de 2011, la Comisión adoptó una recomendación de mandato para entablar
negociaciones con Suiza, Liechtenstein, Andorra, Mónaco y San Marino con objeto de
actualizar los acuerdos sobre fiscalidad del ahorro que la UE ha firmado con dichos países y
de velar por que continúen aplicando medidas equivalentes a las de la UE.
21. En el Consejo del 14 de mayo de 2013 se alcanzó un acuerdo sobre dicho mandato de
negociación, en consonancia con la evolución de la situación registrada recientemente a escala
mundial, en el que se acordó fomentar el intercambio automático de información como norma
internacional.
22. El Consejo Europeo de los días 19 y 20 de diciembre de 2013 instó a que se aceleraran las
negociaciones con los terceros países europeos y pidió a la Comisión que le presentara un
informe de situación en su sesión del mes de marzo de 2014.
23. Durante la Presidencia letona, el Consejo ha seguido de cerca las negociaciones con los cinco
terceros países europeos. La Comisión informó de la marcha de dichas negociaciones en la
reunión del Grupo de Alto Nivel del 5 de febrero de 2015. Posteriormente, la Comisión
rubricó el proyecto de acuerdo con Suiza el 19 de marzo de 2015.
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10161/15 mmp/MMP/psm 10 ANEXO DG G 2B ES
24. El 7 de abril de 2015, la Comisión presentó propuestas de Decisión del Consejo sobre la firma
del acuerdo con Suiza y su posterior celebración. La Presidencia letona dio gran prioridad a
este expediente, que se examinó a nivel técnico en las reuniones del Grupo «Cuestiones
Fiscales» de los días 23 de abril y 6 de mayo de 2015. La Decisión sobre la firma del acuerdo
la adoptó posteriormente el Consejo («Cooperación para el Desarrollo») el
26 de mayo de 2015 y la Presidencia firmó el acuerdo en nombre de la Unión Europea el
27 de mayo de 2015.
25. La Comisión informó a los Estados miembros en la reunión del Grupo de Alto Nivel del
4 de junio de 2015 de que las negociaciones destinadas a revisar los acuerdos sobre el ahorro
que la UE mantiene actualmente con los cuatro terceros países europeos restantes (Andorra,
Liechtenstein, Mónaco y San Marino) con vistas a adaptarlos a la norma internacional de
la OCDE deberían finalizarse en breve.
Sistema común del impuesto sobre las transacciones financieras
26. La Comisión presentó al Consejo la propuesta de Directiva relativa a un sistema común del
impuesto sobre las transacciones financieras (ITF) el 28 de septiembre de 2011. La propuesta
tenía por objetivos lograr que el sector financiero contribuya de modo más equitativo a
financiar los costes de la crisis, evitar la fragmentación del mercado único y desincentivar de
manera apropiada las transacciones que no aumenten la eficiencia de los mercados
financieros.
27. No se pudo alcanzar un acuerdo unánime de todos los Estados miembros en un plazo
razonable. Varios Estados miembros abogaron por que este impuesto se examinase en el
marco de una cooperación reforzada. En la sesión del Consejo ECOFIN del
22 de enero de 2013 se adoptó una Decisión por la que se autorizaba formalmente la
cooperación reforzada entre once Estados miembros. El 14 de febrero de 2013 la Comisión
presentó al Consejo una propuesta formal de Directiva destinada a establecer una cooperación
reforzada en el ámbito del impuesto sobre las transacciones financieras.
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10161/15 mmp/MMP/psm 11 ANEXO DG G 2B ES
28. Basándose en los trabajos efectuados bajo anteriores presidencias, la Presidencia letona ha
hecho avanzar la propuesta en el Grupo «Cuestiones Fiscales» del Consejo, teniendo
presentes los objetivos establecidos en la propuesta de la Comisión.
29. Durante dos reuniones del Grupo «Cuestiones Fiscales» sobre el ITF se debatieron varios
asuntos, en particular:
– los principios del método de recaudación del ITF;
– el análisis ulterior del principio de contraparte, la introducción de indicaciones y el
«enfoque de transparencia»;
– las partes constitutivas del proyecto del ITF (las «piezas» del ITF);
– el montaje de las «piezas» en posibles modelos de ITF.
30. Esta labor permitirá un planteamiento más específico en los meses venideros, con el fin de
reducir las posibles variaciones de modelos de ITF, y facilitará un debate político con vistas a
una transacción política respecto al futuro del ITF. Los trabajos sobre el ITF deben tener en
cuenta las particularidades de los mercados financieros, al tiempo que se respetan los
derechos, las competencias y las obligaciones de los Estados miembros no participantes.
31. A la luz de lo expuesto, la Presidencia letona se propone continuar los trabajos a nivel técnico
con todos los Estados miembros que resulten necesarios antes del término de su mandato, y
con vistas a la continuación de los trabajos a lo largo de 2015.
IVA: Tratamiento de los bonos
32. La Comisión presentó en mayo de 2012 una propuesta destinada a establecer normas comunes
de la UE en lo que se refiere al tratamiento de los bonos en el marco del IVA. Estas
modificaciones se consideran necesarias para apoyar a las empresas con actividades
transfronterizas y para garantizar que no se produzcan casos de doble imposición o de falta de
imposición.
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10161/15 mmp/MMP/psm 12 ANEXO DG G 2B ES
33. Tras intensos exámenes técnicos de diversos aspectos de este expediente durante los últimos
tres años, los Estados miembros comparten la idea de que son necesarias normas específicas
aplicables al tratamiento de los bonos en el marco del IVA, con el fin de garantizar un
tratamiento seguro y uniforme de los mismos y evitar incoherencias, falseamientos de la
competencia, doble imposición o falta de ella, así como reducir el riesgo de elusión fiscal.
34. Aprovechando el trabajo ya realizado por anteriores presidencias, en concreto los avances
logrados por la Presidencia italiana, la Presidencia letona ha seguido trabajando en los
siguientes aspectos:
– una clara distinción entre los bonos univalentes y los bonos polivalentes;
– normas específicas sobre la base imponible en el caso de transacciones que impliquen
bonos polivalentes;
– normas específicas en materia de exigibilidad del IVA en el caso de transacciones que
impliquen bonos univalentes y polivalentes.
35. La mayoría de las delegaciones podía aceptar el planteamiento de la Presidencia.
36. El expediente se remitió al Coreper el 12 de junio de 2015 con vistas a proseguir los trabajos
sobre este expediente.
IVA: Declaración de IVA normalizada
37. En octubre de 2013 la Comisión presentó una propuesta sobre una declaración de IVA
normalizada. La propuesta contempla un conjunto uniforme de requisitos que sustituirían a las
distintas normas nacionales de declaración de IVA. El objetivo de la propuesta es reducir la
carga administrativa que pesa sobre las empresas, y en particular las pymes, y eliminar
divergencias que constituyen un obstáculo para el comercio de la UE, fomentando al mismo
tiempo el cumplimiento voluntario.
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10161/15 mmp/MMP/psm 13 ANEXO DG G 2B ES
38. Tras un exhaustivo estudio técnico de la propuesta, la Presidencia italiana elaboró un texto transaccional que se abordó en la reunión del Grupo «Cuestiones Fiscales» del 27 de octubre de 2014 y posteriormente se presentó para un debate de orientación en la reunión del ECOFIN de noviembre de 2014. Los debates pusieron en evidencia que seguían existiendo desacuerdos entre los Estados miembros respecto a asuntos importantes, como por ejemplo el nivel de normalización y los umbrales para permitir a las microempresas presentar la declaración de IVA normalizada trimestralmente (o en plazos más largos). La Presidencia destacó la importancia del expediente en relación con la reducción de cargas administrativas para las empresas, y observó que es preciso seguir reflexionando acerca del modo de conseguir el adecuado equilibrio entre la normalización y la flexibilidad por la que abogan los Estados miembros.
39. Teniendo en cuenta todo lo anterior, la Presidencia letona debatió con los Estados miembros posibles vías de avance en este expediente durante las reuniones del Grupo «Cuestiones Fiscales» de 15 de enero y 27 de febrero de 2015. El resultado de los debates fue que la mayor parte de los Estados miembros se inclinaban por soluciones que llevasen a una mayor flexibilidad. Como resultado de ello, la Presidencia propuso una nueva propuesta basada en particular en los siguientes principios:
a) armonización mínima del contenido de la declaración del IVA de acuerdo con la Directiva vigente;
b) opción de que los Estados sigan armonizando requiriendo a los sujetos pasivos que presenten una declaración de IVA normalizada, que figura en el nuevo anexo de la Directiva sobre el IVA;
c) reducción de la lista de casillas opcionales de la declaración de IVA normalizada en comparación con la última propuesta transaccional con el fin de conseguir una mayor simplificación para las empresas;
d) mínima normalización de la declaración de IVA normalizada en forma de notas explicativas comunes y de numeración común de las casillas, sin recurrir a la comitología;
e) inclusión de notas explicativas en el anexo de la Directiva del IVA en lugar de hacerlo en un documento separado;
f) flexibilidad para los Estados miembros respecto a la frecuencia de la presentación de la declaración del IVA normalizada por parte de microempresas ( es decir, se aplicarían las actuales normas de la Directiva del IVA).
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10161/15 mmp/MMP/psm 14 ANEXO DG G 2B ES
40. La lista de casillas revisada y reducida, y las correspondientes notas explicativas se
sometieron a un estudio técnico exhaustivo, en particular en la reunión del Grupo «Cuestiones
Fiscales» de 9 de abril de 2015.
41. Basándose en todo lo anterior, la Presidencia presentó una fórmula transaccional
completamente nueva en la reunión del Grupo «Cuestiones Fiscales» del 27 de mayo de 2015,
con una versión revisada de las modificaciones correspondientes de la Directiva del IVA.
Algunos Estados miembros solicitaron que la declaración de IVA normalizada se hiciera
obligatoria tras un período de transición (cláusula de extinción), mientras que la mayoría de
los Estados miembros alegó que esto podría afectar a las perspectivas de alcanzar un acuerdo
sobre este expediente. Algunos Estados miembros expresaron la opinión de que los elementos
optativos podrían menoscabar las ventajas de la Directiva.
42. El 8 de junio se presentó al Grupo una fórmula transaccional revisada, pero se mantienen los
puntos de vista divergentes.
Detección del fraude en el pago del IVA mediante sistemas informáticos a escala de la UE
43. En el Grupo de Alto Nivel de 4 de junio de 2015, los Estados miembros mantuvieron un
cambio de impresiones sobre el trabajo por hacer en relación con el análisis de riesgos y la
detección en fases tempranas del fraude en el pago del IVA a escala de la UE mediante
sistemas informáticos. Las delegaciones intercambiaron sus puntos de vista sobre la práctica
al respecto. La mayoría de los Estados miembros confirmó la conveniencia de un estudio de
viabilidad que explore las posibles alternativas para mejorar las capacidades de Eurofisc con
el fin de detectar el fraude del IVA en fases tempranas con un marco no vinculante de análisis
de riesgos, prestándose especial atención a los requisitos actuales en materia de protección y
tratamiento de datos y respetando plenamente el actual marco jurídico de la UE, en particular
los requisitos del artículo 35 del Reglamento (UE) n.º 904/2010 del Consejo, que estipula
entre otras cosas que la Comisión proporcionará a Eurofisc respaldo técnico y logístico y que
la Comisión no tendrá acceso a la información a la que se refiere el artículo 1 de dicho
Reglamento que pueda ser intercambiada por Eurofisc.
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10161/15 mmp/MMP/psm 15 ANEXO DG G 2B ES
Tratamiento fiscal de los productos del tabaco novedoso
44. A iniciativa de la Presidencia letona, los Estados miembros intercambiaron puntos de vista
sobre las perspectivas de los trabajos relativos al tratamiento fiscal de los producto del tabaco
novedoso (como por ejemplo los cigarrillos electrónicos y los productos del tabaco tratados
térmicamente). Como sea que en la mayor parte de los Estados miembros dichos productos no
están sujetos a ningún impuesto especial ni de tipo alguno específicamente concebidos para
dichos productos, los Estados miembros han convenido en que la situación en el mercado
debería seguir supervisándose. Si la parte de mercado de dichos productos mostrara una
tendencia al alza, habría que intensificar los esfuerzos actuales para poner a punto un método
fiscal eficiente para dichos productos. En términos generales, los Estados miembros han
concluido que este intercambio preliminar de puntos de vista se habrá revelado útil en caso de
haberse previsto algún tipo de ajuste del marco jurídico de la UE al respecto, siempre que la
Comisión presente la correspondiente propuesta legislativa ( por ejemplo en caso de una
posible revisión de las disposiciones de la Directiva 2011/64/UE).
B. Coordinación de las políticas fiscales
45. Como se indica más adelante, durante la Presidencia letona se han realizado importantes
trabajos en materia de coordinación de las políticas fiscales (al margen de la legislación fiscal
de la UE).
a) Grupo «Código de Conducta» (Fiscalidad de las Empresas)
46. Sobre la base del programa de trabajo aprobado en 2011, el Grupo «Código de Conducta» se
reunión tres veces bajo la Presidencia letona. El 4 de febrero e 2015, volvió a nombrarse
presidente del Grupo «Código de Conducta» para un periodo de dos años al doctor
Wolfgang Nolz.
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10161/15 mmp/MMP/psm 16 ANEXO DG G 2B ES
47. El Grupo «Código de Conducta»9 continuó sus trabajos sobre la paralización y el
desmantelamiento de los regímenes fiscales perniciosos. En relación con dicha paralización,
se debatió el régimen italiano de incentivos fiscales por cesión de activos intangibles («patent
box»). El Grupo «Código de Conducta» observó que el régimen italiano todavía no ha sido
aplicado mediante un Decreto. El Grupo convino en que este régimen, si llegara a entrar en
vigor, tal como aparece en la descripción acordada, no sería compatible con la fórmula
transaccional sobre el enfoque de nexo modificado aplicable a los regímenes de propiedad
intelectual, que figura en el anexo 1 del doc. 16553/1/14 REV 1. Italia mantiene una reserva
en relación con la declaración del Grupo sobre su régimen «patent box».
48. Respecto al desmantelamiento, el Grupo concluyó en noviembre de 2014 que las tenencias de
activos de las sociedades ficticias radicadas en Gibraltar podían incluirse en el ámbito de
aplicación del Código de Conducta. Tras los debates celebrados entre el Reino Unido, España
y la Comisión Europea sobre el tratamiento fiscal de tales sociedades, el Grupo «Código de
Conducta» decidió solicitar a la Comisión que preparase una descripción acordada de dicho
régimen fiscal.
49. El Grupo «Código de Conducta» dio el visto bueno en su programa de trabajo durante la
Presidencia letona a contribuir al debate sobre el futuro del Código de Conducta. Los debates
versaron sobre ambas cuestiones, el ámbito de aplicación y la gobernanza del Grupo, sobre la
base de diversas propuestas de los Estados miembros. El Grupo de Alto nivel del Consejo
debatió el futuro del Código de Conducta tras una sesión informativa del presidente del Grupo
«Código de Conducta». El Grupo de Alto Nivel acogió con agrado que el Grupo «Código de
Conducta» fuera a continuar sus trabajos sobre esta cuestión en julio de 2015 centrándose en:
hacer un mejor uso del mandato actual del Código; estudiar las posibilidades de ampliar el
mandato y actualizar los criterios; y la necesidad de ajustar en consonancia la gobernanza del
Código. El Grupo de Alto Nivel seguirá de cerca este trabajo bajo la Presidencia
luxemburguesa, durante el segundo semestre de 2015.
9 Informe al Consejo Ecofin del 19 de junio de 2015 (doc. 9620/15).
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10161/15 mmp/MMP/psm 17 ANEXO DG G 2B ES
50. El Grupo «Código de Conducta» mantuvo sus esfuerzos por promover los principios y
criterios del Código de Conducta ante terceros países, concentrándose en un diálogo con
Liechtenstein y Suiza. El diálogo con Suiza concluyó de forma satisfactoria en
octubre de 2014 y los debates con Liechtenstein se han reanudado recientemente. La
Comisión informó al Grupo sobre la situación actual del diálogo con Liechtenstein.
51. En junio de 2014, el Grupo «Código de Conducta» acordó unas instrucciones tipo sobre el
intercambio espontáneo de información en relación con resoluciones transfronterizas
específicas y los intercambios en el ámbito de la fijación de precios de transferencia que los
Estados miembros podrían utilizar como referencia. El Grupo «Código de Conducta» abordó
los progresos realizados en la aplicación de las instrucciones tipo en los Estados miembros y
la forma de mejorar la información efectiva de información.
b) Grupo «Código de Conducta» – Lucha contra las prácticas abusivas: Subgrupo sobre
mecanismos híbridos asimétricos
52. El Subgrupo del Grupo «Código de Conducta» dedicado a la lucha contra las prácticas
abusivas inició sus trabajos sobre los mecanismos híbridos asimétricos durante la Presidencia
irlandesa. El Grupo «Código de Conducta» acordó en noviembre de 2012 mantener debates
técnicos pormenorizados en el Subgrupo de Lucha contra las prácticas abusivas sobre las
transferencias de beneficios entrantes y salientes y los desequilibrios entre sistemas fiscales,
concretamente en materia de entidades híbridas y establecimientos permanentes híbridos. La
orientación y notas explicativas sobre mecanismos híbridos asimétricos se concluyeron
durante la Presidencia italiana.
53. Bajo Presidencia letona, el Subgrupo se reunió una vez el 8 de abril de 2015 y formalizó una
orientación y notas explicativas sobre mecanismos híbridos asimétricos derivados de
establecimientos permanentes híbridos.
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10161/15 mmp/MMP/psm 18 ANEXO DG G 2B ES
54. Una vez completado el último punto del programa de trabajo del Subgrupo, el mandato del
Subgrupo se amplió a otros casos de mecanismos híbridos asimétricos ( entidades híbridas y
establecimientos permanentes híbridos en situaciones que afecten a terceros países,
instrumentos financieros híbridos distintos de los dividendos/intereses; transferencias
híbridas; sociedades con doble residencia y mecanismos híbridos asimétricos importados) en
la reunión del Grupo «Código de Conducta» del 2 de junio de 2015.
c) Otros temas de coordinación fiscal
55. La Presidencia letona ha proseguido los trabajos sobre nuevos ámbitos sobre los que
presidencias anteriores habían considerado ya que podrían prestarse a una coordinación de las
políticas fiscales en el Grupo de Alto Nivel.
i) UE y OCDE: Erosión de las bases imponibles y deslocalización de beneficios
(proyecto BEPS)
56. El apartado 6 de las Conclusiones del Consejo del 14 de mayo de 2013 se refiere a la
coordinación y la cooperación con la OCDE y el G-20 sobre el proyecto BEPS:
«6. APOYA la continuación de los esfuerzos de la OCDE contra la erosión de la base
tributaria y la transferencia de beneficios (proyecto BEPS) y RECUERDA que el Consejo
Europeo ya señaló, en sus conclusiones de los días 13 y 14 de marzo de 2013, la necesidad de
cooperar estrechamente con la OCDE y el G-20 en la elaboración de normas acordadas a
escala internacional para prevenir la erosión de la base tributaria y la transferencia de
beneficios, y SEÑALA, en particular, que el Consejo Europeo instó a los países de la Unión
Europea a que coordinasen sus posiciones. SEÑALA que esta coordinación se llevará a cabo
por conducto de los órganos pertinentes del Consejo, en particular del Grupo de Alto Nivel y
SE CONGRATULA de que se esté haciendo un seguimiento de los avances realizados en este
ámbito en el plano internacional. Para ello, la UE debería supervisar minuciosamente su
marco jurídico y determinar en qué aspectos unas soluciones comunes garantizarían mejor la
eficacia y la eficiencia.»
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10161/15 mmp/MMP/psm 19 ANEXO DG G 2B ES
57. En el apartado 27 de sus Conclusiones de 19 y 20 de diciembre de 2013, el Consejo Europeo
declara lo siguiente:
«27. Recordando sus Conclusiones de mayo de 2013, el Consejo Europeo insta a realizar
nuevos avances tanto a escala mundial como de la UE en la lucha contra el fraude y la
evasión fiscales, la planificación fiscal abusiva, la erosión de las bases imponibles y la
deslocalización de beneficios (BEPS) y el blanqueo de capitales. El Consejo Europeo acoge
favorablemente el trabajo emprendido en la OCDE y otros foros internacionales a fin de
responder al reto de la fiscalidad y garantizar sistemas fiscales equitativos y eficaces, en
particular el desarrollo de una norma mundial de intercambio automático de información,
con el fin de garantizar una igualdad de condiciones.»
58. En el apartado 3 de sus Conclusiones de 18 de diciembre de 2014, el Consejo Europeo declara
lo siguiente:
«3. Es urgente avanzar en la lucha contra la elusión fiscal y la planificación fiscal abusiva,
tanto a nivel mundial como de la UE. Al tiempo que resalta la importancia de la
transparencia, el Consejo Europeo espera con interés la propuesta de la Comisión sobre el
intercambio automático de información en la UE en materia de acuerdos tributarios. El
Consejo debatirá la forma de avanzar en todas estas cuestiones e informará al Consejo
Europeo de junio de 2015.»
59. A raíz de los debates que sobre esta cuestión se han mantenido durante presidencias
anteriores, la Presidencia letona promovió y llevó adelante una hoja de ruta concreta sobre
erosión de las bases imponibles y deslocalización de beneficios en el contexto de la UE en la
que se fija una serie de prioridades para su mandato y se subrayan otras cuestiones respecto de
las cuales podrían preverse trabajos a medio o largo plazo (es decir, más allá de
junio de 2015).
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10161/15 mmp/MMP/psm 20 ANEXO DG G 2B ES
60. La Presidencia letona hizo avanzar posteriormente los trabajos en todos los expedientes conexos, en concreto respecto a:
a) la versión refundida de la Directiva sobre intereses y cánones;
b) la propuesta sobre transparencia de las resoluciones fiscales;
c) la propuesta BICCIS;
d) el Grupo «Código de Conducta» y su Subgrupo;
e informó regularmente al Grupo de Alto Nivel de los progresos realizados.
61. En el Consejo ECOFIN informal celebrado los días 24 y 25 de abril se mantuvo un debate sobre el futuro trabajo en el Consejo en relación con cuestiones relativas a la erosión de las bases imponibles y deslocalización de beneficios en el contexto de la UE a pesar de la hoja de ruta de la Presidencia. Los ministros tuvieron un debate de orden general sobre la erosión de las bases imponibles y la deslocalización de beneficios en general y sobre diversos desafíos derivados de tal fenómeno para todas las economías y presupuestos de los Estados miembros. Se convino en que el asunto seguía siendo de la mayor importancia. Los ministros trataron asimismo de seguir abordando algunos expedientes particulares relacionados con este asunto ya sometidos a debate (como por ejemplo la Directiva sobre intereses y cánones y el futuro del Código de Conducta en materia de fiscalidad de las empresas). Los trabajos continuarán durante la Presidencia luxemburguesa y también abordarán el plan de acción presentado por la Comisión.
ii) Evolución de la situación internacional: G7
62. Se informó a los Estados miembros sobre la evolución más reciente en el contexto del G7 en lo que respecta a la fiscalidad. Alemania informó sobre la próxima Cumbre del G7 en Elmau los días 7 y 8 de junio de 2015, respecto de la cual se formuló una declaración que trató, entre otros, los asuntos fiscales.
iii) La fiscalidad en expedientes no fiscales
63. El 19 de noviembre de 2013, el Grupo de Alto Nivel acordó que las disposiciones fiscales en expedientes no fiscales que supongan cambios en la legislación o las prácticas administrativas de los Estados miembros en materia fiscal, o que tengan otro tipo de consecuencias sobre la fiscalidad, sean tratadas mediante un «mecanismo de alerta informal».
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10161/15 mmp/MMP/psm 21 ANEXO DG G 2B ES
64. Sobre esta base, la Presidencia letona informó a los Estados miembros sobre las últimas
disposiciones fiscales incluidas en expedientes no fiscales en la reunión del Grupo de Alto
Nivel de 16 de abril de 2015. El planteamiento sistemático de someter estos casos a la
atención de los expertos fiscales, con el respaldo de la Secretaría General, seguirá
garantizando que se alerte a los Estados miembros en el momento oportuno. El Grupo de Alto
Nivel convino en que la cláusula fiscal coordinada que se habría de incluir en los acuerdos de
libre comercio que la UE celebre con terceros países debería tener en cuenta los debates de los
correspondientes órganos preparatorios del Consejo.
65. Las alertas más recientes se referían en particular a las cuestiones siguientes:
– Negociaciones del diálogo tripartito en primera lectura sobre la propuesta de Directiva
sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través
del Derecho penal;
– Acuerdo de asociación estratégica UE-Japón;
– Semestre Europeo: Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento correspondiente
a 2015 y recomendaciones específicas por país;
– Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la
Directiva 2007/36/CE en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de
los accionistas;
– Proyecto de Conclusiones del Consejo sobre la asociación mundial para la erradicación
de la pobreza y el desarrollo sostenible después de 2015 («Financiación para el
Desarrollo»).
________________________
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10161/15 mmp/MMP/psm 22 ANEXO DG G 2B ES
Anexo del ANEXO
EU-BEPS PRESIDENCY ROADMAP
(Council doc. 5968/15 FISC 15)
1. On 25 November 2014, at the High Level Working Party on Taxation, a discussion was held
on further work related to unfair tax competition, base erosion and profit shifting in the EU
context (hereinafter – EU BEPS). It was noted that this work should be brought forward on
the basis of a concrete roadmap, which would include actions and clear timelines, taking
account of the OECD work in this area.
2. Against this background, a draft roadmap was examined by the Working Party on Tax
Questions on 5 December 2014 during the Italian Presidency.
3. At the 9 December ECOFIN the Commission informed the Member States about the joint
letter sent by the Finance Ministers of France, Germany and Italy to the Commissioner on the
pressing need of actions against corporate tax avoidance and aggressive tax planning
developing within the EU, identifying specific key areas of intervention and suggesting, inter
alia, a comprehensive legislative proposal against corporate tax base erosion and profit
shifting ('anti-BEPS directive'). The Commission referred to the Commissioner's response to
this initiative as well as to a letter from Austria on the same topic.
4. On 16 December 2014, the Commission announced in its 2015 Work Programme a legislative
proposal providing for compulsory exchange of information between tax authorities in respect
of cross-border tax rulings, expected to be released during the term of the Latvian Presidency,
and a non-legislative initiative comprising an Action Plan on efforts to combat tax evasion
and tax fraud and a Communication on a renewed approach for corporate taxation in the
Single Market in the light of global developments, expected to be released by mid 2015.
5. Furthermore, the above discussion on the need for EU anti-BEPS initiatives was reflected in
the ECOFIN report to the European Council, which adopted conclusions on this matter on
18 December 2014 stressing that:
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10161/15 mmp/MMP/psm 23 ANEXO DG G 2B ES
"There is an urgent need to advance efforts in the fight against tax avoidance and aggressive
tax planning, both at the global and EU levels. Stressing the importance of transparency, the
European Council looks forward to the Commission’s proposal on the automatic exchange of
information on tax rulings in the EU. The Council will discuss how to make progress on all
these issues and report back to the June 2015 European Council".
6. The Latvian Presidency undertook to continue the work on the basis of the draft roadmap
discussed by the Working Party on Tax Questions on 5 December 2014, especially with a
view to identify the most efficient and practical solutions to achieve the planned results. The
Presidency submitted a new discussion paper, which was examined by the Working Party on
Tax Questions on 21 January 2015.
7. Based on the comments received at the meeting of the High Level Working Party (HLWP),
the Presidency intends to set out a number of priorities for its term and highlight other issues
on which work could be foreseen for the middle or longer term (i.e. beyond June 2015), as
reflected in this document.
8. The Presidency will pay particular attention to consistency between EU work and OECD
actions in the area of BEPS. The HLWP will serve as a focal point to monitor work in this
field. It will ensure transparency among all EU Member States concerning OECD work,
which may be relevant for the EU. The Presidency's aim is to facilitate solutions to be found
within the OECD, which are compatible with EU law and to discuss any constructive input
the EU could make, in line with views taken Member States in Council. Specific areas, in
which consistency between EU and OECD will be of importance can be found below.
9. The paper intends to set out how the Latvian Presidency will conduct works in the Council,
while aiming for any efficient and timely response to the challenges of BEPS. The paper is
also intended to be a useful contribution to the preparation of the Commission anti-BEPS
Action Plan, to be presented later this year.
![Page 24: ST_10161_2015_INIT_ES](https://reader034.vdocumento.com/reader034/viewer/2022051623/5695d3ab1a28ab9b029ec068/html5/thumbnails/24.jpg)
10161/15 mmp/MMP/psm 24 ANEXO DG G 2B ES
I. Short term work
10. In the light of the written comments received by the Presidency and the discussion held at the
Working Party on 21 January 2015, the Presidency will strive to reach progress during the
next months on the following EU-BEPS work items:
A. Interest and Royalties Directive (IRD)
11. A broad majority of Member States underlined the need to make progress on this file by
concentrating work first on a de minimis anti-abuse clause, similar to the one recently adopted
for the Parent-Subsidiary Directive, and to discuss later the remaining provisions, notably the
'subject to tax' criterion, the revision of the list of entities and the revision of the shareholding
threshold contained in the 2011 recast proposal. Some Member States were however of the
opinion that the discussion should be held on the proposal as a whole.
12. Taking into account these positions, the Presidency will launch a comprehensive discussion of
the proposal at the Working Party on Tax Questions (WPTQ), based on the Danish Presidency
compromise tabled in 2012 and the outcome of the discussion of the room document on the
IRD which was tabled for the WPTQ meeting of 29 September 2014. In case the outcome of
this discussion would show that no agreement can be foreseen in the reasonable future on the
whole proposal, the Presidency could focus the work in Council on the anti-abuse clause and
some other technical matters (such as the update of the annex on eligible companies) with a
view to reach a swift agreement on this part of the proposal. In that event, the commitment to
continue discussion on the remaining parts of the proposal would be clearly stated.
B. Transparency of tax rulings
13. Member States underlined the need to start discussions on this topic as soon as the legislative
proposal is presented by the Commission. Thus, high priority will be given to the examination
of the proposal as soon as it becomes available, while paying particular attention to the OECD
work in this field.
![Page 25: ST_10161_2015_INIT_ES](https://reader034.vdocumento.com/reader034/viewer/2022051623/5695d3ab1a28ab9b029ec068/html5/thumbnails/25.jpg)
10161/15 mmp/MMP/psm 25 ANEXO DG G 2B ES
C. CCCTB proposal
14. Many Member States underlined the need to focus discussions on the international anti-BEPS
aspects (in particular definition of permanent establishment, CFC rules, switch-over clause,
general anti-abuse rule, exit taxation, interest limitation, and, possibly, hybrid mismatches),
taking into account the work done at the OECD, as appropriate. At the same time several
Member States expressed the opinion that further steps on the proposal can be taken only after
the outcome of the OECD work will have become available. Also several opinions were
expressed on a possible continuation of the work on selected matters of the proposal.
15. Taking into account the different opinions expressed, and in order to possibly give a useful
input to the work of the OECD on these issues, as well as on the proposal as such, the
Presidency intends:
a) to continue work at the WPTQ on the international anti-BEPS aspects taking into
account the work already done on these aspects under previous Presidencies as well as
preparatory and draft documents circulated by the OECD and the EU legal framework.
The aim is to feed the OECD discussion and pave the way for a smooth implementation
of the future OECD recommendations on these aspects, given the EU specificities;
b) to take stock of the state of play in connection with the various fields of the proposal
and consider Member States' positions on the basis of the Compromise tabled by the
Italian Presidency. The aim is to prepare an updated starting position for further
activities on the proposal by taking into account the outcome of the discussions under
the previous Presidencies.
![Page 26: ST_10161_2015_INIT_ES](https://reader034.vdocumento.com/reader034/viewer/2022051623/5695d3ab1a28ab9b029ec068/html5/thumbnails/26.jpg)
10161/15 mmp/MMP/psm 26 ANEXO DG G 2B ES
D. Hybrid mismatches
16. Member States expect the draft guidance on Hybrid Permanent Establishments to be finalised
by the Code of Conduct Subgroup as soon as possible, taking into account the OECD work in
this area.
17. The extension of the mandate of the Subgroup to further cases of hybrid mismatches (hybrid
entities and hybrid permanent establishments in situations involving third countries; hybrid
financial instruments other than dividends/interest; hybrid transfers; dual resident companies
and imported mismatches) could be considered by the Code of Conduct group as appropriate.
E. Patent boxes
18. The Presidency notes that the Code of Conduct Group will start monitoring the legislative
process necessary to change existing patent box regimes following the agreement reached on
the interpretation of the third criterion of the Code of Conduct. In this context, some Member
States stressed the importance of addressing transitory timing and windfall effects regarding
new entrants. The Presidency will pay particular attention to the ongoing work at the OECD
in this field.
F. Code of Conduct Group (business taxation)
19. Member States commented on the governance of the Code of Conduct Group and the scope of
its mandate.
20. Concerning the governance aspects, their possible strengthening will be examined by the
Code of Conduct Group.
![Page 27: ST_10161_2015_INIT_ES](https://reader034.vdocumento.com/reader034/viewer/2022051623/5695d3ab1a28ab9b029ec068/html5/thumbnails/27.jpg)
10161/15 mmp/MMP/psm 27 ANEXO DG G 2B ES
21. Regarding the scope of the mandate of the Code of Conduct Group, some Member States
expressed interest in strengthening its role in order to better fight against harmful taxation and
BEPS, whilst others would prefer to focus on its existing tasks.
22. The Presidency will discuss the future of the Code of Conduct in the HLWP, on the basis of
the contribution from the Code Group itself with the aim of bringing the decision on this
matter to the ECOFIN by the end of the Latvian Presidency. This work will concern the
governance and the scope of the mandate of the Group.
II. Medium term work
23. The Presidency also notes willingness from Member States to undertake work in the medium
term on the following items:
A. Country-by-country reporting (CBCR) on transfer pricing agreements
24. Following the opinion of numerous Member States, the possibility of an early adoption of
OECD work in this field by the EU will be explored.
B. Beneficial ownership of non-transparent entities
25. Some Member States expressed strong interest in a possible extension of the access to the
register foreseen in the 4th Anti-Money Laundering proposal (articles 29-30) to tax authorities
in order to exchange information for tax purposes.
26. The outcome of the negotiations on the 4th Anti-Money Laundering proposal will be therefore
discussed with a view to explore this possibility.
![Page 28: ST_10161_2015_INIT_ES](https://reader034.vdocumento.com/reader034/viewer/2022051623/5695d3ab1a28ab9b029ec068/html5/thumbnails/28.jpg)
10161/15 mmp/MMP/psm 28 ANEXO DG G 2B ES
C. Outbound payments
27. The discussions showed an interest in work to be undertaken on this issue, even though the
suggested possible solutions differ among the Member States (some consider the topic strictly
connected with the discussion on the Interest and Royalties directive, while others believe it is
more of a transfer pricing issue). A possible forum could be the Code of Conduct Group,
given the previous discussion of this topic in connection with dividend payments.
D. Transfer Pricing
28. Several Member States stressed the need to ensure coordination between EU work in the area
of Transfer Pricing and the OECD's work in the context of its BEPS project (Working Party
N°6), against the background of BEPS priorities defined within the Council and its
preparatory bodies.
III. Long term work
29. The discussion showed that the following issues would not need to be addressed as a matter of
priority, but could be dealt with on the long term.
A. Conditions and rules for the issuance of tax rulings
30. It was noted that any work going beyond mere transparency aspects would require more time.
Some exploratory talks could nevertheless be conducted in the middle term in the context of
the Code of Conduct Group. In addition, the Commission has organized a technical WPIV
meeting on 6 February to open a discussion on this topic.
![Page 29: ST_10161_2015_INIT_ES](https://reader034.vdocumento.com/reader034/viewer/2022051623/5695d3ab1a28ab9b029ec068/html5/thumbnails/29.jpg)
10161/15 mmp/MMP/psm 29 ANEXO DG G 2B ES
B. Definition of an effective level of taxation
31. The determination of a minimum effective rate of taxation in the context of the IRD, PSD and
CCCTB, as proposed by some Member States, is not considered as a priority by a certain
number of other Member States. Nevertheless it is recognised that low effective taxation
could be an issue for consideration in the EU context to the extent that it is the result of
aggressive tax planning or relates to, potentially harmful tax regimes within the meaning of
the Code of Conduct on business taxation. Some Member States were however of the opinion
that this topic requires a preliminary examination of the feasibility of a common approach for
defining an effective level of taxation.
C. Residency rules
32. This matter is considered important by some Member States and could be explored, taking
into account the wider work being done by the OECD on BEPS. Issues arise notably with
regard to residency rules that allow the business to shift their tax residency outside the EU, tax
structures making use of "double residency" or "double non-residency" effects within the EU,
and broader tax provisions and mismatches that may be associated with aggressive tax
planning and double non-taxation.