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Ir a... CEC-EPN Aula Virtual v2_2013 Glosarios Glosario . ¿Buscar en conceptos y definiciones? Navegue por el glosario usando este índice. Especial | A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | Ñ O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z | TODAS Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 (Siguiente) TODAS A Acto administraƟvo: Manifestación de la voluntad de un órgano de la administración pública con fundamento en la normaƟvidad o bien de carácter discrecional, pero fundado en atribuciones. Es suscepƟble de crear, con eficacia parƟcular o general, obligaciones, facultades, o situaciones jurídicas de naturaleza administraƟva. Sus modalidades son: los que crean situaciones jurídicas concretas e individuales; los que pueden ser antecedente, efecto o consecuencia de una situación jurídica y los que Ɵenen desƟnatarios indeterminados. Acto arbitrario: Todo acto que carece de sustento de la razón, de fundamentos o antecedentes, todo acto que no puede jusƟficarse por normas jurídicas. Actos ejecutoriados: Se consideran ejecutoriados aquellos actos sobre los cuales no se hubiere interpuesto o no se hubiere previsto recurso ulterior. Actos firmes: Son aquellos actos contra los cuales ya no se puede recurrir, por haber transcurrido el Ɵempo dispuesto por la ley para hacerlo. Agente de retención:: Son las personas naturales o jurídicas que, en razón de su acƟvidad, función o empleo, estan en posibilidad de retener tributos y que, por mandato legal, disposición reglamentaria u orden administraƟva, estén obligadas a ello. Anexos: Los anexos son el detalle de las transacciones que se han colocado en las declaraciones de impuestos que los contribuyentes están obligados a presentar. Se informan las operaciones gravadas con tributos como el Impuesto a la Renta, IVA, ICE, Retenciones en la fuente y demás información que una Administración Tributaria considera úƟl para la correcta aplicación y uso de sus facultades. Esta información debe ser presentada en las formas y condiciones que establezca la enƟdad; lo más común en la mayoría de las Administraciones Tributarias es que los anexos se presenten en medio magnéƟco y se carguen vía internet a las bases insƟtucionales. Gracias al uso de la información presentada en los anexos, el SRI puede realizar un mejor control de las obligaciones tributarias de los contribuyentes Aplicación del financiamiento: Son recursos desƟnados al pago de la deuda pública. Están conformados por la amorƟzación de la deuda pública y obligaciones pendientes de pago de ejercicios anteriores. B Base imponible: Monto sobre el cual se aplica la tarifa del tributo. Vista por Categoría Buscar por fecha Buscar por autor Vista Normal Aula Virtual v2_2013: Glosario http://aula.virtualepn.edu.ec/mod/glossary/view.php?id=33808&mode... 1 de 7 14/05/2015 17:19

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    Pgina: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 (Siguiente)TODAS

    AActo administravo:Manifestacin de la voluntad de un rgano de la administracin pblica con fundamento en la normavidad o bien de carcterdiscrecional, pero fundado en atribuciones. Es suscepble de crear, con ecacia parcular o general, obligaciones, facultades, osituaciones jurdicas de naturaleza administrava. Sus modalidades son: los que crean situaciones jurdicas concretas eindividuales; los que pueden ser antecedente, efecto o consecuencia de una situacin jurdica y los que enen desnatariosindeterminados.

    Acto arbitrario:Todo acto que carece de sustento de la razn, de fundamentos o antecedentes, todo acto que no puede juscarse por normasjurdicas.

    Actos ejecutoriados:Se consideran ejecutoriados aquellos actos sobre los cuales no se hubiere interpuesto o no se hubiere previsto recurso ulterior.

    Actos rmes:Son aquellos actos contra los cuales ya no se puede recurrir, por haber transcurrido el empo dispuesto por la ley para hacerlo.

    Agente de retencin::Son las personas naturales o jurdicas que, en razn de su acvidad, funcin o empleo, estan en posibilidad de retener tributos yque, por mandato legal, disposicin reglamentaria u orden administrava, estn obligadas a ello.

    Anexos:

    Los anexos son el detalle de las transacciones que se han colocado en las declaraciones de impuestos que los contribuyentesestn obligados a presentar. Se informan las operaciones gravadas con tributos como el Impuesto a la Renta, IVA, ICE, Retencionesen la fuente y dems informacin que una Administracin Tributaria considera l para la correcta aplicacin y uso de susfacultades. Esta informacin debe ser presentada en las formas y condiciones que establezca la endad; lo ms comn en lamayora de las Administraciones Tributarias es que los anexos se presenten en medio magnco y se carguen va internet a lasbases instucionales. Gracias al uso de la informacin presentada en los anexos, el SRI puede realizar un mejor control de lasobligaciones tributarias de los contribuyentes

    Aplicacin del nanciamiento:

    Son recursos desnados al pago de la deuda pblica. Estn conformados por la amorzacin de la deuda pblica y obligacionespendientes de pago de ejercicios anteriores.

    BBase imponible:Monto sobre el cual se aplica la tarifa del tributo.

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  • Bien Comn:

    aquello de lo que se benecian todos los ciudadanos.

    Brecha tributaria:

    La diferencia existente entre un potencial a obtener y lo que realmente se obtuvo.

    CCAPACIDAD CONTRIBUTIVA:Disponibilidad de recursos con los que cuenta una persona en funcin de los cules debe pagar un porcentaje de impuestos.

    Catastro:Es un registro pblico; una clase de inventario.

    CIAT:Centro Interamericano de Administraciones Tributarias.

    Clausura:Accin de suspender las acvidades econmicas de contribuyentes, temporal o denivamente, por no proceder correctamentecon los deberes formales que dispone la Administracin Tributaria.

    Cdigo:Serie de normas establecidas por un grupo social, eclesisco, cultural o profesional, de comn acuerdo o por la mayora o por elgrupo dominante, para marcar pautas de comportamiento en benecio del bien comn, mayoritario.

    Comprobantes de Retencin:Son los documentos que acreditan las retenciones de impuestos realizadas por los agentes de retencin en cumplimiento de lodispuesto en la Ley de Rgimen Tributario Interno, el Reglamento de Comprobantes de Venta y Retencin y en las resolucionesque, para el efecto, dictar el Director General del Servicio de Rentas Internas.

    Comprobantes de Venta:

    Son los documentos que acreditan la transferencia de bienes o la prestacin de servicios.

    CONESUP:Consejo Nacional de Educacin Superior.

    Contravenciones:Son las violaciones a normas jurdicas denominadas leyes o cdigos y/ o el incumplimiento de deberes formales.

    Contribuyente:"La persona que abona o sasface las contribuciones o impuestos del Estado, la provincia o el municipio. Quien contribuye, ayudao coopera a cualquier nalidad"Contribuyente es la persona natural o jurdica a quien la ley impone la prestacin tributaria porla vericacin del hecho generador. Nunca perder su condicin de contribuyente quien, segn la ley, deba soportar la cargatributaria, aunque realice su traslacin a otras personas CABANELLAS, Guillermo. DICCIONARIO JURIDICO ELEMENTAL 2006,Edicin Actualizada, corregida y aumentada, Editorial Heliasta, dcimo spma edicin, 2006.

    Convenios internacionales:es un acuerdo escrito entre dos o ms estados u organismos internacionales. Estn regulados por la Convencin de Viena

    Cultura tributaria:conocimiento que los individuos de una sociedad enen acerca del sistema tributario y sus funciones. La mayor cultura tributarialleva a una menor evasin de impuestos.

    DDeclaracin Patrimonial Juramentada:Manifestacin hecha bajo juramento por todos los funcionarios pblicos, una vez al ao.

    Deducciones:Gastos incurridos que por disposicin expresa de ley deben ser disminuidos de la base imponible. En general son aquellos quesirven para obtener, mantener y mejorar los ingresos de fuente ecuatoriana.

    Dcit presupuestario:cuando los ingresos pblicos son menores que los gastos pblicos.

    Defraudacin:Es todo acto intencional realizado con voluntad y conocimiento para simular, ocultar, omir, engaar que induzca a error en ladeterminacin de la obligacin tributaria, o por los que se deje de pagar en todo o en parte los tributos realmente debidos, en

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  • provecho propio o de un tercero; as como aquellas conductas intencionales que contravienen o dicultan las labores de control,determinacin y sancin que ejerce la administracin tributaria (art. 342 del Cdigo Tributario).

    Desempeo Equitavo:Los funcionarios deben dar un trato justo e imparcial a los parculares (sujetos pasivos) que no de lugar a tratamientos arbitrariosen el uso de las atribuciones que le conere la ley y que respete al mismo empo los derechos y garanas que la misma les otorga.

    Disolucin:Es la terminacin de las acvidades relacionadas con el objeto social. Una compaa disuelta slo puede liquidarse o fusionarse.

    Documentos preimpresos:Son los comprobantes de venta y retencin autorizados por el SRI que son emidos por los establecimientos grcos que cumplencon los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Venta y Retencin y estn previamente calicados por laadministracin.

    Dolo:Es la voluntad deliberada de cometer un acto que cause dao a otro u otros.

    Domicilio tributario:Para todos los efectos tributarios, se tendr como domicilio de las personas naturales el lugar de su residencia habitual o dondeejerzan sus acvidades econmicas; aquel donde se encuentren sus bienes, o se produzca el hecho generador.

    EElusin scal:Es el incumplimiento de ciertas obligaciones tributarias, amparndose en excusas o resquicios legales, que no fueron previstos porel legislador al momento de redactar la ley.

    Equilibrio presupuestario:Cuando los ingresos pblicos son iguales a los gastos pblicos.

    Erario:Tesoro pblico.

    Escisin:Es la divisin de una compaa en dos o ms sociedades. Puede ser total o parcial. Es una operacin societaria por medio de lacual se divide el patrimonio de una compaa para luego transmirlo segmentado a por lo menos una sociedad que, creada parael efecto, mantendr la connuidad parcipava de los socios de la compaa escindida.

    Establecimiento:Lugar en el que un contribuyente, persona natural o jurdica, realiza su acvidad econmica.

    Establecimiento matriz:El domicilio scal del contribuyente.

    ca:abolicin de toda conducta interna, individual o instucional, que constuya acto de corrupcin de cualquiera especie y quetenga por nalidad beneciar ilegmos intereses polcos, econmicos o de otra ndole

    EEvasin scal, evasin tributaria o evasin de impuestos:impago voluntario de tributos establecidos por la ley. Se considera un delito.

    Exencin de Impuestos:Dispensa legal sobre el pago de impuestos en casos puntuales, por razones de orden econmico, social o polco.

    FFactura:

    Las facturas son comprobantes de venta que sustentan la transferencia de un bien o la prestacin de un servicio. Son ulizadascuando la transaccin se realiza con personas jurdicas o con personas naturales que necesiten sustentar crdito tributario delIVA, y en operaciones de exportacin.

    Faltas reglamentarias:Son las violaciones de reglamentos o normas secundarias de obligatoriedad general.

    Fuente:Anexo a la publicacin Cmo va la inversin social, MF-MCDS-UNICEF, Octubre 2008, Bolen No. 23 /.

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  • Fusin:Es la unin de dos o ms compaas para formar una nueva o; la integracin de una o ms compaas en otra que subsiste. Lascompaas que se fusionan deben, en primer lugar, disolverse.

    GGastos Corrientes:son los gastos que el Estado desna a la adquisicin de bienes y servicios necesarios para el desarrollo de las acvidadesoperacionales de administracin y para transferencias corrientes.

    Gastos de capital:Son los gastos desnados a la adquisicin de bienes de larga duracin (muebles e inmuebles, tangibles e intangibles) necesariospara el cumplimiento de los objevos y las metas de los planes operavos y producvos de las instuciones pblicas. Tambinincluye las inversiones nancieras y las transferencias y donaciones de capital concedidas por el sector pblico.

    Gastos de Inversin:Son gastos para nanciar proyectos de inversin solicitados por las instuciones pblicas que ha sido aprobados por SENPLADES.Incluye gastos de personal para inversin, bienes y servicios para inversin, obras pblicas, transferencias y donaciones parainversin y otros.

    Gastos de Produccin:Son gastos operacionales incurridos por las empresas y otros entes pblicos que producen bienes y servicios. Incluyen los gastosde personal de produccin y bienes y servicios que sirven como insumo para la produccin de otros bienes (bienes intermedios).

    Gesn Eciente de los tributos:Monto razonable de los recursos ulizados para el desarrollo de las funciones de la Administracin Tributaria.

    Gua de remisin:Sustenta el traslado y acredita el origen lcito de la mercadera dentro del territorio nacional.

    HHecho Generador:Supuesto establecido en la ley para la conguracin del tributo.

    IICE:

    El Impuesto a los Consumos Especiales ICE es un impuesto indirecto de carcter regresivo que grava al consumo de bienes yservicios especcos segn las tarifas que se establecen en la Ley. Este impuesto ene 2 nes bsicos: recaudar ingresos para elEstado debido al consumo de bienes y servicios suntuarios -yates, aviones-y restringir de consumo de bienes que el Estado haconsiderado que resultan dainos para la salud

    cigarrillos, bebidas alcohlicas-. A diferencia del IVA, este impuesto se grava nicamente en la primera etapa decomercializacin pero se calcula en base al precio de venta al pblico, es decir, como si fuera la lma etapa de comercializacin

    Imprentas Autorizadas:Son aquellas que el Servicio de Rentas Internas, luego de un proceso de seleccin, las ha calicado como las nicas facultadaspara solicitar autorizacin e imprimir comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retencin de loscontribuyentes.

    Impuesto a la Renta:El Impuesto a la Renta es un impuesto directo de carcter progresivo, que grava los ingresos de fuente ecuatoriana menos lasdeducciones que establece la Ley. Las tarifas vigentes varan del 0% al 35% para las personas naturales, el 15% para las sociedadesque reinvierten sus ulidades, 25% a las sociedades que no reinvierten sus ulidades y 44,4% para las empresas que explotanhidrocarburos

    Infraccin tributaria:Es toda accin u omisin que implica violacin de normas tributarias.

    Ingresos de Capital:Son los recursos nancieros que se obenen de modo eventual y que alteran la situacin patrimonial del Estado. Provienen de larecuperacin de inversiones y ventas de acvos producvos o improducvos.

    Ingresos de Financiamiento:Constuyen fuentes adicionales de fondos obtenidos por el Estado, a travs de la captacin del ahorro interno o externo parananciar prioritariamente proyectos de inversin.

    Ingresos pblicos:Son los recursos nancieros que ene el sector pblico por concepto de impuestos, prestacin de servicios pblicos y otrosingresos de capital.

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  • IVA:El Impuesto al Valor Agregado IVA es un impuesto indirecto de carcter regresivo que grava al consumo de bienes y servicios conuna tarifa de 12%.

    LLiquidacin:Es un proceso en el que se cobra los crditos, se exnguen las obligaciones contradas por una compaa y se realiza laparcipacin del haber divisible entre los socios o accionistas.

    Lista Blanca:Es una lista en la que guran los contribuyentes que estn al da en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

    MMAG:Ministerio de Agricultura y Ganadera

    Mquina Registradora:Aparato mecnico o electrnico que permite calcular y registrar transacciones comerciales. Incluye un cajn para guardar dinero ypermite imprimir un quete para el cliente considerado como un comprobante de venta, dependiendo de las disposicioneslegales de cada pas.

    MORA:Es el retardo en el cumplimiento de la obligacin tributaria.

    Moral:La moral abarca normas y valores que orientan y dictaminan la conciencia individual considerada subjeva.

    NNotas de Crdito:Son documentos complementarios; que se emiten para anular operaciones, aceptar devoluciones y conceder descuentos obonicaciones. En las Notas de crdito deber constar el nmero de serie y secuencial de los comprobantes que afecta.

    Notas de Dbito:Son documentos complementarios que se emiten por concepto de cobro de intereses de mora y para recuperar costos y gastos deuna transaccin comercial realizada. En la Nota de Dbito deber constar el nmero de serie y secuencial del comprobantes alcual hace referencia.

    Nocacin:Es el acto por el cual se hace saber a una persona natural o jurdica el contenido de un acto o resolucin administrava, o elrequerimiento de un funcionario competente de la administracin en orden al cumplimiento de deberes formales.

    OOBLIGACIN TRIBUTARIA:Es el vnculo jurdico, de carcter personal, que existe entre la Administracin Tributaria y los parculares.

    Obligaciones vencidas:Son aquellas que no se cumplieron en el plazo jado o determinado por la ley para el efecto.

    OCDE:La Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico (OCDE), creada en 1960 ene como objevo coordinar y armonizarlas polcas econmicas y sociales de sus 31 Estados miembros para lograr maximizar su crecimiento econmico y coayudar a sudesarrollo y al de los pases no miembros. La OCDE agrupa a los pases ms desarrollados del mundo. ( hp://www.oecd.org ).

    PPago indebido:Aquel realizado por un tributo no establecido legalmente o del que haya exencin por mandato legal. El efectuado sin que hayanacido la respecva obligacin tributaria, conforme a los supuestos que conguran el respecvo hecho generador. Pecuniario:Relavo al dinero.

    Persona jurdica:Es todo ente capaz de adquirir derechos y ejercer obligaciones a travs de un tercero que lo representa.

    Polca de rentas:Es un instrumento de polca econmica por medio del cual el Gobierno parcipa en la formacin de rentas, salariales y nosalariales, buscando as la estabilidad del nivel de precios. Adems, por medio de esta polca tambin se puede inuir sobre ladistribucin de la renta, la regulacin del mercado de trabajo o la generacin de incenvos producvos, entre otros.

    Polca econmica:Conjunto de estrategias y medidas econmicas que aplica el Estado con el objevo de alcanzar resultados socio-econmicospreviamente establecidos, siendo su n lmo lograr el bienestar de la poblacin del pas.

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  • Polca monetaria:Es una polca econmica que consiste en controlar la oferta monetaria (candad de dinero en circulacin) para asegurar laestabilidad econmica. Para ello uliza una serie de mecanismos como el po de inters o la parcipacin en el mercado dedinero.

    Polca pblica:Son las actuaciones llevadas a cabo por el Estado que buscan lograr una serie de resultados posivos para la economa y lasociedad. Las polcas pblicas se aplican para logar un mayor desarrollo social, una mayor estabilidad y una mayor ecienciaeconmica.

    Potestad de imperio:Es la posicin soberana con que aparece revesdo el Estado en sus relaciones con los parculares, en virtud de la cual no actasituado dentro de un plano de igualdad.

    Presupuesto Codicado:Es el Presupuesto Inicial ms las reformas realizadas a una fecha de corte durante la ejecucin. Resulta de una serie demodicaciones realizadas al Presupuesto Inicial, como: aumentos en los ingresos, idencacin de recursos para gastosadicionales, disminuciones, etc. El Presupuesto Codicado se realiza permanentemente e incluye los cambios realizados durantetodo el ao.

    Presupuesto Compromedo:Corresponde a los recursos compromedos por el Estado a travs de convenios u otros o documentos legales, de tal forma queson exigibles en el corto y mediano plazo. Fuente: Anexo a la publicacin Cmo va la inversin social, MF-MCDS-UNICEF,Octubre 2008, Bolen No. 23 /.

    Presupuesto consolidado:Es la suma de los presupuestos de las disntas instuciones del Estado una vez eliminado el doble registro generado portransferencias emidas y recibidas entre ellas.

    Presupuesto Devengado:

    Es el monto de las obras, bienes o servicios tramitados por cada endad, cuyo valor es una obligacin de pago, por la prestacinefecva realizada, independientemente de si este pago se realiz o no. Fuente: Anexo a la publicacin Cmo va la inversinsocial, MF-MCDS-UNICEF, Octubre 2008, Bolen No. 23 / .

    Presupuesto Inicial (Aprobado):

    Es el presupuesto aprobado por la Asamblea Nacional para el ejercicio nanciero anual. Comprende la fase de Aprobacin, y es elresultado de recoger el anlisis y las recomendaciones del organismo legislavo a la Pro forma .

    Presupuesto Pagado:Es el nivel de ejecucin del presupuesto en donde se registra contablemente todos los pagos efecvos realizados a losproveedores de bienes o servicios adquiridos. Fuente: Anexo a la publicacin Cmo va la inversin social, MFMCDS-UNICEF,Octubre 2008, Bolen No. 23 /.

    Pro forma Presupuestaria:Es el proyecto de presupuesto presentado por el Ejecuvo a la Asamblea Nacional para su revisin, discusin y posibles cambios.Comprende las fases de Programacin y Formulacin (P y F).

    RReclamo:Es el derecho que enen los contribuyentes, responsables, o terceros que se creyeren afectados, en todo o en parte, por un actodeterminavo de obligacin tributaria, por vericacin de una declaracin, esmacin de ocio o liquidacin, para elevar sudisconformidad ante la autoridad de la que emane el acto.

    Registro ocial:ES el diario del Estado, en el se publican todas las leyes, decretos, acuerdos, resoluciones y dems actos normavos emidos porlos organismos y endades del Estado; adems de las decisiones y resoluciones de los rganos de la Comunidad Andina, as comosentencias expedidas por la Corte Nacional de Juscia; resoluciones del Tribunal Constucional, ordenanzas municipales yprovinciales, y toda aquella normava que dictamine la ley.

    Reincidencia:Segn el Cdigo Tributario, la reincidencia exisr, siempre que la misma persona o empresa hubiere sido sancionada por igualinfraccin a la pesquisada, dentro de los cinco aos anteriores.

    Resultado Presupuestario:Es la diferencia entre Ingresos y Gastos tanto corrientes como de capital, as como la diferencia entre ingresos y aplicaciones delnanciamiento como son las amorzaciones de la deuda. Este resultado puede ser supervit, dcit o equilibrio presupuestario.

    Retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta:

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  • La Retencin en la fuente de Impuesto a la Renta es la obligacin tributaria que ene el agente de retencin que establece que elcomprador de bienes y servicios debe abstenerse de entregar los pagos totales originados en la transaccin, es decir, cada vez quese pague un ingreso que se considere gravado con Impuesto a la Renta para quien lo recibe, deber quedarse con una porcin delpago con el objevo de entregarle el dinero al sco. Estas retenciones se ulizarn como parte de pago del Impuesto a la rentaque se cause en el ejercicio scal para las personas que fueron objeto de la retencin.

    SSENPLADES:Secretara Nacional de Planicacin y Desarrollo cuya misin es Administrar el Sistema Nacional de Planicacin a nivel sectorialy territorial, estableciendo objevos y polcas nacionales, sustentados en procesos de informacin, invesgacin, capacitacin,seguimiento y evaluacin; orientando la inversin pblica; promoviendo una reforma sostenida, integral y democrca delEstado, a travs de una acva parcipacin ciudadana, que contribuya a una gesn pblica transparente y eciente e impulse eldesarrollo humano sostenible (hp://www.senplades.gob.ec).

    SENRES:Secretara Tcnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Pblico dependiente del Ministerio deRelaciones Laborales. Esta Cartera de Estado realiza procesos de evaluacin y control a las Instuciones del Sector Pblico.

    Sistema imposivo o sistema tributario:Es el conjunto de impuestos o tributos exigidos por la Ley y administrados por el SRI y otras instuciones del Estado nacionales,provinciales o municipales. Su objevo es la obtencin de ingresos tributarios para nanciar el gasto pblico. El sistema tributariodebe ser eciente y procurar una distribucin justa de las cargas tributarias de acuerdo a la capacidad contribuva de loscontribuyentes, aplicando en la medida de lo posible el principio de progresividad.

    Sociedades de hecho:Unin de dos o ms personas determinadas con el objevo de explotar de manera comn una acvidad comercial.

    Sujeto Acvo:Es el ente acreedor de los tributos el Estado.

    Sujeto Pasivo:La persona natural o jurdica que, segn la ley, est obligada el cumplimiento de la prestacin tributaria, sea como contribuyenteo responsable

    Supervit presupuestario:Cuando los ingresos pblicos son mayores que gastos pblicos.

    VValor:Son aquellas cualidades o caracterscas de los objetos o sujetos, de las acciones o de las instuciones atribuidas o preferidas,seleccionadas o elegidas de manera libre, consciente, que sirven al individuo para orientar sus comportamientos y acciones en lasasfaccin de determinadas necesidades comunitarias

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