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Okina General t/e\«dministración

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~so{ución CDirectora{Lima, 20 de mayo de 2008 W 497 A -2008-MTC/l O

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Secretarial N° 007-2007-MTC/04, de fecha 06 de febrero de2007, se aprobó la Directiva N° 002-2007-MTC/04 "Normas para el Uso del CorreoElectrónico InstitucionaL Equipos de Cómputo, Software Legal y Servicios Informáticos delMinisterio de Transportes y Comunicaciones";

Que, en el marco del proceso de modernización de la gestión del Estado resultanecesario actualizar el procedimiento que contiene dicha Directiva, adecuándolaasimismo a la nueva estructura orgánica del Ministerio de Transportes y Comunicacionesdispuesta por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes yComunicaciones, aprobado por Decreto SupremoN°021-2007-MTC;

Que, para dicho efecto se ha elaborado el Proyecto de Directiva que establecelineamientos para el uso correcto del correo electrónico institucional, equipos decómputo, software legal y servicios informáticos del Ministerio de Transportes yComunicaciones;

Que, en tal sentido debe dictarse el acto administrativo correspondiente;

Que, por Resolución Secretarial N°222-2007-MTC/04,de fecha 16 de noviembre de2007, se asignó a la Oficina General de Administración la función de expedir Directivasinternas sobre los Sistemas Administrativos a su cargo, así como de control patrimonial, dealcance a todos los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Transportes yComunicaciones;

De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del MTC,aprobado por Decreto Supremo N°021-2007-MTC.

SE RESUELVE:

Artículo 1°._ Aprobar la Directiva W 008-2008-MTC/l0 "Normas para el Uso delCorreo Electrónico Institucional, Equipos de Cómputo, Software Legal y ServiciosInformáticos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", la misma que forma parteintegrante de la presente Resolución.

Artículo 2°._ Dejar sin efecto la Directiva N° 002-2007-MTC/04.

Artículo 4°.-Remitircopia de la presente Resolución y de la Directiva aprobada, alas dependencias y Proyectos Especiales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,para su conocimiento y fines.

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Ministerio de Transportes y Comunic.ciones

NORMAS PARA EL CORRECTO USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, CORREO

ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL, SOFTWARE LEGAL Y SERVICIOS INFORMATICOS DEL

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

DIRECTIVAN° 008-2008-MTC/lO

1. OBJETIVO

Establecer lineamientos para el uso correcto de los equipos de cómputo,correo electrónico institucional, software legal y servicios informáticos en elMinisterio de Transportes y Comunicaciones.

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55 .. ~: Las normas contenidas en la presente Directiva son de aplicación obligatoriaWcw ~~ ;,;0 para todas las dependencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,... z=

ffi ~~ ,f incluyendo al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -> ..., .~ ~~ : PROVIASNACIONALy al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte~~N ~J Descentralizado- PROVIASDESCENTRALIZADO,en lo que resulte aplicablet)-ij!;! 1\':5 i{, ~o'<oz ",:'"'w oU"'~ ~:o 'l :)( o:J .:-w o... Z

Para estos efectos, cuando en la presente Directiva se haga mención alMinisterio de Transportes y Comunicaciones, se entenderá que se refiere a las

en dependencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sus Proyectos~ Especiales.

BASELEGAL

Ley N° 27791 - "Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportesy Comunicaciones".

Ley N° 27444 - "Ley del Procedimiento Administrativo General".

Ley N° 27309 - "Ley que incorpora los Delitos Informáticos al Código Penal".

Ley N° 27815 - "Ley del Código de Ética de la Función Pública".

Ley N° 28493 - "Ley que regula el uso del correo electrónico comercial nosolicitado (SPAM)".

Decreto Supremo N° 021-2007-MTC- "Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones".

Decreto Supremo N° 013-2003-PCM "Dictan medidas para garantizar lalegalidad de la adquisición de programas de software en entidades ydependencias del Sector Público"

· Decreto Supremo N°031-2005-MTC- "Reglamento de la Ley N°28493queregula el envío del correo electrónicocomercial no solicitado(SPAM)".

· Decreto Supremo N°033-2005-MTC- "Reglamento de la Ley del Código deÉtica de la Función Pública".

· Resolución MinisterialN° 073-2004-PCM,que aprobó la "Guía para laAdministración Eficiente del Software Legal en la Administración

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Pública.

Resolución Ministerial N° 224-2004-PCM, que aprobó el uso obligatorio de laNorma Técnica Peruana NTP-ISO/IEC 17799:2004 EDI. Tecnología de laInformación. Código de Buenas Prácticas para la Gestión de la Seguridad dela Información. I a Edición en las entidades del Sistema Nacional deInformática.

Resolución de Contraloría N° 0320-2006-CG - "Normas de control internopara el sector público".

Resolución Jefatural N° 207-2002 INEI - Aprueban la Directiva N° 010-2002-INEI/DTNP "Normas Técnicas para la Asignación de los Nombres de Dominiode las Entidades de la Administración Pública"

Resolución Jefatural N° 053-2003-INEI,que aprobó la Directiva No. 004-2003-INEI/DNTP, sobre "Norma Técnica para la Implementación del Registro deRecursos Informáticos en las Instituciones de la Administración Pública".

Aprueban Directiva sobrede correo electrónico en las

Resolución Jefatural N° 088-2003-1NEl"Normas para el uso del servicio

c> entidades de la administración Pública".QIIr

DISPOSICIONESGENERALES

l. El correo electrónico esintercambio de información

comunicaciónuna herramienta deoficial entre personas.

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2. El software es un recurso indispensable que permite el adecuadofuncionamiento de las estaciones de trabajo, para que los usuarios delmismo puedan acceder, recopilar, organizar, analizar y distribuirinformación en grandes volúmenes.

3. Ningún usuario puede utilizar o distribuir software de propiedad personalen las estaciones de trabajo o redes del Ministerio de Transportes yComunicaciones, toda vez que puede poner en riesgo la integridad yseguridad de las mismas.

4. Los "programas de libre uso" (freeware) o "programas de usocompartido" (sharewareJ, están disponibles sin cargo alguno para usolimitado y puede ser descargado por el usuario en su estación de trabajocon la aprobación previa por escrito de su jefe inmediato y de la Oficinade Tecnología de Información. Sin embargo, ningún usuario descargarásoftware que requiera licencia respectiva, a la estación de trabajo a sucargo sin la aprobación previa por escrito de la Oficina de Tecnologíade Información.

5. La Oficina de Tecnología de Información es responsable del correctofuncionamiento de los equipos de cómputo, brindando el soporteadecuado a las labores de los usuarios.

6. La Oficina de Tecnología de Información establece el Plan Anual demantenimiento preventivo de los equipos de cómputo, el Plan Anual derenovación de parque informático, el procedimiento para la atención deincidencias en los equipos de cómputo y el procedimiento de atenciónde los equipos de cómputo bajo garantía.

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a. La Oficina de Tecnología de Información es responsable de realizar lassiguiente acciones:

./ Desarrollar acciones informativas continuas dirigidas a los usuarios,con el objeto de asegurar la correcta administración del software yel cumplimiento de las obligaciones contenidas en la presenteDirectiva.

./ Garantizar el cumplimiento de la legislación vigente respecto aluso, reproducción o distribución de los softwares, los cuales estánprotegidos por la ley de derechos de autor.

./' Definir el perfil de usuario del software para la estandarización yoptimización del uso de los programas, así como efectuar elseguimiento y control de las licencias asignadas a los usuarios,mediante una auditorio según el perfil de usuario del softwareestablecido.

V. DISPOSICIONES ESPECíFICAS

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a. Del uso del correo electrónico institucional

1. La Oficina de Tecnología de Información asignará cuentas de correoelectrónico a las personas que laboran o prestan sus servicios en lasdistintas dependencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,previo requerimiento aprobado por su Director General o quien hagasus veces, según Formato de Solicitud de Cuenta y Servicios (Anexo 1).Dicha cuenta es de uso personal e intransferible.

ii. Los usuarios deben establecer una contraseña para poder utilizar elcorreo electrónico; la misma que deberá mantenerse en reserva paraque no sea utilizada por otra persona.

iii. La Oficina de Tecnología de Información, garantizará la privacidad delas cuentas de correo electrónico de todos los usuarios.

iv Los usuarios son responsables de todas las actividades que realizancon suscuentas de correo electrónico.

v Periódicamente se deben eliminar de manera permanente losmensajes innecesarios.

vi. Al recibir un mensajereenviar el [email protected],acciones respectivas.

viii. El envío de mensajes globales sólo está permitido a las personas odependencias de la Entidad que lo requieran como parte de susfunciones laborales, debidamente autorizados por la Oficina Generalde Administración.

que se considere ofensivo, el usuario debea la siguiente dirección electrónica:con el fin de que se puedan adoptar las

ix. Los usuarios deben evitar usar las opciones de confirmación deentrega y lectura, salvo que sea un mensaje muy importante, asícomoenviar mensajes con archivos adjuntos a grupos de usuarios, a fin deno recargar el tráfico de la red.

x. Los usuarios deben evitar suscribirse por Internet a listas ajenas a lafunción institucional, para evitar saturación en la recepción de

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mensajes.

xi. Eltamaño máximo de los mensajes del correo electrónico, incluyendoCIO archivos adjuntos será de un megabyte (1 MB).En caso de requerirse~. mayor capacidad en envío de mensajes de correo electrónico, éste~ E será asignado por la Oficina de Tecnología de Información a solicitud...J ""'1:.

~ ~: de la dependencia interesada.11. CI:I .<n ~ .

~~~('o.I~xii. Se encuentra prohibido para el usuario:00:1- ~

~~~.f. l. Facilitar u ofrecer la cuenta y/o buzón del correo electrónico del~ ~~ ~ Ministerio de Transportes y Comunicaciones a terceras personas.0-' .

~~ ~~ 2. Falsificar las cuentas de correo electrónico.~~z "':t>u.~~: 3.o II :)( .~ .:oUJ .U. Z

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Participar en la propagación de mensajes encadenados oparticipar en esquemas piramidales o similares.

4. Participar en la propagación de mensajes con contenidos ajenos alas labores del usuario o propias del servicio.

5. Enviar spam o cualquier otro tipo de correo no solicitado.

6. Difundir contenidos inadecuados, como:

./ Mensajes con contenidos impropios y/o lesivos a la moral.

./ Documentos contra la reputación de personas y las buenascostumbres.

./ Todo lo que constituya complicidad con hechos delictivos,por ejemplo: Apología del terrorismo, uso y/o distribución deprogramas piratas, amenazas, estafas, esquemas deenriquecimiento piramidal.

./ Todo tipo de pornografía.

./ Planificación o ejecución de estafas (Phising).

./ Malware código hostil en general.

./ Actividades político partidarias.

7. Dirigir a un usuario o al propio sistema de correo electrónico,mensajes que tengan el objetivo de paralizar el servicio porsaturación de los enlaces de comunicaciones, de la capacidaddel servidor de correo o del espacio en disco del usuario.

8. Utilizarel correo electrónico para cualquier propósito comercial ofinanciero ajeno del usuario.

9. Usar el correo electrónico institucional para emitir opinionespersonales.

En caso de incurrir en alguno de estos supuestos, se cancelará la cuenta decorreo por el mal uso del correo electrónico institucional; sin perjuicio de lodispuesto en el numeral 6 de la presente Directiva.

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b. Del uso de los Equipos de Cómputo

i. El personal de soporte de la Oficina de Tecnología de Información esel único autorizado para realizar instalaciones y/o modificaciones a lasconfiguraciones al hardware y software de los equipos de cómputo.Asimismo, es el único autorizado para trasladar los equipos

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Ministe-rio de Transportes y Comunicaciones

informáticos de la Entidad.

11. El usuario es responsable del uso adecuado de los equipos decómputo, del software instalado, de los datos, así como del cuidadode manuales y otros elementos de soporte informático que seentreguen.

iii. El usuario que requiera acceso a un servicio informático debesolicitarlo a través de su Director General o quien haga sus veces,según Formato de Solicitud de Cuenta y Servicios (Anexo 1).

iv. El equipo de cómputo que es entregado al usuario contiene elsoftware base necesario para satisfacer sus funciones y está instaladode acuerdo al perfil solicitado por su Dirección u Oficina General.Cualquier necesidad adicional debe ser solicitada formalmente a laOficina de Tecnología de Información a través del Formato deSolicitud de Requerimiento de Software (Anexo 2).

v. Elusuario debe cambiar sus contraseñas cada seis (06) meses.

vi. Elusuario es responsable de respaldar su información crítica. Para estosfines debe coordinar con el área de Soporte de la Oficina deTecnología de Información, a fin de que lo asesore o asista.

vii. Las dependencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones sonresponsables de informar a la Oficina de Tecnología de Información,sobre los equipos de cómputo que no tengan asignado un usuario porretiro del mismo, para su redistribución de acuerdo a las necesidadesde la Entidad.

viii.Se encuentra prohibido para el usuario:

1. Abrir los equipos de cómputo o periféricos, sacar o cambiarcomponentes o periféricos de los mismos.

2. Alterar el hardware y software que se encuentra a su disposición,así como cambiar la configuración de los equipos de cómputodeterminada por la Oficina de Tecnología de Información.

3. Trasladar, prestar y/o intercambiar el equipo de cómputo que le hasido asignado por la Entidad.

C. Del uso del software legal

i. La instalación del software que requiere el usuario para el desarrollo desus labores deberá ser realizado exclusivamente a través de la Oficinade Tecnología de Información.

ii. Toda solicitud de instalación de software debe estar debidamentejustificada por intermedio y autorización del jefe directo del usuariosolicitante, el cual deberá contener: Nombre del usuario, cargo,código patrimonial del CPU, programas requeridos, versión y periodode uso, así como la justificación de la solicitud. (Anexo 2)

iii. Los usuarios deberán utilizar únicamente el software que la Oficina deTecnología de Información haya instalado en sus estaciones detrabajo de acuerdo a su perfil de usuario. asignado según las

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Ministerio de Transportes y Comunicaciones

actividades que desempeña.

IV. Se encuentra prohibido para el usuario:

1. Instalar otros programas que no estén incluidos en el perfil deusuario, aún cuando estos sean legales y de propiedad delusuario, salvo los casos autorizados por la Oficina de Tecnologíade Información con la licencia o certificado de autorizaciónde uso del fabricante.

2. Facilitar u ofrecer el uso de software institucional a terceraspersonas, sin la debida autorización de la Oficina de Tecnología deInformación.

3. Utilizarsoftware institucional para cualquier propósito comercial ofinanciero ajeno a la Entidad.

4. Participar en la propagación y ejecución de virus, spyware,spam u otros programas que atenten contra la seguridad delsoftware y el sistema de red institucional.

5. Usar ilegalmente los software (utilizar copias sin licencias,falsificación, distribución no autorizada, piratería en Internet).

d. De los Servicios Informáticos

L La configuración de los equipos de cómputo para acceder a losservicios informáticos es responsabilidad de la Oficina de Tecnologíade Información.

iL La Oficina de Tecnología de Información implementará herramientasque filtren o limiten aquellos contenidos o servicios que se ofrecen enInternet, que la Entidad considere atentan contra el normaldesempeño de las personas, otros servicios o la moral.

iiL La Oficina de Tecnología de Información controla el acceso a losservicios informáticos, pudiendo negarlo a cualquiera que viole laspolíticas o interfiera los derechos de los demás usuarios, informando alas personas afectadas por las decisiones tomadas.

iv. El uso de los servicios informáticos es personal e intransferible, noestando permitido que otras personas hagan uso de los mismos.

v. Se encuentra prohibido para el usuario:

1. Utilizar conexión privada a redes externas - vía módem a otrasredes. conexiones inalámbricas con otras instituciones o conexionesa Internet separadas de la conexión de la Entidad - desde suequipo de cómputo.

2. Descargar música, videos u otros programas desde Internet.

VI. DISPOSICIONESCOMPLEMENTARIAS

l. La notificación a los administrados de actos administrativos emitidos por elMinisterio de Transportes y Comunicaciones. puede efectuarse mediantecorreo electrónico, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.1.2 del

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~"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"

" Año de las Cumbres Mundiales en el Perú" MTC4~)1Ministerio d. Transportes y Comunicaciones

artículo 20° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral

2. Lasdependencias autorizadas a enviar mensajes institucionales son la AltaDirección, la Oficina General de Administración, la Oficina de ImagenInstitucionaL la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental yla Oficina de Tecnología de Información. Cualquier otra Oficina oDirección General lo hará previa autorización de la Oficina de ImagenInstitucional.

3. La Oficina General de Administración y Direcciones Ejecutivas de losProyectos Especiales, deberán comunicar a la Oficina de Tecnología deInformación la relación de usuarios que hayan ingresado, transferido y losque hayan dejado de laborar en el Ministerio de Transportes yComunicaciones, cualquiera sea su régimen laboral o de contratación,para la activación o desactivación de las cuentas de correo respectivo,la misma que se complementará con el envío en forma obligatoria de larelación mensual de nuevos ingresos, transferencias y personal que dejode laborar.

RESPONSABILIDADES

El incumplimiento de las disposiciones y prohibiciones contenidas en lapresente Directiva genera responsabilidad administrativa y será sancionadoconforme a la normatividad que corresponda, sin perjuicio de lasresponsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar

VIII. ANEXOS

1. ANEXO1: Formato de Solicitud de Cuenta y Servicios.2. ANEXO2: Formato de Requerimiento de Software.~ ANEXO3: Glosario de Términos.c:::Ic:::IC'-.IC=">-"co:r :

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"Decenio de los Personas con Discapacidad en el Perú"" Año de los Cumbres Mundiales en el Perú" M ~ C~~'\.~ -~~))

Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Anexo 1

SOLICITUD DE CUENTA Y SERVICIOSMotivo

Creación ( ) RenovaciónUsuario:

Cargo:

Modificación Baia

Dirección

Oficina

General

Dirección

Oficina

eléfono/Anexo

Condición: ( ) Nombrado ( ) Contratado plazo fijo ( ) SNP () Otro (especificar):

Servicios InformáticosPeriodo de Uso ( ) Numero de meses () Numero de Días ) Indeterminado

Acceso a Recursos ( ) Red ( ) Correo Electrónico ) Internet

Para el desarrollo eficiente de las funciones y actividades propias del cargo, es preciso que en el equipo decómputo se encuentre instalado el siguiente software:

COPIA FIEL DEL ORIGINALMinisterio de Transpp¡1es y Comunicaciones

OfIcIna Gener;ll .}e Administración

.F~~IXOC;':"~ldMOÑ;'~E~DE E'SP;~E'L"'"FEDATARIO ALTERNO

R M N" 522- 2007- MTC 101

CJ'I'RI 2:j h~lIj 2008Reg. N°: Fecha: ............

r

Lima, de de .......

..........................................................(Firma y Nombre del Usuario)

CONFORMIDAD

La información que antecede es conforme.

Jefe Inmediato Oficina de Tecnología de Información

8

. ,.....I\"CI"'IVII'C'.

Sistema de Trámite Documentario (SID) U Sistema de Transporte de Carga de Mercancías

Sistema de Gestión Administrativa (SIGA) Sistema POI

Sistema de Registro de Visitas Sistema Integrado de Información DGTASistema Exámenes Aéreos Estadistica de Tráfico Aéreo

Sistema de Control de Conductores Sistema de Seguros Aéreos

Sistema de Control de Legajos Sistema de Aeronaves

Sistema de Helpdesk - Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ)

Sistema de Concesiones de Transp. Terrestre Sistema Integrado de Adm. Financiera (SIAF)

OTRO:

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"" Año de las Cumbres Mundiales en el Perú" M~C a

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Anexo 2

FORMATO DE REQUERIMIENTO DE SOFTWARE

Requerimientos de software

COPIA FIEL DEL ORIGINALMinisterio de TranspoAes y Comunicaciones

Oficina GeneraVd. Administración

Nombre:

Unidad Orgánica dondelabora:

. """" F~LI;Z ~CT~~IO 1.0ÑTEV;~DE"ESP;ÑE~... ..FEDAT.lFUO ALTERNO

R M N" 522- 2007- MTC 101

"tJ'IR/ 29 MAYO2008Reg. N : Fecha: ............Persona que Autoriza:

Fecha de Solicitud:

Número de patrimonio de lacomputadora:

Ubicación de la

computadora:

Solicitud de Software adicional, (En caso de ser necesario)

Programa de software Versión Frecuencia de uso(1,2,3 Ó 4)

Frecuencia de Uso: 1=Diaria 2=Semanal 3=Mensual 4=Nunca

Firma del Solicitante Firma y Sello del Jefe Inmediato

VO8° . de Oficina de Tecnología deInformación

VO8°. de Autorización

Aplicativo Institucional

9

Perfil de Usuario

[ ] Perfil de Usuario Sistema Operativo, Software de Oficina, Antivirus, Utilitario PDF.1

[ ] Perfil de Usuario Sistema Operativo, Software de Oficina, Antivirus, Utilitario PDF, Aplicativo InstitucionaL2

[ ] Perfil de Usuario Sistema Operativo, Software de Oficina, Antivirus, Utilitario PDF, Software3 Especializado.

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Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Anexo 3

Glosario de Términos

1. Antivirus: Los antivirus son programas cuya función es detectar y eliminar virusinformáticos y otros programas maliciosos.

2. Cliente de Correo Electrónico: Es un programa de computadora (software) usado para leer yenviar mensajes de correo-electrónico.

3. Correo Electrónico: Servicio informático, similar al correo postal, que permite a los usuariosenviar y recibir información. Permite el envío de archivos adjuntos con los mensajes.

4. Estación de Trabajo: Computadora que cuenta con el software apropiado para apoyar lasfunciones de los usuarios en su puesto de trabajo.

5. Herramientas que filtren el contenido de Internet: Se refiere a Firewall, Antivirus, Sistemas deDetección y/o Prevención de Intrusos, Filtrosde SPAM, Filtrosde Contenido Web, Priorizadores dePaquetes, entre otros.

6. Identificación de usuario: Se refiere al nombre único que identifica a los usuarios en los sistemas.

7. Infraestructura Tecnológica: Conjunto de bienes que se consideran necesarios para garantizar elfuncionamiento de los servicios informáticos soportados en tecnología. Dentro de estos pOdemosmencionar: equipos de cómputo personal o portátil, impresoras, scanners, red física decomunicaciones, servidores, equipos de comunicaciones, estaciones de trabajo, equipos aisladosde la red, celulares entre otros.

8. Malware: La palabra malware pro.viene de una agrupación de las palabras malicioussoftware. Este programa o archivo, es dañino para la computadora. Esta palabra agrupa a losVirus,Troyanos, Gusanos y Spyware.

9. Parque Informático: Conjunto de equipos de cómputo que pertenecen y/o funcionan en lainstitución.

10. Periférico: Se refiere a cámaras web (WebCam), escáners, mouse, teclado, micrófono, escáner decódigo de barras, monitores touchscreen, impresoras, monitores, parlantes.

11. Phishlng: Es una técnica que busca adquirir información confidencial de forma fraudulenta,mediante una aparente comunicación oficial electrónica enviada por correo electrónico.

12. Spam: Mensaje de correo electrónico que se recibe sin haberlo solicitado.

13. Servicio Informático: Prestación de servicio basado en Tecnología de Información yComunicaciones. Algunos de los servicios que actualmente presta la Oficina de Tecnología deInformación son: Internet, Trámite Documentario (SID),Sistema Integral de Gestión AdministrativaSIGA,Correo Electrónico.

14. Software: Conjunto de instrucciones, mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra formaque al ser incorporados en un dispositivo de lectura automatizada, es capaz de hacer que unacomputadora ejecute determinada tarea u obtenga un determinado resultado.

15. Usuario: Trabajador, contratista, colaborador, practicante, personal destacado de otrasinstituciones, que labora y utiliza los bienes y servicios informáticos en alguna dependencia delMinisterio de Transportes y Comunicaciones. Por lo general se refiere a las personas queproporcionan entradas y reciben salidas de la computadora.

16. Virus:Esun programa que puede "infectar" o "contaminar" otros programas al modificarlos para incluiruna copia de simismo. Elcódigo virales típicamente malicioso y perjudicial.

QQPIA FIEL D~ RIGINALMinrsleno de TranlpOrt y omunicaciones

O~. General A inislración

. . . .. F~'LI~'OCT~~IO M{1Ñi-evekóe' ES';;~E~" .. ..FEOATARIO ALTERNO

lit M N' 522- 2007- MTC 101

Reg.N":... .t?f<f.'I Fecha2.t~~~~.?008

10