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INSTRUMENTO DE EVALUACIONCdigo: F08-0019-008/04-09 Versin: 1Proceso: Ejecucin de la FormacinProcedimiento: Gestin de Proyectos FormativosModelo de Mejora Continua

Ante la situacin de Pablo1. Qu debe hacer la empresa?Asumir la responsabilidad total del accidente, pues el no haber solicitado en caso de ser contratista, el no haber hecho cumplir ese requisito lo hace responsable solidario y debe asumir las consecuencias econmicas y jurdicas que d lugar el accidente laboral.2. A que tendra derecho el trabajador en caso que estuviera afiliado y ganara el salario mnimo?Primero a atencin medica durante la incapacidad, al 100% los salarios que tiene derecho durante la incapacidad, y a una indemnizacin por la prdida de los dedos segn lo establezca la comisin mdica para tal fin.

En el caso del padre de Luis y Pablo 1. Qu hubiera pasado en el caso del padre de Luis hubiera avisado con anterioridad sobre su condicin? Hubiese tenido tend derecho a toda la atencin mdica, tratamientos y medicinas, adems por tratarse de una enfermedad profesional, hubiese recibido la pensin por tal condicin.2. Ahora que falleci el padre de Luis y Pablo A que tiene derecho la familia por haber estado afiliado SGRP? Deben realizar los trmites necesarios que demuestren que su enfermedad es consecuencia de su prctica laboral, recibirn una indemnizacin, y su esposa recibe la pensin

Caso de capacitacin y asesora A quin le puede pedir capacitacin? A la empresa de riesgos laborales a que la empresa este afiliadaTiene que pagarla?No, la capacitacin es una de las obligaciones que tiene la empresa Administradora de riesgos laboralesCul ley puede invocar para la asesora y a que se refiere?Para la asesora y capacitacin las empresas tienen como soporte el artculo 11 de la ley 1562 de 2012, que expresa:Actividades bsicas programadas y evaluadas conforme a los indicadores de Riesgos Laborales para las empresas correspondiente al cinco por ciento (5%) del total de la cotizacin, como mnimo sern las siguientes:a) Programas, campaas y acciones de educacin y prevencin dirigidas a garantizar que sus empresas afiliadas conozcan, cumplan las normas y reglamentos tcnicos en salud ocupacional, expedidos por el Ministerio de Trabajo;b) Programas, campaas y acciones de educacin y prevencin, dirigidas a garantizar que sus empresas afiliadas cumplan con el desarrollo del nivel bsico del plan de trabajo anual de su Programa de Salud Ocupacional;c) Asesora tcnica bsica para el diseo del Programa de Salud Ocupacional y el plan de trabajo anual de todas las empresas;d) Capacitacin bsica para el montaje de la brigada de emergencias, primeros auxilios y sistema de calidad en salud ocupacional;e) Capacitacin a los miembros del comit paritario de salud ocupacional en aquellas empresas con un nmero mayor de 10 trabajadores, o a los vigas ocupacionales, quienes cumplen las mismas funciones de salud ocupacional, en las empresas con un nmero menor de 10 trabajadores;f) Fomento de estilos de trabajo y de vida saludables, de acuerdo con los perfiles epidemiolgicos de las empresas;g) Investigacin de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales que presenten los trabajadores de sus empresas afiliadas.