solicitud de información al invea

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Instituto de Verificación Administrativa del D.F., Oficina de Información Pública Carolina núm. 132, piso 1 Col. Noche Buena, C.P. 03720 inveadf.df.gob.mx México, D.F., a 22 de mayo de 2015. INVEADF/DG/OIP/557/2015 A QUIEN CORRESPONDA P R E S E N T E Con relación a su solicitud de acceso a la información pública con folio 03135000034915 mediante la cual solicita: Solicito copia íntegra y digitalizada del certificado de zonificación de uso de suelo y permisos de construcción del inmueble ubicado en Cerrada Reforma número 100, CP 01049, Col.Campestre, San Ángel, Delegación Álvaro Obregón con cuenta catastral: 054_031_48. También me gustaría saber si se ha realizado alguna Visita de Verificación, Visita de Verificación Complementaria o algún otro tipo de diligencia de carácter administrativo para revisar o comprobar que el inmueble ubicado en Cerrada Reforma número 100, CP 01049, Col.Campestre, San Ángel, Delegación Álvaro Obregón con cuenta catastral: 054_031_48, cuenta con permisos de construcción y cuál fue el resultado de dicha visita. Datos para facilitar su localización El inmueble también aparece registrado con la dirección Reforma número 7, CP 01049, Col.Campestre, San Ángel, Delegación Álvaro Obregón en el sistema de información geográfica.(SIC) hago de su conocimiento lo siguiente: Al respecto le comunico que de conformidad con el oficio INVEADF/CJ/399/2015 emitido por la Coordinación Jurídica de este Instituto quien manifestó: Atento a lo anterior, este Instituto de Verificación Administrativa no cuenta con la facultad de expedir u otorgar licencias y/o permisos; el objetivo primordial de esta Entidad es la de comprobar que en la realización de actividades realizadas por los particulares, se cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en el Distrito Federal en las materias en las que se encuentra facultado, las cuales se encuentran descritas en el artículo 7, Apartado A, fracción I de la Ley del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal. Por lo que hace al certificado de zonificación de uso del suelo corresponde su expedición a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 50 A fracción V del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal en correlación con los artículos 9 y 12 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Ahora bien derivado de la lectura de la solicitud en comento, se desprende que la información que solicita pudiera ser competencia de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y la Delegación Álvaro Obregón, lo anterior deriva de las atribuciones que le corresponden a esa Secretaría de Desarrollo Urbano, mismas que se encuentran descritas en el artículo 7 fracciones V, XII y XXIV, de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, en donde se indican entre otras las siguientes atribuciones: Revisar los proyectos de Programas Delegacionales y de los Programas Parciales, así como los de sus modificaciones, para que guarden congruencia con el Programa General de Desarrollo Urbano; Desarrollar y difundir estudios, diagnósticos y prospectivas, así como analizar y proponer nuevos instrumentos de planeación, ejecución, control, gestión y fomento del desarrollo urbano y del ordenamiento territorial; Operar el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano tiene por objeto inscribir y resguardar los planes, programas, normas de ordenación y demás instrumentos de planeación del desarrollo urbano del Distrito Federal, así como aquellos actos y

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Respuesta a una solicitud de información al INVEA sobre la construcción de un inmueble ubicado en San Ángel.

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  • Instituto de Verificacin Administrativa del D.F., Oficina de Informacin Pblica

    Carolina nm. 132, piso 1

    Col. Noche Buena, C.P. 03720 inveadf.df.gob.mx

    T. 4737 7700

    Mxico, D.F., a 22 de mayo de 2015. INVEADF/DG/OIP/557/2015

    A QUIEN CORRESPONDA P R E S E N T E Con relacin a su solicitud de acceso a la informacin pblica con folio 03135000034915 mediante la cual solicita: Solicito copia ntegra y digitalizada del certificado de zonificacin de uso de suelo y permisos de construccin del inmueble ubicado en Cerrada Reforma nmero 100, CP 01049, Col.Campestre, San ngel, Delegacin lvaro Obregn con cuenta catastral: 054_031_48. Tambin me gustara saber si se ha realizado alguna Visita de Verificacin, Visita de Verificacin Complementaria o algn otro tipo de diligencia de carcter administrativo para revisar o comprobar que el inmueble ubicado en Cerrada Reforma nmero 100, CP 01049, Col.Campestre, San ngel, Delegacin lvaro Obregn con cuenta catastral: 054_031_48, cuenta con permisos de construccin y cul fue el resultado de dicha visita. Datos para facilitar su localizacin El inmueble tambin aparece registrado con la direccin Reforma nmero 7, CP 01049, Col.Campestre, San ngel, Delegacin lvaro Obregn en el sistema de informacin geogrfica.(SIC) hago de su conocimiento lo siguiente: Al respecto le comunico que de conformidad con el oficio INVEADF/CJ/399/2015 emitido por la Coordinacin Jurdica de este Instituto quien manifest: Atento a lo anterior, este Instituto de Verificacin Administrativa no cuenta con la facultad de expedir u otorgar licencias y/o permisos; el objetivo primordial de esta Entidad es la de comprobar que en la realizacin de actividades realizadas por los particulares, se cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en el Distrito Federal en las materias en las que se encuentra facultado, las cuales se encuentran descritas en el artculo 7, Apartado A, fraccin I de la Ley del Instituto de Verificacin Administrativa del Distrito Federal.

    Por lo que hace al certificado de zonificacin de uso del suelo corresponde su expedicin a la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, de acuerdo con lo establecido en el Artculo 50 A fraccin V del Reglamento Interior de la Administracin Pblica del Distrito Federal en correlacin con los artculos 9 y 12 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.

    Ahora bien derivado de la lectura de la solicitud en comento, se desprende que la informacin que solicita pudiera ser competencia de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda y la Delegacin lvaro Obregn, lo anterior deriva de las atribuciones que le corresponden a esa Secretara de Desarrollo Urbano, mismas que se encuentran descritas en el artculo 7 fracciones V, XII y XXIV, de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, en donde se indican entre otras las siguientes atribuciones: Revisar los proyectos de Programas Delegacionales y de los Programas Parciales, as como los de sus modificaciones, para que guarden congruencia con el Programa General de Desarrollo Urbano; Desarrollar y difundir estudios, diagnsticos y prospectivas, as como analizar y proponer nuevos instrumentos de planeacin, ejecucin, control, gestin y fomento del desarrollo urbano y del ordenamiento territorial; Operar el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano tiene por objeto inscribir y resguardar los planes, programas, normas de ordenacin y dems instrumentos de planeacin del desarrollo urbano del Distrito Federal, as como aquellos actos y

  • Instituto de Verificacin Administrativa del D.F., Oficina de Informacin Pblica

    Carolina nm. 132, piso 1

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    proyectos de diseo urbano que incidan en el territorio del Distrito Federal, independientemente de lo anterior, el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano tiene por objeto los descritos en el artculo 9 de la Ley antes mencionada y que se transcribe a continuacin.

    Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.

    Captulo Segundo

    Del Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano

    Artculo 9. El Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano es la unidad administrativa de la Secretara que tiene por objeto:

    I. Inscribir y resguardar los planes, programas, normas de ordenacin y dems instrumentos de planeacin del desarrollo urbano del Distrito Federal, as como aquellos actos y proyectos de diseo urbano que incidan en el territorio del Distrito Federal;

    II. Integrar el registro estadstico de informacin de usos de suelo por lote, colonia, zona y Delegacin;

    III. Administrar su Sistema de Informacin Geogrfica, y

    IV. Expedir certificados en materia de usos de suelo a partir de la informacin contenida en el acervo registral.

    Ahora bien le comunico que de acuerdo con las atribuciones de las Direcciones Generales de carcter comn de los rganos Poltico Administrativos y en especfico de las atribuciones bsicas de la Direccin General de Obras y Desarrollo Urbano conforme al artculo 126 fraccin II del Reglamento Interior de la Administracin Pblica del Distrito Federal corresponde a dicha Direccin revisar los datos y documentos para el registro de manifestaciones de construccin, e intervenir en la verificacin del desarrollo de los trabajos, en los trminos de la Ley del Instituto de Verificacin Administrativa del Distrito Federal; otorgar el registro de las obras ejecutadas sin la manifestacin de construccin y expedir licencias de construccin especial y las dems que se le otorguen en materia de construcciones.

    Derivado de lo anterior, la informacin solicitada le corresponde a la Delegacin lvaro Obregn, por tener adems la atribucin de ordenar, a los verificadores del Instituto, la prctica de visitas de verificacin administrativa en la materia de Construcciones y Edificaciones, calificar las actas de visita de verificacin practicadas y en su caso ordenar, a los verificadores del Instituto, la ejecucin de las medidas de seguridad y las sanciones impuestas en la calificacin de las actas de visitas de

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    verificacin, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artculo 7 Apartado B fracciones I inciso c), II y III de la Ley del Instituto de Verificacin Administrativa del Distrito Federal.

    As las cosas y en virtud de lo expuesto con antelacin, se hace saber que este Descentralizado no cuenta con la informacin solicitada por el particular, por lo que este ente se encuentra imposibilitado jurdica y materialmente para brindar la misma y considerando de la simple lectura de la solicitud de informacin se advierte que la misma es relativa a la materia de Construcciones y Edificaciones y a documentos que expide la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, se sugiere requerir a los entes pblicos que han quedado precisados, la solicitud de la informacin que desea obtener.

    Por lo anterior, le informo que el Instituto est imposibilitado jurdicamente de atender su peticin, en ese tenor en trminos de lo dispuesto por el artculo 47 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica del Distrito Federal, se sugiere que se ponga en contacto con la oficina de informacin pblica de la Delegacin lvaro Obregn y Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal lo anterior con la finalidad de que se otorgue atencin a su peticin y facilitar su consulta. Se otorga la siguiente informacin.

    Responsable de la OIP: C. Manuel Enrique Pazos Rascn Puesto: Responsable de la OIP de la Delegacin lvaro Obregn Domicilio Calle 10, Oficina. Esq. Canario Col. Toltecas, C.P. 01150 Del. lvaro Obregn Telfono(s): Tel. 5276 6827 Ext. , Ext2. Y Tel. Ext. , Ext2. Correoelectrnico:[email protected] Responsable de la OIP: C. Nancy Barrn Cruz Puesto: Responsable de la OIP de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda Domicilio Avenida Insurgentes Centro No. 149, Piso 4 Col. San Rafael, Del. Cuauhtmoc, CP 06470 Telfono(s): 5130 2100 ext. 2166 Correo electrnico: [email protected]

    En caso de que est inconforme con la respuesta de acuerdo a lo que establecen los artculos 76, 77 y 78 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica del Distrito Federal, le informo que cuenta con 15 das hbiles a partir de la fecha en que surta efectos la notificacin del presente, para presentar su recurso de revisin ante el Instituto de Acceso a la Informacin Pblica del Distrito Federal.

    Sin otro particular, aprovecho la ocasin para enviarle un cordial saludo.

    ATENTAMENTE EL RESPONSABLE DE LA OFICINA DE INFORMACIN PBLICA LIC. LUIS JAVIER CALDERN RIVERA.