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ALUMNA: OLGA BARRIOS CHAVEZ

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Page 1: Sofware en argentina y ee.uu

ALUMNA: OLGA BARRIOS CHAVEZ

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1. Nombre del Trabajo y Breve descripción general del mismo

El trabajo se titula “La protección jurídica del software en Argentina - ¿Qué

puede aprenderse del caso estadounidense?”. El trabajo analiza la experiencia

argentina y la experiencia estadounidense en la protección del software, e

identifica herramientas que pueden incorporarse en Argentina para contribuir

con el crecimiento del país.

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2. Descripción del problema y/o hipótesis atendidas por el trabajo:

La protección del software en Argentina se apoya casi exclusivamente en la

legislación sobre derecho de autor. La protección en Estados Unidos es más

amplia: por un lado, porque se basa también en otras normas de propiedad

Intelectual, como el derecho de patentes y los secretos comerciales; por otro

lado, porque el desarrollo jurisprudencial es más extenso. La experiencia de

Estados Unidos puede ayudar a Argentina para desarrollar su sistema de

protección de software.

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3. Objetivos del Trabajo:

Tal como se indica en el reglamento del certamen, el trabajo se propone

analizar “la cuestión de la propiedad intelectual tomando como referencia un

caso real del exterior que pueda ser aplicado en la Argentina”. Apoyándose en

la experiencia legislativa y jurisprudencial de Estados Unidos, el trabajo busca

aportar ideas para contribuir al desarrollo de la industria del software en el país

mediante las herramientas brindadas por la propiedad intelectual.

otros).

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4. Descripción del Marco Teórico y Metodología

El trabajo se orienta por las siguientes temáticas propuestas en el reglamento

del certamen: Beneficios de la lucha contra la piratería; Políticas públicas para

la mejor defensa de la PI; Cambios legislativos en materia de PI que ayudarían

a mejorar el sistema; Participación de las industrias ligadas a la PI en la

economía total; La propiedad intelectual y las pequeñas y medianas empresas;

Valuación de la PI y su importancia para la planificación y desarrollo de

estrategias comerciales; Impacto de la defensa de la PI en las economías de

los países en desarrollo. El trabajo analiza legislación, jurisprudenCIA doctrina

de fuente argentina y de fuente estadounidense, y examina material de

organismos internacionales (como la OMPI, entre otros).

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5. Conclusión

El trabajo concluye que la experiencia de Estados Unidos puede ayudar a

Argentina de al menos tres maneras. Primero, Argentina puede apoyarse en la

jurisprudencia estadounidense sobre copyright de software (tanto de casos de

protección de código fuente y objeto como de protección de interfaz del

usuario) para enfrentar los casos locales. Segundo, Argentina puede ampliar la

protección del derecho de patentes, inspirándose en la legislación y doctrina

estadounidense. Esto ayudaría a atraer inversiones y fortalecer el desarrollo del

mercado interno y del e-commerce en el país. Por último, Argentina puede

favorecer políticas macroeconómicas que contribuyan al crecimiento del mercado del software.

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La protección jurídica del software en Argentina –

¿Qué puede aprenderse del caso estadounidense?SUMARIO: Introducción; I. La protección del software en Argentina. (a) Laimportancia de la cuestión. (b) La protección bajo el derecho de autor. (c)¿Existen las “patentes de software”?; II. La protección del software en EstadosUnidos: derechos de autor, patentes y secretos comerciales. (a) La proteccióndel copyright. 1. El marco legal. 2. El “software libre”. (b) La protección bajo elderecho de patentes. 1. La evolución de la jurisprudencia. 2. El caso “StateStreet Bank” y las patentes de business methods (métodos de negocio). 3. Ladiscusión actual; III. Ventajas y desventajas del derecho de autor y del derechode patentes en la protección de software. IV. Conclusión.

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Introducción:

En este trabajo exploraré la protección del software en Argentina. En la

sección I, haré algunas consideraciones sobre la importancia de la cuestión

para el desarrollo de Argentina, y expondré cuál es la protección actual del

software en el país. En la sección II, comentaré la protección del software en

Estados Unidos. Allí, el software es comúnmente protegido a través del

derecho de patentes, y no sólo mediante el derecho de autor. Me detendré

especialmente en evolución de la jurisprudencia estadounidense, y en sus

implicancias en la regulación y el desarrollo de la industria. En la sección III,

analizaré las ventajas y desventajas de las distintas vías legales para proteger

al software. En la sección IV, incluiré algunas propuestas para Argentina,

apoyándome en el caso estadounidense. Finalmente, brindaré una conclusión.

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I. La protección del software en Argentina:

La importancia de la cuestión:

La industria del software en Argentina es una industria en constante expansión. Durante 2006, este mercado representó 300 millones de dólares, y empleó a unos 15.000 profesionales de los casi 50.000 que revisten en el sector de la industria informática.TPF1

FPT Según la Cámara de Empresas de Software

y Servicios Informáticos (“CESSI”), el sector espera crecer alrededor del orden del 20% en 2007.TPF 2 FPT .La industria del software crece, por un lado, en el mercado interno, con la evolución de las ventas de artículos de computación y accesorios.

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(b) La protección bajo el derecho de autor:

Desde el año 1988, al menos, los tribunales han protegido al software en

Argentina bajo el derecho de autor TPF

9 FPT.

Especialmente en el ámbito del derecho penal, el software fue protegido

tempranamente, bajo los artículos 71 y 72 de la ley de Propiedad Intelectual(ley 11723; en adelante, “LPI”). Varios tribunales entendieron que el software

era una obra incluida en el art. 1 de la LPI, norma que contenía una

enunciación meramente ejemplificativa de las obras protegidas.TPF

10 FPT TPF

11 FPT Sin

embargo, otros tribunales consideraron que esta interpretación jurisprudencial

era problemática, porque podía violar las garantías penales de castigo por ley

previa al delito y de prohibición de analogía.

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(c) ¿Existen las “patentes de software”?

El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (“INPI”) ha establecido

directrices para el patenta miento de software, en el Anexo VII de la Resolución P-243/03.

Según esta reglamentación, el software recae prima facie bajo la

enumeración del art. 6 de la ley de Patentes (ley 24481, en adelante “LP”), que indica qué elementos no se consideran invenciones.TPF 22

FPT No obstante, el software

puede ser patentado cuando “aporta una solución técnica a un problema

técnico”. Específicamente, pueden patentarse tres tipos de software: a) el

procesamiento de datos físicos (“pueden ser datos que representan una

imagen o datos que representan parámetros y valores de control de un proceso

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II. La protección del software en Estados Unidos: derechos de autor,patentes y secretos comerciales :

En Estados Unidos, como sostiene Goldstein, las normas sobre

“secretos comerciales, copyright y derecho de patentes han sido usadas para

proteger la inversión en programas de computación desde los comienzos de la

industria. En los primeros años, cuando la mayoría del software de aplicaciones

era diseñado a medida y las relaciones confidenciales con los usuarios

comerciales se formaban fácilmente, el derecho de secretos comerciales era la

fuente de protección más importante. Los secretos comerciales siguen siendo

importante en el mercado de diseño a medida y en regular a los

característicamente móviles empleados de la industria. El copyright, con sus

estándares bajos y derechos ampliamente protegibles, emergió como una

forma popular de protección en la década de los ochenta cuando los programas

orientados al consumidor, de producción en serie, comenzaron a llenar los

estantes de los negocios de informática.

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(a) La protección del copyright :

1. El marco legal:

Los primeros programas de software se registraron en la Oficina de

Copyright (Copyright Office) en 1964. En ese año, la Oficina registró tres

programas de computación (un código impreso y un código contenido en una

cinta magnética de un estudiante de derecho de la Universidad de Columbia, y

un código en cinta magnética de la North American Aviation).TPF

26

FPT A partir de esta

experiencia, la oficina estableció las reglas para el registro de software según la

Ley de Copyright (Copyright Act) de 1909.