sociologia juridica

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SOCIOLOGIA JURIDICA La ciencia de la sociologia *CONCEPTO La sociologia es una ciencia nueva, se considera una ciencia social que estudia los fenomenos colectivos producidos por la actividad social de los seres humanos. *ELEMENTOS *Objeto: El objeto es cambiante y extenso, la vida social humana en su objetividad. *Metodo: _Metodo cientifico: Procedimiento racional segudo en las ciencias para alcanzar la verdad y enseñarla. _Metodo historico : Se concentra en el estudio de lo origenes, desarrollo y trnsformacion de la sociedad, civilizaciones e instituciones sociales. _Metodo comparativo: La finalidad de este metodo es establecer conexiones casuales o condicionales entre los fenomenos sociales. La sociologia comparativa que algunos fenomenos sociales van asociados a otros, o sucede de manera regular. _Metodo funcional: se habia comparado la sociedad con un organismo biologico, en el cual todos sus elementos o miembros cumplian una funcion o rol. _Metodo Formal: Considera las formas de asociacion o de interaccion como formas particularizadas concretizadas por el contenido historico. *TECNICAS Las tecnicas son instrumentos o mecanismos que sirven para recoger los datos o informacion acerca del objeto. Las tecnicas son generales, es decir se utilizan en todos los campos cientificos y estas se seleccionan en funcion al objeto de estudio: En el campo del analisis social existen unas tecnicas muy utiles. Algunas de ellas son: _Analisis documental: Es utilizada en el estudio comparativo e historico, consiste en revisr material ya sea libro, revista,iculas, films entre otros. con el fin de recoger informacion.

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SOCIOLOGIA JURIDICA

La ciencia de la sociologia 

*CONCEPTO La sociologia es una ciencia nueva, se considera una ciencia social que estudia los fenomenos colectivos producidos por la actividad social de los seres humanos. 

*ELEMENTOS 

*Objeto: El objeto es cambiante y extenso, la vida social humana en su objetividad. 

*Metodo: 

_Metodo cientifico: Procedimiento racional segudo en las ciencias para alcanzar la verdad y enseñarla. 

_Metodo historico : Se concentra en el estudio de lo origenes, desarrollo y trnsformacion de la sociedad, civilizaciones e instituciones sociales. 

_Metodo comparativo: La finalidad de este metodo es establecer conexiones casuales o condicionales entre los fenomenos sociales. La sociologia comparativa que algunos fenomenos sociales van asociados a otros, o sucede de manera regular. 

_Metodo funcional: se habia comparado la sociedad con un organismo biologico, en el cual todos sus elementos o miembros cumplian una funcion o rol. 

_Metodo Formal: Considera las formas de asociacion o de interaccion como formas particularizadas concretizadas por el contenido historico. 

*TECNICAS 

Las tecnicas son instrumentos o mecanismos que sirven para recoger los datos o informacion acerca del objeto. Las tecnicas son generales, es decir se utilizan en todos los campos cientificos y estas se seleccionan en funcion al objeto de estudio: En el campo del analisis social existen unas tecnicas muy utiles. Algunas de ellas son: 

_Analisis documental: Es utilizada en el estudio comparativo e historico, consiste en revisr material ya sea libro, revista,iculas, films entre otros. con el fin de recoger informacion. 

_Estudio sincronico o disecciones cruzadas: Permite estudiar un fenomeno concreto en un unico y determinado momento. 

_Estudio diacronico o longitudinal: Nos permite estudiar un fenomeno en un periodo de tiempo, un diferentes momento. Util al momento de estudiar la evolucion de un fenomeno. 

_Estudi ex- post-facto: estudia fenomenos pasados, para analisar sus antecedentes y determinar como y porque se produjo el mismo. 

_Experimentos planificados: Algunos autores opinan que es mas una variable metodologica que una tecnica, por otra parte otros autores la consideran una auxiliar de algunos metodos, al hablar de experimentos planificados se busca reproducir algun fenomeno artificialmente y asi poder controlar todas las posibles variables que intervienen y dejando una sola variable a la que se llama independiente, actuar libremente y ver

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cual es el comportamiento de las de mas variables controladas. 

Este metodo es muy poco usado ya que resulta muy costoso y largo al igual que no es legitimo experimentar con humanos ya que al ser seres racionales su comportamiento que pueden cambiar. 

_La observacion: La observacion crea tambien dudas, en un metodo o una tecnica compleja. En todo caso consiste en estudiar el objeto y no las referencias de el, busca obtener los datos de la misma fuente que las produce, en ella hay unas variables: 

+Estudio impresionista: En este caso el investigador no tiene hipotesis previas, debe anotar rasgos, caracteres, o impresiones a cerca del fenomeno. Este estudio es muy util para tener un punto de partida para plantear problemas comprobables por otras vias. 

+Cuestionarios y entrevistas: Son instrumentos para recoger informacion acerca de las circunstancias en que se han producido ciertos fenomenos o hechos. Este consiste en una serie de preguntas o intens, esto resulta ser poco fiable para conocer actitudes y opiniones porque las personas pueden mentir en su respuesta. 

+Observacion participante: El observador para lograr recoger informacion se convierte en integrante del fenomeno y forma parte de ellos y se somete a las mismas condiciones. El observador debe ser sumamente objetivo al recolectar los datos. 

+Observacion no participante: El observador ve el fenomeno desde afuera y solo anota los datos que le interesan. 

*Estudio estadistico comparativo: Se efectua un registro estadistico de los datos relativos al objeto de investigacion, y comparandolos entre si. En base a ello se establecen medidas estadisticas como correlaciones entre variables, medias, modas, curvas de incidencia entre otros. finalmente el investigador podra establacer las conclusiones acerca de causas y consecuencias. 

*Estudio de casos: Se utiliza para estudiar un fenomeno concreto Ejemplo: Universida catolica del Tachira o el colegio de abogados, de forma detallada y completa. Permite el conocimieto profundo, denso del fenomeno estudiado. 

*Sociodrama: Es una tecnica propia de la sociologia, nacida en su seno para el estudio de ciertos fenomenos sociologicos especificos. Ejemplo: Relaciones de atraccion y rechazo que se dan entre los integrantes de un grupo. 

*LA TEORIA 

Un discurso coherente, logicamente encadenado, que nos permite demostrar racionalmente como partiendo de un o unos hechos o fenomenos conocidos, se llega a otro hecho o fenomeno desconocido. Podemos decir que la teoria es una explicacion logica y racional de algun hecho o cuestion y esto nos permite hacer predicciones si los antecedentes se repiten de manera identica o similar a la del enunciado explicativo. 

*RELACION DE LA SOCIOLOGIA CON OTRAS CIENCIAS SOCIALES. 

*Con la filosofia social: La relacion entre ellas son relaciones materno-filiales en el sentido de que la sociologia formo parte del saber filosofico durante muchos siglos. Ahora bien, la filosofia social es una rama filosofica que se ocupa del estudio de los aspectos que fundamentan o sirven de sosten o de orientacion a la vida social humana. La sociologia estudiara el aspecto tactico de ella, es decir la realidad social. Para la filosofia social la sociologia se comporta como una ciencia auxiliar ya que suministra datos 

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*Con la Historia: La historia tiene por objeto el estudio, analisis, descripcion e interpretacion de hechos sociales concretos, unicos e irrepetibles; la sociologia es cambio tiene interes en la repeticion de los fenomenos sociales, regulares y estandarizados. La sociologia le sirve a la historia ya que le presenta muchos datos que le permiten encadenar secuencialmente los hechos sociales. 

*Con la etnologia, etnografia y la antropologia: La etnologia y etnografia se encarga de estudiar las culturas humanas primitivas y la antropologia se interesa en los aspectos culturales de los pueblos, tambien por su estructura y evolucion. La sociologia se sirve de ellas para obtener datos que le permitan orientar y nutrir sus investigaciones sobre la vida social humana global. Ejemplo: La evolucion de los hechos normativos como forma de control social. 

*Con la Psicologia social y Psicologia General: No todos los hechos sociales son iguales, pues el hombre tiene diversos aspectos de comportamiento. Por otra parte, existe un comportamiento netamente individual, estos son fenomenos unipersonales. Dentro de los hechos sociales, derivados de la relacion entre los hombres existen dos planos: El de las relaciones interpersonales, entre dos personas o mas, como el matrimonio, los amigos los lideres de un grupo, el divorcio de una pareja... que son objeto de estudio de la Psicologia social. Estos fenomenos son Psicosociales. Finalmente, existen otros hechos sociales, mucho mas complejos, llamados hechos o fenomenos sociologicos que se fundamentan en relaciones transpersonales o suprapersonales, basados en fenomenos de agrupamiento, como los grupos, las masas y las sociedades. Estos hechos son los que conforman el objeto de estudio de la sociologia. Las relaciones entre estas tres ciencias es que todas tienen por objeto el comportamiengo humano, cada una en un aspecto determinado y en distintos niveles. 

*JUSTIFICACION DE LA SOCIOLOGIA JURIDICA DENTRO DE LA CARRERA DE DERECHO. 

La sociologia es la ciencia que se encarga del estudio de los fenomenos sociales humanos, y es la ciencia de la cual se desprende la sociologia juridica, dedicada a un tipo especial de fenomenos socialees, los cuales son los fenomenos juridicos. La inclusion de esta asignatura en la carrera de Derecho, obedece al reconocimiento del substrato de la vida social en el fenomeno juridico, el cual puede entenderse como el seno de una sociedad humana y en funcion a esta. Los abogados al formarse ejerceran en la vida social por ello es necesario conocerla y comprenderla y poder ayudar al mantenimiento del orden social a traves del ejercicio profesional. 

La sociologia juridica. 

*DEFINICION 

Rama de la sociologia general que tiene por objeto el estudio de la conducta juridica en cuanto a la conducta social y de los fenomenos sociales en lo cuales se halla comprendido algun elemento juridico, este o no este el elemento en estado puro. 

*OBJETO DE LA SOCIOLOGIA JURIDICA. 

El objeto de la sociologia juridica es el de descubrir las leyes o las causas que explican el nacimiento o génesis, el desarrollo y los diferentes sistemas e instituciones del derecho, y para esto trabaja dentro del marco de la Sociología General. 

*CARACTERES CONFIGURADORES: 

-Ciencia social paradigmatica: La sociología es una ciencia abierta. Ello significa que no ha recorrido todo su

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camino temático y que sus conclusiones tiene que presentarse en el marco de la probabilidad y no de la seguridad y certeza. Todavía la sociología general abarca contenidos particulares que en el futuro inmediato constituirán ciencias sociológicas especiales. Para muchos la sociología es la protoforma común de la que lentamente se irán desprendiendo las ciencias sociales del futuro. Igualmente la cuestión metodologica no esta cerrada, y siguen siendo validas las apreciaciones de Max Weber cuando decía que una misma realidad social es susceptible de aplicación de varios métodos, y que no se ha encontrado un método mejor definitivo. Para otros sociólogos el carácter abierto de la sociología significa multiformidad o poliformismo en los temas, métodos y lenguaje. Si la sociología, en generales una ciencia abierta, mayor apertura cabe predicar de una de las sociologías particulares, la sociología del derecho. 

-Autonoma: Tiene sus propios temas de estudio, propios conceptos, Scarpelli dijo que se deberia tener en cuenta 3 cuestiones para asi ser autonoma. 1° La autonomia respecto a la teoria general del derecho. B° La autonomia respecto respecto a la sociologia general y demas ciecnias sociologicas particulares. C° Y la construccion de una metodologia cientifica a salvo de valoraciones. 

-Independiente: Debe escapar de los hilos del Poder Esta en el medio del pueblo y del Estado. Es una sociologia que proviene del Derecho no de la sociologia. 

-Interdiciplinaria: 

_ Apertura del investigador, no debe estar sujeto a paradigmas, pues su objeto de estudio es cambiante. _ Requiere ser cultivada por sociólogos y juristas conjuntamente para asi obtener conclusiones fiables y globalizadas. 

*METODO 

- Métodos similares a los Métodos de la Sociología General: 

A) La Observación: para obtener información escrita como textos de leyes, archivos notariales entre otros. B) La interpretación: Significa extraer de un texto la información que sea posible, sin alterar el sentido del mismo. C) La Comparación: Compara diferentes instituciones Jurídicas, una topología de los sistemas jurídicos. D) El método Histórico-Comparativo: Para obtener un conocimiento racional de los fenómenos jurídicos. 

-Métodos de Análisis: 

A) Método de Análisis de Contenido: Se ajusta a los hábitos mentales de los juristas y del derecho mismo, representado en forma de texto. A su vez este método se descomponen en: análisis cualitativo y análisis cuantitativo. B) Análisis de Documentos Jurídicos: Estudia los documentos relacionados con el Derecho. Dichos documentos deben ser leídos con ojos de sociólogas del Derecho, buscando la manifestación del fenómeno jurídico. Ejemplo: un acta notarial. 

*EVOLUCION HISTORICA DE LA SOCIOLOGIA JURIDICA. 

En la antiguedad: Es clásico y justo considerar a Augusto Comte como el fundador de la sociología general. Pero en lo que concierne a la Sociología jurídica su fundación es mas tardía y varios nombres se encuentran en concurrencia como Durkheim, Ehrlich, Max Weber entre otros. El aporte mas importante de la antigüedad está quizás en los historiadores y viajeros, en sus curiosas investigaciones sobre las costumbres de antaño y de todas partes. Es un hecho que la obra de Aristóteles contiene rasgos sociológicos. Tal vez por su teoría de la “filia” merece ser clasificado entre los precursores de la sociología jurídica. La “filia” concierne sobre todo a las relaciones de Derecho Privado. En la edad media: En el período de la Edad Media no hubo desarrollo alguno de la Sociología Jurídica o

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Sociología del Derecho. En la Edad Moderna:, a partir del siglo XV con los grandes inventos y descubrimientos, se iniciaron las investigaciones en torno a la regularidad de las leyes que regían los fenómenos sociales, así como los factores que configuraban la naturaleza de la legislación y la forma de ser de los pueblos. Aparecen Hobbes y Spinoza. Este ultimo es un sociólogo cuando establece correlaciones entre el poder económico y las formas constitucionales y Hobbes los es cuando analiza en términos de Psicología social de crecimiento la inclinación humana con la cual debe contar toda vida en sociedad y todo sistema de derecho. Se les trata como sociólogos por haber sido realistas. 

MONTESQUIEU: 

El Espíritu de las leyes ocupa en la historia de la sociología un lugar que no tiene parecido. Esta se ve como una obra fundadora. Del estilo se ha dicho que hay saltos en el o quizás mejor que hay en el quiebras o rupturas. El espíritu de las leyes es socio- logia jurídica concebida como ciencia. Lo esencial hay que buscarlo en dos rasgos: el relativismo y el determinismo. a) El relativismo : Montesquieu al nivel de la observación postula la esencial variabilidad del derecho. b) El determinismo : El propósito declarado de la obra consiste en poner las leyes en relación con otros hechos y este propósito brilla en muchas de las rubricas. 

VOLTAIRE : 

El escepticismo juri- dico es uno de los rasgos de la Sociología Volteriana. Voltaire es mucho mas original Cuando pone de relieve la acción de la voluntad humana, pretendidamente publica, en la formación del derecho. A Voltaire no se le puede reprochar haberse anticipado a tantas investigaciones de nuestro tiempo sobre los grupos de presión, sospechando que el derecho puede ser una maquina montada por al astucia de algunos. 

AUGUSTO COMTE: 

La actitud de Comte hacia el derecho es doblemente sociológica: 1. Por el método legislativo (las leyes deben sacarse siempre se la ex- periencia y no de conceptos a priori); 2. Por el fondo de la doctrina (contra el atomismo del código de Napoleón, hay que reconocer el primado de las realidades colectivas). 

LE PLAY: 

Su sociología recayó sobre instituciones – la familia las suce- siones, el testamento-que pertene- cen al derecho civil. tres aspectos de su obra merecen atención: El método: Es esencialmente el método de la investigación monográfica. La doctrina : es una doctrina tradicionalista e incluso reaccionaria en relación con la filosofía liberal del código de Napoleón. La influencia: Le Play fundo una escuela, La escuela de Reforma Social. Sus ideas aun ejercen una influencia difusa en Francia.

LA DOCTRINA JURIDICA ALEMANA DEL SIGLO XIX: 

En el primer tercio del siglo, está la escuela histórica que tuvo como principal representante a Carlos de Sanvigny. Las tesis mas conocidas de la escuela tienen resonancias sociológicas. El derecho no nace de la voluntad accidental arbitraria del soberano, sino que es producto de un desarrollo anónimo y espontaneo en el seno de la nación. Savigny lucho encarnizadamente para presentar al derecho romano como el derecho nacional de la alemania. 

EL EMPIRISMO INGLES a) Bentham: Es conocido como el filosofo del utilitarismo. Al aplicar su filosofía a la legislación civil y penal se topó con uno de los problemas claves de la sociología del derecho. En efecto identificar lo justo con lo útil, es en el fondo establecer un punto de paso entre los hechos y el derecho, de la constatación a la norma. b) Maine: Sir Henry Maine combinaba una formación de historiador del derecho ingles con una experiencia del

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derecho hindú. Esta dualidad de conocimientos puso en sus manos el método comparativo de manera tal que pasa legítimamente por ser uno de los fundadores del derecho comparado. Sus libros proporcionaron observaciones etnológicas sobre la familia, el contrato, la propiedad y las sucesiones a todos los autores de derecho civil, comprendidos los candidatos al doctorado hasta alrededor de 1941. c) Spencer: Fue un utilitarista como Bentham y un evolucionista como Maine, pero, en ambas direcciones fue mas netamente sociólogo que los otros dos. En cambio sus relaciones con el derecho son menos evidentes. 

MARX Y LOS MARXIXTAS 

El marxismo tiene una sociología del derecho que se opone irreductiblemente a las sociologías jurídicas burguesas. El marxismo es una sociología jurídica en razón de sus tesis fundamentales: el materialismo histórico, la lucha de clases y el perecimiento del estado. 1. El materialismo histórico: la historia esta condicionada por el proceso material de la producción. Las fuerzas productivas, es decir, los datos económicos que forman la infraestructura social, determinan los estados de conciencia, las ideas, las ideologías que forman la superestructura. La sociología jurídica del marxismo presenta un carácter evolucionista, determinista y materialista. 2. La lucha de clases: la infraestructura está dividida por conflictos de clase, que se reflejan en el derecho. Este no hace otra cosa que expresar los intereses y la voluntad de la clase dominante y en modo alguno la del conjunto del cuerpo social. En las sociedades burguesas es la proyección de la dominación capitalista. 3. El perecimiento del estado: la sociedad perfectamente comunista del futuro podrá pasarse sin estado. El logro final del comunismo debe ir a la par con una desaparición gradual de la autoridad. Ello no implica anarquía sino que el orden se realizara por la sola fuerza de la razón. 

Karl Renner: ha añadido a la so- ciologia marxista del derecho algo que tiene un alcance mas especifico. Su hipótesis que con- tradice parcialmente las tesis de Marx, es que el derecho, el cua- dro de las instituciones jurídicas, aunque pertenece a la superestructura, tiene por naturaleza una cierta invariabilidad que le hace independiente. Las transformaciones de la economía pueden no traducirse en cambios jurídicos. 

NIETZSCHE: su pensamiento no ha parado de subir como un cohete. En paralelo con Ihering tienen una idea en común: la relación del derecho con la vida. Para Ihering esto quiere decir que el derecho es una parte de la vida, que esta penetrado por su impulso vital; que hay como una salud del derecho que es la salud de la sociedad. A los ojos de Nietzsche, por el contrario, el derecho es un estado de excepción en la vida. La vida procede esencialmente por violación y violencia, por infracción y destrucción. 

*INTERRELACIONES CON OTRAS CIENCIAS. 

Relaciones de la sociología jurídica con la sociología general Aunque parezcan disciplinas diferentes, existen entre ambas, relaciones de intercambio. La sociología jurídica ha recibido mucho de la sociología general, (de la cual es hija) y sus métodos son una adaptación de los métodos usados en otros campos sociológicos (el método histórico-comparativo, la estadística, el sondeo, etc.). Muchos de los conceptos que usa la sociología jurídica (coacción social y control social, conciencia colectiva, rol, aculturación, etc.) no son otra cosa que conceptos de la sociología general, sobre los cuales se ha puesto simplemente un acento de derecho. A la inversa, la sociología general no reconoce fácilmente lo que le viene o puede venirle de la sociología jurídica. A decir verdad lo que discute la sociología del derecho, es la aportación del derecho mismo. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA FILOSOFIA DEL DERECHO. 

La filosofía del derecho, de manera más específica, aborda el problema de la dimensión valorativa del Derecho y los aspectos relativos al fundamento del Derecho, particularmente al problema de la justicia, aunque esto no impide que abarque otros ámbitos de estudio, tales como el epistemológico-jurídico y el ontológico-jurídico. La vinculación de estas dos disciplinas es muy clara, ya que algunos de los tópicos

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estudiados por la Filosofía del Derecho, También son abordados por la Sociología del Derecho, tales como los problemas sobre la Profesión jurídica, justicia, las corrientes juspositivista y jusnaturalista del Derecho, lo mismo que las normas , sean estas jurídicas o extrajurídicas, entre otros. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA ETICA. 

El término ética proviene del griego ethos que se refiere al modo de ser o de pensar, a la costumbre, al carácter, hábito y a los principios que los individuos adquieren en el transcurso de su vida. Es por tanto, que la Ética es la parte de la filosofía que estudia la moralidad de los actos humanos, en cuanto al resultado y en cuanto al acto. La relación de la Sociología Jurídica y la Ética, ha de ser buscada precisamente en que esta última estudia los comportamientos morales de los individuos que viven en sociedad, y siendo la moral un fenómeno social, es lógico que exista una relación entre ellos. Además de que la sociología jurídica estudia el comportamiento desviado, es decir las causas por las cuales los individuos no observan las normas jurídicas y extrajurídicas, como son las normas morales. Los valores morales siempre deben estar impregnados en las normas jurídicas, ya que siendo la ley una expresión de la sociedad, siempre debe ser cónsona con las normas morales que observa la sociedad. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA ESTADISTICA GENERAL. 

La sociología jurídica, también se relaciona con la Estadística. Esta ciencia, tiene por objeto la recolección, la organización, el análisis, la interpretación y la presentación de los datos. La relación de la Sociología Jurídica y la Estadística, se basa en la Sociología Jurídica, se dedica al estudio de los fenómenos jurídicos, necesitando auxiliarse de la Estadística, por ser esta una de las técnicas clásicas de cuantificación de datos jurídicos. Ejemplo: si se quiere investigar el fenómeno del Divorcialidad, para la cuantificación de esos datos es importante auxiliarse de la estadística, partiendo lógicamente de la cantidad de matrimonios, y compararlos con las cifras de divorcios. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA ESTADISTICA CRIMINAL. 

La Estadística Criminal, la definen como es el conjunto de datos numéricos sobre los crímenes y criminales, extraídos de los registros de organismos oficiales, clasificados , dispuestos y analizados en forma que revelen relaciones entre categorías y datos, publicados periódicamente según un plan uniforme. La Estadística Criminal es la aplicación de la estadística General a una parte específica de la criminalidad. La estadística criminal se relaciona con la sociología jurídica, en cuanto la primera se encarga de recopilar datos numéricos sobre crímenes y criminales, extraídos de organismos Estatales, de manera se revelen relaciones de categorías y datos publicados periódicamente, los cuales sirven a la Sociología Jurídica, para la investigación y análisis de los fenómenos jurídicos, específicamente sobre el delito que es un fenómeno social y jurídico a la vez que lo que permite determinar el índice de criminalidad por sexo, edad y región; incluyendo hasta las condiciones socio-económicas de las personas, en ocasión de un proceso judicial. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA ESTADISTICA JUDICIAL. 

La Estadística Judicial la suministra los jueces y magistrados del país, en torno a los delitos y otros casos relacionados al derecho civil, comercial, laboral, tierras, entre otros. El conocimiento de esta estadística, permite a la Sociología Jurídica examinar un determinado fenómeno jurídico a partir de que tenga una estadística judicial realmente organizada, con lo cual se pondrá comprobar que tan eficaz han sido las normas dictadas por el legislador, o la celeridad de los procesos judiciales, así como también el índice de personas que acceden a la justicia. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA SOCIOLOGIA JUDICIAL. 

Existe una gran similitud entre ambas, la Sociología Judicial, se encarga del estudio de los fenómenos que están ligados a lo que es la administración de justicia, tales como el conflicto, la mediación y la decisión individual o colegial. Mientras la Sicología Jurídica se encarga del estudio de los fenómenos jurídicos, o más

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bien del derecho mismo, en el aspecto sociológico. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA SOCIOLOGIA CRIMINAL. 

La Sociología Criminal, es la ciencia que estudia el delito como fenómeno social, es decir, la criminalidad en toda su complejidad y la pena en cuanto a la reacción social, en sus orígenes, evolución y significación y sus relaciones con los demás fenómenos sociales relacionados con una y otra. Si partimos de esta definición la relación que existe entre ambas disciplinas, está en que la Sociología Criminal, constituye una parte especial de la Sociología Jurídica, en vista de que la misma tiene como objeto de estudio, el problema de la delincuencia en todas sus manifestaciones. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA SOCIOLOGIA JURIDICO-PENAL. 

En cuanto a la Sociología Jurídico Penal, esta estudia, los comportamientos normativos que normativos que consisten en la formación y en la aplicación de un sistema penalidad; es decir, que estudiara los efectos del sistema entendido como aspecto institucional de la reacción al comportamiento desviado y del control social correspondiente. El nexo existente entre la Sociología Jurídica y la Sociología Jurídico-Penal, es muy intimo, puesto como se ha dicho la Sociología Jurídica tiene por objeto de estudio el derecho mismo, pero no desde el ángulo que lo hace el derecho dogmatico. Una muestra de ello es que para dicha ciencia estudiar las normas del derecho penal, la cual tiene por objeto de estudio las condiciones sociales de las normas penales, y los efectos del sistema penal dado como aspecto institucional de la reacción al comportamiento desviado y del control social correspondiente. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA ANTROPOLOGIA JURIDICA. 

La antropología jurídica, se encarga del estudio biológico del hombre, véase aspecto psíquico somático, es decir, estudia la génesis de los fenómenos jurídicos, de ahí su vinculación con la Sociología Jurídica, en cuanto a la repercusión socio-jurídica que pueda traer consigo los aspectos psíquico-somáticos del individuo. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA ANTROPOLOGIA CRIMINAL. 

La antropología Criminal se relaciona con la Sociología Jurídica, por ser esta una ciencia que dedica un capítulo especial al estudio del fenómeno del delito y el delincuente. Aunque la antropología Criminal, no estudia el fenómeno delito desde el punto de vista sociológico, si no biológico, pero si estas dos disciplinas están relacionadas, porque los aspectos biológicos de la persona que lo hagan proclive a la delincuencia influyen en los factores sociales, por lo que la Sociología Jurídica se interesa por estos factores que influyen en el comportamiento desviado. Los antropólogos criminalistas, también llamados positivista, consideran que el delincuente es fruto de un retorno atávico, degenerado por herencia, variedad bien definida de la especie humana. Como se puede ver, la antropología criminal, en el estudio del delincuente lo que le interesa más bien son los aspectos. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA PSICOLOGIA JUDICIAL. 

La Psicología Judicial o Forense, es una disciplina auxiliar del Derecho Penal y del Derecho Procesal Penal cuyo objeto es el estudio Psicológico de las diversas personas que participan de alguna forma en las actividades judiciales; jueces, funcionarios auxiliares de la administración judicial, testigos, peritos, etc. Según el Dr. Wilfredo Mora, en su libro "La Psicología Forense en República Dominicana", la define como la ciencia que asiste al proceso judicial en la fase del interrogatorio, ya que es a través de ese método como se puede apreciar la verdad o los errores del acusado o del testigo". La Psicología Forense o Judicial, juega un rol muy importante en lo relativo al interrogatorio, estudiando la conducta de los testigos y peritos, y es ahí donde tendría mayor acercamiento con la Sociología Jurídica. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA PSICOLOGIA CRIMINAL. 

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La Psicología Criminal, es la parte de la Psicología General que hace objeto de su estudio al individuo delincuente dentro del sistema de las ciencias de la criminalidad, se ha concedido como una parte de la Antropología Criminal, aunque tiende a adquirir importancia propia. La Psicología Criminal, también, se relaciona con la Sociología Jurídica, porque esta sirve de auxilio, al derecho penal, en lo que concierne al estudio de la conducta criminal, y ha sido vista como una parte especial de la Criminología. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA PENOLOGIA. 

Entre la Sicología Jurídica y la Penología, existe una gran relación, en el sentido de que la Sociología le interesa e interviene en los aspectos sociológicos de la pena, estudiando básicamente las causas y consecuencias sociales de la misma, y las repercusiones sociales que conlleva su aplicación y ejecución. La Sociología Jurídica, se interesa también por el estudio sociológico del sistema penitenciario, ya que la prisión no debe ser estudiada de manera aislada, porque hay que tomar en cuenta cuales son los beneficios de la misma, tanto para el condenado, como para la sociedad, de ahí su vinculación con la Penología. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA, LA ECONOMIA Y LA DEMOGRAFIA. 

La economía, es la ciencia que trata sobre la administración ordenada y prudente de los bienes, y servicios a través de las actividades de una colectividad humana en lo que concierne a la producción y al consumo. Mientras que la Demografía, es la ciencia que se dedica al estudio de la población, se divide en dos disciplinas Cuantitativas o Analítica y Cualitativa o Social. Como se puede ver estas dos ciencias guardan ciertos vínculos porque ambas manejan datos jurídicos, pero también esas ciencias se relacionan con la Sociología Jurídica, ya que los fenómenos jurídicos que son estudiados por esta última ciencia pueden ser estudiados desde dos ángulos diferentes. Así por ejemplo, en un contrato de venta el economista investigara como se forma los precios y el socióloga jurídico como se aplica la reglamentación del mercado, como se ve ambos órdenes tienen una repercusión el uno sobre el otro. Ahora bien observando la nupcialidad, es decir, una colectividad de matrimonios, en este caso el especialista en demografía, se dedica a destacar la edad media de los esposos y el sociólogo jurídico tomara en consideración el papel del consentimiento familiar. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA CRIMINOLOGIA. 

La Criminología, se encarga del estudio de los hechos delictivos y del delincuente, antes, durante y después de la infracción. Es decir, se encarga de cuestionar, el ordenamiento jurídico de un país especifico. Según Mezger, la define a la Criminología como "una ciencia parcial de la Sociología". Por eso se puede decir que entre estas dos ciencias, los vínculos son muy estrechos, porque la Sociología Jurídica, hoy en día se ocupa del estudio de los fenómenos delincuenciales, y de la figura del delincuente, que también es estudiada por la Criminología. La Criminología para dar una explicación del comportamaniento criminal se auxilia de muchos temas que también son estudiados por la Sociología, como son los factores sociales, económicos, políticos y culturales, la influencia de los medios de comunicación, el cine, la televisión, la internet, etc. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA POLITICA CRIMINAL. 

La política criminal, es la ciencia de la lucha contra el delito, utilizando y coordinando para tal fin todos aquellos medios de que puede disponer el Estado (Jurídicos penales, jurídicos no penales y no jurídicos). Es decir, esta tiende a sugerir cual es entre las actividades desplegadas por el Estado, la más apropiada a los fines de prevención y la represión de la criminalidad. Es por tanto, que su propósito fundamental es sugerir al Estado cuales son los mecanismos que hay que implementar para disminuir los actos delincuenciales. Y es precisamente en esta parte donde la Sociología Jurídica y la Política Criminal encuentran un nexo, razón de que la primera, estudia también los fenómenos delincuenciales y cuestionan las instituciones del Estado en ocasión de la implementación de medidas sociales, que tiendan a motivar al individuo a comportarse desviadamente, bajo el entendido de que es el Estado a través de los mecanismos correspondientes quien crea la norma jurídica, y por tanto establece quien tienes un comportamiento desviado y quién no. 

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La Sociología Jurídica podría aportar a la política Criminal, elementos importantes para que sean tomados en consideración al momento de crear Códigos, suprimir o modificar normas que ameriten un nuevo enfoque atendiendo a los cambios sociales que se producen en la sociedad. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y LA INFORMATICA. 

Indudablemente que la ciencia de la informática ha repercutido en el mundo entero en todas las áreas del saber. Esta puede ser definida como el tratamiento sistemático y racional de la información, con miras a apoyar la solución de problemas económicos, sociales y políticos, de ahí que la informática le sirve a la Sociología Jurídica, en lo que respecta al procesamiento de datos. Por ejemplo: cuando se realiza un muestreo en torno a un determinado fenómeno jurídico, se hace necesario la intervención de la informática para el procesamiento y cotejo de dicho muestreo. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y EL DERECHO PENAL. 

El Derecho Penal, es un conjunto de principios y reglas jurídicas que determinan las relaciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con motivo de las infracciones o para prevenirlas. Es por tanto, que si se ha dicho que la Sociología Jurídica, estudia los fenómenos jurídicos, la cual penetra en todas las áreas del derecho, tratando de buscar las causas sociales que producen la criminalidad, por ello se explica su relación existente con el derecho penal, la cual es tan palpable que existe lo que se llama Sociología Jurídico-Penal, que tiene por objeto de estudio los comportamientos normativos de los individuos que delinquen, lo cual constituye un fenómeno jurídico y esas desviaciones de conductas son precisamente reguladas por el derecho penal. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y EL DERECHO CIVIL. 

El Derecho Civil, es el que rige las relaciones de carácter privado entre los particulares, los derechos de la personalidad, las reacciones familiares, las obligaciones que las partes asumen en los contratos, la responsabilidad civil, los regímenes matrimoniales y sus sucesiones y donaciones. La relación que existe entre el Derecho Civil y la Sociología Jurídica, es precisamente en los llamados fenómenos familiares que son objeto de estudio de la Sociología de la Familia y la Sociología del Contrato (Aquí se estudian las normas creadas por las partes en virtud del principio de la autonomía de la Voluntad establecida por el Art. 1134 del Código Civil Dominicano). 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y EL DERECHO DE FAMILIA. 

El Derecho de Familia, es una rama del Derecho Civil que estudia las relaciones jurídicas de la familia, su constitución, disolución, sus funciones. La vinculación de esta rama del Derecho con la Sociología Jurídica ha de encontrársela en los aspectos ligados al matrimonio, el divorcio, la responsabilidad jurídica y social de los padres para con sus hijos, y las relaciones y principios que gobiernan la familia, y sus funciones sociales, por eso se habla de una Sociología de la Familia, que tendría por objeto de estudio el entorno familiar y las repercusiones sociales que trae consigo el nivel de educación que se practique en dicha institución social. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y EL DERECHO DEL TRABAJO. 

El Derecho del Trabajo o Derecho Laboral, es el derecho que regula las relaciones de trabajo que se dan entre empleador-empleado y entre los sindicatos y empleadores, es decir regula las relaciones individuales y colectivas de trabajo. En el ámbito del trabajo se dan muchos fenómenos que son objeto de atención por la Sociología Jurídica, particularmente aquellos vinculados a los pactos colectivos, o a los comportamientos desviados que son producidos tanto por empleadores como por empleados. Así como también las presiones psicológicas a la que son sometidos los empleados por parte de algunos empleadores fruto del poder que le da dicha función. 

LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL. 

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El Derecho Constitucional, es la rama del Derecho Público que estudia la estructura del Estado dentro del marco de la constitución, la situación de los individuos frente a los poderes del Estado, la organización y funcionamiento de dichos poderes en sus aspectos fundamentales, así como también las instituciones políticas que constituyen el soporte de la vida Estatal. La relación entre la Sociología Jurídica y el Derecho Constitucional, está más que justificada en el sentido de que el estudio de la Constitución es el pilar del Derecho Constitucional, y a través de ella, se tiene la oportunidad de establecer las aspiraciones de la sociedad, en término de lo que es la nación que se quiere, así el Art. 4 de la Constitución Dominicana del 26 de Enero del 2010, establece que "El gobierno de la nación dominicana es esencialmente civil, republicano, democrático y representativo……" o sea, que según prevé la misma constitución, las reformas que se hagan a la misma no podrá versar sobre la forma de gobierno. Negar la relación de la Sociología Jurídica con el Derecho Constitucional, sería negar la existencia del mismo derecho, ya que todas las normas jurídicas y extrajurídicas, deben ser concordantes con la Carta Magna, además de eso comprender el derecho sin el derecho constitucional es casi imposible, como también lo es sin la Sociología El Derecho en la vida social 

*DIMENCIONES HUMANAS: 

-La racionalidad: Capacidad de pensar, donde de conceptos hacemos juicios y de esos juicios conocidos hacer nuevos juicios. -La libertad: Capacidad que tiene el ser humano de auto determinarse. -La historicidad: El hombre es un ser historico, no olvida el pasado, nos vemos afectado por el. -La religacion: Viene de re- ligare que es unido a o atado a, recurre al pensamiento de un Ser supremo. - La sociabilidad: El ser humano se relaciona con otras personas, tien la necesidad de vivir en grupo. _Alteridad: que es la necesidad de -El otro- _Comunicabilidad: Entran en contacto _ Grupo social: necesidad de reunirse con otros en un tiempo y espacio. 

*EL DERECHO COMO PRODUCTO DE LA SOCIABILIDAD HUMANA 

Para que exista una sociabilidad humana debe estar implicito: _Una ordenacion- Asigna a los componentes el lugar que les corresponde, fundamentandonos en la dignidad y libertad humana. _Una autoridad social:Un poder social legitimado por la naturalidad de la vida en sociedad que requiere de un poder que la organize y regule. _Un ordenamiento juridico: Que proceda de la autoridad social de forma reflexiva, expliciyta e imperativa(normas), de manera espontanea(costumbre juridica). Asi el derecho se definira como un conjunto de normas dictadas por la autoridad social, para ordenar rectamente la vida social combirtiendolo en un elemento de la vida social humana. 

*EL DERECHO: PRODUCTO Y FACTOR SOCIAL 

El derecho es resultante de la vida social humana , por ello debemos reconocer en el Derecho un producto social. El adagio ubis societas, ibi ius ( Donde hay sociedad hay Derecho). *CAUSA SOCIAL DEL DERECHO. El Derecho tiene como unica causa el Estado. 

*TEORIAS SOCIO JURIDICAS. 

Hay tres grupos: -Unas niegan la influencia social en el Derecho. -Lo hacen depender totalmente de ellas. -Señala que la vida social es importante pero no unico factor del fenomeno juridico. 

*FORMAS DE CONTROL SOCIAL 

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Todas la sociedades tienen un modelo de comportamiento que estan respaldados por unas normas, estas influyen en el comportamiento del individuo, pero el ser humano puede decidir no seguir este control. El control social permite a la sociedad organizarse y mantener ese orden. El control social es ejercido por el Estado, el cual es para todas las personas de la sociedad. 

CONTROL SOCIAL___ Estado --Orienta --Fiscaliza 

-Orienta: Establece pautas de comportamiento, las cosas debidas e indebidas en una sociedad. Que hacer y que no. -Fiscaliza: Vigila que efectivamente se cumpla las normas que establece el Estado.Ejemplo: No botar basura en la calle. El control social es multidireccional ya que posee varios enfoques: -El que lo resibe( integrantes de la sociedad) -Quien lo dicta(El legislador- Poder legislativo) -En la sociedad (Lo controla) _El fenomeno de la opinion publica. *Mecanismos o medios de actuacion- Formas de control social 

CONTROL SOCIAL 

-Religion, Moral, Etica -Concencionalismo Social -Educacion _Formal _Informal 

AMBITO DE ACTUACION 

-Poder -Derecho *Religion, Moral, Etica: Indica a la persona como comportarse, imponen verdaderos deberes de indole interno. *Convencionalismo Social: Uso social, este hace referencia a las costumbres y modas, es una tendencia a la imitacion comportacional. Ejemplo: Comer con cubiertos. *Educacion: La manera de obtener conocimientos. Esta la manera informal, la cual no se realiza en aulas, es la experiencia adquirida en el hogar. Y la manera Formal se imparte en las aulas de clases tiene formalidades y obligaciones se sujeta a una serie de normas uniformidad social. *Poder: Es un hecho natural e inevitable, siempre que se den relaciones humanas existira el poder. Ejemplo: Consiste en la posibilidad que tiene una persona X de influenciar a una persona Y para uq realize algo, que no lo ubiera hecho sin la influencia de X. En las relaciones humanas la mayor parte del poder se ejerce mediante la persuacion por otra parte el Estado ejerce poder mediante la fuerza. *Derecho: Es el instrumento mas efectivo y mejor diseñado para controlar la vida de las personas en sociedad, ya que permite y prohibe y esta protegido mediante la sancion, son normas clasras y especificas. 

*CARACTERES DEL DERECHO COMO FORMA DE CONTROL SOCIAL: 

_La certeza: Una persona comun entiende la ley, es especifica. _Publico: Se comunica, se publica en Gaceta Oficial para que las personas la conoscan. _La exigibilidas: La norma juridica es exigible hasta por la fuerza ( Coaccion) _La generabilidad: Va a un numero indeterminado de personas. Ejemplos: Constitucion, LOPNA. _La Expancionabilidad: Abarca cada dia mas aspectos de la vida del hombre. _Uniformidad: Consites en que la norma es para todos, las conductas permitidas y obligatorias, son mas o menos iguales. 

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*RESULTADO DEL CONTROL SOCIAL 

Se conoce como La Seguridad juridica, es la idea que tiene la persona, que los demas no te van a ocasionar daños violentos y que si llegaran a suceder el Estado se va a hacer responsable. Esta esta integrada por lo llamado Conformidad Y expectativas sociales. _La conformidad social: Es la adecuacion de la conducta de cada uno de nosotros a las exigencias de la sociedad en que vivimos. por cuanto las normas juridicas son coercibles y los particulares saben que si no las cumplen la sociedad atraves de sus organos adecuados y cometentes se las ara observar. Lo normal es que el hombre tienda a cumplir las normas a actuar segun el orden pautado. _La expectativa social: Es la conducta que cada uno de nosotros espera de los demas miembros de la sociedad, deben adecuar su conducta a identicas normas. Esta expectativa social incluye la esperanza que tenemos en la actividad del staff juridico, en caso de que algunos de los miembros de la sociedad tenga una conducta inadecuada y que las personas no actuen segun al orden social establecido. 

*FUNCION SOCIAL DEL DERECHO. 

Consiste en la integracion del grupo. Segun Lewellyn se realiza segun la funcion de 5 tareas o law jobs fundamentales: _Resolucion de conflictos. _La direccion y modificacion de normas de conducta, Las cuales implican como deben actuar los particulares. _La distribucion y regulacion del poder autoritario del Estado , senalando cual sera la organizacion y cometido del poder publico. _ El fenomeno de la actividad integradora del grupo. _El cuidado del Derecho, Que implica revisar, suprimir, crear y modificar las normas y criterios juridicos, para haceros eficaces y adaptados a la realidad social. Conducta Humana 

*QUE ES LA CONDUCTA? 

Cualquier actividad, acto o respuesta de un ser humano ante un estimulo. La conducta es observable se puede estudiar, proviene de un estimulo interno o externo, que hace que nos comportemos de una forma u otra. 

*INFLUENCIAS DE FACTORES 

-Factor biologico: 

Hay investigaciones que demuestran que hay genes que predisponen para realizar conductas acordes, no quiere decir que si lo tiene una persona y la otra no, en situaciones comunes es propenso a actuar de alguna manera pero no es automatica. 

-Factor geografico: 

Hay una determinada influencia en el medio geografico Ejemplo: El estar en un ubicacion geografica determinada nos puede influenciar a cometer ciertos tipos de conducta, Elio Gomez padre de la Criminologia Venezolana que exponen que pueden ser violentas algunas personas dependiendo del clima donde se ubique. En los climas calientes los crimenes violentos son mayores que en zonas frias o calidas. 

_Factor socio cultural: 

1 Cultura: Se aprende un conjunto básico de valores, percepciones, preferencias y conductas, la conducta influye en los hábitos de vida, preferencias, consumo. 

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2 Subcultura: Grupos más pequeños (orientales, occidentales, grupos raciales) 

3 Clase Social: Los productos que se compran dependen de la clase social no solo los ingresos, también educación, salud, ocupación entre otros. 

*INDIVIDUO: 

Es todo ser capaz de distinguirse de otro. 

*PERSONA: 

Hace referencia a un ser con poder de raciocinio que posee conciencia sobre sí mismo y que cuenta con su propia identidad.

*CIUDADANO: 

Es el nombre dado al hombre que por haber nacido o residir en una ciudad es miembro de la comunidad organizada que le reconoce la cualidad para ser titular de los derechos y deberes, propios de la ciudadanía, quedando obligado, como ciudadano, a hacer que se cumplan. 

*DIFERENCIAS ENTRE PERSONA Y CIUDADANO: 

Una persona es cualquier ser humano. Hay personas capaces e incapaces. Los incapaces son personas que carecen de capacidad natural (disminuidos mentales), legal (por disposición de la ley ordinaria), o ambas (niños). La capacidad puede ser de goce y de ejercicio; la de goce la tienen todas las personas; la capacidad de ejercicio solamente los ciudadanos. Así, ciudadano es solamente la persona con plena capacidad, natural y legal, mayor de dieciocho años. 

*SOCIALIZACION La socialización es un proceso por el cual el individuo acoge los elementos socioculturales de su ambiente y los integra a su personalidad para adaptarse en la sociedad. -Socialización Primaria Esta socialización, es la primera por la que el individuo atraviesa en su niñez, y que por medio de ella se convierte en miembro de la sociedad. -Socialización Secundaria El aprendizaje se refiere a la adquisición de nuevos recursos al repertorio de respuestas del individuo y en este sentido su alcance es más amplio, ya que no todo aprendizaje supone una socialización. 

*CONDUCTA SOCIAL DESVIADA Se considera conduta social desviada aquella que se sale de los patrones normales, esta no es necesariamente nociva para la sociedad. 

*NOCION DE LA DESVIACION: Hay muchas causas como son: Para el estudio de sus causas se tiene diversas teorías, así: a)para las teorías biológicas lo decisivo son los defectos en el cuerpodel individuo delincuente; b)para las teorías de la socialización, los defectos hay que buscarlosen el medio familiar; c)para las teorías de la subcultura (también llamadas técnicas deneutralización) se trata de buscar los defectos en la adaptación a lasnormas vigentes; d)para la teoría de la anomia, los defectos hay que buscarlos en laestructura social; e)para las teorías multifactoriales, son varios los defectos y suscausas. 

*DELITO 

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El delito, en sentido dogmático, es definido como una conducta, acción u omisión típica (descrita por la ley), antijurídica (contraria a Derecho) y culpable a la que corresponde una sanción denominada pena con condiciones objetivas de punibilidad. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley. Es el delito para las condiciones de la sociedad.