sobre comunicado 6 del rector concurrencia

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1 A LA COMUNIDAD EN GENERAL Acerca del comunicado 6 de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia sobre el proyecto de Ley de Concurrencia y sus efectos en el presupuesto Está circulando el Comunicado 6 de Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia, en el cual el Rector Moisés Wasserman Lerner, se refiere al pronunciamiento del Comité Nacional de Representantes Profesorales (CNRP) sobre el proyecto de Ley de Concurrencia de la Universidades Públicas en el pasivo pensional, proyecto que actualmente surte trámite en la Cámara de Representantes. Frente a los elementos planteados es importante precisar lo siguiente: 1. El Artículo 38 del Plan Nacional de Desarrollo, que establece la concurrencia de las Universidades Públicas del orden nacional en el pasivo pensional, fue declarado parcialmente inexequible. Es importante recordar que la sentencia de la Corte Constitucional respecto del proyecto de concurrencia inicial presentado por el Gobierno Nacional prohíbe expresamente la regresividad del gasto social al precisar que si se va a llamar a concurrencia, se debe probar que no se va a presentar tal situación. El proyecto de concurrencia que intenta defender el Gobierno Nacional y en especial el Rector de la Universidad Nacional no contempla este aspecto y es ahora el Proyecto 387/2009 Cámara de Representantes, bajo ponencia del Representante a la Cámara Javier Ramiro Devia Arias. Esta propuesta contrasta, con el Proyecto de Ley 083/2009 aprobado en la Plenaria del Senado, el cual se defiende por la vía de la figura de Enmienda Total, en la Comisión 7ª de la Cámara de Representantes por varios de sus miembros y por la Comunidad Universitaria, señalando claramente y sin ambigüedades que la responsabilidad del pasivo pensional recae en la Nación en un 100% y la Universidad concurre con los aportes que para pensiones realizan sus trabajadores y docentes. La segunda parte del Artículo 38 del Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Nacional estipula que “Las sumas que se hayan transferido por parte de la Nación con las cuales haya sido atendido el pasivo pensional de dichas universidades a partir de la fecha de corte prevista en el artículo 131 de la ley 100 de 1993, se tendrán en cuenta como pago parcial de la concurrencia a cargo de la Nación de acuerdo a la reglamentación que para el efecto se establezca.” Esto puede ascender al 20% del pasivo pensional, con lo cual, a menos que se establezca la concurrencia cero, la Universidad tendría que aportarlo. 1 ¿Por qué dejar en manos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, decisiones que arriesgan el futuro misional de la Universidad? 2. Igualmente cabe señalar que hay diferencias sustanciales entre el cálculo del pasivo pensional que ha realizado la Universidad por parte del CID, con respecto a los cálculos que ha presentado el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Si el monto definitivo lo va a terminar imponiendo el mencionado Ministerio, no puede el Rector de la Universidad negociar con el Gobierno Nacional unos aportes cuando no existe claridad sobre el valor último del mencionado pasivo. Es necesario que si la Administración Universitaria ya tiene el cálculo actuarial, lo dé a conocer públicamente y diga claramente a cuánto asciende la concurrencia por parte de la Universidad en caso de que se apruebe el proyecto por el que el Rector aboga. 3. Frente a la verdadera situación presupuestal de la Universidad, la Representación Profesoral lleva varios años insistiendo en que la desastrosa política defendida por los recientes Rectores de la Universidad Nacional, incluyendo al actual Rector, de “Hacer más con lo mismo” en cumplimiento de las directrices (entiéndase exigencias) de la Ministra de Educación Nacional y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, llevará a la universidad a la inviabilidad financiera. El Rector ha calificado estos pronunciamientos repetidamente como “predicciones catastrofistas” y “aullidos a la luna”. Pero hoy en día no es solo la Representación Profesoral quien se pronuncia en ese sentido. Citemos algunos ejemplos recientes: 1 Para una sustentación detallada de este punto ver “Dudas razonables y razonadas respecto del informe de la Comisión Rectoral sobre Concurrencia”, página 2 y ss. http://www.representantes.unal.edu.co pestaña Consejo Académico, Concurrencia.

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Page 1: Sobre comunicado 6 del rector Concurrencia

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A LA COMUNIDAD EN GENERAL

Acerca del comunicado 6 de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia sobre el proyecto de Ley de Concurrencia

y sus efectos en el presupuesto

Está circulando el Comunicado 6 de Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia, en el cual el Rector Moisés Wasserman Lerner, se refiere al pronunciamiento del Comité Nacional de Representantes Profesorales (CNRP) sobre el proyecto de Ley de Concurrencia de la Universidades Públicas en el pasivo pensional, proyecto que actualmente surte trámite en la Cámara de Representantes. Frente a los elementos planteados es importante precisar lo siguiente:

1. El Artículo 38 del Plan Nacional de Desarrollo, que establece la concurrencia de las Universidades Públicas del orden nacional en el pasivo pensional, fue declarado parcialmente inexequible. Es importante recordar que la sentencia de la Corte Constitucional respecto del proyecto de concurrencia inicial presentado por el Gobierno Nacional prohíbe expresamente la regresividad del gasto social al precisar que si se va a llamar a concurrencia, se debe probar que no se va a presentar tal situación. El proyecto de concurrencia que intenta defender el Gobierno Nacional y en especial el Rector de la Universidad Nacional no contempla este aspecto y es ahora el Proyecto 387/2009 Cámara de Representantes, bajo ponencia del Representante a la Cámara Javier Ramiro Devia Arias. Esta propuesta contrasta, con el Proyecto de Ley 083/2009 aprobado en la Plenaria del Senado, el cual se defiende por la vía de la figura de Enmienda Total, en la Comisión 7ª de la Cámara de Representantes por varios de sus miembros y por la Comunidad Universitaria, señalando claramente y sin ambigüedades que la responsabilidad del pasivo pensional recae en la Nación en un 100% y la Universidad concurre con los aportes que para pensiones realizan sus trabajadores y docentes.

La segunda parte del Artículo 38 del Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Nacional estipula que “Las sumas que se hayan transferido por parte de la Nación con las cuales haya sido atendido el pasivo pensional de dichas universidades a partir de la fecha de corte prevista en el artículo 131 de la ley 100 de 1993, se tendrán en cuenta como pago parcial de la concurrencia a cargo de la Nación de acuerdo a la reglamentación que para el efecto se establezca.” Esto puede ascender al 20% del pasivo pensional, con lo cual, a menos que se establezca la concurrencia cero, la Universidad tendría que aportarlo.

1 ¿Por qué dejar en

manos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, decisiones que arriesgan el futuro misional de la Universidad?

2. Igualmente cabe señalar que hay diferencias sustanciales entre el cálculo del pasivo pensional que ha realizado la Universidad por parte del CID, con respecto a los cálculos que ha presentado el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Si el monto definitivo lo va a terminar imponiendo el mencionado Ministerio, no puede el Rector de la Universidad negociar con el Gobierno Nacional unos aportes cuando no existe claridad sobre el valor último del mencionado pasivo. Es necesario que si la Administración Universitaria ya tiene el cálculo actuarial, lo dé a conocer públicamente y diga claramente a cuánto asciende la concurrencia por parte de la Universidad en caso de que se apruebe el proyecto por el que el Rector aboga.

3. Frente a la verdadera situación presupuestal de la Universidad, la Representación Profesoral lleva varios años insistiendo en que la desastrosa política defendida por los recientes Rectores de la Universidad Nacional, incluyendo al actual Rector, de “Hacer más con lo mismo” en cumplimiento de las directrices (entiéndase exigencias) de la Ministra de Educación Nacional y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, llevará a la universidad a la inviabilidad financiera. El Rector ha calificado estos pronunciamientos repetidamente como “predicciones catastrofistas” y “aullidos a la luna”. Pero hoy en día no es solo la Representación Profesoral quien se pronuncia en ese sentido. Citemos algunos ejemplos recientes:

1 Para una sustentación detallada de este punto ver “Dudas razonables y razonadas respecto del informe

de la Comisión Rectoral sobre Concurrencia”, página 2 y ss. http://www.representantes.unal.edu.co pestaña Consejo Académico, Concurrencia.

Page 2: Sobre comunicado 6 del rector Concurrencia

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En el documento del Plan de Desarrollo de la Universidad Nacional 2010-2012 algunos ex rectores, particularmente aquellos que no han estado comprometidos con la política gubernamental hacia la Universidad Pública agenciada por el actual Gobierno Nacional, plantean en estos términos sus inquietudes frente al problema de la adecuada financiación de la Universidad por parte de la Nación: “La Universidad se ha caracterizado por ser un referente para la sociedad y la educación del país, continúa como la primera universidad del país, pero con algunos nubarrones en el futuro, como los tiene la Universidad Pública en Colombia, fundamentalmente por la política gubernamental”…”Los recursos que ofrece el Estado son cada vez más limitados”…(La UN) “ha perdido recursos de financiación de la Nación”…”debe diversificar las fuentes de financiación advirtiendo que estas no son sustitutivas de la responsabilidad del Estado para garantizar la financiación de la Universidad.”

2 Ello no difiere en nada con lo que la Representación Profesoral

repetidamente ha venido planteando por lo menos desde el año 2002. Hace unas semanas la propia Vicerrectora General de la U.N., Profesora Beatriz Sánchez

H. declaró al noticiero CMI que la Universidad Nacional estaba abocada a la quiebra si el Congreso de la República aprobaba lo que el Gobierno Nacional proponía como asignación presupuestal para el año 2010. Inmediatamente en el mismo medio de comunicación el Viceministro de Educación, quien preside el CSU de la UN, salió a desmentir las declaraciones de la Vicerrectora General, argumentando que por el contrario “la Universidad Nacional tiene un superávit.”

Las cifras de la Gerencia Nacional Financiera de la U.N., muestran que los recursos aportados por la Nación en el año 2009, representan únicamente el 44% del presupuesto de la Universidad y solo alcanzan para pagar la nómina de docentes y administrativos y dejan un pequeño margen para inversión ($800.000,00 por estudiante). Las proyecciones presupuestales realizadas para el año 2011 indican que los recursos aportados por la Nación no alcanzarán ni siquiera para el pago de la nómina. En el proyecto de Presupuesto 2009 las transferencias de la nación se calculaban en $411.005 millones de pesos (descontando pensiones que es una cuenta aparte) y los gastos de personal en $354.954 millones de pesos, que equivalen al 86.36% de los aportes de la Nación.

3 El siguiente

cuadro, tomado directamente de la presentación del Proyecto de Presupuesto 2009 del

2 Universidad Nacional de Colombia, “Entrevistas a Exrectores sobre el Plan de Desarrollo. Resultados y Opiniones”,

documento complementario Plan de Desarrollo, julio de 2009,pag. 29. 3 Al respecto ver: Universidad Nacional de Colombia, Consejo Superior Universitario: “Proyecto de Presupuesto 2009”.

Powerpoint, página 3. Colgado en www.representantes.unal .edu .co pestaña Consejo Académico.

Page 3: Sobre comunicado 6 del rector Concurrencia

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Consejo Superior Universitario,4 muestra claramente esta tendencia:

En la Carta Abierta suscrita por 32 Universidades Públicas, entre ellas la Universidad

Nacional, publicada el domingo 20 de septiembre de 2009 en el periódico El Espectador, el SUE (Sistema Universitario Estatal) solicita “un aumento mínimo del 12.8%” en el presupuesto de las universidades “ante la situación de desfinanciamiento que hoy viven nuestras universidades, el cual cada día es mayor”. Finalmente expresan que “lo que hoy estamos solicitando…no es otra cosa que COMPENSAR mínimamente aquellos valores que han venido deteriorando los recursos para la Universidades Públicas definidos por la Ley 30 de 1992”.

5 Lo anterior no hace más que reconocer la queja y reclamación de

vieja data expresada por el Comité Nacional de Representantes Profesorales y desmienten las afirmaciones del Rector de la U.N. en su comunicado. Por el contrario, la política agenciada por el actual Rector, significa seguir avanzando en el modelo de autofinanciación de la Universidad en el que los recursos docentes, administrativos y físicos se destinan o “distraen” con el único objetivo de generar recursos propios (que ya representan el 56% del presupuesto de funcionamiento de la Universidad), en vez de exigir el adecuado financiamiento de las actividades misionales de la universidad.

No es la intención de la Representación Profesoral entrar en una guerra de comunicados con el Rector. Por el contrario, creemos que éste en vez de dedicar esfuerzos para tratar de desvirtuar la Comunicación del CNRP debería salir en defensa de las declaraciones de su Vicerrectora General, desmintiendo al Viceministro de Educación. Así mismo que, de acuerdo al llamado que hacen algunos ex rectores arriba mencionados, realice: “…gestión ante las ramas Ejecutiva y Legislativa del Estado para conseguir nuevos recursos y velar porque se garanticen los recursos para el funcionamiento de la universidad”,

6 y evitar que se ponga en

riesgo la viabilidad financiera de la UN o se marque la senda para llegar a la aplicación de la Ley de Quiebras para esta institución patrimonio y responsabilidad de la Nación Colombiana.

4 Universidad Nacional de Colombia, Consejo Superior Universitario: “Proyecto de Presupuesto 2009”. Powerpoint,

página 12. 5 El Espectador, septiembre 20 de 2009, página 51. Mayúsculas en el original, negrilla nuestra. 6 Universidad Nacional de Colombia, “Entrevistas a Exrectores sobre el Plan de Desarrollo. Resultados y Opiniones”, documento

complementario Plan de Desarrollo, julio de 2009, pag. 29.

0

50.000

100.000

150.000

200.000

250.000

300.000

350.000

400.000

1 2 3 4 5 6

INGRESO NETO POR APORTES DE LA NACION TOTAL GASTOS DE PERSONAL

AÑO

INGRESO NETO POR

APORTES DE LA

NACION

TOTAL GASTOS DE

PERSONAL

2004 267.613 236.563

2005 288.932 257.574

2006 305.198 276.737

2007 326.620 299.099

2008 343.976 334.981

2009 364.414 355.937

2004 2005 2006 2007 2008 2009

(Cifras en millones de pesos) Pesos corrientes

Page 4: Sobre comunicado 6 del rector Concurrencia

4

Firmado

REPRESENTACIÓN PROFESORAL ANTE EL CSU, REPRESENTACIÓN PROFESORAL ANTE EL CONSEJO ACADÉMICO, COMITÉ DE REPRESENTANTES PROFESORALES SEDE BOGOTÁ, COMITE DE REPRESENTANTES PROFESORALES SEDE DE MEDELLÍN.

Septiembre 30 de 2009