soborno transnacional ley 1778 de 2016€¦ · en noviembre de 2011, la organización para la...
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ADVERTENCIA
Esta presentación recoge una opinión general y abstracta sobre una de las
materias a cargo de la Superintendencia de Sociedades, la cual no tiene carácter
vinculante ni compromete su responsabilidad, como quiera que se trata de una
labor eminentemente pedagógica que busca proporcionar una ilustración general.
Organización internacional fundadaen 1961, con sede central en París,cuya misión es promover políticas quefortalezcan la prosperidad, laigualdad, las oportunidades, elbienestar económico y social de laspersonas alrededor del mundo.
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)
Tomado de:http://www.oecd.org/centrodemexico/laocde/convenciondelaocde.htm
Principales funciones
• Ofrece un foro que reúne a representantes
gubernamentales y a diversos actores implicados en el
diseño de políticas públicas para que compartan
experiencias y busquen respuestas a desafíos comunes.
• Trabaja para entender que es lo que conduce al cambio
económico, social y medioambiental.
• Analiza y compara datos para realizar pronósticos de
tendencias.
• Asesora en materia de políticas públicas y en el
establecimiento de estándares y normas a nivel mundial en
ámbitos que van desde la mejora del desempeño económico
y la creación de empleo al fomento de una educación eficaz
o la lucha contra la evasión fiscal internacional.
Estructura Organizativa
CONSEJOSupervisión y dirección estratégica
Representantes de los países miembros y de laComisión Europea; toma de decisiones porconsenso.
CONSEJO
Supervisión y dirección estratégica
Representantes de los países miembros y de la Comisión
Europea; toma de decisiones por consenso.
SECRETARÍA
Datos empíricos y análisis
compuesta por los distintos departamentos que se encargan
de realizar las labores de investigación y análisis.
El Secretario General, asistido por cuatro Secretarios Generales adjuntos, preside la Secretaria y
el Consejo, sirviendo como enlace crucial entre las
delegaciones nacionales y la Secretaria.
COMITÉS
Debates y exámenes
Los representantes de los países miembros y
observadores pproponen soluciones, analizan datos y
evalúan los progresos realizados en materia de
políticas públicas.
La Convención para Combatir el Cohecho de
Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones
Comerciales Internacionales de la OCDE es un
acuerdo legalmente vinculante; los países que se
unen a la Convención acuerdan establecer como
delito el cohecho de un servidor público extranjero en
su legislación nacional e implementar políticas
efectivas para evitar, detectar, investigar y sancionar el
cohecho internacional.
La Convención Anticohecho de la OCDE es el primer y
único instrumento internacional anticorrupción que se
enfoca en el lado “oferente” de la corrupción, es decir
la persona o entidad que ofrece, promete u otorga una
dádiva. Este preciso enfoque ha permitido a la OCDE
convertirse en la autoridad más destacada del mundo
contra el cohecho en transacciones comerciales
internacionales.
La Convención Anti-Cohecho de la OCDE
Tomado de:https://www.oecd.org/daf/anti-bribery/anti-briberyconvention/Anti-Bribery_Convention_and_Working_Group_Brief_ESPA%C3%91OL.pdf
En noviembre de 2011, la Organización para
la Cooperación y el Desarrollo Económico
("OCDE") invitó a nuestro país a incorporarse
al Grupo de Trabajo sobre el cohecho
transnacional y a tomar las medidas
necesarias para formar parte de la
Convención. Una de estas medidas, fue la
adopción en el año 2012 de la Convención
para Combatir el Cohecho de Servidores
Públicos Extranjeros en Transacciones
Comerciales Internacionales, mediante la
Ley 1573 de 2012. Posteriormente, el 19 de
enero de 2013, Colombia se convirtió en
miembro de la Convención.
Colombia
“(…) Por la cual se dictan normas sobre laresponsabilidad de las personas jurídicaspor actos de corrupción transnacional y sedictan otras disposiciones en materia delucha contra la corrupción (…)”
Expedición de la Ley 1778 de 2016
Servidor público extranjero
Toda persona que tenga un cargo:
1. Legislativo
2. Administrativo o
3. Judicial
Sin importar si es nombrado o elegido.
También se considera :
1. Toda persona que desarrolle una función pública paraun estado.
2. Cualquier funcionario o agente de una organizaciónpública internacional.
Sanciones
1. Multa de hasta doscientos mil (200.000)salarios mínimos mensuales legalesvigentes
2. Inhabilidad para contratar con el Estadocolombiano por un término de hasta veinte(20) años.
3. Publicación en medios de ampliacirculación y en la página web de lapersona jurídica sancionada de unextracto de la decisión administrativasancionatoria por un tiempo máximo de un(1) año.
4. Prohibición de recibir cualquier tipo deincentivo o subsidios del Gobierno, en unplazo de 5 años.
Disposiciones en materia penal
El que dé, prometa u ofrezca a un servidor
público extranjero, en provecho de este o de un
tercero, directa o indirectamente, sumas de
dinero, cualquier objeto de valor pecuniario u
otro beneficio o utilidad a cambio de que este
realice, omita o retarde cualquier acto
relacionado con el ejercicio de sus funciones y
en relación con un negocio o transacción
internacional, incurrirá en prisión de nueve (9)
a quince (15) años, inhabilitación para el
ejercicio de derechos y funciones públicas por el
mismo término y multa de seiscientos cincuenta
(650) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos
legales mensuales vigentes.
Adopción de programas ética empresarial —PEE—
De conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1778 de 2016, la
Superintendencia de Sociedades debe promover la adopción de los programas de
transparencia y ética empresarial para prevenir las conductas descritas en el artículo
2 de la mencionada ley.
La Superintendencia determina las personas jurídicas sujetas a este régimen,
teniendo en cuenta:
1. Monto de los activos.
2. Monto de los ingresos.
3. Número de empleados.
4. Objeto social.
¿Conoce qué es un PEE?
Los procedimientos específicos a cargo
del Oficial de Cumplimiento,
encaminados a poner en
funcionamiento las Políticas de
Cumplimiento, con el fin de identificar,
detectar, prevenir, gestionar y mitigar
los riesgos de soborno trasnacional, así
como otros que se relacionen con
cualquier acto de corrupción que pueda
afectar a una Persona Jurídica.
Altos Directivos en la prevención del SobornoTransnacional
¿Quiénes son los altos directivos?
Son las personas naturales o jurídicas, designadas deacuerdo con los estatutos sociales o cualquier otradisposición interna de la Persona Jurídica y la leycolombiana, según sea el caso, para administrar ydirigir la Persona Jurídica, trátese de miembros decuerpos colegiados o de personas individualmenteconsideradas.
Compromiso de los Altos Directivos en laprevención del Soborno Transnacional
1. Expedición de las políticas de cumplimiento.2. Promoción de la cultura de transparencia e
integridad.3. Construcción con los funcionarios de menor
rango de la política dirigida a la prevención delsoborno transnacional.
¿Quién es el oficial de cumplimiento?
Es la persona natural designada por los Altos
Directivos para liderar y administrar el Sistema
de Gestión de Riesgos de Soborno
Transnacional. El mismo individuo podrá, si así
lo deciden los órganos competentes de la
Persona Jurídica, asumir funciones en relación
con otros sistemas de gestión de riesgo, tales
como los relacionados con el lavado de activos
y el financiamiento del terrorismo, la protección
de datos personales y la prevención de
infracciones al régimen de competencia.
Oficial de cumplimiento
1. Debe ser empleado con funciones de
dirección, confianza o manejo.
2. Debe ser designado por los altos
directivos.*
3. Debe contar con autonomía y los recursos
humanos, tecnológicos y económicos
requeridos para poner en marcha el
respectivo Programa de Ética Empresarial.
*Se sugiere que el Oficial de Cumplimiento dependa únicamente de
los Altos Directivos y tenga acceso directo a estos últimos.
¿Qué empresas están obligadas a adoptar un PEE?
1. Negocios o transaccionesinternacionales a través deintermediario, contratista (decualquier naturaleza) o por mediode una sociedad subordinada o deuna sucursal constituida en otropaís.
2. Negocios o TransaccionesInternacionales relacionadas condeterminados sectoreseconómicos.
Sectores
Farmacéuticoa) Que haya obtenidoingresos brutosiguales o superioresa 75.000 salariosmínimos mensualeslegales vigentes.
b) Que tenga activostotales iguales osuperiores a 75.000salarios mínimosmensuales legalesvigentes; o
c) Que disponga deuna planta depersonal igual osuperior a 2.000empleados directos.
Infraestructura y construccióna) Que haya obtenidoingresos brutosiguales o superioresa 150.000 salariosmínimos mensualeslegales vigentes.
b) Que tenga activostotales iguales osuperiores a 150.000salarios mínimosmensuales legalesvigentes; o
c) Que disponga deuna planta depersonal igual osuperior a 2.000empleados directos.
Manufactureroa) Que haya obtenidoingresos brutosiguales o superioresa 150.000 salariosmínimos mensualeslegales vigentes.
b) Que tenga activostotales iguales osuperiores a 150.000salarios mínimosmensuales legalesvigentes; o
c) Que disponga deuna planta depersonal igual osuperior a 2.000empleados directos
Tecnologías de la información y comunicaciones
a) Que haya obtenidoingresos brutosiguales o superiores a500.000 salariosmínimos mensualeslegales vigentes.
b) Que tenga activostotales iguales osuperiores a 500.000salarios mínimosmensuales legalesvigentes; o
c) Que disponga deuna planta depersonal igual osuperior a 2.000empleados directos”.
Minero-energético
a) Que haya obtenidoingresos brutosiguales o superioresa 150.000 salariosmínimos mensualeslegales vigentes.
b) Que tenga activostotales iguales osuperiores a 150.000salarios mínimosmensuales legalesvigentes; o
c) Que disponga deuna planta depersonal igual osuperior a 2.000empleados directos.
Evaluación de los riesgos relacionados con el soborno transnacional
Piedra Angular de un PEE efectivo
Factores de riesgo
País
Naciones con altos índices de percepción de corrupción
Sector económico
- Minero energético
- Servicios públicos
- Infraestructura
- Farmacéutico
Terceros
- servidores públicos
-Funcionariosaduaneros
-Funcionariosadministracióntributaria
Adopción del Programa de Ética Empresarial
Elaborarse con fundamento en la evaluación exhaustiva de los riesgos
de Soborno Transnacional y de cualquier otra práctica corrupta a la
que esté expuesta una Persona Jurídica.
Identificar, detectar, prevenir y mitigar riesgos relacionados con el
Soborno Transnacional.
Asignarles a los Empleados que estén expuestos a los riesgos del Soborno Transnacional deberes específicos, relacionados con la prevención de
esta conducta.
Poner en marcha procedimientos sancionatorios adecuados y efectivos,
de conformidad con las normas laborales y disciplinarias, respecto de
infracciones al Programa de Ética Empresarial cometidas por cualquier
Empleado.
Pautas
Acordar con los Contratistas que tengan un mayor grado de exposición al riesgo de Soborno Transnacional,
compromisos expresos para prevenir el Soborno Transnacional.
Establecer la creación de canales apropiados para permitir que
cualquier persona informe, de manera confidencial y segura acerca de
actividades sospechosas relacionadas con el Soborno Transnacional y de cualquier otra práctica corrupta.
Establecer sistemas de control y auditoria, conforme lo determina el artículo 207 del Código de Comercio
(Revisor Fiscal)
Pautas
¿Cuál es el plazo para la adopción?
Las sociedades que a 31 de diciembre de cada añocumplan con los criterios mencionados, dispondránde un plazo de seis meses, esto es hasta el 30 dejunio del año siguiente, para adoptar su respectivoprograma de ética empresarial.
¿Existe un período mínimo de permanencia?
En caso de que una Sociedad Vigilada por laSuperintendencia de Sociedades dejare de estarincursa en los requisitos previstos en la Resoluciónantes mencionada, tal sociedad seguirá sometida alcumplimiento de lo previsto en esta Guía por untérmino de un año, contado a partir del corte decuentas de¡ fin de año calendario que corresponda alperíodo contable en que hubiere dejado de estarincursa en los aludidos requisitos. Así las cosas, lasociedad que dejaré de estar incursa en losmencionados requisitos deberá informarlo porescrito a esta Superintendencia dentro del messiguiente a la fecha en la que tal circunstancia ocurra.
Control y supervisión de las Políticas de Cumplimiento y Programa de Ética Empresarial
En razón a la complejidad y naturaleza cambiante de los
negocios, los riesgos de Soborno Transnacional cambian.
Evaluar y poner en práctica de manera periódica para supervisar y evaluar la
efectividad de los procedimientos.
Mecanismos efectivos para detectar el sobornos transnacional
-Procedimientos periódicos de debida diligencia y auditoria.
-Habilitar canales efectivos de comunicación.
Debida Diligencia
Elaborada por empleados o terceros especializados en estas labores
Revisión periódica
Información sobre la reputación de contratistas y terceros
Identificar y evaluar el riesgo de soborno transnacional
Divulgación de las Políticas de Cumplimiento y Programa de Ética Empresarial
Este proceso podrá ponerse en marcha a través de diversas modalidades decomunicación:
• Poner en conocimiento el PEE.• Mecanismos adecuados para comunicarle a• los Empleados de manera clara y simple, las consecuencias de infringir el
Programa de Cumplimiento de la Persona Jurídica.• Creación de canales de comunicación adecuados para informar de manera
confidencial situaciones sospechosas.• Campañas internas y externas para prevenir el soborno transnacional.
Canales de comunicación
Un buen Programa de Cumplimiento deberá incluirmecanismos que les permitan a los Empleados,Asociados, Contratistas e individuos vinculados a losanteriores, la posibilidad de reportar de maneraconfidencial infracciones a la Ley AntiSoborno y elPrograma de Cumplimiento.
Para ello se recomienda:
• Poner en funcionamiento líneas anónimas dedenuncia y asegurar la confidencialidad.
• Incentivar la denuncia de manera confidencial.• Adoptar mecanismos para evitar represalias contra
los empleados.
¿Cuáles son los beneficios?
• Mejorar la competitividad de las empresas.• Mayor oportunidad de consolidar relaciones con
multinacionales u organizaciones conoperaciones internacionales.
¿Cuál es el reto?
Fomentar la creación de una cultura dirigida a quelas personas jurídicas en general adopten programasde transparencia y de ética empresarial queincentiven la celebración de negocios con sujeción ala ley, de manera transparente, honesta y con
observancia de los más altos principios éticos.
Actos administrativos proferidos por la Superintendencia de Sociedades
• Resolución No. 100-002657 el 25 de julio de 2016:Por la cual se establecen unos criterios para laadopción de un programa de ética empresarial.
• Circular externa No. 100-000003 del 26 de julio de2016: Guía destinada a poner en marcha programasde ética empresarial para la prevención de lasconductas previstas en el artículo 2º de la ley 1778de 2016.
• Resolución No. 200-000558 del 19 de julio de 2018:Por la cual se modifica la Resolución No. 100-002657.
“Toma 20 años construir una buena reputación y cincominutos arruinarla. Si piensas en eso, ¿harás las cosasdiferente?”.
Warren Buffet.
Supersociedades
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