soberania y participacion ciudadana

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La Soberanía Soberanía (supremus) Independencia política y jurídica Libertad de decisión por sobre todo Autoridad y poder Característi cas No puede ser dividida Es un poder primigenio No puede ser negociada Fundamentos Supervisión del pueblo Jurídicos (CRBV) Protección estatal Reside esencialmente en el pueblo

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Page 1: Soberania y participacion ciudadana

La Soberanía

Soberanía (supremus)

Independencia política y jurídica

Libertad de decisión por sobre todo

Autoridad y poder

Características

No puede ser dividida

Es un poder primigenio

No puede ser negociada

Fundamentos

Supervisión del pueblo

Jurídicos (CRBV)

Protección estatalReside esencialmente

en el pueblo

Page 2: Soberania y participacion ciudadana

La Soberanía

importancia

Políticas adaptadas a la necesidad propia

Decisiones propias

Libertad de decisión

Principios de solidaridad

Igualdad ante las demás naciones

respeto a los convenios internacionales

Tipos de Soberanía

Interna

Externa

Integración social

Sinergia pueblo-gobierno

Participación directa por el voto

Page 3: Soberania y participacion ciudadana

La Soberanía

El pueblo y la soberanía

Soberanía participativa

Elecciones, participación, política y social

Sociedad organizada

Democracia participativa

Democracia participativa

En la toma de decisiones

Expresión de participación

Sociedad, pueblo

Page 4: Soberania y participacion ciudadana

El pueblo y la soberanía

Soberanía participativa

Elecciones, participación, política y social

Sociedad organizada

Democracia participativa

Características

Respaldo constitucional

La ejerce el pueblo directamente

Decisiones vinculantes

Elementos

Resguardo de las instituciones

Opción de participación en lo político

Participación directa del pueblo

Page 5: Soberania y participacion ciudadana

Democracia participativa

Objeto

Ámbitos políticos, económicos, cultural, soberanía

El pueblo como gobierno

Transferencia del poder por medio del Voto

Magistrado-Ponente: FRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ. Sobre interpretación de los gastos de los partidos políticos en su accionar diario. Sobre el respecto el TSJ por medio de su

sala constitucional decidió en lo referente al caso de la interpretación del art 67 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, bajo la cual emitió so dictamen en la cual plasma que no pueden inmiscuirse en los gastos rutinarios de los partidos políticos por cuanto no

es menester directo del TSJ ni de la sala constitucional. En dicho dictamen exponen que es exigencia constitucional la participación de las organizaciones políticas y que su funcionamiento es decisión de cada uno de ellos, los cuales deben de estar sujetos al espíritu constitucional de la

Carta Magna