sistemas procesales penales

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 INTRODUCCIÓN  AL PROCESO PENAL  ACUSATORIO MTRA. DIANA PAOLA GRANADOS MADRIGAL

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INTRODUCCIÓN  AL PROCESO PENAL  ACUSATORIO 

MTRA. DIANA PAOLA GRANADOS MADRIGAL

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SISTEMAS PROCESALES PENALES 

MTRA. DIANA PAOLA GRANADOS MADRIGAL

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SISTEMAS PROCESALES PENALES

INQUISITIVO

MIXTO

 ACUSATORIO

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INQUISITIVO

Resulta propio de los regímenes despóticos y absolutistas.

 Adquiere importancia en la Roma Imperial y el DerechoCanónico.

El juez se erige como un amo del procedimiento.

Por la búsqueda de la justicia, ser permite toda clase deexcesos.

Se permite la actuación de oficio

Este sistema tiene claro contenido persecutorio.

El imputado es su objeto.

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SISTEMAS INQUISITIVOS 

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INQUISITIVO

La publicidad no es indispensable, en todo caso

constituye un estorbo.

La defensa pierde todo importancia.

El imputado que da a merced de los poderes delinstructor.

No estaba permitido conocer el contenido del

expediente.

El secreto adquiere importancia pues permite alinquisidor investigar sin los obstáculos que pueda

interponer la defensa.

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INQUISITIVO

Características:

En este sistema el Juzgador es un técnico.

Durante el curso del proceso, el acusado es segregado

de la sociedad, mediante la institución denominadoprisión preventiva.

 Aunque el ofendido se desistirá, el proceso debe

continuar hasta su término.

El Juez es superior a las partes. Todos los actos eran secretos y escritos.

El acusado no conoce el proceso hasta que la

investigación no este afinada.

 

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INQUISITIVO

Características:

Este sistema tiene 500 años de vigencia en AméricaLatina.

Mas que un sistema normativo de organización

procesal, es un sistema que ha producido una formade entender culturalmente la justicia penal.

Mentalidad eminentemente formalista y burocrática.

Lenguaje oscuro.

 Actitud temerosa de jueces y abogados frente a lainnovación.

Pensamiento eminentemente conservador y muy pococreativo.

 

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INQUISITIVO

James Goldschmidt:

La estructura del proceso penal de unanación no es sino el termómetro de los

elementos corporativos o autoritarios de

su Constitución” 

 

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SISTEMAS INQUISITIVOS 

 

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INQUISITIVO

El derecho procesal penal, es una disciplina de alta

contingencia política, está estrechamente vinculado a

la estructura política del Estado en que se sitúan.

Sistema desarrollado en los países europeo-

continentales a partir del siglo XIII (tardía Edad

Media).

Regulación eclesiástica (Inquisición).

 

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INQUISITIVO

Se buscaba asegurar el ejercicio del poder por parte de

la autoridad central de la jerarquía eclesiástica.

Exportado a Latinoamérica

 Vigente en la Región hasta la década de los ’80 del

siglo pasado.

 

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INQUISITIVO

Reglas del sistema:

Prueba tasada

Procedimiento escrito (constancias)  Altamente verticalizado

Juez investiga y resuelve

Persecución oficial de oficio

Procedimiento secreto

Confesión principal prueba

Imputado es un objeto y no un sujeto de derechos

 

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INQUISITIVO

Claus Roxin:

“El derecho procesal penal es el

sismógrafo de la Constitución del

Estado” 

 

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SISTEMA  MIXTO 

 

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SISTEMA  MIXTO 

 

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MIXTO 

Resulta propio de la época post-revolucionaria

francesa.

Existe separación de la instrucción en dos etapas: lainstructora y la de juicio.

Preponderancia de la escritura en la primer etapa y

oralidad en la segunda.

Garantía de inviolabilidad de la defensa.

Separación de funciones del acusador, el instructor y

el juzgado.

 

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MIXTO 

El juez no es mero expectante de la

contienda, pues toma contacto directo con

las partes y la prueba y dirige elprocedimiento.

Se puede decir que este sistema sedesenvuelve en dos periodos, que son:

 

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MIXTO 

PRIMER PERIODO.

1.-Instrucción escrita.

2.-Absoluto secreto.

3.- Encarcelación preventiva y segregación delimputado.

4.- Dirección de la investigación.

5. Intervalo arbitrario entre los actos.

6. Procedimiento siempre analítico.7. Decisión secreta o sin defensa escrita, en lo

relacionado del envío del procesado al juicio o sobresu excarcelación provisoria.

 

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MIXTO 

SEGUNDO PERIODO.

1.- Desde aquel momento nace la publicidad.

2.- Se emite por el Ministerio Público el libelo de

la acusación contra el reo, quien paso de ser“inquisito” a ser “acusado”.

3.- Cesa el análisis y comienza el sistema.

4.- Se intima el juicio que debería hacerse a lavista del público.

5.- Se da noticia de los testimonios de los cuales

se valdrá la acusación en el nuevo proceso.

 

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MIXTO 

SEGUNDO PERIODO.

6.-El proceso entero se repite en audiencia y los actosdel proceso escrito no son valederos, si no seproducen en el proceso penal

7.- Siempre en la audiencia pública, en presencia delpueblo, del acusado y de su defensor.

8.- El defensor debe de reproducir y sostener laacusación.

9.- Debe leerse la sentencia en público.

10.- Todo debe seguirse sin interrupción.

11.- Sin desviación de otros actos.

 

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MIXTO 

SEGUNDO PERIODO.

6.-El proceso entero se repite en audiencia y los actosdel proceso escrito no son valederos, si no seproducen en el proceso penal

7.- Siempre en la audiencia pública, en presencia delpueblo, del acusado y de su defensor.

8.- El defensor debe de reproducir y sostener laacusación.

9.- Debe leerse la sentencia en público.

10.- Todo debe seguirse sin interrupción.

11.- Sin desviación de otros actos.

 

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SISTEMA   ACUSATORIO 

 

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SISTEMA   ACUSATORIO 

 

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 ACUSATORIO 

Sistema “puro” países angloamericanos

En Latinoamérica se refiere al sistemaadoptado en el siglo XX, por los países europeo-

continentales como Alemania, Italia, Portugal.Con características importantes del mundoanglosajón.

Resulta propio de los regímenes liberales.

 Adquiere importancia la acusación.El acusado debe de conocer a detalle la

acusación que existe en su contra.

Debe ser excitada la actuación del Juez.

 

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 ACUSATORIO 

Tiene Principios importantes como:

La Oralidad,

La Publicidad,

El Contradictorio.

Existe pasividad del Juez.

Posibilita la fiscalización del pueblo sobre la

actuación de los jueces.Existe amplia libertad para aportar

argumentos y probanzas que permitan resolver

mejor.

 

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 ACUSATORIO 

Los jueces deben desarrollarcapacidades propias que lespermitan percibir los argumentosvaliosos. 

 

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 ACUSATORIO 

Características:

El Juez es el pueblo mismo.

La acusación es libre y su ejercicio se confiere a

cada ciudadano.

El Juez funda su sentencia.

Los fallos serán inapelables (solo era aceptado

el juicio de casación).Es como un duelo entre el acusador y el

acusado, en el que el juez permanece inactivo.

 

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 ACUSATORIO 

Características:

Si no existe acusación, no hay juicio.

En el proceso se juzga el valor formal de la prueba,

La presentación de las pruebas constituyen unacarga exclusiva de las partes,

La libertad personal del acusado es respetada

hasta el instante en que se dicte la sentencia,

El veredicto se fundamenta en el libre

convencimiento.

En el proceso se juzga el valor formal de la prueba,

 

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 ACUSATORIO 

Características:

La presentación de las pruebas constituyen una

carga exclusiva de las partes,

La libertad personal del acusado es respetada

hasta el instante en que se dicte la sentencia,

El veredicto se fundamenta en el libre

convencimiento.

 

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 ACUSATORIO 

Reforma constitucional de seguridad y justicia

(D.O.F. 18/06/2008)

 Artículos reformados: 16, 17,18, 19, 20, 21, 22,73, 115, 123.

 

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 ACUSATORIO 

Reforma constitucional de seguridad y justicia

(D.O.F. 18/06/2008)

 Artículos reformados: 16, 17,18, 19, 20, 21, 22,73, 115, 123.

 

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JUSTIFICACIONES PARA  EL CAMBIO DEL SISTEMA  DE JUSTICIA  PENAL EN MÉXICO 

Implantar un sistema garantista, en el que serespeten los derechos tanto de la víctima yofendido, como del imputado, partiendo de lapresunción de inocencia para este último, regidopor los principios de publicidad, contradicción,concentración, continuidad e inmediación, con lascaracterísticas de acusatoriedad y oralidad.

La primera, (acusatoriedad) para asegurar una

trilogía procesal en la que el ministerio público seala parte acusadora, el inculpado esté enposibilidades de defenderse y que al final, sea un juez quien determine lo conducente;

 

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JUSTIFICACIONES PARA  EL CAMBIO DEL SISTEMA  DE JUSTICIA  PENAL EN MÉXICO 

La segunda, (oralidad) que abonará a fomentar latransparencia, garantizando al mismo tiempo unarelación directa entre el juez y las partes, propiciandoque los procedimientos penales sean más ágiles y

sencillos.

Todo ello respetando los fundamentales principios ycaracterísticas de los sistemas acusatorios, y adaptadoal mismo tiempo a las necesidades inminentes de

nuestro país de combatir eficientemente los altosíndices de delincuencia que aquejan a la ciudadanía y ala naturaleza de nuestras instituciones, permitiendocon ello su consolidación de manera gradual a la culturay tradición jurídica mexicana.

 

OBJETIVOS Y CONTENIDOS DE LA REFORMA

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OBJETIVOS  Y CONTENIDOS DE LA REFORMA  CONSTITUCIONAL MEXICANA  EN MATERIA  PROCESAL PENAL 

Los objetivos son ajustar el sistema a los

principios de un Estado democrático de derecho,

como defender las garantías de víctimas y

acusados y la imparcialidad en los juicios, asícomo implantar prácticas más eficaces contra la

delincuencia organizada y en el funcionamiento

de las cárceles. Asimismo, adaptar las leyes

penales a compromisos internacionales deMéxico.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

 Artículo 20 Constitucional:

“El proceso penal será acusatorio y oral. Se

regirá por los principios de publicidad,contradicción, concentración, continuidad

e inmediación…” 

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

I.- Publicidad

La publicidad se consagra como uno de los

principios básicos del procedimiento y una delas garantías fundamentales del juicio. ". La

garantía de publicidad, tal como aparece

tratada en nuestra Carta Magna, se satisface

con el acceso público a la Sala de Audiencias.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

En el PROCESO ACUSATORIO que una audienciasea pública significa que cualquier peatón de lacalle pueda ingresar libremente a un tribunal y verla audiencia de su elección sin tener que darexplicación de ello a nadie, existiendo restriccionesvinculadas a la seguridad y el adecuado desarrollode la audiencia.

En un proceso ESCRITO el acceso al tribunal esta

muy limitado, pues aun y cuando la ley estableceque las audiencias son públicas, dicha disposiciónno se respeta, pues ni siquiera se cuenta con elespacio adecuado para darle cumplimiento a esadisposición .

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

II.- Contradicción

Consiste en la posibilidad real, por parte de ladefensa, a la máxima refutación de las hipótesisacusatorias. En otras palabras, se trata del libre

 juego del conflicto entre las partes del proceso,portadoras de puntos de vista contrastantes o deintereses opuestos. La defensa es el instrumento másimportante de impulso y control del método deprueba acusatorio -como garantía de una verdad

mínima pero lo más cierta posible- consistente en lacontradicción de hipótesis de acusación y de defensa yde las pruebas y contrapruebas correspondientes.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

La iniciativa corresponde al acusador, pues elacusado se encuentra amparado por la presunciónde inocencia hasta la dictación de la sentencia

definitiva que establezca su culpabilidad; enconsecuencia, corresponde al acusador la carga dela prueba y producir convicción en el tribunal sobresu hipótesis acusatoria "más allá de toda dudarazonable". De no alcanzar este exigente estándar

de convicción la única salida es la absolución (indubio pro reo). El in dubio pro reo opera como unaregla que orienta directamente la decisión ensentido absolutorio, cuando la culpabilidad delacusado es incierta.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

En consecuencia, es posible distinguir dos clases

de absoluciones:

las producidas en aplicación del beneficio de la

duda, por un lado,

y las derivadas de la certeza de la inocencia

obtenida dentro del proceso, por otro.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

En el PROCESO ACUSATORIO tanto la defensa como el M.P. tienen garantizado el derecho de intervenir directamenteen la declaración de los testigos propuestos. Es decir, que lacontradicción garantiza a las partes la oportunidad deinterrogar al testigo de la contraparte. La forma deinterrogar a los testigos hostiles o de la contraparte es máslibre y por consecuencia al defensor o el fiscal se les facilitamas el obtener información vital para sus respectivosintereses.

En el sistema ESCRITO interrogar a un testigo es casi

imposible pues el mismo no puede ser indagado ante el juzgador respecto a hechos que proporcionó ante el M. P. yaque los mismos tienen valor probatorio pleno aun y cuando el juez no la haya vivenciado.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

III.- Concentración  El  principio de concentración aplicado al juicio oral

exige que todos los actos necesarios para concluir el juicio se realicen en la misma audiencia; el principio decontinuidad alude a la exigencia de que el debate no sea

interrumpido. Se trata de principios que aseguran launidad del juicio.

Estas normas establecen, a nivel de principios, que laaudiencia del juicio oral se desarrollará en forma

continua y podrá prolongarse en sesiones sucesivas,hasta su conclusión. La ley considera como sesionessucesivas aquellas que tuvieren lugar en el díasiguiente o subsiguiente de funcionamiento ordinariodel tribunal.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

IV.- Continuidad 

Es lo que MAIER denomina máxima de unidad entre eldebate y la sentencia que obliga a la continuidad del debate,la concentración en una sola audiencia o en audienciasconsecutivas, la obligación de que la sentencia se funde en

los actos del debate y de que sea dictada por los mismos jueces que participaron en él (identidad física del juzgador.

 

La continuidad y concentración de todas las actuaciones del juicio sólo admiten, en principio, los recesos requeridos parael descanso diario o las necesidades fisiológicas de losintervinientes. Sin embargo, se reconoce generalmente laposibilidad de solicitar la suspensión del juicio, esto es, elseccionamiento de la audiencia del debate o de sus sesionespor tiempo más prolongado que un mero receso.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

En el juicio ORAL la continuidad y concentración, se refierena que todos los actos necesarios para desarrollar el juicio sedeben realizar en una misma audiencia (concentración) yque el debate no debe ser interrumpido (continuidad). Laconcentración significa que tanto la recepción de la pruebacomo las peticiones que se realicen en el juicio deben ocurrir,en lo posible, en la misma audiencia o en audienciassucesivas, y ahí se aplica el principio de continuidad, segúnel cual todos los actos procesales deben realizarse en el juiciohasta su conclusión.

El sistema ESCRITO es totalmente lento pues el promediode duración de un caso oscila entre 1 y 3 años, mientras queel acusado vive la mayoría de las veces detenido.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

 V.- Inmediación  El principio de inmediación impone que el sentenciador sólo

puede fallar de acuerdo con las impresiones personales queobtenga del acusado y de los medios de prueba.

Se trata de un principio que no está reconocidoautónomamente como garantía, pero que opera como tal encuanto aparece asociado al derecho a un juicio oral,impidiendo que dicho derecho se burle por la vía de reconocervalor, en la sentencia, a prueba que no haya sido producidadurante el juicio. Dicho de otro modo, de nada serviríagarantizar el derecho a un juicio oral si, al momento de lasentencia, se permitiera al tribunal fallar sobre la base deprueba que no ha sido rendida directamente ante él.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

En el PROCESO ACUSATORIO el juez directamentevive y preside el desahogo de las declaraciones de lostestigos y de esa manera su fallo viene a ser mas certerosobre la realidad de las cosas, pues se percatadirectamente del comportamiento o actitudes del testigo

al declarar y de esa manera advierte si está mintiendo ono. Con este sistema a una persona que acude a rendirtestimonios falsos se le obstaculiza mas hacerlo frente aun Juez que al estar frente a un escribiente.

En el proceso ESCRITO el juzgador dicta su sentencia ytoma sus decisiones basándose en la información desegunda o tercera mano que le llega, es decir, de datosque no le constan directamente a él sino a sussecretarios o escribientes.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

El  principio de inmediación comprende dosaspectos:'")

a) Inmediación formal:  El tribunal que dicta la

sentencia debe haber observado por sí mismo larecepción de la prueba, sin poder dejar ésta a cargode otras personas. Así, por ejemplo, la presenciaininterrumpida de los jueces que integran eltribunal durante toda la audiencia es una condición

de validez de la misma."" La ausencia decualquiera de los jueces es considerada comomotivo absoluto de nulidad para efectos de dichorecurso.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

Como se aprecia, entonces, la inmediación

formal exige que los jueces estén presentes en

forma ininterrumpida durante toda laaudiencia, presenciando directamente y por sí

mismos la producción de la prueba, e impedidos

de delegar válidamente esta función en

funcionarios subalternos.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

b) Inmediación material: El tribunal debe extraer los hechosde la fuente por sí mismo, sin que pueda utilizarequivalentes probatorios. Lo anterior está en íntima relacióncon las normas que prohíben por regla general incorporar o

invocar como medio de prueba ni dar lectura durante el juicio oral, a los registros y demás documentos que dierencuenta de actuaciones realizadas por la policía o el ministeriopúblico.'" Del mismo modo, la ley establece que los peritos ytestigos deberán ser interrogados personalmente y que sudeclaración personal no podrá ser sustituida por la lectura de

los registros en que constaren anteriores declaraciones o deotros documentos que las contuvieren. La lectura dedeclaraciones anteriores sólo se admite muyexcepcionalmente en los casos previstos por la ley.

 

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RECTORES DEL SISTEMA . 

La inmediación material tiene su fundamento en elvalor que se reconoce al juicio oral comoinstrumento para poner a prueba la confiabilidad

de la información que el tribunal recibe.

Ello exige que toda la prueba que ha de fundar lasentencia se produzca durante el juicio, y que

quienes actúan como peritos o testigos esténdirectamente disponibles ante el tribunal para quelas partes tengan la oportunidad de someter aexamen y contraexamen sus aseveraciones.

 

5/17/2018 sistemas procesales penales - slidepdf.com

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SISTEMAS PROCESALES PENALES

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